Ministerio de Desarrollo Económico
RESOLUCIÓN N.º 198/SSDE/
Buenos Aires, 5 de diciembre de 2011
VISTO:
Resolución Nros. 25/SSDE/09, 68/SSDE/09, 70/SSDE/09 y 137/SSDE/09, y el Expediente Nº 1.257.717/09 y 39.815/09; y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 25/SSDE/09 se convocó al concurso “Buenos Aires Emprende 2009“, con el objetivo de desarrollar acciones que permitan mejorar las capacidades de la red de organizaciones sin fines de lucro que prestan apoyo a las empresas porteñas; Que en el Anexo I de la resolución mencionada se estipulan las Bases y Condiciones del Concurso, determinando dos etapas de actividades, una de patrocinio y otra de tutoría para las instituciones que resulten seleccionadas;
Que, en éste marco jurídico, mediante la Resolución Nº 68/SSDE/09 establecieron las Bases y Condiciones para la presentación de los proyectos de negocios de emprendedores;
Que, en virtud de ello, a través de la Resolución Nº 70/SSDE/09, se aprobaron las propuestas de selección y tutoría de proyectos de emprendedores, entre ellas la presentada por la Fundación General Pacheco;
Que la Resolución Nº 137/SSDE/09 aprobó el orden de mérito de los proyectos de negocios, entre los que se encontraba el presentado por el titular Horizonte Andino S.R.L., denominado “Unidad de negocios de exportación, consolidando la marca NATIVO ARGENTINO“, a quien se le otorgó un aporte no reembolsable (ANR) de PESOS VEINTISIETE MIL QUINIENTOS UNO CON 0/100 CENTAVOS ($ 27.501.-), con el patrocinio de la Fundación General Pacheco;
Que, para la ejecución del proyecto presentado por el emprendedor citado, y la tutoría correspondiente, se estableció el plazo de doce (12) meses, conforme se estableció en la Resolución Nº 137/SSDE/09;
Que, de conformidad con la Resolución N° 25/SSDE/09, Anexo I, punto IV 1. Obligaciones de las Entidades Patrocinadoras, la Fundación General Pacheco, constituyó seguro de caución, para garantizar de fiel cumplimiento de la propuesta de patrocinio premiada y de la adopción de la debida diligencia en la administración de los
ANR que recibiera, destinados a cofinanciar la ejecución de los proyectos de negocios de los emprendedores seleccionados;
Que, en virtud de ello, en el mes de octubre de 2009, la entidad inicio las actividades de tutoría y administración del ANR, tendiente a apoyar la ejecución del proyecto; Que, en éste sentido, la entidad patrocinadora presentó los respectivos Informes de Avance Etapas y Actividades, y sus correspondientes Informes de Rendición de cuentas; motivando las auditorias correspondientes;
Que, avanzada la ejecución del proyecto, su titular presentó una solicitud de modificación del mismo manifestando la necesidad de extender su plazo de ejecución en cuatro (4) meses más a los oportunamente aprobados;
Que, al respecto se expidió el Área de Seguimiento de Programas de está Subsecretaría, en su informe de fecha 23 de Noviembre de 2010, sosteniendo la viabilidad de los cambios solicitados en virtud de lo cual estimó procedente la aprobación de la extensión del plazo;
Que, en éste punto cabe resaltar, que el artículo 13 de la Resolución N° 68/SSDE/09 establece que: “....en el caso que la ejecución del proyecto lo justifique y de que hubiere acuerdo entre la entidad patrocinante y el emprendedor, podrán solicitar -conjuntamente y de manera formal- a la Autoridad de Aplicación la extensión del plazo para el cumplimiento de hasta seis (6) meses. “;
Que, de conformidad con lo establecido en el Anexo I punto 3. TRABAJO A DESARROLLAR POR LAS ENTIDADES PATROCINADORAS, la entidad Fundación General Pacheco, al finalizar el proceso de tutoría, presentó el respectivo Informe Final en el que se afirmó el cumplimiento integro de las etapas y actividades previstas para el proyecto de marras;
