V. RENDICIÓN DE LAS CUENTAS, TRANSPARENCIA Y CONTROL
V.2. TRANSPARENCIA
5.12. La información económica y financiera rendida por las entidades dependientes presenta una serie de defectos que deberían corregirse con el objeto de incrementar la transparencia sobre la actividad desarrollada por el sector instrumental.
A) Medio de presentación de las cuentas
5.13. En la actualidad, la rendición de las cuentas por parte de las entidades dependientes a la Intervención General y de esta al Consello de Contas se efectúa en papel o en formato PDF
mediante escaneo de las cuentas anuales. Las experiencias de otras administraciones, en todos los niveles (central, autonómico y local), ponen de relieve la posibilidad y oportunidad de implementar un sistema de rendición telemática. En este sentido, se está trabajando en la Comisión Mixta de Coordinación entre el Consello de Contas y la Intervención General con el objetivo de avanzar en esta línea. En las cuentas del año 2017 y 2018 se realizaron los primeros avances al haber remitido la información contable normalizada de todos los entes dependientes que están integrados en el sistema contable de la Xunta de Galicia (XUMCO). Además de la información relativa a las entidades integradas en el sistema Xumco, se remitió también información estructurada (Excel) relativa a todas las entidades incluidas en el perímetro de consolidación del Sector Público Autonómico, lo que entre organismos autónomos, agencias, consorcios, fundaciones, sociedades y otras entidades alcanzaron un total de 78 entidades de las que se remitió información en esta forma.4
B) Plan de contabilidad aplicado
5.14. Las entidades del sector público autonómico elaboran sus cuentas siguiendo planes contables distintos: el Plan general de contabilidad pública de Galicia (en adelante PGCPG), el Plan general de contabilidad de la empresa (o de las PYMES en su caso) y la adaptación del Plan general de contabilidad a las entidades sin ánimo de lucro y las circulares emitidas por la CNMV para las entidades de capital riesgo.
5.15. El régimen contable aplicado por cada tipo de entidad varía en función de su forma jurídica:
Los organismos autónomos, las agencias y los consorcios aplican el Plan general de contabilidad pública de Galicia. También aplican este plan Augas de Galicia y Portos de Galicia aunque con algún criterio tomado del plan privado.
Las sociedades públicas forman sus cuentas de acuerdo con los principios contables y normas de valoración del Plan general de contabilidad de la empresa.
Las fundaciones públicas, en general, aplican el Real decreto 1491/2011, de 24 de octubre, por lo que se aprueban las normas de adaptación del Plan general de contabilidad a las entidades sin fines lucrativos y el modelo de plan de actuación de las entidades sin fines lucrativos.
Las entidades de capital riesgo siguen las circulares emitidas por la CNMV .
5.16. La aplicación de planes distintos (públicos y privados, generales o sectoriales, normales o abreviados), aunque viene obligada o está permitida por la normativa no contribuye a ofrecer la mejor información económica sobre la actividad desarrollada por distintos motivos:
En primer lugar, el hecho de que la forma jurídica de muchas entidades como sociedades mercantiles no se ajuste a su verdadera naturaleza económica (administrativa y no empresarial) provoca que la aplicación del plan empresarial privado no sea la más adecuada para ofrecer la imagen fiel del patrimonio y de los resultados de la sociedad.
En segundo lugar, la pertenencia de las fundaciones y sociedades mercantiles al sector público exigiría que aportaran información adicional a la que prevé la normativa privada y que en la actualidad no recogen en sus cuentas.
En tercer lugar, los criterios de valoración y de registro contable difieren entre entidades, lo que afecta a la comparabilidad y dificulta la hasta ahora limitada consolidación contable.
C) Mecanismos de publicidad y difusión.
5.17. La Intervención General publica en su portal web la Cuenta General desde el año 2014. Por otra parte, con carácter general, las entidades dependientes publican en internet sus cuentas. En todo caso, la manera de publicar las cuentas mediante su escaneo y publicación en formato pdf impide cualquier sistema ágil de busca y consulta.
