La cultura tributaria y su incidencia en la reducción de la evasión de impuestos en el gobierno central
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(2) DEDICATORIAS. A Dios por darme la sabiduría y a mis padres maravillosos por su apoyo incondicional, a mis amigos, y compañeros de la universidad.. A mis padres, por enseñarme que la perseverancia. supera. adversidad en la vida.. i. cualquier.
(3) AGRADECIMIENTOS. Quiero agradecer la culminación del presente trabajo, en primer lugar A Dios, por haberme concedido la sabiduría necesaria, a mis padres por su apoyo incondicional y especialmente a mi Asesor de Tesis Dr. Augusto Moreno Rodríguez, que me proporcionó el conocimiento necesario para ser posible la realización de ésta Tesis con su ayuda desinteresada, su dedicación, entrega y aporte valioso.. Además, me siento muy agradecida con todas aquellas personas que participaron en la elaboración de la Tesis.. LA AUTORA. ii.
(4) RESUMEN. El presente trabajo de investigación tiene como objetivo: Analizar la cultura tributaria y su incidencia en la reducción de la evasión de impuestos, se utilizó una metodología de tipo descriptivo mixta, es decir, documental y de campo, para lo cual se aplicó un cuestionario a contribuyentes de impuestos de la ciudad de Trujillo. Del análisis de los resultados se concluye lo siguiente: La cultura tributaria no se logra de un día para otro, para ello es necesario un proceso educativo que vaya formando la conciencia del contribuyente y del Estado con respecto a la importancia y necesidad de que el mismo pueda tener impuestos acordes que le permitan cubrir las necesidades del colectivo por medio de su incorporación en el presupuesto nacional, estatal o municipal. Igualmente, hay un reconocimiento importante al hecho de asociar la cultura tributaria con el cumplimiento de sus deberes como ciudadano y con valores, creencias y aptitudes acerca de la tributación.. Existe una percepción negativa y asociada a la antiética del uso de los recursos generados por los impuestos recaudados, aunado al hecho de no conocer el destino de los mismos. Esta situación se contrapone con la característica fundamental que debe tener una política fiscal por parte del Estado la cual debe estar revestida de la ética pública, y valores tales como: Responsabilidad, solidaridad, transparencia, entre otros. Cabe destacar el rol desempeñado por los contadores, personas naturales, personal de la Superintendencia Nacional de Administración. iii.
(5) Tributaria, Ministerio de Economía y Finanzas e incluso especialistas tributarios, así como de los medios de comunicación que son reconocidos como las fuentes mediante las cuales contribuyentes han obtenido información sobre los impuestos, lo cual indica la necesidad de fortalecer los programas de educación fiscal en los diferentes niveles de la población. Las principales recomendaciones se orientan hacia la educación, capacitación e investigación en relación a la ética y la cultura tributaria.. Palabras. Clave:. Cultura. tributaria,. impuestos, SUNAT.. iv. contribuyente,. evasión. de.
(6) ABSTRACT. The present work of investigation has as aim: To analyze the tributary culture and his incident in the reducing tax evasion, there was in use a mixed methodology of descriptive type, that is to say, documentary and of field, for which applied a questionnaire to contributors of taxes of the city of Trujillo. Of the analysis of the results one concludes the following thing: The tributary culture is not achieved from one day to the next, for it there is necessary an educational process that is forming the conscience of the contributor and of the State with regard to the importance and need of that the same one could have identical taxes that allow him to cover the needs of the group by means of his incorporation in the national, state or municipal budget. Equally, there is an important recognition of the fact of associating the tributary culture with the fulfillment of his duties as civil and with values, beliefs and aptitudes brings over of the taxation.. There exists a perception negative and associated with the antiethics of the use of the resources generated by the taxes collected, united to the fact of not knowing the destination of the same ones. This situation is opposed by the fundamental characteristic that must have a fiscal politics on the part of the State which must be redressed in the public ethics, and such values as: Responsibility, solidarity, transparency, between others. It is necessary to emphasize the role recovered by the. v.
(7) book-keepers,. natural. persons,. personnel. of. the. National. Superintendence of Tributary Administration, Department of Economy and Finance and enclosed tributary specialists, as well as of the mass media that are recognized as the sources by means of which contributors have obtained information about the taxes, which indicates the need to strengthen the programs of fiscal education in the different levels of the population. The principal recommendations are orientated towards the education, training and investigation in relation to the ethics and the tributary culture.. Key words: Tributary Culture, contributor, tax evasion, SUNAT.. vi.
(8) PRESENTACIÓN Señores Miembros del Jurado:. Dando cumplimiento a las Normas Vigentes de Reglamento de Grados y Títulos de la Facultad de Ciencias Económicas; Escuela Académico Profesional de Contabilidad y Finanzas, me es grato dirigirme a ustedes para poner a vuestra consideración y criterio la presente tesis intitulada: “LA CULTURA TRIBUTARIA Y SU INCIDENCIA EN LA REDUCCION DE LA EVASIÓN DE IMPUESTOS EN EL GOBIERNO CENTRAL” con el propósito de obtener el Título de Contador Público. El presente trabajo ha sido realizado de acuerdo a los objetivos y lineamientos propuestos para el desarrollo de tesis, tomando como base los conocimientos adquiridos durante los años de mi formación profesional, la indagación e investigación de fuentes bibliográficas así como la aplicación de entrevistas.. Esperando que el presente trabajo satisfaga en parte vuestras expectativas y que se disculpe las deficiencias y los errores involuntarios en que se haya incurrido para su elaboración, además aprovecho la oportunidad para expresarles mi especial reconocimiento y consideración.. Peggy Stéfany Canruví Bolo Bachiller en Ciencias Económicas vii.
(9) INDICE. DEDICATORIAS ................................................................................................... i AGRADECIMIENTOS ........................................................................................... ii RESUMEN ........................................................................................................... iii ABSTRACT ........................................................................................................... v PRESENTACIÓN ................................................................................................. vii INDICE .................................................................................................................. viii I. INTRODUCCION ............................................................................................... 1 1.1 REALIDAD PROBLEMÁTICA, ANTECEDENTES, Y JUSTIFICACION ..... 2 1.1.1 REALIDAD PROBLEMÁTICA ........................................................... 2 1.1.2 ANTECEDENTES ............................................................................ 5 1.1.3 JUSTIFICACIÓN ............................................................................... 9 1.2 PROBLEMA ............................................................................................... 10 1.3 OBJETIVOS ............................................................................................... 12 1.3.1 OBJETIVO GENERAL ..................................................................... 12 1.3.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS ........................................................... 12 1.4 MARCO REFERENCIAL CIENTÍFICO ...................................................... 13 1.5 MARCO JURÍDICO Y LEGAL.................................................................... 14. viii.
(10) 1.6 MARCO TEÓRICO .................................................................................... 18 1.7 MARCO CONCEPTUAL ............................................................................ 121 1.8 HIPÓTESIS ................................................................................................ 130 II. MATERIALES Y MÉTODOS ........................................................................... 130 2.1 MATERIALES DE ESTUDIO ...................................................................... 130 2.1.1 POBLACIÓN ..................................................................................... 130 2.1.2 MUESTRA ........................................................................................ 131 2.2 MÉTODOS Y TÉCNICAS…………...…………………………….......131 2.2.1 MÉTODO .......................................................................................... 131 2.2.2 TÉCNICAS ...................................................................................... 131 2.2.3 INSTRUMENTOS ............................................................................. 132 2.2.4 PROCEDIMIENTOS ......................................................................... 133 2.3 DISEÑO DE INVESTIGACIÓN ................................................................. 135. III. RESULTADOS ............................................................................................ 139. IV. CONTRASTACION DE HIPÓTESIS ............................................................ 160. V. DISCUSIÓN……………………………………………………………………161. VI. CONCLUSIONES ......................................................................................... 164. VII. RECOMENDACIONES................................................................................. 166. VIII REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS ............................................................. 168 IX. ANEXOS ix.
