TÍTULO VIII DE LAS INFRACCIONES
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 216-2003-MDC
VISTOS: La Resolución de Alcaldía Nº 192-2003-MDC por el que se resuelve la Apertura de Procesos Administrativos Disciplinarios a Servidores y ex Servidores Públicos de la Municipalidad Distrital de Colcabamba que se encuentran comprendidos en el Informe Nº 003-2003-OAI/MDC referido al “Estado de Ingresos y Egresos del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Colcabamba” y el Informe Nº 004-2003-OAI/MDC referido al “Examen Especial al Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Colcabamba, correspondiente al período 2002” realizados por la Oficina de Auditoría Interna de la Municipalidad Distrital de Colcabamba; y el Informe Nº 008-2003-CPPAD/MDC de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de Colcabamba.
CONSIDERANDO:
Que, los Arts. 191 y 192 de la Constitución Política del Estado establecen que las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el Art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972;
Que, la Oficina de Auditoría Interna de la Municipalidad Distrital de Colcabamba, mediante el Informe Nº 003-2003-OAI/MDC ha realizado el Examen Especial del “Estado de Ingresos y Egresos del Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Colcabamba” correspondiente al Período comprendido del 01-01-02 al 30-06-02” y el Informe Nº 004-2003-OAI/MDC referido al “Examen Especial al Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Colcabamba, correspondiente al Período 2002” encontrando res-ponsabilidad de naturaleza administrativa en los servidores y ex servidores públicos, de acuerdo a las observaciones realizadas por el Órgano de Control, estando comprendidos los siguientes servidores y ex servidores públicos: Isabel Ñahui Berríos (Observaciones 04, 06), Juan Jumpa Cabezas (Observaciones 02, 03, 06), Ninoska Escobar Vílchez (Observaciones 04 y 06), Carlos Cotera Inga (Observaciones 03, 04 y 05), Teodoro Z. Carrasco Huiza (Observación 01);
Que, la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de Colcabamba ha notificado a cada uno de los ex servidores públicos con Resolución de Alcaldía Nº 192-2003-MDC para que absuelvan los cargos de las responsabilidades administrativas encontradas y señaladas en la Resolución acotada, las mismas que han sido evaluadas y la Comisión en pleno ejercicio de sus facultades ha presentado el Informe Nº 013-2003-CPPAD/MDC haciendo conocer la sanción a imponerse en forma individual;
Que, en mérito al Art. 152 del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, D.S. Nº 005-90-PCM, se señala que la calificación de la gravedad de la falta es la atribución de la autoridad competente, así como lo establecido en los Arts.153, 154, 155 y siguientes de la referida norma;
Estando a lo antes expuesto y de conformidad con lo dispuesto en los Art. 28 inciso a) y c), Art. 152 y siguientes del reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM concordante con lo dispuesto en el Art. 21 incisos a), b) y d) del D. Leg. Nº 276, “Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de remuneraciones del sector Público”, a la Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos”, Ley Nº 26300 y a la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Sancionar con AMONESTACIÓN ESCRITA, por acreditar responsabilidad administrativa al ex servidor de la Municipalidad Distrital de Colcabamba, de acuerdo al siguiente detalle:
Artículo Segundo.- Sancionar con CESE TEMPORAL sin goce de remuneraciones, por haberse determinado responsabilidad administrativa de acuerdo al Informe Nº 013-2003-CPPAD/MDC a los servidores y ex servidores públicos de la Municipalidad Distrital de Colcabamba:
Isabel Ñahui Berríos, hasta por el período de (7) meses. Ninoska Escobar Vílchez, hasta por el período de (5) meses.
Artículo Tercero.- Sancionar con DESTITUCIÓN, por acreditar responsabilidad administrativa al servidor de la Municipalidad Distrital de Colcabamba:
Carlos Alberto Cotera Inga
Artículo Cuarto.- Sancionar con ratificación de la DESTITUCIÓN, determinado mediante Resolución de Alcaldía Nº 215-2003-A/MDC por acreditar responsabilidad admi-nistrativa al servidor de la Municipalidad Distrital de Colcabamba:
Juan Richard Jumpa Cabezas.
Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Dirección Municipal, Secretaría General y Unidad de Personal, el fiel cumplimiento de la presente Resolución.
