3.1. Procedimiento de la aplicación de los resultados de la investigación
El análisis de los factores criminológicos a partir de la penalización de portar armas de fuego en la ciudad de Quevedo, nos demuestra la situación en la que se encuentra nuestra ciudad y porque no decirlo el país entero con la prohibición de portar armas.
Los resultados de la investigación nos demuestran que en Ecuador en cumplimiento de los compromisos asumidos en el protocolo contra la fabricación y el tráfico ilícito de armas de fuego (Art. 5 numeral 1) respecto de adoptar medidas legislativas o de otra índole que sean necesarias para tipificar como delitos ciertas conductas, incorpora ya en el COIP vigente, dentro de la sección de los delitos tenencia, porte y tráfico de armas de fuego, municiones y explosivos.
Estos tipos penales se encontraban dispersos en el Código Penal, respecto del porte; en la ley sobre armas, municiones, explosivos y accesorios, fabricación, importación, exportación, comercialización y tenencia de armas de fuego, que se encontraba vigente desde 7 de noviembre de 1982. No se encontraba tipificado el tráfico ilícito de armas de fuego, como si lo hace hoy y de manera desglosada el COIP en sus Art, 360, 361, 362 garantizando el principio de seguridad jurídica, estableciéndose penas privativas de libertad que van desde seis meses hasta trece años.
La Fiscalía General del Estado, en el ejercicio de sus atribuciones legales y constitucionales, a través de la FEDOTI, le corresponde dirigir la investigación pre-procesal y procesal penal, en delitos relacionados con armas de fuego, que en coordinación con la Policía Nacional, y el Departamento de Control de Armas respecto de la información solicitada, ha logrado juzgar a personas que ponen en riesgo la seguridad pública y amenazan la paz social.
Es necesario desarrollar fuertes políticas de concienciación acerca de los riesgos que conllevan las armas, limitar y controlar razonablemente el acceso legal a ellas y tomar medidas para combatir el tráfico ilegal. La reforma al capítulo III, tenencia de armas, municiones, explosivos y accesorios, ley sobre armas, municiones, explosivos y accesorios, estará bajo la dirección del investigador, la creación del proyecto de Ley será planteada ante el Congreso Nacional, una vez atendidas la propuesta, y dado el trámite legal a dicha reforma.
El objetivo de mi propuesta es hacerla realidad; y que no quede únicamente en papeles lo teórico, por ende se sugerirá a las entidades pertinentes, para que se cumpla con la propuesta realizada por el investigador, por cuanto la misma va a permitir la posesión y tenencia de arma a todas las personas que realmente necesiten su uso y de esta manera no violentar los derechos estipulados en nuestra Constitución de la República del Ecuador.
3.2. Análisis de los resultados finales de la investigación. Validación:
La validación de la propuesta ‘‘Análisis de los factores criminológicos a partir de la penalización de portar armas de fuego en la ciudad de Quevedo’’, ha sido puesta en consideración de los especialistas, (Anexos 6 y 7), los mismos que luego de un prolijo análisis, coinciden que la prohibición de portar armas a incrementado los factores delictivos en la ciudad de Quevedo, por lo que constituye un importante aporte al derecho actual.
Mi propuesta constituye un importante aporte jurídico para garantizar el acceso a la justicia y a la tutela efectiva e imparcial en derechos con eficacia, integridad y transparencia asegurando los derechos y garantías de las personas establecidas en la Constitución.
Aplicación:
El presente ‘‘Análisis de los factores criminológicos a partir de la penalización de portar armas de fuego en la ciudad de Quevedo’’ y la puesta en vigencia constituye una herramienta práctica en la que se involucra una serie de procesos que deben cumplir las personas involucradas.
De esta forma se busca proteger la integridad de las personas no está por demás sugerir que la justicia especializada no excluye lo general, sino que incluye al conjunto de derechos que tiene todo ciudadano, en todos los ámbitos judiciales y no judiciales, por lo que su aplicación, concertación y efectivización nos compromete a todos.
El respetar y hacer respetar los derechos es una obligación de toda la colectividad y la sociedad civil, que debe garantizar que estos derechos no sean vulnerados.
Para lo cual he puesto en conocimiento de las autoridades judiciales y legislativas lo grave que resulta la prohibición de portar armas
Evaluación:
La presente propuesta fue puesta en ejecución para su estudio y aplicación de la misma la cual está siendo evaluada por parte de las autoridades pertinentes.
La cual permitirá que la sociedad la acoja de la mejor y evitar así que se siga atentando contra el bien jurídico como es la vida que por muchos factores o errores que como cualquier ser humano cometemos en la vida.
3.3. Conclusiones parciales del capítulo
El análisis jurídico sirve para conocer la realidad que compartimos como país y a la vez tomar lo mejor y más efectivo de cada uno, con el propósito de ser parte activa en la solución de un problema que afecta a la ciudadanía en general.
Aplicar este análisis es una opción, pero requiere como requisito sine qua non un seguimiento y evaluación por parte de las autoridades pertinentes.
Las encuestas y sus resultados nos brindan la razón, ya que de nada sirve el sin número de leyes si su aplicación no es efectiva porque no cumple con el propósito de proteger y hacer valer los derechos de cada ciudadano.
CONCLUSIONES GENERALES
Los países estudiados poseen un ámbito jurídico dimensional que permite libremente el porte de armas, empero en nuestra legislación, la norma constitucional garantiza la seguridad humana, discordantemente la ley especial deja en indefensión a las personas, contradiciendo el espíritu de la ley.
Es necesario desarrollar fuertes políticas de concienciación acerca de los riesgos que conllevan las armas, limitar y controlar razonablemente el acceso legal a ellas y tomar medidas para combatir el tráfico ilegal de armas.
Es necesario y urgente un análisis de los factores criminológicos a partir de la penalización de portar armas de fuego en la ciudad de Quevedo.
RECOMENDACIONES
Continuar desarrollando investigaciones en materia penal con el fin de desentrañar el misterio, capaz de disminuir el índice criminológico a partir de penalización de portar armas de fuego.
Compartir los temas de la presente investigación con estudiantes de derecho de los niveles superiores y profesionalmente se orienten para que continúen con la investigación realizada la cual a través del análisis
realizado se llegó a la conclusión de que se debería realizar una nueva reforma a la Ley de Armas y Explosivos,
Se recomienda investigar sobre las ventajas y desventajas de la prohibición de portar armas de fuego, proponiendo una reforma ante la Asamblea Nacional Constituyente para organizar la legislación ecuatoriana en el marco el porte de armas de fuego, utilizada para proteger la seguridad humana, por cuanto la penalización por portar armas de fuego nos deja en indefensión ante la delincuencia actual en el cantón Quevedo y atenta contra el derecho a la integridad personal Art. 66 letra a número 3 de la Constitución de la República del Ecuador.
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