Cartagena Social.
3. GESTION PARA LA CONSTRUCCION DEL SALON DE ENCUENTOS COMUNITARIOS.
2.11 SECTOR BIENESTAR
2.11.1 INFANCIA Y ADOLESCENCIA
2.11.1.1 Diagnóstico:
La Ley 1098 de 2006, Código de Infancia y Adolescencia, reconoce como “sujetos titulares de derechos a todos las niñas, niños y adolescentes menores de diez y ocho años”. Su objeto fundamental es establecer normas para la protección integral mediante la garantía de sus derechos y libertades fundamentales y su restablecimiento. El artículo 204 de dicha ley obliga a las entidades territoriales a que definan estrategias a corto, mediano y largo plazo que permita el desarrollo integral y armónico, así como mejorar la calidad de vida y el ejercicio de los derechos de la niñez y la adolescencia.
Por lo tanto, en los planes de gobierno y en los planes de desarrollo territoriales se deben incorporar las metas para procurar cumplir este propósito. Igualmente, el artículo 41 de la misma Ley, define que “el Estado es el contexto institucional en el desarrollo integral de los niños, las niñas y los adolescentes”, y establece sus obligaciones en los diferentes niveles territoriales.” La inclusión en los planes de desarrollo es obligatoria en virtud de lo dispuesto En el artículo 204 de la Ley 1098 de 2006.
Según las estadísticas del IDESAC, en el municipio de Cartagena del Chaira la población menor de edad, tiene la siguiente distribución:
Menores de un año en la zona urbana 216 y en la zona rural de 661, para un total de 877 menores de un año.
191
2.999 para un total de 3.977 menores de 1 a 4 años.
Menores de 5 a 14 años en la zona urbana 2.059 y en la zona rural de 6.310 para un total de 8.369 menores de 5 a 14 años
Cuadro 29: Menores De Edad Área Urbana Y Rural Del Municipio
Total de niños menores de 7 años
Total de jóvenes mayores de 7 años y menores de 18
años
TOTAL
5.426 5.790 11.216
Fuente: SISBEN Municipio Cartagena del Chaira.
La falta de oportunidades laborales, la deserción escolar y la falta de apoyo económico a las alternativas productivas, son factores que inducen a los adolescentes y jóvenes a la prostitución, a conformar tempranamente un hogar y en el peor de los casos a que se incorporan a las distintas fuerzas del conflicto armado, especialmente en la zona rural.
La situación de crisis social golpea duramente a amplios sectores de la población joven; por esta razón las adolescentes buscan sus propios medios de subsistencia a muy temprana edad, desertando del sistema escolar. Además la educación ofrecida no posibilita a las adolescentes y jóvenes salir de la institución educativa con habilidades y destrezas para vincularse en la actividad productiva calificada.
Lo anterior posibilita que las adolescentes y jóvenes sean víctimas de problemas como la explotación en el trabajo, la prostitución forzada, la desocupación, el comercio sexual, conductas contraventoras de la ley, entre otras.
Esta problemática se suma a la falta de conocimiento por parte de la población de mecanismos de defensa y promoción de sus derechos y a la poca participación en la toma de decisiones que los afectan directamente.
Frente a la población en extrema pobreza, se tiene que la población mas afectada con los menores de edad, quienes presentan además de desnutrición, altos índices de embarazo precoz, enfermedades de transmisión sexual, uso indebido de sustancias psicoactivas, generalmente ligada a situaciones de violencia intrafamiliar y sexual.
Teniendo en cuenta lo anterior se ha implementado el programa de Familias en Acción, en el cual están inscritos 1449 familias, de las cuales el 17.25% no reciben ayuda, porque algunas se trasladaron de municipio y otras están en zonas muy dispersas y se les imposibilita salir al casco urbano. Este programa beneficia con apoyo nutricional a 1066 niños y niñas entre los 0 y 7 años y 3181 niños, niñas y jóvenes entre los 7 y 18 años, que se encuentren vinculados escolarmente.
Por otro lado el ICBF, en convenio con la Alcaldía Municipal viene prestando los siguientes programas:
Programa de Asistencia Nutricional escolar y adolescentes ANEA, en el cual se encuentran beneficiados 6.623 niños, niñas y jóvenes con desayunos escolares y 728 niños, niñas y jóvenes con almuerzos escolares.
HCB-05. Hogares comunitarios de bienestar, en los que se ofrece complemento alimentario y actividades pedagógicas.
HCB- FAMI. Madres lactantes y gestantes, en los que se ofrece complemento nutricional y actividades pedagógicas; para fortalecer los
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sanos vínculos familiares.
CLUVES PREJUVENILES Y JUVENILES. Apoyo psicopedagógico, material didáctico y refrigerios, para los grupos de jóvenes en temáticas como estilos de vida saludables, actividades de prevención de sustancias psicoactivas etc.
Teniendo en cuenta el análisis anterior, y ante la inexistencia del Consejo Municipal de Política Social, se hace necesario e imprescindible la creación de dicho consejo, con el fin de fortalecer y diseñar políticas sociales; que propendan por el mejoramiento de la calidad de vida de la población en mención.
2.11.1.2 Objetivo:
Dar cumplimiento a la ley 1098/06 y velar porque los niños y niñas sean valorados y reconocidos como personas y ciudadanos en proceso de desarrollo, con necesidades específicas y apremiantes mediante un compromiso solidario para su adecuada y oportuna atención.
2.11.1.3 Estrategias:
Garantizar el ejercicio de los derechos de todos los niños, niñas y adolescentes en especial los más vulnerables y en mayor riesgo (por ejemplo aquellos en condiciones de desplazamiento).
Tener en cuenta a la familia como sujeto activo y de intervención en sus estrategias, programas y proyectos. La familia tiene un papel determinante durante el período de vida de la primera infancia, la infancia y la adolescencia.
sectores como protección social, ICBF, salud, educación, justicia, medio ambiente, vivienda y otros.
Promover la afiliación inmediata del recién nacido al Sistema General de Seguridad Social de Salud.
Garantizar el derecho a la identidad. Todo recién nacido tiene derecho al nombre, a la familia y a la ciudadanía, para garantizar el acceso a los servicios sociales básicos.
Tener en cuenta la población en condición de desplazamiento. Tal como lo estableció la Corte Constitucional, el Estado debe brindar especial atención y protección a esta población en sus distintos momentos del ciclo vital y en las diferentes etapas del desplazamiento.
Garantizar los derechos a la educación, la salud, la cultura y la participación, entre otras, a través del acceso a la oferta y la calidad en la prestación de los servicios. D
Vincular a la sociedad, como parte integral de la restitución de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.
2.11.1.4 Programas
1. APOYO Y FORTALECIMENTO PROGRAMAS PRIMERA INFANCIA (DE LA