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VALIDACIÓN Y/O EVALUACIÓN DE LOS RESULTADOS DE SU

3.1.- Procedimiento de la Aplicación de los Resultados de la Investigación.

La validación de la propuesta se respalda en la opinión de los profesionales del derecho, ciudadanos de Babahoyo, Jueces, Abogados en libre ejercicio, Ciudadanos de Babahoyo que de acuerdo a las interrogantes planteadas, indicaron que la tratativa es de trascendental importancia.

Para poder evidenciar el potencial de la propuesta de reforma de ley al Art. 188 del Código de Procedimiento Penal, que pretende mejorar la situación del proceso jurídico se lo presenta al experto Abogado Muniber Obaco Jumbo17, en el tema para que proceda con el respectivo análisis y validación, antes de ser presentada a la Asamblea Nacional como proyecto de reforma de Ley.

Para la validación se elaboraron las siguientes preguntas.

1.-¿Para usted que es la Caución en materia Penal?

La caución en materia penal es una garantía, que rinde el procesado o acusado para que se suspenda los efectos del auto de prisión preventiva dictados en su contra, siempre y cuando que la caución sea satisfactoria al Juez.

2.- ¿En qué casos considera usted que se puede fijar una caución?

En todos los delitos sancionados con la pena de prisión. Esto es que el delito cometido tenga una pena de hasta 5 años de prisión.

61 17- Ab Muniber Obaco Jumbo.”

3.- ¿Cuándo el procesado o acusado tiene derecho a reclamar el valor depositado en condición de caución?

El procesado o acusado tiene derecho a solicitar la devolución del valor de la caución, cuando la Jueza o Juez dictan la resolución de sobreseimiento y/o sentencia absolutoria

4.- ¿Cuál es la finalidad de la caución?

La finalidad de la caución, es que con dicha garantía se suspenda el auto de prisión preventiva dictado en su contra.

5.- ¿En qué casos no se admite la caución en materia penal?

La caución se admite en todos los delitos sancionados con una pena de prisión de hasta 5 años, excepto en los delitos intrafamiliares.

6.- ¿En qué momento se discute sobre el monto de la caución?

La caución se discute ante la Jueza o Juez que sustancia la causa, mediante audiencia oral pública y contradictoria.

3.2.- Análisis de los resultados finales de la Investigación.

Luego de haber realizado la información correspondiente, esto es los resultados de las encuestas realizadas se tiene que existe congruencia entre la propuesta realizada, ya que se concretan los objetivos planteados, dándose solución al problema.

Se da solución al problema planteado ya que al establecerse la presente reforma, se evita de algún modo que se ocasionen perjuicios a la sociedad ya que al momento de haber sido sobreseído o absuelto el procesado tendrá derecho a su inmediata devolución de la caución en la misma resolución o sentencia, que es lo que generalmente ocasiona inconvenientes porque en la actualidad no es devuelta en el mismo instante.

62 3.3. CONCLUSIONES PARCIALES.

Al realizarse el análisis de los resultados alcanzados, se deduce que la propuesta es viable, ya que soluciona el problema planteado, al crearse una norma que determine la devolución de la caución en una misma resolución o sentencia al procesado.

63 CONCLUSIONES GENERALES.

 Queda reconocido que el Derecho a la presunción de inocencia, como el derecho a un juicio previo, son límites normativos preestablecidos en el ordenamiento jurídico ecuatoriano, que garantizan el estado de libertad del procesado durante el proceso penal, ya que es más fácil defenderse en libertad que recluido.

 Una vez analizadas las encuestas que se realizaron a los distintos profesionales del derecho, jueces y fiscales se puede concluir que la gran mayoría apoyaría una eventual reforma al Código de Procedimiento Penal, por cuanto existen vacíos que no permiten la correcta aplicación de la normativa.

 Se exige un verdadero compromiso por parte del Consejo de la Judicatura como norma reguladora de la Función Judicial, un verdadero compromiso democrático para a través de los diferentes límites normativos existentes.

 Controlar la aplicación de la prisión preventiva, y así reducir el abuso y aumentar el respeto a la libertad de las personas, con la aplicación de la caución en los delitos sancionados con reclusión ya que todos los procesados no siempre son culpables.

 En conclusión, la totalidad de los Jueces, Fiscales y los profesionales del derecho, brindan un total apoyo a la posible reforma al Art. 547 del Código Orgánico Integral Penal numeral 5°, sobre la devolución de la caución, con lo cual se lograra la eficaz aplicación de la justicia.

64 RECOMENDACIONES.

 Es importante que el Estado a través de los distintos órganos de control, desarrolle y socialice a todos y cada uno de los profesionales del derecho la importancia de la aplicabilidad de medidas alternativas como la caución.

 Se estima necesaria la reforma al Art. 547 del Código de Orgánico Integral Penal, a fin de que los juzgadores, obtengan una norma precisa para que se aplique de forma efectiva la inmediata devolución caución al procesado o imputado.

 El juez y fiscal, deben realizar un considerable estudio de todas las pruebas que existan en el proceso, para otorgar medidas cautelares distintas a la prisión preventiva, por cuanto son graves los delitos sancionados con reclusión.

 Las peticiones de los profesionales del Derecho en libre ejercicio, para la sustitución de la prisión preventiva, en los delitos sancionados con reclusión no solo deben buscar el bienestar económico personal, sino en el lado ético de la ley.

 Los Asambleístas Nacionales por intermedio de sus respectivas comisiones, deben proponer soluciones y encontrar estos inconvenientes contradictorios con la Constitución de conformidad con la supremacía Constitucional, esencialmente con la violación del Principio de Igualdad ante la Ley, por cuanto no se puede continuar acumulando trabajo a la Corte Constitucional, cuando es atribución y deberes de los asambleístas crear normativa acorde a las necesidades de la sociedad.

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