EVOLUCIÓN DE LA ESTRUCTURA EN 0/00 DE GASOLINAS Y GASÓLEOS
TASAS DE VARIACIÓN (%) EN EL IMPUESTO SOBRE HIDROCARBUROS (ANUAL)
Estructura Cesión del Impuesto
Período Consumos Recaudación
líquida
La tasa de variación de la recaudación líquida es el resultado de la integración de las diferentes tasas que figuran en el cuadro desfasadas en un mes para el caso de los factores que obedecen al criterio de devengo (consumos, tipos y estructura).
-2,0 -1,5 -1,0 -0,5 0,0 0,5 1,0 1,5 E 0 2 F M A M J J A S O N D E 0 3 F M A M J J A S O N D E 0 4 F M A M J J A S O N D E 0 5 F M A M J J A S O N D
Impuestos Especiales. Estudio relativo al año 2005. Departamento Aduanas e II.EE. A.E.A.T. Capítulo 4.
variación de tipos impositivos, será el resultado de comparar la cuota asociada a la estructura del mes de noviembre, aplicando los tipos en vigor en dicho mes de los años 2004 y 2005 que al mantenerse los tipos impositivos inalterados es la misma; esta tasa resulta por tanto ser nula, como se ha reflejado en la columna (1) del cuadro número 4.4.12.
Un procedimiento paralelo ha permitido calcular las tasas de variación de la recaudación anual imputable únicamente a la variación de los tipos impositivos. Estas tasas se han anotado en la columna (1) del cuadro número 4.4.13.
La tasa de variación de la recaudación mensual que es imputable a la cesión del impuesto al País Vasco y Navarra, se ha calculado relacionando las recaudaciones mensuales líquidas obtenidas por la Administración Central en cada uno de los meses y la suma de las recaudaciones líquidas obtenidas por las Haciendas central y foral de que se trate. A su vez, las recaudaciones líquidas de los territorios autonómicos se han calculado a partir de la recaudación bruta equivalente a las cuotas devengadas en los respectivos territorios forales, a las que se han aplicado los factores que relacionan en la Administración central, por un lado, la recaudación bruta correspondiente a las salidas de fábricas y depósitos fiscales y la total, indicativo de las salidas a consumo no distribuidas a través de fábricas y depósitos fiscales, y, por otro, la recaudación bruta y la recaudación líquida, que refleja, a su vez, las devoluciones realizadas; a esta recaudación bruta ajustada se le suma (resta) las cantidades transferidas por (a) la Administración Central. La aplicación de estos factores al País Vasco y Navarra supone aceptar la hipótesis de que en estas Comunidades tales relaciones son iguales a las habidas en el territorio común.
Estas tasas se han anotado en el cuadro número 4.4.12 con referencia al criterio de caja y no al de devengo como se hizo con las tasas correspondientes a las variaciones de tipos impositivos y estructuras. Como hasta el mes de agosto de 1997, las recaudaciones líquidas correspondientes al territorio común y al total ámbito territorial del impuesto son iguales, estas tasas mensuales son iguales a cero; a partir del mes de septiembre la tasa de variación refleja la consecuencia de que las cuotas devengadas en el País Vasco son recaudadas por sus Diputaciones forales; en los meses de junio, julio, octubre y diciembre de 1997, abril, julio, octubre y diciembre de 1998 y análogos meses de 1999 a 2005, la tasa recoge también el efecto producido en la recaudación por las transferencias que se realizan entre la Hacienda estatal y la territorial en virtud de lo establecido en el Concierto Económico con el País Vasco y que, en el mes de diciembre de 1997 y en el resto del período, han tenido signo negativo, como se han podido observar en el apartado 4.4.2, es decir, la Hacienda foral ha ingresado a la estatal el exceso de las cuotas devengadas sobre las que correspondían al consumo en el País Vasco.
