IMPACTO DE LOS PROCESOS DE REPARACIÓN INTEGRAL EN EL CUERPO DE ALGUNAS MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA SEXUAL EN
EL CONFLICTO ARMADO
Trabajo de Grado
PAOLA ANDREA JIMÉNEZ DUQUE
GABRIELA VALLES MORNOY
MARÍA LUCÍA RAPACCI GOMEZ 1
Pontificia Universidad Javeriana
Facultad de Psicología
Bogotá D.C. Mayo 22 de 2015.
Procesos de Reparación Integral y cuerpos de mujeres víctimas de violencia sexual 2
Tabla de Contenido
0. RESUMEN ... 3
1. INTRODUCCIÓN ... 5
1.1. Planteamiento del problema ... 6
1.2. Fundamentación bibliográfica ... 14
1.3. Objetivos ... 39
1.3.1. Objetivo general ... 39
1.3.2. Objetivos específicos ... 39
1.4. Categorías de análisis ... 40
2. MÉTODO ... 41
2.1. Diseño ... 41
2.2. Participantes ... 41
2.3. Instrumento ... 42
2.4. Procedimiento ... 43
3. RESULTADOS ... 43
4. DISCUSIÓN ... 60
5. CONCLUSIONES ... 65
6. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS ... 67
7. ANEXOS ... 70
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0.RESUMEN
El presente trabajo tiene como objetivo Comprender el impacto que tienen los procesos de reparación en algunas mujeres víctimas de violencia sexual del conflicto armado colombiano. Para esto, se realizó una fundamentación bibliográfica que abordó la violencia sexual, los Procesos de Reparación Integral, la dimensión psicosocial, el cuerpo y la identidad de género. Las categorías de análisis orientadoras de la investigación fueron: límites y alcances de los procesos de reparación, recursos interventivos personales y profesionales de las expertas que trabajan con víctimas, mecanismos de afrontamiento personales y colectivos de las mujeres víctimas de violencia sexual, el cuerpo y, como categoría emergente, las atribuciones culturales que se le dan a la mujer y a las violencias en el conflicto armado colombiano. Esta investigación cualitativa, utilizó como instrumento la entrevista, que se realizó a dos mujeres expertas en el trabajo con mujeres víctimas de violencia sexual. Posteriormente se realizo el análisis y la discusión teniendo como referente las categorías de análisis propuestas y los referentes conceptuales ya mencionados. Los resultados permiten ver la complejidad en la implementación de estos procesos, en tanto se visibilizan las falencias que se presentan al momento de procurar reparar integralmente a las mujeres, más allá de las medidas de indemnización. Igualmente, se reconoce que el poder compartir entre mujeres, y contar con redes de apoyo como sus hijos, marca una diferencia importante en los procesos de reparación.
Palabras clave: Procesos de Reparación Integral, Violencia Sexual, Víctimas, Cuerpo.
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Abstract
This study aims to understand the impact of Reparation Processes in some women victims of sexual violence in the Colombian armed conflict. For this, a literature research of sexual violence, Reparation Process, the psychosocial dimension, body and gender identity was made. Thanks to this literature research, the analysis categories were established to guide the research, which are; limits and scope of the Reparation processes, interventional resources of skilled professionals who work with victims, personal and coping mechanisms of groups of women victims of sexual violence, the body, and an emerging category, cultural attributions given to women and violence in Colombia's armed conflict. This qualitative research used two interviews as an instrument, of two women experts in working with women victims of sexual violence, for further analysis of the categories. This allowed to stake the two perspectives and generate a discussion. The results show the complexity in the implementation reparation processes for victims, because some failures emerged when attempting to fully compensate the women, beyond the compensation. It was also found that the power sharing between women, and have support networks as their children makes a significant difference in repair processes.
Keywords: Process of Reparation, Sexual Violence, Victim, Body
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1.INTRODUCCIÓN
La historia del conflicto armado interno colombiano se ha caracterizado por causar daños atroces a la población civil. Todos los actores armados (tanto guerrilleros, como paramilitares e incluso las fuerzas públicas) han ejercido algún tipo de violencia en contra de las personas que habitan los territorios en disputa. Una de las principales características de este conflicto, es, irónicamente, una de las más invisibilizadas, la violencia sexual, utilizada como forma de tortura, o para causar lesión en el honor del enemigo.
Si bien toda la población civil se ha visto afectada por el conflicto, “las mujeres y las niñas son las víctimas ocultas de la guerra” (Amnistía Internacional, p. 10), pues la violencia contra las
mujeres ha sido relegada al ámbito privado, y se ha visto exacerbada en los enfrentamientos, donde además se legitiman los estereotipos de género y las prácticas de discriminación. Lo anterior se
puede evidenciar en la “limpieza social”, que está fundamentada en discursos patriarcales, que
promueven el sexismo y la homofobia. Ésta es una estrategia implementada por los grupos armados al margen de la ley, para controlar la población y demostrar su capacidad de dominio
sobre el orden público, donde se asesinan personas consideradas “socialmente indeseables” como
trabajadoras sexuales, homosexuales, personas que consumen sustancias psicoactivas, y portadores de enfermedades de transmisión sexual, entre otras.
En el informe de Amnistía Internacional (2004) Colombia Cuerpos marcados, crímenes silenciados, se evidencian claramente éstas desigualdades y las vulneraciones a las que son sometidos algunos sectores de la población civil, dado que esta:
Cada vez es más víctima del conflicto interno armado, no sólo por estar atrapada entre dos fuegos, sino por ser directamente blanco de los ataques. Esto afecta sobre todo a las comunidades de mayor riesgo, cuyas voces apenas se escuchan: mujeres afrodescendientes, mujeres indígenas, campesinas y pobladoras de barrios de las periferias de las ciudades, muchas de ellas ya desplazadas. Los cuerpos de las mujeres se han convertido en objetivos militares, ya sea por transgredir roles de género o por desafiar prohibiciones impuestas por los grupos
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El cuerpo de las mujeres se convierte en territorio para la conquista, se les niega la autonomía, y se ignoran sus derechos fundamentales, que socialmente han sido vulnerados por el simple hecho de ser mujeres. Los actores armados se apoderan de estos cuerpos para controlar las
poblaciones, como consta en algunas cifras: “Un promedio de seis mujeres, cada hora, han sido
víctimas directas de este tipo de violencia en municipios con presencia de actores armados. El 82,15% de las 489.678 mujeres víctimas de algún tipo de violencia sexual, es decir, 402.264 mujeres, no denunciaron los hechos que sufrieron, y el 73,93% de las mujeres considera que la presencia de los grupos armados en dichos municipios constituye un obstáculo a la denuncia de
los actos de violencia sexual” (Campaña: violaciones y otras violencias, P. 2.)
Según el informe ¡Basta Ya! Del Grupo Nacional de Memoria Histórica (2013), la violencia sexual ha generado víctimas que suelen ser estigmatizadas y revictimizadas, debido a los significantes culturales que predominan en la sociedad colombiana. De esta manera, las víctimas suelen ser culpadas de los hechos ocurridos, liberando así al victimario de su responsabilidad. Igualmente, en las comunidades, las mujeres víctimas de violencia sexual suelen ser segregadas, al ser una violación un motivo de vergüenza pública, ya que la concepción de la corporalidad suele mantenerse en un ámbito privado. Es necesario mencionar igualmente que existen arreglos de género que perpetúan la violencia sexual, que están vigentes en las instituciones legales que en teoría, deberían brindar un apoyo a las mujeres víctimas de estos hechos. De esta manera, se generan procedimientos legales inadecuados que revictimizan a la víctima al basarse en estereotipos sobre las mismas mujeres.
