VOLUNTADES ANTICIPADAS
Comité de Ética Asistencial de Atención Primaria de Bizkaia
2017
ÍNDICE
Qué son las voluntades anticipadas (VA)
Legislación
Principios que rigen las VA
Qué es un documento de VA (DVA)
Propiedades y finalidad
Modo de realizar un DVA (requisitos , validez y registro )
Acceso del paciente a información (Internet)
Realización del DVA en atención primaria
Acceso del profesional a información (Osanet)
Qué son las
Legislación voluntades anticipadas
(VA)
Ley 41/2002, de 14 de noviembre, Básica Reguladora de la Autonomía del Paciente y de los Derechos y Obligaciones en Materia de Información y Documentación Clínica.
Da un trato especial al derecho a la autonomía del paciente al introducir la “...regulación sobre instrucciones previas que contempla los deseos del paciente expresados con anterioridad”.
la Ley 7/2002, de 12 de diciembre, de las Voluntades Anticipadas(1) en el ámbito de la sanidad (País Vasco)
(1 )Voluntades Anticipadas, también llamadas en otras comunidades instrucciones previas, directrices previas o testamentos vitales.
Decreto 270/2003, de 4 de noviembre, por el que se crea y regula el Registro Vasco de Voluntades Anticipadas (País Vasco)
Principios que rigen las VA
Fundamentación ética recogida en el Documento de País Vasco
El respeto a la gestión de la propia vida
(recogido en el principio bioético de Autonomía)
conlleva el derecho de toda persona adulta, capacitada, en ausencia de coacciones y debidamente informada, a decidir si acepta o no un determinado tratamiento,
es decir, a decidir lo que considera bueno para sí mismo
Principios que rigen las VA
EL OBJETIVO PRINCIPAL de las VA es asegurar que, cuando el paciente haya perdido la capacidad de participar en la toma de decisiones, la atención sanitaria sea conforme a las preferencias que expresó previamente.
Las VA CONSTITUYEN UN PROCESO en el que la persona planifica los cuidados de salud que desea recibir o rechazar en el futuro, en particular para el momento en que no sea capaz por sí mismo de tomar decisiones.
Principios que rigen las VA
En los casos de pacientes con enfermedades crónicas (en las
que la manera de empeorar es previsible) pudieran resultar de gran utilidad.
Los pacientes tienen derecho a participar en el plan de cuidados
y los profesionales sanitarios tienen la responsabilidad profesional y legal de asegurar esta participación, teniendo en cuenta que una buena práctica médica ya no lo es si no respeta la voluntad del enfermo.
No se trata de que el enfermo indique el tratamiento, sino de
Principios que rigen las VA
OBJETIVOS SECUNDARIOS DE LAS VA:
la mejora del proceso de toma de decisiones sanitarias optimizar el bienestar del enfermo
aliviar las cargas para sus seres queridos.
Las VA constituyen un instrumento útil para mejorar el diálogo
Principios que rigen las VA
Las VA se enmarcan en la planificación de cuidados, entendida como
un proceso positivo de reflexión e implicación de la ciudadanía en las decisiones relativas a su salud, de acuerdo con sus valores personales en el marco de la relación médico-paciente-familia.
En el contexto de la relación sanitaria la voluntad del paciente puede
ser expresada de modo oral, quedando constancia de ella en la historia clínica.
No obstante, el mejor modo de asegurar su cumplimiento en
¿Qué es un “Documento de voluntades anticipadas”?
(DVA)
Es un documento escrito
dirigido al médico responsable
en el que una persona: mayor de edad
que no haya sido incapacitada judicialmente para ello de manera libre y de acuerdo a los requisitos legales
expresa las instrucciones o directrices anticipadas
Documento de
¿Qué es un DVA?
Es un
documento escrito
en el cual una
persona capaz
expresa las
instrucciones
a tener en cuenta en los cuidados
que recibirá
cuando ya no sea capaz
de comunicarse por sí
misma y tomar decisiones.
El médico responsable, el equipo sanitario
¿Qué se puede poner en un DVA?
Los “principios vitales” del paciente, es decir aquellos
valores
que considera prioritarios y que
ayudarán
a
orientar la
toma de decisiones
de acuerdo con lo que
el paciente desea.
