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ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESAP FACULTAD DE PREGRADO PROGRAMA EN CIENCIAS POLÍTICAS Y ADMINISTRATIVAS BOGOTÁ, D.C. 2008

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JUSTICIA COMUNITARIA, MUJERES Y GÉNEROS...

EDNA CAROLINA MAYORGA SÁNCHEZ

ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESAP FACULTAD DE PREGRADO

PROGRAMA EN CIENCIAS POLÍTICAS Y ADMINISTRATIVAS BOGOTÁ, D.C.

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JUSTICIA COMUNITARIA, MUJERES Y GÉNEROS...

EDNA CAROLINA MAYORGA SÁNCHEZ

Informe Final de Prácticas Administrativas realizadas en cumplimiento del último requisito académico para optar al Titulo de Administrador Público

ASESORA ESAP: Zully Moreno Villamizar

ASESORA ENTIDAD:

Escuela de Justicia Comunitaria de la Universidad Nacional de Colombia (EJCUN)

Dana Barón Romero

ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESAP FACULTAD DE PREGRADO

PROGRAMA EN CIENCIAS POLÍTICAS Y ADMINISTRATIVAS BOGOTÁ, D.C.

(3)
(4)

CONTENIDO

Pág.

INTRODUCCIÓN 7

I PARTE: LA PRÁCTICA ADMINISTRATIVA

1. DESCRIPCIÓN DE LA ENTIDAD DONDE SE REALIZA LA PRÁCTICA ADMINISTRATIVA

10

2. OBJETIVOS 13

2.1. OBJETIVO GENERAL 13

2.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS 13

2.3 RESULTADOS ESPERADOS 14

3 MARCO DE REFERENCIA 15

3.1. MARCO TEÓRICO 16

3.2. MARCO CONCEPTUAL 23

3.3. MARCO GEOGRÁFICO 25

3.4. MARCO HISTÓRICO 26

3.5. MARCO NORMATIVO 28

4. METODOLOGÍA 42

4.1. TIPO DE ESTUDIO, MÉTODOS Y TÉCNICAS DE RECOLECCIÓN DE LA INFORMACIÓN.

42

4.2. FASES Y ACTIVIDADES 42

(5)

4.3.1. FUENTES DE INFORMACIÓN PRIMARIA 45

4.3.2 FUENTES DE INFORMACIÓN SECUNDARIA 45

II PARTE: RESULTADOS DE LA PRÁCTICA ADMINISTRATIVA

5. CENTRO DE DOCUMENTACIÓN Y DIAGNÓSTICO DE

ORGANIZACIONES

47

5.1. APOYO EN CONSOLIDACIÓN DE CENTRO DE

DOCUMENTACIÓN REFERIDO AL TEMA DE MUJERES, GÉNEROS Y JUSTICIA COMUNITARIA.

48

5.2. ELABORACIÓN DEL DIAGNÓSTICO DE

ORGANIZACIONES COMUNITARIAS Y REDES SOCIALES DE MUJERES Y COMUNIDADES LGBT

54

5.3. INFORME INVENTARIO DE ORGANIZACIONES DE MUJERES Y DIVERSIDAD SEXUAL DEL DISTRITO CAPITAL

119

6. AVANCES DEL DERECHO A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIAS PARA LAS MUJERES EN EL PLAN DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES EN BOGOTÁ

131

6.1. INFORMACIÓN DE DATOS ESTADÍSTICOS 141

6.2. AVANCES EN EL RECONOCIMIENTO Y GARANTÍA DEL DERECHO A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA PARA LAS MUJERES

146

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES 157

GLOSARIO 160 BIBLIOGRAFÍA 164

(6)

LISTA DE ANEXOS

Anexo A: Redes Distritales de Justicia en Equidad: Términos 166 de Referencia Documento Etapa de Inventario

(7)

INTRODUCCIÓN

Todas las sociedades sin importar su clasificación se caracterizan por sostener unas dinámicas propias bajo las cuales se establecen las relaciones entre sus integrantes, estas se mantienen por medio de normas consuetudinarias o especificadas bajo diferentes documentos (normas) que delimitan el comportamiento y la interacción entre las personas que las componen.

La justicia comunitaria surge como el mecanismo que pretende vincular tanto el saber de la comunidad, sus costumbres y normas con la reglamentación jurídica estatal para la resolución de los conflictos y la búsqueda de un ambiente de convivencia y equidad, esta propuesta surgió por diversos objetivos que serán mencionados a lo largo del presente trabajo al igual que las críticas que ha recibido en su implementación.

Con el presente plan de trabajo se desarrollará el tema de justicia comunitaria, las mujeres y los géneros de forma conjunta estudiando su interacción e interrelación tanto en la práctica como en la teoría, debido a que ello constituye uno de los objetivos de la línea de acción Géneros y Justicia Comunitaria que corresponde al programa Emprendimientos de Justicia de la Escuela de Justicia Comunitaria de la Universidad Nacional de Colombia, (lugar en el que se realizará la práctica administrativa).

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fortalecimiento de las estructuras normativas y de participación propias de las comunidades, desde el ejercicio de la docencia, la investigación y la extensión”1.

La estructura orgánica de la Escuela de Justicia Comunitaria se compone por las siguientes áreas: Emprendimientos de Justicia, Escuela Abierta y Desarrollo Institucional, el área en la cual se centra la práctica es Emprendimientos de Justicia que a su vez posee tres líneas de acción que son: Justicia en Equidad, Géneros y Justicia Comunitaria, y Justicia Sectorial, de ésta forma el trabajo a desarrollar esta encaminado específicamente a la línea de acción de Géneros y Justicia Comunitaria la cual se consolidó con el fin de aportar en la transformación de imaginarios en torno a la aplicación equitativa de justicia, el tratamiento de conflictos y la reivindicación de derechos de las mujeres y la población LGBT (Lesbianas, Gays, Bisexuales y Transgeneristas).

El presente estudio se constituye como el resultado de la práctica administrativa en la Escuela de Justicia Comunitaria y en sus capítulos comprende los siguientes aspectos: inicialmente se exponen los objetivos y resultados esperados, posterior a ello se presentan los diferentes marcos de investigación (teórico, conceptual, geográfico, histórico, normativo) los cuales se desarrolla el tema de Mujeres, Géneros y Justicia Comunitaria, en la segunda parte se muestran los resultados de la práctica de acuerdo a las actividades planteadas, de esta forma se presentan datos bibliográficos, diagnóstico de organizaciones comunitarias y redes sociales de mujeres y población LGBT, avances del Plan de Igualdad de Oportunidades específicamente en el Derecho a Una Vida Libre de Violencias y finalmente se encuentran algunas conclusiones y observaciones con relación a los temas abordados a lo largo de la práctica.

(9)

I PARTE

LA PRÁCTICA ADMINISTRATIVA

(10)

1. DESCRIPCIÓN DE LA ENTIDAD DONDE SE REALIZA LA PRÁCTICA ADMINISTRATIVA.

Con el fin de describir el tipo de práctica administrativa que se desarrolló se expondrá inicialmente en breves líneas la entidad que acompañó el trabajo realizado.

La ESCUELA DE JUSTICIA COMUNITARIA se constituye como un grupo de la Universidad Nacional de Colombia de estudiantes, docentes, egresados y practicantes de diferentes universidades; parte de un trabajo interdisciplinario encaminado a la promoción, investigación y práctica de la Justicia Comunitaria. Acompaña procesos de implementación y operación de jueces(zas) de paz, conciliadores(as) en equidad, mediadores(as) comunitarios y procesos de justicia en minorías étnicas.

La Escuela de Justicia Comunitaria trabaja a partir de la articulación en su trabajo en docencia, investigación y programas de extensión de la Universidad Nacional, junto con los diferentes actores del ámbito local, nacional y regional que se relacionan con el tema de la Justicia Comunitaria.

El objetivo general de la Escuela es: “Constituir y consolidar una línea de trabajo en la Universidad Nacional de Colombia en torno de la Justicia Comunitaria, a fin de generar transformaciones hacia una cultura jurídica nacional comprometida con la consecución de relaciones sociales justas y equitativas fundadas en la convivencia pacífica”2.

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La metodología de trabajo de la Escuela de Justicia Comunitaria se desarrolla bajo tres ejes que facilitan la articulación de las y los operadores de Justicia Comunitaria desde su entorno social, tales ejes son:

El Eje Comunidad, pretende que la construcción de Justicia Comunitaria (en todas sus manifestaciones) se desarrolle a partir de las normatividades sociales de la comunidad.

