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Voluntades anticipadas CEA AP Bizkaia 2018

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(1)

VOLUNTADES ANTICIPADAS

Comité de Ética Asistencial de Atención Primaria de Bizkaia

2017

(2)

ÍNDICE

Qué son las voluntades anticipadas (VA)

 Legislación

 Principios que rigen las VA

Qué es un documento de VA (DVA)

 Propiedades y finalidad

 Modo de realizar un DVA (requisitos , validez y registro )

 Acceso del paciente a información (Internet)

Realización del DVA en atención primaria

 Acceso del profesional a información (Osanet)

(3)

Qué son las

(4)

Legislación voluntades anticipadas

(VA)

Ley 41/2002, de 14 de noviembre, Básica Reguladora de la Autonomía del Paciente y de los Derechos y Obligaciones en Materia de Información y Documentación Clínica.

Da un trato especial al derecho a la autonomía del paciente al introducir la “...regulación sobre instrucciones previas que contempla los deseos del paciente expresados con anterioridad”.

 la Ley 7/2002, de 12 de diciembre, de las Voluntades Anticipadas(1) en el ámbito de la sanidad (País Vasco)

(1 )Voluntades Anticipadas, también llamadas en otras comunidades instrucciones previas, directrices previas o testamentos vitales.

 Decreto 270/2003, de 4 de noviembre, por el que se crea y regula el Registro Vasco de Voluntades Anticipadas (País Vasco)

(5)

Principios que rigen las VA

Fundamentación ética recogida en el Documento de País Vasco

 El respeto a la gestión de la propia vida

(recogido en el principio bioético de Autonomía)

 conlleva el derecho de toda persona adulta, capacitada, en ausencia de coacciones y debidamente informada, a decidir si acepta o no un determinado tratamiento,

 es decir, a decidir lo que considera bueno para sí mismo

(6)

Principios que rigen las VA

 EL OBJETIVO PRINCIPAL de las VA es asegurar que, cuando el paciente haya perdido la capacidad de participar en la toma de decisiones, la atención sanitaria sea conforme a las preferencias que expresó previamente.

 Las VA CONSTITUYEN UN PROCESO en el que la persona planifica los cuidados de salud que desea recibir o rechazar en el futuro, en particular para el momento en que no sea capaz por sí mismo de tomar decisiones.

(7)

Principios que rigen las VA

 En los casos de pacientes con enfermedades crónicas (en las

que la manera de empeorar es previsible) pudieran resultar de gran utilidad.

 Los pacientes tienen derecho a participar en el plan de cuidados

y los profesionales sanitarios tienen la responsabilidad profesional y legal de asegurar esta participación, teniendo en cuenta que una buena práctica médica ya no lo es si no respeta la voluntad del enfermo.

 No se trata de que el enfermo indique el tratamiento, sino de

(8)

Principios que rigen las VA

 OBJETIVOS SECUNDARIOS DE LAS VA:

 la mejora del proceso de toma de decisiones sanitarias  optimizar el bienestar del enfermo

 aliviar las cargas para sus seres queridos.

 Las VA constituyen un instrumento útil para mejorar el diálogo

(9)

Principios que rigen las VA

 Las VA se enmarcan en la planificación de cuidados, entendida como

un proceso positivo de reflexión e implicación de la ciudadanía en las decisiones relativas a su salud, de acuerdo con sus valores personales en el marco de la relación médico-paciente-familia.

 En el contexto de la relación sanitaria la voluntad del paciente puede

ser expresada de modo oral, quedando constancia de ella en la historia clínica.

 No obstante, el mejor modo de asegurar su cumplimiento en

(10)

¿Qué es un “Documento de voluntades anticipadas”?

(DVA)

 Es un documento escrito

 dirigido al médico responsable

 en el que una persona:  mayor de edad

 que no haya sido incapacitada judicialmente para ello  de manera libre y de acuerdo a los requisitos legales

 expresa las instrucciones o directrices anticipadas

(11)

Documento de

(12)

¿Qué es un DVA?

Es un

documento escrito

en el cual una

persona capaz

expresa las

instrucciones

a tener en cuenta en los cuidados

que recibirá

cuando ya no sea capaz

de comunicarse por sí

misma y tomar decisiones.

El médico responsable, el equipo sanitario

(13)

¿Qué se puede poner en un DVA?

Los “principios vitales” del paciente, es decir aquellos

valores

que considera prioritarios y que

ayudarán

a

orientar la

toma de decisiones

de acuerdo con lo que

el paciente desea.