La aceptación o
rechazo
de determinadas terapias.
La designación de un (o varios)
representante
que
actuará como interlocutor válido cuando la persona
¿Qué tiene que hacer el representante?
Tiene que conocer la voluntad
de su representado.
No
puede contradecir
lo que pone el documento.
Debe actuar siguiendo los criterios y las
¿Cualquiera puede ser representante?
No puede
serlo aquella persona que:
haya actuado como
testigo
del documento.
trabaje
para la
institución
que financia el
¿Cuándo es válido un DVA?
Para que un DVA tenga
valor
, la persona
que lo firma tiene que cumplir
tres
condiciones
:
Ser mayor de edad (18 años).
No estar incapacitado legalmente.
¿Cuándo es válido un DVA?
Además es necesario
garantizar que la persona que firma
es la que otorga el documento
, esto se llama
formalizar
y
puede hacerse de tres formas:
Ante tres testigos que deben firmar simultáneamente y que
no pueden ser familiares -hasta 2º grado- del otorgante.
Ante un notario.
¿Cuándo es válido un DVA?
En resumen, un DVA tiene que:
ser
válido.
estar formalizado
de alguna de las
¿Se puede modificar un DVA?
Un DVA puede ser
modificado
o
anulado
¿Cuándo se utilizará?
El DVA se podrá aplicar cuando la persona
otorgante
no pueda expresar
por sí misma
su voluntad.
Mientras la
persona sea competente,
su
Voluntades anticipadas,
obligaciones
La existencia de un DVA comporta la
obligación
de tener en
cuenta y respetar las voluntades allí expresadas. Si no se
hiciera así, habría que razonarlo, por escrito.
Excepciones:
en la ley se especifican tres situaciones:
Cuando se ha expresado algo que va contra la ley.
Cuando lo que se solicita está contraindicado.
Cuando la situación es distinta que la prevista al firmar el documento.
¿Qué es el
Registro
de un DVA?
Es conveniente que la persona que tiene un DVA lo dé a conocer
a su médico, a su familia y a su representante.
También conviene inscribirlo en el Registro Vasco de VA que se
encarga de:
Custodiar los documentos.
Informar de su contenido a la persona responsable, previa identificación
para garantizar la confidencialidad.
Informar a los profesionales de su existencia (icono mano azul).
icono de Osabide En Osabide-AP el icono aparece solo
en los pacientes que han realizado un DVA.
En Osabide-Global TODOS los pacientes tienen el icono por defecto.
¿Cómo
solicitar información
sobre VA?
Para cualquier
información adicional
que se
requiera dirigirse al Registro Vasco:
Departamento de Salud-Registro de Voluntades Anticipadas
c/ Donostia-San Sebastián, 1 01010 -
Vitoria-Gasteiz
Tfno.
945019254
Fax 945019302
¿Cómo
registrar
un DVA?
Procedimento clásico en revisión
Teléfono contacto del Registro Vasco de VA: 945019254
En este teléfono nos darán información y una cita si queremos
inscribir un DVA. Muy inicialmente se iba a Vitoria para
inscribirlo, posteriormente el Encargado del Registro se desplazaba al lugar del solicitante para facilitar la gestión.
Esta práctica, derivada de la ley de VA de 2002, está en
revisión, se precisa un proceso más ágil para poder atender
adecuadamente el incremento del número de solicitudes, máxime si se quiere promocionarlas, especialmente desde la atención primaria.
LEY 11/2016, de 8 de julio, de garantía de los derechos y de la dignidad de las personas en el proceso final de su vida.
TÍTULO II
DERECHOS DE LAS PERSONAS EN EL PROCESO DEL FINAL DE SU VIDA
Artículo 8.– Derecho a otorgar instrucciones previas.
1.– Toda persona que se encuentra EN EL PROCESO FINAL DE SU VIDA tiene derecho a otorgar instrucciones previas mediante la correspondiente declaración de voluntades anticipadas, en las condiciones establecidas en la Ley 7/2002, de 12 de diciembre, de voluntades anticipadas en el ámbito de la sanidad, y demás normas aplicables.