El Eje Institucional, busca que la figura del operador y la operadora de Justicia Comunitaria funcione desde la inclusión de los mecanismos de gestión propios de cada comunidad.

El Eje Redes, tiene como propósito vincular y dar estabilidad a las instituciones de Justicia Comunitaria a través de la articulación con las dinámicas de poder y regulación local.

Estos ejes son transversales a todo el trabajo que desempeña la Escuela tanto al interior como hacia la comunidad. Sin embargo su estructura orgánica parte de tres programas:

Escuela Abierta: Tiene como propósito vincular los saberes populares con la investigación académica con el fin de transformar la administración de Justicia, trabaja desde las líneas de Docencia, Investigación y Educación continua.

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Desarrollo Institucional: Tiene como objetivo desarrollar la gestión administrativa, política y comunicativa de la Escuela bajo las siguientes líneas de acción: Fortalecimiento Institucional, Comunicaciones y Alianzas estratégicas.

En este sentido la práctica administrativa desarrollada se enfocó de forma específica en el Programa de Emprendimientos de Justicia, en su línea de acción de Géneros y Justicia Comunitaria con el fin de generar un trabajo investigativo y comunitario, centrado en el apoyo a la consolidación y continuidad de la Red Distrital de Mujeres, Géneros y Justicia Comunitaria y en el seguimiento de la ejecución del Acuerdo 091 de 2003 “Plan de Igualdad de Oportunidades” en cuanto a los proyectos que se relacionen con el tema y específicamente el Derecho: Una vida libre de violencias.

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2. OBJETIVOS DE LA PRÁCTICA ADMINISTRATIVA

2.1 General

Apoyar los procesos que se realicen en la consolidación y construcción de la Red Distrital de Mujeres, Géneros y Justicia Comunitaria y realizar el seguimiento al Plan de Igualdad de oportunidades de Bogotá D.C. específicamente en el derecho: Una vida libre de violencias.

2.2. Específicos

2.2.1. Realizar una revisión bibliográfica del tema de mujeres, géneros y justicia comunitaria con el fin de reunir información que permita conocer las diferentes discusiones y argumentos que existen al respecto.

2.2.2. Apoyar en la constitución y el sostenimiento de vínculos entre las organizaciones sociales y entidades de la administración Distrital involucradas en el tema de mujeres y géneros con las dinámicas de justicia comunitaria.

2.2.3. Elaborar el diagnóstico de organizaciones comunitarias y redes sociales de mujeres y comunidades LGBT relacionadas con la Justicia Comunitaria.

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2.2.5. Evaluar y generar procesos de retroalimentación con la Escuela de Justicia Comunitaria en relación con el tema de géneros y mujeres y su desempeño práctico en lo referente a la Justicia Comunitaria.

2.2.6. Contribuir en la consolidación de la perspectiva de género de manera transversal en las acciones a realizar por la Escuela de Justicia Comunitaria.

2.3 Resultados Esperados

Un documento (informe final) con las evidencias de las actividades desarrolladas, el cual debe contener los siguientes aspectos:

• Un (1) Diagnostico de las organizaciones comunitarias y gubernamentales relacionadas con el tema de mujeres, géneros y justicia comunitaria.

• Un (1) Documento de avances del Plan de Igualdad de Oportunidades del Distrito enfocada en los proyectos del Derecho a una Vida libre de Violencias.

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3. MARCO DE REFERENCIA

La justicia comunitaria se ha constituido como un mecanismo de justicia alternativa bajo el cual participa la sociedad en el manejo de los conflictos “locales”, tal herramienta ha tenido tanto sus aspectos positivos como sus críticas en cuanto a su ejecución y a la trascendencia que pueda tener en el orden judicial y en las dinámicas sociales.

Entre los diferentes objetivos planteados por la Escuela de Justicia Comunitaria de la Universidad Nacional, se encuentra la vinculación del tema de Mujeres y Géneros con el de Justicia Comunitaria con el fin de generar la interacción de estos contenidos tanto en la teoría como en la práctica para el interior de la Escuela y para la ciudadanía en general.

Lo que se pretende con la práctica administrativa es dar respuesta a los siguientes interrogantes tanto en el presente plan de trabajo como a lo largo del proceso con el fin de enriquecerlo y tener herramientas suficientes para evaluarlo y generar un proceso de retroalimentación.

¿Qué es Justicia Comunitaria?

¿Cómo se dio el proceso de institucionalización de la Justicia Comunitaria en Bogotá?

¿Cómo interactúa el tema de mujeres, géneros y Justicia Comunitaria?

¿La sociedad se ha apropiado de la Justicia Comunitaria?

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¿La Justicia Comunitaria es un mecanismo que permite transformar las acciones de justicia en la comunidad de acuerdo a sus dinámicas y costumbres?

¿Cuál es la intervención del Estado y específicamente de la justicia estatal en los procesos de Justicia Comunitaria?

¿Cuál es el papel de las Mujeres y la población LGBT en el ejercicio de la Justicia Comunitaria?

Con el fin de obtener insumos para dar respuesta a tales interrogantes se dió paso al desarrollo del marco conceptual, el cual proporcionó definiciones transversales al tema como lo son: Justicia, Comunidad, Justicia Comunitaria, Género, entre otros.

3.1. MARCO TEÓRICO

Para comprender el tema de la Justicia Comunitaria y el papel del Género y las mujeres en cuanto a la administración de Justicia es necesario definir diferentes conceptos transversales a los objetivos planteados en el presente plan de acción, inicialmente se atenderán los términos relacionados con Mujeres, Género y posteriormente con Justicia Comunitaria.

Para dar comienzo a la definición de Género es importante mencionar lo que afirma Rosa Cobo Bedia en cuanto a que “La noción de género surge a partir de la idea de que lo femenino y lo masculino no son hechos naturales y biológicos, sino construcciones culturales”3 ello nos sitúa en el desarrollo del término ya que se ha

3 COBO, Bedia Rosa: Género en, 10 Palabras clave sobre mujer. España. Editorial Verbo divino.AMORÓS.

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determinado que el sexo corresponde a los factores biológicos en cuanto a las características genotípicas y fenotípicas del ser humano y el género, entonces, se puede precisar hacia la interacción con el medio.

Sin embargo cabe mencionar lo que afirma Butler Judith con respecto al tema: “No debe concebirse el género sólo como la inscripción cultural del significado en un sexo predeterminado (concepto jurídico); también debe designar al aparato mismo de producción mediante el cual se establecen los sexos en sí. Como resultado, el género no es a la cultura lo que el sexo es a la naturaleza; el género también es el medio discursivo/cultural mediante el cual la “naturaleza sexuada” o “un sexo natural” se produce y establece como “prediscursivo, previo a la cultura, una superficie políticamente neutral sobre al cual actúa la cultura.”4

De acuerdo a lo anterior se puede afirmar que el sexo se refiere al cuerpo y por consiguiente es un instrumento que manifiesta la cultura y se constituye por medio de una construcción continua en la que interviene el medio y la sociedad. En este sentido lo masculino o femenino no se puede considerar como un círculo cerrado de significado – significante sino que por el contrario sostiene sus propias manifestaciones y no se puede limitar a ser catalogado en un rango de comportamiento predecible.

El tema del Género se ha constituido con el tiempo en uno de los objetos de estudio de las ciencias sociales, ya que se relaciona de manera directa con las manifestaciones del ser humano, las relaciones sociales y la cultura. Para ala política feminista en diferentes países como lo afirma Rosa Cobo Bedia es relevante la idea de que el Género es una “construcción cultural que se ha plasmado históricamente en forma de dominación masculina y sujeción

4 Butler Judith. “El género en disputa: el feminismo y la subversión de identidad”. Universidad Nacional

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femenina”5, de allí que los movimientos feministas busquen reivindicar el papel de las mujeres en la sociedad basado en la equidad y la igualdad.

La definición de Género se ha enriquecido desde diferentes disciplinas teniendo en cuenta la influencia que ejerce hacia los roles sociales y hacia la construcción de identidades que interactúan entre sí. Tales roles muchas veces se encuentran jerarquizados al interior de la comunidad lo que indica desigualdad en el acceso a oportunidades y a derechos.

