CONSULTA PÚBLICA
SECCIÓN 121.143 REQUERIMIENTOS DEL MANUAL GENERAL DE MANTENIMIENTO.
(a)El titular de certificado dispondrá, para uso y orientación del personal de mantenimiento e inspección u otro personal involucrado en la operación del titular del certificado, un Manual general de Mantenimiento aprobado por la Autoridad Aeronáutica.
(b)El Manual podrá publicarse en uno o más volúmenes y debe contener la siguiente información:
(1)Políticas y procedimientos para asegurar el control y distribución de las enmiendas del manual, aceptadas por la Autoridad Aeronáutica.
(2)Descripción de la organización del titular del certificado requerida en la sección 121.141 (incluyendo organigrama,
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con la o las unidades responsables por el mantenimiento de la aeronavegabilidad continua) y una lista de las organizaciones con las cuales éste tiene arreglos para la realización de cualquiera de sus inspecciones requeridas u otro mantenimiento, mantenimiento preventivo o alteraciones, incluyendo una descripción general de esos trabajos.
(3)Descripción de cargos y responsabilidades de la organización de mantenimiento de la aeronavegabilidad continua.
(4)Una descripción de los tipos y modelos de aviones a los que le aplica el manual.
(5)Descripción o referencia del Programa de Entrenamiento de acuerdo a la sección 121.146.
(6)Descripción o referencia del programa, requerido por la sección 121.142.
(7)Además, deben incluirse las siguientes políticas y procedimientos que deben ser seguidos en la realización del mantenimiento, mantenimiento preventivo y alteraciones de los aviones del titular del certificado:
(i) El método para realizar el mantenimiento rutinario y no rutinario (excepto inspecciones requeridas), mantenimiento preventivo y alteraciones.
(ii)Una designación de los ítem de mantenimiento y alteración que deben ser inspeccionados (inspecciones requeridas), incluyendo al menos los que podrían resultar en una falla, malfuncionamiento, o defectos que generen peligro a la seguridad en la operación de
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la aeronave, si no se realiza adecuadamente o si se utilizan materiales y partes no aprobados.
(iii)El método para la realización de inspecciones requeridas y una designación por titulo ocupacional del personal autorizado para realizar cada inspección requerida.
(iv)Procedimientos para la reinspección del trabajo realizado como seguimiento a hallazgos en inspecciones requeridas previas.
(v)Procedimientos, normas, y límites necesarios para las inspecciones requeridas, aceptación o rechazo de ítem de inspección requerida a ser inspeccionados, inspecciones periódicas y calibración de herramientas de precisión, dispositivos de medición y equipos de prueba.
(vi)Procedimientos para asegurar que todas las inspecciones requeridas sean realizadas.
(vii) Instrucciones para prevenir que cualquier persona que realiza cualquier ítem de un trabajo, realice la inspección requerida de ese trabajo.
(viii) Instrucciones y procedimientos para prevenir que cualquier decisión de un inspector, con respecto a cualquier inspección requerida, sea cancelada por personas aparte del personal de supervisión de la unidad de inspección, o personas de un nivel de control administrativo que tiene total responsabilidad sobre la dirección de ambas funciones de inspección requeridas y otro mantenimiento, mantenimiento preventivo y alteración.
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(ix)Procedimientos para asegurar que inspecciones, mantenimiento, mantenimiento preventivo, y alteraciones que no son completados como resultado de cambios de turno o interrupciones de trabajos similares sean completados apropiadamente antes que la aeronave sea retornada al servicio.
(8)Descripción del método para asentar y conservar los registros de mantenimiento indicados en la sección 121.150.
(9)Procedimientos para supervisar, evaluar y notificar a la Autoridad Aeronáutica experiencia encontrada durante el mantenimiento y las operaciones del titular del certificado. (10) Procedimiento para evaluar y aplicar el contenido de las
Directivas de Aeronavegabilidad u otros documentos de aeronavegabilidad recomendados por el Estado de certificación de diseño.
(11) Descripción el programa de Análisis y Vigilancia continua especificado en la sección 121.145, incluyendo su implementación y mantenimiento para el funcionamiento y eficiencia del programa de mantenimiento y corregir deficiencias en el mismo.
(12) Lineamientos para el desarrollo, implementación y procedimientos en lo relacionado a factores humanos en el mantenimiento de aeronaves.
(i) Deberes y responsabilidades;
(ii) Factores humanos en el mantenimiento e inspección de aeronaves;
(iii) Reducción de los errores de mantenimiento; (iv) Factores que contribuyen al error humano en
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(v) Instalaciones y entorno de trabajo;
(vi) Estrategia relativa a la prevención de errores en el mantenimiento;
(vii) Procedimientos de registro de errores humanos en el mantenimiento e inspección de aeronaves;
(viii) Conocimiento y destreza técnica;
(ix) Política para periodo y limitación de descanso de personal de mantenimiento; y
(x) Estrategia para prevenir los errores humanos en el mantenimiento.
(13) procedimientos para asegurar que la ejecución del mantenimiento se realice en base a un contrato con una OMA;
(14) procedimientos para asegurar que el equipo de
emergencia y operacional para cada vuelo se encuentre en servicio;
(15) Descripción de Sistema de Control de Peso y Balance (masa y centrado) aprobado, basado en el peso (masa) promedio, asumido o estimado para cumplir con los requerimientos de aeronavegabilidad aplicables y limitaciones de operacionales de acuerdo a esta regulación. En este particular al solicitar la aprobación de este sistema:
(i) Se presentará la siguiente información:
(A) la dependencia encargada y las personas responsables designadas así como sus calificaciones.
(B) Método para manejo de información para la transmisión de todos los registros de cambio de masa.
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(C) procedimiento para lograr el debido control de la carga de todas las aeronaves.
(ii) La autoridad aeronáutica verificará si el sistema es capaz de revelar tendencias o condiciones en la flota de aeronaves y determinar si han ocurrido cambios importantes en el peso en relación al peso de las aeronaves. Es sistema debe establecer muestreos periódicos cada 24 meses como lo indica la tabla siguiente:
Numero de Aeronaves Número mínimo que compone la muestra
3 3 4 o 5 4
6 o 7 5 18 a 13 6 14 a 23 7
24 y mas aeronaves que sea superior a 9 6, mas el 10% del número de (iii) No se autorizaran plazos mayores a 48 meses en la
determinación del peso de una aeronave. Se debe implantar un programa de rotación que permita determinar periódicamente la masa de todas las aeronaves
(i) El sistema debe incluir métodos que permitan al explotador llevar u registro al día y permanente de cada aeronave. Los registros deben reflejar todas las modificaciones que afecte la masa como el equilibrio de la aeronave, e incluir una lista completa de cada equipo a bordo.
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(ii)se debe tener en cuenta todas las condiciones de carga probables e indicar que pueden aplicarse en cada aeronave o a toda la flota.
(c)El titular de certificado se asegurará de que el Manual General de Mantenimiento se enmiende según sea necesario o a requerimiento de la Autoridad Aeronáutica por razones de seguridad. El titular de certificado suministrará copia de todas las enmiendas introducidas en el manual General de mantenimiento del explotador a todos los organismos o personas que hayan recibido el manual.
(d)El Manual General de Mantenimiento incluirá una declaración firmada por el gerente responsable confirmando que la organización trabajará en todo momento conforme a esta regulación y a los procedimientos contenidos en el Manual General de Mantenimiento.