• No se han encontrado resultados

Una ecuación con dos variables: Ingresos y Gastos

CAPÍTULO I: PARTICULARIDADES DEL TRIBUTO IMPUESTO

3. EL “TRIBUTO – IMPUESTO” COMO MOTOR DE CRECIMIENTO ECONÓMICO

3.2 Una ecuación con dos variables: Ingresos y Gastos

Para comprender la naturaleza e importancia antes señalada del “tributo–impuesto”, es forzoso procurar su ubicación conceptual dentro del marco económico del Estado. Para ello, es preciso en tal medida, delimitar de manera genérica el sitio que ocupa el este gravamen dentro de los ingresos disponibles para la Nación.

62 Restrepo, Juan Camilo, Hacienda Pública, Ob. cit., p.140.

63 Barreix, Alberto, La equidad fiscal en los países andinos, Comunidad Andina, Secretaría General, 2006, p. p. 13 -

14.

64 Clavijo, Sergio, Impuestos, gasto público y ´fiscalizadores creíbles: breve historia de las comisiones de finanzas

30

Así las cosas, es importante destacar que el Estado requiere para su funcionamiento un insumo que le permita impulsar el desarrollo de cada uno de sus propósitos que se conoce contablemente como ingreso, el cual normalmente suministra robustez financiera a la Nación mediante el registro de rublos establecidos legalmente como: ingresos corrientes, recursos de capital, recursos de establecimientos públicos; rentas parafiscales, fondos especiales y recaudos no clasificados65. La primera de las entradas financieras denominada como “ingresos corrientes” y da cuenta de las contribuciones apremiantes que realizan los ciudadanos por conceptos de “impuestos, tasas y multas”. Por otra parte, los recursos de capital, especifican los préstamos hechos país, así como las resultas del aprovechamiento de sus bienes y activos. Otro ingreso, es generado por los establecimientos públicos a través de las retribuciones que estas instituciones generan, en razón a la venta de bienes y servicios.

Existen también, las rentas parafiscales que por su parte, dan cuenta de los aportes que realizan los maestros como aporte a su seguridad social. Bajo ese enfoque aparecen también, los fondos especiales, como el cobro estatal hecho al ciudadano por la prestación de algún servicio y en tal sentido, en ese rublo se registra los “fondos destinados a un gasto específico”. Finalmente, se halla como parte de los ingresos, los conocidos como: recaudos no clasificados, los cuales refieren aquellos valores que “ingresaron a cuentas bancarias” pendientes por identificar.

Como puede verse en el campo operativo de la estructura contable del Estado, se encuentran contenidos dentro del primer agregado de la Nación, los ingresos tributarios, los cuales se encuentran comprendidos por el recaudo de los impuestos sobre la Renta y Complementarios, sobre el valor agregado (I.V.A.), gravamen a los movimientos financieros, a la gasolina; al patrimonio, al oro, al platino; al turismo y otros que pueden escaparse en este momento. En el mismo registro de recursos corrientes, han de destacarse también los ingresos no tributarios, como tasas, contribuciones y multas66.

De esa forma, el gravamen evidencia su establecimiento como parte relevante del ingreso fiscal, a través de la entrada al sistema financiero público, bajo la variedad de impuestos directos como la Renta, el cual recae sobre la riqueza de los particulares ateniéndose a su capacidad de pago y en el mismo marco, subyacen los indirectos, que gravan el consumo67. Es ese reflejo minucioso de los

recursos disponibles (ingreso público).

En ese orden de ideas, el “tributo-impuesto” representa una célula significativa del Producto Interno Bruto del País (PIB) 68, explicado como un agregado adicional a la sumatoria de bienes y servicios que reflejan la producción obtenida durante un período determinado.