Como lo menciona Judith Butler “el termino mujer denota un significante estable que exige la aprobación de aquellas a quienes pretende describir y representar,

mujeres (incluso en plural) se ha convertido en un termino problemático, un lugar de impugnación, una causa de angustia (…) si es una mujer, desde luego eso no es todo lo que una es; el concepto no es exhaustivo no porque una “persona” con un género determinado trascienda los atributos específicos de su género, sino porque el género no siempre se establece de manera coherente o consistente en contextos históricos distintos, y porque se interseca con modalidades raciales, de clase, etnia, sexuales, y regionales de identidades discursivamente constituidas. Así, resulta imposible desligar el “género” de las intersecciones políticas y culturales en que invariablemente se produce y se mantiene”6.

De esta forma es difícil definir la palabra mujer y lo que ella denota, lo imprescindible es interpretar los diversos conceptos que se presentan de género, los cuales convergen en su construcción cultural y la interacción con cada contexto histórico y social. En la jurisprudencia colombiana con la Sentencia C-371 de 2000 se atribuye el sexo a la concepción biológica y el género a la concepción

5 COBO, Bedia Rosa: Género en, 10 Palabras clave sobre mujer. España. Editorial Verbo divino.AMORÓS.

Celia (Compiladora) Pág.: 62

6 BUTLER Judith, El género en disputa: El feminismo y la subversión. Universidad Nacional Autónoma de

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cultural, así se afirma una vez más lo que determina tal concepto mas no se puede determinar lo que abarca ya que como desarrollo continuo con la sociedad mantiene un amplio universo de manifestaciones.

Surge entonces la necesidad de reivindicar el papel de las mujeres con el fin de lograr una igualdad de oportunidades y dar fin a las relaciones jerarquizadas que se presentan según los roles sociales al interior de la comunidad, de esta forma la Justicia Comunitaria puede ser uno de los mecanismos a usar para lograr tal objetivo. Por medio de la participación de las mujeres en los espacios políticos y como administradoras de justicia se puede continuar y fortalecer el proceso de reivindicación de sus derechos y la construcción de agendas comunes y públicas en las que se planteen las necesidades, desacuerdos y propuestas con y para la sociedad.

La participación ciudadana de las mujeres y los géneros en sus diversidades es indispensable para dar a conocer diversos temas que impulsen y encaminen a las políticas públicas hacia la satisfacción de las necesidades de las y los ciudadanos, es por ello que las mujeres se deben constituir ante todo como sujetos políticos con el fin de ejercer su papel de ciudadanas y dar a conocer sus demandas.

Para determinar el tipo de participación que se enmarca dentro de la Justicia Comunitaria es preciso definir algunos conceptos previos:

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La administración de justicia comprende “un conjunto de instituciones, procedimientos y actores a quienes compete regular los comportamientos legítimos que han de tener las personas y su entorno cuando se enfrentan a un conflicto, con el fin de garantizar la convivencia.”7

Lo que pretende la Justicia Comunitaria es que se administre justicia desde la ciudadanía, sin embargo es difícil establecer los criterios bajo los cuales se puede determinar qué le corresponde a cada cual, sin embargo este mecanismo pretende ser ejercido por la comunidad definida ésta como: “un “conjunto complejo de relaciones basadas en un sentimiento común de pertenencia al mismo grupo. Ese sentimiento se expresa mediante la orientación de los comportamientos según las normas sociales que son comunes al mismo”8. Tal conjunto no necesariamente debe estar enmarcado o delimitado en un espacio geográfico ya que tiene más relevancia la identidad que lo constituye y fundamenta.

De esta forma la Justicia Comunitaria se enmarca en un grupo poblacional que comparte diferentes factores o intereses a lo largo del tiempo y que sostiene unas normas para sus relaciones internas y para su interacción con el exterior construidas desde lo consuetudinario, así la Justicia Comunitaria busca promover la “articulación entre poderes sociales, ordenamientos normativos y operación de justicia, (...) intervención de las redes sociales como una vía para la construcción democrática y participativa de la justicia en equidad”9, se establece como una herramienta para el manejo de los conflictos y la orientación de los comportamientos sociales teniendo en cuenta las normas internas de la población,

7 Universidad Nacional de Colombia y Secretaría de Gobierno. Diplomado Internacional de Justicia en

Equidad y Culturas Urbanas. MODULO I, 2007. Pág.: 20

8 ARDILA, Edgar. ¿A dónde va la Justicia en Equidad en Colombia?. Medellín, Colombia, Corporación Región,

2006. Pág. 92

9ARDILA, Edgar. ¿A dónde va la Justicia en Equidad en Colombia?. Medellín, Colombia, Corporación Región,

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de igual forma “replantea la relación entre justicia y comunidad con fundamento en una metodología de control comunitario de los conflictos”10

Los objetivos de la Justicia Comunitaria se enmarcan en el manejo de los conflictos al interior y desde la comunidad con el fin de mantener la convivencia, según Edgar Ardila tal mecanismo posee tres modalidades11:

1. La justicia comunitaria que es el resultado de una organización de la administración de justicia estatal, y es el Estado quien determina los procedimientos a seguir para constituir la figura y las leyes que la regirán. 2. Ciertas dinámicas de Justicia Comunitaria desarrolladas en comunidades,

principalmente tradicionales a las que el Estado por expresa prescripción legal reviste de un estatus de validez ante el ordenamiento jurídico nacional.

3. Figuras de justicia comunitaria que germinan y se desarrollan en comunidades tradicionales, las cuales no alcanzan el reconocimiento o validación por parte de la ley sino que toda su estructura se basa en las decisiones de la comunidad.

La justicia comunitaria surgió entre diversos factores para descongestionar los despachos judiciales, promover la autogestión comunitaria, entregar la administración de la justicia a las y los ciudadanos, servir como herramienta de promoción y preservación de la convivencia, promover procesos de autonomía comunitaria, entre otros.

10GIRALDO, Jaime. Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos: La Justicia Comunitaria. Colombia:

Ediciones del profesional Ltda., 2004. Pág. 46.

11ARDILA, Edgar. ¿A dónde va la Justicia en Equidad en Colombia?. Medellín, Colombia, Corporación

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Sin embargo se deben tener en cuenta las diferentes críticas que ha recibido la Justicia Comunitaria ya que asigna funciones del Estado a la comunidad (administración de justicia), y parte de normas sociales las cuales muchas veces surgen de relaciones verticales al interior de la comunidad demarcadas por interacciones de superioridad-inferioridad o factores violentos.

La justicia comunitaria en equidad es una de las variantes de la justicia comunitaria que se refiere específicamente a las “figuras creadas por el Estado mediante las cuales se establece una institución encargada de administración de justicia bajo ciertos procedimientos precisos y mínimas reglas en cuanto al contenido de las decisiones. Se le llama en equidad por cuanto, las decisiones que se toman, cuentan de manera predominante con la norma social pero enmarcada en un estatuto legal que las hace válidas ante el sistema judicial nacional”12.

Los actores de la justicia comunitaria son: los jueces de paz, los y las conciliadores(as), Mediadores(as) comunitarios(as), Unidades de mediación y conciliación, tales espacios tienen un sustento legal que determina sus características y funciones.

La justicia comunitaria en el Distrito Capital “busca dar a conocer a los ciudadanos los derechos que el orden jurídico ha establecido a su favor, y las reglas de convivencia ciudadana, y a crear hábitos de respeto de estos derechos y de estas reglas de convivencia, de tal manera de que en casos de conflicto sean capaces de crear los acuerdos necesarios para resolverlos”13.

12 ARDILA, Edgar. ¿A dónde va la Justicia en Equidad en Colombia?. Medellín, Colombia, Corporación

Región, 2006. Pág. 96.

13 GIRALDO, Jaime. Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos: La Justicia Comunitaria. Colombia:

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Finalmente es necesario aclarar que la Justicia Comunitaria puede ser una herramienta muy útil para la reivindicación de las mujeres en la sociedad por medio del reconocimiento de sus derechos y la igualdad de oportunidades en equidad, sin embargo lo más relevante es la forma en que se lleve a cabo, sus actores, es decir las instituciones y personas que intervengan en la administración de justicia y los criterios que manejen para definir lo que corresponde a cada quien, aquí es importante concluir con lo que afirma Gabriela Castellanos: “Construir una sociedad donde la equidad social implique, además de una distribución más justa del poder económico y político, el que las diferencias culturales entre hombres y mujeres no conduzcan a fortalecer un poder hegemónico. (…) donde tenga cabida el estilo femenino, donde por otro lado, no se les exija feminidad a todas la mujeres, ni masculinidad a todos los hombres, y donde las diferencias culturales entre las etnias o las clases no impidan el acceso al poder. En una sociedad como esta, personas de ambos géneros, de todas las clases, las etnias, las orientaciones sexuales, serian reconocidas plenamente humanas, y los derechos humanos serian una realidad.”14

3.2. MARCO CONCEPTUAL:

A continuación se presentarán los conceptos transversales al desarrollo de la Práctica Administrativa en la Escuela de Justicia Comunitaria de la Universidad Nacional.

