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PRESUPUESTO DE INGRESOS VIGENCIA FISCAL 2.009

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“POR EL CUAL SE EXPIDE EL PRESUPUESTO

GENERAL DE RENTAS Y GASTOS DEL MUNICIPIO

DE

JUAN

DE

ACOSTA,

VIGENCIA

FISCAL

COMPRENDIDA ENTRE EL 1° DE ENERO Y EL 31

DE DICIEMBRE DE 2009”

EL CONCEJO MUNICIPAL DE JUAN DE ACOSTA, EN EJERCICIO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES EN ESPECIAL LAS CONFERIDAS POR EL NUMERAL 5, ARTICULO 313 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA, ARTICULO 32 NUMERAL 10 DE LA LEY 136 DE 1994, DECRETO 111 DE 1996, LEY 617 DE 2000 , LEY 715 DE 2001.

A C U E R D A:

ARTÍCULO 1

°:

Expedir el Presupuesto General de Rentas y Recursos de Capital del Municipio de Juan de Acosta, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de Enero y el 31 de Diciembre de 2009, en la suma de

CUATRO MIL SETECIENTOS

CUARENTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS VEINTISEIS MIL

TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE PESOS M. L. ( $4.741.926.339,oo )

,

a recaudarse según los siguientes detalles:

CAPITULO I

PRESUPUESTO DE INGRESOS VIGENCIA FISCAL 2.009

CODIGO IMPUESTO 2009

TOTAL INGRESOS 4,741,926,339

INGRESOS CORRIENTES 4,741,918,339

02050101 INGRESOS TRIBUTARIOS 1,097,930,484

0205010101 DIRECTOS

0205010101 IMPUESTO PREDIAL UNIFICADO 704,579,484 0205010102 CIRCULACION Y TRANSITO 100,000 0205010103 INDUSTRIA Y COMERCIO 57,000,000 0205010104 SOBRETASA BOMBERIL 3,000,000 0205010104 Sobretasa Ambiental 60,000,000

TOTAL 824,679,484

0205010102 INDIRECTOS

020501010201 AVISOS Y TABLEROS PUB.VISUAL EXT 8,550,000 020501010202 ESPECTACULOS PUBLICOS 2,500,000 020501010203 DEGUELLO DE GANADO MAYOR 12,000,000 020501010204 DEGUELLO DE GANADO MENOR 100,000 020501010205 EXTRACCION DE MATERIALES 3,000,000 020501010206 DELINIEAM. URB. Y LIC. DE CONSTRUC 20,000,000 020501010207 APROB. DE URB. Y PARCELACIONES 100,000 020501010208 SOBRETASA AL CONSUMO DE GASOLINA 157,000,000 020501010209 ALUMBRADO PUBLICO 70,000,000 020501010210 OTROS INGRESOS TRIBUTARIOS 1,000

TOTAL 273,251,000

02050102 NO TRIBUTARIOS 3,643,987,855

0205010201 TASAS

020501020101 PLAZA DE MERCADO 100,000 020501020102 REGISTRO DE ABONO 500,000 020501010206 REGISTROS DE HIERROS Y MARCAS 500,000 020501020103 SERVICIO DE MATADERO 100,000 020501020104 SERVICIO DE CEMENTERIO 50,000 020501020105 BOLETAS DE POSESION 500,000 020501020106 CERTIFICACIONES PAZ Y SALVO 5,000,000 020501020107 ARRENDAMIENTO DE BIENES 100,000

(2)

Página 2 de 14 0205010202 MULTAS Y SANCIONES

020501020201 RENTAS 50,000

020501020202 TRANSITO 500,000

020501020203 GOBIERNO 50,000

020501020204 PLANEACION 50,000

TOTAL 650,000

020501023 TRANSFERENCIAS DEL NIVEL NACIONAL 3,588,381,855 2050102301 S.G.P. PROPOSITO GENERAL L.D.28% 447,724,083 2050102302 VEHICULOS AUTOMOTORES 100,000 2050102303 APORTES DEPARTAMENTALES 1,000

TOTAL 447,825,083

020502

TRANSFERENCIAS PARA INVERSION NIVEL

NACIONAL

02050201 SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES 3,140,657,772 0205020101 S.G.P. EDUCACION -CALIDAD 306,043,995

