La validez tiene relación a la manera como la norma ha sido promulgada: si ha sido emitida por órgano competente la norma jurídica es válida, caso contrario la norma es inválida, o no tiene validez, así por ejemplo es inválida una ordenanza municipal emitida por el Ayuntamiento capitalino que pretenda organizar el tráfico de la ciudad
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de Tena. Con esto queremos afirmar que la norma jurídica para tener validez tiene que guardar relación con la realidad de cada uno de los miembros del conglomerado para la cual se dicta, y siempre y cuando sea emitida por órgano competente. Habremos entonces de considerar una norma como válida, cuando cumpla con todos los requisitos formales y materiales para su producción
Hemos de señalar que la validez de una norma no solo depende de su promulgación y publicación, a partir de lo cual se declara la existencia de la norma como tal, aunque si es uno de sus efectos, la norma debe existir jurídicamente para que pueda ser considerada exigible. Resumiendo diremos que, como requisito previo de la validez de una norma jurídica, es la publicidad, lo cual significa no otra cosa sino el dar a conocer el nacimiento de la disposición que ella contiene, su inicio a la vida jurídica formal y por tanto la posibilidad de su exigencia y obligatoriedad para quienes se dicta, es decir para los destinatarios. La norma jurídica se dicta para que tenga una duración indeterminada, con vigencia a partir de la fecha de su publicación, salvo que se establezca lo contrario. Hemos de tener claro que una norma jurídica es dictada para tener una acción social, y, rigen dentro de un territorio sujeto a la jurisdicción estatal.
El concepto de Justicia, cae dentro del ámbito filosófico, pues es una abstracción similar al concepto de belleza, de honradez, de sinceridad, es decir está dentro de la escala de valores. Textualmente el diccionario señala: “Supremo ideal que consiste en la voluntad firme y constante de dar a cada uno lo suyo; conjunto de todas las virtudes. Recto Proceder conforma a derecho y razón”.3 Al ser un ideal, cae dentro del campo especulativo, y ha sido objeto de análisis de sabios, filósofos y santos de todos los tiempos. El concepto y aplicación varía de acuerdo a la época y los valores que se van circunstancialmente haciendo, para sacar conclusiones veremos cómo consideran el ideal de justicia desde los griegos con Sócrates quien enfoca desde el conocimiento y la observancia de las leyes que gobiernan las relaciones entre los hombres. Atisbó la diferencia entre lo justo y lo legal. Platón y Aristóteles centran la justicia sobre la virtud. En la época medieval, Santo Tomás dice: “Es propio de la Justicia ordenar al hombre en sus relaciones con los demás, por implicar cierta igualdad como su mismo nombre revela. Consiste en dar o
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atribuir a cada uno lo suyo según una igualdad proporcional; y entendiendo por suyo cuanto le está subordinado o atribuido por sus fines, según lo trazado por Dios a sus criaturas”.4 En las Partidas se define a la justicia diciendo que es “Una de las cosas por las que mejor y más aderezadamente se mantiene el mundo y es como fuente de donde manan todos los derechos”5 ; establece los tres siguientes mandamientos: 1. Que viva el hombre honestamente; 2. Que no haga mal ni daño a otro; y, Que dé su derecho a cada uno. Este texto sigue fielmente la triple manifestación práctica de la justicia establecida en el Derecho Romano: Vivir honestamente, no dañar a otro y dar a cada uno su derecho. Como ideal, la justicia resulta difícil de concretar en su realidad permanente. Justicia y Derecho que debieron ser términos sinónimos no lo son en los hechos; y, a veces en la apreciación común, el Derecho deja de ser justo por impulsos motivados en la realidad ambiente. Ello debido a la apreciación subjetiva que la justicia tiene y ha tenido en todos los tiempos. La justicia que es un ideal de la verdad, tiene distintas apreciaciones difícil de albergarla en una ley física inmutable, producto de la condición humana, sufre las mudanzas que le imprimen los distintos pareceres, los cambios de opinión, las diversas interpretaciones de un fenómeno jurídico. Es tan variable el concepto de Justicia que ya se ha hablado de la Justicia relativa, es decir que lo que para unos es justo, para otros no lo es.
Constantemente escuchamos en los Tribunales de Justicia, los reclamos de los humildes que siempre se consideran víctimas de la injusticia, provocados por el poder de los grandes de cuello blanco, y hasta en los corrillos populares se habla aún de que la justicia no es para los de poncho. Como corolario a lo expuesto diremos que es una aspiración que este ideal supremo sea asimilado por las actuales generaciones y se aplique la Ley de manera igual para todos, sin considerar posición social, económica, política o de género, sólo así podremos hablar de una Justicia social, y que ésta no sea membrete ni estribillo de políticos y demagogos.
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