• No se han encontrado resultados

El incumplimiento de cualquiera de las condiciones de este Pliego, así como de la oferta adjudicataria, será considerado como falta, pudiendo el Ayuntamiento imponer al adjudicatario las sanciones que correspondan en cada caso, incluida la resolución del contrato, conforme al procedimiento legalmente establecido y, en todo caso, previa audiencia del interesado.

A tales efectos, el adjudicatario se hace responsable ante el Ayuntamiento de todas las faltas que puedan ser cometidas por sus empleados, así como las repercusiones a que dieran lugar.

El adjudicatario, igualmente, será responsable de los daños y perjuicios que se ocasionen en las zonas verdes, arbolado y demás elementos de propiedad municipal por culpa, negligencia o incumplimiento de las obligaciones contenidas en el presente pliego.

La valoración de estos daños o perjuicios será realizada por el Ayuntamiento a través de la Oficina Técnica de Servicios Públicos, quedando obligado el adjudicatario a satisfacer la cuantía correspondiente al importe que resulte de la valoración de los daños o perjuicios producidos. Y hasta el doble de la misma, según las circunstancias que concurran en cada caso.

Ajuntament El Campello

Area de Infraestructuras, Servicios Públicos y Mantenimiento Avd. Generalitat, 4 03560 – El Campello (Alicante) Telf.:965 637 200 Fax:965 233 477

Dicha valoración se fijará sobre el importe estimado de las labores no realizadas, realizadas incorrectamente o fuera de época.

No pudiendo ser valorados los porcentajes que corresponden a cada labor de conservación de una forma general, será la Oficina Técnica de Servicios Públicos el que procederá a valorar, en cada caso concreto y puntual, aquella labor de conservación que, dentro del total de las mismas, sea objeto de posible sanción por incumplimiento.

El adjudicatario se responsabilizará, económicamente, de aportar los medios, materiales y personal establecidos en la oferta, pudiendo ser sancionado por el Ayuntamiento en un importe no inferior al beneficio económico que su incumplimiento haya producido al adjudicatario y al perjuicio provocado al servicio por tales omisiones y hasta el doble del mismo, según las circunstancias que concurran en cada supuesto.

Para los trabajos a realizar que estén incluidos en el alcance del contrato, la cuantía de las sanciones serán las siguientes:

• Infracciones leves: hasta 1.500 euros

• Infracciones graves: hasta 3.000 euros

• Infracciones muy graves: hasta 6.000 euros Se consideran infracciones muy graves:

 No dar comienzo la prestación del servicio contratado dentro del plazo establecido.

 Paralización o no prestación del servicio contratado.

 Destinar a fines ajenos al servicio contratado los medios humanos o materiales ofertados durante el horario a cumplir por la contrata.

 Ceder, subarrendar o traspasar, en todo o en parte, el servicio contratado sin previa autorización del Ayuntamiento.

 No tener el personal mínimo especificado en el Pliego adscrito al servicio, así como no cumplir con las sustituciones de vacaciones y las bajas.

 Incumplimiento de las obligaciones laborales o de Seguridad Social con el personal de la contrata.

 El incumplimiento y/o demora de las órdenes de trabajo dadas por la Oficina Técnica de Servicios Públicos con el carácter de urgentes.

 Incumplimiento tratamientos fitosanitarios para combatir las plagas detectadas.

 La acumulación de tres faltas graves en un trimestre. Se consideran infracciones graves:

Ajuntament El Campello

Area de Infraestructuras, Servicios Públicos y Mantenimiento Avd. Generalitat, 4 03560 – El Campello (Alicante) Telf.:965 637 200 Fax:965 233 477

 Prestación defectuosa o irregular del servicio contratado.

 No cumplir con el cuadro de tareas mínimo establecido.

 No disponer de los vehículos y maquinaria mínimos indicados en el pliego para prestar el servicio.

 No tener el local disponible para la prestación del servicio en el plazo establecido.

 No facilitar las características de las zonas verdes en el sistema de información geográfica gvSIG con las condiciones y plazos establecidos.

 La negativa por parte del adjudicatario a cumplimentar las órdenes singulares y requerimientos de carácter informativo de la Oficina Técnica de Servicios Públicos.

 El incumplimiento de cualquier otra de las condiciones de este Pliego o de la oferta adjudicataria, así como de las eventuales mejoras ofertadas por el adjudicatario.

 La acumulación de tres faltas leves en un trimestre.

Se consideran infracciones leves todas las demás infracciones no previstas o mencionadas anteriormente.

El hecho de incurrir en una falta de las calificadas como muy graves podrá ser objeto de rescisión del contrato con pérdida de garantía, siendo competente, en este caso, el Ayuntamiento para acordar o no dicha resolución, sin que tal decisión, positiva o negativa, en determinado caso, pueda ser invocada en otro como precedente.

