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TEXTO ANTERIOR Artículo 61°-E Gerencia de Docencia Interna

CAPÍTULO IV ÓRGANO DE CONTROL

TEXTO ANTERIOR Artículo 61°-E Gerencia de Docencia Interna

La Gerencia de Docencia Interna depende de la Secretaría Ejecutiva. Se encarga de conducir el proceso de ejecución de cursos para el ingreso de personal profesional a la institución, así como de las acciones de capacitación al personal de la institución, contenidas en el Plan de Capacitación Institucional bajo modalidad presencial, semipresencial y virtual, en materia de servicios tributarios y aduaneros.

(Artículo incorporado por el literal b) del artículo 1° de la Res. de Sup. N° 053-2015/SUNAT, publicada el 21-02-2015) Artículo 61°-F.- Funciones de la Gerencia de Formación Interna

Son funciones de la Gerencia de Formación Interna:

(Texto modificado por el artículo 1° de la Res. de Sup. N° 119-2016/SUNAT, publicada el 13-05-2016) TEXTO ANTERIOR

Artículo 61°-F.- Funciones de la Gerencia de Docencia Interna Son funciones de la Gerencia de Docencia Interna:

a) Dirigir la ejecución de los eventos académicos considerados en el Plan de Capacitación Institucional, en el ámbito de su competencia.

(Inciso modificado por el artículo 1° de la Res. de Sup. N° 119-2016/SUNAT, publicada el 13-05-2016) TEXTO ANTERIOR

a) Dirigir la ejecución de los cursos considerados en el Plan de Capacitación Institucional, en el ámbito de su competencia. b) Dirigir las actividades de las Divisiones de Formación Presencial y Formación Virtual. (Inciso modificado por el artículo 1° de la Res. de Sup. N° 119-2016/SUNAT, publicada el 13-05-2016)

TEXTO ANTERIOR

b) Dirigir las actividades de los Departamentos de Docencia Interna Presencial y Docencia Interna Virtual. c) Emitir opinión técnica sobre materia de capacitación.

(Inciso modificado por el artículo 1° de la Res. de Sup. N° 119-2016/SUNAT, publicada el 13-05-2016) TEXTO ANTERIOR

c) Emitir opinión técnica sobre materia de capacitación por propia iniciativa o a solicitud de la Secretaría Ejecutiva del Instituto.

d) Coordinar, supervisar y evaluar la labor docente, incluyendo la que realicen los trabajadores fuera de la jornada de trabajo.

e) Aprobar los instrumentos técnico-pedagógicos a ser usados en los cursos y eventos académicos de su competencia.

(Inciso modificado por el artículo 1° de la Res. de Sup. N° 119-2016/SUNAT, publicada el 13-05-2016) TEXTO ANTERIOR

e) Aprobar los instrumentos técnicos - pedagógicos para los cursos que realice el Instituto.

f) (Inciso derogado por el artículo 3° de la Res. de Sup. N° 119-2016/SUNAT, publicada el 13-05-2016) TEXTO DEROGADO

f) Formular y elevar la propuesta de indicadores de gestión y metas de su competencia.

g) Evaluar y remitir a la Oficina de Registro Académico y Servicios Administrativos el cuadro de necesidades de bienes y servicios para las actividades a su cargo.

(Inciso modificado por el artículo 1° de la Res. de Sup. N° 119-2016/SUNAT, publicada el 13-05-2016) TEXTO ANTERIOR

g) Evaluar y remitir a la Gerencia de Control de Gestión y Servicios Administrativos el cuadro de necesidades de bienes y servicios para las actividades a su cargo.

h) Requerir a la Oficina de Registro Académico y Servicios Administrativos las necesidades de bienes y servicios necesarios para el cumplimiento de sus funciones.

(Inciso modificado por el artículo 1° de la Res. de Sup. N° 119-2016/SUNAT, publicada el 13-05-2016) TEXTO ANTERIOR

h) Requerir a la Gerencia de Control de Gestión y Servicios Administrativos las necesidades de bienes y servicios necesarios para el cumplimiento de sus funciones.

i) Proponer y dirigir el programa de pasantía en docencia, así como determinar, en coordinación con la jefatura del Instituto, el perfil de los profesionales calificados internos y externos, para realizar labor docente en el Instituto.

(Inciso modificado por el artículo 1° de la Res. de Sup. N° 119-2016/SUNAT, publicada el 13-05-2016) TEXTO ANTERIOR

i) Determinar, en coordinación con la Secretaría Ejecutiva y el Instituto, el perfil de los profesionales calificados internos y externos, para la labor docente del Instituto.

j) Supervisar el cumplimiento de normas y procedimientos de su competencia. k) Revisar y elevar las propuestas de normas y procedimientos de su competencia.

