Es el mecanismo mediante el cual se establecen los protocolos que se deben activar en todos los casos en que se vea afectada la convivencia y los derechos humanos, sexuales o reproductivos de los estudiantes articulando una oferta de servicio ágil,
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integral y complementario. El sistema garantiza la atención inmediata y pertinente de los casos de violencia escolar, acoso o vulneración de derechos sexuales y reproductivos que se presenten en el establecimiento o en sus alrededores y que involucren a cualquier estudiante, así como el embarazo adolescente.
Habrá un componente de promoción y otro de prevención como parte del plan integral de formación contemplado en el PEI y operacionalizado en el Plan de Estudios.
TIPOS DE SITUACIONES
Las situaciones disciplinarias se clasifican en: tipo I, tipo II y tipo III, (ley 1620 de 2013 y Decreto 1965 de 2013) y tendrán un protocolo diferente según su naturaleza.
ARTICULO 10. SITUACIONES Y/O FALTAS TIPO I
Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud.
1. El desorden y desaseo en la presentación personal, trabajos y tareas, aula de clase, patio de recreo, útiles escolares, tienda escolar, biblioteca o trabajo grupal.
2. Indisciplina y falta de escucha en los momentos de formación.
3. Llegar tarde de manera injustificada, interrumpir las clases, actos culturales, cívicos, religiosos o deportivos.
4. Mascar chicle en horas de clase y/o actos de comunidad o consumir alimentos en horas de clase.
5. Desobediencia a las órdenes dadas por directivos y docentes 6. El mal porte del uniforme.
7. Incumplir con las responsabilidades asignadas o negarse a colaborar sin causa justa en las actividades de clase o del colegio.
8. Ingresar sin autorización a la sala de profesores.
9. Salir de clase sin permiso y /o llegar tarde a clase sin causa justificada.
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10. El juego brusco en los momentos de descanso.
11. Faltar a clases y/o actividades de la Institución, sin justificación.
12. Manifestaciones obscenas dentro de la Institución.
13. Entregar las evaluaciones escritas sin responder 14. Retirar material o elementos deportivos sin permiso.
15. Permanecer en los salones o sitios no autorizados en el tiempo de descanso.
16. Utilización de vocabulario soez, vulgar e inapropiado para referirse a situación o persona en particular.
17. Retardos injustificados.
18. Incumplimiento reiterado de los deberes consagrados en el presente Manual de Convivencia.
ARTICULO 11. PROTOCOLO PARA LA APLICACIÓN DE MEDIDAS FORMATIVAS Y ORIENTACIONES PEDAGOGICAS EN SITUACIONESY/O FALTASTIPO I
1. Conocida y comprobada la situación por parte de un docente ésta será tratada en forma directa por el profesor que la conoce, quien hará un proceso de reflexión y compromiso de cambio de conducta del estudiante, se iniciará el seguimiento escolar y se informará por escrito al docente titular.
2. Si persiste alguna situación tipo I, el docente que conoce la situación, consignará esta conducta en una hoja de informe de comportamiento, haciéndola firmar por el estudiante y/o representante del curso y remitiéndola al Coordinador, quedando así protocolizado un LLAMADO DE ATENCIÓN VERBAL.
3. La acción disciplinaria en las situaciones tipo I es necesario la acción correctiva inmediata por parte del docente que observa la falta.
4. Agotadas las etapas anteriores y la reincidencia en su comportamiento inadecuado se convierte en situaciones tipo II.
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ARTÍCULO 12: SITUACIONESY/O FALTAS TIPO II
Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar (bullying) y ciberacoso (Ciberbullying), que no revistan las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características: Que se presenten de manera repetida o sistemática, que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados.
Se consideran situaciones tipo II las enmarcadas a continuación:
1. El incumplimiento reiterado en tres o más ocasiones a las medidas de formación recomendadas para las situaciones tipo I.
2. Incumplimiento a los compromisos adquiridos en las situaciones tipo I.
3. El encubrimiento de faltas dentro o fuera del plantel.
4. Agredir físicamente o de palabra a cualquier miembro de la comunidad educativa.
5. Conductas disociadoras y perturbadoras que afecten la estabilidad del curso y la disciplina del plantel.
6. Realizar fraude en evaluaciones, tareas, trabajos y otros.
7. La inasistencia al colegio en forma voluntaria y sistemática para quedarse en otros sitios no autorizados por el padre de familia o acudiente.