D) Actualización del marco contable
5.18. El PGCPG fue aprobado en 2001 y está inspirado en el Plan general de contabilidad pública de 1994 y en el Plan privado del año 1990. Estas dos normas que sirvieron de base al plan gallego están en la actualidad derogadas y fueron sustituidas por planes nuevos inspirados en los pronunciamientos de organismos internacionales en materia de contabilidad. La convivencia del plan público gallego que contiene normas y criterios contables muy diferentes con el nuevo plan privado aplicado por las sociedades y fundaciones públicas afecta a la homogeneidad de la información, a su comparabilidad y dificulta los trabajos de consolidación de cuentas. Además, el hecho de que en la Administración central y en algunas comunidades autónomas se estén aplicando planes actualizados también dificulta la comparación y ponen de relieve la necesidad de actualizar el marco contable de la Administración gallega.
E) Falta de instrucciones y guías contables
5.19. No existen instrucciones o guías contables que desarrollen el marco normativo aplicable a las entidades dependientes. Un marco normativo heterogéneo como el descrito (diferentes planes, distintos medios de rendición, diversos tamaños, ...) exigiría la elaboración de instrucciones contables por la Intervención General que clarificaran el régimen aplicable a cada entidad, realizaran las adaptaciones de los planes a las entidades cuando sea necesario, normalizaran los formatos de rendición y, sobre todo, detallaran el contenido de las memorias.
F) Defectos en las memorias elaboradas
5.20. La memoria se configura como un elemento básico para mejorar la transparencia de las cuentas públicas, ya que le corresponde completar, comentar, ampliar y explicar el resto de estados contables, pero el análisis de las memorias rendidas ponen de manifiesto importantes deficiencias. 5.21. Las memorias de las entidades sometidas al PGCPG, con carácter general, no ofrecen información sobre todos los apartados contemplados en la norma o la información ofrecida es vaga y general. El hecho de que el PGCPG únicamente enuncie los apartados sobre los que se debe aportar información pero no regule su contenido ni el formato de la información provoca la heterogeneidad de los documentos elaborados y contribuye a sus carencias. Con todo, es preciso poner de manifiesto que en los últimos ejercicios se observa una notable mejora en la calidad de las memorias elaboradas por las agencias públicas, no así por los organismos autónomos cuyas memorias no cumplen su función explicativa y carecen de valor informativo.
5.22. Por su parte, las fundaciones y sociedades mercantiles elaboran la memoria según los modelos y contenido legal fijados en los planes privados. El problema, en este caso, radica en que la normativa privada es insuficiente para informar sobre muchos extremos que resultan necesarios teniendo en cuenta la pertenencia de estas entidades al sector público. Estas lagunas deberían ser cubiertas por una orden de la Consellería de Facenda en la que se regulara el contenido de esta obligación de aportar documentación adicional económico-financiera y los formatos de presentación.
G) Falta de consolidación
5.23. Las cuentas de la Administración general de la CAG y de las entidades dependientes se presentan de forma individual sin que, prácticamente, se ofrezca información consolidada. En la actualidad, se produjeron algunos avances y la Cuenta General ofrece algunas variables y estados consolidados de la Administración general, los organismos autónomos y agencias. Con todo, no existe consolidación de los datos de las entidades públicas empresariales, sociedades, consorcios y fundaciones que se presentan exclusivamente de forma individual sin que se ofrezca en ningún documento una visión global sobre la situación y evolución de este sector.
H) Falta de información sobre aspectos económicos y de gestión básicos
5.24. Con carácter general, la documentación rendida por las entidades dependientes no incluye información sobre los siguientes aspectos considerados esenciales para cumplir con la obligación de dar cuenta de la gestión realizada.
presupuestarias. Las fundaciones y sociedades públicas, a pesar de su obligación de elaborar presupuestos de explotación y de capital, no ofrecen información sobre la ejecución de éstos en sus cuentas anuales.
5.26. Información sobre el cumplimiento de la legislación de contratos del sector público. Las entidades sometidas al PGCPG están obligadas a ofrecer información sobre la contratación administrativa del ejercicio, pero algunas entidades no ofrecen esta información y en las que se incluye este apartado, ofrecen información heterogénea que difiere en contenido y alcance. Por otra parte, las fundaciones y sociedades mercantiles no ofrecen ninguna información sobre esta cuestión a pesar de su consideración como poder adjudicadores a efectos del TRLCSP.
5.27. Información relativa al personal. La información ofrecida sobre este apartado por las entidades dependientes también es escasa o inexistente y no es homogénea para aquellos entes que ofrecen datos. La información debería contener la distribución y retribuciones por categorías, la distribución por tipo de contrato y nivel profesional y una explicación sobre la variación de la masa salarial y del número de efectivos en el ejercicio.
