I. CAPITULO MARCO TEÓRICO
1.3. Gestión para el proceso de adquisición de insumos médicos
1.3.8. Sistema Nacional de Contratación Pública SNCP
Se define como el conjunto de principios, normas, procedimientos, mecanismos y relaciones organizadas orientadas al planeamiento, programación, presupuestos, control, administración y ejecución de las contrataciones realizadas por las entidades contratantes.
1.3.8.1. Objetivos del sistema nacional de contratación pública.
De acuerdo a la Ley Orgánica Sistema Nacional de Contratación Pública (LOSNCP) en su Artículo 9, los objetivos del SNCP son los siguientes:
1. Garantizar la calidad del gasto público y su ejecución en concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo.
2. Garantizar la ejecución plena de los contratos y la aplicación efectiva de las normas contractuales.
3. Garantizar la transparencia y evitar la discrecionalidad en la contratación pública.
4. Convertir la contratación pública en un elemento dinamizador de la producción nacional.
5. Promover la participación de artesanos, profesionales, micro, pequeñas y medianas empresas con ofertas competitivas, en el marco de esta Ley. 6. Agilitar, simplificar y adecuar los procesos de adquisición a las distintas
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7. Mantener una sujeción efectiva y permanente de la contratación pública con los sistemas de planificación y presupuestos del Gobierno central y de los organismos seccionales.
8. Modernizar los procesos de contratación pública para que sean una herramienta de eficiencia en la gestión económica de los recursos del Estado.
9. Garantizar la permanencia y efectividad de los sistemas de control de gestión y transparencia del gasto público.
10. Incentivar y garantizar la participación de proveedores confiables y competitivos en el SNCP. (14)
1.3.8.2. Principios del SNCP
De acuerdo a la Ley Orgánica Sistema Nacional de Contratación Pública (LOSNCP) en su Artículo 4, los principios del SNCP son los siguientes:
1. Legalidad: la contratación pública debe realizarse de acuerdo con lo que establece la Ley, la normativa aplicable estará jerarquizada jurídicamente: Ley, Reglamento General, Resoluciones del INCOP..
2. Trato justo: igual trato que debe darse entre iguales, tal el caso de los proveedores en los diferentes procedimientos de contratación.
3. Igualdad: garantizar la igualdad de todos los oferentes dentro de un proceso de contratación, evitando la discrecionalidad
4. Calidad: garantizar calidad tanto en el gasto público como en el objeto de la contratación.
5. Vigencia Tecnológica: promover el uso intensivo de tecnología para simplificar los procedimientos de contratación legalmente establecidos, democratizar el uso de la información y transparentarla gratuitamente.. 6. Oportunidad: los procedimientos deben adecuarse de manera oportuna y
eficiente a las necesidades de las entidades contratantes, guardando relación con la programación realizada.
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7. Concurrencia: garantizar la participación competitiva de los proveedores sin discriminación alguna.
8. Transparencia: La gestión de la Administración Pública se realiza bajo la ética y la moral, de carácter imparcial, de acuerdo con prácticas de honestidad y justicia.
9. Publicidad: garantizar que los procesos de contratación sean de conocimiento del mayor número posible de interesados y de la sociedad en general.
10. Participación Nacional: dinamizar la producción nacional, a través del establecimiento de criterios de valoración que la incentiven y favorezcan. En algunos procedimientos de contratación, se establecen criterios de participación local, con la finalidad de promover la participación de los proveedores domiciliados en el lugar de la contratación, a través de márgenes de preferencia (14).
1.3.8.3. Actores y herramientas del SNCP
La Ley Orgánica de Contratación Pública establece el Instituto Nacional de Contratación Pública (INCOP) que es la entidad rectora del Sistema Nacional de Contratación Pública(SNCP).Como parte principal del Sistema Nacional de Contratación Públicas se implementa el sitiowww.compraspublicas.gov.ec definido como el Sistema Informático Oficial de Contratación Pública del Estado Ecuatoriano (15).
Se establece además el Registro Único de Proveedores (RUP), es un sistema público dinámico de información y habilitación de las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, con capacidad de contratar de acuerdo con la ley, a fin de proveer de bienes, servicios incluidos los de consultoría y ejecutar obras respecto de una entidad contratante
Los proveedores El SNCP establece la obligación de habilitarse en el RUP para ser considerado proveedor, existiendo excepciones de acuerdo
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al carácter excepcional de ciertos procedimientos de contratación, por ejemplo: ínfima cuantía y algunos procedimientos del régimen especial. En el caso de que una entidad contratante sea a la vez proveedor también deberá inscribirse en el Registro Único de Proveedores.
Portal compras públicas.- (www.compraspublicas.gov.ec): Es el Sistema Informático Oficial de Contratación Pública del Estado Ecuatoriano. Como parte principal del Sistema Nacional de Contratación Públicas se ha implementado el sitiowww.compraspublicas.gov.ec definido como el Sistema Informático Oficial de Contratación Pública del Estado Ecuatoriano. El diseño, administración y actualización de esta herramienta se instituyen por disposición de la LOSNCP al INCOP. El Portalwww.compraspublicas.gov.ec es una herramienta de uso gratuito para los proveedores del estado y las entidades contratantes. Los procesos llevados a cabo en materia de contratación por las diversas entidades contratantes, y la información que de estos procesos se genera están contenidos en este sistema informático y está disponible para el público general interesado (15)
Registro Único de Proveedores.- RUP: Es la Base de Datos de los proveedores de obras, bienes y servicios, incluidos los de consultoría, habilitados para participar en los procedimientos establecidos en esta Ley. Su administración está a cargo del Instituto Nacional de Contratación Pública y se lo requiere para poder contratar con las entidades contratantes (15)
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Ilustración 1: Tipos de contratación púbica
1.3.8.4. Contratación Directa
Es un procedimiento utilizado para la contratación de servicios de consultoría como dicta el Art. 36 del Reglamento General, cuya cuantía debe ser menor o igual al monto equivalente al 0,000002 del Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio económico. El monto de contratación para el año 2012 es de menor o igual a $ 52.218,54(Art.36 RG, Art. 37– 42 LOSNCP).
1.3.8.5. Contratación mediante lista corta
Es un procedimiento utilizado para la contratación de servicios de consultoría como dicta el Art. 37 del Reglamento General, cuya cuantía deba oscilar al monto equivalente entre0,000002 y 0,000015 del Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio económico. El monto de contratación
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para el año 2012 es de mayor a $ 52.218,54 y menora $ 391.639,05 (Art.37 RG, Art. 37 – 42 LOSNCP)
1.3.8.6. Contratación mediante concurso público
Es un procedimiento utilizado para la contratación de servicios de consultoría como dicta el Art. 38 del Reglamento General, cuya cuantía debe ser mayor o igual al monto equivalente al 0,000015 del Presupuesto Inicial del Estado del correspondiente ejercicio económico. El monto de contratación para el año 2012 es de mayor o igual a $ 391.639,05.(Art.38 RG, Art. 37 – 42 LOSNCP)