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DISTRIBUIDORA JR S.A DE C.V Consistente en: La palabra DISTRIBUIDORA JR S.A DE C.V.

SUBASTA PÚBLICA

LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SU- PLENTE DE ESTE DISTRITO,

HACE SABER: Que por ejecución seguida en este Tribunal, por la señora Jane Ascensión Marticorena Contreras, en contra de Eduardo Fausto Arriaza, se venderá en fecha oportuna los siguientes inmuebles de naturaleza rústica, inscritos a favor del deudor señor Eduardo Fausto Arriaza, los cuales se describen a continuación: 1) LOTE NUMERO TRES, del Block "A", de la lotifi cación RIO GRANDE II, situado en el Cantón Galeano, de la jurisdicción de Chalchuapa, en el Departamento de Santa Ana, de una extensión superfi cial de trescientos uno punto ochenta metros cuadrados, con los linderos siguientes: AL NORTE, doce metros calle de por medio, con lote número diez, Block "B". AL ORIENTE, veinticinco punto treinta metros con lote número dos del Block A, AL SUR, doce metros con predio de José Medardo Arana López, y AL PONIENTE, veinticinco punto cero cero metros, con lote número cuatro del Block "A", inscrito a la matrícula número DOS CERO DOS

UNO UNO CINCO TRES DOS-CERO CERO CERO CERO CERO EN EL ASIENTO UNO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Occidente, con sede en Santa Ana. 2) Lote dos del Block "C", de la lotifi cación RIO GRANDE II, situado en el Cantón Galeano, de la jurisdicción de Chalchuapa, en el Departamento de Santa Ana, de una extensión superfi cial de TRESCIENTOS VEINTISIETE PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS, con los linderos siguientes: AL NORTE, treinta y tres metros con lote tres del Block "C". AL ORIENTE, diez metros calle de por medio, con lote número nueve del Block "B". AL SUR, treinta y dos punto cincuenta metros, con lote número uno del Block "C" y al Poniente, diez metros con lote número diez del Block "C". Inscrito a la matrícula número DOS CERO DOS UNO UNO CINCO TRES TRES guion cero cero cero cero cero, del Asiento uno y 2211532-00000, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera de Sección de Occidente, con sede en Santa Ana. Todos los lotes colindantes pertenecen la lotifi cación Galeano y son actualmente propiedad del señor EDUARDO FAUSTO ARRIAZA.

Lo que hago de su conocimiento para los efectos de ley. Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las doce horas del día veintiuno de septiembre del año dos mil quince.- Lic. LUIS ANTONIO BENITEZ HIDALGO, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE.- Licda. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F000453-2 MARCA DE SERVICIO No. de Expediente: 2015149007 No. de Presentación: 20150227173 CLASE: 44. EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado SANDRA MERCEDES GUTIERREZ DE HENRIQUEZ, en su calidad de REPRE- SENTANTE LEGAL de S & S, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS,

Consistente en: La palabra Wink y diseño que se traduce al cas- tellano como Guiño, que servirá para: AMPARAR: CUIDADOS DE BELLEZA PARA PERSONAS. Clase: 44.

DIARIO

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VALIDEZ LEGAL

La solicitud fue presentada el día dieciocho de diciembre del año dos mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, trece de mayo del año dos mil dieciséis.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C010037-2 MARCA DE PRODUCTO No. de Expediente: 2015148288 No. de Presentación: 20150225943 CLASE: 30. EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado CARLOS ENRIQUE CRUZ ARANA, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de COMERCIO, BIENES RAICES, AGRICULTURA Y ALIMENTOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia: CBRA, S. A. DE C. V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

Consistente en: las palabras coffee BREAK y diseño. Sobre el uso de la expresión COFFEE BREAK que componen la marca, individualmente considerados no se concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR: CAFE, TE, CACAO, SUCEDANEOS DEL CAFE. Clase: 30.

La solicitud fue presentada el día veinticuatro de noviembre del año dos mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, once de febrero del año dos mil dieciséis.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, REGISTRADOR.