(11) I INTRODUCCIÓN. La recaudación tributaria constituye una fuente de ingresos para el sector público. Nuevas cargas impositivas y la elevación de alícuotas para determinados impuestos han sigo algunos instrumentos que la administración tributaria puso en práctica para incrementar dicha recaudación, sin embargo estas no son las únicas soluciones para mejorar la recaudación tributaria, sino por el contrario la disminución de la evasión tributaria en cada uno de los impuestos que recauda el Gobierno Central.. Por otro lado debemos ser fríos al momento de ver la realidad que aqueja a nuestro país, y es que hay que ser claros en el sentido de que somos un país en desarrollo, por consiguiente enfrenta varios problemas, ya sean de índole económica, política y social.. Un gran problema para las administraciones tributarias representa la evasión fiscal, a causa de este fenómeno conlleva múltiples efectos negativos en las economías y más que todo en aquellas economías pequeñas como la existente en nuestro país.. Un ejemplo claro es que no solo se observa la sub declaración de ventas o la sobre declaración de compras por parte de los contribuyentes, haciendo uso de comprobantes fraudulentos, como también el crecimiento constante del contrabando y el tráfico. Pero. -1-.
(12) estos fenómenos que se presentan son irrelevantes al lado del aspecto más perjudicial y dañino para el estado: el cual es la pérdida de conciencia tributaria.. Existen varios factores por la cual los ingresos del estado se ven erosionados entre ellas está la ausencia de un eficiente control administrativo, la falta de una legislación clara, una economía sumida en sectores informales que a su vez generan presiones para que el sistema tributario no conlleve cambio contraproducentes a este sector económico, esto hace que la evasión se convierta en una acción generalizada en nuestro país, siendo el factor principal la falta de conciencia y cultura tributaria.. 1.1. REALIDAD. PROBLEMÁTICA,. ANTECEDENTES. Y. JUSTIFICACIÓN. 1.1.1 REALIDAD PROBLEMÁTICA. La evasión fiscal es un fenómeno que erosiona los ingresos del Estado y deteriora la estructura social y económica de los países, vulnerando la legitimidad de los gobiernos. Las diversas causas que promueven la evasión del pago de las obligaciones tributarias por parte de los ciudadanos, es la carencia de conciencia tributaria, un. -2-.
(13) sistema poco transparente y una pobre penalización por el incumplimiento de los pagos.. En países como Perú, la evasión fiscal resulta uno de los síntomas más evidentes de la crisis global que aqueja a la nación, máxime que la misma pone de manifiesto la actitud que asumen los individuos frente a las obligaciones con la comunidad de la que forman parte. En tal sentido, el sólo accionar del organismo recaudador, en forma aislada de los restantes sectores del gobierno y de la sociedad, no resultan suficiente para atacar las causas de la evasión y sus efectos nocivos.. La cultura se define como el conjunto de valores, creencias y principios fundamentales, que tienen en común un determinado número de personas y que modelan la forma como ellos perciben, piensan y actúan. información. o. Al hablar de cultura tributaria, se alude a la. desinformación. por. parte. del. contribuyente,. cumplimiento voluntario o forzoso de sus obligaciones, evasión o fraude fiscal y, en general, cuando se mencionan las circunstancias personales y sociales de quienes pagan los impuestos.. Así las cosas, se puede hablar de países con un elevado grado de cultura tributaria y de otros con poca o nula existencia de la misma. El planteamiento ético - social y el cultural tributario se encuentran. -3-.
(14) constantemente presentes en materia de impuestos. Y es que el impuesto es, en sí mismo, un producto cultural.. Los valores éticos que sustentan una sociedad son parte de su cultura; por ende, para hablar de una sólida cultura tributaria es requisito sine qua non, la existencia de una conciencia tributaria de cierta solidez por parte de los contribuyentes y la consiguiente aceptación de los deberes tributarios como imperativos de carácter ético, para el funcionamiento de la Sociedad.. En definitiva, para mejorar la grave situación socio económico que se vive en Perú, es indispensable mejorar e incentivar la cultura tributaria en el país. Por otro lado, centrarse en un cambio en el sistema burocrático, funcional y financiero del Estado, impulsado a través de la SUNAT, de esta forma se lograría estabilizar la economía y se iniciaría el tránsito necesario del país rentista al Perú. moderno,. productivo, competitivo que exigen las nuevas realidades.. La lucha contra la evasión tributaria y el contrabando constituye hoy en día un tema central en las agendas políticas de los países latinoamericanos, debido a su elevado impacto en la estabilidad económica en las estrategias de desarrollo y en la gobernabilidad en general. Aunque las estrategias de control o fiscalización tributaria son fundamentales en dicha lucha, resulta claro que el esfuerzo por. -4-.
(15) controlar el cumplimiento tributario y generar un riesgo creíble ante el incumplimiento no basta por sí solo para vencer las prácticas de evasión. Es necesario desarrollar una cultura tributaria, que permita a los ciudadanos concebir las obligaciones tributarias como un deber sustantivo, acorde con los valores democráticos.. 1.1.2. ANTECEDENTES. En la búsqueda de información previa relacionada con el tema, se ha encontrado lo siguiente:. “EXONERACIONES INCIDENCIA. EN. Y LA. ELUSIONES CAJA. FISCAL. TRIBUTARIASY. EL. SU. DESARROLLO. NACIONAL”. Autor: Rojas Hurtado, Esmeralda Azucena. Año: 2009. Metodología: Aplicada. Conclusiones: En este trabajo la autora señala la falta de equidad tributaria al concederse exoneraciones y permitir elusiones a determinados grupos sociales; todo lo cual incide en la recaudación de la caja fiscal y por ende en el crecimiento y desarrollo económico y social del país. indaga que la evasión de impuestos se puede llegar a derivar con problemas muy grandes como el de la globalización. Porque esta evasión es de escala mundial ya que existen 3 sectores: Un primer sector que acumula diferentes niveles de ahorros o utilidad, que no desea pagar impuestos. Un segundo sector está conformado por narcotraficantes,. -5-.
(16) traficantes de armas y políticos corruptos, quienes buscan asegurar dineros ilegales. En tercer lugar, hay que señalar a las empresas multinacionales que desean colocar ganancias al amparo de los sistemas fiscales, donde tienen su casa matriz.. “TRATAMIENTO DE LA ELUSIÓN Y EL DELITO TRIBUTARIO APLICANDO. MÉTODOS. Y. PROCEDIMIENTOS. DE. FISCALIZACIÓN EN EL PERÚ”. Autor: Domingo Hernández Celís. Año: 2009. Metodología: Científica. Conclusiones: En este trabajo el autor parte de la identificación que existen deficiencias en los procedimientos de fiscalización de la Administración Tributaria; por lo que es necesario mejorar dichos procedimientos para que se pueda realizar un tratamiento efectivo a la elusión y al delito tributario. Los contribuyentes cuando no valoran en forma real y efectiva sus tributos, están originando infracciones y también delitos que pueden afectar la estabilidad de la empresa. El hecho de valorar los tributos como corresponde, afecta los costos empresariales, pero da seguridad tributaria.. “LA CONTABILIDAD Y LA EVASIÓN TRIBUTARIA EN LA INTENDENCIA REGIONAL LIMA”. Autor: Peña Velásquez Graciela. Año: 2009. Metodología: Descriptiva. Conclusiones: La autora resalta la importancia de la ciencia contable al facilitar abundante información para que la Administración Tributaria haga frente al delito. -6-.
(17) de evasión tributaria. La contabilidad valora los tributos, los registra en libros registros y los presenta en los estados financieros. El profesional contable no solo aplica de la mejor manera los principios de la ciencia contable; si no que paralelamente aplica los principios, normas, procesos y procedimientos tributarios.. “ELUSIÓN TRIBUTARIA: CASO DE APROVECHAMIENTO DE LOS VACÍOS. DE. LAS. NORMAS. FISCALES. EN. EL. SISTEMA. TRIBUTARIO NACIONAL”. Autor: Santiago Saturnino, Patricio Aparicio. Año: 2008. Metodología: Inductiva. Conclusiones: El autor indica que actualmente, se habla de ética empresarial, de administración con valores, de juego limpio, etc., lo que configura la realización de actividades en un marco de equidad, estabilidad normativa, realidad económica y apoyo a la recaudación fiscal para que el Estado disponga los recursos necesarios para el cumplimiento de sus fines. Si bien, la elusión es el arte de interpretar las normas fiscales y aplicarlas con el fin de obtener ahorros en los impuestos, que de otra forma se pagarían sin remedio, en cambio configura un aprovechamiento de un tecnicismo en contra del espíritu de la ley, en provecho propio y afectando a todos los ciudadanos del país, porque los tributos sirven para que el Estado preste servicios para todos. La elusión, de hecho camina por el borde, aprovecha los vacíos de las leyes fiscales sobre situaciones no consideradas por los hacedores de las mismas o bien porque algunas normas producen efectos no. -7-.