Las definiciones que se presentan a continuación se han tomado de los textos con los cuales se elaboró el Marco Teórico y en general con los mencionados en la Bibliografía.

14 CASTELLANOS. Gabriela. Textos y prácticas de género. Cali: Universidad del Valle, La manzana de la

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GÉNERO: Se refiere a los roles, derechos y responsabilidades diferentes de los hombres y las mujeres, y a la relación entre ellos. Género no se refiere simplemente a las mujeres o los hombres, sino a la forma en que sus cualidades, conductas e identidades se encuentran determinadas por el proceso de socialización. El género generalmente se asocia a la desigualdad tanto en el poder como en el acceso a las decisiones y los recursos. Las posiciones diferentes de las mujeres y los hombres en la sociedad, las cuales cambian a través del tiempo.

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA: Conjunto de instituciones, procedimientos y actores a los que corresponde, dada una situación de conflicto, regular los comportamientos legítimos que han de tener tanto los sujetos implicados como su entorno inmediato.

CIUDADANÍA: Escenario de regulación en el cual el Estado ofrece un amparo jurídico generalizado a los derechos, las normas del sistema jurídico estatal regulan de manera predominante las conductas y los funcionarios judiciales son las autoridades legítimas para tramitar los conflictos jurídicos.

COMUNIDAD: Conjunto complejo de relaciones basadas en un sentimiento común de pertenencia al mismo grupo. Ese sentimiento se expresa mediante la orientación de los comportamientos según las normas sociales que son comunes al mismo.

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JUSTICIA COMUNITARIA EN EQUIDAD: Se define como una modalidad de administración de Justicia mediante se faculta a operadores de la comunidad para que, ajustándose a reglamentos estatales mínimos, tramiten y gestionen conflictos relevantes ante el orden jurídico del Estado, a través de las estructuras normativas propias de ella.

PLAN DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES: Instrumento para el diseño de políticas públicas en el Distrito, compuesto por 6 derechos y 112 acciones positivas que deben incorporarse a los planes, programas y proyectos definidos tanto en las entidades distritales como en las veinte localidades.

VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES: Cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado. Tal violencia incluye la violencia física, sexual y psicológica.

3.3. MARCO GEOGRÁFICO

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3.4. MARCO HISTÓRICO

Para definir el marco histórico referente al tema de mujeres, géneros y justicia comunitaria es necesario enmarcarlo a partir del Plan Distrital de Desarrollo “Bogotá sin Indiferencia” que propendió por la garantía de los derechos humanos y la reducción de la desigualdad social.

De esta forma como parte de la ejecución de dicho plan se aprueba en el Concejo de Bogotá en el año 2003 el Acuerdo 091 mediante el cual de establece el Plan de Igualdad de Oportunidades para la Equidad de Género en Bogotá D.C.

Uno de los programas del eje social del Plan de Desarrollo se titula “Bogotá con Igualdad de oportunidades para las mujeres” en el cual se mencionó la creación de una instancia que abanderara el proceso de formulación y seguimiento al Plan de Igualdad de Oportunidades.

De igual forma en Junio de 2007 se expide el Decreto 256 que modifica la estructura de la Secretaria Distrital de Planeación creando la Subsecretaría de Mujer, Género y Diversidad Sexual con sus dos direcciones: Dirección de Derechos, Desarrollo e Igualdad de Oportunidades para la Equidad de Géneros, y la Dirección de Diversidad Sexual.

Posteriormente se aprueba el Acuerdo 002 de 20007, el cual crea para la Junta directiva del Instituto de la Participación y Acción Comunal de la Secretaría de Gobierno (IDPAC) la Gerencia de Mujer y Géneros.

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La elaboración del Plan contó con la participación de diferentes organizaciones sociales redes de mujeres de la ciudad, se realizaron nueve encuentros de un espacio de intercambio denominado Mesa Diversa de Mujeres el cual en general convocó a 67 organizaciones sociales, se realizaron 12 talleres en los que participaron 365 personas de diferentes localidades y se llevaron a cabo 9 talleres de socialización y complementación a los que asistieron 167 personas.15

Durante el mes de Agosto del año 2005 se realizaron encuentros con integrantes de entidades Distritales que permitieron identificar la correspondencia entre cada una de las acciones del Plan de Igualdad de Oportunidades y los proyectos definidos en los Planes de Acción Institucional, de allí que los proyectos mencionados en el Plan de Igualdad contengan su destinación presupuestal para la ejecución.

En cuanto al tema específico de la Justicia Comunitaria en relación con mujeres y género, tiene un desarrollo de hace cerca de seis meses en los que se ha comenzado a trabajar con dichos enfoques desde la realización de un Seminario de Mujer, género y Justicia Comunitaria el cual contó con la participación de un gran número de organizaciones de mujeres y población LGBT del Distrito y a partir de allí se pretende consolidar la red distrital en Mujeres, género y Justicia Comunitaria.

15 ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, Secretaría Distrital de la Integración Social. Plan de Igualdad de

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3.5. MARCO NORMATIVO:

A continuación se presentan las leyes y/o normas referidas a las mujeres, géneros y justicia comunitaria que desde la constitución hasta los convenios ratificados por Colombia, las leyes nacionales y Distritales conforman las definiciones y marcos normativos dentro de los cuales se ha desarrollado el tema históricamente promoviendo la igualdad entre hombres y mujeres, garantizando el ejercicio de sus derechos.

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA.

En general toda la Carta Política debe ser aplicada en igualdad de condiciones tanto a hombres como a mujeres, sin embargo hay algunos artículos que mencionan de forma específica a las mujeres.

• Art. 13: Menciona que todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo.

• Art. 40: Garantiza la adecuada y efectiva participación de la mujer en los niveles decisorios de la Administración Pública.

• Art. 42: Garantiza la igualdad de derechos y deberes de la pareja y su libre decisión frente al número de hijos o hijas.

• Art. 43: Establece la igualdad de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres; específicamente define que la mujer no puede ser sometida a ningún tipo de discriminación.

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criminales, conciliadores o en la de árbitros habilitados por las partes para proferir fallos en derecho o en equidad.

• Art. 247: Establece que la ley podrá crear jueces de paz encargados de resolver en equidad conflictos individuales y comunitarios. También podrá ordenar que elijan por votación popular.

INSTRUMENTOS DE NACIONES UNIDAS RELATIVOS A LA CONDICIÓN DE LAS MUJERES

De acuerdo al artículo 93 de la Constitución Política “Los tratados y convenios internacionales ratificados por el Congreso Nacional, que reconocen los Derechos Humanos y que prohíben su limitación en los estados de excepción, prevalecen en el orden interno” de esta forma los tratados y convenios internacionales ratificados por Colombia en los últimos años son:

• Declaración de Viena, Conferencia Internacional de Derechos Humanos, 1993.

• Convención sobre los derechos políticos de las mujeres, 1952.

• Convención sobre la nacionalidad de las mujeres casadas, 1957.

• Resolución 821 II (XXXII), del Consejo Económico y Social, julio 1961, invita a la OMS a estudiar las prácticas tradicionales perjudiciales para la vida y la salud de mujeres y niñas.

• Convención y recomendación para el consentimiento de matrimonio, edad mínima para el matrimonio y registro de los matrimonios, 1962.

• Declaración sobre la eliminación de la discriminación contra las mujeres, 1967.

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• Declaración sobre la protección de la mujer y el niño en estados de emergencia o de conflicto armado, 1974.

• Resolución 3520, Asamblea General de ONU, 1972, proclama 1975 como Año Internacional de la Mujer.

• Resolución 3520, Asamblea General de ONU, 1975, proclama el periodo 1976-1985 como Decenio de las Naciones Unidas para la Mujer: Igualdad, Desarrollo y Paz, Conferencia Mundial de México.

• Convención para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y protocolo opcional a la Convención, Res. AG 34/180, 1979. Tiene el rango de vinculatoriedad de “Tratado Internacional”.

