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Supervisión del funcionamiento del sistema

COMISIÓN DE GOBIERNO CORPORATIVO

F. SISTEMAS INTERNOS DE CONTROL Y GESTIÓN DE RIESGOS EN RELACIÓN CON EL PROCESO DE EMISIÓN DE LA INFORMACIÓN

F.5. Supervisión del funcionamiento del sistema

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F.5.1. Las actividades de supervisión del SCIIF realizadas por el comité de auditoría así como si la entidad cuenta con una función de auditoría interna que tenga entre sus competencias la de apoyo al comité en su labor de supervisión del sistema de control interno, incluyendo el SCIIF. Asimismo se informará del alcance de la evaluación del SCIIF realizada en el ejercicio y del procedimiento por el cual el encargado de ejecutar la evaluación comunica sus resultados, si la entidad cuenta con un plan de acción que detalle las eventuales medidas correctoras, y si se ha considerado su impacto en la información financiera.

De acuerdo con lo dispuesto en los Estatutos Sociales de la entidad y en el Reglamento del Consejo de Administración del Grupo Bankinter, la Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo, como comisión delegada del Consejo de Administración, tiene entre sus funciones y competencias, la supervisión y control de la actividad de la Sociedad, de la veracidad, objetividad y transparencia de la contabilidad social, supervisar el proceso de elaboración y presentación de la información financiera regulada y el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias a que está sometido el Banco.

Asimismo, impulsar y revisar periódicamente el funcionamiento de los sistemas de control interno que garanticen la gestión adecuada de los riesgos de la sociedad, verificar la integridad y la consistencia de los estados financieros trimestrales y semestrales del banco y del Grupo, así como las cuentas anuales, la memoria y el informe de gestión, con carácter previo a su aprobación o propuesta por el Consejo de Administración y a su publicación. Según al art. 34 del Reglamento del Consejo de Administración, la División de Auditoría Interna del Grupo Bankinter depende jerárquicamente de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo y está funcionalmente adscrita al Presidente del Consejo de Administración, garantizando la independencia, autonomía y universalidad de la función de Auditoría Interna. Tal y como se dispone en el Estatuto de Auditoría Interna, aprobado por el Consejo de Administración a propuesta de la Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo, son objetivos y funciones de Auditoría Interna, entre otros, asistir a la Comisión de Auditoría en el cumplimiento objetivo de sus responsabilidades; verificar que, mediante la aplicación homogénea y eficiente de las políticas y procedimientos que conforman el sistema de control interno, se gestionan los riesgos de modo adecuado y velar por la integridad, completa y correcta, de la información financiera, contable y de gestión emitida.

Se ha efectuado la supervisión del proceso de elaboración y la integridad de la información financiera de la sociedad y del grupo, revisando la aplicación de los criterios contables, el perímetro de consolidación y el cumplimiento de los requisitos normativos, una vez que los servicios contables han elaborado los estados financieros bajo la supervisión del servicio de auditoría interna y con la intervención obligatoria del auditor externo, quienes informan a la Comisión

81 de Auditoría sobre su opinión respecto a que los mismos reflejan la imagen fiel de la situación patrimonial y financiera de la empresa, y si procediera, si tienen reservas o posiciones opuestas al equipo de gestión en aspectos sustantivos que puedan afectar a esa imagen fiel, informando de ello al Consejo de Administración.

Con periodicidad trimestral, Auditoría Interna presenta a la Comisión de Auditoría el informe de verificación de la cuenta de resultados consolidada del Grupo Bankinter, con la intervención, asimismo, del Auditor de Cuentas. El mismo régimen se aplica al informe semestral de resultados.

Con periodicidad semestral, Auditoría Interna presenta a la Comisión de Auditoría un informe sobre el seguimiento y situación de las recomendaciones emitidas y medidas correctoras propuestas como resultado de los informes de auditoría tanto externa como interna.

F.5.2. Si cuenta con un procedimiento de discusión mediante el cual, el auditor de cuentas (de acuerdo con lo establecido en las NTA), la función de auditoría interna y otros expertos puedan comunicar a la alta dirección y al comité de auditoría o administradores de la entidad las debilidades significativas de control interno identificadas durante los procesos de revisión de las cuentas anuales o aquellos otros que les hayan sido encomendados. Asimismo, informará de si dispone de un plan de acción que trate de corregir o mitigar las debilidades observadas.

En el artículo 34 del Reglamento del Consejo de Administración se dispone que los auditores externos asistirán a las reuniones de la Comisión de Auditoría siempre que el Presidente de la misma lo considere conveniente y, en todo caso, cuando se examine el informe de dichos auditores sobre las cuentas anuales y semestrales y sobre el informe anual de control del Banco y del Grupo, así como a las demás reuniones sobre verificación de resultados previas a la publicación de los mismos.

Igualmente, y de acuerdo con la Ley y los Estatutos Sociales, la Comisión de Auditoría servirá de canal de comunicación entre el Consejo de Administración y los auditores externos e internos, evaluará los resultados de los informes de auditoría y el cumplimiento de las observaciones y conclusiones formuladas, así como la discusión con los auditores de cuentas de las posibles debilidades significativas del sistema de control interno detectadas en el desarrollo de la auditoría.

La Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo aprobó un marco general del proceso de gestión y seguimiento de las recomendaciones vinculantes realizadas por Auditoría Interna, definiendo un plan de cumplimiento, en tiempo y forma, por parte de los responsables de llevarlas a efecto y un informe periódico de su situación que se reporta tanto a la Comisión de Auditoría como al Comité de Dirección del Banco.

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F.6. Otra información relevante