0205020201 S.G.P.PARTICIPACION EN SALUD 1,758,176,848

020502020101 SUBSIDIO DEMANDA 1,667,006,549 02050202010101 CONTINUIDAD R.S.S. 1,662,949,879 02050202010102 AMPLIACION COBERTURA R.S.S. 4,056,670 0205020260102 SALUD PUBLICA 91,170,299 02050203 SGP- ALIMENTACION ESCOLAR 37,256,839

02050204 SGP-PROPOSITO GENERAL 679,246,905

0205020401 SGP-DEPORTE 46,868,529 0205020402 SGP-CULTURA 35,151,396 0205020403 SGP.LIBRE INVERSIÓN 578,495,904 0205020404 SGP-FONPET CUENTA NACIONAL 18,731,076

02050205 SGP-AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BASICO 359,933,185

0205020602 FOSYGA 1,000

02050202 REGALIAS 1,000

02050203 ESTAMPILLAS PRO-CULTURA 2,500,000

02050204 CONTRIBUCIONES 25,002,000

0205020401 Contribución / contratos de Obras Pub.5% 25,000,000

0205020402 VALORIZACION 1,000

0205020403 PLUSVALIA 1,000

0205020603 ARBITRIO RENTISTICO 20,500,000

020502060301 RIFAS 500,000

020502060302 ETESA 20,000,000

0205020604 OTROS INGRESOS NO TRIBUTARIOS 1,000

020503 RECURSOS DE CAPITAL 8,000

02050205 RECURSOS DE COFINANCIACION 1,000

02050301 SUPERAVIT 1,000

02050302 RECURSOS DEL BALANCE 1,000 02050303 RECURSOS DEL CREDITO 0 02050304 RENDIMIENTOS POR OPERAC. FINANCIE 1,000 02050305 VENTA DE ACTIVOS -ADJUDICACIONES 1,000

02050306 DONACIONES 1,000

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“POR EL CUAL SE EXPIDE EL PRESUPUESTO

GENERAL DE RENTAS Y GASTOS DEL MUNICIPIO

DE

JUAN

DE

ACOSTA,

VIGENCIA

FISCAL

COMPRENDIDA ENTRE EL 1° DE ENERO Y EL 31

DE DICIEMBRE DE 2009”

ARTICULO 2°: Expedir el Presupuesto de General de Gastos del Municipio de Juan de Acosta, vigencia fiscal comprendida entre el 1° de Enero y el 31 de Diciembre de Dos Mil Nueve (2009), en la suma de

CUATRO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y UN

MILLONES NOVECIENTOS VEINTISEIS MIL TRESCIENTOS TREINTA

Y NUEVE PESOS M. L. ( $4.741.926.339,oo)

, para atender Gastos Personales

y Generales ordenados por la Administración Municipal, según la siguiente distribución.

CAPITULO II

PRESUPUESTO DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO Y SERVICIO DE LA DEUDA 2.009

CODIGO CONCEPTO 2009

03 GASTOS 4,741,926,339

0305101 CONCEJO MUNICIPAL 96,169,172

0305102 PERSONERIA MUNICIPAL 72,686,250

0305103 ALCALDIA MUNICIPAL 1,110,563,103

030510301 GASTOS DE PERSONAL 434,896,843

0305103010101 Sueldo Personal Nómina Alcaldía 241,000,000 0305103010101 Indemnización por Vacaciones 12,050,000 030510301010301 BONIFICACIÓN DE DIRECCION 19,713,510 030510301010303 PRIMA DE NAVIDAD 20,083,333 030510301010304 PRIMAS DE VACACIONES 12,050,000 0305103010201 JORNALES 5,000,000 0305103010202 Personal Supernumerarios 5,000,000 0305103010203 HONORARIOS 55,000,000 305103010204 Remuneración Serv. Técnicos 65,000,000

TOTAL 434,896,843

Contribución Inherentes a la Nómina

0305103010301 SUBSIDIO FAMILIAR 4% 9,640,000 0305103010302 FONDO DE CESANTIAS 20,075,300 0305103010303 FONDO DE PENSIONES 12%, 28,920,000 0305103010304 E.P.S.SALUD 8.5% 26,700,000 0305103010305 APORTE A.R.P. RIESGOS PROFESIONA 6,400,960