(18) previstos. Por tanto todo trabajo que se formule para evitar la elusión es de veras justificable, porque va en beneficio del Estado y el Estado somos todos los ciudadanos.. “SISTEMA TRIBUTARIO: LA ELUSIÓN UNA VENTANA PARA NO CUMPLIR. LÍCITAMENTE. LAS. OBLIGACIONES. FISCALES.. ANÁLISIS CRÍTICO”. Autor: Ruiz Vera José Rosario. Año: 2008. Metodología: Deductiva. Conclusiones: El autor, indica que la elusión fiscal es un acto lícito cuyo propósito es reducir el pago de los tributos que por ley le corresponden a un contribuyente. Pueden ser por el aprovechamiento de vacíos en la normas tributarias; en buena cuenta la elusión constituye una ventana para no cumplir lícitamente las obligaciones fiscales; que sin embargo el sistema tributario debe abocarse a reducir dichos vacíos para evitar que se siga produciendo este acto que va en contra la política tributaria del país. Entre tanto el problema es de qué manera se pueden obtener normas que contengan obligaciones fiscales sin vacíos legales, de tal modo que se pueda disminuir la elusión fiscal y facilitar la efectividad del sistema tributario de nuestro país. El propósito de este trabajo es proponer alternativas que permitan disponer de normas que aprueban obligaciones fiscales que no contengan vacíos legales y por tanto se neutralice la elusión fiscal y facilite la efectividad del sistema tributario. Para tal efecto se propone la participación de especialistas del más alto nivel académico y con las competencias suficientes para que las. -8-.
(19) normas tributarias no contengan los vacíos legales que permitan la elusión fiscal; si no todo lo contrario para que el sistema financiero cumpla sus metas, objetivos, misión y visión. En este trabajo se ha utilizado todos los procedimientos metodológicos para llegar a los resultados que favorecerán al sistema tributario.. 1.1.3 JUSTIFICACIÓN. Esta investigación es necesaria para determinar la incidencia de la cultura tributaria en la evasión de impuestos en la economía nacional, realizando el enfoque sobre las causas que dan origen a la evasión tributaria y las herramientas para combatirla, fundamentalmente por el efecto nocivo que produce este fenómeno sobre los recursos tributarios, fuente genuina de ingresos del Estado, necesarios para el desarrollo de sus funciones básicas. Para ello se pone de manifiesto la preocupación de la profesión contable sobre el tema, analizando los principales aspectos de la evasión tributaria y su incidencia en la economía nacional, teniendo como finalidad poner el trabajo al alcance de contadores públicos, magistrados, abogados, ingenieros, economistas, secretarios y auxiliares de justicia, así como para estudiantes. universitarios. de. las. profesiones. citadas,. pero. fundamentalmente poder llegar a la conciencia de cada una de las personas que en el rol en el cual se desempeñan en nuestra sociedad, puedan aportar el desarrollo sostenido de nuestro país.. -9-.
(20) Para llevar a cabo toda esta labor se hace imperativo que el contador traspase las barreras de la técnica y día a día adquiera una mejor fundamentación teórica que le permita poseer capacidades suficientes con el fin de evaluar otros aspectos asociados con su quehacer.. 1.2. PROBLEMA. ¿De qué manera la cultura tributaria incide en la reducción de la evasión de impuestos en el Gobierno Central?. VARIABLE INDEPENDIENTE.-. Cultura Tributaria. INDICADORES:. . Efectos Económicos. . Índice de Productividad. . Desarrollo Sostenido del País. - 10 -.
(21) VARIABLE DEPENDIENTE.-. Evasión de Impuestos. INDICADORES:. . El Ilícito Contable. . Fraude Fiscal. . Delito Contable Tributario. . Indicios de Presuntas Operaciones Fraudulentas. . Maniobras de los evasores. . Normas Internacionales. . Normas Tributaria. - 11 -.
(22) 1.3. OBJETIVOS. 1.3.1. Objetivo General. Analizar de qué manera la cultura tributaria, incide en la reducción de la evasión de impuestos en el Gobierno Central.. 1.3.2 Objetivos Específicos. 1.-Explicar cómo la cultura tributaria reduce la evasión de impuestos en el Gobierno Central.. 2.- Identificar las principales causas de la evasión de impuestos en el Gobierno Central.. 3.- Analizar la aplicación de los sistemas contables existentes y normativas tributarias en lucha contra la evasión de impuestos.. 4.- Determinar la incidencia de la cultura tributaria en la reducción de la evasión de impuestos en el Gobierno Central.. - 12 -.
(23) 1.4. MARCO REFERENCIAL CIENTÍFICO. Para obtener la información necesaria para la elaboración del presente trabajo de investigación sobre la Cultura Tributaria y su incidencia en la Reducción de Evasión de Impuestos, he consultado en la Escuela de Post Grado de Ciencias Económicas y en la Biblioteca de la Facultad de Ciencias Económicas de nuestra universidad, así como de otras facultades, y en ninguna de ellas ha sido posible encontrar una tesis sobre el tema que se viene investigando.. No existen otras investigaciones que lo hayan tratado; así también se consultó otras escuelas de otras Universidades de Trujillo, d o n d e s e vio que el tema antes referido no ha sido ejecutado por o t r o e s t u d i a n t e a e s t e n i v e l , por lo cual considero, que el estudio q u e. estoy. realizando,. reúne. las. condiciones. m e t o d o l ó g i c a s y t e m á t i c a s suficientes para ser considerado como una investigación inédita.. - 13 -.
(24) 1.5. MARCO JURÍDICO Y LEGAL. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE 1993.. Constitución Política del Perú - Artículo 74º. Los tributos se crean, modifican o derogan, o se establece una exoneración, exclusivamente por ley o decreto legislativo en caso de delegación de facultades, salvo los aranceles y tasas, los cuales se regulan mediante decreto supremo.. El Estado, al ejercer la potestad tributaria, debe respetar los principios de reserva de la ley, y los de igualdad y respeto de los derechos fundamentales de la persona. Ningún tributo puede tener efecto confiscatorio.. DECRETO LEGISLATIVO Nº 771. LEY MARCO DEL SISTEMA TRIBUTARIO NACIONAL.. El Decreto Legislativo Nº 771, vigente desde 1994, es denominado como la “Ley Marco del Sistema tributario Nacional”.. - 14 -.
(25) Esta. norma. regula. estructura. del. sistema. tributario. peruano,. identificando cuatro grandes sub – conjuntos de tributos en función del destinatario de los montos recaudados.1. El Sistema Tributario Nacional se encuentra comprendido por:. El Código Tributario. Los Tributos: Clasificados en Impuestos, Tasas y Contribuciones.. TRIBUTOS DEL GOBIERNO CENTRAL. Impuestos. Impuesto a la Renta. Impuesto General a las Ventas. Impuesto Selectivo al Consumo. Derechos Arancelarios. Régimen Único Simplificado. Impuesto de Solidaridad a favor de la Niñez Desamparada. Impuesto a los Juegos de Casinos y Máquinas Tragamonedas.. 1. Estudio Caballero Bustamante (2009-a). Manual Tributario 2009. Lima. Editorial Tinco SA.. - 15 -.
(26) Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional. Impuesto a las Transacciones Financieras. Impuesto Temporal a los Activos Netos.. Contribuciones. Contribución de Seguridad Social.. Contribución al Servicio Nacional de Adiestramiento Técnico Industrial - SENATI.. Contribución al Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO.. Tasas. Tasas por la prestación de servicios públicos, tales como los derechos por tramitación de procedimientos administrativos.. TEXTO UNICO ORDENADO DE LA LEY DEL IMPUESTO A LA RENTA. DECRETO. SUPREMO. N°. 179-2004-EF,. publicado. el. 8.12.2004 y normas modificatorias (en adelante, TUO de la Ley del Impuesto a la Renta).. - 16 -.