8. Escribir y dibujar expresiones vulgares e irrespetuosas en cualquier espacio de la institución.
9. Realizar cualquier género de ventas y negocios con compañeros de clase, profesores y demás funcionarios del plantel sin la correspondiente autorización de la rectoría.
10. Chantaje y/o amenaza a cualquier miembro de la comunidad.
11. El irrespeto en forma verbal o escrita dentro o fuera de la Institución a cualquier miembro de la comunidad.
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12. Ingresar o salir del establecimiento por sitios distintos a los previstos regularmente bien sea saltando muros, rejas o violentando puertas, ventanas, cerraduras u otras similares.
13. Ser responsable de adulteración, sustracción o falsificación de documentos tales como evaluaciones, excusas, informes u otros.
14. Ser responsable del destrozo de elementos de trabajo, equipos, pupitres, instalaciones, bloqueo de chapas y candados, violación de puertas, ventanas, cuadernos y otros.
15. Realizar cualquier acto que afecte la sana convivencia escolar y obstaculice el desarrollo académico
16. El saboteo u obstaculización sistemática del proceso pedagógico en clases, talleres, laboratorios u otros.
17. No entrada voluntaria a clases o alguna actividad programada o evadirse de las mismas
ARTICULO 13. PROTOCOLO PARA LA APLICACIÓN DE MEDIDAS FORMATIVAS Y ORIENTACIONES PEDAGOGICAS EN SITUACIONES Y/O FALTAS TIPO II
1. Si hay reincidencia en cualquiera de las faltas tipo I, el docente o titular deberá informar al Coordinador, quien citará al padre de familia y/o acudiente y al Comité de Convivencia, para hacer la conciliación y protocolizar así la AMONESTACIÓN ESCRITA. En caso de no presentarse el Padre de Familia o Acudiente a dos citaciones se considerará la aceptación de la situación, dejando evidencia.
2. El docente que conozca la situación debe informar por escrito al coordinador quien estudiará el caso y determinará el proceso a aplicar.
3. El coordinador determinará acciones pedagógicas formativas con presentación en el Colegio con la supervisión del Orientador, Coordinador o docente, la realización de trabajos escolares y sociales o MATRÍCULA CONDICIONAL, de acuerdo con la gravedad del caso.
4. En caso de matrícula condicional: Remitir el informe completo del caso al Rector de la Institución, quien procederá a expedir la Resolución de MATRICULA
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CONDICIONAL del estudiante, con el cual podrá ser levantada de acuerdo al mejoramiento de su comportamiento, por solicitud expresa del padre de familia o acudiente ante el Rector, previo concepto del Coordinador.
ARTICULO 14. SITUACIONESY/O FALTAS TIPO III:
Corresponden a este tipo, las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Título IV del Libro 11 de la Ley 599 de 2000, o cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente.
1. Todo acto que vaya en contra de las normas, la filosofía y principios de la Institución, las buenas costumbres y la sana convivencia escolar.
2. Presentarse al establecimiento en estado de embriaguez o bajo el efecto de alucinógenos y drogas psicotrópicas.
3. Portar, consumir o traficar dentro o fuera del establecimiento alcaloides o cualquiera otra sustancia perjudicial para la vida humana.
4. Cualquier acto que en una u otra forma atente contra el derecho a la vida, la integridad personal o la dignidad humana.
5. Corrupción de menores.
6. Traer al colegio, mirar o hacer circular dentro de él, cualquier material de tipo pornográfico, satánico o navegar y chatear en páginas pornográficas.
7. Sostener riñas o atentar contra la integridad personal, amenazar, agredir y/o desafiar de hecho, palabra o actitud a cualquier persona, dentro o fuera del Colegio.
8. Atentar contra equipos, muebles, enseres y/o el entorno natural del establecimiento.
9. Cometer delito contra el patrimonio económico contemplado en el ordenamiento jurídico penal (hurto, estafa, abuso de confianza).
10. Alterar o destruir libros y registros de informes evaluativos, certificados de estudios, falsificar firmas, documentos y otros.
