CLÁUSULA 26ª. CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS.
Las proposiciones de los licitadores se valorarán, de CERO (0) a CIEN (100) puntos, conforme a los criterios que se indican a continuación, por orden decreciente de importancia y con la ponderación que se señala.
Con la apertura del SOBRE 2 cuyo contenido es la DOCUMENTACIÓN TÉCNICA se procederá a valorar los aspectos de las proposiciones cuya cuantificación depende de un juicio de valor, de acuerdo con los criterios de ponderación establecidos en el apartado 26.1 de este mismo documento.
Para continuar en el proceso de selección, y poder ser así valorada la oferta económica, será necesario haber obtenido en los criterios cuya cuantificación depende de un juicio de valor una puntuación total igual o superior a los 30 puntos.
No obstante, en el caso de que no existan al menos tres empresas licitantes que obtengan dicha puntuación mínima, la puntuación exigible será entonces igual o superior a los 25 puntos. Asimismo, en el caso de que no existan al menos tres empresas licitantes que obtengan una puntuación igual o superior a 25 puntos, la puntuación exigible entonces será igual o superior a 20 puntos.
26.1 CRITERIOS CUYA CUANTIFICACIÓN DEPENDE DE UN JUICIO DE VALOR hasta 60 puntos distribuidos de la siguiente forma
ASPECTO VALORADO PUNTUACIÓN
Adecuación, nivel de detalle y claridad de exposición de los trabajos a desarrollar, plan de proyecto propuesto (planificación detallada, configuración del equipo de trabajo y volumetrías), entregables y contenido de los mismos, y metodología de consultoría propuesta en relación con las actividades identificadas en el apartado 3.3.1, en el proyecto PR1 (Consultoría de adecuación a normativa y mejores prácticas), del Pliego de Prescripciones Técnicas.
Hasta 15 puntos
Adecuación, nivel de detalle y claridad de exposición de los trabajos a desarrollar, plan de proyecto propuesto (planificación detallada, organización del equipo de trabajo y volumetrías), entregables y contenido de los mismos en relación con las actividades identificadas en el apartado 3.3.1, excepto el proyecto PR1 (Consultoría de adecuación a normativa y mejores prácticas), del Pliego de Prescripciones Técnicas.
Hasta 15 puntos
Soporte correctivo y evolutivo – línea base. Adecuación, nivel de detalle y claridad de exposición del modelo de gestión del equipo de trabajo adscrito a esta tipología de trabajos.
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ASPECTO VALORADO PUNTUACIÓN
Soporte correctivo y evolutivo – línea base. Adecuación, nivel de detalle y claridad de exposición de la metodología específica de prestación de este servicio incluyendo: objetivos, fases, flujos, actividades, actores, entradas, entregables comprometidos y contenido de los mismos.
Hasta 4 puntos
Adecuación, nivel de detalle y claridad de exposición de propuesta de Acuerdos de Nivel de Servicio (ANS), incluyendo indicadores específicos de rendimiento e informes para las distintas tipologías de trabajos.
Hasta 5 puntos
Fases globales del servicio. Adecuación, nivel de detalle y claridad de la metodología propuesta para las fases de transición y devolución incluyendo: objetivos, flujos, actividades, actores, equipo de trabajo y planificación
Hasta 4 puntos
Fases globales del servicio. Adecuación, nivel de detalle y claridad de los entregables comprometidos en las fases de transición y devolución y contenido de los mismos
Hasta 4 puntos Plan de calidad. Adecuación, nivel de detalle y claridad de plan
propuesto, ajustado a las distintas tipologías de trabajos solicitadas, incluyendo procedimientos para el seguimiento y control del servicio y garantía de calidad de los trabajos ejecutados.
Hasta 5 puntos
Plan de calidad. Adecuación, nivel de detalle y claridad de los entregables comprometidos, periodicidad y contenido de los mismos
Hasta 4 puntos
Estos criterios no serán evaluados de forma automática por aplicación de fórmulas, sino mediante una valoración técnica efectuada por personal especializado en la materia designado a tal fin, cuyo informe-propuesta de valoración será sometido a la consideración de los órganos que sucesivamente hayan de tener intervención en el proceso de valoración de las ofertas y adjudicación del contrato.
26.2 CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE LA APLICACIÓN DE FÓRMULAS hasta 40 puntos distribuidos de la siguiente forma
ASPECTO VALORADO PUNTUACIÓN
Oferta económica –precio global- incluyendo todos los servicios
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El precio ofertado. El criterio del precio ofertado se acreditará por la simple expresión en la oferta, respetando lo establecido en la Cláusula nº 20 del presente Pliego y siguiendo la regla de valoración establecida en la Cláusula nº 27, apartado 27.1, del presente Pliego.
CLÁUSULA 27ª. METODOLOGÍA DE VALORACIÓN DE CRITERIOS
Obtendrá la mejor puntuación la propuesta económicamente más ventajosa, que será la que mayor número de puntos acumule. La Mesa de Contratación podrá proponer que se declare desierto el procedimiento de contratación salvo que exista una oferta o proposición admisible conforme a los criterios de valoración aplicables.
27.1. Regla para la valoración de los criterios evaluables mediante la aplicación de fórmulas
Para la valoración de los criterios evaluables mediante la aplicación de fórmulas se aplicará la siguiente fórmula:
P = X * Min / Of
Donde P es la puntuación obtenida
X es la mayor cantidad de puntos que pueden obtenerse en este apartado Min es la oferta más baja de todas las presentadas
Of es la oferta correspondiente al licitador que se valora 27.2. Ofertas anormales o desproporcionadas
El criterio económico será tomado en consideración a efectos de apreciar, en su caso, que la proposición no puede ser cumplida como consecuencia de ofertas desproporcionadas o temerarias. A tal efecto, se considerarán ofertas anormalmente bajas aquellas proposiciones cuya baja en el precio exceda en 20 unidades porcentuales, por lo menos, a la media aritmética de los porcentajes de baja de todas las proposiciones presentadas.
En estos supuestos, la Cámara de España, comunicará tal situación al licitador, otorgándole un plazo de hasta cinco (5) días para que justifique el precio ofertado, apercibiéndole que, de no hacerlo, se tendrá por retirada su oferta. La justificación en ningún caso podrá suponer modificación alguna de la oferta técnica y económica ya presentada.
Recibida en su caso la justificación, y recabado en su caso el asesoramiento técnico correspondiente, la Cámara de España podría apreciar que la proposición es susceptible de un normal cumplimiento, en cuyo caso exigirá al citado licitador que en caso de resultar adjudicatario aporte una garantía definitiva de hasta el 10% del presupuesto de adjudicación correspondiente.
En caso de que el órgano de contratación estimase que la oferta no puede ser cumplida, se acordará la adjudicación a favor de la siguiente proposición económicamente más ventajosa.