(27) REGLAMENTO DE LA. LEY DEL IMPUESTO A LA RENTA. DECRETO SUPREMO N° 122-94-EF, publicado el 21.9.1994 y normas modificatorias (en adelante, el Reglamento).. TEXTO ÚNICO ORDENADO DEL DECRETO LEGISLATIVO N° 650, LEY DE COMPENSACIÓN POR TIEMPO DE SERVICIOS, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-97-TR, publicado el 1.3.1997 y normas modificatorias (en adelante, TUO del Decreto Legislativo N° 650).. RESOLUCIONES DEL TRIBUNAL: CONSTITUCIONAL Y FISCAL. NORMAS INTERNACIONALES DE CONTABILIDAD. Las normas internacionales de información financiera (NIIF) son los estándares o principios contables que fijan los parámetros a partir de los cuales se desarrolla la información financiera.2. Las NIIF, son emitidas por el IASB (International Accouting Standard Board). Cuenta con la participación de 15 miembros escogidos por su experiencia profesional y académica, los cuales son los encargados de la elaboración de las normas y de promover su uso.. 2. EFFIO PEREDA, Fernando (2008). Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, Editora y Distribuidora Real SRL.. - 17 -.
(28) 1. 6. MARCO TEÓRICO. El Estado para poder realizar sus funciones y afrontar sus gastos, debe contar con recursos, y los mismos se obtienen a través de los diferentes procedimientos legalmente estatuidos y preceptuados en principios legales constitucionales. Entre los diversos recursos, están los tributarios, como fuentes de ingreso del Estado Nacional, y éstos son aquellos que el Estado obtiene mediante el ejercicio de su poder de imperio, es decir, mediante leyes que crean obligaciones a cargo de los administrados, en la forma y cuantía que las mismas establecen.. La característica común de los recursos tributarios es su obligatoriedad por imperio de la Ley en la cual tiene su origen, pero dicha obligatoriedad se encuentra enmarcada dentro de las limitaciones que emergen de la misma Constitución de Perú.. Citando a Carmen del Pilar Robles Moreno, en su artículo la Eficiencia de la Administración Tributaria, Identificación del Incumplimiento (S/F), cuando el Estado en ejercicio de su Potestad tributaria crea tributos mediante las normas legales debidas, es necesario que antes de la idealización de estos, “imagine y plasme la hipótesis de incidencia tributaria en la Ley”, es decir, debe tener claro cómo se va a administrar el tributo creado, pues una vez dada la Ley, los hechos económicos que coincidan con el supuesto de incidencia darán origen a hechos. - 18 -.
(29) imponibles, que la Administración Tributaria debe regular. Los Tributos forman parte de la economía del país. Los mismos son prestaciones de dinero que el Estado exige en virtud de una Ley, con el propósito de cubrir los gastos públicos, por lo que un aumento en la obtención de los mismos producirá un incremento en el nivel de renta nacional y en caso de una reducción, se producirá un efecto contrario. En consecuencia es menester señalar las nociones básicas de los tributos (impuestos, tasa y contribuciones especiales). Como noción general los tributos son "las prestaciones en dinero que el Estado exige en ejercicio de su poder de imperio, en virtud de una Ley y para cubrir los gastos que le demanda el cumplimiento de sus fines”. De esta definición se pueden derivar cuatro (4) características fundamentales que se explican a continuación (Villegas, 1992, p.67).. i) Prestaciones en dinero: Es una característica de la economía monetaria el que las prestaciones sean en dinero, aunque no es forzoso que así suceda. Es suficiente que la prestación sea "pecuniariamente valuable" para que se constituya un tributo, siempre que concurran los otros elementos caracterizantes y siempre que la legislación de cada país no disponga lo contrario.. ii) Exigidas en ejercicio del poder del imperio: El elemento esencial del tributo es la coacción, el cual se manifiesta esencialmente en la prescindencia de la voluntad del obligado en cuanto a la creación del. - 19 -.
(30) tributo que le sea exigible. La bilateralidad de los negocios jurídicos es sustituida por la unilateralidad en cuanto a su obligación.. iii) En virtud de una Ley: No hay tributo sin Ley previa que lo establezca.. Como todas las leyes que establecen obligaciones, la norma tributaria es una regla hipotética cuyo mandato se concreta cuando ocurre la circunstancia fáctica condicionante prevista en ella como presupuesto de la obligación. Tal condición fáctica e hipotética se denomina "hecho imponible", es decir, toda persona debe pagar al Estado la prestación tributaria graduada según los elementos cuantitativos que la Ley tributaria disponga y exige.. iv) Para cubrir los gastos que demanda el cumplimiento de sus bienes: El objetivo del tributo es fiscal, es decir, que su cobro tiene su razón de ser en la necesidad de obtener ingresos para cubrir los gastos que le demanda la satisfacción de las necesidades públicas.. Al considerar los ingresos del Estado, se tiene la ocasión de señalar divergencias que se advierten en el campo doctrinal con respecto a su clasificación, sin embargo, a los efectos de este trabajo se utilizará la tripartita que clasifica los tributos de la siguiente manera (Villegas, 1992, pp.72 - 90): Impuesto, Tasa y Contribuciones Especiales.. - 20 -.
(31) 1.- Impuesto: Son impuestos las prestaciones en dinero o en especies, exigidas por el Estado en virtud del poder del imperio, a quienes se hallan en las situaciones consideradas por la Ley como los hechos imponibles, siendo estos hechos imponibles ajenos a toda actividad estatal relativa al obligado.3. 2.- Tasa: Es el tributo que probablemente mayores discrepancias ha causado y el que más dificultades presenta para su caracterización. Sin embargo, podemos definirla como un tributo cuyo hecho generador está integrado con una actividad del Estado divisible e inherente, hallándose. esta. actividad. relacionada. directamente. con. el. contribuyente.. 3.- Contribuciones Especiales: Pueden definirse como los tributos obligatorios debidos en razón de beneficios individuales o de grupos sociales derivados de la realización de obras o gastos públicos, o especiales actividades del Estado. Es por ello que, un sistema tributario está formado y constituido por el conjunto de tributos que estén vigentes en un determinado país y en una época establecida. No hay un sistema tributario igual a otro, porque cada país adopta diferentes tributos según la producción, forma política, necesidades, etc. Lo que sí es igual para todos los Estados, es 3. FLORES POLO, Pedro (1986). Derecho Financiero y Tributario Peruano. Lima Edición Justo Valenzuela V. EIRL.. - 21 -.
(32) la necesidad de los tributos, para poder subsidiar los gastos públicos, y por ende su lucha y esfuerzo para disminuir la evasión fiscal.. CULTURA Y CULTURA TRIBUTARIA. Etimológicamente el término Cultura tiene su origen en el latín. Al principio, significó cultivo, agricultura, instrucción y sus componentes eran: cultus (cultivado) y ura (resultado de una acción).. El Diccionario de la Real Academia Española la define así: “Sacar del estado salvaje a pueblos o personas”. Lo anterior no aporta mucho a las definiciones modernas del concepto en las que, con frecuencia, se expresan las diferentes aristas de la cultura.4. Según la UNESCO (1994): La cultura es el conjunto de los rasgos definitivos, espirituales y materiales, intelectuales y afectivos que caracterizan a una sociedad o grupo social. Engloba no solo las artes y las letras, sino también los modos de vida, los derechos fundamentales del ser humano, los sistemas de valores, las tradiciones y las creencias.. En expresión del Informe de la Comisión Mundial de Cultura y Desarrollo de la UNESCO (Nuestra diversidad creativa, 1996), “la 4. GÁLVEZ ROSASCO, José (2007). Fiscalización Tributaria. Lima. Contadores & empresas.. - 22 -.
(33) cultura es manera de vivir juntos (...) moldea nuestro pensamiento, nuestra imagen y nuestro comportamiento”. Comportamiento responsable ante la necesidad de recursos para beneficio general y para mayor equidad de la ciudad. De esta definición destacan tres (3) indicadores fundamentales los cuales son:. 1. Conciencia ciudadana sobre fuentes y usos de los recursos de la Ciudad.. 2.. Disposición tributaria: Actitud más positiva ante la tributación y. censura social a la evasión.. 3. Confianza tributaria: Confianza en el buen uso de los recursos recaudados.. En cuanto a la formación de una cultura tributaria, se tiene que, obtener una profunda y arraigada cultura tributaria que logre cambios en el comportamiento del contribuyente. Esto es cuestión de tiempo. Para ello, no se puede hablar de rapidez o de éxitos en el corto plazo. La adquisición de un determinado comportamiento cultural, en los aspectos económico, social y político es lenta. La cultura, a la que se le reconocen virtudes modeladoras, de identidad y arraigo, tiene su propio ritmo.. - 23 -.
