• No se han encontrado resultados

3. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

3.7. SEGURIDAD Y SALUD

Para dar cumplimiento al artículo 4 del Real Decreto 1627/1997 se ha redactado el

Estudio de Seguridad y Salud que se incorpora en este proyecto como Anejo.

El Estudio de Seguridad y Salud establece, durante la ejecución de la obra objeto del

presente proyecto, las previsiones respecto a la prevención de riesgos de accidentes

y enfermedades profesionales en función de los principios generales de prevención

previstos en el Art. 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, que son:

Análisis y control de los riesgos.

Adaptación del trabajo a la persona.

Planificación integrada de la prevención.

MEMORIA

PROYECTO DE INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CIVIL Y SEGURIDAD DE LOS TÚNELES DE PAJARES Y PONTONES (LAV VARIANTE DE PAJARES)

Pág: 25

Evolución de la técnica.

Anteposiciónn de la protección colectiva a la individual.

El Estudio supone las directrices básicas a las que la empresa Contratista se

ajustará, con las adaptaciones específicas oportunas, para llevar a cabo sus

obligaciones en el campo de la prevención de riesgos profesionales, facilitando su

desarrollo bajo el control del Director de Obra, de acuerdo con el Real Decreto

1627/1997, de 24 de Octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de

seguridad y salud en las obras de construcción.

El Estudio incluido en el Anejo mencionado, servirá de base para la redacción del

correspondiente Plan de Seguridad y Salud por parte de la empresa Contratista, en

el que se analicen, estudien, complementen y desarrollen las previsiones contenidas

en dicho Estudio; todo ello sin perjuicio de los errores u omisiones que pudieran

existir en el mismo, que nunca podrán ser tomados por el Contratista en su favor.

En el plan de Seguridad y Salud, se deberá indicar la obligación del Contratista en

cuanto a la coordinación de la actividad empresarial, con las empresas concurrentes

en la obra, exista o no relación jurídica entre ellas.

El objeto del Estudio de Seguridad y Salud, dando cumplimiento al R.D. 1627/97, es:

Garantizar la salud e integridad de los trabajadores y de todas las personas del

entorno.

Evitar acciones o situaciones peligrosas por improvisación, insuficiencia o falta

de medios.

Establecer la organización del trabajo de forma tal que el riesgo sea mínimo.

Detectar anticipadamente los riesgos que se derivan de la ejecución de la obra,

para así poder establecer, diseñar y proponer las líneas preventivas a poner en

práctica.

Evitar los riesgos de accidente derivados de la acumulación de oficios.

Determinar las instalaciones y útiles necesarios para la protección colectiva e

individual del personal.

Definir las instalaciones para la higiene y bienestar de los trabajadores.

Establecer las normas de utilización de los elementos de seguridad.

Proporcionar a los trabajadores los conocimientos necesarios para el uso

correcto y seguro de los útiles y maquinaria que se les encomiende.

Reflejar las actuaciones a llevar a cabo en el caso de que la acción preventiva

fracase y se produzca un accidente, determinando las medidas adoptadas en

relación a la Medicina Preventiva y Primeros Auxilios a los posibles

accidentados.

Delimitar atribuciones y responsabilidades en materia de seguridad entre las

personas que intervienen en el proceso constructivo.

Todo ello se efectúa en colaboración directa con el equipo redactor del Proyecto,

para así poder estudiar y adoptar las soluciones técnicas y organizativas que

eliminen o disminuyan los riesgos, puesto que se considera que la seguridad no

puede ser conseguida si no es objetivo común de todos.

El Anejo Estudio de Seguridad se estructura en diversos capítulos:

INTRODUCCIÓN Y CARACTERÍSTICAS DE LA OBRA

Este apartado incluye la siguiente información:

Se indica el objeto del Estudio de seguridad y salud.

Se hace mención a los documentos que integran el Estudio de seguridad y

salud (Memoria, Planos, Pliego, Presupuesto)

Se hace referencia al emplazamiento donde se ejecutará la obra e incluye una

MEMORIA

PROYECTO DE INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CIVIL Y SEGURIDAD DE LOS TÚNELES DE PAJARES Y PONTONES (LAV VARIANTE DE PAJARES)

Pág: 26

Se indica quien actúa en calidad de promotor de la obra.