1.1. Planteamiento del problema
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ser garante, preventor y protector de los Derechos Humanos, debe promover una reparación efectiva cuando estos derechos son violados; sin embargo, en muchos casos se relaciona la reparación con una indemnización económica e individual, mientras que la ayuda humanitaria y demás acciones sociales del Estado, que son especialmente brindadas a las personas víctimas de desplazamiento, son asimiladas muchas veces como reparación, limitando que se dé una reparación integral y efectiva. (Grupo de Memoria Histórica, 2010).
Resulta alarmante encontrar estadísticas como las siguientes:
“En el período comprendido entre julio de 2002 y diciembre de 2007, por lo
menos 13.634 personas civiles fueron asesinadas por razones sociopolíticas, de ellas 1.314 eran mujeres (en Colombia). En este mismo periodo, por lo menos 90 mujeres fueron víctimas de ejecuciones extrajudiciales, directamente atribuidas a la fuerza pública y 82 más fueron víctimas de torturas. Adicionalmente, la situación de impunidad en que se mantienen estos crímenes, las expone a un
mayor nivel de vulnerabilidad y riesgo.” (AVRE, P.1)
Donde no se entiende únicamente la preocupación sobre la cantidad de personas que han sido víctimas del conflicto armado, sino también surge la impunidad como un factor que limita las acciones que buscan dar una respuesta efectiva a ésta problemática.
Según el último estudio publicado por la Alianza Iniciativa de Mujeres Colombianas por la Paz – IMP – (2009), de los 29.277 delitos que los postulados a la Ley han enunciado y confesado, los homicidios están en primer lugar con un total de 24. 043 hechos, le sigue la desaparición forzada con 2.287, con 1.228 la extorsión, el reclutamiento forzado con 1.312 casos, el secuestro con 669 y finalmente la violencia sexual con 29 hechos. Sobre este último delito 20 han sido casos enunciados y 9 ya son hechos confesados, en el marco de las 1.205 versiones libres que ya se han terminado (IMP, 2009). Estas cifras evidencian el escaso interés del gobierno nacional y las autoridades competentes por evidenciar y condenar este tipo de violencias y emprender medidas efectivas para su sanción y prevención. (AVRE P.2).
El Grupo de Memoria Histórica (2013) ha demostrado a través de diferentes cifras que la violencia sexual no es un fenómeno aislado, accidental o marginal, sino que hace parte de las configuraciones que perpetúan la violencia en el conflicto armado. Según el informe ¡Basta Ya!, entre 1985 y 2012, un número de 1754 mujeres fueron víctimas de este hecho, con más 821 casos sin fecha específica. Este dato se contrasta con los 96 casos que fueron confesados por los paramilitares en los testimonios dados bajo el marco de la ley 975 de 2002.
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indagar por el impacto que éste ha tenido para los colombianos y colombianas, en cuanto ha representado no solamente una vulneración de sus derechos humanos, sino también una fuerte revictimización por parte del Estado, al no dar una adecuada respuesta frente a los hechos ocurridos. Es por lo anterior que resulta importante hacer un cuestionamiento frente a las medidas que han sido implementadas por parte del Estado colombiano, para de esta manera responder por las vulneraciones vividas por su población, como lograr otorgarle una responsabilidad frente a la ocurrencia de los hechos violentos que, desde un principio, era su deber evitar.
Por lo tanto, al enfocar la problemática sobre la violencia sexual ejercida contra las mujeres en el marco del conflicto armado, resulta desalentador identificar no solamente la numerosa cifra de víctimas que reportan haber vivido un hecho violento, sino también el poco alcance que han tenido los procesos de reparación al intentar garantizar los derechos de esta población en particular. Según Amnistía Internacional (2004), al momento de reportar el crimen de violencia sexual en Medicina Legal, no existe diferencia entre quienes fueron víctimas dentro del conflicto armado y quienes no, por lo cual no existen cifras estatales que den cuenta sobre este crimen de guerra. Por lo anterior, se considera de vital importancia cuestionarse por el principio de integralidad de los procesos de reparación del Estado, ya que difícilmente tienen en cuenta que la violencia sociopolítica tiene impactos en las diferentes dimensiones de la vida de quienes la vivencian, psicológica, física, económica, cultural, sexual, etc. Si se pretende reivindicar el principio de integralidad, es necesario preguntarse por los diferentes impactos que no suelen ser tenidos en cuenta al momento de establecer las medidas de reparación por parte del Estado, como lo son los impactos en el cuerpo de las mujeres víctimas de violencia sexual.
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De esta forma, se introduce la importancia de entender el significado del cuerpo en los contextos de violencia sociopolítica, es necesario investigarlo porque:
“a) El cuerpo es el lugar donde se ejerce e inscribe la violencia, en especial
cuando es una violencia sexual. Si a la víctima se le violentó su cuerpo ¿Cómo ella entiende esa violencia? ¿Cómo logra vivir con un cuerpo marcado por la violencia?, b) El cuerpo es el lugar de exposición con la comunidad, es lo que se ve, lo que denota el significado, ¿Cambia la exposición del cuerpo luego de la violencia ejercida contra él? ¿Cómo esto influye en la capacidad de la víctima de tramitar su dolor y hacer duelo, es decir, de recuperar sus recursos, significados y relaciones para que reoriente su vida y restaure su integridad personal social? Y c) la vivencia afecta la cotidianidad de la víctima, es decir, la manera en que transcurre su día a día, sus relaciones sociales, su manera de estar en el mundo y
de asumir una realidad” (Parrado, P.35).
Por lo anterior, se puede considerar la importancia que tiene generar una reflexión sobre el cuerpo de las mujeres en los escenarios de guerra. Parrado (2014) afirma que cuando la violencia es ejercida en el cuerpo de la víctima, ésta rompe los significados que la persona le atribuía a su cuerpo, que también se manifiestan al tener contacto con la comunidad. Por esto, las víctimas de
violencia sexual suelen tener la sensación de “sentirse extrañas”, ya que no se sienten bien consigo
mismas, lo cual les genera conflictos para hablar sobre lo sucedido. De esta manera, se entiende que el cuerpo es tanto el escenario de los hechos violentos, como el instrumento que puede guiar una sanación, ya que es a través de los procesos de reparación que se le debe brindar a la mujer el mensaje de que ella es dueña de su cuerpo, que éste no es un territorio de conquista, lo cual tiene que ver con la idea generada durante la violación.
De esta manera, surge la importancia de indagar sobre los procesos de reparación desarrollados por el Estado, y las medidas utilizadas para lograr su principal objetivo: reparar integralmente a las víctimas de violencia del conflicto armado. Según Rettberg (2008), es necesario entender que al ser la mayoría de las víctimas del conflicto armado colombiano pobres, éstas no suelen tener una participación activa en la creación de los procesos de reparación, por lo cual estos procesos no logran ser contextuales. Para Rettberg (2008), la importancia de la respuesta a la
pregunta “¿Qué quieren las víctimas en Colombia?” es fundamental en la medida en que ubica las
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económicamente de ellas y con un promedio de salario de $360.000 mensuales. Estas estadísticas comprueban la necesidad de generar programas de atención integral a mujeres víctimas del conflicto.
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forma de victimización. Los delitos sexuales ocupan el puesto 17 con un 2,6%. Como autores principales de estas formas de victimización se encuentran las FARC y las AUC. La pregunta central del informe, sobre las medidas de reparación preferidas por las víctimas, arroja como resultado que el 45,5 % de las personas le otorga importancia al cubrimiento de sus necesidades económicas, y el 44% al establecimiento de la verdad sobre los hechos ocurridos. El 59,4% de los encuestados está vinculado a un programa de atención de víctimas, mientras el 40,6% no. De aquellas personas que sí están vinculadas a procesos de atención, un 26,8% siente confianza en ellos, mientras un 6,4% no, el 66,8% no sabe, no responde.