2.– La declaración de voluntades anticipadas no inscrita en el Registro Vasco de VA que se entregue en el centro sanitario, donde su otorgante sea atendido, se
recogerá en el historial clínico del hospital o en el de asistencia sanitaria básica de la persona enferma, en virtud de lo establecido reglamentariamente, y el centro lo comunicará
a dicho registro, a los efectos de su inscripción.
3.– Las declaraciones de voluntades anticipadas otorgadas ante notario/a o ante el funcionario/a o empleado público encargado del Registro
Vasco de VA podrán prever la comunicación del documento de voluntades anticipadas al centro sanitario por el mismo notario o responsable del registro, a los efectos de su inclusión en
la historia clínica del paciente que se encuentra en el proceso del final de su vida.
¿Cómo
registrar
un DVA?
Inscripción de su DVA en el Registro
(procedimiento actualizado)INFORMACIÓN INTERNET (MARZO 2018
)
A) Si ha otorgado el DVA ante TRES TESTIGOS, tiene que preparar lo siguiente:
La solicitud de inscripción, conforme al anexo I del Decreto 270/2003, de 4 de noviembre, por el que se crea y regula el Registro Vasco de Voluntades Anticipadas, que se puede descargar desde aquí o le podemos facilitar en cualquier Delegación del Departamento de Salud.
En sobre cerrado: el documento ORIGINAL de voluntades anticipadas firmado por la persona otorgante y testigos, y la copia del DNI de participantes: otorgante y testigos. Si hubiera representante, copia de su DNI y teléfono .
y enviarlo por CORREO CERTIFICADO a la dirección del Registro o cursar su envío a través de otras administraciones (Delegaciones Territoriales del Departamento, Ayuntamientos, Subdelegaciones del Gobierno, Centros de Salud, etc), según lo previsto en la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
¿Cómo
registrar
un DVA?
Inscripción de su DVA en el Registro.
INFORMACIÓN INTERNET (MARZO 2018
)
B) Si ha otorgado el DVA ANTE NOTARIO/A O ANTE LA PERSONA
ENCARGADA DEL REGISTRO, son quienes hacen todos los trámites
y facilitan su inscripción.
Una vez completado cualquiera de estos procedimientos, la persona encargada del Registro Vasco de VA dictará una
Resolución por la que se estima la inscripción de su DVA, que se le enviará a su domicilio.
¿Cómo
registrar
un DVA?
OPCIÓN DE 3 TESTIGOS: el registro puede hacerse a través de Delegaciones Territoriales del Departamento, Ayuntamientos, Subdelegaciones del Gobierno, Centros de Salud, etc.
Recomendamos, como más próxima y por unificar, las delegaciones territoriales de salud.
DELEGACIÓN TERRITORIAL DE SALUD DE BIZKAIA (antiguo LEDO):
• vía correo postal (certificado) enviado por el otorgante o por el Centro Sanitario a: Delegación territorial de salud de Bizkaia c/ Alameda Recalde, 39 - 48008 Bilbao Bizkaia)
• vía presencial, el otorgante entrega documentos y recibe confirmación del registro.
SEDE DEL REGISTRO EN VITORIA:
Lo mismo que antes, enviado por el propio otorgante o por el Centro Sanitario a:
Departamento de Salud-Registro de Voluntades Anticipadas c/ Donostia-San Sebastián, 1-01010 Vitoria-Gasteiz)
Aquí también es válida la entrega presencial.
NOTA: EL CORREO ELECTRÓNICO NO ES VÁLIDO ya que han de enviarse los documentos originales del DVA y la solicitud registro (excepción: desde notaría si tuviera firma electrónica…)
DOCUMENTACIÓN REQUERIDA:
-DVA y SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN: documentos originales
(el otorgante se queda con una copia y se aconseja entregar otra copia a su representante).
Información ciudadanía en
internet
para la elaboración
de un DVA
Información ciudadanía en
internet
Documento para el paciente
“Piense, reflexione”
Información ciudadanía en
internet
Designar representante
Opciones de otorgamiento y quién puede ser
Modelo orientativo de
DVA
Realización del DVA
en
Link información profesionales en Osanet
(intranet)
Realización del DVA
Entrevista profesional sanitario-paciente sin prisas, en varias consultas:
proceso de información necesario para que el otorgante conozca adecuadamente qué son las VA, antes de rellenar y firmar un DVA.