Se hace referencia al presupuesto de ejecución por contrata, al plazo previsto

de ejecución y al número de trabajadores estimados. Con estos datos se

justifica la necesidad de realizar un Estudio de seguridad y salud en lugar de

un Estudio Básico de seguridad y salud.

Se relacionan las diferentes unidades del proceso constructivo.

RIESGOS Y MEDIDAS RELATIVAS AL EMPLAZAMIENTO Y ENTORNO

Este apartado pretende prever e informar de aquellas condiciones y riesgos

existentes en el emplazamiento y entorno en el que se ejecutará la obra, y que no

dependen directamente de los procedimientos de trabajo ni de los equipos y

medios a utilizar durante la ejecución de la obra. Quiere resaltarse la importancia de

este apartado dado que es la base de la información en materia de PRL que debe

ser facilitada por el promotor al contratista. Consta de los siguientes subapartados:

Relativos a factores atmosféricos, climatológicos o naturales.

Básicamente se tratan los riesgos debidos a temperaturas extremas por frío o calor,

viento, corrientes de aire, lluvia, humedad, inundaciones, descargas eléctricas,

desprendimientos de tierras o rocas, y incendios. Se asocian Las medidas básicas de

carácter preventivo.

Relativos a líneas de servicio y conducciones de energía.

No se prevé la existencia de líneas de servicio o conducciones de energía que

pudieran resultar afectadas por la ejecución de la obra correspondiente al Proyecto.

En todo caso, se harán algunas indicaciones sobre como proceder en el caso de

aparición de los servicios más comunes (líneas eléctricas aéreas, líneas eléctricas

enterradas, conducciones de gas, conducciones de agua, colectores y alcantarillado).

Relativos a los túneles.

Se identifican los riesgos previsibles siguientes:

Humedad y presencia de agua, con el consecuente riesgo de contacto

eléctrico en la utilización de equipos eléctricos.

Contactos eléctricos con instalaciones eléctricas existentes.

Corrientes de aire.

Caídas al mismo nivel y tropiezos por irregularidades del terreno/pavimento.

Temperaturas ambientes extremas por frío o calor.

Desniveles en arquetas, canales, escaleras, pasarelas.

Desorientación de la localización en el interior del túnel.

Inhalación de humos, gases (principalmente CO, CO2, NO, NO2, SH2), incluso

asfixia por falta de oxígeno en caso de incendio.

Respecto a las medidas asociadas, salvo algunas básicas de carácter preventivo,

destacamos la disposición de los siguientes sistemas de protección colectiva o de

emergencia:

Medios de extinción de incendios (extintores portátiles y carros).

Alumbrado artificial y de emergencia.

Sistema de ventilación, extracción y dilución de contaminantes en el aire.

Sistema de medición/detección de gases o falta de oxigeno.

En cercanía de zonas húmedas, mojadas o con presencia de agua se evitará la

utilización de aparatos móviles o portátiles alimentados con energía eléctrica,

utilizando si es posible otra fuente de alimentación alternativa, o bien la

adopción de sistemas de protección conforme a REBT e ITC's MI-BT (sistema

separador de circuitos, Muy Baja Tensión).

MEMORIA

PROYECTO DE INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CIVIL Y SEGURIDAD DE LOS TÚNELES DE PAJARES Y PONTONES (LAV VARIANTE DE PAJARES)

Pág: 27

Se utilizará una nomenclatura para cada tubo, galería, pasillo y acceso,

manteniendo esta señalización identificativa en sus accesos y regularmente en

su recorrido. Ello tiene como finalidad facilitar la orientación del personal en su

interior, evitar confusiones y pérdidas, y mejorar las actuaciones en caso de

emergencia.

Evitar la utilización o concentración masiva de vehículos o maquinaria con

motores de combustión, y en especial evitar dejar la maquinaria con el motor

encendido de modo innecesario, y evitar la proximidad de los tubos de escape

a las zonas de trabajo.

En los puntos de trabajo, todo el personal dispondrá de un equipo

autorrescatador de oxígeno para utilizarlo en caso de evacuación del túnel por

falta de oxígeno o presencia de humos/gases.

Relativos a la circulación de vehículos y maquinaria.

Se identifican los riesgos previsibles siguientes:

Atropellos a personas.

Choques y colisiones con vehículos o maquinaria.