• Resolución 35/136, Asamblea General de la ONU., 1980, aprueba el Programa de Acción de la segunda mitad del decenio, Conferencia Mundial de Copenhague.

• Resolución 35/56, Asamblea General de la ONU., 1980, aprueba la Estrategia Internacional del Desarrollo para el tercer decenio de las Naciones Unidas para la Mujer.

• Estrategias de Nairobi orientadas hacia el futuro para el adelanto de la mujer.

• Recomendación General No. 6 de CEDAW apoyando la creación de organismos o departamentos en las administraciones nacionales para promover el avance de la mujer.

• Recomendación General No. 19 del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer-CEDAW, relativa a la violencia contra la mujer.

• Recomendaciones del Seminario sobre las prácticas tradicionales perjudiciales para la vida y la salud de mujeres y niñas, Burkina Faso, Mayo 1991.

(31)

• Plan de Acción para la Eliminación de las Prácticas Tradicionales Perjudiciales para la vida y la salud de mujeres y niñas, Naciones Unidas, Colombo (Sri Lanka).

• Recomendación General No. 21 de CEDAW referida a la igualdad en el matrimonio y en las relaciones familiares, la nacionalidad, la capacidad jurídica y la familia, 1994.

• Resolución 30/1994 de la Subcomisión de Prevención de Discriminaciones y protección de las minorías (Comisión de derechos Humanos), de agosto 1994, adopta el Plan de Acción para la Eliminación de las Prácticas tradicionales nocivas para la salud de las mujeres y las niñas.

• Resolución WHA47.10 de la 47ª Asamblea Mundial de la Salud (OMS), trata específicamente las prácticas tradicionales perjudiciales para la salud de las mujeres y las niñas, e insta a los Estados miembros a establecer políticas para poner término a las mismas.

• Declaración de Pekín y Plataforma para la Acción (1995).

• Protocolo facultativo de la Asamblea General a la Convención sobre eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (1979), Nueva York, octubre de 1999.

• Resolución de la Comisión de Derechos Humanos (56ª sesión, 20 de abril de 2000), dirigida a combatir el tráfico de mujeres y niñas, eliminar la violencia contra las mujeres e incorporar los derechos humanos de las mujeres en todo el Sistema de Naciones Unidas.

• Informe de la Asamblea General sobre de Evaluación de los logros y obstáculos en el desarrollo de la Plataforma de Acción de Pekín, Nueva York, junio de 2000.

(32)

en todas las decisiones nacionales e internacionales alrededor de los conflictos armados.

INSTRUMENTOS DE LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO (OIT)

• Convenio relativo a igual remuneración para trabajadores y trabajadoras por trabajo de igual valor, No. 100, 1951, y Recomendación No. 90, 1951.

• Convención relativa a protección de la maternidad, No. 103, 1952, y Recomendación No. 95, 1952.

• Convenio relativo a la discriminación respecto al empleo y ocupación, No. 111, 1958, y Recomendación No. 111, 1958.

• Convenio relativo empleo de mujeres con responsabilidades, No. 123, 1965.

• Convenio 156, sobre igualdad de oportunidades y de trato entre trabajadores y trabajadoras con responsabilidades familiares, Ginebra, 23 de junio de 1981.

INSTRUMENTOS DE LA ORGANIZACIÓN DE NACIONES UNIDAS PARA LA EDUCACIÓN, LA CIENCIA Y LA CULTURA (UNESCO)

• Convenio para la represión de la trata de personas y de la explotación de la prostitución ajena, 1949.

• Convención contra la discriminación en la educación, 1960.

• Recomendación sobre la Educación para la comprensión, la cooperación y la paz internacionales, y sobre la educación relativa a los Derechos Humanos y las libertades fundamentales, 1974.

(33)

CONFERENCIAS MUNDIALES RELACIONADAS CON DERECHOS HUMANOS

• Conferencia Internacional de Derechos Humanos, Teherán, 1968.

• Conferencia Mundial sobre Educación para Todos: satisfacción de las necesidades básicas de aprendizaje, Jomtien, Tailandia, 5-9 marzo, 1990.

• Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo, Río de Janeiro, 3-14 de junio, 1992.

• Conferencia Mundial de Derechos Humanos, Viena 14-15 de junio, 1993. Declaración y Programa de acción de Viena.

• Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo, El Cairo, 5-13 de septiembre, 1994.

• Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social, Copenhague, 6-12 marzo, 1995.

CONFERENCIAS MUNDIALES SOBRE LAS MUJERES

• I Conferencia Mundial del Año Internacional de las Mujeres, México, 1975. Plan Mundial de Acción para la implementación de los objetivos del Año Internacional de las Mujeres.

• II Conferencia Mundial de la Década de las Naciones Unidas para las Mujeres: igualdad, desarrollo y paz, Copenhague, 1980. Programa de Acción para la segunda mitad de la década de las ONU. para las mujeres y resoluciones adoptadas por la conferencia.

(34)

• Beijing+5. La Mujer en el año 2000: Igualdad entre los géneros, desarrollo y paz. Nueva York. Instancia de evaluación del cumplimiento de los compromisos contraídos respecto de la Plataforma de Beijing, cinco años después de su formulación.

RECOMENDACIONES DEL COMITÉ PARA LA VIGILANCIA DE LA APLICACIÓN DE LA CONVENCIÓN SOBRE LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN CONTRA LA MUJER–CEDAW

Recomendación General 5, sobre la aplicación de acciones positivas de carácter temporal.

Recomendación General 6, sobre la necesidad de creación de organismos o departamentos en las administraciones públicas para promover el avance de la mujer.

Recomendación General 12, exige a los estados parte a que incluyan en sus informes

• datos sobre la violencia contra las mujeres en todas sus formas y contextos

Recomendación General 16, sobre trabajadoras / es no remunerados en empresas familiares urbanas y rurales, exige la valoración y el reconocimiento del trabajo no remunerado, solicitando de los Estados un informe sobre la situación de las mujeres que trabajan sin remuneración.

Recomendación General 17, sobre medida y cuantificación de las actividades domésticas no remuneradas y su reconocimiento en el producto interior bruto, exige la evaluación de las actividades domésticas de la mujer y la incorporación de su valor al PIB de cada país, adelantándose así a uno de los compromisos aceptados por los gobiernos en la Plataforma de Acción de la Conferencia de Pekín de 1995.

(35)

1992, declara rotundamente que la violencia contra la mujer es una forma de discriminación por razón de sexo y una violación de los Derechos Humanos garantizados en el ámbito internacional.

Recomendación General 21, referida a la igualdad en el matrimonio y en las relaciones familiares, adoptada en 1994.

INSTRUMENTOS DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE LAS MUJERES EN EL SISTEMA INTERAMERICANO DE DERECHOS HUMANOS

Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer. Belém Do Pará. Este acuerdo es el único de su naturaleza que existe, fue promulgado por la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos (OEA) en 1995.

MARCO NORMATIVO NACIONAL

Decreto 2663 de 1950 Código Sustantivo del Trabajo que contiene artículos relacionados con la protección y defensa de los derechos en el ámbito laboral y en especial algunos relacionados con la protección de los Derechos de la Mujer Trabajadora.

Ley 54 de 1962 que aprueba el Convenio No. 100 de 1951, de la Organización Internacional del Trabajo consagra la igualdad de remuneración entre la mano de obra masculina y la mano de obra femenina por un trabajo de igual valor.

(36)

Ley 13 de 1972 Prohíbe la segregación de las personas para obtener empleo y la exigencia de datos relacionados con el estado civil, número de hijos, religión o partido político.

Ley 51 de 1981 por medio de la cual se aprobó la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.

Ley 50 de 1990 que favorece a las trabajadoras embarazadas, a través de la protección contra el despido por embarazo y la ampliación de la licencia de maternidad de 8 a 12 semanas.

Ley 82 de 1993 por la cual se expiden normas para apoyar de manea especial a la mujer cabeza de familia, es decir, apoyo a la mujer cabeza de familia para brindarle mejores condiciones de acceso a créditos, educación, empleo, salud, etc.

Ley 100 de 1993 que Crea el Sistema de Seguridad Social que consagra el principio de universalidad de la salud y la seguridad social sin discriminación alguna y de solidaridad hacia grupos vulnerables.

Ley 115 de 1994 ó Ley General de la Educación que consagra el principio de respeto a la equidad como fin de la educación, al igual que sanciona el acoso sexual de los docentes sus alumnas y alumnos.

Ley 181 de 1995 que consagra el principio de democratización sin discriminación, del deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre.