TOTAL 91,736,260

Contribución Inherentes a la Nómina

sector Público

0305104010401 APORTE I.C.B.F. 3% 7,230,000 0305104010402 APORTE SENA 0.5% 1,300,000 0305104010403 APORTE ESAP 0.5% 1,300,000 0305104010404 APORTE I.T.I 1% 2,600,000

TOTAL 12,430,000

030510302 GASTOS GENERALES

03051030201 ADQUISICION DE BIENES

(4)

Página 4 de 14

0305103020203 COMUNICACIÓN Y TRANSPORTE 5,600,000 0305103020204 RECEPCION Y ATENCION OFICIALES 3,500,000 0305103020205 SERVICIOS PUBLICOS 55,000,000 0305103020206 SEGUROS Y CAUCIONES 15,000,000 0305103020207 TASAS DERECHOS E IMPUESTOS 500,000 0305103020208 GASTOS FINANCIEROS 15,000,000 0305103020209 CAPACITACIONES 10,000,000 0305103020210 APOYO POLICIA NACIONAL 35,000,000 0305103020211 GASTOS ELECTORALES 12,000,000

TOTAL 267,600,000

TRANSFERENCIAS CORRIENTES

03051030301 TESORERIA MUNICIPAL 40% DEGUELLO 4,800,000 03051030302 FONDO MPAL DE PENSIONES D-090-95 82,500,000 03051030303 Sentencias Judiciales Laudos y Concilia 84,061,750 03051030304 FEDERACION COLOMBIANA DE M/PIOS 2,538,250 03051030305 C.R.A. -Sobretasa Bomberil 60,000,000 03051030306 VIGENCIA FUTURA ALUMBRADO PUB. 70,000,000

TOTAL 303,900,000

TOTAL GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 1,279,418,525

SERVICIO DE LA DEUDA

03052 AMORTIZACION CREDITO OTROS SECTORES 150,000,000

0305201 INTERESES 75,000,000

TOTAL 225,000,000

PLAN DE INVERSIONES APROBADO 2009 3,237,507,814

ARTICULO 3°: Incorporar el Plan Operativo Anual de Inversiones vigencia fiscal 2009, con sus programas y Proyectos y fuentes de Financiamiento, al Presupuesto General de Rentas y Gastos del Municipio de Juan de Acosta, en la suma de $3.237.507.814.oo

VER A CONTINUACION

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“POR EL CUAL SE EXPIDE EL PRESUPUESTO

GENERAL DE RENTAS Y GASTOS DEL MUNICIPIO

DE

JUAN

DE

ACOSTA,

VIGENCIA

FISCAL

COMPRENDIDA ENTRE EL 1° DE ENERO Y EL 31

DE DICIEMBRE DE 2009”

PROGRAMAS PROYECTOS FUENTES DE FINANCIAMIENTO

01.

EDUCACIÓN I.C.L.D.

Otros

Recursos S.G.P DPTO NACION CREDITO

Total Apropiacion Código 01. Mejoramiento infraestructura Edu-

01-1-1 cativa Remodelación, adecuación, ampliación y mantenimiento de la 115,543,995 115,543,995

Planta Física (Sedes Educativas) 0

01-1-2 Mantenimiento y dotación de la Biblioteca Municipal 15,000,000 15,000,000

01-1-3 Const. Y Manto Batería Sanitaria Sedes Educativas Juan V. Pa 20,000,000 20,000,000

01-1-4 Atención Integral Primera Infancia (0 a 6 Años ) 52,000,000 52,000,000

01-2-1 02. Dotación mobiliarios, textos y mate- Provisión de Textos , mobiliarios, ayudas y Dotación de 18,000,000 18,000,000

rial didáctico material Didáctico 0

01-2-2 Dotación y Mantenimiento de Equipos para la sala de. 19,000,000 19,000,000

Computo, confección y Turismo 0

01-3-1 0.3 mejoramiento calidad Educativa Manto y mejoramiento de Calidad 15,000,000 15,000,000

01-3-2 Capacitación Docentes 2,500,000 2,500,000

01-3-3 Becas Educativas 5,000,000 5,000,000

01-3-4 Actualización currículos académicos 2,000,000 2,000,000

01-3-5 Construcción Restaurante Escolar 5,000,000 5,000,000

01-3-6 Subsidio de Transporte a estudiantes Estratos 1 y 2 35,000,000 35,000,000

01-4-1 0.4 Fortalecimiento Presupuestal de las Insti Fondos de Servicios Educativos 1,000,000 1,000,000

tuciones Educativas 0

01-5-1 0.5 Servicios Públicos Domiciliarios Pago de Servicios Públicos a Instituciones Educativas 15,500,000 15,500,000