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l) Revisar y remitir a la Oficina de Registro Académico y Servicios Administrativos los informes sobre la prestación de los servicios y suministro de bienes, que se requieran para el otorgamiento de la conformidad que corresponda.

(Inciso modificado por el artículo 1° de la Res. de Sup. N° 119-2016/SUNAT, publicada el 13-05-2016) TEXTO ANTERIOR

l) Elaborar, revisar y remitir a la Gerencia de Control de Gestión y Servicios Administrativos, cuando corresponda, los informes sobre la prestación de los servicios y suministro de bienes, que se requieran para el otorgamiento de la conformidad que corresponda.

m) Cumplir otras funciones, que en el ámbito de su competencia, le encomiende el Instituto. (Artículo incorporado por el literal b) del artículo 1° de la Res. de Sup. N° 053-2015/SUNAT, publicada el 21-02-2015)

n) Dirigir la ejecución del Curso Aduanero y Tributario para el ingreso de personal profesional a la institución.

(Inciso incorporado por el artículo 2° de la Res. de Sup. N° 119-2016/SUNAT, publicada el 13-05-2016) o) Revisar y remitir a la Oficina de Registro Académico y Servicios Administrativos los

expedientes académicos para su validación y custodia.

(Inciso incorporado por el artículo 2° de la Res. de Sup. N° 119-2016/SUNAT, publicada el 13-05-2016) p) Revisar y elevar la propuesta de malla curricular por cada línea de servicio de acuerdo al

manual de perfil de puestos aprobado, en las materias de su competencia, en coordinación con la Gerencia de Formación Externa.

(Inciso incorporado por el artículo 2° de la Res. de Sup. N° 119-2016/SUNAT, publicada el 13-05-2016) q) Aprobar y elevar las propuestas de mejora e informes sobre el desempeño de los

sistemas y procedimientos aplicados en el ámbito de su competencia.

(Inciso incorporado por el artículo 2° de la Res. de Sup. N° 119-2016/SUNAT, publicada el 13-05-2016) Artículo 61°-G.- División de Formación Presencial

La División de Formación Presencial es una unidad orgánica de cuarto nivel organizacional, dependiente de la Gerencia de Formación Interna, encargada de ejecutar el curso aduanero y tributario para el ingreso de personal profesional a la institución, así como actualizar los conocimientos en materia tributaria y aduanera del personal de la institución, en la modalidad presencial, de acuerdo al Plan de Capacitación Institucional.

(Artículo modificado por el artículo 1° de la Res. de Sup. N° 119-2016/SUNAT, publicada el 13-05-2016) TEXTO ANTERIOR

Artículo 61°-G.- Departamento de Docencia Interna Presencial

El Departamento de Docencia Interna Presencial depende de la Gerencia de Docencia Interna. Se encarga de realizar las actividades que permitan la ejecución de los Cursos Aduanero y Tributario - CAT, para el ingreso de personal profesional a la institución; así como, de los Cursos de Actualización de Conocimientos - CAC, al personal de la institución, bajo modalidad presencial, de acuerdo a los cursos considerados en el Plan de Capacitación Institucional, en materia de los servicios tributarios y aduaneros.

(Artículo incorporado por el literal b) del artículo 1° de la Res. de Sup. N° 053-2015/SUNAT, publicada el 21-02-2015) Artículo 61°-H.- Funciones de la División de Formación Presencial

Son funciones de la División de Formación Presencial:

(Texto modificado por el artículo 1° de la Res. de Sup. N° 119-2016/SUNAT, publicada el 13-05-2016) TEXTO ANTERIOR

Artículo 61°-H.- Funciones del Departamento de Docencia Interna Presencial Son funciones del Departamento de Docencia Interna Presencial:

a) Diseñar y ejecutar el curso aduanero y tributario para el ingreso de personal profesional a la institución así como los eventos académicos considerados en el Plan de Capacitación Institucional, en la modalidad presencial.

(Inciso modificado por el artículo 1° de la Res. de Sup. N° 119-2016/SUNAT, publicada el 13-05-2016) TEXTO ANTERIOR

a) Diseñar los cursos en modalidad presencial, considerados en el Plan de Capacitación Institucional según el ámbito de su competencia.

b) (Inciso derogado por el artículo 3° de la Res. de Sup. N° 119-2016/SUNAT, publicada el 13-05-2016) TEXTO DEROGADO

b) Supervisar y controlar la ejecución de los Cursos Aduanero y Tributario - CAT, considerados en el Plan de Capacitación Institucional.

c) (Inciso derogado por el artículo 3° de la Res. de Sup. N° 119-2016/SUNAT, publicada el 13-05-2016) TEXTO DEROGADO

c) Supervisar y controlar la ejecución de los Cursos de Actualización de Conocimiento - CAC, considerados en el Plan de Capacitación Institucional, según el ámbito de su competencia.