Ley 248 de 1995 por medio de la cual se aprobó la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer, suscrita en Belem Do Pará, Brasil, en 1994. Su único objeto fue la ratificación de la Convención ya que no establece ningún procedimiento legal para la protección real de los derechos de las mujeres.

(37)

Ley 182 de 1995 relativa a la televisión, consagra la protección a la igualdad de género.

Ley 294 de 1996 por medio de la cual se desarrolla el artículo 42 de la Constitución Política y se dictan normas para prevenir, remediar y sancionar la violencia intrafamiliar.

Ley 360 de 1997 por medio de la cual se modifican algunas normas del Título XI del Libro II del Código penal, relativo a los delitos contra la libertad y pudor sexuales y se adiciona el artículo 417 del Código de Procedimiento Penal. Esta Ley cambia de denominación el derecho protegido ya que entra a proteger el derecho a la libertad sexual y la dignidad humana y no la libertad y el pudor sexuales.

Ley 387 de 1997 que adopta medidas para la prevención del desplazamiento forzado; la atención, protección, consolidación y estabilización socioeconómica de los desplazados por la violencia en Colombia.

Ley 509 de 1999 que estableció beneficios a favor de las madres comunitarias en materia de seguridad social y otorgamiento de un subsidio pensional.

Ley 575 de 2000 por medio de la cual se modifica parcialmente la ley 294 de 1996.

Ley 581 de 2000: por la cual se reglamenta la adecuada y efectiva participación de la mujer en los niveles decisorios de las diferentes ramas y órganos del poder público.

Ley 599 de 2000 por medio de la cual se establece el Código Penal, modifica la Ley 360, declarando como bien jurídico tutelado “la libertad, integridad y formación sexuales”.

(38)

Ley 679 de 2001 consagra medidas para prevenir y contrarrestar la explotación, la pornografía y el turismo sexual con menores.

Ley 747 de 2002 reforma y adiciona el código penal en el capítulo de delitos sexuales, incluyendo el tema de Trata de Personas.

Ley 755 de 2002 concede al esposo o compañero permanente una licencia de paternidad.

Ley 762 de 2002 que aprueba la Convención Interamericana para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad.

Ley 823 de 2003 que consagra normas para la igualdad de oportunidades para las mujeres, fundamenta en el reconocimiento institucional de la igualdad jurídica, real y efectiva de derechos y oportunidades de mujeres y hombres, en el respeto de la dignidad humana y en los principios consagrados en los acuerdos internacionales sobre esta materia. Allí se afirma que la igualdad de oportunidades para las mujeres, y especialmente para las niñas, es parte inalienable, imprescriptible e indivisible de los derechos humanos y libertades fundamentales.

Sentencia C-371/00: Se especifica en la jurisprudencia que los términos de sexo y género no son sinónimos.

Sentencia C-804/06 en la cual se declara inexequible el artículo 33 del Código Civil, salvo las expresiones “La palabra persona en su sentido general se aplica a la especie humana, sin distinción de sexo”, que se declaran exequibles, debido a que el lenguaje como fenómeno social cultural e institucional del primer orden, se proyecta de manera directa en el ámbito jurídico, en la medida en que el Derecho se manifiesta y expresa por medio de palabras.

(39)

Ley 446 de 1998: Descongestión de la Justicia, auxiliares y colaboradores de justicia.

Ley 497 de 1999: Por la cual se crean los jueces de paz y se reglamenta su organización y funcionamiento.

Ley 575 de 2000: Por medio de la cual se reforma parcialmente la Ley 294 de 1996, asigna atribuciones a los jueces de paz o conciliadores en equidad, con el fin de obtener su mediación en un proceso determinado. Podrá el Juez de Paz o el Conciliador en Equidad, si las partes lo aceptan, requerir de instituciones o profesionales o personas calificadas, asistencia al agresor, a las partes o al grupo familiar.

Decreto 1477 de 2000: Por el cual se adopta el Programa Nacional Casas de Justicia.

Ley 640 de 2001: Por la cual se modifican normas relativas a la conciliación y se dictan otras disposiciones en cuanto a las y los conciliadores.

Ley 794 de 2003: modifica el Código de Procedimiento Civil y algunos artículos referentes a la conciliación.

Sentencia C-1195 de 2001: Conciliación extrajudicial en materia laboral.

Sentencia C-103 de 2004: Establece que los jueces de paz y de reconsideración no tendrán remuneración alguna.

MARCO NORMATIVO DISTRITAL

Acuerdo 12 de 1998 del Concejo de Bogotá, crea el Concejo Distrital para la Atención Integral a los Niños(as) Víctimas de Abuso y Explotación Sexual.

(40)

ciudadanas, así como en los ámbitos económico, político, social, educativo y cultural. En el artículo 2 del presente acuerdo de define al Plan de Igualdad de Oportunidades como un instrumento que facilita el diseño de las políticas públicas del distrito capital dentro del marco de la equidad de género y como un conjunto de acciones de igualdad interrelacionadas, orientadas a reducir y combatir la desigualdad existente entre hombres y mujeres.

Acuerdo 125 de 2004 aprobado por el Concejo de Bogotá, por medio del cual se implementa la Cátedra de Derechos Humanos, Deberes y Garantías y Pedagogía de la Reconciliación.

Acuerdo 119 de 2004: Por el cual se adopta el plan de desarrollo económico, social y de obras públicas para Bogotá D.C. 2004-2008 Bogotá sin indiferencia un compromiso social contra la pobreza y la exclusión.

Acuerdo 143 de 2005 por medio del cual se dictan unas disposiciones en materia de prevención, control y tratamiento del síndrome de inmunodeficiencia humana VIH y del SIDA en Bogotá, D.C.

Acuerdo No. 152 de 2005, que reforma el Acuerdo 12 y crea el Consejo Distrital para la atención integral a víctimas de la violencia intrafamiliar, violencia y explotación sexual. Además se incluyó la representación de una persona designada por la Oficina de Política Pública de Mujer y Géneros.

Resolución 0001 del 24 de Noviembre de 2005 del Consejo Distrital de Política Social, mediante la cual se crea el Subcomité Distrital de Mujer y Géneros.

(41)

sobre equidad e igualdad de oportunidades con perspectiva de género, población, étnica y de diversidad sexual.

Ley 1009 de 2006: Por medio de la cual se crea con carácter permanente el Observatorio de Asuntos de Género.

Acuerdo 002 de 2007, de la Junta Directiva del Instituto de la Participación y Acción Comunal de la Secretaría de Gobierno, crea la Gerencia de Mujer y Géneros.

Acuerdo núm. 0006 de 2007: Por el cual se determina el objeto, estructura organizacional y las funciones del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal y se dictan otras disposiciones, en la estructura organizacional se menciona la Subdirección de fortalecimiento de la organización social con la Gerencia de Mujer y Géneros.

Decreto 256 de 2007: Por el cual se modifica parcialmente la estructura interna de la Secretaría Distrital de Planeación y se establece la Subsecretaría de mujer, géneros y diversidad sexual con la Dirección de derechos, desarrollo e igualdad de oportunidades para la equidad de género y la Dirección de diversidad sexual y sus respectivas funciones.

Decreto 2737 de 1989: Código del menor

Acuerdo 54 de 2002 del Concejo de Bogotá: Por el cual se amplían las comisarías de familia y se dictan otras disposiciones en desarrollo del código del menor y legislación del menor.

Acuerdo 79 de 2003: Código de policía y reglamentación de la convivencia ciudadana.

(42)

4. METODOLOGÍA

4.1 TIPO DE ESTUDIO, MÉTODOS Y TÉCNICAS DE RECOLECCIÓN DE LA INFORMACIÓN:

Se realizará una investigación exploratoria comenzando por una revisión bibliográfica acerca del tema de Mujeres, Géneros, Justicia Comunitaria y Justicia de Género, una recopilación o diagnóstico de las organizaciones que trabajan con dichos temas en el Distrito, y la compilación de los resultados de la Alcaldía Mayor con respecto al Derecho a Una Vida Libre de Violencias del Plan de Igualdad de Oportunidades 2004-2016.

De igual forma se pretende alcanzar una investigación correlacional en la que se identifiquen los puntos de convergencia entre las organizaciones de Bogotá reunidas en el diagnóstico, su ejercicio de la Justicia Comunitaria y los avances del Distrito con respecto a los temas fundamentales de la práctica administrativa.