Que, en virtud de ello, se efectuó la visita de auditoría final, expidiéndose el Área de Programas a través de su informe de fecha 1 de mayo de 2011, en el que se señaló el avance en el cumplimiento de los objetivos del proyecto y se determinó, habiéndose determinado finalmente la procedencia de la devolución por parte de la Entidad Patrocinante Fundación General Pacheco de la suma de PESOS CINCO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO CON 02/100 ($ 5935.02.-) correspondientes a Aporte No Reembolsable (ANR) no utilizado;
Que la entidad patrocinante durante la ejecución del proyecto ha cumplimentado con la presentación de los informes de tutorías de los que surgen las distintas actividades de control, seguimiento y asesoramiento técnico realizado, acorde a las obligaciones oportunamente asumidas en el marco del programa, correspondiendo por ende, una vez devueltas las sumas correspondientes, aprobar las acciones de tutorías realizadas; Que, en virtud de lo expuesto, resulta procedente el dictado del acto administrativo que propicia aprobar la solicitud de modificación del proyecto titularidad de la sociedad Horizonte Andino S.R.L., ampliando en cuatro (4) meses su plazo de ejecución; y consecuentemente, una vez devueltas las sumas detalladas anteriormente, dar por aprobado, el mismo al igual que las acciones de tutoría realizadas por la entidad patrocinante Fundación General Pacheco; ello, de conformidad con lo establecido en las Bases y Condiciones del presente concurso;
Por ello, y en ejercicio de las facultades que le son propias;
EL SUBSECRETARIO DE DESARROLLO ECONÓMICO RESUELVE
Artículo 1°.- Apruébase la solicitud de modificación de extensión del plazo del proyecto de titularidad de la sociedad Horizonte Andino S.R.L., en el marco del concurso “Buenos Aires Emprende 2009“.
entidad patrocinadora, deberá proceder a la devolución de la suma de PESOS CINCO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO CON 02/100 ($ 5935.02.-) correspondientes al proyecto denominado “Unidad de negocios de exportación, consolidando la marca NATIVO ARGENTINO“ de titularidad de la sociedad Horizonte Andino S.R.L., en concepto de Aporte No Reembolsable (ANR) destinado a cofinanciar la ejecución del mismo no ejecutados, en el marco del concurso “Buenos Aires Emprende 2009“. Artículo 3º.- Para proceder a la devolución de la suma total de PESOS CINCO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO CON 02/100 ($ 5935.02.-), detallada en el artículo 2º, la institución allí mencionada deberá ajustarse a las normas y procedimientos previstos por las dependencias competentes en materia de administración financiera del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
Artículo 4º.- Establécese el plazo de quince (15) días hábiles administrativos a contar desde la notificación de la presente, para que la entidad Fundación General Pacheco de cumplimiento a la devolución de los fondos dispuesta en el art. 2°, y acredite su cumplimiento ante la Mesa de Entradas de ésta Subsecretaría, sita en Diagonal Roque Sáenz Peña 832 Piso 4°, en el horario de 10 hs. a 17 hs.
Artículo 5º.- Cumplido con lo establecido en los artículos N° 2°; 3°; y 4°, dése por cumplidos los objetivos del proyecto de negocios de la sociedad Horizonte Andino S.R.L., en el marco del concurso “Buenos Aires Emprende 2009“.
Artículo 6°.- Cumplido con lo establecido en los artículos precedentes, apruébase las acciones de tutoría efectuadas por la entidad patrocinante Fundación General Pacheco en relación con el proyecto de negocios de titularidad de la sociedad Horizonte Andino S.R.L, en el marco del concurso “Buenos Aires Emprende 2009“, de acuerdo a lo establecido en la Resolución 25/SSDE/2009.
Artículo 7º.- Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos notifíquese a la Fundación General Pacheco y a la sociedad Horizonte Andino S.R.L.. Cumplido, archívese.
Svarzman