La aceptación o

rechazo

de determinadas terapias.

La designación de un (o varios)

representante

que

actuará como interlocutor válido cuando la persona

(14)

¿Qué tiene que hacer el representante?

Tiene que conocer la voluntad

de su representado.

No

puede contradecir

lo que pone el documento.

Debe actuar siguiendo los criterios y las

(15)

¿Cualquiera puede ser representante?

No puede

serlo aquella persona que:

haya actuado como

testigo

del documento.

trabaje

para la

institución

que financia el

(16)

¿Cuándo es válido un DVA?

Para que un DVA tenga

valor

, la persona

que lo firma tiene que cumplir

tres

condiciones

:

Ser mayor de edad (18 años).

No estar incapacitado legalmente.

(17)

¿Cuándo es válido un DVA?

Además es necesario

garantizar que la persona que firma

es la que otorga el documento

, esto se llama

formalizar

y

puede hacerse de tres formas:

 Ante tres testigos que deben firmar simultáneamente y que

no pueden ser familiares -hasta 2º grado- del otorgante.

 Ante un notario.

(18)

¿Cuándo es válido un DVA?

En resumen, un DVA tiene que:

ser

válido.

estar formalizado

de alguna de las

(19)

¿Se puede modificar un DVA?

Un DVA puede ser

modificado

o

anulado

(20)

¿Cuándo se utilizará?

El DVA se podrá aplicar cuando la persona

otorgante

no pueda expresar

por sí misma

su voluntad.

Mientras la

persona sea competente,

su

(21)

Voluntades anticipadas,

obligaciones

La existencia de un DVA comporta la

obligación

de tener en

cuenta y respetar las voluntades allí expresadas. Si no se

hiciera así, habría que razonarlo, por escrito.

Excepciones:

en la ley se especifican tres situaciones:

 Cuando se ha expresado algo que va contra la ley.

 Cuando lo que se solicita está contraindicado.

 Cuando la situación es distinta que la prevista al firmar el documento.

(22)

¿Qué es el

Registro

de un DVA?

 Es conveniente que la persona que tiene un DVA lo dé a conocer

a su médico, a su familia y a su representante.

 También conviene inscribirlo en el Registro Vasco de VA que se

encarga de:

 Custodiar los documentos.

 Informar de su contenido a la persona responsable, previa identificación

para garantizar la confidencialidad.

 Informar a los profesionales de su existencia (icono mano azul).

icono de Osabide En Osabide-AP el icono aparece solo

en los pacientes que han realizado un DVA.

En Osabide-Global TODOS los pacientes tienen el icono por defecto.

(23)

¿Cómo

solicitar información

sobre VA?

Para cualquier

información adicional

que se

requiera dirigirse al Registro Vasco:

Departamento de Salud-Registro de Voluntades Anticipadas

c/ Donostia-San Sebastián, 1 01010 -

Vitoria-Gasteiz

Tfno.

945019254

Fax 945019302

(24)

¿Cómo

registrar

un DVA?

Procedimento clásico en revisión

 Teléfono contacto del Registro Vasco de VA: 945019254

 En este teléfono nos darán información y una cita si queremos

inscribir un DVA. Muy inicialmente se iba a Vitoria para

inscribirlo, posteriormente el Encargado del Registro se desplazaba al lugar del solicitante para facilitar la gestión.

 Esta práctica, derivada de la ley de VA de 2002, está en

revisión, se precisa un proceso más ágil para poder atender

adecuadamente el incremento del número de solicitudes, máxime si se quiere promocionarlas, especialmente desde la atención primaria.

(25)

LEY 11/2016, de 8 de julio, de garantía de los derechos y de la dignidad de las personas en el proceso final de su vida.

TÍTULO II

DERECHOS DE LAS PERSONAS EN EL PROCESO DEL FINAL DE SU VIDA

Artículo 8.– Derecho a otorgar instrucciones previas.

1.– Toda persona que se encuentra EN EL PROCESO FINAL DE SU VIDA tiene derecho a otorgar instrucciones previas mediante la correspondiente declaración de voluntades anticipadas, en las condiciones establecidas en la Ley 7/2002, de 12 de diciembre, de voluntades anticipadas en el ámbito de la sanidad, y demás normas aplicables.

