El corpus aristotelicum, su producción reconocida, comprende: Categorías, De la interpretación, Tópicos, Refutaciones sofísticas, Analíticos Primeros, Analíticos Segundos, Retórica, Poética, Física, Del cielo, Meteorológicos, De la generación y la corrupción, Investigación sobre los animales, De las partes de los animales, De la marcha de los animales, Del movimiento de los animales, De la reproducción de los animales, Tratados breves de historia natural, Del alma, Metafísica, Política, Ética Eudemia, Ética Nicomáquea,... a los que habría que añadir otros títulos dudosos o debatidos, como la Gran Ética, la Constitución de Atenas ,... y alguno más .185 186
No resulta fácil establecer una ordenación cronológica en los escritos187
aristotélicos. Numerosos estudiosos han propuesto diversos criterios, con los que, más o menos, se han datado las obras. Aunque subsiste la controversia entre los especialistas, a grandes rasgos es posible situar cada escrito en el conjunto de la producción del estagirita. Pero en una misma obra puede haber partes más antiguas y más modernas. Y una obra considerada posterior puede contener trechos más antiguos que otras partes de una obra anterior. Con todas estas salvedades, la lista que hemos dado, de las Categorías a la Ética Nicomáquea, se atiene a la cronología (.... más probable) .188
Encontramos una enumeración significativa en el Index Aristotelicus (Bonitz
189
1961): díkaios y similares (dikázein,... díke), pp. 196-197, y nómos y similares (nómikós, etc.), pp. 488-489.
Además, Aristóteles habría escrito, en la Academia de Platón, un texto Sobre la
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justicia, hoy perdido y que, según Düring, sería “un gran diálogo” (Düring 1990: 91). Viene siendo el proceder habitual en estudios como el nuestro. Al contrario,
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Hamburger en su libro Morals and Law recurre sistemáticamente a las tres éticas (Hamburger 1971),... porque pretende dar cuenta de la génesis y el desarrollo de los planteamientos del estagirita. Por nuestra parte, solo en alguna ocasión y de modo tangencial referiremos la Gran Ética y la Ética Eudemia.
En la Gran Ética se le dedica a la justicia un sucinto apartado: el capítulo 33, en
192
el libro I. Sobre la Gran Ética, o Magna Moralia, Vicol 1973: II, 3-363. Sobre la Ética Eudemia, Vicol 1973: I, 131-267.
193
En la Ética Eudemia se consagraba a la justicia el primero (el IV) de sus tres
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libros perdidos (IV, V, VI), que hoy se suplen, no sin controversia, por los temáticamente correspondientes (V, VI, VII) de la Étc.Nic., con lo que, salvo algunos detalles aparte, ambos tratados coinciden. Cfr. “La condición de los libros comunes” (Vicol 1973: I, 403- 525).
II.3.1 Textos
No todos los títulos de Aristóteles son relevantes para nuestra investigación: únicamente aquellos en los que el estagirita versa sobre la justicia y el derecho.
Para seleccionarlos, hemos barrido el corpus aristotelicum registrando las menciones, tematizaciones y sistematizaciones de uno y otro asunto . Si dejamos aparte189
las menciones, que aparecen en alguno más, nos quedamos con cuatro textos: Ret., Const.At., Pol. y Étc.Nic.,... a los que se podría añadir la Gran Ética y la Ética Eudemia .190
Si los descartamos , dejando aparte la controvertida fiabilidad de la Gran Ética , es191 192
porque lo que en ellos se dice sobre la justicia lo encontramos en los otros textos193
(literalmente, en el caso de la Ética Eudemia ).194
8b30-35, 10a30-35, 10b12-11a5, 14a1-3, 14a15-25.
195
17b23, 19b20-20a, 20a15-23, 20a33-20b, 23a26-35.
196
106a5, 106b30-35, 107a7, 108a7, 109a23-25, 109b1-2, 109b22, 114a29-b15,
197
116a16, 116a25-27, 116a33, 116b12, 116b38, 117a22, 117a35, 117b1, 117b11, 118a5, 118a19, 118a35-39, 120a30, 121b26, 123b17, 123b22, 123b33, 124a12-14, 127b22, 135b10, 136b16-17, 136b28-29, 140a7-9, 141a15-27, 143a15-19, 145b35-146a, 150a3-15, 150b36, 151b13-14, 151b31-33, 153b7-10, 157a35, 158a23, 160b21, 164b11. 171b22-24, 173a1-31, 180b20-181a. 198 43b22, 49a13-23, 69a25. 199 88a29, 94b5. 200
985b29, 990a24, 1015b19-26, 1023a5, 1061a22-28, 1078b22.
201
De ninguna manera queremos soslayar la importancia de este texto para el
202
derecho. A este respecto, hallamos muy interesante “Tópica e Dereito” (Segurado e Campos 2007: 189-210). Este autor se detiene, en especial, en los trabajos de Theodor Viehweg y de Puy Muñoz. Subraya que, en ambos casos y en general en las tópicas del siglo XX, la fuente no es propiamente Aristóteles sino Cicerón o, cuando efectivamente se trata del estagirita, lo son los tópicos de la Ret. y no los Tópicos. Cfr. Rodríguez-Lugo Baquero 2009.