(34) Hoy en día se ha comenzado a tomar conciencia de la importancia de la cultura y a sospechar que detrás de cierto tipo de logros y resultados, (sobre todo los de carácter estable) está siempre presente.. En cierto modo, se sabe en qué consiste una determinada cultura, qué funciones puede cumplir, para qué sirve, pero se conoce muy poco sobre el cómo y en cuánto tiempo se forma, en qué situaciones, mediante qué procesos y factores. Se sabe de la cultura ex post, pero poco de la cultura ex ante.5. Pero, con todo, y estudiando la cultura ex post, sí hay cosas que ya se conocen, y cuanto más se conocen, más se sabe de su importancia en la configuración de los comportamientos y de las prácticas sociales. Por otra parte, si la cultura o “culturas” forman parte de todo comportamiento o práctica, y toda cultura es creada socialmente por el ser humano, en una sociedad como la peruana que vive de planear y construir su futuro, mejor será conocer con tiempo la cultura y culturas que hay que construir, en este caso, una cultura tributaria.. Hay que destacar que la cultura es una riqueza, un capital social, que tiene su lógica. Si no se cultivó durante años, no se puede improvisar ni suponer.. 5. SANABRIA O, Rubén (2005) Derecho Tributario e Ilícitos Tributarios. Lima. Editorial Grafica.. - 24 -.
(35) Es un capital que hay que crear y esto lleva su tiempo. Se puede crear, no hay duda, sin embargo, hay que saber cómo hacerlo.. Los países que cuentan con esa ventaja, por ejemplo, Dinamarca y países escandinavos, cuando comenzaron a acumularlo fue en conexión con los valores culturales, éticos y morales que en aquel momento, en sus culturas y en sus sociedades, eran matriciales y, por ello, los más importantes: El individuo y su conciencia como categorías supremas, nuevo sentido de responsabilidad, moralización en vez de sacralización de la vida, valoración del trabajo y de la austeridad.6. La cultura como visión, no se da atemporalmente ni en el vacío, sino en el tiempo y en el corazón de la vida que supone toda sociedad. Es decir, el tipo de cultura modeladora de un comportamiento social aparece siempre estrechamente vinculado con los que han sido en el tiempo los valores matriciales de una sociedad.. Estas constataciones tan importantes enseñan dos aspectos básicos:. i) Que el tipo de culturas modeladoras no se dan fuera de su historia ni en un laboratorio, no se dan fuera de la sociedad como proyecto;. 6. HERNÁNDEZ CELIS, Domingo (2009) Legislación Tributaria. Lima. Edición a cargo del autor.. - 25 -.
(36) ii) Que en la creación de una cultura con pretensiones a ser configuradora, hay que partir del tiempo y valores matriciales propios de la sociedad a construir. Cualquier otra intención de crear cultura es retórica o utopismo, en ambos casos, anacronismo.. Lo hasta aquí expuesto lleva entonces al planteamiento realizado por José Armando Robles (2002) en su ponencia en la sede de la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados, acerca de la interrogante acerca de ¿cuáles son los valores matriciales de la sociedad moderna?, la deseada, y que servirán como pautas a la hora de concebir, diseñar, planear y crear la cultura tributaria esperada.. Hoy por hoy, los valores matriciales más importantes y sobre los cuales hay que crear y acumular la nueva cultura tributaria son:. 1.- Pacto social: Las sociedades están llamadas a hacer un nuevo pacto social. La naturaleza pactal o contractual de la sociedad moderna se hace cada día más evidente a los ciudadanos. Las instituciones sociales, Estados, poderes, gobiernos, partidos, sistemas tributarios, que no se mueven en esa dirección, se ven a sí mismas crecientemente aisladas, faltas de credibilidad y legitimidad. Los ciudadanos se resisten a ser meramente ciudadanos administrados pues aspiran ser actores responsables en la nueva sociedad.. - 26 -.
(37) 2.- La sociedad como proyecto: Un segundo rasgo estructural creciente, estrechamente relacionado con el anterior, es la percepción creciente de la sociedad como proyecto. Se siente la necesidad de hacer un nuevo pacto, porque a la sociedad se le percibe cada vez más como lo que realmente es, un proyecto de todos y entre todos sus miembros. 7 3.- Dinámica: Percibir la realidad como proyecto implica percibirla como una realidad no ya construida, sino siempre en continua construcción.. La dinámica de la información, del control, de la gestión y de la participación no se detendrá, irá en aumento, y esto es lo que va a hacer que la sociedad como proyecto tenga una nueva dinámica. Desde las instituciones desde las cuales la sociedad se dirige y conduce a sí misma, las actitudes y la visión deberán, pues, ser siempre dinámicas.. 4.- La información y el conocimiento: Los anteriores rasgos estructurales no se hubiesen dado ni se dan sin un cuarto: La multiplicación de la información y del conocimiento, éste es el fruto de una revolución que apenas está comenzando, la revolución científico tecnológica y, más concretamente aún, informática. Conocimiento aquí significa. 7. información. total,. transparencia,. análisis. riguroso,. FLORES SORIA, Jaime (2007) Auditoria Tributaria - Procedimientos y Técnicas de Auditoria Tributaria-Teoría y Práctica. Lima. CECOF Asesores.. - 27 -.
(38) planteamiento de todos los escenarios posibles, valoración crítica de los mismos. Conscientes de la importancia de la información y del conocimiento, los ciudadanos modernos demandan tener más y mejor información y conocimiento. 8. Con ellos, se siente en mejor capacidad de reivindicar y garantizar sus derechos, de controlar en lo que le afecta el proyecto nacional y de participar en él.. 5.- Participación: La participación de los ciudadanos en la concepción, diseño, planeación, y conducción de la sociedad como proyecto, en la definición del modelo de desarrollo humano como país, en la definición y elaboración de las políticas tributarias y en la decisión del sistema tributario que se necesita y conviene. Esta demanda nueva de participación sin duda alguna viene vinculada, en primer lugar, al hecho de percibir la sociedad como proyecto, percibirlo como realidad dinámica, y por ello sentir la necesidad de construir la sociedad como nuevo pacto social.. En resumen, éste es el tiempo actual, y éstos, algunos de los valores matriciales de la sociedad contemporánea. Un tiempo de información y de transparencia, de negociación y de pactos, de participación y de. 8. SÁEZ RAMÍREZ,Silvia y GomezCambronero, Luis (2007) Sistema de mejora continua de la calidad. Madrid. Editado por la Universitat de valencia.. - 28 -.
(39) procesos.. Tiempo y valores captados como los estructuralmente propios de una sociedad que se construye sobre el conocimiento.. Pues bien, si éstos son signos y valores estructurales de la actualidad, será de ellos que tendrán que derivarse las pautas para la generación de una cultura tributaria. En cuanto a los principios no hay estrategia que valga, simplemente hay que cumplir con ellos.. El sistema tributario y la Administración Tributaria tienen que ser instituciones que encarnen estos principios. No se puede aspirar a que un sistema y una administración no coherentes con estos principios dé los frutos de cultura deseados (Robles, 2002).9. En este punto cabe hacer referencia a las pautas necesarias para la creación de una cultura tributaria; la sociedad, el Estado y el sistema tributario, deben aparecer y mostrarse como realidades ajustables que son y necesitadas de ajuste. Deben estar completamente vinculados e interrelacionados entre sí, respondiendo siempre al carácter más dinámico que aspira tener la sociedad. Y a su vez, demostrar. 9. TAGLE SÁNCHEZ, María del Carmen (2003) El ciclo económico y la recaudación tributaria en el Perú 1993-2001. Cuzco- Perú- Universidad Nacional de San Antonio Abad. UNSAAC- Facultad de Economía.. - 29 -.