A partir del mes de septiembre de 1998, las tasas recogen tanto el efecto de las transferencias realizadas, como que los ingresos de las autoliquidaciones se realizan ya en los propios órganos de la Administración autonómica.
El gráfico número 4.4.9 recoge la evolución, en el período enero 2002-diciembre 2005, de las tasas de variación, que junto con la relativa al consumo de hidrocarburos, explican las registradas en la recaudación líquida mensual.
Las tasas de variación de la recaudación anual imputable a este concepto se han obtenido igualmente relacionando la recaudación líquida anual realmente obtenida por la Administración Central, con la suma de las recaudaciones líquidas anuales obtenidas por las Haciendas central y foral de que se trate. Estas tasas se han anotado en el cuadro número 4.4.13, con referencia también al criterio de caja. A la vista de la información ahora disponible, puede afirmarse que la recaudación anual líquida del año 2005, con respecto a la obtenida en el año anterior, ha aumentado un 0,23% como consecuencia del concierto del impuesto con el País Vasco y ha sido prácticamente nula debido al Convenio con Navarra.
En el gráfico número 4.4.10, se han reflejado las líneas representativas de la evolución de las tasas de variación de la recaudación anual imputable a las variaciones de los tipos impositivos, de la estructura de la demanda y de las cesiones de los impuestos al País Vasco y Navarra.
4.4.3. Análisis de la recaudación en función de su origen.
El cuadro número 4.4.14, recoge las cifras relativas a la recaudación total por el impuesto en el período 2001-2005, así como de las cuotas recaudadas por importaciones y por actas de inspección. La información se completa con los porcentajes que, sobre la total recaudación, representan los ingresos por importaciones y actas.
En los años 1994 y 1995, la recaudación efectuada por las aduanas suponía ya un pequeño porcentaje sobre la total recaudación: el 0,03% en 1994 y el 0,02% en 1995, pero en los años siguientes la tasa llega a anularse completamente. La explicación a esta caída de la ya escasa recaudación hay que buscarla en el hecho de que, a partir del 1 de enero de 1993, las introducciones desde otros Estados miembros de la Comunidad no dan lugar al devengo de un impuesto que deba liquidarse por las aduanas. Por otra parte, la amplia utilización de los depósitos fiscales en la distribución de productos petrolíferos entraña que los productos se importen en régimen suspensivo, por lo que no se produce el devengo del impuesto con ocasión de la importación, sino de la salida de los productos de las fábricas o depósitos fiscales, motivo por el cual el impuesto se ingresará, en su caso, mediante autoliquidación.
Las cuotas recaudadas como consecuencia de actas de inspección representan porcentajes muy pequeños en relación con el total de las cuotas recaudadas por el impuesto. No obstante, es de destacar cómo las cuotas recaudadas por este medio muestran una cierta estabilidad en torno al 0,1%.
4.4.4. Análisis de las autoliquidaciones y pago del impuesto.
4.4.4.1. Autoliquidaciones
.En el cuadro número 4.4.15, se ofrece la información relativa a los ingresos por autoliquidaciones durante los ejercicios 2002 a 2005. En este último año, el número de contribuyentes ha aumentado un 15,5% respecto del año anterior.
El número de autoliquidaciones se ha incrementado un 17,5% en 2005, hasta alcanzar la cifra de 1.177 autoliquidaciones.
La distribución por tramos de cuotas de las autoliquidaciones presentadas se ha recogido también en el cuadro. En él se puede apreciar cómo, en 2005, al igual que sucediera en años anteriores, el mayor número de autoliquidaciones presentadas corresponde al tramo inferior, hasta 10.000 euros, 41,9%, lo que no impide que las cuotas ingresadas con ellas representen el 0,01% del total. Por el contrario, el número de autoliquidaciones por importe superior a 10 millones euros supone el 6,8% del total de autoliquidaciones presentadas, pero con ellas se han ingresado el 91,5 de la total recaudación. Dividiendo la recaudación procedente de autoliquidaciones en cada uno de los ejercicios entre el número de autoliquidaciones presentadas, se obtiene la cuota media por autoliquidación que ha resultado ser de 9,3 millones de euros en 2005, un 7,2% inferior a la del año anterior.
