Organos de Control
Resoluciones
Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires
RESOLUCIÓN N.° 88/SGCBA/11
Buenos Aires, 25 de octubre de 2011
VISTO:
La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes N° 70 (BOCBA N° 539) y N° 2.095 (BOCBA N° 2.557), el Decreto N° 754/08 (BOCBA N° 2.960), la Resolución N° 17-SGCBA/10 (BOCBA N° 3.378), la Disposición N° 171-DGCYC/08, el Expediente N° 1.479.246/11, y
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 133 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires consagra a esta Sindicatura General como el órgano rector de las normas de control interno, con personería jurídica propia y autarquía administrativa y financiera;
Que, también establece que su titular es el/la Síndico/a General de la Ciudad, el/la que es designado/a por el Poder Ejecutivo con jerarquía equivalente a la de Ministro/a; Que, la Ley Nº 70 en su artículo 130, inciso 9), otorga al/la Síndico/a General las atribuciones de licitar, adjudicar y contratar suministros y servicios profesionales; Que, la Resolución Nº 17-SGCBA/10 en su Anexo II, Punto IV.8, asigna a la Gerencia Técnica, Administrativa y Legal la facultad de entender en “…las compras y contrataciones (…), coordinando la ejecución de las acciones de aprovisionamiento de bienes y servicios (…), para satisfacer las necesidades de todas las áreas…”;
Que, en uso de las citadas atribuciones, la Gerencia Técnica, Administrativa y Legal procedió a realizar el llamado a Contratación Menor Nº 7.738-SIGAF/11, que tramita por Expediente Nº 1.479.246/11, cuya convocatoria fue publicada en el Boletín Oficial Nº 3.764, con fecha límite de recepción de ofertas el día 12 de octubre a las 12:00 horas;
Que, se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión;
Que, conforme consta en el Acta de Apertura Nº 03/11, se recibió un total de TRES (3) sobres, correspondientes a las firmas G&B S.R.L., SERVICIOS GLOBALES DE
INFORMÁTICA S.A. y SEMINCO S.A.; Que, se procedió a confeccionar el Cuadro Comparativo de Ofertas, de acuerdo a lo prescripto por la reglamentación del artículo 38 de la Ley Nº 2.095;
Que, según se desprende de dicha Acta de Apertura de Ofertas, la Oferta Nº 1 -correspondiente a la firma G&B S.R.L.- cotizó el Renglón Nº 2 por un monto total de PESOS CINCUENTA Y SEIS MIL CIENTO OCHO ($ 56.108.-), cumpliendo con todos los requerimientos del Pliego de Bases y Condiciones Generales, Particulares y de Especificaciones Técnicas;
Que, la Oferta Nº 2 -correspondiente a la firma SERVICIOS GLOBALES DE INFORMÁTICA S.A.- cotizó el Renglón Nº 2 con dos (2) opciones, por un monto total de PESOS CUARENTA Y TRES MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO ($ 43.754.-) y PESOS CUARENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO ($ 49.588.-) respectivamente, indicando en su oferta que “no aplica” la instalación y puesta en marcha del servidor solicitado, aun cuando fuera requerido por el Punto XII (“Objeto de la Contratación”) del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, lo que motiva el descarte de su oferta en virtud del artículo 104, incisos g) y h) de la Ley Nº 2.095;
Que, la Oferta Nº 3 -correspondiente a la firma SEMINCO S.A.- cotizó el Renglón Nº 1 por un monto total de PESOS CUARENTA MIL SEISCIENTOS ($ 40.600.-), cumpliendo con todos los requerimientos del Pliego de Bases y Condiciones Generales, Particulares y de Especificaciones Técnicas;
Que, atento que la sumatoria de las ofertas recibidas excede el monto límite de treinta mil (30.000) Unidades de Compra dispuesto por la normativa que rige la materia, deviene necesario priorizar la adquisición del Renglón Nº 2 por razones de oportunidad, mérito y conveniencia;
Que, la Gerencia Técnica, Administrativa y Legal ha tomado la intervención que resulta de su competencia, mediante la emisión del Dictamen Interno N° 11-GTAL/11.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 130, inciso 9), de la Ley N° 70,
EL SÍNDICO GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES RESUELVE:
Artículo 1º.- Apruébase la Contratación Menor N° 7.738-SIGAF/11 realizada por la Gerencia Técnica, Administrativa y Legal al amparo de lo establecido en el artículo 38 de la Ley N° 2.095, y adjudícase el Renglón Nº 2 a la firma G&B S.R.L. (CUIT: 30-65725290-1), por un monto total de PESOS CINCUENTA Y SEIS MIL CIENTO OCHO ($ 56.108.-).