Necesidad de formación de los profesionales:
Plan formativo desde servicios centrales en marcha. Proyecto top-down 2017
Modelo de entrevista VOLUNTADES ANTICIPADAS en Atención Primaria (Centro de Salud Olaguíbel – Vitoria-Gasteiz)
Realización del DVA
VOLUNTADES ANTICIPADAS EN PACIENTES CRÓNICOS
Proyecto “top down” (extensión del “botton up” de la OSI Araba)
Objetivos principales :
Informar a los ciudadanos sobre la Planificación Anticipada de las Decisiones y
fomentar su participación en la toma de decisiones. Se realiza a través de las citas con pacientes y sus familiares así como con las intervenciones comunitarias, fundamentalmente charlas explicativas en Asociaciones de Pacientes, Centros cívicos o culturales, asociaciones vecinales, etc.
Formar a los profesionales sanitarios en VA, mediante:
Charlas teóricas de una hora de duración en cada Centro de Salud o Servicio Hospitalario.
Cursos específicos de formación de facilitadores, de cuatro horas de duración.
Formación por pares: participación en las entrevistas con pacientes, coordinadas por un facilitador.
Objetivos Secundarios:
Mejorar los cuidados al final de la vida, respetando las preferencias de los pacientes.
Realización del DVA
VA en pacientes crónicos-Proyecto
Realización del DVA
VOLUNTADES ANTICIPADAS EN PACIENTES CRÓNICOS
Proyecto “top down” (extensión del “botton up” de la OSI Araba)
El proyecto está basado en fomentar las conversaciones para conocer las preferencias de los pacientes, se suscriba finalmente un documento de voluntades anticipadas (DVA) o no. De acuerdo a los resultados del proyecto previo, aproximadamente 2/3 de los participantes en las entrevistas desean finalmente redactar un DVA y por ello el programa incluye el asesoramiento para hacerlo.
Se mantiene estrecha colaboración con el Registro Vasco de VA para facilitar la elaboración y registro del DVA.
El DVA se realiza en la propia consulta.
El personal sanitario que participa en el encuentro ejerce como testigo
(MODALIDAD DE REGISTRO MEDIANTE TRES TESTIGOS).
https://osagune.osakidetza.eus/2 1/SitePages/Portada.aspx
Documento “REFLEXIONE” Informativo para el
paciente
DOCUMENTO INFORMATIVO
Realización del DVA
Modelo de entrevista VVAA en Atención
Primaria
(Centro de Salud Olaguíbel –
Vitoria-Gasteiz)
El cuestionario
Realización del DVA
En la web disponemos de impresos descargables:
Modelo de DVA (opcional y adaptable), se puede hacer de otras
maneras, e incluye:
nombramiento representante/s
Aceptación del representante
Declaración de testigos (3)
Solicitud de Inscripción en el registro vasco de VVAA
Una vez terminado el proceso y realizado el documento, se puede realizar el registro del mismo (más detalles en explicación previa
http://www.osakidetza.euskadi.eus/r85-pkvolu06/es/contenidos/informacion/voluntades_anticipadas_prof/es_vol unt/voluntimpresos_c.html
AUTORIZO al Registro a facilitar de oficio al
personal de los centros sanitarios el conocimiento de la existencia (no su contenido) del documento. SI □
NO □
(márquese con una X lo que proceda)
No tiene mucho sentido ya que quien hace un DVA quiere que ello sea aplicado
y, si no se conoce su existencia, ello será más
difícil
Solicitud de inscripción
del otorgamiento,
Consulta del contenido del
DVA del paciente
¿Cuando
consultar
un DVA?
Hay que dirigirse al mismo SÓLO EN EL SUPUESTO que recoge el artículo
14.1. del Decreto 270/2003, de 4 de noviembre, por el que se crea y regula el Registro Vasco de Voluntades Anticipadas:
“Cuando sea preciso ADOPTAR DECISIONES CLÍNICAS RELEVANTES,
EL MÉDICO que atienda a una persona
A LA QUE, POR SU SITUACIÓN, NO LE SEA POSIBLE EXPRESAR SU VOLUNTAD,
debe dirigirse al registro vasco de voluntades anticipadas
para conocer si ésta tiene alguno inscrito y, en caso afirmativo,
¿Cuando
consultar
un DVA?