Por lo anterior resulta importante cuestionarse por medidas de reparación que atiendan las necesidades reales de las víctimas, ya que según diferentes factores como la región, la edad, etc., se han sufrido diferentes victimizaciones que deben orientar los programas de reparación. Al entender que un gran porcentaje de las víctimas siguen en proximidad social con sus victimarios, se hace evidente la urgencia de cuestionarse por el impacto real de estos procesos en la vida de las víctimas. (Rettenberg, 2008)
En este orden de ideas, es pertinente citar a Parrado (2014), quien afirma que “indagar por cómo la violencia afecta el cuerpo de la víctima importa si se quiere pensar la manera de reparar a estas mujeres acorde a las formas particulares en que se ejerció la violencia contra ellas, ya que aunque hay desafíos a nivel institucional para repararlas, las mujeres víctimas de este delito siguen sus vidas, resisten a la descalificación moral que les genera ser violadas en una sociedad patriarcal y además vuelven su testimonio una herramienta para luchar por el conocimiento de la verdad
sobre este crimen, su judicialización en la reparación” (P. 34)
De esta manera, se entiende que darle importancia a los impactos que los procesos de reparación tienen en el cuerpo, permite entender la integralidad como un principio fundamental de estos procesos, ya que está guiado a empoderar a las mujeres en su vida, permite buscar generar un proyecto de vida resiliente y sobretodo, darle voz e importancia a las historias que construyen una compleja historia de vulneración a sus derechos, que debe ser reconocida y validada en marcos legales, para garantizar que estos hechos no se repitan nuevamente.
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posiciona a las ciencias humanas, y específicamente a la Psicología, como comprometida con la generación de propuestas integradoras y contextuales a las diferentes medidas de reparación, para que estas produzcan bienestar en los y las participantes de estos procesos. En los procesos de reparación orientados por el Estado, se define el enfoque psicosocial como una condición transversal que permite asegurar una ayuda humanitaria, y debe estar presente en todos las medidas llevadas a cabo. Como lo afirma la Unidad para la Atención y Reparación a las Víctimas (2013):
En la comprensión de los daños psicosociales de las víctimas, si bien han sido pocos los estudios sobre la prevalencia de la afectación en salud mental, se ha reconocido que la afectación psicosocial no necesariamente se traduce a categorías de lesión o de secuelas y no sólo se comprende desde las acepciones de la enfermedad o la psicopatología. Por ello, se deberán ajustar los mecanismos, programas y planes de acción a la atención de los diversos daños psicosociales de las víctimas que caracterizan las diferentes expresiones del sufrimiento y no sólo las que se experimentan como enfermedades. (P.2)
A partir de lo anterior, se entiende cómo la Psicología Social debe interesarse por este fenómeno, en la medida que puede aportar en el diseño de medidas que respondan a las necesidades reales de las víctimas del conflicto, reconociendo siempre al otro como un ser integral con recursos y con resiliencia, para de esta manera, poder generar una intervención en el proyecto de vida y lograr así, una reparación integral. Al ser un deber de la Psicología promover el Bienestar Humano, el reconocer el sufrimiento y los posibles campos de acción para mitigar éste en el marco de los procesos de reparación, es muy importante desde un enfoque psicosocial.
Gracias al enfoque psicosocial se “demanda la tarea de caracterizar y comprender cuales y
como se presentan los daños, físicos, sensoriales, psicológicos y psicosociales a nivel individual y colectivo, de modo que se puedan construir los indicadores que puedan dar cuenta de su reparación. Se hace fundamental fortalecer el reconocimiento no solo de los daños, su caracterización, sino también los indicadores del restablecimiento psicosocial a nivel individual y colectivo, lo que
permitirá hacer un monitoreo y seguimiento de la efectividad de la intervención” (Unidad para la
Atención y Reparación Integral a las Vïctimas, P.5)
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interdisciplinarmente con otras áreas involucradas en estos procesos, para lograr integrar las categorías de impacto en el cuerpo y de esta manera, logre promover el bienestar humano y social, en áreas como la salud, la calidad de vida, la plenitud del desarrollo de las personas y grupos, al verse reflejada en la vida social e individual de las personas. (Equipo Área Social, Facultad de Psicología, 2013).
Igualmente, como producto de la intervención de la Psicología en éste ámbito, se puede gracias a su participación, lograr procesos de visibilización de las víctimas del conflicto armado colombiano, al recoger sus experiencias y vivencias, reconociendo las violaciones a sus derechos humanos, las vulneraciones personales, sentimientos y despojos en cuanto a su proyecto de vida. Así como lograr legitimar espacios que reconozcan los procesos que cada persona ha tenido para buscar su sanación personal, permitiendo validar y empoderar el rol de las mujeres al momento de generar procesos de reparación integral.
Desde el ámbito interdisciplinar, la propuesta de este trabajo es pertinente para las distintas áreas de ciencias humanas, ciencias de la salud, y ciencias jurídicas, en tanto todas estas disciplinas tienen un compromiso con los procesos de reparación y las víctimas en tiempos de post-acuerdo. Como lo afirma Parrado (2009) es muy importante indagar sobre importancia del cuerpo y el significado de éste en los hechos de violencia sociopolítica, ya que desde un enfoque de género, la violencia sexual tiene un impacto no solamente en la mujer sino en su comunidad, por lo cual involucra su salud física y psicológica. Por lo anterior, es importante reconocer el papel del cuerpo especialmente en las mujeres víctimas de violencia sexual en el conflicto armado, para poder entender sus significados en los procesos de reparación.
Para la Pontificia Universidad Javeriana, resulta pertinente impulsar la presente investigación, debido a su interés en generar conocimiento interdisciplinarmente, que busque dar solución a las problemáticas contemporáneas de Colombia. Como lo estipula en su misión, la
Universidad Javeriana está interesada en investigar sobre problemáticas como “La crisis ética e
instrumentalización del ser humano, la intolerancia y el desconocimiento de la pluralidad y la
diversidad, la discriminación social y la concentración del poder económico y político” (Pontificia
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social que está basada en discursos de discriminación e intolerancia hacia las mujeres que han sido víctimas de violencia sexual en el marco del conflicto armado, por lo cual resulta relevante investigarla desde una perspectiva institucional.
Finalmente, es necesario mencionar la importancia de generar conciencia en la comunidad colombiana frente a este tipo de problemáticas que hacen parte de su historia y de su realidad social, y que configuran relaciones entre los miembros de la sociedad, por lo cual todos los ciudadanos la configuran. Se puede afirmar que “(…) es necesario en Colombia avanzar por diversas vías tanto en documentar las situaciones, reforzar las estrategias de judicialización efectivas para las víctimas de violencia sexual como prácticas de tortura que constituyen crímenes de lesa humanidad por su carácter sistemático o generalizado, acompañar a las víctimas y generar
conciencia social sobre la problemática” (Barrazo, P.9)
Al conectar las investigaciones consultadas anteriormente con la relevancia social discutida, la pregunta de ésta investigación es: ¿Cuál es el impacto que tienen los procesos de reparación de víctimas en algunas mujeres víctimas de violencia sexual del conflicto armado colombiano?