El importe de las sanciones impuestas se deducirá de las certificaciones mensuales que se expidan para el pago del servicio realizado por al adjudicatario; si el importe de la sanción es superior al 50% del total de la certificación emitida, se aplicará mensualmente un 50% de dicha cantidad hasta completar el total de la sanción.

Las sanciones serán impuestas por la Alcaldía previo expediente tramitado con arreglo a la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora.

Cuando la infracción cometida trascienda el ámbito administrativo y revista los caracteres de delito o falta, el Alcalde pondrá los hechos en conocimiento de los Tribunales de Justicia.

15.- PERSONAL.

El adjudicatario dispondrá del personal necesario en cada momento y época del año para la buena ejecución de las labores de conservación; por lo que

Ajuntament El Campello

Area de Infraestructuras, Servicios Públicos y Mantenimiento Avd. Generalitat, 4 03560 – El Campello (Alicante) Telf.:965 637 200 Fax:965 233 477

los licitadores propondrán la plantilla que estimen necesaria para la ejecución del mismo.

No obstante, vendrá obligado a mantener un personal mínimo que deberá quedar plenamente reflejado y justificado en la oferta, este personal mínimo es el siguiente:

• Técnico de grado medio o superior (tiempo parcial).

• 2 oficiales 1ª jardinero (tiempo completo).

• 1 jardinero (tiempo completo).

• 1 peones de jardinería (tiempo completo)

• 2 auxiliares de jardinería (tiempo completo)

El personal que está a dedicación completa, trabajará de lunes a viernes jornadas de 8 horas, dejando una reserva para trabajar la mañana del sábado en la Finca de Villamarco cuando así se solicite, resultando un total de 40 horas a la semana. Esta disposición se podrá alterar por necesidades del servicio cuando así lo estime el Ayuntamiento. Aunque principalmente para la limpieza por imprevistos y otras causas justificadas se podrán realizar trabajos en festivos y fuera del horario habitual sin cargo adicional por parte del adjudicatario.

El personal de la contrata deberá prestar sus servicios en régimen de jornada continua o partida, proponiéndose el horario que en función de la organización de los trabajos prevista se considere más operativo; no obstante, éste deberá ser aprobado por la Oficina Técnica de Servicios Públicos en función de las necesidades para una mejor prestación. De la misma forma, deberán ser aprobadas por el citado Servicio las posibles modificaciones al plan de trabajo previsto.

Al frente de la plantilla deberá figurar un técnico en jardinería de grado superior o medio, de acreditada experiencia o formación en materia de conservación de parques y jardines que, en ningún caso podrá tener el carácter de mero asesor, sino que se encargará de la dirección y organización de los trabajos y cualquier cambio que la empresa pretendiera realizar en relación con este técnico, por los motivos que fuesen y durante el periodo de adjudicación, deberá ser consultado previamente con la Oficina Técnica de Servicios Públicos.

Todo el personal ofertado por el adjudicatario deberá estar disponible durante el horario a cumplir por la contrata, quedando taxativamente prohibida su utilización durante dicho horario para cualquier trabajo ajeno a la misma.

Se comunicarán a la Oficina Técnica de Servicios Públicos los nombres, categorías y demás circunstancias personales de los trabajadores que hayan de cubrir la plantilla para el desempeño de las misiones a que se refiere el presente Pliego, así como las variaciones que se produzcan en el mismo.

Ajuntament El Campello

Area de Infraestructuras, Servicios Públicos y Mantenimiento Avd. Generalitat, 4 03560 – El Campello (Alicante) Telf.:965 637 200 Fax:965 233 477

El personal de la empresa adjudicataria, en ningún supuesto, podrá considerarse con relación laboral, contractual o de naturaleza alguna respecto al Ayuntamiento, debiendo tener dicha empresa debidamente informado a su personal de dicho extremo.

Todos los operarios irán provistos de uniforme y de una tarjeta de identidad, debiendo quedar definido claramente en la oferta el equipo personal y uniforme con que propone dotar a todos ellos en cada uno de sus cometidos, así como la forma, calidad y color de los tejidos, la periodicidad y fecha de entrega. En este sentido, se especificarán uniformes de verano, invierno y lluvia para operarios, encargados y conductores, así como todo el equipo de seguridad personal. No obstante, el modelo de uniforme deberá ser aprobado la Oficina Técnica de Servicios Públicos, pudiendo establecer las modificaciones que estime convenientes.

En todo momento los uniformes se mantendrá en buen estado, siendo responsable el contratista de la falta de aseo o de decoro en el vestir o de carecer de uniforme, así como de las faltas por trato desconsiderado hacia los ciudadanos.

