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Servicios Públicos de Telecomunicaciones de Categoría I de Telefónica del Perú S.A.A. y

su Exposición de Motivos

RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 022-2006-CD-OSIPTEL (PROYECTO)

Lima, 4 de abril de 2006

MATERIA : Proyecto de Modificación del Instructivo

para el Ajuste de Tarifas de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones de Categoría I de Telefónica del Perú S.A.A. VISTO:

El Proyecto de modificación al Instructivo para el Ajuste de Tarifas de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones de Categoría I de Telefónica del Perú S.A.A y su Exposición de Motivos;

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con los literales (b) y (d) de la Sección 9.03 de los contratos de concesión de los cuales es titular Telefónica del Perú S.A.A. (en adelante TELEFONICA) - referidos al procedimiento de regulación de tarifas-, TELEFONICA debe presentar a OSIPTEL sus solicitudes trimestrales para el ajuste de tarifas de los servicios de Categoría I, adjuntando los cálculos, información y demás documentación necesaria para justificar la solicitud;

Que mediante Resolución Nº 058-2001-CD/OSIPTEL de fecha 29 de octubre de 2001, se aprobó el “Instructivo para el Ajuste de Tarifas de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones de Categoría I - Régimen de Fórmulas de Tarifas Tope” el cual fue aplicado para la evaluación de las solicitudes de ajustes de tarifas presentadas por TELEFONICA, bajo el régimen de “Fórmulas de Tarifas Tope” para el período septiembre 2001- agosto 2004;

Que ante el inicio del segundo período de aplicación del Régimen de Fórmulas de Tarifas Tope, y ante la necesidad de incluir en el mencionado instructivo, disposiciones acordes con las condiciones actuales del mercado, se aprobó, mediante Resolución Nº 059-2004- CD/OSIPTEL de fecha 19 de julio de 2004, un nuevo instructivo para el Ajuste de Tarifas de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones de Categoría I de TELEFÓNICA, aplicable para el período septiembre 2004- agosto 2007;

Que con el fin de afinar el impacto efectivo producido a través de las adiciones de minutos incluidos en los planes tarifarlos existentes, se aprobó mediante Resolución Nº 004- 2005-CD/OSIPTEL de fecha 27 de enero de 2005, una modificación de instructivo que incorporaba una metodología más precisa para el reconocimiento de cambio de minutos incluidos, considerando dentro del conjunto de hechos probables, la sub-utilización de minutos incluidos;

Que con el objetivo de mantener consistencia con la modificación referida en el párrafo precedente, se aprobó mediante Resolución Nº 055-2005-CD/OSIPTEL de fecha 01 de setiembre de 2005, una modificación de instructivo de tarifas para ajustar la metodología aplicable para la evaluación de la introducción de nuevos planes tarifarios en función a la consideración de los diversos patrones de consumo y el reconocimiento del uso efectivo de los minutos incluidos.

Que conforme se ha enumerado en los considerandos precedentes, las disposiciones referidas al procedimiento aplicable para la revisión de las propuestas de ajuste trimestral de los Servicios de Categoría I de TELEFONICA se encuentran contenidas en diferentes Resoluciones, que a su vez han sido modificadas o derogadas en algunos de sus artículos;

Que en este contexto, se considera necesario sistematizar la normativa vigente referida al Instructivo de Tarifas para la revisión de las propuestas de ajuste trimestral de los Servicios de Categoría I de TELEFONICA, a fin de que todos los interesados puedan conocer el detalle del referido mecanismo regulatorio a través de un solo instrumento legal;

Que es necesario realizar algunas modificaciones en el instructivo de tarifas con el objetivo de tratar aspectos importantes como (i) cambios en el nivel de la calidad de los diversos planes tarifarios en función a las variaciones en la oferta de los servicios adicionales contenidos en dichos planes y que son distintos de los servicios sujetos a regulación tarifaria; (ii) tratamiento de los diversos instrumentos que pueden ser utilizados por la empresa regulada para el cumplimiento de las reducciones previstas en el sistema de precios tope bajo un enfoque de bienestar y considerando un contexto de elección bajo condiciones de incertidumbre; (iii) la consistencia entre los diversos instrumentos regulatorios, como por ejemplo el mecanismo de precios tope, y los objetivos de política bajo un enfoque de desarrollo económico, como por ejemplo el nivel del acceso a los servicios de telecomunicaciones.

En aplicación de las funciones atribuidas en el Reglamento General del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM, y estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesión Nº 259;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Disponer la publicación, en el Diario Oficial El Peruano, del Proyecto de Resolución mediante el cual se aprueba Instructivo para el Ajuste de Tarifas de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones de Categoría I de TELEFÓNICA, conjuntamente con su Exposición de Motivos.

Asimismo, serán publicados en la página web de OSIPTEL (http://www.osiptel.gob.pe), el referido Proyecto Normativo y su Exposición de Motivos.

Artículo Segundo.- Disponer que hasta el día 02 de mayo de 2006 los interesados podrán remitir por escrito sus comentarios, adjuntando copia de los mismos en formato electrónico, respecto del Proyecto normativo referido en el artículo precedente, a la Gerencia de Comunicación Corporativa de OSIPTEL (Calle De la Prosa Nº 136, San Borja, Lima), pudiendo remitirlos vía fax al número: (511) 475-1816 o mediante correo electrónico a la dirección: [email protected].

En todos los casos, los comentarios deberán enviarse de acuerdo al formato establecido en el anexo adjunto a la presente Resolución.

Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Políticas Regulatorias de OSIPTEL el acopio, procesamiento y sistematización de los comentarios que se presenten, así como la presentación a la Alta Dirección de sus correspondientes recomendaciones.

Artículo Cuarto.- Convocar a Audiencia Pública para el día 15 de mayo de 2006, haciendo pública dicha convocatoria a través de un diario de circulación nacional.

Regístrese, comuníquese y publíquese. EDWIN SAN ROMÁN ZUBIZARRETA Presidente del Consejo Directivo

ANEXO

Formato para la presentación de comentarios al Proyecto de Resolución que Establece

el Instructivo para el Ajuste de las Tarifas de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones de Categoría I

de TELEFÓNICA.

Sección del Comentarios

Instructivo

Comentarios Generales

(*) Ver texto publicado en el Diario Oficial “El Peruano” de la fecha.

(*) NOTA SPIJ:

En la presente edición de Normas Legales del Diario Oficial “El Peruano”, se dice “de de” cuando se debe decir “de”

(*) NOTA SPIJ:

En la presente edición de Normas Legales del Diario Oficial “El Peruano”, se dice “de de” cuando se debe decir “de”