1.2. Fundamentación bibliográfica
La violencia sociopolítica que se ha vivido en Colombia ha tenido diferentes magnitudes y consecuencias, despojando así al país de sus grandes riquezas, y teniendo impactos en la corporalidad y emocionalidad de sus ciudadanos. Como se afirma en el informe ¡Basta Ya! Del Grupo Nacional de Memoria Histórica (2013), “Colombia tiene una larga historia de violencia,
pero también una renovada capacidad de resistencia a ella” (P. 13), lo cual posibilita la concepción
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Entre los años 1958 y el 2012, el conflicto armado colombiano ha sido responsable de la muerte de al menos 220.000 personas, la cual es una cifra desalentadora, más que sin embargo, no permite lograr una comprensión de las diferentes dimensiones y dinámicas, así como las experiencias de tristeza y de dolor de cada una de las víctimas que, a pesar de estar enmarcadas en una misma guerra, han vivenciado historias particulares cuyas secuelas resultan inimaginables para la población civil que ha parecido desinteresarse por ésta problemática. (Grupo de Memoria Histórica, 2013)
Gracias al conflicto armado, se han cometido violaciones repetitivas y estructurales a los derechos humanos, los cuales han sido perpetrados por los diferentes grupos armados, guerrillas, fuerzas públicas y paramilitares. Igualmente, se reconoce que aún hoy en día, en Colombia se siguen desviando recursos para alimentar la economía de la guerra, el empobrecimiento de las poblaciones, aún siguen habiendo millones de desplazamientos forzados. (Oxafam Internacional, 2009) Lo anterior permite afirmar que en Colombia, se han consolidado los patrones violencia, los cuales se repiten en diferentes poblaciones para generar los mismos impactos; desesperanza, injusticia, desolación, tristeza.
Estas modalidades de violencia han dejado diferentes cifras de víctimas, durante los últimos 20 años, el conflicto ha sido responsable por la muerte de al menos 70.000 personas, la mayoría civiles en campo de batalla. Desde 1985 entre 3 y 4 millones de personas han tenido que desplazarse de sus tierras, y desde el año 2000, 10.000 personas han sido secuestradas. Alrededor de siete personas mueren o desaparecen fuera de combate diariamente, a pesar de que las masacres se han reducido desde el Gobierno de Uribe, esto ha tenido como consecuencia las muertes selectivas de hasta más de 4.000 personas. En este mismo periodo, alrededor de 932 personas han sido víctimas de tortura. Finalmente, es necesario mencionar que el conflicto ha tenido igualmente un impacto muy severo en el desarrollo humano, con consecuencias sobre los derechos socioeconómicos de la población. (Oxafam Internacional, 2009)
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millones de personas), de ésta cifra, el 54% viven por debajo del umbral de la pobreza, el 45% de la población que vive en la indigencia son mujeres. (Oxafam Internacional, 2009)
En este orden de ideas, es necesario mencionar que a pesar de que a partir de la mitad del último siglo en adelante, se han concedido ciertos reconocimientos a los derechos de las mujeres, así como la inclusión de estas al mundo del trabajo, Colombia sigue estando lejos de ser una sociedad equitativa. Parece ser una realidad que la vida de las mujeres está marcada por su rol reproductivo, la tasa de embarazos no deseados es del 52%, lo cual demuestra que las mujeres siguen siendo marginadas y no se les permite aún tomar sus decisiones, sobretodo en cuando a su reproductibilidad. Esta falta de libertad puede explicarse por el bajo nivel de escolaridad y falta de propios recursos. Esta discriminación se ve reflejada igualmente en el ámbito laboral, ya que a pesar de que el 43% de la población activa de trabajadores son mujeres, los trabajos a los que tienen acceso son discriminativos y poco remunerados. (Oxafam Internacional, 2009)
“Las mujeres que viven en las zonas donde el conflicto golpea sufren no sólo el
cúmulo de todas las discriminaciones descritas sino que además sus vidas se han visto trágicamente sesgadas por las pautas de violencia que rigen las reglas del conflicto afectando a todos los ámbitos de su vida. Su desarrollo socioeconómico está muy limitado por la falta de movilidad, de acceso a recursos económicos y de servicios sociales básicos. En este sentido, las mujeres demandan al Estado que les sean restituidos sus derechos como tenedoras de sus tierras ya que en la mayoría de los casos cuando muere el marido ellas pierden la propiedad de la tierra ya que no tienen un documento que lo acredite. Además, el conflicto armado pone en serio peligro las vidas de las mujeres, y sus familias, que están
implicadas en la política.” (P. 9)
A pesar de la importancia de lo anteriormente mencionado, para el objetivo de este trabajo de grado, se profundizará en la problemática de la violencia sexual en contra de las mujeres en el conflicto armado, ya que ésta tiene repercusiones directas en la corporalidad y de las víctimas, y de ésta forma se puede evidenciar como los procesos de reparación buscan tener un impacto en esta.
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cual se han podido fijar diferentes objetivos que tienen estos hechos en las mujeres. (Grupo de
Memoria Histórica, 2013). “En el marco del conflicto armado, la violencia sexual no tiene como
finalidad el acto sexual en sí mismo, sino que se comete para atacar y demostrar poder frente al
enemigo causándole sufrimiento” (Oxafam Internacional, P. 10)
Inicialmente, la violencia sexual se utiliza para atacar a las mujeres por su condición de liderazgo, es decir, aquellas mujeres que ocupan ciertos niveles de autoridad dentro de la comunidad, así como aquellas que son representantes de grupos sociales específicos. Igualmente, se utiliza para destruir el círculo afectivo del enemigo, es decir, para humillar a los hombres que hacen parte de los grupos armados enemigos. De igual forma, la violencia sexual es utilizada como castigo para reprimir conductas transgresoras desde la perspectiva de los actores armados, entonces se regula tanto el cuerpo de la mujer como las actuaciones de ella bajo la amenaza de la violencia sexual, ya que se perpetúan según las prácticas culturales que se han establecido en cierta comunidad. (Grupo de Memoria Histórica 2013)
Es importante mencionar que este tipo de violencia se presenta en distintas formas, no sólo con el abuso sexual, sino que incluye actos de acoso sexual, amenazas e insinuaciones verbales con contenido sexual, desnudez forzada, embarazo forzado, aborto forzado, esterilización y anticoncepción forzadas, prostitución forzada, mutilación sexual, esclavitud sexual, o la imposición de normas y códigos de conducta. (AVRE, P.1) Pues sumado al objetivo de humillar a los hombres, la capacidad reproductiva de las mujeres hace que sus cuerpos sean objeto de prácticas extremadamente crueles con el único fin de “no dejar ni la semilla”.
Según el informe de Amnistía Internacional Colombia. Cuerpos marcados, crímenes silenciados, durante el periodo comprendido entre 1994 y 2004, la cantidad de ataques paramilitares contra la población aumentó, y la violencia sexual que se dio con tanta frecuencia,
tenía como fin “castigar a una población acusada de colaborar con las guerrillas, de generar terror
o de provocar la huida de comunidades enteras de determinada zona de interés militar o
económico” (p. 35). Aunque este registro hable especialmente de los ataques paramilitares,
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Las mujeres han sido declaradas objetivos militares por todos los bandos del conflicto
armado, ya que son acusadas de relacionarse con los adversarios. “Las mujeres y las adolescentes son vigiladas regularmente para asegurarse de su obediencia y a veces se usa la violación como
castigo a las interesadas y advertencia general a la población femenina” (p. 45). Tanto niñas como mujeres suelen ser obligadas a servir como esclavas sexuales para los actores armados o a ejercer la prostitución, y así, quienes son obligadas a tener relaciones sexuales con militantes de un bando, suelen ser consideradas objetivo militar para el bando contrario, por lo que se ven obligadas a dejar sus lugares de residencia para proteger sus vidas y por temor a sufrir nuevos abusos. El cuerpo de la mujer se convierte en un objeto, a través del cual se puede sembrar terror en las comunidades para lograr sus objetivos militares, (Oxafam Internacional, 2009) “La mujer se convierte en moneda de cambio a través de la cual lesionar, aterrorizar y debilitar al enemigo para avanzar en
el control de territorios y recursos económicos.” (P. 11)
El estigma que crea la violencia sexual en las víctimas, suele ser el impedimento para que ellas presenten las denuncias. Cuando alguna mujer es víctima de este tipo de violencia, suele ser juzgada por no haberse resistido e incluso por haber provocado la violación, y esto hace que se genere un sentimiento de culpa en las víctimas; por ejemplo, dentro de los territorios controlados
por actores armados, estos abusos suelen ser tomados como “merecidos” por transgredir las
normas. Las mujeres prefieren callar por temor al rechazo de sus comunidades y sus familias, quienes suelen excluirlas en lugar de acompañarlas; generalmente son también obligadas a abandonar sus territorios, pues tanto ellas como sus familias son amenazadas luego de los hechos.