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d) (Inciso derogado por el artículo 3° de la Res. de Sup. N° 119-2016/SUNAT, publicada el 13-05-2016) TEXTO DEROGADO

d) Supervisar las actividades de las Secciones de Cursos Aduanero y Tributario – CAT y de Cursos de Actualización de Conocimientos - CAC.

e) Implementar el programa de pasantía en docencia, así como proponer a la Gerencia de Formación Interna las mejoras en la calidad de la labor docente.

(Inciso modificado por el artículo 1° de la Res. de Sup. N° 119-2016/SUNAT, publicada el 13-05-2016) TEXTO ANTERIOR

e) Proponer a la Gerencia de Docencia Interna las mejoras en la calidad de la labor docente.

f) Elaborar y elevar propuestas de los instrumentos técnicos-pedagógicos que se requieran para la ejecución de los cursos y eventos académicos presenciales, en el marco de su competencia.

(Inciso modificado por el artículo 1° de la Res. de Sup. N° 119-2016/SUNAT, publicada el 13-05-2016 TEXTO ANTERIOR

f) Elaborar y elevar propuestas de los instrumentos técnicos-pedagógicos que se requieran para la ejecución de los cursos, en el marco de su competencia.

g) Formular el cuadro de necesidades de bienes y servicios necesarios para el cumplimiento de sus funciones.

h) Requerir a la Oficina de Registro Académico y Servicios Administrativos los bienes y servicios necesarios para el cumplimiento de sus funciones.

(Inciso modificado por el artículo 1° de la Res. de Sup. N° 119-2016/SUNAT, publicada el 13-05-2016) TEXTO ANTERIOR

h) Requerir a la Gerencia de Control de Gestión y Servicios Administrativos, las necesidades de bienes y servicios necesarios para el cumplimiento de sus funciones.

i) Elaborar y elevar a la Gerencia de Formación Interna el Informe sobre la prestación de los servicios y suministro de bienes, que se requieran para el otorgamiento de la conformidad que corresponda.

(Inciso modificado por el artículo 1° de la Res. de Sup. N° 119-2016/SUNAT, publicada el 13-05-2016) TEXTO ANTERIOR

i) Elaborar, revisar y elevar a la Gerencia de Docencia Interna, según corresponda, el Informe sobre la prestación de los servicios y suministro de bienes, que se requieran para el otorgamiento de la conformidad que corresponda.

j) Elaborar y elevar los proyectos de normas y procedimientos vinculados a los temas de su competencia, en coordinación con la División de Formación Virtual, cuando corresponda. (Inciso modificado por el artículo 1° de la Res. de Sup. N° 119-2016/SUNAT, publicada el 13-05-2016)

TEXTO ANTERIOR

j) Elaborar y elevar los proyectos de normas y procedimientos vinculados a los temas de su competencia, en coordinación con el Departamento de Docencia Interna Virtual, cuando corresponda.

k) Realizar el seguimiento del cumplimiento de las normas y procedimientos de su competencia.

l) Cumplir otras funciones, que en el ámbito de su competencia, le encomiende la Gerencia de Formación Interna.

(Inciso modificado por el artículo 1° de la Res. de Sup. N° 119-2016/SUNAT, publicada el 13-05-2016) TEXTO ANTERIOR

l) Cumplir otras funciones, que en el ámbito de su competencia, le encomiende la Gerencia de Docencia Interna.

(Artículo incorporado por el literal b) del artículo 1° de la Res. de Sup. N° 053-2015/SUNAT, publicada el 21-02-2015) m) Elaborar y elevar los expedientes académicos y reportes de las actividades a su cargo. (Inciso incorporado por el artículo 2° de la Res. de Sup. N° 119-2016/SUNAT, publicada el 13-05-2016) n) Elaborar la propuesta de malla curricular por cada línea de servicio de acuerdo al manual

de perfil de puestos aprobado, en las materias de su competencia.

(Inciso incorporado por el artículo 2° de la Res. de Sup. N° 119-2016/SUNAT, publicada el 13-05-2016) o) Elaborar las propuestas de mejora e informes sobre el desempeño de los sistemas y

procedimientos en el ámbito de su competencia.

(Inciso incorporado por el artículo 2° de la Res. de Sup. N° 119-2016/SUNAT, publicada el 13-05-2016)