2.– La declaración de voluntades anticipadas no inscrita en el Registro Vasco de VA que se entregue en el centro sanitario, donde su otorgante sea atendido, se

recogerá en el historial clínico del hospital o en el de asistencia sanitaria básica de la persona enferma, en virtud de lo establecido reglamentariamente, y el centro lo comunicará

a dicho registro, a los efectos de su inscripción.

3.– Las declaraciones de voluntades anticipadas otorgadas ante notario/a o ante el funcionario/a o empleado público encargado del Registro

Vasco de VA podrán prever la comunicación del documento de voluntades anticipadas al centro sanitario por el mismo notario o responsable del registro, a los efectos de su inclusión en

la historia clínica del paciente que se encuentra en el proceso del final de su vida.

(26)

¿Cómo

registrar

un DVA?

Inscripción de su DVA en el Registro

(procedimiento actualizado)

INFORMACIÓN INTERNET (MARZO 2018

)

A) Si ha otorgado el DVA ante TRES TESTIGOS, tiene que preparar lo siguiente:

La solicitud de inscripción, conforme al anexo I del Decreto 270/2003, de 4 de noviembre, por el que se crea y regula el Registro Vasco de Voluntades Anticipadas, que se puede descargar desde aquí o le podemos facilitar en cualquier Delegación del Departamento de Salud.

En sobre cerrado: el documento ORIGINAL de voluntades anticipadas firmado por la persona otorgante y testigos, y la copia del DNI de participantes: otorgante y testigos. Si hubiera representante, copia de su DNI y teléfono .

y enviarlo por CORREO CERTIFICADO a la dirección del Registro o cursar su envío a través de otras administraciones (Delegaciones Territoriales del Departamento, Ayuntamientos, Subdelegaciones del Gobierno, Centros de Salud, etc), según lo previsto en la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

(27)

¿Cómo

registrar

un DVA?

Inscripción de su DVA en el Registro.

INFORMACIÓN INTERNET (MARZO 2018

)

B) Si ha otorgado el DVA ANTE NOTARIO/A O ANTE LA PERSONA

ENCARGADA DEL REGISTRO, son quienes hacen todos los trámites

y facilitan su inscripción.

Una vez completado cualquiera de estos procedimientos, la persona encargada del Registro Vasco de VA dictará una

Resolución por la que se estima la inscripción de su DVA, que se le enviará a su domicilio.

(28)

¿Cómo

registrar

un DVA?

OPCIÓN DE 3 TESTIGOS: el registro puede hacerse a través de Delegaciones Territoriales del Departamento, Ayuntamientos, Subdelegaciones del Gobierno, Centros de Salud, etc.

Recomendamos, como más próxima y por unificar, las delegaciones territoriales de salud.

DELEGACIÓN TERRITORIAL DE SALUD DE BIZKAIA (antiguo LEDO):

vía correo postal (certificado) enviado por el otorgante o por el Centro Sanitario a: Delegación territorial de salud de Bizkaia c/ Alameda Recalde, 39 - 48008 Bilbao Bizkaia)

vía presencial, el otorgante entrega documentos y recibe confirmación del registro.

SEDE DEL REGISTRO EN VITORIA:

Lo mismo que antes, enviado por el propio otorgante o por el Centro Sanitario a:

Departamento de Salud-Registro de Voluntades Anticipadas c/ Donostia-San Sebastián, 1-01010 Vitoria-Gasteiz)

Aquí también es válida la entrega presencial.

NOTA: EL CORREO ELECTRÓNICO NO ES VÁLIDO ya que han de enviarse los documentos originales del DVA y la solicitud registro (excepción: desde notaría si tuviera firma electrónica…)

DOCUMENTACIÓN REQUERIDA:

-DVA y SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN: documentos originales

(el otorgante se queda con una copia y se aconseja entregar otra copia a su representante).

(29)

Información ciudadanía en

internet

para la elaboración

de un DVA

(30)

Información ciudadanía en

internet

Documento para el paciente

“Piense, reflexione”

(31)

Información ciudadanía en

internet

Designar representante

Opciones de otorgamiento y quién puede ser

(32)

Modelo orientativo de

DVA

(33)

Realización del DVA

en

(34)

Link información profesionales en Osanet

(intranet)

(35)

Realización del DVA

 Entrevista profesional sanitario-paciente sin prisas, en varias consultas:

proceso de información necesario para que el otorgante conozca adecuadamente qué son las VA, antes de rellenar y firmar un DVA.