NERY CRISTIANS STANLEY PORTILLO LOPEZ, SECRETARIO. 3 v. alt. No. C010036-2 No. de Expediente: 2015148426 No. de Presentación: 20150226161 CLASE 05. EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha(n) presentado CARLOS MAURICIO ARRIAZA RODRIGUEZ, en su calidad de APODERADO de LABORATORIO RAVEN , S. A., de nacionalidad COSTARRICEN- SE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO,

SALUDEX

Consistente en: la palabra SALUDEX, que servirá para: AMPA- RAR: MEDICAMENTOS Y PREPARACIONES FARMACEUTICAS PARA USO HUMANO. Clase: 05.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de noviembre del año dos mil quince.

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, once de marzo del año dos mil dieciséis.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F000396-2

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ACEPTACION DE HERENCIA

NELLY EDITH POZAS HENRIQUEZ, JUEZA DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal a las quince horas y veinticinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia Intestada que a su defunción dejó la causante señora MARIA GUADALUPE GONZALEZ VIUDA DE PEREZ, quien falleció el día veintinueve de junio de mil novecientos noventa y siete, en San Rafael Cedros, Departamento de Cuscatlán; siendo este lugar su último domicilio, de parte del señor JOSE LAURO PEREZ GONZALEZ, éste en su calidad de hijo de la referida causante; habiéndosele conferido al aceptante la Administración y Representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que en el término legal se presenten a este Tribunal, a hacer uso de su derecho.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las quince horas y treinta minutos del día once de mayo del año dos mil dieciséis. LICDA. NELLY EDITH POZAS HENRIQUEZ, JUEZA DE LO CIVIL SUPLEN- TE. LIC. JOSE ORLANDO BELTRAN MEJIA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C009973-3

DOCTORA DELMY RUTH ORTIZ SÁNCHEZ, Juez de lo Civil, Su- plente, de este Distrito Judicial, departamento de La Unión; al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado a las once horas y treinta minutos día dieciséis de mayo del corriente año, se tuvo por aceptada expresamente, y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que al fallecer a las ocho horas del día dieciséis de agosto del año mil novecientos noventa y siete, en el Barrio El Calvario, Jurisdicción de Nueva Esparta, departamento de La Unión, siendo su último domicilio la ciudad de Nueva Esparta, dejara la causante Virginia Benítez viuda de Cabrera, a favor de los señores María Otilia Cabrera de Serpas, José Antonio Cabrera Benítez, Luisa Arminda Cabrera viuda de González, y Ángel Humberto Cabrera Benítez, en concepto de hijos de la causante antes mencionada, y los señores Héctor Ricardo Cabrera Benítez y Mario de Jesús Cabrera Benítez, como hijos sobrevivientes, representados por

medio de la Curador ad lítem Licenciada Irma Guadalupe Fuentes Reyes, de conformidad con lo establecido en el Art. 988 No. 1° del Código Civil.

En consecuencia, se les confi rió a los aceptantes, en el carácter dicho, la Administración y Representación interina de los bienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, departa- mento de La Unión, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil dieciséis. DRA. DELMY RUTH ORTIZ SÁNCHEZ, JUEZ DE LO CIVIL, SUPLENTE, LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009984-3

LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMÁN URQUILLA, Juez Segundo de Primera Instancia, de este Distrito Judicial, al Público para efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal de las quince horas del día veinte de mayo del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el causante Eulalio Martínez Ortiz, de parte de la señora María Dina Martínez Romero, de veintisiete años de edad, Estudiante, del domicilio de Meanguera, Departamento de Morazán, con Documento Único de Identidad número cero cuatro millones noventa y un mil ochocientos sesenta y uno guión siete; y, Número de Identifi cación Tributaria un mil trescientos catorce guión cero setenta mil trescientos ochenta y nueve guión ciento uno guión ocho; por derecho propio en calidad de hija del mencionado causante; quien a la fecha de su falle- cimiento fue de cuarenta y seis años de edad, jornalero, originario de Cacaopera, y del domicilio de Meanguera, Departamento de Morazán; hijo de los señores Daniel Martínez y Regina Ortiz; falleció a las siete horas y cuarenta minutos del día dieciocho de diciembre de dos mil quince, en la Colonia Guadalupe, Caserío Hatos Uno, Municipio de Meanguera, Departamento de Morazán, siendo esta misma población lugar de su último domicilio. Se le confi rió a la aceptante antes mencionada y en la forma establecida, la Administración y Representación Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto en el expresado perió- dico.