Ley de muerte digna País Vasco, 2016
Artículo 16.– Cumplimientos en torno a las instrucciones previas otorgadas.
1.–Los profesionales y las profesionales sanitarios en su ámbito de actuación, así como el médico o la médico responsable de la atención a las personas en el proceso final de su vida, asesorarán sobre las ventajas de recurrir a la planificación anticipada de la atención, incluida, en particular, la posibilidad de otorgar declaraciones de voluntad anticipada.
2.–Antes de llevar a cabo una intervención de ESPECIAL RIESGO O TRASCENDENCIA, las personas profesionales del ámbito sanitario responsables de la asistencia a las personas en el proceso del final de su vida estarán obligadas a comprobar
si sus pacientes tienen hecha una declaración de voluntades anticipadas o han otorgado algún otro tipo de instrucción previa, y, en caso afirmativo, consultar su contenido en todos los casos en que así está previsto en la ley, particularmente cuando la persona asistida se encuentre en una situación de incapacidad de hecho.
3.–Cuando la persona en el proceso final de su vida, directamente o por medio de una declaración de voluntades anticipadas u otro tipo de instrucciones previas, haya expresado su voluntad en los términos de los artículos 6 y 7, las personas profesionales del ámbito sanitario respetarán
¿Cuando
consultar
un DVA?
Esto que marca la legislación podría ser revisado en aras de facilitar un proceso de atención, al final de una vida, acorde con las buenas prácticas clínicas y los deseos del paciente.
El conocimiento por parte del médico responsable de las instrucciones previas de su paciente, con suficiente tiempo, y no solo en situaciones puntuales transcendentes, ayudaría a elaborar un adecuado y bien coordinado plan de atención socio-sanitaria, en el que pudieran participar el representante (y/o de familia o allegados, salvo que el otorgante haya expresado su negativa).
Véase su importancia en los pacientes crónicos y, especialmente, en la AP. Ej. paciente incapaz (demenciado o enfermo con patología crónica con previsión de futuras situaciones complejas) que manifestó cuando era capaz su deseo de morir en casa o de que no se le pusiera una sonda n-g…
El futuro irá muy probablemente por el registro del DVA en la propia HC del paciente, en todo caso se recomienda siempre el registro en HC de los deseos y preferencias que el paciente, ha manifestado en la relación clínica, haya o no realizado un DVA.
CUANDO SEA PRECISO ADOPTAR DECISIONES CLÍNICAS RELEVANTES
¿Cómo
consultar
un DVA?
El acceso telefónico 24 horas inicial se anuló.
ACCESO SOLO TELEMÁTICO:
vía general desde la intranet (web)
Acceso telemático al DVA desde HC del paciente
La aplicación electrónica desde HC para consultar las VA
funciona desde 2015.
Podemos ver el documento a través de Osabide Global.
Haciendo doble click en el icono de VA se abre la aplicación, que pide autenticación (txartela con password) y deja ver el documento escaneado.
Acceso telemático al DVA desde la web
necesariamente con tarjeta
inicio: ir a la página y pulsar sobre voluntades anticipadas
https://www.osanet.euskadi.net/eruv/
Pulsar euskera o castellano
Acceso telemático al DVA desde la web
aceptar
Acceso telemático al DVA desde la web
vuelve a salir la clave
Introducir la clave de la
Acceso telemático al DVA desde la web
continuar
Acceso telemático al DVA desde la web
esperar a que cambie la pantalla con tranquilidad
Acceso telemático al DVA desde la web
ejecutar
Acceso telemático al DVA desde la web
leer aviso normativa legal,
comprobar datos solicitante y aceptar
Comprobar nombre del solicitante
Pulsar aceptar Solo está permitido
al médico que atiende (responsable) en el momento en
que haya que tomar la decisión
Cuando el paciente no pueda expresar su voluntad … y sea necesario adoptar decisiones
Acceso telemático al DVA desde la web
decir que sí
Acceso telemático al DVA desde la web
poner la clave de nuevo y aceptar
Clave tarjeta
Acceso telemático al DVA desde la web
poner número de colegiado y aceptar
Número colegiado
Pulsar aceptar
Este paso se va a eliminar por