11. La comisión de delitos culposos conforme al principio de la tipicidad.
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12. Estar comprometidos en negocios ilícitos según el código penal.
13. La práctica de juegos que atenten contra la integridad personal.
14. Portar armas de cualquier tipo en el interior de la Institución, elementos incendiarios o explosivos, tóxicos y otros que puedan afectar la integridad física de cualquier miembro de la comunidad educativa.
15. Cometer delitos o estar vinculado a un proceso penal con medida de aseguramiento u otro similar y/o haber sido condenado
16. Servir de intermediario para el ingreso a la Institución, de personas cuyos fines sean ilícitos.
17. Todo tipo de amenaza a cualquier miembro de la comunidad educativa.
18. Estar involucrado en acciones de hecho que atenten contra la vida, la honra y los bienes de las personas y de la Institución, realizando actos vandálicos o de terrorismo.
19. La comisión u omisión de un hecho considerado como gravísimo y no calificado como tal en forma expresa en el presente Manual de Convivencia.
20. Estar involucrado en actos de matoneo o bullying o ciber acoso a cualquier miembro de la comunidad educativa.
ARTICULO 15. PROTOCOLO SITUACIONES Y/O FALTASTIPO III.
1. Se recibe en Coordinación el informe de la situación presentada por parte de cualquier integrante de la comunidad educativa que la conozca.
2. Atender inmediatamente de acuerdo con la situación presentada, el Coordinador remitirá el caso a la entidad competente.
3. Informar a los padres o acudientes y al Comité de Convivencia, la situación de los involucrados.
4. Se remite toda la información contenida dentro del proceso al Rector(a) de la Institución quién a su vez citará al Consejo Directivo para análisis del caso y
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determinación de la CANCELACION DE LA MATRICULA si a ello hubiere lugar.
Contra esta providencia sólo podrá presentarse Recurso de Reposición de acuerdo con la normatividad vigente.
5. El Rector(a) pondrá en conocimiento de las autoridades pertinentes, la situación presentada.
6. En todos los procedimientos se deberá respetar el debido proceso, el derecho a la defensa y a los derechos fundamentales de toda persona.
7. Contra las decisiones proferidas por la Coordinación y la Rectoría de la Institución proceden los recursos de Reposición y Apelación.
ARTICULO 16. DEBIDO PROCESO
TITULARIDAD DE LA POTESTAD DISCIPLINARIA
La Institución Educativa a través de sus órganos de dirección, es el titular de la potestad disciplinaria.
TITULARIDAD DE LA ACCION DISCIPLINARIA
La acción disciplinaria corresponde a la Institución, sin perjuicio del poder disciplinario que puedan tener otras instancias, mediante acción motivada o petición o de oficio.
PRINCIPIOS DEL PROCESO:
Dentro de la interpretación, aplicación de las sanciones se consagran principios como:
1. Reconocimiento de la dignidad humana: El respeto a la dignidad de los estudiantes es el límite en la aplicación de la sanción.
2. Preexistencia de la falta: una sanción se aplicará por hecho tipificado como situación y/o falta en el Manual de Convivencia.
3. Proporcionalidad: Existencia de proporción entre la falta y la sanción.
4. Presunción de inocencia: el estudiante se presume inocente de la falta que se le atribuye, mientras no se demuestre su responsabilidad en ésta.
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5. Igualdad: todos los estudiantes tienen derecho al mismo tratamiento durante un proceso de análisis en situaciones tipo I, II y III.
6. Participación: todos los estudiantes y sus padres de familia o acudientes tienen derecho a ser escuchados y solicitar pruebas en el momento de encontrarse en un proceso de análisis en situaciones tipo I, II y III.
7. Necesidad de la prueba: el proceso debe buscar la verdad de los hechos con pruebas contundentes y pertinentes.
8. Motivación: toda decisión en un proceso formativo, debe ser razonable y motivada.
9. Favorabilidad: si existen varias normas que regulan una situación, se debe aplicar la más favorable al estudiante.
10. Resolución de duda: toda duda razonable se resolverá a favor del estudiante, cuando no haya modo de eliminarla.
11. Legalidad: Los estudiantes de la Institución Educativa, docentes, padres de familia, personal administrativo y de servicios, solo podrán ser sancionados disciplinariamente cuando incurran en faltas por acción u omisión, establecidas por la ley, el presente Manual y la normatividad vigentes.
