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MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y REQUISITOS PARA LOS EMPLEOS DE LA PLANTA DE PERSONAL DEL MUNICIPIO DE COROMORO - SANTANDER DIDIER ALFONSO SAAVEDRA QUINTANILLA ALCALDE MUNICIPAL

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(1)

REPUBLICA DE COLOMBIA

DEPARTAMENTO DE SANTANDER

MUNICIPIO DE COROMORO

MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y

REQUISITOS PARA LOS EMPLEOS DE LA PLANTA

DE PERSONAL DEL MUNICIPIO DE

COROMORO - SANTANDER

DIDIER ALFONSO SAAVEDRA QUINTANILLA

ALCALDE MUNICIPAL

2004 – 2007

(2)

PRESENTACIÓN

En el proceso de fortalecimiento institucional de la administración municipal, se

hace necesario organizar, adecuar y señalar las funciones de cada una de las

dependencias y empleos de conformidad con las nuevas responsabilidades que

las disposiciones legales le han señalado a los entes territoriales.

Teniendo en cuenta la actual estructura orgánica del municipio y la planta de

personal existente, se ha plasmado en este manual las funciones de cada una de

las dependencias y los empleos, así como los requisitos para cada uno de los

cargos, pretendiendo optimizar y agilizar los proceso y procedimientos de la

administración para la prestación eficiente de los servicios a su cargo.

De igual forma, se incluye también en este documento a manera de información,

las funciones que desarrollan organismos que no hacen parte de una

dependencia pero que en el desarrollo de sus funciones guardan una relación

directa con la administración municipal y sus funcionarios.

(3)

MUNICIPIO DE COROMORO – SANTANDER

MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y REQUISITOS PARA LOS

DIFERENTES EMPLEOS DE LA PLANTA DE PERSONAL DEL MUNICIPIO DE

COROMORO - SANTANDER

C A P I T U L O I

1. DEFINICIÓN, MISIÓN Y FUNCIONES DEL MUNICIPIO

1.1 Definición

El municipio es la entidad territorial fundamental de la división político

administrativa del Estado, con autonomía política, fiscal y administrativa, dentro de

los límites que le señalen la Constitución y la ley y cuya finalidad es el bienestar

general y el mejoramiento de la calidad de vida de la población en su respectivo

territorio.

1.2 Misión

(4)

1.3 Funciones del municipio

Corresponde al municipio:

1. Administrar los asuntos municipales y prestar los servicios públicos que

determine la ley.

2. Ordenar el desarrollo de su territorio y construir las obras que demande el

progreso municipal.

3. Promover la participación comunitaria y el mejoramiento social y cultural de

sus habitantes.

4. Planificar el desarrollo económico, social y ambiental de su territorio, de

conformidad con la ley y en coordinación con otras entidades.

(5)

7. Promover el mejoramiento económico y social de los habitantes del respectivo

municipio.

8. Hacer cuanto pueda adelantar por sí mismo, en subsidio de otras entidades

territoriales, mientras éstas proveen lo necesario.

9. Las demás que le señale la Constitución y la ley.

1.3.1 Desarrollo de las funciones

La atención de las funciones, la prestación de los servicios y la ejecución de las

obras a cargo del municipio se hará directamente por éste, a través de sus

oficinas y dependencias centrales, o por otras personas en razón de los contratos

y asociaciones que para el efecto se celebren o constituyan.

Para el adecuado ejercicio de sus atribuciones, el municipio recibirá de otras

entidades la ayuda y la colaboración técnica, administrativa y financiera que

prevean las normas vigentes y los acuerdos o convenios válidamente celebrados.

1.4 Principios rectores de la administración municipal

(6)

eficiencia, publicidad y transparencia, moralidad, responsabilidad e

imparcialidad, de acuerdo con los siguientes criterios:

a.

Eficacia

. Los municipios determinarán con claridad la misión, propósito y

metas de cada una de sus dependencias o entidades; definirán al ciudadano

como centro de su actuación dentro de un enfoque de excelencia en la

prestación de sus servicios y establecerá rigurosos sistemas de control de

resultados y evaluación de programas y proyectos

.

b.

Eficiencia.

Los municipios deberán optimizar el uso de los recursos

financieros, humanos y técnicos, definir una organización administrativa

racional que les permita cumplir de manera adecuada las funciones y servicios

a su cargo, crear sistemas adecuados de información, evaluación y control de

resultados, y aprovechar las ventajas comparativas que ofrezcan otras

entidades u organizaciones de carácter público o privado.

(7)

d.

Moralidad

.

Las actuaciones de los servidores públicos municipales deberán

regirse por la ley y la ética propias del ejercicio de la función pública.

e.

Responsabilidad

. La responsabilidad por el cumplimiento de las funciones y

atribuciones establecidas en la Constitución y en la presente ley, será de las

respectivas autoridades municipales en lo de su competencia. Sus

actuaciones no podrán conducir a la desviación o abuso de poder y se

ejercerán para los fines previstos en la ley. Las omisiones antijurídicas de sus

actos darán lugar a indemnizar los daños causados y a repetir contra los

funcionarios responsables de los mismos, y

f.

Imparcialidad

. Las actuaciones de las autoridades y en general, de los

servidores públicos municipales se regirán por la Constitución y la ley,

asegurando y garantizando los derechos de todas las personas sin ningún

genero de discriminación.

1.5 Principios rectores del ejercicio de las competencias

Los municipios ejercen las competencias que les atribuye la Constitución y la ley,

conforme a los principios señalados en la ley orgánica de ordenamiento territorial

y en especial con sujeción a los siguientes:

(8)

conciliar su actuación con el principio armónico que debe existir

entre los diferentes niveles de autoridad en ejercicio de sus atribuciones.

b.

