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Transparencia y confianza en las instituciones

La confianza es el principal activo de la economía y, también, de la democracia. Por ello, resulta imprescindible recuperar la confianza de los ciudadanos en la democracia y las instituciones. En este sentido, se está trabajando y se sigue avanzando en medidas de regeneración democrática, fortalecimiento de las instituciones y lucha contra la corrupción.

Estas medidas abordan la corrupción y la falta de transparencia desde dos ángulos. Primero, con medidas preventivas que eviten estas conductas y, en segundo lugar, con iniciativas que cierren espacios a la impunidad, que detecten mejor los delitos y que castiguen con mayor dureza a los culpables.

Muchas de las actuaciones están ya culminadas, como la reforma de la Ley de Financiación de Partidos Políticos45 y la modificación del Código Penal en materia de transparencia y lucha contra el fraude fiscal y en la Seguridad Social46, ambas aprobadas en 2012.

Más recientemente, el 9 de diciembre de 2013 se ha aprobado la Ley 19/2013, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (AGS 5.2.14), cuya finalidad es ampliar y reforzar la transparencia de la actividad pública, regular y garantizar el derecho de acceso a la información relativa a aquella actividad y establecer las obligaciones de buen gobierno que deben cumplir los responsables públicos así como las consecuencias derivadas de su incumplimiento. Para la consecución de estos objetivos, la Ley:

45Ley Orgánica 5/2012, de 22 de octubre, de reforma de la Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los partidos políticos.

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Ley Orgánica 7/2012, de 27 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal en materia de transparencia y lucha contra el fraude fiscal y en la Seguridad Social

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 Incrementa y refuerza la transparencia en la actividad pública, a través de obligaciones de publicidad activa para todas las Administraciones y entidades públicas.

 Reconoce y garantiza el acceso a la información, regulado como un derecho de amplio ámbito subjetivo y objetivo.

 Establece las obligaciones de buen gobierno que deben cumplir los responsables públicos así como un régimen sancionador estricto para su cumplimiento.

 En materia de impugnaciones se ha añadido al procedimiento administrativo ordinario una reclamación potestativa y previa a la vía contenciosa ante el Consejo de la Transparencia.

 Se pondrá en marcha el Portal de la Transparencia, como un instrumento de canalización amplia de información entre la AGE y los ciudadanos.

Junto con la Ley de Transparencia, el Gobierno ha aprobado el 21 de febrero de 2014 la remisión a las Cortes Generales de dos Proyectos de Ley que conforman los dos pilares del Plan de Regeneración Democrática en el ámbito del control y la prevención: el Proyecto de Ley de Orgánica de control de la actividad económica- financiera de los Partidos Políticos y el Proyecto de Ley reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado. Ambas estarán aprobadas en el segundo semestre de 2014.

El Proyecto de Ley Orgánica de control de la actividad económica-financiera de los Partidos Políticos reformará tres leyes orgánicas (Financiación de Partidos, Partidos y Tribunal de Cuentas) para aumentar el control, la fiscalización, la transparencia y las obligaciones de los partidos políticos. Entre las principales medidas que contiene cabe destacar la prohibición de donaciones a los partidos políticos procedentes de personas jurídicas y de entes sin personalidad jurídica, y las condonaciones de deuda a los partidos políticos por entidades de crédito (AGS 5.2.15).

En cuanto al Proyecto de Ley reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado (AGS 5.2.16), destacar que cubre un cierto vacío legal, ya que España no cuenta con un estatuto del cargo público. Este texto crea también más obligaciones, más control, más fiscalización y más transparencia para los altos cargos. Además regula la figura del responsable de la gestión económica- financiera de los partidos, que deberá comparecer ante el Parlamento una vez emitido el correspondiente Informe por parte del Tribunal de Cuentas.

Las principales medidas que recoge son:

 Exigencia de requisitos de idoneidad para ser nombrado alto cargo, entre ellos la ausencia de antecedentes penales relativos a determinados delitos, como por ejemplo el terrorismo.

 Exigencia de una declaración responsable para ser nombrado alto cargo.

 Regulación del régimen retributivo, protección social y compensación tras el cese de los altos cargos. Mayor control sobre los gastos de representación. Además, al final del mandato se efectuará un control de la situación patrimonial del alto cargo con el objetivo de identificar posibles enriquecimientos injustificados.

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 Creación de un sistema de alerta temprana de conflicto de intereses y refuerzo de la Oficina de Conflictos de Intereses.

En materia de Seguridad Social, durante 2014 se aprobará la normativa reglamentaria de desarrollo del derecho de información del sistema de pensiones, posibilitando que los ciudadanos reciban anualmente información clave sobre su futura pensión de jubilación. El mismo derecho se desarrollará para los ciudadanos con instrumentos privados de previsión social complementaria. El objetivo es incrementar y mejorar la transparencia de la información a los ciudadanos sobre sus derechos y obligaciones en materia de Seguridad Social, proporcionándoles elementos para que puedan adoptar con antelación suficiente decisiones sobre su futuro económico (AGS 5.2.17).