DE TERCERA PUBLICACIÓN

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VALIDEZ LEGAL

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco Gotera; a las catorce horas y cuarenta y siete minutos del día veintitrés de mayo de dos mil dieciséis. LIC. JORGE ALBERTO GUZMÁN URQUILLA, JUEZ 2O. DE 1a. INSTANCIA. KARINA ELIZABETH

IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009998-3

LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo de Primera Instancia, de este Distrito Judicial, al Público para efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal de las once horas y nueve minutos del día nueve de mayo del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el causante Pablo Guevara Argueta, conocido por Pablo Guevara, de parte del señor Pablo Argueta, de treinta y tres años de edad, empleado, del domicilio de esta ciudad de San Francisco Gotera, Departamento de Morazán, con Documento Único de Identidad número Cero tres millones cuatrocientos dieciocho mil ciento sesenta guión cero; y Número de Identifi cación Tributaria número un mil doscientos diecisiete guión ciento treinta mil setecientos ochenta y dos guión ciento cinco guión siete; por derecho propio en calidad de hijo del mencionado causante, quien a la fecha de su falleci- miento fue de sesenta y dos años de edad, empleado, casado, originario de Meanguera, y del domicilio de esta ciudad de San Francisco Gotera, ambas Departamento de Morazán; hijo de los señores Bembenuto Guevara y Dominga Argueta Portillo; falleció a las dieciocho horas y veintinueve minutos del día seis de Abril de dos mil quince, South Nassau Community Hospital, Oceanside, del Estado de New York, de los Estados Unidos de Norte América; siendo esta misma ciudad, lugar de su último domicilio. Se le confi rió al aceptante antes mencionado y en la forma establecida, la Administración y Representación Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto en el expresado periódico.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco Gotera; a las nueve horas y cuarenta y cuatro minutos del día doce de mayo de dos mil dieciséis. LIC. JORGE ALBERTO GUZMÁN URQUILLA, JUEZ 2O. DE 1a. INSTANCIA. LICDA. KARINA ELIZABETH IGLE-

SIAS DE NAVARRO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C009999-3

ANA MARIA CORDON ESCOBAR, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR, JUEZ TRES.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las catorce horas y cinco minutos del día quince de abril de dos mil dieciséis, se ha tenido por ACEPTADA expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada dejada a su defunción por el cau- sante señor RAUL TORREZ conocido por RAUL TORRES ARANA, originario de la Ciudad y Departamento de San Miguel, quien falleció en la ciudad de Guazapa, Departamento de San Salvador, el día quince de julio de mil novecientos ochenta; por parte de la señora BERENA MAURICIO DE MOLINA conocida por BERENA MAURICIO TO- RRES, en su calidad de hija sobreviviente del causante; confi riéndole la Administración y Representación interina de la referida sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Por lo que se CITA a todos los que se crean con derecho a la he- rencia para que dentro del término de ley se presenten a este Tribunal a deducir su derecho. Art. 1163 Código Civil.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de San Salvador, Juez Tres. San Salvador, a las quince horas y cuarenta minutos del día quince de abril de dos mil dieciséis. LIC. ANA MARIA CORDON ESCOBAR, JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR, JUEZ TRES. LIC. SAMUEL ROBERTO APARICIO PEÑATE, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010003-3

LIC. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE PRI- MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas con cua- renta minutos del día nueve de mayo del presente año, dictada por este Juzgado, se ha tenido por aceptada y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó la causante MARIA SOILA MARQUEZ RIVERA, quien falleció a las seis horas del día catorce de mayo de mil novecientos ochenta y uno, en el Cantón Llano Grande, de Concepción Quezaltepeque, municipio de este Departamento; siendo dicho municipio, su último domicilio; de parte de la señora MARIA DEL CARMEN MORAN MARQUEZ, en su calidad de hija sobreviviente de la mencionada causante. Se confi ere a la heredera declarada la Admi- nistración y Representación interina de la sucesión, en la calidad antes mencionada, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