Concurrencia

. Cuando sobre una materia se asignen a los municipios,

competencias que deban desarrollar en unión o relación directa con otas

autoridades o entidades territoriales, deberán ejercerlas de tal manera que su

actuación no se prolongue más allá del límite fijado en la norma

correspondiente, buscando siempre el respeto de las atribuciones de las otras

autoridades o entidades.

c.

Subsidiariedad

. Cuando se disponga que los municipios puedan ejercer

competencias atribuidas a otros niveles territoriales o entidades, en subsidio

de éstos, sus autoridades sólo entrarán a ejercerlas una ve que se cumplan

plenamente las condiciones establecidas para ellos en la norma

correspondiente y dentro de los límites y plazos fijados al respecto.

(9)

1.6 Organigrama

O R G A N I G R A M A

D E L A

A D M I N I S T R A C I O N C E N T R A L M U N I C I P A L

T

DESPACHO DEL

ALCALDE

SECRETARIA

DE

PLANEACION

SECRETARIA

DE

GOBIERNO

SECRETARIA

DE

HACIENDA

SECRETARIA

DE DESARROLLO

SOCIAL

INSPECCION

DE

POLICIA

INSPECCION

DE

POLICIA

UNIDAD

ADMINISTRA

DORA DE

SERVICIOS

(10)

CONTENIDO

No.

de

Cargos

Dependencia y denominación del empleo

Código Grado Pág.

Uno (1)

Uno (1)

Uno (1)

Tres (3)

Uno (1)

Uno (1)

Uno (1)

Dos (2)

Despacho del Alcalde

Alcalde

Secretaria Ejecutiva del Despacho del

Alcalde

PLANTA GLOBAL

Secretario de Despacho Secretario de Despacho

Inspector de Policía

Inspector de Policía

Auxiliar Administrativo

Auxiliar de Servicios Generales

005

438

020

020

303

303

407

470

05

05

(11)

C A P I T U L O I I

RESOLUCIÓN NÚMERO 106 DE 2006

(21 de marzo )

“Por medio del cual se establece el manual específico de funciones y

competencias laborales de la planta de personal de la Administración Central del

Municipio de Coromoro, Santander”.

EL ALCALDE DEL MUNICIPIO DE COROMORO, SANTANDER, En uso de sus

facultades legales, en especial las conferidas por la Constitución Política de

Colombia; la Ley 136 de 1994; la Ley 909 de 2004; los Decretos 785 y 2539 de

2005, y

C O N S I D E R A N D O:

A.

Que mediante el Acuerdo número cero doce (012) del veintiocho (28) de

Febrero dos mil cinco (2005), se adopto la estructura orgánica y las

funciones generales por dependencias de la Alcaldía Municipal, Sector

Central, del Municipio de Coromoro, Santander.

B.

Que mediante Decreto No.034 del 1 de marzo del 2005,se fijó la planta de

personal del Municipio de Coromoro.

C.

Que el Artículo 122 de la Constitución Política de Colombia, determina que

no habrá empleo público que no tenga funciones detalladas en ley o

reglamento.

D.

Que mediante Resolución No.

324 de 2005,

se ajusto el Manual

Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos

que conforman el Plan Anual de Vacantes contempladas en la planta de

personal del Municipio de COROMORO – Santander.

(12)

RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO. ÁMBITO DE APLICACIÓN: El manual específico de

funciones y competencias laborales que se establece por la presente resolución,

es aplicable a los cargos de la planta de personal de la Alcaldía del Municipio de

Coromoro, Santander.

ARTICULO SEGUNDO. NOCIÓN DE EMPLEO: Se entiende por empleo el

conjunto de funciones, tareas y responsabilidades que se asignan a una persona

y las competencias requeridas para llevarlas a cabo, con el propósito de satisfacer

el cumplimiento del plan de desarrollo del municipio y los fines del estado.

ARTICULO TERCERO. NIVELES JERÁRQUICOS DE LOS EMPLEOS. Según la

naturaleza general de sus funciones, las competencias y los requisitos exigidos

para su desempeño, los empleos de la Alcaldía Municipal, Sector Central, del

Municipio de Coromoro, Santander, se clasifican en los siguientes niveles

jerárquicos: Nivel Directivo; Nivel Profesional y Nivel Asistencial.

ARTICULO CUARTO. NATURALEZA GENERAL DE LAS FUNCIONES. A los

empleos agrupados en los niveles jerárquicos de que trata el artículo anterior, les

corresponden las siguientes funciones generales:

A. NIVEL DIRECTIVO: Comprende los empleos a los cuales le corresponde

funciones de dirección general, de formulación de políticas institucionales y de

adopción de planes, programas y proyectos.

Dentro de la estructura orgánica de la Alcaldía Municipal, Sector Central, del

Municipio de Coromoro, Santander, corresponden a este nivel jerárquico los

cargos de: Alcalde Municipal y Secretarios de Despacho.

(13)

C. ASISTENCIAL: Comprende los empleos cuyas funciones implican el ejercicio

de actividades de apoyo y complementarias de las tareas propias de los niveles

superiores o de labores que se caracterizan por el predominio de actividades

manuales o tareas de simple ejecución.

Dentro de la estructura orgánica de la Alcaldía Municipal, Sector Central, del

Municipio de Coromoro, Santander, corresponden a este nivel jerárquico los

cargos de: Secretaria Ejecutiva del Despacho, Auxiliar Administrativo y Auxiliar de

servicios generales.

PARÁGRAFO. De conformidad con lo establecido en el parágrafo del artículo

cuarto del Decreto 785 de 2005, reglamentario de la Ley 909 de 2004, se entiende

por alta dirección territorial: El Alcalde Municipal y los Secretarios de Despacho.

ARTICULO QUINTO. Los cargos de la Alcaldía Municipal, Sector Central, del

Municipio de Coromoro, Santander, se identifican con un código, el cual esta

conformado por cinco (5) dígitos así: Los tres (3) primeros señalan la

denominación y el nivel jerárquico al cual pertenece el cargo, y los dos (2) últimos

dígitos indican el grado de la asignación básica mensual.