Total Educación 14,500,000 306,043,995 320,543,995

01-06-01 ASIGNACIÓN ESPECIAL Alimentación Escolar 37,256,839 37,256,839

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PROGRAMAS PROYECTOS FUENTES DE FINANCIAMIENTO

02. SALUD

02-1-1 0.1 Subsidio Demanda Régimen Subsidiado Sost. Afiliados 20,500,000 1,662,949,879 1,000 1,683,450,879

02-1-2 Ampliación Cobertura 4,056,670 4,056,670

02-2-1 0.2 Dotación Red Publica Hospitalaria Construcción Dispensario Bocatocino 1,000,000 1,000,000

02-2-2 Adecuación y Remod. Centros de Salud 1,000,000 1,000,000

02-2-3 Dotación Centros de Salud área rural 1,000,000 1,000,000

02-2-4 Compra de Ambulancia zona costera 1,000,000 1,000,000

02-2-5 Dotación de Equipos de Comunicación 1,000,000 1,000,000

02-3-1 0.3 Eventos de salud publica Plan de Atención Básica PAB 91,170,299 91,170,299

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“POR EL CUAL SE EXPIDE EL PRESUPUESTO

GENERAL DE RENTAS Y GASTOS DEL MUNICIPIO

DE

JUAN

DE

ACOSTA,

VIGENCIA

FISCAL

COMPRENDIDA ENTRE EL 1° DE ENERO Y EL 31

DE DICIEMBRE DE 2009”

PROGRAMAS PROYECTOS FUENTES DE FINANCIAMIENTO

03.Agua

Potable Agua Potable y Saneamiento Básico

03-1-1 para mejorar la calidad de Vida Optimización del Sistema de Acueductos Rurales 52,933,185 52,933,185

y Alcantarillado Sanitario 0

03-1-2 Construcción Segunda Etapa Alcantarilla- 55,000,000 55,000,000

do y aguas servidas J de A. 0

03-2-1 Subsidios a la Demanda Subsidio Estratos 1 y 2 Agua- Convenio Triple A. 130,000,000 130,000,000

03-2-2 Subsidio Estratos 1 y 2 Aseo General del Norte 122,000,000 122,000,000

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PROGRAMAS PROYECTOS FUENTES DE FINANCIAMIENTO

04. Deporte y Recreación

04-1-1 Mejoramiento Infraestructura Deportiva y Re Construcción, adecuación y mantenimiento de Escenarios - 22,000,000 22,000,000

Creativa Deportivos.- 0

04-2-1 Desarrollo Deportivo y Recreativo Actividades y Eventos Deportivos 11000000 11,000,000

04-3-1 Fomento al deporte y la Recreación Actividades de Cooperación con Entidades Deportivas 8500000 8,500,000

04-3-2 Escuela de Formación Deportiva 5,368,529 5,368,529

TOTAL DEPORTE Y RECREACIÓN 46,868,529 46,868,529

05. Cultura

05-1-1 Mejoramiento y Dotación de infraestructura Construcción y mantenimiento de la Infraestructura Cultural 8,300,000 8,300,000

05-1-2 Dotación y sostenimiento de la infraestructura Cultural 5,000,000 5,000,000

05-2-1 Identidad Cultural Protección y conservación al patrimonio Cultural 3,200,000 3,200,000

05-2-2 Eventos Culturales 2,500,000 14,151,396 16,651,396

05-2-3 Grabación del himno de Juan de Acosta 2,000,000 2,000,000

05-2-4 Creación Banda de Paz 5,000,000 5,000,000

05-2-5 Creación de escuela de Arte, Danza, teatro, música y artes 3,000,000 3,000,000

Plásticas 0

05-3-1 Difusión y promoción de bienes y servicios Fomento al acceso , la recreación y producción artística 4,500,000 4,500,000

Culturales cultural 0

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“POR EL CUAL SE EXPIDE EL PRESUPUESTO

GENERAL DE RENTAS Y GASTOS DEL MUNICIPIO

DE

JUAN

DE

ACOSTA,

VIGENCIA

FISCAL

COMPRENDIDA ENTRE EL 1° DE ENERO Y EL 31

DE DICIEMBRE DE 2009”