Respecto a las medidas asociadas, salvo algunas básicas de carácter preventivo,

destacamos la disposición de los siguientes sistemas de protección colectiva o de

emergencia:

Las zonas donde se realicen los trabajos en el interior del túnel se

preseñalizarán y balizarán de modo que se vea claramente su posición a los

vehículos que puedan circular por el túnel.

Se evitará dejar acopios, materiales o acopios en el interior del túnel, excepto

en los casos estrictamente necesarios, procediendo a su preseñalización y

balizado del mismo modo que se ha indicado en el punto anterior.

Si se utiliza un vehículo o maquinaria automóvil para realizar algún trabajo,

estos dispondrán de una luz giratoria o destellante omnidireccional de color

ámbar.

Utilización por parte de todos los operarios de chaleco o ropa de alta

visibilidad.

Relativos a circulación ferroviaria que pueda existir.

Al existir la posibilidad que parte de la ejecución del Proyecto que nos ocupa, deba

realizarse en el túnel una vez se haya ejecutado parte de la instalación ferroviaria de

vía y catenaria, y por lo tanto pueda existir circulación ferroviaria, principalmente de

maquinaria de vía, se identifican los riesgos previsibles siguientes:

Arrollamientos a personas.

Choques y colisiones con vehículos o maquinaria.

En este supuesto se harán extensibles y de aplicación las disposiciones del

Reglamento General de Circulación (RGC) al objeto de evitar tanto averías o

accidentes de circulación como accidentes laborales de arrollamientos por trenes

para trabajos y pruebas a realizar en presencia de circulaciones:

Debe evitarse caminar por la Zona de Seguridad.

Se prohíbe especialmente acopiar o depositar materiales en la Zona de

Seguridad, así como tampoco obstaculizarla con vehículos o maquinaria.

Se informará específicamente a los trabajadores para que los momentos

puntuales de necesidad de cruzar las vías se aseguren personalmente que no

se acerca ningún tren, en los dos sentidos.

El personal utilizará ropa de alta visibilidad.

Además, cuando se realice un trabajo sin necesidad de ocupar la Zona de

Seguridad, pero sí deba realizarse en su proximidad, en cada uno de estos tajos se

MEMORIA

PROYECTO DE INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CIVIL Y SEGURIDAD DE LOS TÚNELES DE PAJARES Y PONTONES (LAV VARIANTE DE PAJARES)

Pág: 28

dispondrá de un Piloto de Seguridad de manera permanente mientras duren los

trabajos, cuya misión será vigilar que no se invada la Zona de Seguridad, y en caso

necesario advertir a los trabajadores de ello. Se cumplirá:

a)

Al margen de las medidas de seguridad que define la normativa para la

protección de los trabajos en vía, se realizará el balizamiento de la Zona

de Seguridad (cinta plástica o malla plástica), en aquellos trayectos

donde se trabaje en sus proximidades con maquinaria de obra y/o

vehículos de transporte, con el fin de delimitar tanto las actuaciones

programadas como la de facilitar la tarea inspectora.

b)

La empresa adjudicataria comprobará que la maquinaria de obra,

elementos móviles, herramientas y acopios de material, estén en todo

momento fuera de la Zona de Seguridad anteriormente definida. Una

vez finalizados los trabajos, estos elementos quedarán debidamente

recogidos, apartados y asegurados, para que evitar que puedan ser

manipulados indebidamente, circunstancia que será vigilada por el

Piloto de Seguridad.

c)

Además, cuando el trabajo requiera la ocupación de la Zona de

Seguridad, se atenderá a las siguientes MEDIDAS DE SEGURIDAD EN LA

CIRCULACIÓN PARA LOS TRABAJOS EN VÍA:

i.

El trabajo requerirá la presencia de Encargado de Trabajos.

ii.

El trabajo requerirá la autorización previa del PM (o

equivalente), para lo cual el Encargado de Trabajos solicitará

esta autorización.

Como medida preferente, conviene la ejecución de los trabajos en días u horas

convenidas en las que no se prevea circulación de trenes o maquinaria de vía

(interrupción de la circulación / liberación por tiempo).

Si por la importancia de los trabajos o por cualquier otra causa, no fuese posible

aplicar las prescripciones anteriores, se regulará por Consigna C la forma de

proceder.

d)

Los trabajos deberán ser advertidos a los maquinistas de las

circunstancias con los cartelones que determine el RGC (Silbar), con la

leyenda indicadora de “Obreros en la vía”, colocados a ambos lados del

tajo de las vías que correspondan.

e)

Los trabajos que se realicen en una de las vías en líneas de vía doble o

múltiple, que no afecten, en ningún momento a la zona exterior al

gálibo de la misma o a la electrificación, serán compatibles con la

circulación normal de los trenes o maquinaria de vía por las vías

contiguas. Habrá una limitación de velocidad por la vía que se mantiene

con circulación de trenes.