(14)

1. DESPACHO DEL ALCALDE

1.1 Denominación del empleo: ALCALDE

I. IDENTIFICACIÓN

Nivel: Central

Denominación del empleo: Alcalde

Código: 005

Grado: 05

Número de cargos: Uno (1)

Dependencia: Despacho del Alcalde

Cargo del Jefe Inmediato:

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Dirigir la acción administrativa del municipio; diseñar estrategias, planes y programas para ejecutar el plan de Desarrollo Municipal y así mismo cumplir y desarrollar el programa de Gobierno presentado ante la Registraduria, como también, promover la participación comunitaria y el mejoramiento social y cultural de los habitantes del Municipio.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES 1. Constitucionales

1.1 Cumplir y hacer cumplir la Constitución, la ley, los decretos del gobierno nacional, las ordenanzas y los acuerdos del concejo.

1.2 Conservar el orden público en el municipio, de conformidad con la ley y las instrucciones y órdenes que reciba del Presidente de la República y del Gobernador del Departamento. Como alcalde ejercer la primera autoridad de policía del municipio.

1.3 Dirigir la acción administrativa del municipio; asegurar el cumplimiento de las funciones y la prestación de los servicios a su cargo; representarlo judicial y extrajudicialmente, y nombrar y remover a los funcionarios bajo su dependencia y a los gerentes o directores de los establecimientos públicos de carácter local, de acuerdo con las disposiciones pertinentes.

(15)

1.7 Crear, suprimir o fusionar los empleos de sus dependencias, señalarles funciones especiales y fijar sus emolumentos con arreglo a los acuerdos correspondientes. No podrá crear obligaciones que excedan el monto global fijado para gastos de personal en el presupuesto inicialmente aprobado.

1.8 Colaborar con el Concejo para el buen desempeño de sus funciones, presentarle informes generales sobre su administración y convocarlo a sesiones extraordinarias, en las que sólo se ocupará de los temas y materias para los cuales fue citado.

1.9 Ordenar los gastos municipales de acuerdo con el plan de inversión y el presupuesto.

1.10 Las demás que la Constitución y la ley le señalen.

2. En relación con el concejo:

2.1 Presentar los proyectos de acuerdo que juzgue convenientes para la buena marcha del municipio.

2.2 Presentar oportunamente los proyectos de acuerdo sobre planes y programas de desarrollo económico y social, y de obras públicas, que deberá estar coordinado con los planes departamentales y nacionales.

2.3 Presentar dentro del término legal el proyecto de acuerdo sobre el presupuesto anual de rentas y gastos.

2.4 Colaborar con el concejo para el buen desempeño de sus funciones; presentarles informes generales sobre su administración en la primera sesión ordinaria de cada año, y convocarlo a sesiones extraordinarias en las que sólo se ocupará de los temas y materias para los cuales fue citado.

2.5 Sancionar y promulgar los acuerdos que hubiere aprobado el concejo y objetar los que considere inconvenientes o contrarios al ordenamiento jurídico.

2.6 Reglamentar los acuerdos municipales.

2.7 Enviar al gobernador, dentro de los cinco (5) días siguientes a su sanción o expedición los acuerdos del concejo, los decretos de carácter general que expida, los actos mediante los cuales se reconozca y decrete honorarios a los concejales y los demás de carácter particular que el gobernador le solicite.

2.8 Aceptar la renuncia o conceder licencia a los concejales, cuando el concejo esté en receso.

(16)

3.1 Conservar el orden público en el municipio, de conformidad con la ley y las instrucciones del Presidente de la República y del Gobernador del Departamento.

3.2 Dictar para el mantenimiento del orden público o su restablecimiento de conformidad con la ley, si fuera del caso, medidas tales como:

a) Restringir y vigilar la circulación de las personas por vías y lugares públicos; b) Decretar el toque de queda;

c) Restringir o prohibir el expendio y consumo de bebidas embriagantes;

d) Requerir el auxilio de la fuerza pública en los casos permitidos por la Constitución y la ley, y

e) Dictar dentro del área de su competencia, los reglamentos de policía local necesarios para el cumplimiento de las normas superiores conforme a la ley.

4. En relación con la Nación, el Departamento y a las autoridades jurisdiccionales:

4.1 Conceder permisos, aceptar renuncias y posesionar a los empleados nacionales que ejerzan sus funciones en el municipio, cuando no haya disposición que determine la autoridad que deba hacerlo, en casos de fuerza mayor o caso fortuito o cuando reciba tal delegación.

4.2 Coordinar y supervisar los servicios que presten en el municipio entidades nacionales o departamentales e informar a los superiores de las mismas, de su marcha y del cumplimiento de los deberes por parte de los funcionarios respectivos en concordancia con los planes y programas de desarrollo municipal.

4.3 Visitar periódicamente las dependencias administrativas y las obras públicas que se ejecuten en el territorio de la jurisdicción.

4.4 Ejercer las funciones que le delegue el gobernador.

4.5 Colaborar con las autoridades jurisdiccionales cuando éstas requieran de su apoyo e intervención.

5. En relación con la administración municipal.

(17)

acuerdos respectivos.

5.4 Crear, suprimir o fusionar los empleos de sus dependencias, señalarles funciones especiales y fijarles sus emolumentos con arreglo a los acuerdos correspondientes. No podrá crear obligaciones que excedan el monto global fijado para gastos de personal en el presupuesto inicialmente aprobado.

5.5 Ordenar los gastos y celebrar los contratos y convenios municipales de acuerdo con el plan de desarrollo económico, social y con el presupuesto, observando las normas jurídicas aplicables.

5.6 Ejercer jurisdicción coactiva para hacer efectivo el cobro de las obligaciones a favor del municipio. Esta función puede ser delegada en la Secretaria de Hacienda Municipal y se ejercerá conforme a lo establecido en la legislación contencioso-administrativa y de procedimiento civil.

