12. RESPONSABILIDADES DE LOS FUNCIONARIOS FRENTE AL SGSI
12.4. Rol de Gerente de Seguridad de la Información:
12.4.1. Definición:
Es el responsable de supervisar la gestión de la seguridad de la información dentro de la organización. La gerencia deberá mantener la política de seguridad de la información y establecer el alcance del Sistema de Gestión de Seguridad de la Información para la entidad, así como asignar los roles de seguridad y coordinar y revisar la implementación de la seguridad en toda la organización.
12.4.2. Competencias:
o Especialización y/o Maestría en temas relacionados con ingeniería de sistemas. o Mínimo 4 años desempañando funciones relacionadas con la ingeniería de sistemas. o Auditor Interno certificado en la norma 27001.
o Adaptación al cambio, comunicación efectiva y análisis y solución de problemas.
12.4.3. Responsabilidades:
o Presentar al comité de Seguridad de la información temas relacionados con el SGSI que requieran aprobación y visto bueno o que sea necesario que el comité conozca.
o Promover la aplicación de auditorías enfocadas a la seguridad, para evaluar las prácticas de seguridad de la información dentro de la compañía.
o Crear y vigilar los lineamientos necesarios que apoyen los servicios de seguridad de la información en la organización.
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13. MANUAL DE FUNCIONES 13.1. DIRECCIÓN
13.1.1. Director
Las funciones del Director del Fondo se encuentran señaladas en el artículo 318 numeral 3 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y en el artículo 27 del Decreto 2757 de 1991, por el cual se aprueba la reforma de los estatutos del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras.
Propósito
Ejercer la representación legal del Fondo y ser el administrador del mismo. Así mismo, tendrá a su cargo el desarrollo de su actividad y la consecución de sus objetivos.
Responsabilidades del cargo
o Llevar la representación legal del Fondo, ante toda clase de personas y autoridades, administrarlo, firmar los actos, contratos y documentos que no corresponda a la Junta Directiva y en general desarrollar las actividades necesarias para el cumplimiento de los objetivos señalados en normas legales, con sujeción a lo que se dispone en los estatutos; o Someter a la consideración de la Junta Directiva los planes, programas y proyectos
tendientes a lograr los objetivos del Fondo; una vez aprobados, dirigir y adelantar su ejecución;
o Nombrar, constituir y remover apoderados judiciales o extrajudiciales cuando las actividades del Fondo lo requieran;
o Convocar a sesiones a la Junta Directiva cuando lo estime necesario;
o Dirigir las relaciones laborales, la contratación y remoción de los empleados del Fondo y autorizar las licencias de éstos;
o Vigilar la observancia de las leyes y los estatutos, la correcta aplicación de los recursos y el debido mantenimiento y utilización de los bienes de la institución;
o Aprobar los gastos y celebrar los contratos para fines relacionados con los objetivos del Fondo, de acuerdo con las autorizaciones y delegaciones que le haga la Junta Directiva; o Participar en las Asambleas de otras entidades y sociedades en las cuales el Fondo sea
miembro o socio, o constituir mandatarios para tales efectos designando las personas que representen las acciones, cuotas o partes sociales del Fondo en los órganos sociales correspondientes; así mismo podrá asistir o ser miembro de las Juntas Directivas de tales sociedades;
o Representar al Fondo en reuniones o eventos de carácter nacional o internacional a los cuales deba asistir en desarrollo de las funciones que le son propias;
o Ejercer bajo su responsabilidad las funciones que le asigne la Junta Directiva o que le atribuyan las normas legales;
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o Delegar en los funcionarios del Fondo alguna o algunas de las funciones que le son propias; o Ejercer bajo su responsabilidad las funciones administrativas asignadas por el artículo
1.8.2.3.3., del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero. Para tal efecto, podrá delegar en los funcionarios que la Junta Directiva determine, las funciones que la ley no le atribuya en forma exclusiva y aquellas asignadas en circulares de la Superintendencia Bancaria o que establezca la Junta Directiva del Fondo, en relación con el adelantamiento de los procesos liquidatorios a que se refiere la norma antes indicada;
o Las demás funciones que corresponden al Fondo y que no estén atribuidas expresamente a otro órgano.
13.1.2. Asistente Administrativa (DIR-AA1) Propósito
Brindar apoyo secretarial al Director, en su interacción con otras entidades y con las demás dependencias de Fogafín, con el fin de facilitar el proceso de consecución de objetivos de la Dirección.
Responsabilidades del Cargo
o Organizar y gestionar los documentos que requieren ser firmados por el Director, con el fin de que se realice el trámite correspondiente.
o Revisar diariamente con el conductor la agenda, con el fin de coordinar adecuadamente el desplazamiento del Director a los diferentes lugares.
o Registrar cada una de las llamadas recibidas, realizadas y solicitadas por el Director, e identificar con claridad su nivel de importancia para responder oportunamente.
o Hacer seguimiento en las diferentes áreas de los requerimientos escritos y/o verbales hechos por entidades o personas naturales externas.
o Controlar el ingreso de visitas y personal interno al despacho del Director, con el fin de realizar una atención adecuada y oportuna.
o Mantener actualizada la base de datos correspondiente al directorio telefónico con el fin de agilizar cualquier trámite.
o Las demás que le sean asignadas.