Antes de iniciar los trabajos, el Encargado de los mismos deberá solicitar la

autorización del PM (o equivalente).

Con la antelación necesaria al momento de paso de ferrocarriles se pararán los

trabajos. Además, se destinará una zona próxima a la vía a modo de refugio, zona

despejada y con suficiente espacio para que en caso de acercamiento de

ferrocarriles la Zona de Seguridad de la vía pueda ser despejada de operarios y

maquinaria y refugiarse de manera segura en esta zona.

El Encargado de trabajos comprobará que se realiza la retirada en la Zona de

Seguridad de la vía, de la maquinaria y del personal de obra.

Cuando, excepcionalmente no se puedan retirar ambos con la antelación debida,

procederá a actuar según lo previsto en el Reglamento General de Circulación,

llegando a detener dichas circulaciones en caso preciso.

f)

En los trabajos en los que no esté prevista la interceptación de la Zona

de Seguridad, pero en los que una máquina de obra pueda interferir en

MEMORIA

PROYECTO DE INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CIVIL Y SEGURIDAD DE LOS TÚNELES DE PAJARES Y PONTONES (LAV VARIANTE DE PAJARES)

Pág: 29

algunos de sus movimientos, aunque sea momentáneamente, se

procederá como se ha indicado en los apartados a), b), c), d) y e)

anteriores.

Relativos a la instalación eléctrica ferroviaria.

Al existir la posibilidad que parte de la ejecución del Proyecto que nos ocupa, deba

realizarse en el túnel una vez se haya ejecutado parte de la instalación ferroviaria de

vía y catenaria, y por lo tanto pueda existir la posibilidad de encontrarse la catenaria

en tensión, se indicarán los siguientes riesgos:

Contactos eléctricos.

Golpes y atrapamientos con sus elementos.

Como medida preventiva y de protección, previamente al inicio de los trabajos se

procederá a la supresión de tensión de la misma, siguiendo lo establecido en el Real

Decreto 614/2001.

Posibilidad que la obra pueda ejecutarse en concurrencia con la ejecución de

otros proyectos.

En este supuesto se indica la necesidad de mantener una coordinación de

actividades entre empresas, conforme lo establecido en el art. 24 de la Ley 31/1995

y posterior RD 171/2004 que lo desarrolla.

Se termina este apartado con indicación de posibles riesgos a terceros.

En el caso de que pudieran producirse puntualmente, afecciones a terceras

personas, se consideran las siguientes:

Atropellos.

Caída de materiales.

Suciedad y desperdicios.

Polvo.

Ruido.

Proyecciones.

Afectaciones a calzadas con tráfico rodado.

Afectaciones a calles y pasos de viandantes

Golpes y colisiones.

Contactos eléctricos.

Primeramente y como medida prioritaria, se indica que los trabajos de obra serán

realizados una vez la zona quede delimitada, cerrada y señalizada a terceras

personas. Además, para evitar y reducir al mínimo las afectaciones previstas, podrán

adoptarse las siguientes medidas:

Las maniobras en accesos o salidas de vehículos o maquinaria del recinto

de obra, se realizarán bajo la regulación de un operario que controlará el paso

de terceras personas, en especial de peatones.

Cuando sea necesario que vehículos ocupen la vía, se señalizará su

posición y se colocará vallado móvil, y señalización provisional de regulación al

tráfico.

El perímetro de la obra estará cerrado con vallas resistentes de altura

igual o mayor a los dos metros. Los tramos de vallado se sujetarán entre sí,

preferentemente con bridas.

Si existe riesgo de proyecciones hacia el exterior se colocarán lonas de

suficiente resistencia para retener las partículas proyectadas.

Se señalizará en el acceso, que deberá estar permanentemente cerrado o

MEMORIA

PROYECTO DE INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CIVIL Y SEGURIDAD DE LOS TÚNELES DE PAJARES Y PONTONES (LAV VARIANTE DE PAJARES)

Pág: 30

pictograma y texto, al igual que uso obligatorio de casco y calzado de

protección.