5.7 Velar por el cumplimiento de las funciones de los servidores públicos municipales y dictar los actos necesarios para su administración.

5.8 Imponer multas hasta por diez (10) salarios mínimos diarios, según la gravedad, a quienes le desobedezcan, o le falten al respeto, previo procedimiento sumario administrativo donde se observe el debido proceso y el derecho de defensa, de conformidad con los acuerdos correspondientes.

5.9 Ejercer el poder disciplinario respecto de los servidores públicos bajo su dependencia.

5.10 Señalar el día o los días en que deba tener lugar el mercado público.

5.11 Conceder licencias y aceptar renuncias a los funcionarios de los concejos y demás organismos cuyos nombramientos corresponda al concejo, cuando éste no se encuentre reunido, y nombrar interinamente a quien deba reemplazarlos, excepto en los casos en que esta ley disponga otra cosa.

5.12 Coordinar las actividades y servicios de los establecimientos públicos y demás unidades administrativas especiales del municipio.

5.13 Distribuir los negocios, según su naturaleza, entre las secretarías y establecimientos públicos.

5.14 Conceder permisos a los servidores públicos municipales de carrera administrativa para aceptar con carácter temporal cargos de la Nación o del Departamento.

(18)

5.16 Desarrollar acciones encaminadas a garantizar la promoción de la solidaridad y la convivencia entre los habitantes del municipio, diseñando mecanismos que permitan la participación de la comunidad en la planeación del desarrollo, la concertación y la toma de decisiones municipales.

5.17 Velar por el desarrollo sostenible en concurrencia con las entidades que determine la ley.

5.18 Ejecutar acciones tendientes a la protección de las personas, niños, adultos mayores, discapacitados e indigentes y su integración a la familia y a la vida social, productiva y comunitaria.

6. Con relación a la ciudadanía:

6.1 Informar sobre el desarrollo de su gestión a la ciudadanía a través de los medios de comunicación local de que dispongan.

6.2 Convocar por lo menos dos veces al año al concejo en pleno, a las organizaciones sociales y veedurías ciudadanas, para presentar los informes de gestión y de los más importantes proyectos que serán desarrollados por la administración.

6.3 Difundir de manera amplia y suficiente el plan de desarrollo del municipio a los gremios, a las organizaciones sociales y comunitarias y a la ciudadanía en general.

6.4 Facilitar la participación ciudadana en la elaboración del plan de desarrollo municipal.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. La Constitución Política de Colombia, la ley, las ordenanzas de la Asamblea Departamental y acuerdos del Concejo Municipal los cumple y los hace cumplir dentro del ordenamiento jurídico legalmente establecido.

2. La acción administrativa en el municipio la dirige oportunamente aplicando las normas y procedimientos establecidos en la ley.

(19)

son revisados y controlados permanentemente en procura de reducirlos.

7. El desarrollo económico y social del municipio se constituye en la actividad permanente para mejorar las condiciones de vida de la población del municipio.

8. El orden público en el municipio se conserva de conformidad con la ley y las instrucciones del Presidente de la República y del Gobernador del Departamento.

V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES 1. La Constitución Política de Colombia.

2. Las disposiciones legales vigentes aplicables al municipio, conocidas también como el régimen municipal.

3. El régimen jurídico del empleado público.

4. El plan de desarrollo nacional y el plan de desarrollo del Departamento de Santander.

5. Normas generales de presupuesto.

6. Metodologías de investigación y diseño de proyectos.

7. Conocimiento general sobre las condiciones socioeconómicas del municipio.

VI. COMPETENCIAS COMUNES

COMPETENCIA DEFINICIÓN DE LA COMPETENCIA

CONDUCTAS ASOCIADAS

Liderazgo Guiar y dirigir grupos y

establecer y mantener la

cohesión de grupo necesaria

para alcanzar los objetivos

organizacionales.

- Mantiene a sus colabora-dores

motivados.

- Fomenta la comunicación clara,

directa y concreta.

- Constituye y mantiene grupos de

trabajo con un desempeño conforme

a los estándares.

(20)

Planeación

Determinar eficazmente las

metas y prioridades

institucionales, identificando

las acciones, los

responsables, los plazos y

los recursos requeridos para

alcanzarlas.

- Genera un clima positivo y de

seguridad en sus colaboradores.

- Fomenta la participación de todos

en los procesos de reflexión y de

toma de decisiones.

- Unifica esfuerzos hacia objetivos y

metas Institucionales.

- Anticipa situaciones y escenarios

futuros con acierto.

- Establece objetivos claros y

concisos, estructurados y

coherentes con las metas

organizacionales.

- Traduce los objetivos estratégicos

en planes prácticos y factibles.

- Busca soluciones a los problemas.

- Distribuye el tiempo con eficiencia.

- Establece planes alternativos de

(21)

Toma de decisiones Elegir entre una o varias

Alternativas para solucionar

un problema o atender una

situación, comprometiéndose

con acciones concretas y

consecuentes con la

decisión.

- Elige con oportunidad, entre

muchas alternativas, los proyectos a

realizar.

- Efectúa cambios complejos y

comprometidos en sus actividades o

en las funciones que tiene

asignadas cuando detecta

problemas o dificultades para su

realización.

- Decide bajo presión.

- Decide en situaciones de alta

complejidad e incertidumbre.

Dirección y

Desarrollo

de Personal

Favorecer el aprendizaje y

desarrollo de sus

colaboradores, articulando

las potencialidades y

necesidades individuales con

las de la organización para

optimizar la calidad de las

contribuciones de los

equipos de trabajo y de las

personas, en el cumplimiento

de los objetivos y metas

organizacionales presentes y

futuras.

- Identifica necesidades de

formación y capacitación y propone

acciones para satisfacerlas.