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Lo que se pone del conocimiento del público, para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Chalatenango, a las diez horas con diez minutos del día nueve de mayo del dos mil dieciséis. LIC. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE PRI- MERA INSTANCIA. LIC. EDWIN EDGARDO RIVERA CASTRO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C010004-3

ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas y treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario la herencia intestada que dejó la señora Francisca Amparo Argueta de Reyes, o Francisca Amparo Argueta Gómez, quien falleció el día nueve de mayo de dos mil siete, en el Barrio El Calvario, Jurisdicción de San Alejo, Departamento de La Unión, siendo ese lugar su último domicilio, de parte de la señora FRANCISCA DEL CARMEN REYES ARGUETA, en calidad de hija de la causante, y como cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían al señor José Héctor Reyes Rubio, conocido Registralmente por José Héctor Reyes, en calidad de cónyuge de la causante. Y se le ha conferido a dicha aceptante en el carácter indicado la Administración y Representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho en la sucesión para que en el término de ley después de la tercera publicación de este cartel lo demuestren en este Juzgado.

Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los un días del mes de abril de dos mil dieciséis. LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. GLENDA YAMILETH CRUZ RAMOS, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F000039-3

LICENCIADA MAURA CECILIA GOMEZ ESCALANTE, JUEZ INTERINA DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE TEJUTLA, DEPARTAMENTO DE CHA- LATENANGO.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado proveída a las doce horas con treinta y cinco minutos del día veinticuatro de mayo del dos mil dieciséis, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio

de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó CARLOS GOMEZ SANTOS, quien fue de sesenta y un años de edad, casado, agricultor, originario del Municipio de Nueva Concepción, Departamento de Chalatenango, hijo de José Manuel Gómez y de Juana Santos, falleció el día dos de septiembre del dos mil quince, siendo su último domicilio el Municipio de Nueva Concepción, Departamento de Chalatenango, de parte de la señora GLADIS FIGUEROA DE GOMEZ, en calidad de cónyuge sobreviviente del causante. Confi érese a la aceptante la Admi- nistración y Representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones legales que les corresponde a los curadores de la herencia yacente.

Fíjense y publíquense los edictos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Tejutla, Departamento de Chalatenango, a los veinticuatro días del mes de mayo del dos mil dieciséis. LICDA. MAURA CECILIA GOMEZ ESCALANTE, JUEZA INTERINA DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TEJUTLA, CHALATENANGO. LICDA. ERLINDA GUADALUPE GUERRERO, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F000051-3

DRA. DELMY RUTH ORTÍZ SÁNCHEZ, Juez de lo Civil; del Distrito Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las catorce horas y diez minutos del día doce de mayo de dos mil dieciséis. Con el mérito de los documentos presentados adjuntos a la solicitud de folios uno al tres, los cuales aparecen agregados en las presentes diligencias, y con el informe procedente de la Ofi cialía Mayor de la Corte Suprema de Justicia, agregado a folios 25. Se le declara heredero expresamente y con benefi cio de inventario de la herencia intestada que al fallecer a las dieciocho horas del día veintiocho de Diciembre del año dos mil trece, en el Cantón Rodeo, de la jurisdicción de la ciudad de Polorós, de este distrito, Departamento de La Unión, su último domicilio, dejó la causante MARTIR BONILLA CANALES, CONOCIDA POR MARTIR BONILLA, de parte del señor JOSE REINALDO BONILLA, en concepto de hijo sobreviviente de la causante antes mencionada, de conformidad con el artículo 988 numeral 1° del Código Civil, y en concepto de Cesionario de los Derechos Hereditarios que en la referida sucesión les correspondían a los señores ANGELA OVIDIA BONILLA DE YANES, MARIA SANTOS BONILLA, y MARGARITO BONILLA, en calidad

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de hijos sobrevivientes de la referida causante, de conformidad con el Artículo 1699 CPCYM. Se le confi ere al heredero declarado en el carácter