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Variedades en la ense˜ nanza de la LSE en las Comunidades Autonomas

((Recientemente est´an atrayendo la atenci´on los programas llamados biling¨ues en las escuelas de sordos. Sin embargo, el t´ermino biling¨uismo aplicado a la escuela se usa en la pr´actica para hacer

referencia a realidades muy diversas, con tal de que la lengua de se˜nas tenga alg´un protagonismo en

la vida escolar. As´ı, se denominan biling¨ues tanto los colegios donde se utilizan las se˜nas como apoyo

en situaciones concretas, para transmitir conocimientos all´ı donde la lengua oral no alcanza, como

aquellos en que la lengua de se˜nas es el principal soporte de la ense˜nanza y la oral se plantea, en sus

modalidades hablada y escrita, como una segunda lengua))4

Algunos Estatutos de Autonom´ıa de las Comunidades Aut´onomas han recogido la tendencia de atenci´on a la discapacidad. Son los casos de los Estatutos reformados en la ´ultima d´ecada en Andaluc´ıa, Catalu˜na, Valencia, Baleares, Arag´on y Castilla y Le´on pero tambi´en de los Estatutos a´un no reformados del Pa´ıs Vasco, Galicia, Principado de Asturias, La Rioja y Navarra. Desde la aprobaci´on del Real Decreto 334/1985, la integraci´on del alumnado sordo en los centros educativos espa˜noles ha favorecido que algunas comunidades aut´onomas priorizasen su escolarizaci´on en los centros preferentes. En 1994, el convenio de colaboraci´on establecido entre el Ministerio de Educaci´on y la Confederaci´on Estatal de Personas Sordas (CNSE) facilit´o que, a partir del curso acad´emico 1994/95, se empezaran a incorporar los profesores sordos (en la actualidad el perfil profesional de las personas sordas formadas por la ense˜nanza de la lengua de signos se denomina especialista en LSE/LSC). Estos profesionales sordos han sido capacitados para la docencia de la lengua de signos y la orientaci´on especializada sobre esta lengua en diferentes contextos (familiar, educativo o bien social) a trav´es de cursos de formaci´on organizados por entidades de personas sordas en los colegios de Infantil y Primaria e int´erpretes de lengua de signos espa˜nola y en lengua de signos catalana en los institutos de Secundaria.

La legislaci´on actual, despu´es de veinte a˜nos desde que se iniciaran las prime- ras experiencias docentes con la lengua de signos como base de ense˜nanza en Espa˜na, garantiza la existencia de modelos educativos biling¨ues, de libre elecci´on, para el alum- nado sordo y sordociego ((en los centros que se determinen)). Adem´as, se garantiza tambi´en la posibilidad de incluir en los planes de estudios ((el aprendizaje de las lenguas de signos espa˜nolas como asignatura optativa para el conjunto del alumnado)) . Para la docencia de ambas lenguas, tanto de la LSE como de la LSC, las administraciones educativas determinar´an las titulaciones oportunas y((se propiciar´a su formaci´on inicial y permanente)) .5

A pesar de que hoy en d´ıa podemos observar un aumento de las iniciativas a fin de introducir la lengua de signos en algunos colegios e institutos de Espa˜na, la mayor´ıa de ellos no incorporan la LSE o la LSC en su proyecto educativo de centro y tampoco disponen de los profesores cualificados para la ense˜nanza de estas lenguas. Excepto algunas experiencias desarrolladas con una orientaci´on inclusiva en la Comunidad de Madrid, Catalu˜na, Euskadi, Andaluc´ıa, Murcia y Galicia, el uso de la LSE y la LSC se limita a la actuaci´on de los int´erpretes y a los maestros de apoyo educativo con el alumnado sordo en el aula. Desde la puesta en marcha de las primeras experiencias biling¨ues en Espa˜na empezadas en la primera mitad de los a˜nos ‘90, lo que sabemos es que se han extendido a comunidades aut´onomas como Andaluc´ıa, Cantabria, Catalu˜na, Islas Canarias, Madrid o Pa´ıs Vasco. A pesar de esto, queda todav´ıa escasa la red existente de centros biling¨ues6 .

Veamos m´as en lo espec´ıfico las medidas que las Comunidades Aut´onomas han adoptado: la Administraci´on educativa de Catalu˜na ha elaborado, provisionalmente, las propuestas curriculares para la docencia de la LSC en Infantil, Primaria, Secunda- ria, y Bachillerato; la Comisi´on T´ecnica Interterritorial del alumnado con sordera de Gobierno Vasco tambi´en ha desarrollado programas de acceso al curr´ıculo de lenguas que incorporan el aprendizaje y uso de la LSE en los distintos niveles de concreci´on, as´ı como las adaptaciones que necesitan estos alumnos para acceder a los elementos

5Ley 27/2007. T´ıtulo 1, cap. 1, art. 7.