- Permite niveles de autonomía con

el fin de estimular el desarrollo

integral del empleado.

- Delega de manera efectiva

sabiendo cuándo Intervenir y

cuándo no hacerlo.

- Hace uso de las habilidades y

recurso de su grupo de trabajo para

alcanzar las metas y los estándares

de productividad.

- Establece espacios regulares de

retroalimentación y reconocimiento

(22)

hábilmente el bajo desempeño.

- Tiene en cuenta las opiniones de

sus colaboradores.

- Mantiene con sus colaboradores

relaciones de respeto.

Conocimiento del

entorno

Estar al tanto de las

circunstancias y las

relaciones de poder que

influyen en el entorno

organizacional.

- Es consciente de las condiciones

específicas del entorno

organizacional.

-Está al día en los acontecimientos

claves del sector y del Estado.

- Conoce y hace seguimiento a las

políticas gubernamentales.

- Identifica las fuerzas políticas que

afectan la organización y las

posibles alianzas para cumplir con

los propósitos organizacionales.

VII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Estudios Experiencia

Los establecidos por la Constitución Política de Colombia y la ley.

(23)

1. DESPACHO DEL ALCALDE

1.2 Denominación del empleo: SECRETARIO (A) EJECUTIVO (A) DEL

DESPACHO

I. IDENTIFICACIÓN

Nivel: Central

Denominación del Empleo: Secretaria Ejecutiva del Despacho del Alcalde

Código: 438

Grado: 05

No. de cargos: Uno (1)

Dependencia: Despacho del Alcalde

Cargo del Jefe Inmediato: Alcalde Municipal

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Administrar la información del Despacho del Alcalde, para personal interno y externo,

aplicando los sistemas básicos de informática, los sofware adquiridos por el Municipio, y el

manejo de la Gestión Documental. Este empleo, por hallarse adscrito al despacho de la

alcaldía y al servicio directo e inmediato del Alcalde Municipal, implica el ejercicio de

funciones de especial confianza, asistenciales y de apoyo, conforme lo determina el literal b

del numeral 2 del artículo 5° de la Ley 909 de 2004.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

1. Elaborar documentos en procesadores de texto y manejar los sofware instalados para la

ejecución de los diferentes programas.

2. Llevar el registro y control de los documentos y archivos del Despacho.

3. Recibir, radicar, redactar y organizar la correspondencia para la firma del Alcalde y

distribuirla de acuerdo con sus instrucciones.

(24)

por el Alcalde.

5. Las actividades de orden administrativo y logístico las realiza con prontitud conforme a las funciones propias del despacho del Alcalde.

6 La agenda del alcalde se mantiene actualizada permanentemente y es frecuente la observación sobre las actividades y compromisos adquiridos y programados.

7. Llevar y mantener al día el archivo y la correspondencia.

8. Manejar con discreción la información y la correspondencia del despacho del Alcalde.

7. Mantener actualizado el directorio telefónico del Despacho del Alcalde.

8. Tramitar los pedidos de útiles y papelería de la oficina.

9. Aplicar el sistema de gestión documental del Municipio.

10.Llevar la agenda del Alcalde y recordar los compromisos.

11. Ejercer el autocontrol en todas las funciones que le sean asignadas.

12. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el nivel, la

naturaleza y área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES

1. Los documentos recibidos se clasifican y radican diariamente con base en el sistema de

gestión documental.

2. La correspondencia se distribuye diariamente de acuerdo con los procedimientos

establecidos en el sistema de gestión documental.

3. Las copias de los registros físicos y magnéticos de las respuestas y oficios enviados son

archivados diariamente.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Técnicas de archivo

(25)

VI. COMPETENCIAS COMUNES

COMPETENCIA DEFINICIÓN DE LA

COMPETENCIA

CONDUCTAS ASOCIADAS

Manejo de la

Información

Manejar con respeto las

informaciones personales

e institucionales de que se

dispone

- Evade temas que indagan sobre

información confidencial.

- Recoge sólo información imprescindible

para el desarrollo de la tarea.

- Organiza y guarda de forma adecuada

la información a su cuidado, teniendo en

cuenta las normas legales y de la

organización.

- No hace pública información laboral o de

las personas que pueda afectar la

organización o las personas.

- Es capaz de discernir qué se puede

hacer público y qué no.

- Transmite información oportuna y

objetiva.

Adaptación al

cambio

Enfrentarse con

flexibilidad y versatilidad a

situaciones nuevas para

aceptar los cambios

positiva y

constructivamente.

- Acepta y se adapta fácilmente a los

cambios.

- Responde al cambio con flexibilidad.

- Promueve el cambio.

Disciplina Adaptarse a las políticas

institucionales y buscar

información de los

cambios en la autoridad

- Acepta instrucciones aunque se difiera

de ellas.

- Realiza los cometidos y tareas del

(26)

competente. - Acepta la supervisión constante.

- Realiza funciones orientadas a apoyar la

acción de otros miembros de la

organización.

Relaciones

Interpersonales

Establecer y mantener

relaciones de trabajo

amistosas y positivas,

basadas en la

comunicación abierta y

fluida y en el respeto por

los demás.

- Escucha con interés a las personas y

capta las preocupaciones, intereses y

necesidades de los demás.

- Transmite eficazmente las ideas,

sentimientos e información impidiendo

con ello malos entendidos o situaciones

confusas que puedan generar conflictos.

Colaboración Cooperar con los demás

con el fin de alcanzar los

objetivos institucionales.

- Ayuda al logro de los objetivos

articulando sus actuaciones con los

demás.

- Cumple los compromisos que adquiere.

- Facilita la labor de sus superiores y

compañeros de trabajo.

VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Estudios Experiencia

- Título de bachiller. Cinco ( 5 ) años de experiencia relacionada

(27)

1. DESPACHO DEL ALCALDE

1.3 Denominación del empleo: AUXILIAR DE SERVICIOS GENERALES

I. IDENTIFICACION

Nivel: Central

Denominación del Empleo:

Auxiliar de Servicios Generales

Código: 470

Grado: 05

No. de cargos: Uno (2)

Dependencia: Donde se ubique el cargo

Cargo del Jefe Inmediato: Quien ejerza la supervisión directa.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Realizar las labores manuales de manera eficaz y oportuna, y mantener en perfecto estado las

áreas que sean asignadas para la prestación del servicio, en el Municipio de Coromoro.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

1. Efectuar diversas labores manuales como aseo, jardinería, mensajería, cafetería, y preparación de refrigerios entre otros.

2. Realizar labores de mantenimiento y aseo en las diferentes dependencias del edificio municipal.

3. Desarrollar actividades para conservación, mantenimiento, custodia, embellecimiento, y aseo de los parques del municipio.

4. Velar por la prestación eficiente de los servicios públicos domiciliarios.

5. Mantener en buen estado, uso y custodia, las herramientas y demás elementos bajo su responsabilidad.

6. Cumplir a cabalidad con los sistemas de autoevaluación y autocontrol.

7. Solicitar oportunamente los elementos y materiales requeridos para la ejecución de los trabajos asignados.

(28)

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES

1. Responder oportunamente en cada una de las labores o funciones asignadas para contribuir en la buena marcha del Municipio.

2. Cuidar y responder por cada una de las herramientas y elementos suministrados por el Municipio, para el cumplimiento adecuado de las funciones asignadas.

3. Realizar permanentemente actividad de autocontrol y autoevaluación en las tareas asignadas.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Manejo y conocimiento de las herramientas y elementos utilizados para el desempeño de cada una de las tareas asignadas por el Jefe.

2. Capacitación en los servicios que se le prestan a los habitantes del Municipio, en la dependencia donde se encuentre laborando.

3. Conocimientos de Seguridad Industrial.

(29)

VI. COMPETENCIA COMUNES

Manejo de la

Información

Manejar con respeto las

formaciones personales e

institucionales de que se

dispone

- Evade temas que indagan sobre

información confidencial.

Recoge sólo información imprescindible

para el desarrollo de la tarea.

- Organiza y guarda de forma adecuada

la información a su cuidado, teniendo en

cuenta las normas legales y de la

organización.

- No hace pública información laboral o

de las personas que pueda afectar la

organización

o las personas.

- Es capaz de discernir qué se puede

hacer público y qué no.

- Transmite información oportuna y

objetiva.

Adaptación al

cambio

Enfrentarse con flexibilidad y

versatilidad a situaciones

nuevas para aceptar los

cambios positiva y

Constructivamente.

- Acepta y se adapta fácilmente a los

cambios .

- Responde al cambio con flexibilidad.

- Promueve el cambio.

Disciplina Adaptarse a las políticas

institucionales y buscar

información de los cambios en

la autoridad competente.

- Acepta instrucciones aunque se difiera

de ellas.

- Realiza los cometidos y tareas del

puesto de trabajo.

- Acepta la supervisión constante.

- Realiza funciones orientadas a apoyar

la acción de otros miembros de la

(30)

Relaciones

Interpersonales

Establecer y mantener

relaciones de trabajo

amistosas y positivas, basadas

en la comunicación abierta y

fluida y en el respeto por los

demás.

- Escucha con interés a las personas y

capta las preocupaciones, intereses y

necesidades de los demás.

- Transmite eficazmente las ideas,

sentimientos e información impidiendo

con ello malos entendidos o situaciones

confusas que puedan generar conflictos.

Colaboración Cooperar con los demás con

el fin de alcanzar los objetivos

institucionales.

- Ayuda al logro de los objetivos

articulando sus actuaciones con los

demás.

- Cumple los compromisos que adquiere.

- Facilita la labor de sus superiores y

compañeros de trabajo.

VII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Estudios Experiencia

(31)

2. SECRETARIA DE GOBIERNO

2.1 Denominación del empleo: SECRETARIO (A) DE DESPACHO

I. IDENTIFICACION

Nivel: Central

Denominación del empleo: Secretario (a) de Despacho

Código: 020

Grado: 02

Número de cargos: Uno (1)

Dependencia: Secretaria de Gobierno

Cargo del Jefe Inmediato: Alcalde

II. PROPOSITO PRINCIPAL

Programar, coordinar, controlar y evaluar las actividades de justicia, orden público, participación ciudadana, el desarrollo de las actividades económicas del municipio y las relaciones políticas del Alcalde con el Concejo Municipal.

III. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESENCIALES

1. Organizar los programas y proyectos sobre la convivencia ciudadana y la participación de la ciudadanía en la solución de los conflictos.

2. Dirigir los procesos de participación ciudadana en todos los asuntos del municipio, previstos en la ley.

3. Programar, coordinar y controlar las actividades relacionadas con la promoción del desarrollo social y económico de la comunidad.

4. Asesorar y orientar a las juntas de acción comunal en lo relacionado con la organización interna y su propia administración.

5. Capacitar a los líderes comunales en liderazgo social y comunitario, como también, en la programación y ejecución de los recursos del municipio.

6. Colaborar con la evaluación de los indicadores e impacto de la gestión pública en la comunidad del municipio.

7. Proyectar y tramitar los actos administrativos con relación a los asuntos de la dependencia.

8. Sancionar y publicar los actos administrativos relacionados con las competencias, atribuciones y funciones de la dependencia.

(32)

10. Agenciar programas de pedagogía en gobierno, autogestión comunitaria y convivencia con los diferentes sectores de los ciudadanos.

11. Autorizar la celebración de espectáculos públicos, juegos permitidos, rifas y juegos de azar.

12. Coordinar y cumplir con las competencias del municipio en los asuntos judiciales, en especial, las inherentes al respeto de los derechos civiles y garantías sociales de los ciudadanos.