(40) coherencia entre todos para así lograr que las políticas adoptadas gocen de credibilidad y legitimidad.. El conjunto debe aparecer como una gran empresa moderna que formada por todos: Con objetivos y metas formuladas (desarrollo humano sostenible), una entidad gestora (el Estado) y unos recursos necesarios (los provenientes entre otros vía el sistema tributario).. Esta relación de secuencia, determinada por todos, entre tipo de proyecto que queremos, Estado y sistema tributario, y re pactada a través del tiempo en base a criterios de bienestar y desarrollo, solidaridad creciente y equidad, es esencial para el alumbramiento de una cultura tributaria (Robles, 2002).. EVASIÓN FISCAL. La evasión fiscal o evasión tributaria o evasión de impuestos es una figura jurídica consistente en el impago voluntario de tributos establecidos por la ley. Es una actividad ilícita y habitualmente está contemplado como delito o como infracción administrativa en la mayoría de los ordenamientos.. El dinero negro es todo aquel que ha evadido el pago de gravámenes fiscales. Son ganancias en actividades legales o ilegales, pero que se. - 30 -.
(41) evita declararlas a Hacienda para evadir los impuestos. Se intenta mantenerlo en efectivo. Y no ingresarlo en actividades financieras, para que no figure registrado en los movimientos bancarios y el Estado no tenga conocimiento de su existencia.10. LAVADO DE DINERO. El lavado de dinero (también conocido en algunos países como lavado de capitales, lavado de activos, blanqueo de dinero, blanqueo de capitales o legitimación de capitales) es el proceso a través del cual es encubierto el origen de los fondos generados mediante el ejercicio de algunas actividades ilegales o criminales (tráfico de drogas o estupefacientes, contrabando de armas, corrupción, defalco, fraude fiscal, crímenes de guante blanco, prostitución, malversación pública, extorsión, trabajo ilegal y últimamente terrorismo). El objetivo de la operación, que generalmente se realiza en varios niveles, consiste en hacer que los fondos o activos obtenidos a través de actividades ilícitas aparezcan como el fruto de actividades legítimas y circulen sin problema en el sistema financiero.. 10. VERA PAREDES, Isaías (2005) Técnicas y Procedimientos de Auditoria Tributaria. Lima. Informativo Vera Paredes.. - 31 -.
(42) ELUSIÓN FISCAL. La elusión fiscal o elusión tributaria es una figura consistente en no pagar determinados impuestos que aparentemente. debería abonar,. amparándose en subterfugios o resquicios legales, no previstos por el legislador al momento de redactar la ley. Esta situación pude producir como consecuencia de deficiencias en la redacción de la ley o bien porque sus autores no han previsto efectos no deseados a la entrar en juego con el resto de las normas tributarias. Se caracteriza principalmente por el empleo de medios lícitos que buscan evitar el nacimiento del hecho gravado o disminuir su monto.11. DIFERENCIA CON EVASIÓN TRIBUTARIA. Se diferencia de la evasión tributaria porque no se viola la letra de la ley de modo que no se produce infracción alguna. El uso de argucias y tecnicismos legales para no pagar impuestos no es jurídicamente reprochable, aun cuando moralmente, según algunos tratadistas, pudieren ser reprochables en vista de que los actos que tienden a evadir impuestos no se emplean buscando fin económico alguno más que la disminución o desaparición de la obligación tributaria.. 11. VILLEGAS, Héctor (2000). Curso de Finanzas, Derecho Financiero y Tributario. Ediciones. Buenos Aires. DEPALMA.. - 32 -.
(43) No siempre es clara la distinción entre una y otra clasificación dada la frondosidad y complejidad de las normas tributarias.. La elusión tributaria es una consecuencia del principio de legalidad del tributo, ya que como el impuesto debe venir establecido por la ley, entonces no puede cobrarse un impuesto si la ley no lo ha establecido, lo que abre el flanco para aprovechar los puntos débiles que la ley ha dejado. ES lo que en lenguaje vulgar se describe con el dicho “hecha la ley, hecha la trampa.. MECANISMOS DE ELUSIÓN TRIBUTARIA. Algunas posibles técnicas de elusión tributaria son las siguientes:. . Darle una situación jurídica determinada el estatus de otra distinta,. aprovechando alguna clase de conceptualización defectuosa, para aplicarle una ley tributaria más benigna.. . Ampararse en una exención tributaria que por defectuosa técnica. legislativa, no había sido prevista para el caso particular en cuestión. . Incluir bienes en categorías cuya numeración no está contemplada. por la ley tributaria, y por tanto su inclusión dentro del hecho tributario es dudosa, para eximirlos de impuestos.. - 33 -.
(44) FISCALIZACIÓN DE LA ELUSIÓN. A diferencia de la evasión tributaria, que por su carácter infraccional y delictiva puede perseguirse mediante una adecuada fiscalización, la persecución de la elusión tributaria es enormemente difícil, ya que en el fondo se trata de situaciones enmarcadas dentro de la misma ley, las maneras de perseguir estas situaciones son básicamente dos:12. Interpretación por vía administrativa. En casos de aplicación dudosa de la ley tributaria, los servicios encargados de la recaudación del impuesto pueden emitir decretos y reglamentos carácter administrativo, que por vía de interpretación incluyan o excluyan deliberadamente ciertas situaciones, para de esa manera tapar los resquicios dejados por la ley.. Modificaciones legales. Es el propio legislador el que toma a su cargo evitar que se produzcan estas situaciones, estableciendo nuevas leyes que tiendan a corregir estas situaciones. Esto genera una suerte de guerrilla entre el legislador por ampliar las situaciones en que se cobre impuesto, y los abogados y contadores por disminuir las mismas, que le confieren. a la legislación tributaria en definitiva la enorme. complejidad y carácter técnico y detallista que le son característicos.. 12. VELASCO SÁNCHEZ, Juan (2005) Gestión de la Calidad, Mejora Continua y Sistemas de Gestión. Teoría y Práctica. Madrid. Ediciones Pirámide.. - 34 -.
(45) PARAISO FISCAL. Un paraíso fiscal es un territorio o Estado que se caracteriza por aplicar un régimen tributario espacialmente favorable a los ciudadanos y empresas no residentes, que se domicilien a efectos legales en el mismo. Típicamente estas ventajas consisten en una exención total o una reducción muy significativa en el pago de los principales impuestos.. La resistencia fiscal, también objeción fiscal o desobediencia fiscal, consiste en negarse u oponerse al pago de determinado impuesto debido a un desacuerdo con la naturaleza de la institución recaudadora de los impuestos o con algunas de las políticas de la institución. A menudo la resistencia fiscal ha estado vinculada a razones de conciencia, como pacifistas y antimilitaristas, miembros de grupos religiosos como los cuáqueros, que optan por financiar las actividades violentas del gobierno.. También ha sido una técnica utilizada por los movimientos de resistencia no violenta, como la campaña pro la independencia de la India dirigida por Mahatma Gandhi, y además promovida por ideologías antioestatistas y antiautoritarias.. - 35 -.
(46) A diferencia de los “manifestantes fiscales” que niegan que exista o se pueda aplicar la obligación legal de pagar impuestos, en general los resistentes fiscales reconocen que la ley les ordena pagar impuestos, pero aun así se resisten a elegir los impuestos.. LA EVASIÓN FISCAL. SANCIONES AL EVASOR. El Estado para cubrir las necesidades públicas colectivas, y con ello los 0fines institucionales, sociales y políticos, necesita disponer de recursos.. Dichos recursos se obtienen entre otros, a través del ejercicio de su poder tributario el cual emana de su propia soberanía. 13. Desde el punto de vista de los recursos tributarios, la ausencia de esta vía de ingresos, hace que se produzca en las arcas del Estado una insuficiencia de fondos para cumplir sus funciones básicas.. En este sentido la evasión fiscal constituye un fenómeno que además de erosionar los ingresos del gobierno, deteriora la estructura social y económica del país vulnerando la legitimidad de los gobiernos.. 13. VARGAS CALDERÓN, Víctor y Marysol León Huayanca (2004) Auditoria Tributaria. Lima Editorial Pacifico.. - 36 -.