4.4.4.2. Aplazamientos de pago.
En el cuadro número 4.4.16, se muestran los datos relativos a los aplazamientos de pago concedidos en el período 1993-2005, en relación con el Impuesto sobre Hidrocarburos. Así como en el período 1994-1997, el total importe aplazado alcanzó cifras por encima de los 21,8 millones de euros, con un máximo de 27,3 millones en 1995, en los años 1998 y 1999 las cantidades aplazadas caen hasta situarse en cifras del orden de los 0,6 millones en 1999. En los seis últimos años, correspondientes al período 2000-2005, los importes vuelven a elevarse hasta alcanzar los 11,3 millones de euros en 2003, fenómeno en el que ha debido influir de forma importante la evolución de los tipos de interés, para caer posteriormente hasta los 0,8 millones de 2005.
Cuadro nº 4.4.14
Año Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre Total
2001 Total recaudación 723.744 711.241 688.031 804.208 740.523 772.436 804.523 809.579 813.321 757.618 789.443 829.276 9.243.945 Rec. importaciones (1) 7,28 2,50 74,21 1,67 2,29 4,26 2,26 4,02 0,54 1,34 0,77 1,34 102 Rec. actas 1.014 1.284 404 407 262 621 437 830 446 182 892 888 7.667 % importaciones s/total 0,00 0,00 0,01 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 % actas s/total 0,14 0,18 0,06 0,05 0,04 0,08 0,05 0,10 0,05 0,02 0,11 0,11 0,08 2002 Total recaudación 806.171 694.122 713.968 812.616 769.514 799.619 789.202 858.686 822.939 784.756 822.458 835.799 9.509.850 Rec. importaciones (1) 4,78 2,72 1,63 0,57 7,53 1,82 5,04 2,04 3,91 1,93 1,93 1,56 35 Rec. actas 571 417 585 333 501 596 454 250 174 721 554 666 5.822 % importaciones s/total 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 % actas s/total 0,07 0,06 0,08 0,04 0,07 0,07 0,06 0,03 0,02 0,09 0,07 0,08 0,06 2003 Total recaudación 771.164 768.782 735.923 809.669 798.000 841.131 842.004 896.229 829.179 829.186 834.738 834.097 9.790.103 Rec. importaciones (1) 2,37 10,35 1,13 5,18 2,14 2,90 3,08 2,55 143,69 2,95 2,34 1,81 180 Rec. actas 282 347 815 1.236 688 534 707 305 294 343 221 582 6.353 % importaciones s/total 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,02 0,00 0,00 0,00 0,00 % actas s/total 0,04 0,05 0,11 0,15 0,09 0,06 0,08 0,03 0,04 0,04 0,03 0,07 0,06 2004 Total recaudación 839.037 780.289 744.043 900.308 826.900 826.537 880.451 914.949 825.194 890.680 818.561 875.888 10.122.838 Rec. importaciones (1) 1,24 5,02 6,92 5,73 7,59 1,09 0,87 1,14 0,47 0,97 1,17 0,74 33 Rec. actas 362 938 306 1.095 141 952 874 397 1.182 9.173 630 315 16.365 % importaciones s/total 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 % actas s/total 0,04 0,12 0,04 0,12 0,02 0,12 0,10 0,04 0,14 1,03 0,08 0,04 0,16 2005 Total recaudación 857.601 760.362 763.826 898.948 833.035 856.466 912.757 890.684 874.793 869.862 814.520 878.410 10.211.263 Rec. importaciones (1) 3,94 13,57 8,89 8,33 11,08 1,36 1,54 1,33 4,31 1,10 0,68 1,51 58 Rec. actas 892 521 470 -135 1.145 964 433 403 533 347 459 1.971 8.002 % importaciones s/total 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00