4.2. FASES Y ACTIVIDADES:

Para el logro de los objetivos planteados en la práctica administrativa a desarrollar se propone una metodología basada en las siguientes etapas de ejecución:

(43)

ƒ Divulgación o Comunicación: Se darán a conocer los resultados obtenidos en la investigación y su interrelación con las iniciativas de la Escuela de Justicia Comunitaria por diferentes medios de comunicación como la radio, la página web y espacios con organizaciones comunitarias y gubernamentales.

ƒ Apoyo a conversatorios, consolidación y fortalecimiento de las redes Distritales de Géneros y Justicia Comunitaria: Posterior a la investigación y retroalimentación se busca dar paso a la ejecución de seminarios referentes al tema de Mujeres, Géneros y Justicia Comunitaria y de igual forma consolidar las redes que permitan fortalecer el desarrollo del tema a nivel distrital.

ƒ Recopilación de resultados: Ejecutadas las anteriores etapas se recopilarán los resultados para evaluar la trascendencia y las acciones que se llevaron a cabo durante todo el proceso y plantear nuevos objetivos o dar continuidad a los obtenidos.

ACTIVIDADES ESPECÍFICAS:

1. Apoyo en consolidación de Centro de Documentación referido al tema de mujeres, géneros y Justicia Comunitaria.

• Revisión Bibliográfica: Biblioteca Luis Ángel Arango Bibliotecas Bilblored

Centro de Documentación Escuela de Estudios de Género UN

(44)

Género, Derecho y ciudadanía Género y Justicia

Justicia de género

Género y justicia comunitaria

• Consolidación electrónica

2. Elaboración del diagnóstico de organizaciones comunitarias y redes sociales de mujeres y comunidades LGBT relacionadas con la justicia comunitaria.

• Revisión documento de inventario proyecto redes.

• Búsqueda de organizaciones e información de acuerdo a términos de referencia de inventario existente.

• Ampliación de documento de inventario.

3. Apoyo a la consolidación de la Red Distrital de Mujeres, Géneros y Justicia Comunitaria

4. Elaboración de documento de avances en justicia comunitaria y de género en el Plan de Igualdad de Oportunidades para la equidad de género en el Distrito Capital 2004 – 2016.

• Seguimiento a los programas y proyectos del Derecho a una vida libre de violencias.

5. Presentación de resultados, retroalimentación y evaluación.

• Elaboración de Informe de resultados

(45)

• Retroalimentación

4.3 FUENTES DE INFORMACIÓN:

Para la realización de las actividades descritas se obtendrá información de las respectivas bibliotecas mencionadas en las actividades específicas para la consolidación del Centro de Documentación, de igual forma se acudirá a diferentes organizaciones comunitarias con el fin de obtener información acera de las mismas.

Se realizarán algunas entrevistas que proporcionen información acerca de las organizaciones para la elaboración del diagnóstico y otras acerca de los avances del Plan de Igualdad de Oportunidades.

4.3.1. FUENTES DE INFORMACIÓN PRIMARIA

Se consultarán fuentes de información primaria como entrevistas a algunas organizaciones, documentos de las organizaciones del distrito que trabajen en Mujeres, Géneros y Justicia Comunitaria, documentos del distrito que evidencien los avances adelantados con respecto al Plan de Igualdad de Oportunidades, entre otros.

4.3.2. FUENTES DE INFORMACIÓN SECUNDARIA

(46)

II PARTE

(47)

5. CENTRO DE DOCUMENTACIÓN Y DIAGNÓSTICO DE ORGANIZACIONES

A continuación se expondrán los resultados de acuerdo a las etapas metodológicas mencionadas en el capítulo anterior.

INVESTIGACIÓN Y FORMACIÓN

Esta etapa se encuentra ligada de manera directa con la actividad referida al apoyo en la consolidación del Centro de Documentación virtual con respecto a los temas de teoría de Género, Ciudadanía y Derecho, Justicia y Género, y Género y Justicia Comunitaria.

Luego de plantear los temas a profundizar se presentó la dificultad de dividir los documentos con respecto a dichos temas, ya que muchos de ellos desarrollan sus planteamientos desde la interdisciplinariedad, generando una interrelación de contenidos, por ello se consideró conveniente la elaboración de una tabla que sintetice la información de cada uno y permita organizarlos según otras características que facilitan una mayor comprensión para el público.

(48)

5.1 APOYO EN CONSOLIDACIÓN DE CENTRO DE DOCUMENTACIÓN REFERIDO AL TEMA DE MUJERES, GÉNEROS Y JUSTICIA COMUNITARIA.

NOMBRE EL

LIBRO AUTOR(A) AÑO/ EDITORIAL PAÍS / CIUDAD PALABRAS CLAVES DOC EN

FÍSICO DOC EN MAGNÉTICO 10 Palabras clave sobre Mujer

AMORÓS. Celia 1995/ Editorial Verbo divino

España Género, Libertad,

Autonomía, Feminismo.

X

¿A dónde va la Justicia en equidad en Colombia?.

ARDILA, Edgar 2006/ Corporación Región

Colombia/Medellín Justicia Comunitaria, Justicia en equidad, Conflicto,

Convivencia

X

El Género en disputa: el Feminismo y la subversión de identidad.

BUTLER, Judith 2001/ Universidad Nacional Autónoma de México

México Género, Teoría de Género, Feminismo, Mujer, X Textos y prácticas de Género CASTELLANOS. Gabriela (compiladora). 2004/ Universidad del Valle, La manzana de la discordia

Colombia/Cali Teorías del Género, Políticas Públicas, Derechos Humanos. X Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos: La Justicia Comunitaria

GIRALDO, Jaime 2004/ Ediciones el profesional Ltda.

Colombia/Bogotá Jueces de paz, Resolución de Conflictos, Unidades de Mediación y Conciliación, Normatividad.

X

(49)

Congreso Internacional: Género, Justicia y Derecho

NACIÓN Derecho, Justicia,

Ciudadanía, Conflicto.

Género y Derechos Humanos

SCALA, Jorge 2005/ Editorial Promesa

Costa Rica Género, Derechos Humanos, Violencia, Conflicto, Política, Derecho. X Igualdad generacional y de Género: Derecho constitucional aplicado para la garantía de los Derechos Humanos.

RAMÍREZ Delgado Olga Lucía

2003 / Biblioteca

Jurídica Diké Colombia / Medellín Género, Igualdad, Derechos fundamentales, Participación. Sen Núm. C-071 de 1993

Sen Núm. C-676 de 1998

Sen Núm. C-371 de 2000

Ley 581 de 2000 Ley 755 de 2002

X

Pensar (en) Género: Teoría y prácticas para nuevas

cartografías del cuerpo.

MILLÁN de Benavides

Carmen y Estrada Ángela María Editoras

2004 / Editorial Pontificia Universidad Javeriana

Colombia / Bogotá Género, Sexualidad, Feminismo,

Identidad, Derechos Humanos, Violación

X

El Derecho en el Género y el Género en el Derecho.

BIRGIN Haydée

(Compiladora) 2000 / Editorial Biblos Argentina / Buenos Aires Género, Teoría feminista, Discurso jurídico, Derecho, Discriminación

X

Las Fisuras del Patriarcado,

HERRERA Gioconda

2000 / FLACSO Ecuador / Quito Feminismo, Derecho, Derechos Humanos,

(50)

sobre el

Feminismo y el Derecho.

mujer y

Administración de Justicia en Ecuador. Género y

ciudadanía: Un debate

GARCÍA Adela 2004 / Icaria Editorial. España / Barcelona Mujeres, Ciudadanía, Espacio Público, Género, Democracia, Globalización. X

Un derecho para dos: La

Construcción jurídica de Género, sexo y sexualidad.

PITCH Tamar 2003 / Editorial Trotta S.A.

Italia Libertad femenina,

Cuerpo, Derecho, Ciudadanía, Aborto, Violencia X Mujer, derechos humanos, y Género.

IANUZOVA María 1999 / Profamilia Colombia / Bogotá Derechos humanos, Mujer, Perspectiva de Género, Derecho Internacional.

X

Participación de las mujeres en la Construcción de la paz en Colombia: Situación de derechos humanos y DIH

Comisión Colombiana de Juristas

2004 Colombia / Bogotá Derechos humanos, Derecho Internacional Humanitario, Seguridad Democrática, Mujeres, Participación, Violencia. X

A propósito de Clase, Raza y Género: ¿Explotación, exclusión o discriminación? HERNÁNDEZ Cortés Yolanda

2004 Colombia / Bogotá Género –

discriminación Clase – explotación Raza – exclusión

X

(51)

Vásquez Zawadzky en la Alta consejera presidencial para la equidad de la mujer

Lucia Desarrollo

Empresarial, Retos del Gobierno.