65 Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Dirección General de Presupuesto Público Nacional, Manual de

Clasificación Económica del Presupuesto, Bogotá, 2008: disponible en http://www.minhacienda.gov.co/portal/page/portal/HomeMinhacienda/presupuestogeneraldelanacion/Publicaciones Ppto/Manuales/MANUAL%20CLASIFICACION%20ECONOMICA.pdf

66Recursos del Presupuesto General de la Nación, Tabla y definiciones en

http://www.minhacienda.gov.co/portal/page/portal/HomeMinhacienda/siif/Capacitacion/Definici%F3n%20Recursos %20del%20PGN.pdf.

67 Ramírez Plazas, Jaime, Economía Colombiana, marco teórico, Librería Ediciones del Profesional, Bogotá, 2013, p.

128.

31

De ese modo, esta constante esta expresada en los movimientos económicos de oferta y demanda del mercado laboral, así como los índices de la actividad industrial, comercial y agraria; para dar cuenta así de las necesidades y las soluciones a las demandas de los diferentes sectores sociales. Por esa razón, uno de los deberes del Gobierno Nacional, está dirigido a evitar distorsiones que afecten los ingresos tributarios, estableciendo procedimientos que permitan la estabilización de la economía, el fenecimiento de la evasión y la elusión de los impuestos y demás gestiones que permitan estimular sectores de la economía que atraigan a otros mediante encadenamientos productivos.

El otro componente, el denominado Gasto Público ha sido tratado de manera general como: “las erogaciones que realiza el Estado para cumplir sus fines”, el cual previene la determinación de sus partidas mediante una ley orgánica a la luz del artículo 350 Constitucional, como presupuesto dirigido a satisfacer completamente las necesidades colectivas.

Por ser una “responsabilidad directa e inmediata”, hace ineludible la aplicación de los principios constitucionales en la realización de estas asignaciones presupuestales, todo para que la gestión adelantada alcance una máxima productividad, con la fijación de metas y programas que cuenten con enfoques a largo plazo69.

Como dijo la sentencia C-258 de 201370, al estudiar lo señalado en los artículos 350 y 366 de la Constitución, el gasto público requiere para su establecimiento prevalencia sobre cualquier asignación diferente, a menos que ésta se origine en asuntos referentes a guerra exterior o seguridad nacional.

En consecuencia, surge para la Administración el deber de recurrir a la verificación de los ciudadanos con “necesidades básicas insatisfechas” y de acuerdo a ello, lograr que el presupuesto de inversión no disminuya, “con relación al año anterior respecto del gasto total de la correspondiente ley de apropiaciones”. Es decir que, los gastos no deben ser superiores a los ingresos.

Consonante al contenido jurisprudencial precedente, el artículo 41 del Decreto 111 de 1996, especifica el gasto público como el mecanismo que propone y ejecuta el Gobierno Nacional para cimentar las bases del progreso, el aumento de bienestar general y la resolución de necesidades básicas insatisfechas como: salud, educación, saneamiento ambiental, agua potable y vivienda, sumando erogaciones de funcionamiento como: inversión, aumento de los ingresos familiares que permitan el ascenso social.

Devienen por otra parte, los gastos de funcionamiento de los que se sirve la Administración para desempeñar a cabalidad las funciones que le competen. Entre estos se encuentran las erogaciones generales de personal, de transferencias y de operación, así como los gastos al servicio de la deuda estatal. Así mismo, se encuentran los gastos en inversión, los cuales están destinados en mayor

69 Plazas Vega, Derecho de la hacienda pública y derecho tributario, las ideas políticas de la hacienda pública, Editorial

Temis S. A, Bogotá. 2000, p.289.

32

parte, al “aumento del patrimonio público como obras de infraestructura, social o público social, agua potable, acueducto y alcantarillado”.

Por último, están los gastos de inversión por medio de los cuales el Estado se compromete a “intervenir en la economía mediante el plan de desarrollo como su orientación ideológica”. Tales erogaciones están destinadas al “aumento del patrimonio público como obras de infraestructura, gastos en inversión social o publico social, agua potable, acueducto y alcantarillado”71.