 Necesidad de formación de los profesionales:

 Plan formativo desde servicios centrales en marcha.  Proyecto top-down 2017

 Modelo de entrevista VOLUNTADES ANTICIPADAS en Atención Primaria (Centro de Salud Olaguíbel – Vitoria-Gasteiz)

(36)

Realización del DVA

VOLUNTADES ANTICIPADAS EN PACIENTES CRÓNICOS

Proyecto “top down” (extensión del “botton up” de la OSI Araba)

Objetivos principales :

Informar a los ciudadanos sobre la Planificación Anticipada de las Decisiones y

fomentar su participación en la toma de decisiones. Se realiza a través de las citas con pacientes y sus familiares así como con las intervenciones comunitarias, fundamentalmente charlas explicativas en Asociaciones de Pacientes, Centros cívicos o culturales, asociaciones vecinales, etc.

Formar a los profesionales sanitarios en VA, mediante:

Charlas teóricas de una hora de duración en cada Centro de Salud o Servicio Hospitalario.

Cursos específicos de formación de facilitadores, de cuatro horas de duración.

Formación por pares: participación en las entrevistas con pacientes, coordinadas por un facilitador.

Objetivos Secundarios:

Mejorar los cuidados al final de la vida, respetando las preferencias de los pacientes.

(37)

Realización del DVA

VA en pacientes crónicos-Proyecto

(38)

Realización del DVA

VOLUNTADES ANTICIPADAS EN PACIENTES CRÓNICOS

Proyecto “top down” (extensión del “botton up” de la OSI Araba)

El proyecto está basado en fomentar las conversaciones para conocer las preferencias de los pacientes, se suscriba finalmente un documento de voluntades anticipadas (DVA) o no. De acuerdo a los resultados del proyecto previo, aproximadamente 2/3 de los participantes en las entrevistas desean finalmente redactar un DVA y por ello el programa incluye el asesoramiento para hacerlo.

Se mantiene estrecha colaboración con el Registro Vasco de VA para facilitar la elaboración y registro del DVA.

 El DVA se realiza en la propia consulta.

 El personal sanitario que participa en el encuentro ejerce como testigo

(MODALIDAD DE REGISTRO MEDIANTE TRES TESTIGOS).

(39)

https://osagune.osakidetza.eus/2 1/SitePages/Portada.aspx

Documento “REFLEXIONE” Informativo para el

paciente

(40)

DOCUMENTO INFORMATIVO

(41)

Realización del DVA

Modelo de entrevista VVAA en Atención

Primaria

(Centro de Salud Olaguíbel –

Vitoria-Gasteiz)

El cuestionario

(42)

Realización del DVA

 En la web disponemos de impresos descargables:

 Modelo de DVA (opcional y adaptable), se puede hacer de otras

maneras, e incluye:

 nombramiento representante/s

 Aceptación del representante

 Declaración de testigos (3)

 Solicitud de Inscripción en el registro vasco de VVAA

 Una vez terminado el proceso y realizado el documento, se puede realizar el registro del mismo (más detalles en explicación previa

(43)

http://www.osakidetza.euskadi.eus/r85-pkvolu06/es/contenidos/informacion/voluntades_anticipadas_prof/es_vol unt/voluntimpresos_c.html

(44)
(45)
(46)

AUTORIZO al Registro a facilitar de oficio al

personal de los centros sanitarios el conocimiento de la existencia (no su contenido) del documento. SI □

NO □

(márquese con una X lo que proceda)

No tiene mucho sentido ya que quien hace un DVA quiere que ello sea aplicado

y, si no se conoce su existencia, ello será más

difícil

Solicitud de inscripción

del otorgamiento,

(47)

Consulta del contenido del

DVA del paciente

(48)

¿Cuando

consultar

un DVA?

 Hay que dirigirse al mismo SÓLO EN EL SUPUESTO que recoge el artículo

14.1. del Decreto 270/2003, de 4 de noviembre, por el que se crea y regula el Registro Vasco de Voluntades Anticipadas:

“Cuando sea preciso ADOPTAR DECISIONES CLÍNICAS RELEVANTES,

EL MÉDICO que atienda a una persona

A LA QUE, POR SU SITUACIÓN, NO LE SEA POSIBLE EXPRESAR SU VOLUNTAD,

debe dirigirse al registro vasco de voluntades anticipadas

para conocer si ésta tiene alguno inscrito y, en caso afirmativo,

(49)

¿Cuando

consultar

un DVA?

Ley de muerte digna País Vasco, 2016

Artículo 16.– Cumplimientos en torno a las instrucciones previas otorgadas.

