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SISTEMA SELECTIVO DE INGRESO.

II. Parte oral.

17. SISTEMA SELECTIVO DE INGRESO.

El sistema selectivo de ingreso comprenderá las siguientes fases:

- Fase de oposición: dicha fase comportará la realización de dos pruebas, destinadas a valorar la posesión de los conocimientos específicos de la especialidad a la que se opta, la aptitud pedagógica y el dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente.

- Fase de concurso: en la que se valorarán los méritos de los aspirantes. - Fase de prácticas.

17.1. Fase de oposición.

La fase de oposición en el sistema selectivo de ingreso, en sus turnos libre y de reserva para personas con discapacidad, constará de dos pruebas estructuradas en dos partes. Cada una de las pruebas tendrá carácter eliminatorio.

Todas las pruebas de las especialidades de idiomas modernos en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas se desarrollarán en el idioma correspondiente, a excepción de las referencias normativas que se podrán citar en castellano.

17.1.1. Primera prueba. 1º Desarrollo:

La primera prueba tendrá por objeto la demostración de los conocimientos específicos de la especialidad docente a la que se opta, y constará de dos partes que serán valoradas conjuntamente:

Parte A: una prueba práctica que permita comprobar que los candidatos poseen la formación científica y el dominio de las habilidades técnicas correspondientes a la especialidad a la que opte.

Cada Tribunal único o, en su caso, Comisión de Coordinación o de Selección, determinará la forma en que se concreta el contenido práctico del ejercicio, atendiendo a las directrices que se especifican en el Anexo III o VI de esta Orden, según corresponda.

En el caso de que la parte A de la primera prueba no deba realizarse por escrito, se realizará en primer lugar la parte B.

Parte B: consistirá en el desarrollo por escrito de un tema elegido por el aspirante de entre un número de temas, extraídos al azar por el Tribunal, proporcional al número total de temas del temario de cada especialidad, atendiendo a los siguientes criterios:

a) En aquellas especialidades que tengan un número no superior a 25 temas, deberá elegirse entre tres temas. b) En aquellas especialidades que tengan un número de temas superior a 25 e inferior a 51, deberá elegirse entre cuatro temas.

c) En aquellas especialidades que tengan un número superior a 50 temas, deberá elegirse entre cinco temas. La duración de esta prueba y el orden de realización de sus distintas partes variará, según la especialidad que se trate y si la parte A de la prueba deba o no deba realizarse por escrito:

- En todas las especialidades, salvo Música y Dibujo, las personas aspirantes dispondrán de cuatro horas y media para el desarrollo de ambas partes de la primera prueba, que se realizará sin interrupción.

- En la especialidad de Dibujo, en la que la parte A está dividida en dos ejercicios prácticos, uno técnico y otro artístico, en la primera sesión se realizará la parte B de la prueba y el ejercicio técnico de la parte A. Los aspirantes dispondrán de cuatro horas y media para el desarrollo de ambas partes, que se realizará sin interrupción.

En esta especialidad el Tribunal citará colectivamente a los aspirantes para la realización, en otra sesión, del ejercicio artístico de la parte A de la primera prueba, que tendrá una duración máxima de cinco horas.

- En la especialidad de Música, en la que la parte A tiene un ejercicio escrito y otro de interpretación individual, en la primera sesión se realizará la parte B de la prueba y el ejercicio escrito de la parte A. Los aspirantes dispondrán de cuatro horas y media para el desarrollo de ambas partes, que se realizará sin interrupción.

En esta especialidad el Tribunal citará a cada aspirante para la realización del ejercicio de interpretación individual de la parte A de la primera prueba. Para la realización de este ejercicio, cada aspirante dispondrá de 30 minutos como máximo.

En las especialidades en que se realice en primer lugar la parte B de la prueba, que tendrá una duración de dos horas, previa convocatoria por parte del Tribunal, los aspirantes realizarán la parte A de la prueba, con las características y duración que fije la Comisión de Coordinación.

2º Calificación de la primera prueba (partes A y B). Esta prueba se valorará de cero a diez puntos.

Cada una de las dos partes de la prueba se calificará inicialmente de 0 a 10 puntos.

A continuación, las calificaciones obtenidas en cada parte se sumarán, previa su ponderación. La calificación de la parte A se pondera en un 60%. A la de la parte B se aplica una ponderación del 40%.

Cuando entre las puntuaciones otorgadas por los miembros del Tribunal exista una diferencia de tres o más enteros, serán automáticamente excluidas la calificación máxima y la mínima, hallándose la puntuación media entre las calificaciones restantes. Este criterio de exclusión se aplicará una sola vez a cada participante en un mismo ejercicio, aunque continúe existiendo una diferencia de tres o más enteros en las puntuaciones de los restantes miembros del Tribunal.

Superarán esta primera prueba aquellos aspirantes cuyas calificaciones cumplan las siguientes dos condiciones:

1. Deben obtener cinco o más puntos como resultado de la suma de las calificaciones de las partes A y B, una vez obtenida la ponderación.

2. La calificación obtenida en cada una de las partes ha de equivaler, como mínimo, al 25% de la puntuación máxima de dicha parte.

3º Publicación de las calificaciones de la primera prueba de la fase de oposición:

Los Tribunales publicarán en los tablones de anuncios de su sede de actuación y, a efectos informativos, en la página web de la Consejería:

a) Lista de los aspirantes que han realizado la primera prueba con la calificación obtenida, por orden alfabético y con expresión de las puntuaciones de cada una de las partes que la integran.

b) Lista de los aspirantes que las han superado, con expresión de la calificación obtenida y ordenados por puntuación decreciente.

Los aspirantes de este sistema selectivo de ingreso dispondrán del plazo de dos días hábiles, desde el día siguiente a la publicación de las calificaciones de la primera prueba, para presentar al Tribunal correspondiente reclamación contra la primera prueba de la fase de oposición, en el centro sede y en el horario que el Tribunal establezca, pudiendo los aspirantes solicitar la vista de sus ejercicios.

Las reclamaciones serán estimadas o desestimadas por el Tribunal, dándose conocimiento a los interesados a través del acta que publique el Tribunal en el tablón de anuncios del centro sede.

17.1.2. Segunda prueba. 1º Desarrollo:

La segunda prueba tendrá por objeto la comprobación de la aptitud pedagógica de cada aspirante y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente. Consistirá en la defensa de la programación didáctica entregada en su momento por los aspirantes y en la preparación y exposición oral de una unidad didáctica o situación de aprendizaje, de unidad de trabajo o programa de intervención en las que se contemplará, al menos, un 30 por ciento de desarrollo de los contenidos mediante la utilización de metodologías, estrategias o técnicas metodológicas que faciliten la educación a distancia, incluso en un escenario presencial.