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LA NIIF PARA PYMES )

A. Venta de bienes:

Criterio de reconocimiento

Los ingresos ordinarios por la venta de bienes, deben cumplir con las condiciones de:

a) La empresa ha transferido al comprador los riesgos y ventajas de tipo significativo, derivados de la propiedad de los bienes.

b) La entidad no conserva para sí ninguna implicación en la gestión corriente de los bienes vendidos en el grado usualmente asociado con la propiedad, ni retiene el control efectivo sobre los mismos.

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c) El importe de los ingresos de actividades ordinarias pueda medirse con fiabilidad. d) Si es probable, que la entidad reciba los beneficios económicos asociados con la

transacción.

e) Los costos incurridos o por incurrir, en relación con la transacción pueden ser medidos con fiabilidad.

Traspaso de los riesgos y ventajas de la propiedad

Si una entidad conserva los riesgos significativos de la propiedad, la transacción no se considera una venta y no se le debe reconocer como un ingreso ordinario. Citamos como ejemplos:

- Si la empresa asume obligaciones derivadas del funcionamiento insatisfactorio de los productos que no entran en las condiciones normales de garantía.

- Si los ingresos ordinarios de una venta es de naturaleza contingente porque depende de la obtención por parte del comprador, de ingresos ordinarios derivados de la venta posterior de los bienes.

- Cuando los bienes se venden junto con la instalación de los mismos y la instalación es una parte sustancial del contrato, que aún no ha sido completada por parte de la empresa.

- Cuando el comprador bajo una condición pactada en el contrato, tiene el derecho de rescindir la operación y la empresa tiene incertidumbre acerca de la posibilidad de que esto ocurra.

Beneficios económicos asociados

Los ingresos ordinarios se reconocerán sólo cuando sea probable que la entidad vaya a recibir los beneficios económicos asociados con la transacción. Cuando con posterioridad al reconocimiento de un ingreso ordinario surja incertidumbre en relación con la cobrabilidad del mismo o de una parte del mismo, se reconocerá como un gasto, en lugar de ajustar el importe del ingreso ordinario originalmente reconocido.

Estimación fiable de ingresos ordinarios y gastos

Los ingresos ordinarios y los gastos relacionados con una misma transacción se reconocerán simultáneamente. Sin embargo si estos gastos incurridos no se pueden valorar con fiabilidad, serán reconocidos como un pasivo.

52 B. Prestación de servicios

Criterio de reconocimiento

Los ingresos ordinarios por prestación de servicios deben reconocerse cuando pueda estimarse con fiabilidad el resultado de la transacción, en función del grado de realización de la prestación en la fecha del balance, es decir de acuerdo con el método del porcentaje de realización. Por el contrario, al no poder estimarse con fiabilidad las prestaciones por servicios, no debe reconocerse ningún beneficio, es decir: los ingresos ordinarios sólo deben reconocerse en el importe en que los gastos reconocidos se consideran recuperables y los costes deben reconocerse como gasto del ejercicio en que se incurra en ellos.

Estimación fiable del resultado

El IASB entiende que el resultado de este tipo de transacciones puede estimarse con fiabilidad cuando se cumplen estas condiciones:

a) El importe de los ingresos de actividades ordinarias pueda medirse con fiabilidad. b) Sea probable que la entidad reciba los beneficios económicos asociados con las

transacciones.

c) El grado de realización de la transacción, al final del período sobre el que se informa pueda ser medido con fiabilidad.

d) Los costos ya incurridos en la prestación, así como los que quedan por incurrir hasta completarla, puedan ser medidos con fiabilidad.

Método del porcentaje de realización

De acuerdo con este método los ingresos ordinarios se reconocen en la cuenta de resultados durante los ejercicios en que se preste el servicio, permitiendo informar la actividad del servicio y su rentabilidad. Los ingresos ordinarios se reconocerán sólo cuando es probable que la empresa reciba los beneficios económicos de la transacción. No obstante, cuando surge alguna incertidumbre sobre el grado de recuperación de un saldo ya incluido entre los ingresos ordinarios, la cantidad incobrable o la cantidad respecto a la cual el cobro ha dejado de ser probable, se reconoce como un gasto, en lugar de ajustar el importe del ingreso ordinario reconocido.

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Generalmente una empresa hará unas estimaciones fiables después de que ha acordado con las otras partes de la operación, los siguientes puntos:

a) Los derechos exigibles por cada uno de los implicados, acerca del servicio que las b) partes han de prestar o recibir

c) La contrapartida del intercambio. d) La forma y los términos del pago.

Determinación del porcentaje de realización

El porcentaje de realización de una transacción puede determinarse mediante varios métodos. Según la naturaleza de la transacción, se puede utilizar estos métodos:

a) La inspección de los trabajos realizados.

b) La proporción de los servicios realizados hasta la fecha como porcentaje del total de servicios a prestar.

c) La proporción que los costes incurridos hasta la fecha suponen sobre el coste total estimado de la operación, calculada de manera que sólo los costes que reflejen servicios ya ejecutados se incluyan entre los costes incurridos hasta la fecha.

Cuando el resultado de una transacción que implique la prestación de servicios no pueda ser estimado de forma fiable, los ingresos ordinarios correspondientes deben ser reconocidos como tales, sólo en la cuantía en que los gastos reconocidos se consideren recuperables.

C. Intereses, regalías y dividendos