 1.–Los profesionales y las profesionales sanitarios en su ámbito de actuación, así como el médico o la médico responsable de la atención a las personas en el proceso final de su vida, asesorarán sobre las ventajas de recurrir a la planificación anticipada de la atención, incluida, en particular, la posibilidad de otorgar declaraciones de voluntad anticipada.

 2.–Antes de llevar a cabo una intervención de ESPECIAL RIESGO O TRASCENDENCIA, las personas profesionales del ámbito sanitario responsables de la asistencia a las personas en el proceso del final de su vida estarán obligadas a comprobar

si sus pacientes tienen hecha una declaración de voluntades anticipadas o han otorgado algún otro tipo de instrucción previa, y, en caso afirmativo, consultar su contenido en todos los casos en que así está previsto en la ley, particularmente cuando la persona asistida se encuentre en una situación de incapacidad de hecho.

 3.–Cuando la persona en el proceso final de su vida, directamente o por medio de una declaración de voluntades anticipadas u otro tipo de instrucciones previas, haya expresado su voluntad en los términos de los artículos 6 y 7, las personas profesionales del ámbito sanitario respetarán

(50)

¿Cuando

consultar

un DVA?

 Esto que marca la legislación podría ser revisado en aras de facilitar un proceso de atención, al final de una vida, acorde con las buenas prácticas clínicas y los deseos del paciente.

 El conocimiento por parte del médico responsable de las instrucciones previas de su paciente, con suficiente tiempo, y no solo en situaciones puntuales transcendentes, ayudaría a elaborar un adecuado y bien coordinado plan de atención socio-sanitaria, en el que pudieran participar el representante (y/o de familia o allegados, salvo que el otorgante haya expresado su negativa).

 Véase su importancia en los pacientes crónicos y, especialmente, en la AP. Ej. paciente incapaz (demenciado o enfermo con patología crónica con previsión de futuras situaciones complejas) que manifestó cuando era capaz su deseo de morir en casa o de que no se le pusiera una sonda n-g…

 El futuro irá muy probablemente por el registro del DVA en la propia HC del paciente, en todo caso se recomienda siempre el registro en HC de los deseos y preferencias que el paciente, ha manifestado en la relación clínica, haya o no realizado un DVA.

CUANDO SEA PRECISO ADOPTAR DECISIONES CLÍNICAS RELEVANTES

(51)

¿Cómo

consultar

un DVA?

El acceso telefónico 24 horas inicial se anuló.

ACCESO SOLO TELEMÁTICO:

vía general desde la intranet (web)

(52)

Acceso telemático al DVA desde HC del paciente

 La aplicación electrónica desde HC para consultar las VA

funciona desde 2015.

 Podemos ver el documento a través de Osabide Global.

Haciendo doble click en el icono de VA se abre la aplicación, que pide autenticación (txartela con password) y deja ver el documento escaneado.

(53)

Acceso telemático al DVA desde la web

necesariamente con tarjeta

inicio: ir a la página y pulsar sobre voluntades anticipadas

https://www.osanet.euskadi.net/eruv/

Pulsar euskera o castellano

(54)

Acceso telemático al DVA desde la web

aceptar

(55)

Acceso telemático al DVA desde la web

vuelve a salir la clave

Introducir la clave de la

(56)

Acceso telemático al DVA desde la web

continuar

(57)

Acceso telemático al DVA desde la web

esperar a que cambie la pantalla con tranquilidad

(58)

Acceso telemático al DVA desde la web

ejecutar

(59)

Acceso telemático al DVA desde la web

leer aviso normativa legal,

comprobar datos solicitante y aceptar

Comprobar nombre del solicitante

Pulsar aceptar Solo está permitido

al médico que atiende (responsable) en el momento en

que haya que tomar la decisión

Cuando el paciente no pueda expresar su voluntad … y sea necesario adoptar decisiones

(60)

Acceso telemático al DVA desde la web

decir que sí

(61)

Acceso telemático al DVA desde la web

poner la clave de nuevo y aceptar

Clave tarjeta

(62)

Acceso telemático al DVA desde la web

poner número de colegiado y aceptar

Número colegiado

Pulsar aceptar

Este paso se va a eliminar por

(63)

Acceso telemático al DVA desde la web

Rellenar campos del solicitante y del paciente

(64)

Acceso telemático al DVA desde la web

fin: acceso al DVA

Saldrá el documento de voluntades anticipadas

(65)

Referencias

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