dora) se entiende la persona física o jurídica a la que otra debe dinero. Si una persona presta dinero a otro, se convierte en acreedor de la misma. AFILIACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL: Afiliarse a la Seguridad So- cial es inscribirse. Para poder traba- jar en España es necesario estar afi- liado, de forma que ante una necesi- dad (operación quirúrgica) se tengan cubiertos los gastos. Además, todo trabajador y empresario debe cotizar a la Seguridad Social, esto es, debe pagar una determinada cantidad de dinero en función del salario y traba- jo que desempeña. Para que la Se- guridad Social sepa quién paga, se hace imprescindible estar afiliado, ya que se dispone de un número de afi- liación (que es una especie de DNI, pero aplicado a la Seguridad Social).
ALTAS EN LA SEGURIDAD SOCIAL: Las personas que están dadas de alta en la Seguridad Social significa que están trabajando y cotizando por lo que les corresponde. Así, cuando una persona comienza a trabajar debe darse de alta en la Seguridad Social. BAJAS EN LA SEGURIDAD SO- CIAL: Cuando una persona no tra- baja o deja de trabajar, deja de coti- zar a la Seguridad Social, luego debe darse de baja, puesto que ya no po- see ingresos para poder hacer frente a las cotizaciones.
BASE IMPONIBLE: Es la cantidad sobre la cual se debe hacer frente al pago del mismo. Así, si hay que pa- gar el 15% de una determinada can- tidad en concepto de impuestos, esa cantidad es la base imponible.
BIEN DE PRIMERA NECESIDAD: Un bien de primera necesidad es aquel que se considera imprescindible para poder vivir. Alimentos como el pan, la leche, la fruta, etc., son bienes de primera necesidad.
CONTINGENCIAS: Una contingen- cia es algo que puede o no ocurrir. Se cotiza a la Seguridad Social para prever esta situación, de forma que si alguien se pone enfermo, hay una contingencia. Al haber cotizado, la Se- guridad Social cubrirá los gastos de la enfermedad.
COTIZAR: Es efectuar el pago que corresponda a la Seguridad Social; este pago depende de los ingresos y del trabajo de que se trate. A la Se- guridad Social deben cotizar tanto los empresarios como los trabajadores. DEUDOR: Por deudor (o deudora) se entiende la persona física o jurídica que debe dinero a otra. Si un señor presta dinero a otro, el segundo se convierte en deudor del primero. DEVENGO: El devengo del impues- to es el período de tiempo por el que hay que pagar ese impuesto. Así, el devengo del IRPF es el año natural,
es decir, hay que pagar por los ingre- sos obtenidos a lo largo de todo el año.
ESTABULADA: La ganadería estabulada es aquella que se encuen- tra en establos.
FINCAS RÚSTICAS: Una finca rústi- ca es una propiedad en el campo, a diferencia de una finca urbana, que es una propiedad en una ciudad o pueblo (un piso o una casa es una finca urbana).
HECHO IMPONIBLE: El hecho imponible de un impuesto es el moti- vo por el que se debe hacer frente a ese impuesto. Así, por el hecho de tener ingresos hay que pagar el IRPF, luego la obtención de ingresos será el hecho imponible del IRPF.
IMPORTE NETO: El importe neto de la cifra de negocios se determinará según lo previsto en el artículo 191 de la Ley de Sociedades Anónimas y se tendrá en cuenta para su cálculo el conjunto de actividades económi- cas ejercidas por la empresa.
INGRESOS PÚBLICOS: Los ingresos públicos son los que recibe el Gobier-
no. Como sabes, para mantener los hospitales, universidades, hacer ca- rreteras, etc., es necesario ingresar dinero para poder afrontar estos gas- tos. Así, el sistema español ingresa cantidades de dinero procedentes de la sociedad (personas y empresas) con las que financia todos los elemen- tos que luego serán usados por los mismos agentes que han aportado su parte. A estos ingresos procedentes de la sociedad se les llama ingresos públicos.
PARTIDA: Una partida es cada uno de los elementos o componentes de un impuesto. Así, el tener hijos es una partida que permite deducir una de- terminada cantidad en el pago del IRPF.
PATRIMONIO: El patrimonio de una persona física o jurídica es el conjun- to de bienes, derechos y obligacio- nes que posee en un momento de- terminado. Así, una empresa tendrá un coche y un local (estos son bie- nes), tendrá una deuda pendiente de cobrar (esto es un derecho, puesto que la empresa tiene derecho a co- brar dicho dinero) y tendrá la obliga- ción de pagar al banco una determi- nada cantidad de dinero. La suma de
los bienes y los derechos (o sea, de su valor monetario) menos las obli- gaciones de la empresa, constituye su patrimonio.
SUJETO PASIVO: El sujeto pasivo de un impuesto es la persona física o ju- rídica que está obligada a hacer frente al pago del impuesto.
TIPO IMPOSITIVO: El tipo impositi- vo es el porcentaje que se aplica a la base imponible a la hora de calcular el importe a pagar. Así, si hay que pagar el 15% de una determinada cantidad en concepto de impuestos, ese 15% a pagar es el tipo impositi- vo.
TRASHUMANTE: El ganado que cambia de lugar en invierno y en ve- rano (es decir, que se desplaza se- gún la época del año) es conocido con el nombre de ganado trashumante. VARIACIONES EN LA SEGURIDAD SOCIAL: Cuando a una persona la ascienden en su empleo es posible que ingrese más dinero y por tanto, deba cotizar más; por tanto, esto im- plica que debe comunicar esa varia- ción en su situación a la Seguridad Social.
E
1.¿Cuáles son las actividades no sujetas al IAE? 2.Completa el siguiente esquema:
3.¿Cómo se calcula el rendimiento neto de las actividades empresariales y profesionales del IRPF?