3.1.- Procedimiento de la aplicación de los resultados de la Investigación.
Las Unidades Penales de la ciudad de Babahoyo, donde actúan los Jueces y es la institución encargada de responder y solucionar las necesidades de los ciudadanos, en cuanto a la competencia en materia Penal y son Jueces garantistas que precautelan los derechos de los sindicados.
El tema que se elabora es para establecer que Finalidad tiene el Procedimiento Directo en los Juicios Penales, al no contar con una investigación que tenga un estudio de vulneración de derechos se estaría realizando una investigación necesaria para poder determinar su factibilidad y aplicación de la misma.
La validación de la propuesta se respalda en la opinión de los profesionales del derecho, ciudadanos de Babahoyo, Jueces, Abogados en libre ejercicio, que de acuerdo a las interrogantes planteadas, indicaron que la tratativa es de trascendental importancia.
55 VALIDACION
CARLOS ALBAERTO MANZO MIRANDA, en calidad de Doctor, en Jurisprudencia, he revisado la tesis de Grado del Sr. CARLOS JULIO DEL ROSARIO LEÓN, denominada: FINALIDAD DEL PROCEDIMIENTO DIRECTO EN LA NUEVA LEGISLACIÓN ECUATORIANA, la cual la valido de acuerdo a los siguientes aspectos:
1.- Temática actualizada
2.- Contextualización adecuada a la normativa vigente. 3.- Cumplimiento de Objetivos propuestos.
4.- Presentación y desarrollo de la tesis de acuerdo a las normas de investigación.
5.- Cumplimiento de los Objetivos propios de la carrera de Derecho.
En honor a la verdad es todo cuanto puedo certificar, concedo este documento para que el mencionado señor pueda hacer uso como estime conveniente.
Atentamente
DR. CARLOS ALBERTO MANZO MIRANDA ABOGADO EN LIBRE EJERCICIO
56 VALIDACION
JHOVANNY GONZALEZ VALERO, en calidad de Juez del Tribunal Penal, he revisado la tesis de Grado del Sr. CARLOS JULIO DEL ROSARIO LEÓN, denominada: FINALIDAD DEL PROCEDIMIENTO DIRECTO EN LA NUEVA LEGISLACIÓN ECUATORIANA, la cual la valido de acuerdo a los siguientes aspectos:
1.- Temática actualizada
2.- Contextualización adecuada a la normativa vigente. 3.- Cumplimiento de Objetivos propuestos.
4.- Presentación y desarrollo de la tesis de acuerdo a las normas de investigación.
5.- Cumplimiento de los Objetivos propios de la carrera de Derecho.
En honor a la verdad es todo cuanto puedo certificar, concedo este documento para que el mencionado señor pueda hacer uso como estime conveniente.
Atentamente
Ab. JHOVANNY GONZALEZ VALERO JUEZ DEL TRIBUNAL PENAL
57
3.2.- Análisis de los resultados finales de la Investigación.
Dentro de la tesina realizada se han analizado diversos aspectos relacionados de distinta manera con el procedimiento directo y la preponderancia que se le debería dar dentro del sistema penal ecuatoriano; principalmente por aquellas características que lo distinguen del procedimiento ordinario, como por ejemplo la agilidad al momento de resolver un delito y la escasa necesidad de invertir recursos económicos con el fin de tener acceso a la administración de justicia.
Adicionalmente, es importante considerar la conciencia social que el procedimiento objeto de estudio genera, toda vez que el infractor al momento en que reconoce haber cometido el delito o su tentativa; seguramente reflexionara la razón por la cual será sancionado; lo cual no siempre ocurre en el caso del procedimiento ordinario ya que normalmente cuando una persona ha sido llevada ante los Tribunales de Garantías Penales por haber cometido un delito, lo que se habría intentado durante todo el proceso es que se le absuelva de culpa, dejando en la impunidad el delito, motivo por el que no se generaría conciencia alguna.
Por otra parte, cuando se trate de un delito en el cual han intervenido dos o más individuos y alguno de ellos se haya sometido al procedimiento abreviado, esta situación acarrearía una consecuencia negativa con relación a los demás imputados si es que el Estado no cumple con su obligación de demostrar los hechos y se basa únicamente en la confesión realizada por aquel que se sometió al procedimiento especial.
Hay que tomar en cuenta la negociación que se debe llevará cabo entre Fiscal e imputado; considero un aspecto de extrema importancia ya que es en base a ello que se impondrá la sanción; sin embargo sería importante la intervención del ofendido; no como un sujeto activo, sino como un veedor de la legalidad y honestidad, toda vez que estos acuerdos en algunas ocasiones podrían sellarse utilizando actos ajenos a la ley.
58 3.3.- Conclusiones parciales
El análisis y validación realizados por los expertos y profesionales en el tema, permiten asegurar que el estudio llevado a cabo sobre las bases teóricas, la metodología de investigación empleada y el diseño de la propuesta realizado, están a acordes con las necesidades legales y sociales del país.
CONCLUSIONES
Mediante la creación y difusión de la Resolución del Consejo de la Judicatura de este trabajo de investigación del procedimiento directo se garantiza un verdadero cumplimiento del sistema acusatorio, especialmente en la realización de una audiencia para juzgar mediante el procedimiento directo.
Que es necesario implementar la aplicación de un sistema de descongestión procesal penal, ágil y oportuno en el procedimiento directo, en el que actúen sin temor al ser estigmatizados de ninguna forma, considerando que las garantías de los derechos fundamentales y procesales penales de los ciudadanos se encuentran en sus manos y requieren de independencia e imparcialidad, esenciales a su función.
El procedimiento directo ha recibido una serie de críticas que se enfocan en el principio de libre aportación de la prueba por lo que una persona tiene el derecho a rendirla en juicio en el que se le condene. Se ha concluido que no hay por tanto instancia probatoria en el procedimiento abreviado, porque la prueba reunida por la Fiscalía no es tal por emanar de un sujeto procesal y no haber sido rendida o evacuada ante la administración de justicia bajo los principios de publicidad, contradicción e inmediación.
59 RECOMENDACIONES
El procedimiento abreviado es un mecanismo para solucionar conflictos de extrema importancia, el mismo que a pesar de mantener falencias que se deben a imprevisiones de los legisladores; independientemente de lo mencionado, al momento en que se lo analice tomando en cuenta aquellos aspectos omitidos; estoy completamente seguro que será muy acogido de una manera más habitual acarreando grandes beneficios para el sistema penal ecuatoriano.
Se puede manifestar que toda persona tiene derecho a que su causa sea oida equitativa, públicamente y dentro de un plazo razonable, por un tribunal independiente e imparcial, establecido por la ley. La imparcialidad del juzgador, tiene como finalidad de asegurar la confianza social y desde esta perspectiva se requiere que el juez no solo actué imparcialmente sino que además esa imparcialidad debe exponerse hacia afuera, de modo tal que es también obligación del juez evitar que toda conducta `ponga en riesgo el cumplimiento de su obligación.
Las personas procesadas que se someten al procedimiento directo se les esta vulnerando derechos tales como el derecho a la defensa y el ser juzgados por un juez independiente imparcial y competente por lo tanto el planteamiento es viable al hacer un análisis al Art. 640 del Código Orgánico Integral Penal, con la inconstitucionalidad que surge al momento en que los procesados no pueden hacer goce de sus derechos.
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