Las víctimas de violencia sexual encuentran muchos obstáculos tanto en los servicios de salud, como en los procesos judiciales. Las autoridades no reconocen el impacto de esta violencia en el aspecto emocional y corporal de las mujeres, quienes muchas veces resultan contagiadas con enfermedades de transmisión sexual, o embarazos no deseados que han sido producto de la violación. A través de la invisibilización, el Estado legitima la violencia contra las mujeres y su posición de subordinación dentro de la sociedad, pues su pasividad frente a estos casos es una clara muestra de tolerancia a los delitos de violencia sexual.
Según Oxafam Internacional (2009), las mujeres suelen ser víctimas de violencia sexual en
el conflicto armado por razones como “desafiar las prohibiciones impuestas por ellos, transgredir
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por simpatizar con él.” (P. 11), por esto, se condena como tortura social y política, ya que controla
las esferas íntimas de la vida de las mujeres, controlando su vida sexual, implementando prácticas como la mutilación o la esclavitud.
Igualmente, se han identificado diferentes tipos de violencia sexual en el marco del conflicto armado, entre las cuales están la esclavitud sexual, la esclavitud doméstica, la violación, mutilación sexual, el abuso sexual y la violación de los derechos reproductivos de mujeres combatientes como la anticoncepción y la esterilización forzada, la mutilación genital, la explotación sexual, el secuestro para prestar servicios sexuales en los grupos armados, obligación de abortar o usar métodos anticonceptivos, la prostitución forzada y la trata de personas, las violaciones perpetradas a mujeres líderes en organizaciones de defensa de los derechos humanos, asesinato y violación de madres cabeza de familia cuando el varón estaba ausente, imposición de normas homofóbicas mediante la violación de mujeres lesbianas y ejecución de mujeres con HIV entre otras. (Oxafam Internacional, 2009)
Si lo anterior resulta preocupante, es aún más desalentador encontrarse con las razones por las cuales las mujeres no denuncian, ya que estas hacen parte igualmente de la violencia cultural estructurada que existe en la sociedad colombiana. Únicamente el 9% de las mujeres víctimas de esta violencia se deciden a denunciar, lo cual se debe a la ausencia de instancias de administración púbica, la falta de recursos humanos y financieros, debilidad institucional de las entidades que investigan los casos, falta de profesionales formados, y sobretodo, la profunda desconfianza frente a las autoridades encargadas de recibir la denuncia. Existen igualmente razones de ámbito privado en el que se encuentran las mujeres, la represalia por parte de los agresores, la dependencia económica y afectiva que pueden tener con ellos, la aceptación social de esta violencia y el desconocimiento de las víctimas de sus derechos. Es importante igualmente mencionar que aquellas mujeres que sí denuncian, suelen ser sometias a la revictmizacion por el aparato de justicia, ya que dentro de las entidades públicas se pueden reproducir los prejuicios en torno a los delitos sexuales.(Oxafam Internacional, 2009)
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los intentos que tiene el Estado para reparar a las consecuencias que ha dejado la guerra en Colombia.
Para poder aproximarse a las propuestas de reparación de víctimas que existen, es necesario tener en cuenta el marco jurídico que gira en torno a éstas, las define y posibilita su actuar en la sociedad. Siendo responsabilidad del Estado el ser garante de los derechos, es necesario indagar por cuál es la respuesta a estos fenómenos sociales. Inicialmente, se consultó la Ley de Justicia y paz de 2005, que busca generar medidas para la reinserción de grupos armados al margen de la ley a la sociedad, buscando promover la paz y los acuerdos humanitarios. En su artículo 5 define:
“Se entiende por víctima a la persona que individual o colectivamente haya
sufrido daños directos tales como lesiones transitorias o permanentes que ocasionen algún tipo de discapacidad física, psíquica y/o sensorial, sufrimiento emocional, pérdida financiera o menoscabo de sus derechos fundamentales. Los daños deberán ser consecuencia de acciones que hayan transgredido la legislación penal, realizadas por grupos armados organizados al margen de la ley. También se entenderá por víctima al cónyuge, compañero o compañera permanentemente, y familiar en primer grado de consanguinidad, primero civil de la víctima directa,
cuando a ésta se le hubiere dado muerte o estuviere desaparecida” (P.2)
Es necesario hacer una distinción importante sobre el rol del Estado al momento de definir los procesos de reparación de víctimas, ya que éstos pretenden generar un papel redistributivo en la sociedad, que garantice diferentes derechos como la educación, la salud, la seguridad social, vivienda, servicios básicos como el agua, electricidad, etc. Sin embargo, al ser reconocida Colombia por la Constitución de 1991 como un Estado Social de Derecho, está por ley obligada a garantizar todos los derechos anteriores, sin la necesidad de enmarcarse en un contexto de programas de reparación de víctimas (Parrado, 2014). Es necesario reconocer este cuestionamiento para que el Estado no busque responder a las víctimas por derechos que ya de por sí son su obligación garantizar, sino que realmente genere medidas de reparación integrales que respondan a las diferentes necesidades particulares de las víctimas del conflicto armado. Según Parrado (2014), la participación de las víctimas, la sociedad civil, las comunidades y diversos organismos internacionales es lo que posibilitará una reparación integral. Es necesario escuchar a las víctimas, ya que únicamente ellas pueden decidir qué es lo justo en la reparación.
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2009, da una definición más exacta sobre cada uno de estos derechos. Sobre el derecho a la justicia, afirma que es un deber del Estado investigar, juzgar y condenar a penas adecuadas a los responsables de los derechos humanos; se trata de investigar los crímenes y castigarlos con medidas adecuadas, para de esta manera, combatir la impunidad. En cuanto al derecho a la verdad, se refiere a que las victimas deben saber la verdad sobre los hechos, conocer los motivos de las violaciones para evitar la repetición de estas en el futuro, preservar la memoria colectiva, deben aclararles igualmente las circunstancias bajo las cuales ocurrieron los hechos. Finalmente, el derecho a la reparación, que se refiere al deber del Estado a reparar integralmente los daños
causados por la vulneración de los derechos humanos, a través de medidas que logren “hacer
desaparecer los efectos de las violaciones cometidas” (P. 31).
Es igualmente importante darle un significado a cada uno de los derechos anteriores que se encuentre enmarcado en un abordaje especial para las mujeres. Según Barraza (2008), el derecho a la verdad hace referencia a la necesidad de conocerla, de que los crímenes cometidos contra las mujeres sean denunciados, así como la instrumentalización del cuerpo como estrategia de guerra, ya que esto permite entender el daño irreparable que estos crímenes tienen en la sociedad. En cuanto al derecho a la justicia, se afirma que éste debe estar enfocado al reconocimiento de la gravedad de los crímenes cometidos contra las mujeres, de cómo éstos aportaron a la gravedad del conflicto, para de esta manera, sancionarlos adecuada y específicamente, para garantizarle a las mujeres víctimas el principio de no repetición. Frente a los procesos de reparación, deben establecer la identificación de los crímenes cometidos así como la de las víctimas, para reconocer los objetivos que éstos tenían en el marco del conflicto armado, por ejemplo, el poder territorial, la sanción del rol social de las mujeres una expresión de masculinidad y dominación frente a las mujeres.
