RAMO ASISTENCIA MÉDICA.
“MINIMED” ENFOCADO EN PYMES
2.1 SEGUROS DE VIDA.
2.1.1 Concepto
El seguro de vida busca garantizar la protección de las personas que el asegurado titular tiene a su cargo como dependientes. En caso del fallecimiento de éste, sus beneficiarios o herederos acceden a una indemnización conocida como capital asegurado y puede ser pagada en una única vez o a modo de renta financiera en pagos mensuales o anuales dependiendo del tipo de seguro que se contrate. Por lo general,
los beneficiarios son los familiares del asegurado quienes son los herederos legales, aunque también pueden ser sus socios o acreedores.
Los seguros de vida pueden clasificarse de acuerdo a factores como su duración (temporarios o de vida entera), su tipo de prima (a prima nivelada, donde el pago es constante, y a prima de riesgo, donde aumenta de acuerdo a la edad del asegurado) o la cantidad de asegurados que cubre la póliza (seguros individuales, colectivos o de varias cabezas).
El espíritu de este seguro no es sólo ser una fuente de sustitución de ingresos, sino también permitir pagar el saldo de una hipoteca u otras deudas al momento del fallecimiento del asegurado; pagar los impuestos de sucesión; pagar los gastos funerales; proveer fondos para la educación de los descendientes o simplemente sustituir una pérdida financiera.
Por otra parte, existen pólizas individuales de vida universal que permiten incluso beneficiar al asegurado en vida, por ejemplo complementando la jubilación, cuando alguien que paga su seguro de vida que ofrece una tasa de ahorro logra sobrevivir al período
contratado este llegaría a su vejez sin tener que preocuparse por el bienestar económico de su familia ya que podría hacer uso de su dinero ahorrado. Otro beneficio que se puede encontrar para el asegurado en vida es cuando las pólizas ofrecen el adelanto del 50% del capital asegurado en el caso de que al titular se le detecte una enfermedad terminal luego de ser aceptado dentro de la póliza, por lo general es un beneficio adicional de las pólizas individuales de Vida Universal.
2.1.2 Coberturas
El seguro de vida que mantiene el plan MINIMED es un seguro de tipo VIDA GRUPO el cual dispersa el riesgo de muerte al asegurar pequeños grupos de más de tres titulares, por lo que sus coberturas son más amplias que un seguro de Vida Individual.
Dicho seguro de Vida cubre la muerte por cualquier causa del titular, así como el suicidio y la muerte presunta declarada legalmente. El seguro es efectivo desde el día en que es contratado y su cobertura territorial no tiene límite así como carece de exclusiones, cubre todos los días del año y a toda hora mientras la póliza MINIMED esté
vigente. Como limitante a este seguro, el mismo se da por terminado cuando el asegurado titular cumple 70 años de edad.
2.1.3 Seguros adicionales.
Junto con la cobertura de muerte por cualquier causa, MINIMED adicionalmente ofrece las siguientes coberturas dentro de su seguro de Vida:
Muerte y desmembración accidental.- Cubre si el titular sufre una lesión corporal por hechos accidentales directos, violentas, ajenos a su voluntad provocados por factores externos y que causen la pérdida de su vida, la cobertura es igual al monto de vida, así como su terminación por límite de edad a los 70 años, lo que significaría un doble beneficio por muerte accidental. Adicional a esto, existe un triple beneficio de indemnización en los siguientes casos:
a) Mientras el asegurado se encuentre viajando como pasajero en un vehículo público no aéreo, propulsado mecánicamente y operado por una empresa de transporte público que con
regularidad preste servicio de pasajeros en una ruta establecida, pero no en el momento de tratar de abordar o descender de dicho vehículo, o a consecuencia de ello.
b) Mientras el asegurado vaya viajando como pasajero dentro de un ascensor corriente de pasajeros (con excepción de ascensores en minas).
c) Como consecuencia de incendio en un teatro, hotel o cualquier otro edificio público en el cual el asegurado se encuentre al principio del incendio
Por otro lado, la cobertura de desmembración accidental se la calcula en base a la siguiente tabla, usada comúnmente por las compañías de seguros.
Por Pérdida Accidental de: % del Seguro
La Vida 100%
Ambas Manos 100%
Ambos Pies 100%
La vista de ambos ojos 100%
Una mano y un pie 100%
Una mano y la vista de un ojo 100% Un pie y la vista de un ojo 100%
Una mano 50%
Un pie 50%
La vista de un ojo 50%
Dedo pulgar e índice de una mano 25% DESMEMBRACION ACCIDENTAL
GRÁFICO 12
Fuente: Póliza de seguros MINIMED
Elaboración: Autor.
Exclusiones.- Se excluye del beneficio de Muerte y desmembración accidental a la muerte causada por los siguientes motivos:
a) Suicidio y Homicidio
b) Inhalación de gases
c) Muerte y/o lesiones causadas por armas de fuego, armas corto punzantes, artefactos explosivos y/o incendiarios
Incapacidad Total Y Permanente.- Se cubre al titular si queda incapacitado total y permanente a consecuencia de una enfermedad o accidente y no pueda realizar sus labores habituales. Se indemniza
a los 3 meses de la recepción de las pruebas de incapacidad. El asegurado será elegible para este beneficio luego de un período de 6 meses dentro de la póliza. La cobertura es igual al monto de vida aunque su vigencia máxima es hasta que el asegurado cumpla los 60 años de edad.