(47) A continuación, se realizará un enfoque sobre las causas que da origen a. la. evasión. fiscal. y. las. herramientas. para. combatirlas,. fundamentalmente por el efecto nocivo que produce este fenómeno sobre los recursos tributarios (fuente genuina de ingresos del Estado), necesarios para el desarrollo de sus funciones básicas.. CONCEPTO DE EVASIÓN FISCAL. DIFERENCIA CON LA ELUSIÓN. El término evasión, es un concepto genérico que contempla toda actividad racional dirigida a sustraer, total o parcialmente, en provecho propio, un tributo legalmente debido al Estado. En términos más específicos:. "Evasión Fiscal o tributaria es toda eliminación o disminución de un monto tributario producido dentro del ámbito de un país por parte de quienes están jurídicamente obligados a abonarlo y que logran tal resultado mediante conductas fraudulentas u omisivas violatorias de disposiciones legales".. La evasión fiscal consiste en no pagar total o parcialmente el tributo, pero violando la Ley; es decir la evasión fiscal es ilícita y por ello conlleva a sanciones. Las causas de la evasión no son únicas. El examen del fenómeno de evasión fiscal permite colegir su grado de complejidad y su carácter. - 37 -.
(48) dinámico. Su reducción dependerá de la remoción de los factores que conllevan tales causalidades, debiéndose llevar a cabo una series de medidas adecuadas a un contexto económico y social dado, a fin de lograrlo.. Todo ello sin perjuicio de que circunstancias ajenas al campo económico tributario puedan mejorar o afectar el nivel de cumplimiento impositivo.. CAUSAS DE LA EVASIÓN FISCAL. Si bien no son las únicas, las causas más comunes de la evasión fiscal son:. i) Carencia de una conciencia tributaria: Implica que en la sociedad no se ha desarrollado el sentido de cooperación de los individuos con el Estado. Se considera que el Estado lo conformamos todos los ciudadanos y que el vivir en una sociedad organizada, implica que todos debemos contribuir con los fondos necesarios para cumplir la razón de su existencia.. ii) Sistema tributario poco transparente: Esta causal se refiere básicamente al incumplimiento de los requisitos indispensables para la existencia de un sistema como tal. Este principio exige que las leyes. - 38 -.
(49) tributarias, los decretos, reglamentos, etc., sean estructurados de tal manera que el contenido de las mismas sea tan claro y preciso, que no permitan la existencia de ningún tipo de dudas para los contribuyentes.. iii) Administración Tributaria poco flexible: La Administración Tributaria es la herramienta idónea con que cuenta la política tributaria para el logro de sus objetivos, razón que conlleva a la exigibilidad de la condición de la maleabilidad de la misma. Uno de los inconvenientes que se plantea, es que en la medida en que el sistema tributario busca la equidad y el logro de una variedad de objetivos sociales y económicos, la simplicidad de las leyes impositivas es una meta difícil de lograr. 14. iv) Bajo riesgo de ser detectado: El contribuyente al saber que no se le puede controlar se siente tentado a incurrir en esa conducta de tipo fiscal. La evasión es difícil de contrarrestar si no es con la erradicación de la misma, en un ámbito de evasión es imposible competir sin ubicarse en un ritmo similar a ella, aparece así la evasión como autodefensa ante la inacción del Estado y la aquiescencia de la sociedad (Josar, Nava, Parra, Ferrer y Villasmil, S/F). Este factor del bajo riesgo de ser detectado se lo debe relacionar en forma directa con la falta de control efectivo de la Administración, si existiera un control permanente en todas las etapas del proceso hasta la recaudación del 14. VÁZQUEZ VILLEDA, Oscar (2009) Evasión tributaria. Buenos Aires. Ediciones Depalma.. - 39 -.
(50) tributo, este riesgo se vería incrementado en un gran nivel. El contribuyente debe tener bien en claro que está enfrentando un alto riesgo en este sentido, y que de materializarse esa situación, deberá realizar el ingreso en forma forzada y que la sanción por incumplimiento le traerá aparejada una carga más pesada, la que no solo podría ser de carácter pecuniario, sino también de tipo penal.. Por otra parte en el caso de ser detectado, el riesgo sancionatorio debe ser adecuado y razonable, es decir que contemple sanciones lo suficientemente severas, como para que de la evaluación que haga el contribuyente de esa conducta omisiva, llegue al convencimiento de cumplir adecuadamente con sus obligaciones. Debe ser razonable, de tal forma que no sea exagerada en cuanto a su severidad, a los fines de que puedan ser aplicadas sin excepción, esto lo mencionamos porque si una sanción es muy severa en relación a la inobservancia de una norma, termina por no aplicarse.. Por todo lo antes expuesto, se puede concluir que para erradicar la intención de incumplir deben darse tres factores en forma concordante:. 1.- La capacidad de la Administración Tributaria para detectar a los evasores; 2.- La posibilidad de que pueda ser sancionado; y 3.- La posibilidad de forzar el cumplimiento respectivo.. - 40 -.
(51) Sancionar al Evasor.-. Aunque en general se requiere una actitud suave, para respaldar a los contribuyentes, nunca debemos olvidar que si se les deja por su cuenta, la mayoría de las personas preferirían no pagar impuestos.. El cumplimiento voluntario puede mantenerse a un nivel razonable solamente si existe una fuerza disuasiva creíble contra la evasión tributaria. Por lo tanto, para mantener el cumplimiento voluntario, la Administración Tributaria debe demostrar su capacidad y voluntad para detectar y sancionar la evasión tributaria sin temor o preferencia.15. Una penalización justa y equitativa, que es parte aplicada del pacto común, debe ser aplicada también por razones de justicia y de equidad.. Los contribuyentes deben percibir que la Administración Tributaria hace valer sus derechos y que los mismos son respetados, y la mejor muestra del respeto al derecho del contribuyente es la garantía de la equidad. Es decir, se trata a los iguales de igual forma.. Haciendo referencia a lo expresado por el Lic. Juan Hernández B en la Conferencia sobre la Equidad Tributaria, “Acciones para promover el. 15. UGALDE PRIETO, Rodrigo (2006) Elusión, planificación y evasión Tributaria. Santiago de Chile. Editorial Libro Mar Ltda.. - 41 -.
(52) cumplimiento”, hablar de equidad tributaria es hablar de que la Administración Tributaria garantiza a los que cumplen, que aquellos que no lo hacen recibirán el peso de la Ley. Que los iguales tributarán de forma semejante y que la evasión tributaria será combatida en tanto representa de todos los actos lesivos, la forma más burda y condenable de violación al principio de equidad tributaria.. La penalización es la prueba de que los acuerdos asumidos deben respetarse,. obligan. a. cumplimiento,. y. forman. parte. de. un. comportamiento exigido por igual a todos. La penalización así entendida y aplicada coadyuva a la cultura que se desea crear. No hay nada que la socave más que la discriminación y arbitrariedad en la imposición de penas.. Según el nuevo modelo de gestión tributaria, la Administración Tributaria debe potenciar la percepción social de que ella es capaz de descubrir y castigar eficazmente el incumplimiento fiscal. En efecto, la sociedad ha de percibir que el contrabando, la evasión y el fraude fiscal son descubiertos y sancionados.. Deberá para estos efectos, crearse un alto riesgo para el contribuyente que no cumpla.. - 42 -.
(53) Cuando la tributación no se hace cumplir, y sistemáticamente es defraudada, pensar en términos de cultura tributaria es un desideratum, pura retórica, enunciados inoperantes y vacíos. La penalización no es el factor más activo en la creación de cultura tributaria ni debe ocupar el primer lugar, pero sí debe estar cumplidamente presente como factor de reconocimiento y sancionamiento de la cultura que se quiere crear (Robles 2002).. Divulgación,. difusión. e. información. Tributaria.. Doctrina. Tributaria.-. La divulgación tributaria no es otra cosa que una manifestación del derecho constitucional que todos tenemos a la información.. 16. En los países en desarrollo, la Administración Tributaria debe actuar en medios en que existen núcleos de población de deficiente educación y cultura general, a quienes sin duda les demanda un esfuerzo la comprensión y cumplimiento de los impuestos y obligaciones tributarias. En Perú concretamente, el bajo nivel cultural del medio, obliga a la Administración Tributaria a tener que empeñarse en elevar la cultura tributaria del medio social, haciendo una eficiente difusión e información sobre los impuestos y las obligaciones tributarias a los. 16. Estudio Caballero Bustamante (2009-c). Ley del Impuesto a la Renta. Lima. Editorial Tinco SA.. - 43 -.