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Aquí se tiene en cuenta la dificultad de las mujeres víctimas del conflicto para el acceso pleno a sus derechos como ciudadanas, especialmente porque las mujeres no son reconocidas como sujetos de derecho debido a su posición de subordinación que ha sido históricamente establecida. Dado lo anterior, el objetivo del CONPES 3784 es garantizar los derechos de estas mujeres tanto en atención, como en asistencia y reparación; esto se lleva a cabo a través de estrategias para la prevención de la violencia sexual, así como la promoción de una participación efectiva, incluir en los proyectos del Estado el enfoque de género y el enfoque diferencial.
Igualmente, el Estado ha establecido la Ley 1448 de 2012, llamada “Ley de víctimas y
restitución de tierras y decretos reglamentarios” que dicta las medidas de atención, asistencia y
reparación integral las diferentes víctimas del conflicto armado, cuyo objeto es: “Establecer un conjunto de medidas judiciales, administrativas, sociales y
económicas, individuales y colectivas, en beneficio de las víctimas (…), dentro
de un marco de justicia transicional, que posibiliten hacer efectivo el goce de sus derechos a la verdad, la justicia y la reparación con garantía de no repetición, de modo que se reconozca su condición de víctimas y se dignifique a través de
la materialización de sus derechos constitucionales”. (P. 9)
Por otro lado, al entender esta ley, es importante hablar de los procesos de reparación simbólica a los que se refiere, que se definen como “toda prestación realizada a favor de las
víctimas o de la comunidad en general que tienda a asegurar la preservación de la memoria histórica, la no repetición de los hechos victimizantes, la aceptación pública de los hechos, el perdón público y el restablecimiento de la dignidad de las víctimas. La reparación colectiva debe orientarse a la reconstrucción psicosocial de las poblaciones afectadas por la violencia. Este mecanismo se prevé de manera especial para las comunidades afectadas por la ocurrencia de
hechos de violencia sistemática.” (P. 5). Igualmente, en esta ley se hace un listado de todos los
derechos que deben ser garantizados a las víctimas, que son:
“a) Derecho a la verdad, justicia y reparación, b) Derecho a acudir a escenarios de diálogo institucional y comunitario, c)Derecho a ser beneficiario de las acciones afirmativas adelantadas por el Estado para proteger y garantizar el derecho a la vida en condiciones de dignidad, d) Derecho a solicitar y recibir atención humanitaria, e) Derecho a participar en la formulación, implementación y seguimiento de la política pública de prevención, atención y
reparación integral, f) Derecho a que la política pública (…) tenga enfoque
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restitución de la tierra si hubiere sido despojado de ella, (…), h) Derecho a la información (…) se establecen en la presente ley, i) Derecho a conocer el estado
de procesos judiciales y administrativos que se estén adelantando, en los que tengan un interés como parte o intervinientes, j)
Derecho de las mujeres a vivir libres de violencia”. (P. 16)
De esta manera, se reconocen los diferentes factores que juegan un papel importante al hablar de reparación integral. Es importante mencionar que los programas de reparación ofrecidos por el Estado están enmarcados en un enfoque de Justicia Transicional, que puede entenderse como la iniciativa de implementar procesos, tanto jurídicos como de la sociedad, que busquen garantizar que los responsables de los hechos violentos, rindan cuentas de sus actos, que se garantice el principio de no repetición y la desarticulación de los grupos armados ilegales, para que de esta manera se logre la reconciliación nacional, paz duradera y sostenible. (Ley 1448 de 2012)
Basándose en la Justicia Transicional mencionada anteriormente, el Estado se fundamenta
en las medidas transicionales, que se definen como “Las medidas de atención, asistencia y
reparación adoptadas por el Estado, que tendrán la finalidad de contribuir a que las víctimas sobrelleven su sufrimiento y, en la medida de lo posible, al restablecimiento de los derechos que les han sido vulnerados. Estas medidas se entenderán como herramientas transicionales para responder y superar las violaciones contempladas en el artículo 3° de la presente ley”. (P. 12). Para abordar éstas medidas, el Estado se basa en el enfoque diferencial, que busca reconocer las características particulares de diferentes poblaciones (edad, género, orientación sexual y situación de discapacidad) para llevar a cabo la identificación de sus necesidades contextuales. De esta manera, en ésta se concluye que se debe dar prioridad a los grupos expuestos a mayor tipo de
violaciones, como “mujeres, jóvenes, niños y niñas, adultos mayores, personas en situación de discapacidad, campesinos, líderes sociales, miembros de organizaciones sindicales, defensores de
Derechos Humanos y víctimas de desplazamiento forzado” (P.13)
“Para el efecto, en la ejecución y adopción por parte del Gobierno Nacional de políticas de asistencia y reparación en desarrollo de la presente ley, deberán adoptarse criterios diferenciales que respondan a las particularidades y grado de vulnerabilidad de cada uno de estos grupos poblacionales. Igualmente, el Estado realizará esfuerzos encaminados a que las medidas de atención, asistencia y reparación contenidas en la presente ley, contribuyan a la eliminación de los esquemas de discriminación y marginación que pudieron ser la causa de los
hechos victimizantes” (P. 13)
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motivos. Igualmente, se busca evidenciar la ausencia de políticas públicas y servicios institucionales con enfoque de derechos, mostrar las problemáticas que se han presentado para reconocer las necesidades de estas personas que son consideradas como diferentes, y finalmente, evidenciar la invisibilización sobre las características de estos grupos.
El Derecho Internacional de los Derechos Humanos, reconoce que ciertos grupos necesitan ser protegidos de manera diferencial, pues se encuentran en condiciones de vulnerabilidad que se han constituido históricamente en los contextos donde se desarrollan. El trabajo del enfoque diferencial, es el análisis de los discursos y prácticas que legitiman la discriminación, así como un posterior ejercicio para modificar estas prácticas culturales a través de acciones inclusivas que hagan parte de las políticas públicas.
Dentro del enfoque diferencial, hay un elemento que es pertinente destacar: el enfoque de género, que hace visible la relación entre hombres, mujeres y diferentes identidades sexuales, y
“cómo éstas, facilitan determinadas acciones que tienen que ver con sus capacidades, necesidades
y derechos”. En Colombia, una sociedad caracterizada por el machismo, el enfoque de género
busca soluciones a problemas de desigualdad entre hombres y mujeres, como acceso a educación y salud, violencia contra la mujer y poca participación en el espacio público, entre otros. Según la Corporación de Apoyo a Víctima de Violencia Socio Política Pro-Recuperación Emocional (AVRE), es necesario tener en cuenta el enfoque de género al momento de hablar de reparación a las mujeres, ya que a través de éste se construyen las relaciones sociales y se asignan roles específicos a hombres y mujeres, por lo cual éste permite generar transformaciones en los procesos sociales sobre la exigibilidad de los derechos, que tienen como finalidad cambiar los procesos de inequidad. Un enfoque diferencial basado en género permite darle importancia a las vivencias de las víctimas, reconociendo sus daños y pérdidas que permitan plantear medidas de reparación que respondan estas particularidades.
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Los componentes de la reparación integral son: a) la restitución, que se refiere a la posibilidad de devolver a la víctima a la situación anterior a la violación, b) la indemnización, que se determina en función del daño sufrido evaluado económicamente, c) la rehabilitación integral, d) la satisfacción, que incluye la verdad, las excusas públicas, la aceptación de responsabilidades y el reconocimiento de las víctimas, e) la obligación de la garantía de no repetición. Además de esto, es necesario implementar políticas integrales de no discriminación frente a la mujer, ya que esto permitiría desnaturalizar la violencia sexual. (Barraza, 2008)
Se han articulado programas del Estado con organizaciones sociales como Corporación Humanas, es un centro de estudios y acción política feminista, cuya misión es la promoción y defensa de los derechos humanos de las mujeres, el derecho internacional humanitario y la justicia de género, en Colombia y Latinoamérica.