Vid. Zanetti1993: 16-18.
203
(Categorías , De la interpretación , Tópicos , Refutaciones sofísticas195 196 197 198, Analíticos Primeros , Analíticos Segundos199 200) y en los libros de la Metafísica ; y, de modo201
ocasional, en algún texto más. No resultan significativas, ni útiles, para nuestro trabajo. Así, en los escritos lógicos, en general y en aquellos en que más sale (como en los Tópicos) , la justicia es mencionada, fundamentalmente, a título de ejemplo. 202
Para realizar la selección de los textos, partimos del término justicia, que en griego se nombra con tres vocablos , dos de los cuales designan también el derecho.203
1) dikaiosýne: la justicia-virtud: la virtud de la justicia, el hábito y cualidad personales que posee aquel que es justo.
2) díke: la justicia-aparato o justicia-institución: el aparato o la institución de la justicia: por antonomasia y en primera instancia, los tribunales que sientan lo que es justo e injusto... pero por extensión, y en última instancia, el ordenamiento jurídico.
O sea, el derecho. Vid., por ejemplo, Trude 1955: 159 (díkaion: Recht).
204
Mas, también, ocasionalmente los derechos: Pol. 1280b10-11, 1282b26-27,
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1282b29, 1283a30-31, 1287a12-14. Vid. “locutions for rights” (Miller 1995: 106). lo que es justo e injusto ... por excelencia, las leyes .204 205
A partir de estas tres justicias y sus ramificaciones (tribunal, ley, etc.) seleccionamos los cuatro textos (Ret., Const.At., Pol. y Étc.Nic.) y desmenuzamos, después, cada uno de ellos.
II.3.2 Ediciones
Los textos aristotélicos, fijados por obra de una ingente y continua labor filológica, contienen interpolaciones, lagunas, variantes, contradicciones, etc., que dificultan la interpretación e, incluso, la intelección. Las ediciones reputadas, aunque adopten o propongan soluciones, lejos de eliminarlos, incorporan estos escollos.
Y las traducciones añaden dificultades a la hora de entender e interpretar: no es fácil restituir con exactitud o, simplemente, sin inducir a error, el significado y el sentido de un vocablo o una expresión del griego clásico, perteneciente a un mundo desaparecido, en una lengua actual. Solo por el hecho de leer una palabra o una frase en nuestra lengua tendemos a referirla a nuestro mundo. Para entender e interpretar hay que actuar así, pero hay que hacerlo correctamente. Para lo cual, para traducir y trasladar bien, se hace necesaria una inmersión en la lengua y el mundo originarios. Por eso, aún cuando las traducciones sean buenas, hay que pasar por el texto griego.
De las varias ediciones existentes, emplearemos las siguientes, todas ellas bilingües griego-español:
1) Retórica, ed., trad., intr. y notas Antonio Tovar, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, Madrid, 4ª ed., 1990 [1953];
2) La constitución de Atenas, ed., trad., intr. y notas Antonio Tovar, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, Madrid, 3ª ed., 2000 [1948];
3) Política, trad. María Araújo y Julián Marías, intr. y notas Julián Marías, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, Madrid, 2ª ed., 2ª reimpresión, 1989 [1951];
Una defensa autorizada, y sumaria, de esta ordenación: vid. Ross 1981: 335-336.
206
Un examen del problema: vid. Pellegrin 1993: 3-34. Cfr., otra defensa del orden nuevo (I, II, III, VII, VIII, IV, V, VI), Simpson 1998: xvii-xx. Y su crítica: Salkever 2009: 235-236. Conforme a los criterios habituales, citaremos por el texto griego, referencia
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común de todas las ediciones, indicando: por una parte, en la Étc.Nic., la Pol. y la Ret., el libro en números romanos y el capítulo en números arábigos (por ejemplo, Pol., VIII/1) y, además, la página y línea (por ejemplo, 1337a14-1337a34); y, por otra parte, en la Const.At., el capítulo y el párrafo en números arábigos (por ejemplo, 52/3).
Marías, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, Madrid, 4ª ed., 1985 [1949]. En la Ret. y en la Const.At., Tovar es asimismo el editor del texto griego. En la Étc.Nic., el texto griego proviene sustancialmente de la edición de I. Bywater, que Araújo y Marías corrigen, introduciendo las mejoras posteriores realizadas por otros editores y estudiosos o según su propio criterio. En la Pol., toman el texto griego de la edición de W.L. Newman. Por nuestra parte, en cuanto a la ordenación de los ocho libros de la Pol., no seguiremos el criterio de Newman, adoptado por Araújo y Marías. A su entender, el orden —es decir, la mejor ordenación de los ocho libros— sería, conservando la numeración tradicional, el siguiente: I, II, III, VII, VIII, IV, V, VI. Aunque sin duda no faltan razones para adoptar ese criterio editorial, preferimos y seguiremos el orden habitual .206
Por nuestra parte, seguiremos los textos griegos y, al citar , ofreceremos, junto con207
el original, una traducción propia, apartándonos, si lo estimamos oportuno, de sus traducciones. No se trata, salvo algunos casos, de diferencias importantes o de grandes enmiendas, sino de cuestiones de matiz, significativas empero para nuestro trabajo.