Artículo Sexto.- Las sanciones administrativas aplicadas son sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar en el transcurso de las investigaciones de ser el caso.
Artículo Séptimo.- A los ex servidores públicos que ya no tengan vínculo laboral con la Municipalidad Distrital de Colcabamba, se les notificará de acuerdo a ley para el cum-plimiento de la presente Resolución.
Artículo Sexto.- Transcribir la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Municipalidad Provincial de Tayacaja y a los Órganos de la Municipalidad Distrital de Colcabamba, e incluir en el file de los involucrados bajo responsabilidad.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN ALONSO TUNQUE YAURI
Alcalde
Sancionan con cese temporal y destitución a servidor y ex servidor de la municipalidad RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 217-2003-MDC
Colcabamba, 18 de agosto de 2003.
VISTOS: La Resolución de Alcaldía Nº 191-2003-MDC por el que se resuelve Instaurar Proceso Administrativo Disciplinario a Servidores Públicos de la Municipalidad Distrital de Colcabamba, que se encuentran comprendidos en el Informe Nº 053-2003-JAJ-MDC, Informe Nº 015-2003-AL.C./MDC; y el Informe Nº 11-2003-CPPAD/MDC de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de Colcabamba.
CONSIDERANDO:
Que, los Arts.191 y 192 de la Constitución Política del Estado establecen que las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el Art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972;
Que, la Oficina de Asesoría Legal mediante Informe Nº 053-2003-JAJ/MDC, pone en conocimiento del señor Alcalde la existencia de presuntas irregularidades administrativas cometidas por servidores de la Municipalidad Distrital de Colcabamba, y estando al Informe Nº 011-2003-CPPAD/MDC de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos se ha instaurado Proceso Administrativo Disciplinario estando comprendidos los siguientes servido-res: José Romero Mayhua (Observaciones 01, 03, 04 y 06), Escolástico Camascca Llacua (Observaciones 02, 03, 04, 05 y 06), Carlos Alberto Cotera Inga (Observación 03);
Que, la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de Colcabamba ha notificado a cada uno de los servidores públicos con Resolución de Alcaldía Nº 191-2003-MDC para que absuelvan los cargos de las responsabilidades administrativas encontradas y señaladas en la Resolución acotada, las mis-mas que han sido evaluadas y la Comisión Permanente de Procesos Administrativos en pleno ejercicio de sus facultades ha presentado el Informe Nº 014-2003-CPPAD/MDC haciendo conocer la sanción a imponerse en forma individual, de acuerdo a la responsabilidad encontrada en el señor José Romero Mayhua Observación Nº 01 y el señor Escolástico Camascca Llacua en la Observación Nº 04;
Que, en mérito al Art. 152 del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, D.S. Nº 005-90-PCM, se señala que la calificación de la gravedad de la falta es la atribución de la autoridad competente, así como lo establecido en los Arts. 153, 154, 155 y siguientes de la referida norma;
Estando a lo antes expuesto y de conformidad con lo dispuesto en los Art. 28 incisos a) y c), Art. 152 y siguientes del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM concordante con lo dispuesto en el Art. 21 incisos a), b) y d) del D. Leg. Nº 276, “Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público”, a la Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos”, Ley Nº 26300 y a la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972;
SE RESUELVE:
Articulo Primero.- Sancionar con CESE TEMPORAL sin goce de remuneraciones, por haberse determinado responsabilidad administrativa de acuerdo al Informe Nº 014-2003-CPPAD/MDC al Servidor Público de la Municipalidad Distrital de Colcabamba:
Escolástico Camascca Llacua, por el período de (4) meses.
Artículo Segundo.- Sancionar con DESTITUCIÓN, por acreditar responsabilidad administrativa al servidor de la Municipalidad Distrital de Colcabamba:
José Romero Mayhua
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Municipal, Secretaría General y Unidad de Personal, el fiel cumplimiento de la presente Resolución.
Artículo Cuarto.- Las sanciones administrativas aplicadas son sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar en el transcurso de las investigaciones de ser el caso.
Artículo Quinto.- Transcribir la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Municipalidad Provincial de Tayacaja y a los Órganos de la Municipalidad Distrital de Colcabamba, e incluir en el file de los involucrados bajo responsabilidad.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN ALONSO TUNQUE YAURI