Según Uprimny (2009) las reparaciones a víctimas deben darse desde un enfoque transformador, que busque principalmente transfigurar las relaciones de subordinación y exclusión social que son la base del conflicto, y que se dan incluso en el contexto antes de los hechos violentos de la guerra. Por esto, un enfoque transformador debe ser capaz de asegurar:
a) que la víctima participe en todas las etapas y procedimientos, b) que la no discriminación sea un principio durante un proceso, así como un objetivo, c) que la realidad específica de las víctimas sea puesta en consideración durante el programa y al generar las medidas de reparación, d) que se busque empoderar a la víctima, e) que las medidas del proceso busquen superar las barreras puestas entre las víctimas y las reparaciones, e) que se cambien las situaciones de exclusión en las que vivía la víctima que permitieron su victimización. (Parrado, 2014)
Es necesario mencionar que algunas de las políticas y programas que pretenden reparar a las víctimas, no cumplen con el carácter integral, y se basan en pocas medidas establecidas. Por ejemplo, algunas víctimas reciben indemnización por los bienes perdidos, más no garantía de no repetición, lo cual incumple sus derechos de víctimas, ya que se parte de un enfoque asistencial que vuelve dependientes a las víctimas del Estado, y no les permite reempoderarse en la sociedad.
“Muchas mujeres consideran que ninguno de los programas asistencialistas que hasta el momento
se han diseñado para ellas es aceptable o adecuado, en la medida en que no permite la democratización de la familia, y en lugar de ello, renaturalizan y exacerban el rol social que la
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Igualmente, es necesario cuestionarse por el impacto de los procesos de reparación en un contexto que proclama la diferencia en sus leyes, pero que en la actuación está muy lejos de cumplirlas. Para que los procesos de reparación tengan sentido en la sociedad colombiana, es igualmente necesario generar cambios culturales que deslegitimen la violencia contra la mujer.
“En este sentido, (diferentes medidas del estado…), tienen serios obstáculos para que las éstas
logren un acceso real a procesos de Reparación Integral, entre los que cabe señalar: los costos de los procesos, la imposibilidad de utilizar la vía judicial, la no diferenciación entre la asistencia
humanitaria y las medidas de reparación, los montos de las reparaciones, entre otros”
(AVRE, P.3).
La Corporación AVRE ha determinado ciertas realidades que frenan los procesos de reparación: “a) El no tener claro los procedimientos para la reparación afecta a las mujeres, sobre todo a
aquellas que se encuentran en situación de desplazamiento, puesto que generaliza la respuesta de atención para toda la población, sin tener en cuenta los actos violentos sufridos contra ellas particularmente, b) El uso del reproche público, como forma de restaurar la dignidad y que ha sido reconocido por la Corte Constitucional. En el caso de las mujeres víctimas de violencia sexual se presenta una paradoja, puesto que los hechos deben ser visibilizados pero estos delitos han sido históricamente desconocidos, ocultados, minimizados o justificados además, las mujeres no quieren en muchos casos que estos actos sean
publicitados porque dicha publicidad puede atentar contra su dignidad. (…)c) Las dificultades para que las
mujeres pongan en conocimiento los hechos violentos y denuncien. En casos de violencia sexual luego de pasado el tiempo, se complejiza contar con elementos probatorios para la denuncia, d) La estigmatización y persecución de las organizaciones de mujeres que apoyan la denuncia, genera miedo y en muchas ocasiones, obliga a las víctimas a desistir de denunciar, e) Con Decreto 1290 de 2008 se dificulta la posibilidad realizar denuncias y exigir la reparación cuando el perpetrador ha sido algún miembro de la
Fuerza Pública” (P. 3).
Una de las mayores revictimizaciones, según Bernal (2011), es que las víctimas se ven privadas al acceso a la justicia, debido a “la discriminación basada en género, los prejuicios de los operadores judiciales frente a la credibilidad del testimonio de la víctima, al no precisar la falta de consentimiento en el marco de un conflicto armado, a desconocer los estándares probatorios, los procesos de adecuación típica y la atribución de las responsabilidades de estos delitos a los
comandantes” (P. 7)
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a los derechos de la víctima, ya que propone regresar a la persona a un estado inicial donde aún se vulneran sus derechos y de ésta forma, está expuesta a ser revictimizada y lejos de ser partícipe una reparación realmente integral.
Frente a estas problemáticas, la corporación AVRE ha definido ciertas recomendaciones para los programas de políticas públicas que involucren la reparación de mujeres víctimas de
violencia sociopolítica: “a) Reconocer que la vulnerabilidad de este grupo poblacional está dada por condiciones estructurales de carácter social, cultural y político y no por el hecho de ser mujer; entonces las políticas públicas deben atender precisamente a estas condiciones, buscando gestar cambios estructurales y no simplemente realizar acciones asistencialistas, b) La restitución de los derechos económicos, sociales y culturales de las mujeres: derecho a la tierra, a la vivienda digna, a la salud sexual y reproductiva, al empleo y a la educación, c) La aplicación efectiva de sanciones y órdenes judiciales sobre los casos de violencia sexual contra las mujeres adultas, jóvenes y niñas. d) El reconocimiento público de la aceptación de responsabilidades por parte del Estado
Colombiano de este delito y los impactos que produce en las mujeres” (P. 3).
El texto continúa afirmando: “ e) El resarcimiento de los daños causados por parte de la
Fuerza Pública, grupos paramilitares e insurgentes, por los actos de violencia sexual directos e indirectos cometidos contra las mujeres, f) La implementación de acciones positivas, encaminadas a superar las discriminaciones que favorecen la continuidad de la victimización contra las mujeres en la sociedad colombiana, g) La participación activa de las mujeres víctimas, de sus organizaciones, redes y movimiento de mujeres en los procesos de reparación integral y en las diferentes instancias de decisión de política pública. Sus voces son necesarias para el diseño, ejecución y evaluación de las políticas públicas, planes y programas encaminados a la restitución
de sus derechos” (P.3).
Finaliza con: “ h) La participación de las mujeres víctimas en todas las etapas de los
procesos judiciales, con garantías para su seguridad e integridad física, moral y emocional. Para ello se debe capacitar a los funcionarios públicos que intervienen en el proceso, sobre herramientas de tipo psicosocial que permitan prevenir la revictimización, i) Las mujeres víctimas de violencia sexual deben recibir atención integral, que tenga en cuenta las particulares étnicas, culturales y etáreas y siguiendo rutas de atención previamente definidas, divulgadas y efectivas, que permitan
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(P.3)
Los procesos de reparación implican desde la perspectiva psicosocial “devolver la
dignidad de las personas y sus familias; prevenir las causas para que no se repitan los hechos violentos; reconstruir los lazos familiares y vecinales; proporcionar seguridad y confianza; restablecer la conciencia moral de la sociedad y rehacer los proyectos de vida (individuales y
colectivos).” (Arévalo, 2009. P. 34)
Según lo anterior, la perspectiva psicosocial “es un proceso reflexivo entre la población
víctima, su red social y quienes la acompañan, que contribuya a la superación de los impactos sociales y emocionales de la violencia sociopolítica mediante la resignificación de la identidad y del reconocimiento de recursos sociales y personales, en el marco de la categoría de sujeto de
derechos” (Corporación Vínculos, 2009); y surge como respuesta al enfoque individualizante de la psicología y, posicionando un enfoque de intervención colectiva, busca integrar lo emocional y relacional a una perspectiva contextual. De esta manera se logran reconocer los factores diferenciales dentro de determinada comunidad, así como la configuración de identidades a partir de la multiplicidad social, cultural y política que caracteriza los contextos y que en constante interacción con otros, construyen los significados de una realidad siempre proclive a las transformaciones.