Se dispondrá en los accesos de control del personal mediante tarjetas de

identificación de los trabajadores/vigilantes, de modo que permita conocer en

todo momento el personal que accede a los túneles.

Mantenimiento de la limpieza de la vía pública.

Por la noche, los elementos de delimitación/vallado colindantes con

cualquier vial público se dejará suficientemente iluminados para garantizar la

seguridad.

Respecto a posibles afectaciones al tráfico rodado en viales públicos se

adoptarán medidas de regulación y señalización provisional de la obra

atendiendo a la Instrucción 8.3-IC sobre señalización, balizamiento, defensa,

limpieza y terminación de obras aprobada por Orden Ministerial de 31 de

agosto de 1987, sin perjuicio de otras normas locales y de solicitud de las

autorizaciones o permisos que correspondan al titular de la calzada.

Barreras y pantallas por evitar proyecciones, suciedad o invasión de la

maquinaria o de partes de la misma en zonas de obra próximas a viales

existentes.

En su caso, antes de retirar tapas o rejas protectoras del suelo (arquetas,

pozos, etc.), se deberá mantener todo su perímetro señalizado y delimitado

con vallas. Igualmente se procederá antes de iniciar la ejecución de cualquier

cata o excavación.

En caso de afectación, se adaptarán las zonas de paso de peatones

afectadas por las obras, asegurando en todo momento la accesibilidad de

paso, con indicaciones de los recorridos a efectuar por los peatones y con la

colocación de carteles de “disculpen las molestias”.

Nunca se pondrá ni dejará en tensión eléctrica una instalación o equipo

en condiciones de precariedad o provisionalidad que no reúna las condiciones

de seguridad exigidas por la normativa vigente.

Medidas Generales de ea Obra

En este apartado se hace constar las medidas preventivas y de protección que son

comunes para toda la ejecución de la obra. Entre estas medidas se hace especial

indicación a:

Delimitación de la obra.

Señalización.

Normas de acceso a la obra.

Distribución de zonas en la obra.

Instalaciones de higiene y bienestar para los trabajadores.

Instalación eléctrica provisional.

Alumbrado de servicio y de emergencia.

Actuación en caso de accidente o emergencia.

Medios de lucha contra incendios.

Normas generales de comportamiento y circulación por la obra.

Medidas higiénicas.

Medidas ergonómicas.

Medidas psicosociales.

Tratamiento de residuos.

MEMORIA

PROYECTO DE INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CIVIL Y SEGURIDAD DE LOS TÚNELES DE PAJARES Y PONTONES (LAV VARIANTE DE PAJARES)

Pág: 31

Manipulación manual de cargas.

Estado de orden y limpieza una vez finalizadas las obras.

Riesgos y Medidas por Unidades de Obra

Este apartado complementa las medidas de carácter general y de aplicación común

para toda la obra.

Las unidades del proceso constructivo son:

Implantación de la obra.

Sistema de ventilación.

Sistema de alumbrado de emergencia.

Sistema de señalización de emergencia.

Sistema de detección de incendios.

Sistema de extinción de incendios.

Puertas cortafuego.

Sistemas de detección (calidad aire, etc).

Suministro y distribución de energía.

Para cada una de estas unidades del proceso constructivo, se hará constar:

Descripción del procedimiento y de los equipos y medios auxiliares

previstos para su ejecución.

Identificación de los riesgos laborales. En esta identificación se indicarán

aquellos riesgos que se consideren de espacial consideración, como los

indicados en el Anexo II del RD 1627/1997.

Medidas preventivas a adoptar en el desarrollo de los trabajos.

Sistemas de protección colectiva de aplicación.

Equipos de protección individual a utilizar.

Valoración de la eficacia de las medidas previstas mediante la evaluación

de los riesgos identificados.

Información Útil para Previsibles Trabajos Posteriores

Los trabajos objeto del Proyecto Constructivo corresponden propiamente a trabajos

de instalaciones en una infraestructura ya existente, por lo que se hará referencia en

este apartado aquellas condiciones peligrosas o riesgos que pueden generar estas

instalaciones, para que el titular o explotador de la infraestructura los pueda tener

en cuenta.

Principalmente, estos riesgos serán:

Descuelgues y caída de materiales por los elementos instalados en altura

y/o sujetos en zonas elevadas.

Caídas a distinto nivel por motivo de acceder a elementos instalados en

Documento similar