Género,

Conflicto y Paz en Colombia: Hacia una agenda de investigación

ROJAS Cristina 2002 Colombia Proceso de paz en

Colombia, Género, Derechos Humanos, Instituciones.

X

Las mujeres colombianas frente al Conflicto Armado:

Justicia para las Mujeres

RED NACIONAL DE MUJERES y oras

organizaciones.

2005 Colombia Mujeres, Conflicto

Armado,

Paramilitarismo, Verdad, Justicia, Reparación.

X

Justicia Transicional y reconciliación en Colombia luego del conflicto armado:

Consideraciones para una posible cooperación Canadiense

Fundación Canadiense para las Américas

2005 Sin información Género, Justicia, Administración de Justicia,

Reconciliación

X

(52)

Mujer y Poder Consejos Justicia, Participación. Participación de

las Mujeres Indígenas en los procesos de gobernabilidad y en los gobiernos locales.

INSTRAW 2002 Colombia Pueblos indígenas,

Derechos humanos, Participación, Mujeres Indígenas.

X

Breve estado de situación de la violencia en contra de las Mujeres y la Justicia de Género en Argentina, Bolivia, Colombia, Chile, Ecuador y Perú.

Patsíli Toledo Sin información Sin información Violencia contra las mujeres en

Argentina, Bolivia, Colombia,

Chile, Ecuador y Perú

X

Situación de violencia contra las mujeres en el conflicto armado en Colombia

Federación de Asociaciones de defensa y promoción de Derechos Humanos.

2004 Colombia Mujeres, Niñas,

Violencia, Derechos Humanos, Conflicto Armado.

X

Retos y logros sobre el acceso a la Justicia de las Mujeres en

Sin información Sin información Colombia Administración de Justicia, Poder Judicial, Género.

(53)

Justicia para las Mujeres: Un compromiso impostergable de los procesos de

modernización del Estado.

Editado por: Alda Facio Montejo

2005 / Fundación Justicia y Género

Sin información Acceso a la Justicia, Mujeres,

Latinoamérica, Igualdad de Oportunidades, Derechos Humanos.

X

Las Políticas de Igualdad en el contexto de Ciudadanía.

Ochoa Santos Rocío

Pavez Lizarraga, Amaya

Sin información España Políticas Públicas, Igualdad, Género, Ciudadanía

X

Discriminación sexista y otras formas

de violencia estructural e institucional contra la Mujer

Barros Freitas Lucía

2004/ Tesis Doctoral

España Mujer y Condición Femenina,

Patriarcado, Violencia contra la Mujer, Ciudadanía.

X

Violencias Cruzadas: Informa

Derechos de las Mujeres en Colombia 2005.

Tobón Olarte Gloria

(Compiladora)

2005/Corporación Humanizar

Colombia Mujer, Violencia,

Conflicto Armado, Pobreza.

X

(54)

5.2. ELABORACIÓN DEL DIAGNÓSTICO DE ORGANIZACIONES COMUNITARIAS Y REDES SOCIALES DE MUJERES Y COMUNIDADES LGBT

Se realizó una recopilación de Datos de Organizaciones que trabajan el tema de Mujeres, Género y Justicia Comunitaria con el fin de apoyar el proceso de consolidación de la red Distrital en dicho tema.

ORGANIZACIÓN RESPONSABLE TELÉFONO DIRECCIÓN

TRANS-SER. Red de Apoyo a transgeneristas

Jesús

López/Marina Talero Monroy

2825301/3002184017 Cra. 4 18 50 ofic. 1608.

Asociación de Mujeres del Río María Victoria Robayo

5726118 Calle 40 sur # 96 – 04 - Barrio

Ciudad Galán Mesa de Mujer y Género de Kennedy Stella

Hernández

2640120/3118193635 Carrera 75 No. 36a-03 sur

Federación de Mujeres Campesinas de Cundinamarca

Omaira Álvarez Mora

2448605/3124803045 Carrera 22 No. 36 63 Ofic. 203

Asociación de Mujeres de Santa Mónica

María Teresa Fernández

7800837/3165031067 CL 66 # 72-15 SUR

Corporación Mujer III COFEM Gloria Inés Salazar

5662305/2802073 Cll. 3 Nro. 2 – 98 Barrio Lourdes

Red de Mujeres líderes de Santafé Maria Rubiela Vargas Reyes

6040316/3338318 Calle 17 # 4-70 Apto 1703

Asociación Movimiento de Mujeres de Ciudad Bolívar

Margarita Ramírez

7619169 Calle 73 # 18 B 05 sur

Polo de Rosa Iliana María

Espitia Sutachan

(55)

Castellanos Organización de Mujeres

Afrocolombianas

Adiela Dagua Aponzá

315842112 - 7157316/ 7310188

Calle 59 B SUR N° 47 - 15 La Coruña

Iniciativa de Mujeres Colombianas por la Paz IMP

Ángela Cerón 2448900 ext. 105/ 3107667724 Sin información

Corporación Casa de la Mujer Liliana Silva Miguez

3125078/3112103515 Carrera 28 No. 51- 22

Colombia Diversa Marcela

Sánchez

3103495244 Calle 30a No 6 22 ofic. 1202

Fundación SOFIA Mujer, sociedad y desarrollo armónico

Ligia Galvis Ortiz 2562900/3114821406 Carrera 7ª # 84 – 40

Corporación Sisma-Mujer Claudia Ramírez

Cardona 2880536 CL 38 # 8-12 of 502,Bogotá

Mesa de Trabajo Mujeres y Economía María Adela Rivera-Santander

4829414 Sin información

Red Distrital de Salud de las Mujeres del Sector Popular

Angélica Velasco

5395479/3112795604 Cra 100ª No. 130d – 38

Ruta Pacífica de Mujeres Marina Gallego 2353986/ 3463414/ 3133337958

Carrera 28 No. 51- 22

Mujeres al Borde Ana Lucia

Ramírez

3115696210

Corporación Mujeres y Economía María Adela Rivera-Santander

4829414 – 2450838 Calle 39 b No. 20 -19 Ofic. 301

Cooperativa de Trabajo Asociado Unida para el Progreso

Luz Stella Franco Ramírez

311 538 3781, 5713735 CL 160 # 8F-24,La Soledad

Corporación Triángulo Negro Nury García Londoño

2 44 52 28 Calle 66 No. 9ª – 28

Centro Comunitario LGBT Iván Ángel 2490049 Sin información

De-genere-Se 2959881-3002196863 Sin información

Asociación de Mujeres de Comunidades de Antonio Nariño

Luz Dary Aristizábal

(56)

AHMA (Organización de mujeres) Lozano Sánchez Colectivo Mujeres Libres Luz Dary

Mabesoy Torres

3509918, 3681746 KR 4 # 19-78,Palermo

Asociación AFECTO (571) 2879801 Transversal 4 No. 51A-01

Bogotá D.C. Colombia Red del Buen Trato y Consejo de

Atención a Víctimas de Violencia

intrafamiliar y Sexual de la Localidad de Chapinero

Jorge Gutiérrez (57) (1) 2493212 Calle 50 A No. 13-58. 3er. Piso

Corporación de promoción y cultura (Organización de mujeres)

Marisol Avendaño

4516962 / 2930422 Sin información

Revista IO Alonso

Gutiérrez, Marcela

Sánchez, Oscar Rodríguez

311 256 66 41 - 300 215 24 72 Sin información

Red Decide Mujer Olga Goyeneche

Quintana

3108568109 K 28A No. 8A-47

Bogota Asociación Colombia Saludable 2437977 Cra 4 no 18-50 Ofc 1401

Orientame 2887524 Cra. 17 Nro. 33 – 50

Fundamor 2328120 – 2328508 Cra 67 Nro. 51- 10

Red Colombiana de Personas viviendo con VIH o SIDA

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Dialogo Mujer "Fundación" 2472273 / 2472858 Cra. 32 Nro. 16-45

Cormujer 5662305 Cll. 4 Nro.12-18 Int. 17 Apto.

202

Asvihda 3403717 Cra 13 A No 38-39 Of 604

Red de Mujeres de Usaquen Luz Mery

Palacios 6729993 CLL159A# 48B-40

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