12. Debido proceso: los estudiantes deberán ser sancionados por la autoridad competente, de acuerdo con la gravedad de la falta y siguiendo el procedimiento establecido en el presente Manual de Convivencia.
ARTICULO 17. ACCIONES PEDAGOGICAS FORMATIVAS
La Ruta de Atención Integral RAI Institucional, atendiendo que la ley 1620 y su Decreto reglamentario 1965 de 2013, piden a las Instituciones Educativas atender prioritariamente cuatro aspectos así: formación de sujetos activos de derecho, reconocimiento e inclusión genuina de la comunidad educativa, transformación y mejoramiento del clima escolar. Para esto propone cuatro componentes de promoción, de prevención, de atención y seguimiento.
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1. Componentes de Promoción y Prevención:
La Institución Educativa Colegio Andrés Bello, fortalece la implementación y fortalecimiento de los Proyectos Pedagógicos Trasversales y sus hilos conductores de transversalidad en los diferentes grados, priorizando aquellos que atienden la educación para la sexualidad y la formación de ciudadanía.
Genera mecanismos y herramientas de promoción desde el proyecto de Escuela de Padres, como medio para la formación de competencias ciudadanas, formación para los Derechos Humanos (DDHH, DHSR), el desarrollo infantil, adolescente, la convivencia, la mediación y la conciliación.
Desde la orientación escolar y el trabajo de titulaturas o Directores de Grupo, fortalece las acciones que contribuyan a la mitigación de las situaciones que afectan la convivencia escolar, mediante el diálogo, la conciliación y la concertación y con acciones o actividades orientadas desde los diferentes áreas del conocimiento, ofreciendo apoyo sicosocial, si lo amerita.
2. Componentes de atención y seguimiento:
Atendiendo que en estos componente la Institución Educativa debe asistir a las personas que conforman la comunidad educativa, frente a situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos (DDHH, DHSR), la Institución Educativa Andrés Bello ha estipulado sus protocolos para atender las situaciones o faltas Tipo I, II, III, estipulados en el presente Manual (Artículo 8).
Todas las acciones anteriores buscan crear conciencia sobre la falta, reparación y compromiso evidente de cambio, estableciendo las estrategias más pertinentes para cada falta o situación. Propone ante todo, la Institución Educativa Colegio Andrés Bello como elemento central en todo proceso formativo, el diálogo entre las partes
Los diálogos pretenden llevar al estudiante u otro miembro de la comunidad a una reflexión profunda sobre su comportamiento y a tomar conciencia sobre las causas, consecuencias y acciones correctivas que debe emprender para reparar y centrar su aprendizaje. El diálogo debe ser un aspecto fundamental en todas las faltas al ser un punto de partida para la reflexión y la toma de decisiones.
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Atendiendo un proceso conciliador establece otras medidas pedagógicas para cada tipo de situación o falta:
POR SITUACIONES Y/O FALTAS TIPO I:
Mediante orientaciones, diálogo y la aplicación de determinados trabajos formativos estipulados de acuerdo con la falta.
POR SITUACIONES Y/O FALTAS TIPO II:
1. Recomendar al padre de familia o acudiente brindar asesoría sicológica al estudiante previo recomendación de la orientadora.
2. Asistir a charlas formativas.
3. Procesos de conciliación con el Comité de Convivencia.
4. Suspensión de las actividades académicas hasta por tres (3) días, que se cumplirá en las instalaciones del plantel, cumpliendo con las actividades que le sean asignadas.
5. Actividades de trabajo social.
6. Matrícula condicional.
POR SITUACIONES Y/O FALTAS TIPO III
1. Expulsión inmediata de la Institución si hubiere el caso.
2. Pérdida del cupo en la Institución para los años siguientes, previo estudio del caso.
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3. Si continua presentandose las faltas se informara al coordinador en el formato respectivo quien hara la reflexión y establecera acciones
pedagógicas y formativas.
De ser necesario se cita al padre de familia o acudiente para establecer
conjuntamente acciiones de para remitir el caso al comite
de convivencia si fuera determinar el proceso a seguir contemplado en el manual de