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CAPITULO V: LOS CONTRATISTAS DE LA FRUTICULTURA

5.2. El sistema de subcontratación

Una de las estrategias de adaptación de las empresas chilenas frente a nuevas exigencias de competitividad interna y externa que mayor acogida ha tenido entre los empresarios nacionales es la externalizacion de actividades a través de la subcontratación de servicios a terceros. Esta lógica en las relaciones laborales pone en juego a tres actores: el trabajador, la empresa contratista y la empresa mandante, donde la dinámica de las relaciones laborales se da entre un trabajador que está contratado por una empresa contratista y una empresa mandante a la cual el trabajador contratado por la contratista le presta servicios.

El Director del Departamento Jurídico del Ministerio del Trabajo cree que una de las reformas más significativas que se ha realizado en pro de los trabajadores agrícolas ha sido la reforma a la ley de subcontratación83. Ésta ha integrado nuevos instrumentos de prevención con el objetivo de cubrir las falencias económicas y sociales que vayan en contra de la integridad personal, física y psicológica de los trabajadores. Esta normativa, siendo aplicadas correctamente, puede proporcionar un justo trabajo en un agradable ambiente laboral. Para el director entrevistado “si existen fallas y deficiencias no son de la ley, sonmás bien de su aplicación, porque la ley es bastante completa”.

En la actualidad un empresario contratista para llevar a cabo la contratación de personal con el fin de prestar servicios a una empresa mandante debe cumplir el requisito legal de inscribirse en la Unidad Inspectiva de la comuna respectiva presentando el convenio de contrato que ha celebrado con el dueño de de la empresa agrícola donde va a realizar el trabajo. Al analizar las entrevistas realizadas a las temporeras de las comunas de

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Ley 20123 “Regula trabajo en régimen de subcontratación”, Código del Trabajo versión 2008, capítulo II “del Contrato de trabajadores Agrícolas” párrafo 1, articulo 92 bis: “Las personas que se desempeñen como intermediarios de trabajadores agrícolas y de aquellos que presten servicios en empresas comerciales o agroindustriales derivados de la agricultura, de la explotación de madera u otras afines, deberán inscribirse en un registro especial que para en esosefectos llevara la Inspección del Trabajo respectiva”. También el párrafo II del mismo capítulo que hace referencia a las normas especiales para

Cumpeo y Colina, las conversaciones con las dirigentes de Anamuri y nuestra experiencia en la observación participante, podemos afirmar que existe un incumplimiento a la aplicación de la ley de subcontratación de parte de los empresarios agrícolas contratistas, especialmente en lo que hace referencia al pago de salarios, de imposiciones, la elaboración de contratos, la jornada laboral, las condiciones físicas y el ambiente laboral.

Un aspecto importante que pudimos observar es que las temporeras, debido a la necesidad de aumentar sus ingresos mensuales, ofrecen trabajar sin contratos ya que así los descuentos legales -cobertura de salud y previsión social- no son realizados por el contratista y el sueldo mensual que reciben equivale al ingreso bruto. Al respecto, la persona encargada de la contabilidad de un fundo nos confirma que “la mayoría de las veces no se les hace contrato porque ellas mismos piden que no se les haga contrato. Por otro lado la temporera muchas veces firma el contrato al entrar, pero lo firma en blanco, sin fecha y sin nada, le queda la posibilidad al contratista de pagarle menos. Si el temporero trabajó dos o tres meses, el contratista tiene la posibilidad de decirle “ya le hago el contrato de antigüedad por un mes o diez días”; se lo llena cuando ya se va a ir y le paga después lo que le corresponde con relación proporcional al mes o los diez días, los otros dos meses, o el tiempo que sea, los perdió; incluyendo sus vacaciones proporcionales, los feriados que se pagan al final y las demás prestaciones que le corresponden, puesto que firmó en blanco, -continúa diciendo que- a mi me extraña que un contratista les ofrezca trabajo y les haga firmar un contrato en blanco, nadie debe firmar un papel en blanco porque después se lo llenan y no les pagan lo correcto”.

Otra de las irregularidades comentadas por el contador es que con frecuencia los contratistas no pagan las imposiciones y“si el trabajador le pide el certificado de pago de imposiciones timbradas, el contratista se la muestra, pero hay trampas que me ha los trabajadores agrícolas de temporada.

tocado ver, hay contratistas que llenan el formulario de pago, recortan un timbre de pago de una imposición anterior pagada y lo pegan ahí y luego le sacan fotocopia, entonces en la fotocopia va a salir la imposición pegada más el timbre que estaba pegado, ahí va a aparecer el pago de una imposición legal, y esa van y se la muestran a otros trabajadores y los trabajadores dicen “si me pagaron”, pero es una trampa, una fotocopia de otra persona que sí se pagó y esta imposición falsa se la van prestando entre contratistas”. El contador está conciente de que se está trabajando en un ambiente de muchas irregularidades e injusticias cometidas en contra de las mujeres temporeras, pero él considera que le pagan por prestar un determinado servicio y, por lo tanto, no pude hacer nada al respecto, él nos indica que “muchas veces podemos ver que hay injusticias, irregularidades, pero no podemos hacer nada, porque a nosotros nos están pagando por llenar los papeles solamente y entregarlos, nada más que eso”.

Otra de las irregularidades que surgen de la falta de contrato de trabajo son las que tienen relación con los accidentes laborales ya que las trabajadoras no tienen derecho a ninguna clase de beneficios, quedando desprotegidas de los servicios de previsión social. Además, según versiones de las dirigentes de Anamuri, los contratistas han seguido ligando a mujeres a las cuales, después de haber realizado el trabajado, éste no les es cancelado, “ahorita en enero de este 2008, en Copiapó, un contratista engañó a cincuenta trabajadores, no les pago y desapareció, los sacó del campamento y los dejó botados. Del Ministerio del Trabajo nos llamaron para ver si podíamos conseguirles alojamiento y comida porque era fin de semana” (Sofía, dirigente nacional de Anamuri, Región de Copiapó).

En una investigación realizada por Pamela Caro y Catalina De La Cruz del Cedem en el año 2005 se hace referencia a que las irregularidades con respecto al comportamiento que siguen teniendo los contratistas son las que tienen que ver con el incumplimiento de las disposiciones legales, entre ellas las más frecuentes son el no respetar la jornada laboral, trabajar sin contrato y, por lo tanto, sin previsión social ni seguro de cesantía; se

continúa con la precariedad sanitaria, falta de agua, comedores, duchas y comida de mala calidad, además de no entregar los implementos necesarios para realizar sus labores84.

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