Teniendo en cuenta la relación individuo-contexto, lo psicosocial se caracteriza por la despatologización, por la importancia del poder activo y transformador que tienen las personas, y por la especial atención que se dan a las necesidades específicas de la comunidad. El objetivo
entonces del acompañamiento desde esta perspectiva es “construir un proceso reflexivo entre la
población víctima, su red social y los acompañantes, que contribuya a la superación de los efectos sociales y emocionales de la violencia mediante la resignificación de la identidad y del reconocimiento de recursos personales y sociales, en el marco de la categoría de sujeto de
derechos.” (p. 29)
Desde una perspectiva jurídica, se argumenta que las personas víctimas de violencia deben conocer el marco de los derechos humanos pues así tendrán las herramientas para exigir la reivindicación de los mismos. Si bien esto es fundamental, desde lo psicosocial se reconoce que sumado al conocimiento de los derechos humanos, se necesita tener en cuenta “los sentires y
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de qué manera la reparación cobra sentido desde su mundo subjetivo. Estas acciones hacen, entonces, que las personas comprendan, accedan y se sientan empoderadas y promotoras del
discurso racional y universal de los derechos humanos.” (p. 35)
En el marco del trabajo con víctimas de violencia sociopolítica, se han logrado establecer cuatro ámbitos de acompañamientos psicosocial, según Arévalo (2009); estos son: 1) Ámbito para reconstruir la dignidad, que implica un abordaje desde derechos humanos, ayudando a que las personas de la población se identifiquen como sujetos de derechos, 2) Ámbito para configurar o fortalecer una red social, a través del cual los vínculos adquieren un papel primordial en tanto la identidad se construye en relación. En este ámbito, la labor de la intervención psicosocial consiste en aportar las herramientas que permitan la resignificación de prácticas y discursos para la construcción de un futuro distinto. Se construye o reconstruye el tejido social, y se prioriza la solidaridad, la confianza y el apoyo, 3) Ámbito para fortalecer y recrear la identidad, donde se favorece el apoyo emocional y las reflexiones sobre la identidad, teniendo en cuenta que las
situaciones de violencia tienen un impacto en la imagen que las ‘víctimas’ tienen de sí mismas. Se
ayudan a comprender los hechos para crear nuevas formas de discurso, y así se crean espacios para que las personas resignifiquen y recuperen el poder de su vida., 4) Ámbito para la reflexividad institucional y del acompañante, en el cual se fomenta la autoreflexión sobre las posturas que se tienen frente a las víctimas y su proceso, reconociendo que todos son actores en el acompañamiento. Implica igualmente un cuestionamiento sobre el quehacer, las relaciones interinstitucionales que garanticen un proceso integral para las víctimas; y finalmente, un especial interés por las prácticas de autocuidado para acompañantes e integrantes de las instituciones.
El equipo del área social de la Pontificia Universidad Javeriana (2013), destaca la incidencia ética y política de las intervenciones psicosociales, en tanto se tienen en cuenta
elementos como “la solidaridad, el encuentro, el compartir la experiencia vivida, el despatologizar
y construir relaciones horizontales donde todos y todas aportan a la transformación de su realidad, la perspectiva de recuperación de la dignidad” (p. 2)
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dependen de factores como la transición que hacen las víctimas hacia un papel de actores sociales, donde se reconocen como sujetos de derechos, y reclaman al Estado verdad, justicia y reparación. Otro de los recursos de afrontamiento típicos en los contextos de violencia sociopolítica, consiste en la organización comunitaria que crea mecanismos para evitar la ruptura de relaciones dentro de la comunidad.
Así como los aspectos religiosos y espirituales se reconocen como recursos de afrontamiento, también se reconocen factores de protección individuales como la habilidad para resolver problemas, en el aspecto conductual, y atenuar las reacciones ante pérdidas y daños, en el plano emocional. Por el lado de los factores protectores familiares, se reconoce la importancia del apego para salir de sentimientos como la indefensión y la falta de sentido. Finalmente, se identifican los factores protectores de la red social de apoyo, pues se reconoce la importancia del sentido de pertenencia social donde se generan sentimientos de apoyo mutuo y solidaridad.
Según la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (2013), es necesario considerar que:
Las personas que han sido afectadas por el conflicto armado interno no sólo están sufriendo, hay una enorme cantidad de cualidades que caracterizan el devenir de la historia personal y social de las víctimas y los hechos de violencia son sólo una de las cosas que han ocurrido a las personas. Ellos y ellas por ejemplo han emprendido actos de supervivencia, de resistencia, de heroísmo, de desarrollo frente a la adversidad, de reorganización psicológica, familiar y social. Es decir, cuentan con un conjunto de recursos que les permiten continuar afrontando la vida actual y la perspectiva de futuro y es tan importante considerar su sufrimiento, como sus recursos, porque ambos hacen parte de los elementos a considerar en la intención de promover el restablecimiento, dado que restablecerse implica contar con los recursos aprendidos del pasado en la vigencia que tiene el deseo de supervivencia, cuando incluso ese deseo se ha construido a partir de la exposición a los hechos de violencia. (P.3)
Una reparación integral debería tener entonces un momento donde se potencien todos estos
recursos, con el fin último de fortalecer la reconstrucción social. Asimismo “debe contribuir a la
recuperación de las personas afectadas, restableciendo las condiciones para el disfrute de la plena salud mental que se expresa, entre otras cosas, en la capacidad de toma de decisiones y tener el
control sobre el proyecto de vida” (p. 27)
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con los otros y de proyectarse tanto en el ámbito político como social; esto, con el objetivo de que las personas reconozcan sus recursos, actúen a partir de ellos y se hagan conscientes así de su propia realidad.
Algo especial de lo psicosocial dentro de los procesos de reparación, es el reconocimiento que se da a la particularidad de las situaciones vividas, y es a través de este enfoque que se comprenden cuáles deben ser realmente las medidas de reparación apropiadas, como también permite que sean las mismas víctimas quienes identifiquen sus necesidades de reparación. Las indemnizaciones en la reparación no deben ser sólo económicas, en el marco del conflicto armado se ha evidenciado daño físico, mental, dolor, sufrimiento y sobre todo daños a la dignidad humana, todo esto enmarcado en una reparación que es llamada simbólica, a través de la cual se recuperan emocional y moralmente las víctimas.
Es necesario mencionar que en el enfoque psicosocial se presta mucha atención al lenguaje, a través del cual se crean y transforman significados en la comunidad; se entiende como un proceso generativo, en tanto el diálogo construye soluciones entre todas las personas que se encuentran dentro del contexto, y establece a los participantes como sujetos-agentes de cambio sobre su propia realidad.
Las problemáticas que se abordan con este enfoque se transforman entonces en tareas que se posicionan públicamente, y así se permite el ejercicio político de la ciudadanía, pues se destaca la acción colectiva que está inscrita en procesos sociales (p. 4)
La interseccionalidad, que se tiene en cuenta desde lo psicosocial, es fundamental para la comprensión de las distintas situaciones y contextos, donde a través del reconocimiento a las diferencias, se facilita la actuación en las comunidades. El enfoque diferencial, como método de análisis y como guía de acción, da cuenta de una serie de discriminaciones en contra de algún grupo, mientras pretende activar rutas de acción para detener esta discriminación y defender los derechos de la comunidad que se esté acompañando. (ONU, 2014)