PROGRAMAS PROYECTOS FUENTES DE FINANCIAMIENTO

06. Otros Sectores -Libre Inversión

06-1 Vivienda. 0

06-1-1 Vivienda con dignidad Subsidios de Vivienda de interés Social 15,000,000 5,000,000 20,000,000

06-1-2 Mejoramiento de Vivienda de Interés Social 10,000,000 10,000,000

06-1-3 Legalización de predios Urbanos y Rurales 2,500,000 2,500,000

Total 27,500,000 5,000,000 32,500,000

06-2 Agropecuario

06-2-1 Prestación de Asistencia Técnica Agropecuaria-(Umata), 77,000,000 77,000,000

06-2-2 Proyectos Productivos Desarrollo Rural 2,351,000 2,351,000

06-2-3 Adecuación y Sostenimiento Vivero Mpal 15,000,000 15,000,000

Total 15,000,000 79,351,000 94,351,000

06-3 Transporte y vías

06-3-1 Construcción y conservación de la Infraestructura de trans- 25,000,000 25,000,000 50,000,000

porte y Vías

06-3-2 Construcción Puentes Vehiculares 18,000,000 18,000,000

06-3-3 Construcción Cunetas 8,000,000 8,000,000

06-3-4 Construcción Intersección Vial Calle 8 2,500,000 2,500,000

06-3-5 Construcción de un Micro terminal 2,000,000 2,000,000

Total 25,000,000 0 55,500,000 0 0 0 80,500,000

06-4 Medio Ambiente

06-4-1 Acciones de preservación y defensa del medio ambiente 3,500,000 3,100,000 6,600,000

06-4-2 Servicios de Transferencia de Tecnología para la defensa 3,200,000 3,200,000

del medio ambiente y los recursos naturales

06-4-3 Disposición , eliminación y reciclaje de Residuos sólidos y Liq 3,500,000 3,500,000

06-4-4 Estudios de Impacto Ambiental 5,000,000 5,000,000

Total 8,500,000 0 9,800,000 0 0 0 18,300,000

06-5 Prevención y Atención de Desastres

06-5-1 Adecuación de Áreas urbanas y rurales 15,000,000 8,500,000 23,500,000

en zona de alto riesgo. 0

06-5-2 Prevención y Atención de Desastres 5,000,000 15,000,000 20,000,000

06-5-3 Geostabilización Playa de Santa verónica 2,500,000 3,000,000 5,500,000

06-5-4 Canalización Arroyo Platanal de J de A 2,000,000 3,000,000 5,000,000

06-5-5 Prevención y atención de incendios, explosiones y demas 5,500,000 1,650,000 7,150,000

calamidades conexas

Total 30,000,000 0 31,150,000 0 0 0 61,150,000

06-6 Promoción del Desarrollo

06-6-1 Apoyo a la Promoción turística en las Zona de Playas 1,000,000 1,000,000

06-6-2 Dotación y Capacitación Salvavidas 2,000,000 2,000,000

06-6-3 Plan Forestal Zona Costera 5,000,000 5,000,000

06-6-4 Manto y Adecuación de Vías Sta Verónica 2,000,000 2,000,000

06-6-5 Creación Corporación Fomento Turismo 2,000,000 2,000,000

Total 6,000,000 0 6,000,000 0 0 0 12,000,000

06-7 Atención de Grupos Vulnerables 0

06-7-1 Proyectos de atención a la niñez mujeres cabeza de hogar - 26,236,042 12,000,000 38,236,042

y Ancianos, 0

06-7-2 Atención Integral Desplazados 3,000,000 5,000,000 8,000,000

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PROYECTOS FUENTES DE FINANCIAMIENTO

06-7-4 Programas Rec. y lúdicos Adulto Mayor 1,000,000 1,000,000

06-7-5 Cursos Liderazgo juvenil y Rel. Sexuales 1,200,000 1,200,000

06-7-6 Creación Subsecretaria de Juventud 2,000,000 2,000,000

06-7-7 Estrategia JUNTOS 500,000 500,000

Total 45,936,042 0 17,000,000 0 0 0 62,936,042

06-8 Equipamiento Municipal

06-8-1 Mantenimiento del Palacio Municipal 5,000,000 8,000,000 13,000,000

06-8-2 Construcción y mantenimiento de Cementerios Municipales 2,000,000 12,000,000 14,000,000