13. Realizar las actividades de ley para el seguimiento y control de la violencia intrafamiliar y las contravenciones que afectan el tejido social del municipio.

14. Atender las denuncias y quejas presentadas por los ciudadanos y efectuar las investigaciones pertinentes de acuerdo con la ley.

15. Supervisar y evaluar el cumplimiento de las funciones inherentes a la Inspección de Policía del Municipio.

16. Agenciar la administración del sinergia de las políticas de gobernabilidad, orden público y de justicia, ponderando la conciliación por sobre la litis de conformidad con la ley.

17. Adelantar las acciones necesarias para la conservación del orden público en la jurisdicción del municipio.

18. Programar y realizar campañas de seguridad con el apoyo de las autoridades de policía.

19. Apoyar la comunicación institucional y adelantar las gestiones ante los medios de comunicación para divulgar la gestión de la administración municipal.

20. Expedir los certificados sobre supervivencia y vecindad requeridos por los ciudadanos con domicilio en el municipio.

(33)

25. Elaborar y radicar los programas y proyectos de desarrollo social, relacionados con sus competencias, atribuciones y funciones, que deban quedar incluidos en el banco programas y proyectos de inversión municipal.

26. Presentar ante las instancias municipales los programas y proyectos relacionados con la dependencia a su cargo para que se incluyan en el presupuesto municipal.

27. Atender las convocatorias del Concejo Municipal y presentar los informes requeridos.

28. Atender a los ciudadanos y suministrar la información requerida con relación a los asuntos de la dependencia.

29. Coordinar el sistema de control interno de la Secretaria de Gobierno y reportar ante la unidad de control interno.

30. Aplicar el control interno disciplinario sobre los funcionarios de la administración municipal, conforme a la ley.

31. Establecer los procedimientos para realizar y evaluar las operaciones y procesos de la Secretaria de Gobierno, presentando soluciones preventivas y correctivas, para mejorar la eficiencia y eficacia de la administración municipal.

32. Prestar asesoría en todos los procesos de contratación del municipio, según las normas vigentes.

33. Expedir certificados de existencia y representación legal de las entidades descentralizadas del orden municipal

34. Dirigir y garantizar la publicidad de los actos administrativos que expida el alcalde.

35. Representar al municipio en los procesos que deba actuar como demandante o demandado y en general atender los asuntos de carácter judicial o extrajudicial

36. Asesorar al Alcalde, a los secretarios del despacho y a los demás funcionarios municipales en los asuntos jurídicos que le sean consultados

37. Elaborar las minutas de los contratos y asesorar en la preparación de términos de referencia y los pliegos de contratación, colaborar en la calificación de las propuestas allegadas y llevar un registro y control de los contratos celebrados.

38. Revisar y aprobar las fianzas y garantías otorgadas al municipio para la celebración de contratos

(34)

cumplimiento de las obligaciones contractuales

40. Diseñar y administrar los programas de formación y capacitación, de acuerdo con lo previsto en la ley;

41. Organizar y administrar el registro sistematizado de los recursos humanos del municipio, de manera que permita la formulación de programas internos y la toma de decisiones;

42. Implantar el sistema de evaluación del desempeño de los funcionarios del municipio de conformidad con las normas vigentes y los procedimientos establecidos por la Comisión Nacional del Servicio Civil;

43. Recibir, radicar y tramitar las novedades de personal que se originen en las diferentes dependencias del municipio, y mantener informado al Alcalde sobre el particular.

44. Asesorar y asistir a la administración municipal sobre el diseño y funcionamiento de la estructura salarial del personal del municipio.

45. Mantener actualizado el reglamento interno de trabajo y de salud ocupacional, y verificar la correcta aplicación de los mismos.

46. Elaborar y controlar las nóminas, prestaciones sociales y demás obligaciones laborales a cargo del municipio con respecto al personal vinculado, y procurar su correcto diligenciamiento y funcionamiento.

47. Fomentar programas que contribuyan al bienestar laboral y mejoramiento de la calidad de vida de los funcionarios de la Alcaldía.

48. Coordinar los procesos relacionados con el personal registrado en carrera administrativa, como también, el cumplimiento de las disposiciones con relación a las situaciones laborales de los funcionarios de la Alcaldía Municipal.

49. Elaborar el calendario para las vacaciones del personal, en coordinación con los secretarios de despacho.

(35)

emite oportunamente, con sujeción a las disposiciones legales.

2. La asistencia técnica y jurídica al alcalde, para el cumplimiento de las competencias y funciones del municipio, las brinda en el momento requerido y con sujeción a la ley.

3. La etapa preparatoria, precontractual y contractual, de los programas y proyectos de responsabilidad de la secretaria de gobierno, las proyecta y las ejecuta de conformidad con lo previsto en el estatuto de la contratación estatal.

4. Los contratos estatales celebrados en su dependencia, en cumplimiento de la delegación efectuada por el alcalde, se realizan y se ejecutan conforme al estatuto de la contratación estatal.

5. Los procesos disciplinarios que cursan en contra de los funcionarios, se desarrollan dentro del debido proceso, y genera las acciones necesarias dentro de los términos y plazos previstos por la ley.

6. El sistema de control interno de la dependencia se aplica conforme a la ley y sobre los manuales y demás actos administrativos expedidos por la alcaldía.

7. Los programas, proyectos y actividades de trabajo de la dependencia los evalúa frecuentemente y presenta los resultados de su gestión ante las instancias municipales y organismos de control.

V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES

1. Las disposiciones legales vigentes aplicables al municipio, conocidas también como el régimen municipal.

2. Las disposiciones sobre el derecho policivo y control del orden público.

3. Las normas legales previstas para el presupuesto municipal, la contratación estatal, régimen de personal, y de control interno.