5.28. Información sobre el grado de ejecución de contratos-programa y encomiendas de gestión. La información rendida no contiene información sobre estos extremos. En la medida en que va en aumento el modelo de agencias en las que el contrato de gestión ocupa un papel esencial y, teniendo en cuenta que las encomiendas de gestión son una figura jurídica cada vez más empleada en las relaciones entre la Administración general y las entidades dependientes, se hace necesaria la elaboración de información específica sobre estos aspectos.
5.29. Información sobre el coste de actividades e indicadores de gestión. La LOFAXGA regula, en el artículo 88, la transparencia en la gestión de las Agencias y establece la obligación de publicar en sus sedes electrónicas información actualizada, entre otras, sobre los siguientes aspectos de gestión:
a) Contrato de gestión. b) Plan de acción anual. c) Informe de actividad.
d) Cuentas anuales e informe de auditoría.
5.30. El siguiente cuadro presenta, para cada una de las agencias, la información que publican en sus páginas web.
Cuadro 14. Análisis de la información a publicar en la sede electrónica
AGENCIA Contrato de gestión Plan de acción anual Informe de actividad
Cuentas anuales e informe de auditoría AGADIC NO NO NO NO AXI NO5 NO NO NO AMTEGA SÍ SÍ SÍ SÍ GAIN NO NO NO SÍ ATRIGA NO NO SÍ SÍ ATURGA NO NO NO SÍ CIXTEG NO NO SÍ SÍ IGAPE NO NO NO NO INEGA NO NO SÍ SÍ INGACAL NO NO NO NO INTECMAR NO NO NO SÍ AXEGA NO NO NO NO AGADER NO SÍ NO NO AGASS NO NO NO NO ADOS NO NO NO SÍ ACIS SÍ SÍ SÍ SÍ XERA NO NO NO SÍ
Fuente: Elaboración propia a partir de la información publicada en las sedes electrónicas a fecha de la elaboración del informe
5.31. Información sobre déficit y deuda pública. Las entidades dependientes no ofrecen ninguna información sobre estos extremos. En la Cuenta General se incluye información resumida sobre las entidades que consolidan, su déficit y su deuda con la Administración general y sobre el cálculo de la necesidad o capacidad de financiación. La Intervención General debería completar esta información indicando de forma individualizada el déficit/superávit y la deuda en términos SEC de cada entidad.
5.32. Compromisos de gastos futuros, litigios, riesgos e incertidumbres. Las entidades sometidas al PGCPG informan de los compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros. No sucede lo mismo en el resto de entidades. La información sobre los gastos con repercusión presupuestaria en el futuro y sobre todos aquellos hechos que puedan afectar de manera significativa a los próximos ejercicios deberían ser específicamente mencionados en la memoria para poder comprobar el cumplimiento del principio de sostenibilidad financiera entendido como la capacidad de asumir compromisos que puedan ser atendidos en el futuro.
5.33. Información sobre las operaciones con la Administración general y con las restantes entidades dependientes. Tampoco esta información es accesible, en todos los casos, mediante consulta de las cuentas anuales de las entidades. Además, en las entidades en las que se incluye esta información los criterios de elaboración difieren considerablemente. Un apartado de la memoria en el que se indicaran los ingresos y gastos, así como los activos y pasivos existente vinculados a la Administración general y a las restantes entidades dependientes permitiría identificar las operaciones internas y se configura como condición necesaria para consolidar las cuentas.
5.34. Informes de gestión y memorias de actividad. La mayor parte de las sociedades mercantiles (obligadas por la legislación mercantil) y algunos entes públicos aportan a las cuentas anuales un informe de gestión. Valorando positivamente este hecho, es necesario señalar que casi ningún informe aporta información sobre los riesgos e incertidumbres a los que se enfrenta la entidad, ni sobre sus políticas de inversión, ni referencian hechos significativos sobre la evolución de la actividad. Aunque no forman parte de las cuentas anuales, las memorias de actividad y los informes de gestión deberían aportarse a éstas o darle difusión y publicidad a estos documentos que sirven para conocer, desde la perspectiva de gestión, las actividades desarrolladas por las entidades en el ejercicio.
5.35. Plazos de pago. Las sociedades mercantiles están obligadas a proporcionar información sobre el cumplimiento de la normativa sobre morosidad. Esta obligación debería extenderse a todas las entidades públicas ya que solo un pequeño porcentaje de organismos aportan esta documentación.