06-8-3 Mantenimiento y Dotación Matadero 4,000,000 8,200,000 12,200,000

06-8-4 Construcción Matadero Regional 2,000,000 2,000,000

06-8-5 Construcción Mercado Público 2,000,000 2,000,000

Total 15,000,000 0 28,200,000 0 0 0 43,200,000

06-9 Desarrollo Comunitario

06-9-1 Promoción y capacitación para la Participación Comunitaria 3,000,000 1,200,000 4,200,000

06-10 Desarrollo Institucional

06-10-1 Fortalecimiento, Gestión y modernización administrativa 32,000,000 12,294,904 44,294,904

06-10-2 Saneamiento Fiscal y Financiero 10,000,000 10,000,000

06-10-3 Actualización de la Formación Catastral Mpio J. de Acosta 2,500,000 5,000,000 7,500,000

06-10-4 Actualización de la Estratificación Socioeconómica 3,000,000 5,000,000 8,000,000

Total 50,500,000 0 23,494,904 0 0 0 73,994,904

06-11 Justicia 0

06-11-1 Sostenimiento Inspecciones de policía y Comisaría de Flia 15,000,000 85,000,000 100,000,000

06-11-2 Apoyo a la Seguridad , convivencia y protección de la 25,000,000 2,500,000 27,500,000

Ciudadanía

06-11-3 Dotación Implementos , equipos de salvamento en playas 1,000,000 1,500,000 2,500,000

de Santa Verónica 0

Total 41,000,000 0 89,000,000 0 0 0 130,000,000

06-12 Empleo

06-13-1 Prom. de empleo y protección del desempleado 2,000,000 2,000,000 4,000,000

06-13-2 Cap. Fomento Micro empresarial 500,000 113,000 613,000

06-13-3 Ampliación Programa Manos a la Obra para la Const. Vías 500,000 500,000

06-13-4 Taller de cap. Modistería Convenio Sena 500,000 500,000

06-13-5 Consol. Centro Empresarial Juan de A 300,000 300,000

Total 3,800,000 113,000 2,000,000 0 0 0 5,913,000

06-14 Electrificación

06-14-1 Ampliación y manto de Redes Eléctricas 5,000,000 5,000,000

06-15 Desarrollo Empresarial Organización de Microempresas de Confección. 1,000,000 2,000,000 3,000,000

06-16 Fonpet Fondo de Pensiones Territorial Cuenta Nacional 18,731,076 18,731,076

06-16-1 Total Libre Inversión 269,236,042 113,000 372,226,980 0 0 0 641,576,022

Total Inversión 301,236,042 20,613,000 2,915,657,772 0 1,000 0 3,237,507,814

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“POR EL CUAL SE EXPIDE EL PRESUPUESTO

GENERAL DE RENTAS Y GASTOS DEL MUNICIPIO

DE

JUAN

DE

ACOSTA,

VIGENCIA

FISCAL

COMPRENDIDA ENTRE EL 1° DE ENERO Y EL 31

DE DICIEMBRE DE 2009”

CAPITULO III

DISPOSICIONES GENERALES

ARTICULO 4º: LAS DISPOSICIONES GENERALES del presente Acuerdo de

Presupuesto son competencias asignadas en las leyes 38 de 1989, 179 de 1994, 225 de 1995, 819 de 2003 y ESTATUTO ORGÁNICO DEL PRESUPUESTO MUNICIPAL y deben aplicarse en armonía con aquellas. Estas Normas rigen para los órganos que conforman el Presupuesto General del Municipio de Juan de Acosta.

ARTICULO 5º: Conforme a los principios que regulan la Administración Pública contenidas en el Articulo 209 de la Constitución Política, los servidores públicos que tengan a su cargo el recaudo de obligaciones favor del Tesoro Publico, deberán realizar su gestión de manera ágil, eficaz, eficiente y oportuna, con el fin de obtener liquidez para el Tesoro Público (Articulo 1º de la Ley 1066 de 2006).

ARTICULO 6°: Fijar para la vigencia fiscal 2009, la asignación mensual del Alcalde y Personero Municipal en la suma de $2.350.000.oo

ARTÍCULO 7º: Una vez el Gobierno Nacional Decrete la asignación máxima de las asignaciones de los Alcaldes, este funcionario procederá a reajustar el incremento salarial si resultare mayor que el establecido en la Planta de Personal 2009.