curriculares de cada una de la etapas educativas; la regi´on de Murcia, hasta ahora, ha sido la ´unica comunidad aut´onoma que ha concretado en su curr´ıculo, a trav´es del Decreto 198/2014, los contenidos comunes, los criterios de evaluaci´on y los est´andares de aprendizaje evaluables en la asignatura de LSE, concretamente para los cursos de 5 y 6 de Primaria; en las escuelas de Primaria de Madrid (como es el caso de los colegios EEI Piruetas y CPR Gaudem) y Barcelona (con el EEI Forestier y el colegio EM Tres Pins), la ense˜nanza de la lengua de signos ocupa el mismo tiempo en el horario lectivo de los alumnos sordos que el resto de las asignaturas ling¨u´ısticas, normalmente cuatro horas semanales, y sus compa˜neros oyentes aprenden la LSE o LSC durante una hora a la semana. La propuesta m´as innovadora es la que plantea el colegio Gaudem de Ma- drid: un centro de educaci´on espec´ıfica con seis aulas de Educaci´on B´asica Obligatoria para alumnos sordos y un centro de educaci´on ordinaria de tres l´ıneas para las etapas de Educaci´on Infantil, Primaria, Secundaria y Bachillerato. En cambio, Andaluc´ıa ca- rece de una lengua de signos particular y ha legislado sobre la LSE en su territorio. Su ley se estructura de manera similar a la ley estatal de 2007, regulando en tres blo- ques de art´ıculos, disposiciones generales de beneficiarios y definiciones; aprendizaje y conocimiento de la lengua y medios de apoyo.

Los gestos, al igual que el balbuceo, son naturales y espont´aneos y su funci´on principal es desarrollar la capacidad simb´olica para el posterior desarrollo ling¨u´ıstico. Para que exista el lenguaje es necesario que se d´e una maduraci´on cognitiva y fisiol´ogica. Otro t´ermino importante es el de Sistemas alternativos y/o aumentativos de comuni- caci´on (SAC), utilizado para referirse al conjunto de recursos o t´ecnicas que facilitan la comunicaci´on en aquellas personas con dificultades comunicativas. Dentro de este sistema SAC se incluyen: la LSE, el bimodal, el habla signada u oral signado y la co- municaci´on total. El bimodal se sirve de las palabras con contenido sem´antico, es decir sustantivos, adjetivos, verbos y adverbios. El habla signada signa todas las palabras de la lengua oral; en aquellos casos en los que no existe la se˜na, como en preposiciones o art´ıculos, se deletrea a partir del alfabeto dactilol´ogico. Por su parte, la comunica- ci´on total se distingue debido al hecho de que se apoya en otros instrumentos como

canciones, pictogramas, escrituras.

En resumidas cuentas, todas las personas con discapacidad tienen derecho al acceso a las ense˜nanzas universitarias en igualdad de condiciones. En el ´ambito de la universidad, son varias las leyes que se ocupan de este colectivo: en los art´ıculos 14 y 49 de la Constituci´on Espa˜nola se habla de la inclusi´on de las personas con discapacidad en la universidad y de la elaboraci´on de planes destinados a personas con necesidades especiales, y con ellos se inicia el desarrollo normativo que culmina con la Ley 1/2003, de 2 de diciembre, sobre la igualdad de oportunidades, no discriminaci´on y accesibilidad universal de las personas con discapacidad. Por lo tanto, las leyes vigentes garantizanlas adaptaciones y, todas las universidades y centros de ense˜nanza ofrecen medidas como la reducci´on de tasas de matr´ıcula, la reserva de un n´umero de las plazas para estudiantes con discapacidad. De todas formas, aunque se trata de buenas medidas, son insuficientes porque, debido a que la sordera es una discapacidad especial, siguen dejando lejos a los discapacitados.

Tanto la Ley Org´anica para la Mejora de la Calidad Educativa como la Ley Org´anica de Educaci´on, a pesar de que promueven el biling¨uismo, no evitan la actual desigualdad que existe en Espa˜na en el acceso a programas educativos biling¨ues en lengua de signos y, de hecho, aunque las lenguas de signos del estado espa˜nol, la LSE y la LSC han sido reconocidas, est´an poco o casi nada estandarizadas.

La Signogu´ıa de acceso a la universidad gallega es el ´ultimo paso de un proceso iniciado con la traducci´on de textos cient´ıficos y conferencias a la LSE, la auto matr´ıcula a la Universidad de Vigo en lengua de signos y que sigui´o con la primera Signogu´ıa del Camino de Santiago, y la adaptaci´on de la plataforma de tele docencia de la Universidad de Vigo. Esta signogu´ıa de acceso del Sistema Universitario Gallego consiste en 27 v´ıdeos en los que se describen todos los datos necesarios para la prueba de Selectividad en lengua de signos, en lengua oral y en lengua escrita.

Las signogu´ıas han sido realizadas dentro del proyecto El acceso a la educaci´on universitaria gallega en lengua de signos: an´alisis, dise˜no y elaboraci´on de las prue- bas para la evaluaci´on de competencias cuyos objetivos son el establecimiento de las

competencias evaluativas que se deber´an tener en cuenta en las pruebas de acceso a la Universidad para las personas sordas.

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