(54) contribuyentes, de una manera comprensible y accesible a la masa de la población.. Es por ello que es fundamental que la Administración Tributaria desarrolle programas de divulgación, información, promoción y educación tributaria y que se mantenga presente permanente en los medios de comunicación para estimular el cumplimiento voluntario.. La Administración Tributaria debe aprovechar al máximo el flujo de información que genera a través de las distintas estaciones de televisión y radio, así como en los diferentes diarios nacionales y regionales. Es necesario que utilice a los medios de comunicación social como palanca para impulsar la cultura tributaria y ganar la confianza de los contribuyentes. Esta es una tarea que la alta gerencia de la Administración Tributaria debe colocar en su agenda con carácter prioritario.. Algunas de las actividades divulgativas y de información que debería realizar la Administración Tributaria como estrategia para incrementar la cultura tributaria serían:. 1.- Organizar y abrir la librería tributaria;. - 44 -.
(55) 2.- Diseñar y producir material POP, afiches, vallas, trípticos, folletos, cuentos, libros, catálogos, cartillas, guías pedagógicas, encartes, papelerías, tarjetas, souvenir, etc.;. 3.- Diseñar y producir material audiovisual;. 4.- Producir y difundir exposiciones sobre educación tributaria;. 5.- Diseñar y producir boletines mensuales de fácil adquisición por el medio social.. 6.- Producir más notas de prensa;. 7.- Informar continuamente a la opinión pública en general sobre sus programas y proyectos; así como también, sobre sus logros, resultados y actividades;. 8.- Producir más publicaciones en las cuales se suministre a los contribuyentes la información de cada uno de los tributos en formas escritas;. 9.- Aumentar la demanda de información y materiales educativos para la formación del ciudadano, desde cualquier espacio de la sociedad civil, permitiéndole tener mayor acceso a la población a los medios. - 45 -.
(56) informativos y educativos, con el objeto de propender a la participación ciudadana;. 10.-Promover publicaciones y diálogos tributarios;. 11.-Publicar libros, realizar eventos informativos e iniciar un concurso de investigación tributaria;. 12.-Instalar y dotar centros regionales de información y capacitación.. 13.-Actualizar la base de datos de consultas y el material de doctrina tributaria.. 14.-Realizar y difundir publicaciones mensuales de distribución gratuita, cuya finalidad sea brindar información estadística sobre la recaudación tributaria y folletos que tengan por objeto brindar al contribuyente y al público en general información sobre procedimientos y trámites de índole tributaria como tablas de actualización de tributos, agendas de obligaciones tributarias, etc.. Es muy importante que la Administración Tributaria refuerce los programas de concientización, a través de campañas publicitarias que coadyuven a la divulgación de la cultura tributaria y al conocimiento de los deberes formales de los contribuyentes. A través de programas de. - 46 -.
(57) divulgación tributaria, debería estimular aún más el pago de los principales impuestos, así como realizar campañas publicitarias en los medios de comunicación masiva. 17. EVASIÓN TRIBUTARIA EN EL PERÚ. La tributación es la primera fuente de los recursos que tiene el Estado para cumplir con sus funciones y, por tanto, constituye un factor fundamental para las finanzas públicas.. Por ello, la ciudadanía debe entender que la tributación es clave para atender las principales necesidades de las mayorías de nuestro país. No es un vano desprendimiento para gastos innecesarios, sino un compromiso social con nuestros conciudadanos. Asimismo, debe comprender que la evasión reduce significativamente las posibilidades reales de desarrollo de un país y obliga al Estado a tomar medidas que, a veces, resultan más perjudiciales para los contribuyentes que sí aportan, como, por ejemplo, la creación de nuevos tributos o el incremento de las tasas ya existentes. Todo ello crea malestar y propicia mayor evasión.18. 17. EFFIO PEREDA, Fernando (2008). Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, Editora y Distribuidora Real SRL.. 18. LEFCOVICH, Mauricio (2007) Kaizen – La Mejora Continua aplicada en la Calidad, Productividad y Reducción de Costos. Madrid. Ediciones Pirámide.. - 47 -.
(58) DEFINICIÓN. Para explicar la evasión tributaria usaremos la definición siguiente:. “Es toda eliminación o disminución de un monto tributario producido dentro del ámbito de un país por parte de quienes están jurídicamente obligados a abonarlo y que logran tal resultado mediante conductas violatorias de disposiciones legales”. Entonces, la evasión tributaria constituye un fin y los medios para lograrlo vienen a ser todos los actos dolosos utilizados para pagar menos o no pagar.. En nuestra legislación, estos actos constituyen infracciones vinculadas con la evasión fiscal y existe un caso mayor, el de la defraudación tributaria, tipificado por la Ley Penal Tributaria. Es importante indicar que la elusión tributaria es un concepto diferente. Es aquella acción que, sin infringir las disposiciones legales, busca evitar el pago de tributos mediante la utilización de figuras legales atípicas.. DECRETO LEGISLATIVO. Nº. 813 LEY PENAL TRIBUTARIA. EL. PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO; el Congreso de la República por Ley Nº 26557, ha delegado en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar sobre las normas relacionadas con impuestos, contribuciones, aportaciones y demás tributos y normas tributarias, a fin. - 48 -.
(59) de. introducir. ajustes. técnicos,. simplificar. y. uniformar. los. procedimientos, precisar la vigencia y cobertura los regímenes especiales, entre otros aspectos así como armonizar las normas relativas al delito tributario y los cambios que estos demanden en el Código Penal y demás normas pertinentes, entre otras materias.. EL INCUMPLIMIENTO TRIBUTARIO NO DELICTIVO. Se genera:. . Por desconocimiento de la norma tributaria.. . Por la complejidad de la norma legal.. . Por interpretación errónea de la ley.. . Por errores en el llenado de la declaración.. En estos casos, la Administración Tributaria cobrará el tributo no pagado y aplicará las sanciones administrativas que correspondan (por ejemplo, multas).. - 49 -.
(60) EL INCUMPLIMIENTO TRIBUTARIO DELICTIVO. Se genera:. Cuando en una forma fraudulenta se deja de pagar en todo o en parte los tributos (Delito de Defraudación tributaria, usualmente conocido como Evasión tributaria).. . Cuando se obtiene de manera ilícita Beneficios Tributarios (Delito. de Defraudación Tributario).. . Cuando se utilice fraudulentamente los libros contables (Delito. Contable).. Una vez detectado el Incumplimiento Tributario de tipo delictivo, la Administración Tributaria procederá a cobrar los tributos dejados de pagar, aplicar las sanciones administrativas respectivas y coordinar con el Ministerio Público la denuncia penal correspondiente.. CAUSAS. Entre los factores que puedan originar la evasión, tenemos:. - 50 -.
(61) . El egoísmo natural de la persona para desprenderse de un parte de. sus ingresos en benéfico del bien común, lo que demuestra una escasa formación cívico – tributaria.. . La existencia de un desequilibrio entre la carga tributaria y la. capacidad económica de los contribuyentes.. . El aumento de las tasas de los impuestos. Los estudios sobre la. materia revelan que a mayores tasas, mayores son los niveles de evasión.. . El establecimiento de exoneraciones para algunos sectores. económicos o zonas geográficas que son utilizadas de manera incorrecta.. Además algunas experiencias demuestran que estas herramientas no han tenido los resultados esperados.. . La desconfianza sobre el acierto con que el Estado administra los. recursos.. . La emisión de normas tributarias complicadas y complejas, lo que. atenta contra la simplicidad y la neutralidad en la aplicación de los tributos.. - 51 -.
Outline
Confianza tributaria: Confianza en el buen uso de los recursos recaudados.
CAUSAS DE LA EVASIÓN FISCAL
ANÁLISIS Y VISIÓN GENERAL DEL ÁREA DE SOCIALES DEL BACHILLERATO PROGRAMA DE FORMACIÓN FAMILIAR Y
PROPUESTAS DE CLASE PARTICIPATIVA EN MATERIA FISCAL
Fe y confianza en la Administración Tributaria Transparencia Tributaria
MARCO CONCEPTUAL
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