ARTICULO 8°: Facultar a la Mesa Directiva del Concejo y al Personero para que mediante Acto Administrativo efectúen la distribución de los Gastos de Funcionamiento y crear nuevos Rubros sin sobrepasar los montos establecidos en el Presupuesto de Gastos expedido en este Acuerdo. Además para que mediante acto administrativo adopten la Planta de Personal de su propia dependencia para el año 2009, conforme apropiaciones contenidas en este Acuerdo, según lineamientos del Decreto 1569 de 1998, Ley 617 de 2000 y la Ley 715 de 2001.

ARTICULO 9°: El Instrumento de Ejecución del Presupuesto de Gastos es el PAC, que sirve para regularizar los pagos mensuales de la Administración Municipal. En consecuencia, la ordenación del gasto para cada uno de los órganos que son una sección del Presupuesto General del Municipio y los desembolsos por parte de la Tesorería Municipal, o quien haga sus veces, se efectuarán con base en el flujo de caja. Lo anterior incluye las Transferencias o Aportes que realice la Alcaldía al Concejo y Personería.

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ARTICULO 11° Todos los Actos Administrativos que afecten las Apropiaciones Presupuéstales deberán contar con Certificado de Disponibilidad Presupuestal previo que garanticen la existencia de Apropiación suficiente para atender estos gastos. Una vez suscritos los compromisos se debe expedir el Correspondiente Registro Presupuestal.

PARÁGRAFO: Las afectaciones al Presupuesto se harán teniendo en cuanta la prestación principal originada en los compromisos que adquieran, y con cargo a este rubro se cubrirán los demás costos inherentes o accesorios.

PARÁGRAFO: Prohíbase tramitar actos administrativos u obligaciones que afecten el PRESUPUESTO DE GASTOS, cuando no reúnan los requisitos legales o configuren como hechos cumplidos.

ARTICULO 12°: Toda provisión de empleo de Servidores Públicos deberá corresponder a los previstos en la Planta de Personal, incluyendo la contratación de trabajadores oficiales. La vinculación de Supernumerarios, deberá ser autorizada mediante resolución suscrita por el nominador o representante legal. En las Órdenes o Contrato de Prestación de Servicios no se podrán pactar prestaciones sociales, a menos que exista relación de subordinación o dependencia.

ARTÍCULO 13: El Alcalde, el Presidente del Concejo y el Personero serán funcionarios competentes para expedir Resolución sobre constitución y funcionamiento de las Cajas Menores.

ARTICULO 14 Los recursos de la SGP, que al cierre de la vigencia fiscal de 2008, no se encuentren comprometidos ni ejecutados, así como los rendimientos financieros originados en deposito realizados con estos recursos, deberán asignarse en la vigencia 2008, para los fines previstos en la ley 715 de 2001.

ARTICULO 15: El Ordenador del Gasto de cada uno de los órganos que son una sección del Presupuesto deberán cumplir prioritariamente con la atención de los gastos de: Sueldos, Prestaciones Sociales, Servicios Públicos, Seguros, Mantenimientos, Sentencias, Pensiones y transferencia asociadas a la nomina.

ARTICULO 16: La adquisición de los bienes que necesitan los órganos que hacen parte del Presupuesto General del Municipio para su funcionamiento y organización, requieren de un Plan de Compras, el cual deberá registrarse antes del 30 de Enero de cada año en el SICE. Este Plan debe aprobarse por cada Sección Presupuestal, acorde con las apropiaciones, y se modificará cuando éstas sean modificadas.

ARTICULO 17: El Alcalde realizará mediante Decreto las aclaraciones y correcciones de leyendas necesarias para enmendar los errores de trascripción y aritmético que figuren en el Presupuesto General del Municipio, una vez aprobado por el Concejo Municipal.

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“POR EL CUAL SE EXPIDE EL PRESUPUESTO

GENERAL DE RENTAS Y GASTOS DEL MUNICIPIO

DE

JUAN

DE

ACOSTA,

VIGENCIA

FISCAL

COMPRENDIDA ENTRE EL 1° DE ENERO Y EL 31

DE DICIEMBRE DE 2009”

ARTICULO 18: Para cancelar Créditos judiciales reconocidos, conciliaciones y laudos arbítrales, se deberán contar con Certificado expedido por el Tesorero Municipal o quien haga sus veces, en la cual conste que éstos no han sido cancelados, ni se encuentra en trámite ninguna solicitud de pago.