La empresa adjudicataria se compromete a tener debidamente dado de alta al personal en la Seguridad Social y cumplir todas las obligaciones legales contractuales respecto del mismo, debiendo acreditarse el pago de las cotizaciones sociales ante la Oficina de Servicios Públicos o en quien delegue el Consistorio, siendo causa de resolución del contrato estar al descubierto en las cuotas de la Seguridad Social.

El adjudicatario deberá realizar un plan de formación y de seguridad y salud que garantice la preparación técnica del personal adscrito a la contrata.

Durante el periodo de vacaciones del personal, la empresa deberá buscar sustitutos para seguir manteniendo el personal mínimo establecido en este pliego. No pudiendo existir más de un sustituto por categoría laboral.

La empresa está obligada a garantizar el personal incluido durante bajas laborales superiores a 15 días, utilizando personal eventual para dichas sustituciones.

Todo el personal fijo que se proponga quedará adscrito al servicio. A efectos del cálculo del costo del servicio los licitadores tendrán en cuenta la necesidad de efectuar dichas sustituciones obligadas (vacaciones, bajas, etc).

Se presentará declaración del personal en sus distintas categorías que el contratista empleará en la realización de los trabajos objeto del presente contrato. Esta relación deberá ser nominal para todo el personal. En el local de la empresa adjudicataria donde se concentrará el personal operario (oficiales y

Ajuntament El Campello

Area de Infraestructuras, Servicios Públicos y Mantenimiento Avd. Generalitat, 4 03560 – El Campello (Alicante) Telf.:965 637 200 Fax:965 233 477

peones) adscritos a la contrata, se instalará, a cargo del contratista, un reloj de control horario en el que se marcará la entrada y la salida de cada jornada laboral. Mensualmente se aportará a modo de resumen de todo el personal que compone la contrata, los días de asuntos personales, ausencias, bajas y demás incidencias, así como la propuesta de sustitución del periodo vacacional.

El adjudicatario será responsable de los daños y perjuicios que el personal y/o maquinaria que emplee causara en el arbolado, jardinería, personas, bienes particulares o públicos, etc., para lo cual contratará la oportuna póliza de seguros que cubra estas eventualidades

Todo el personal deberá de estar instruido para que su trabajo no moleste a los usuarios de los jardines.

En caso de falta de aseo, decoro o uniformidad en el vestido, así como en el caso de descortesía o falta de respeto al público, se hará responsable al adjudicatario, sin perjuicio de las responsabilidades personales que pudieran alcanzar al individuo por su actuación.

El adjudicatario se obliga al más exacto cumplimiento de todas las leyes y disposiciones vigentes en materia social y laboral, debiendo por tanto tener a todo el personal debidamente legalizado de acuerdo con las mismas.

Técnico responsable

Al frente de la contrata deberá estar un Técnico de Grado Medio o Superior, especializado en jardinería (Ingeniero Técnico Agrícola o superior), este realizará el control de los trabajos y la programación de las tareas a realizar. Su dedicación será a tiempo parcial, debiendo realizar un mínimo de una visita semanal, así como las que sean requeridas por la Dirección Facultativa de las obras o por la Oficina Técnica de Servicios Públicos.

Dicho técnico estará en contacto directo con la Dirección Facultativa, de la que recibirá las ordenes oportunas y a la rendirá los informes necesarios, asistiendo a la misma en mediciones, modificaciones, etc.

16.- INSTALACIONES.

Los concursantes en sus ofertas deberán comprometerse a disponer de los locales y almacenes necesarios para el servicio a prestar, aportando, si fuera preciso, casetas o locales para uso del personal y herramientas, con el fin de que los tiempos de desplazamiento sean idóneos para la obtención de un mayor rendimiento. Estos locales deberán estar en el Término Municipal de El

Ajuntament El Campello

Area de Infraestructuras, Servicios Públicos y Mantenimiento Avd. Generalitat, 4 03560 – El Campello (Alicante) Telf.:965 637 200 Fax:965 233 477

Campello. La no presentación expresa de este compromiso implicará la exclusión de la oferta.

El adjudicatario se compromete, durante la duración del contrato y sus posibles prórrogas, a disponer de las instalaciones precisas en el Término Municipal de El Campello para atender todo el personal y la maquinaria que pueda ser objeto de ampliación. La instalación y puesta en marcha de este local se deberá realizar en un plazo máximo de 1 mes desde la adjudicación del contrato.

Las instalaciones y/o almacenes destinados a tales efectos deberán mantenerse en todo momento en condiciones idóneas de limpieza a cargo del adjudicatario.

Documento similar