Artículo 2°.- Declárase fracasado el Renglón Nº 1, por precio manifiestamente inconveniente.
Artículo 3º.- Autorízase a la Gerencia Técnica, Administrativa y Legal a emitir la Orden de Compra correspondiente.
Artículo 4°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y en la página web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifíquese a los interesados. Para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Técnica, Administrativa y Legal.
Rial
RESOLUCIÓN N.° 89/SGCBA/11
Buenos Aires, 25 de octubre de 2011
VISTO:
539), la Resolución N° 45-SGCBA/06 (BOCBA N° 2.464), las Disposiciones N° 02-GGN/06, N° 05-GGN/06 (BOCBA N° 2.585), el Expediente N° 1.755.610/11, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 133 de la Constitución de la Ciudad, establece que esta Sindicatura General es un organismo que posee autarquía administrativa y financiera;
Que el artículo 123 de la Ley N° 70 enumera las funciones de la Sindicatura General, mencionando en su inciso 8), “Mantener un registro central de auditores/as y consultores/as a efectos de la utilización de sus servicios”;
Que por la mencionada Ley en su artículo 130 inciso 2) menciona las atribuciones y responsabilidades del Síndico/a General con respecto a “Organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, en sus aspectos operativos, funcionales y de administración de personal”;
Que mediante la Resolución N° 45-SGCBA/06 se creó el Registro Permanente de Auditores y Consultores Externos de la Sindicatura General de la Ciudad;
Que en el Anexo I de la citada Resolución establece las pautas de inscripción de los aspirantes a integrar el mencionado Registro;
Que la inscripción en el Registro de Auditores y Consultores Externos se hará mediante Resolución fundada la que deberá ser notificada fehacientemente a los aspirantes; Que se han evaluado los requisitos de idoneidad y los antecedentes de los aspirantes, considerándolos suficientes para la inscripción;
Que mediante Disposición N° 02-GGN/06 se aprobaron los formularios de inscripción y recepción de trámite de los aspirantes para la inscripción en el Registro de Auditores y Consultores Externos;
Que por Disposición N° 05-GGN/06, se estableció que los requisitos normados en el punto II a), incisos 15) y 17) del Anexo I de la Resolución N° 45-SGCBA/06, deberán ser requeridos al momento de la contratación del Auditor y/o Consultor Externo;
Que la Gerencia de Diagnósticos Especiales y Normativa, ha tomado la intervención correspondiente de acuerdo a sus responsabilidades primarias y acciones enmarcadas en la Resolución N° 17-SGCBA/10;
Que la Gerencia Técnica, Administrativa y Legal ha tomado la intervención que resulta de su competencia, mediante la emisión del Dictamen Jurídico Interno N° 8 -GTAL/11. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 130, inciso 2) de la Ley N° 70,
EL SÍNDICO GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES RESUELVE:
Artículo 1°.- Inscríbanse en el Registro de Auditores y Consultores Externos de esta Sindicatura General a las personas mencionadas en el Anexo I que forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°.- Otórgase a dichas personas los números de Registro que figuran en el Anexo I que forma parte integrante de la presente.
Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos pase a la Gerencia Técnica, Administrativa y Legal. Cumplido, archívese. Rial