ARTICULO 19: El servidor público que reciba una orden de embargo sobre recursos incorporados en el Presupuesto General de la Nación, incluidas las Transferencias que hace la Nación a las Entidades Territoriales, está obligado a efectuar los trámites correspondiente para su solicitar su desembargo. Para este efecto, solicitará a la Dirección General del Presupuesto Publico- Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la constancia sobre la naturaleza de estos recursos. La solicitud debe indicar el tipo de proceso, las partes involucradas, el Despacho Judicial que profirió las medidas cautelares y el origen de los recursos que fueron embargados. Dicha constancia de inembargabilidad se refiere a recursos y no a cuentas bancarias, y le corresponde al servidor público solicitante en los casos en que la autoridad judicial lo requiera tramitar ante la entidad responsable del giro de los recursos, objeto de medidas cautelares, la correspondiente certificación sobre las cuentas bancarias.

ARTÍCULO 20: Las sentencias, conciliaciones y cesantías parciales, serán incorporadas al Presupuesto de acuerdo con la disponibilidad de recursos, de conformidad con el artículo 39 del ESTATUTO ORGÁNICO DEL PRESUPUESTO.

ARTÍCULO 21: Los órganos que hacen parte del Presupuesto General del Municipio de Juan de Acosta, pagaran los fallos de Tutela con cargo al rubro que corresponda a la naturaleza del negocio fallado. Para pagarlas e primera instancia se debe efectuar los traslados presupuestales requeridos, con cargo a los saldos de apropiación disponibles durante la vigencia fiscal en curso.

ARTICULO 22: En desarrollo del articulo 2 de la ley 80 de 1993, numeral 5, literal D, Articulo 91 de la ley 136 de 1994, el Alcalde Municipal podrá celebrar Contratos estatales y convenios Ínter administrativos, excepto para celebrar contratos de enajenación de bienes y de empréstito, en los cuales se solicitaran las autorizaciones respectivas.

ARTICULO 23: Las Reservas Presupuestales y las Cuentas por Pagar de los órganos que conforman el Presupuesto General de Municipio, correspondiente al año 2008, debe constituirse a más tardar el 26 de enero de 2009, serán constituidas por el Ordenador del Gasto y el Tesorero Municipal y/o el Secretario de Hacienda, Constituidas las Cuentas por Pagar y Reservas Presupuestales en la vigencia 2008, los dineros sobrantes serán adicionados al Presupuesto de la vigencia 2009.

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ARTICULO 24: Queda facultado el señor Alcalde Municipal de Juan de Acosta, a partir del 1º de Enero de 2009, hasta el 31 de Marzo del mismo año, para incorporar recursos provenientes de Convenios Interadministrativos suscritos con entidades públicas del orden nacional, departamental y entidades privadas de todo orden en los términos y limites que regulen las leyes vigentes. Así mismo queda facultado el señor Alcalde Municipal para incorporar recursos del Fosyga, Rentas cedidas y Sistema General de Participaciones.

ARTÍCULO 25: El presente Acuerdo rige a partir del 1º de Enero de 2009

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE:

Dado en Juan de Acosta, a los Veintiocho (28) días del mes de Noviembre de Dos mil ocho (2008)

BENJAMIN BENIGNO MOLINA JIMÉNEZ RAMIRO MACÍAS GONZÁLEZ

Presidente Concejo Municipal Primer Vicepresidente

TOMÁS JOSÉ PADILLA CHARRIS NICANOR MOLINA MOLINA

Segundo Vicepresidente Secretario Gral. Concejo Municipal

EL SUSCRITO SECRETARIO GENERAL DEL CONCEJO MUNICIPAL DE JUAN DE ACOSTA - ATLÁNTICO,

C E R T I F I C A:

Que el anterior Acuerdo cumplió sus dos debates reglamentarios, dentro de período de sesiones ordinarias del mes de noviembre de 2008; el primero en sesión de comisión accidental el día veintiuno (21) de Noviembre de 2008; y el segundo en sesión plenaria de esta Corporación, el día veintiocho (28) de Noviembre de 2008, siendo aprobado en todos.

Para constancia se firma la presente en Juan de Acosta, a los Veintiocho (28) días del mes de Noviembre de Dos mil ocho (2008).-

NICANOR MOLINA MOLINA

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