REVICTIMIZACIÓN DURANTE EL DESARROLLO DEL PROCESO PENAL.
4.2. PROPUESTA PARA LA CREACIÓN DE UNA INSTITUCIÓN DE ASISTENCIA INTEGRAL A LAS
4.2.3. TRATAMIENTO ESPECIAL PARA VÍCTIMAS MENORES DE EDAD.
Respecto a las víctimas menores de edad, se debe tomar en cuenta que los impactos del delito de violación son más profundos, siendo así que resulte necesario el adoptar determinadas actitudes.
_ La declaración informativa debe ser tomada en compañía de un familiar de la víctima o un psicólogo.
_ Al momento en que se presente la denuncia y el menor de edad cuente lo sucedido, se debe creer su versión de los hechos, dándole confianza, hasta el momento en que se demuestre objetivamente una posible mentira.
_ Hacerle sentir orgulloso por haber denunciado el hecho, darle la convicción de que fue muy valiente al contar lo que le sucedió.
_ Para nada se le puede responsabilizar por lo sucedido, todo lo contrario, debe dársele la convicción de que el no fue el culpable.
_ Asegurarle de que no volver a suceder lo que le ocurrió gracias a la valentía que tuvo de contarlo.
_ Darle el apoyo suficiente para demostrarle que no se encuentra solo y de que saldrá adelante.
4.2.4. VISIÓN.
A largo plazo se debe buscar la creación de Centros de Asistencia a Víctimas de Delitos Contra la Libertad Sexual, siendo así que dichos centros puedan apoyar a todo tipo de víctimas, cumpliendo una labor similar a la del Centro de Atención Terapéutica (CAT), pero fortaleciendo y ampliando el área de atención.
CONCLUSIONES.
_ Las víctimas del delito de violación sufren maltrato por parte de las instituciones encargadas de administrar justicia durante el desarrollo del Proceso Penal.
_ El tratamiento al delito de violación sexual por parte de entidades públicas no toma en cuenta a todo tipo de víctimas, o en todo caso la atención es restringida.
_ La asistencia que ofrecen las entidades privadas a la víctima de violación sexual es completa, pero no tiene los mismos alcances que una institución pública.
_ Existen grandes deficiencias respecto a la socialización de normas y medios para reducir la revictimización respecto al delito de violación sexual causando que no se cumplan o apliquen respectivamente.
_ La pericia psicológica no es muy utilizada como medio de prueba durante la etapa del Juicio Oral, presentándose el riesgo de no existir lesiones físicas que demuestren la comisión del delito de violación.
_ La acción civil para lograr la reparación de los daños y perjuicios conlleva un mayor sufrimiento respecto a la víctima, deberá esperar a que se de la sentencia ejecutoriada, probar que el condenado causó el daño, cuantificar y cualificar dicho daño.
RECOMENDACIONES.
_ Debería procurarse buscar mayor financiamiento a aquellas entidades públicas y privadas que atienden a víctimas de violación sexual.
_ Resulta necesaria una mayor coordinación entre instituciones públicas y privadas que atienden a víctimas de violación sexual para lograr una labor más eficiente.
_ Se debería ampliar el área de atención de instituciones públicas a víctimas mayores de edad y atender a la vez a víctimas que surjan de todo tipo de contextos, no solo el familiar.
_ Resulta necesario analizarse la posibilidad de modificar el Nuevo Código de Procedimiento Penal respecto a la reparación de daños y perjuicios, buscando que la víctima no deba esperar la sentencia ejecutoriada ni probar el daño causado.
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