4. Metodologías de investigación y elaboración de proyectos.

5. El plan de desarrollo aprobado para el respectivo período constitucional del Alcalde.

6. Informática básica.

VI. COMPETENCIAS COMUNES

COMPETENCIA DEFINICIÓN DE LA

COMPETENCIA

CONDUCTAS ASOCIADAS

Liderazgo Guiar y dirigir grupos y

- Mantiene a sus

(36)

Planeación

establecer y mantener la

cohesión de grupo

necesaria para alcanzar los

objetivos organizacionales.

Determinar eficazmente las

metas y prioridades

institucionales, identificando

las acciones, los

motivados.

- Fomenta la

comunicación clara,

directa y concreta.

- Constituye y mantiene

grupos de trabajo con

un desempeño

conforme a los

estándares.

- Promueve la eficacia

del equipo.

- Genera un clima

positivo y de seguridad

en sus colaboradores.

- Fomenta la

participación de todos

en los procesos de

reflexión y de toma de

decisiones.

- Unifica esfuerzos hacia

objetivos y metas

institucionales.

- Anticipa situaciones y

escenarios futuros con

(37)

- Traduce los objetivos

estratégicos en planes

prácticos y factibles.

- Busca soluciones a los

problemas.

- Distribuye el tiempo

con Eficiencia.

- Establece planes

alternativos de acción.

Toma de decisiones Elegir entre una o varias

alternativas para solucionar

un problema o atender una

situación,

comprometiéndose con

acciones concretas y

consecuentes con la

decisión.

- Elige con oportunidad,

entre muchas

alternativas, los

proyectos a realizar.

- Efectúa cambios

complejos y

comprometidos en sus

actividades o en las

funciones que tiene

asignadas cuando

detecta problemas

o dificultades para su

realización.

- Decide bajo presión.

- Decide en situaciones

de alta complejidad e

incertidumbre.

Dirección y Desarrollo

de Personal

Favorecer el aprendizaje y

desarrollo de sus

colaboradores, articulando

las potencialidades y

- Identifica necesidades

de formación y

capacitación y propone

(38)

necesidades individuales

con las de la organización

para optimizar la calidad de

las contribuciones de los

equipos de trabajo y de las

personas, en el

cumplimiento de los

objetivos y metas

organizacionales presentes

y futuras.

satisfacerlas.

- Permite niveles de

autonomía con el fin de

estimular el desarrollo

integral del empleado.

- Delega de manera

efectiva sabiendo

cuándo intervenir y

cuándo no hacerlo.

- Hace uso de las

habilidades y recurso de

su grupo de trabajo para

alcanzar las metas y los

estándares de

productividad.

- Establece espacios

regulares de

retroalimentación y

reconocimiento del

desempeño y sabe

manejar hábilmente el

bajo desempeño.

- Tiene en cuenta las

opiniones de sus

(39)

relaciones de poder que

influyen en el entorno

organizacional.

del entorno

organizacional.

-Está al día en los

acontecimientos claves

del sector y del Estado.

- Conoce y hace

seguimiento a las

políticas

gubernamentales.

- Identifica las fuerzas

políticas que afectan la

organización y las

posibles alianzas para

cumplir con los

propósitos

organizacionales.

VII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Estudios Experiencia

Título universitario en derecho y ciencias políticas o administración pública.

(40)

2. SECRETARIA DE GOBIERNO

2.2 Denominación del empleo: INSPECTOR DE POLICÍA 3 A 6 CATEGORÍA

MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y DE COMPETENCIAS LABORALES

I. IDENTIFICACIÓN

Nivel: Central

Denominación del Empleo: Inspector de Policía Urbano

Código: 303

Grado: 05

No. de cargos: Uno (1)

Dependencia: Donde se ubique el cargo

Cargo del Jefe Inmediato: Quien ejerza la supervisión directa.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Aplicar las normas policivas para proteger libertades y derechos de los habitantes del

Municipio y preservar el orden público, económico y social en su jurisdicción.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

1. Diseñar e implementar acciones tendientes a dar aplicación a las disposiciones

polícivas tanto del orden Nacional como Departamental y Municipal.

(41)

vigilancia y control de pesas y medidas, para detectar fraudes, casos de especulación

y acaparamiento.

5. Revisar periódicamente el cumplimiento de decretos, reglamentos o normas, sobre

precios establecidos por las diferentes Entidades y el mismo Municipio y aplicar los

correctivos y sanciones del caso.

6. Tramitar las querellas y denuncias presentadas por los ciudadanos dentro de los

términos legales y dar solución a sus requerimientos.

7. Expedir las certificaciones y constancias requeridas por los ciudadanos, en lo

concerniente a su competencia.

8. Colaborar con las diferentes autoridades judiciales en la práctica de las diversas

diligencias requeridas dentro de los procesos judiciales, penales, civiles o

administrativos realizados por éstos.

9. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el

nivel, la naturaleza y área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES

1. Los planes y programas en materia de seguridad ciudadana están de acuerdo

con las políticas y normas establecidas tanto por las autoridades policivas como

administrativas.

2. Las políticas adoptadas y las estrategias diseñadas para capacitar a la ciudadanía

en materia de derechos y deberes de los consumidores cumplen con las metas

establecidas.

3. La programación de verificación de cumplimiento de obligaciones de propietarios

de establecimientos públicos se ha desarrollado dentro del límite de tiempo fijado y su

análisis y evaluación han permitido establecer su cumplimiento.

V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Normas de Policía Nacional, Código de Policía de Santander y Decretos Municipales. 2. Normas Penales, de Procedimiento Penal y civil.

3. Normas sobre pesas y medidas.

(42)

VI. COMPETENCIAS COMUNES

COMPETENCIA DEFINICIÓN DE LA

COMPETENCIA

CONDUCTAS

ASOCIADAS

Aprendizaje Continuo Adquirir y desarrollar

permanentemente

conocimientos, destrezas y

habilidades, con el fin de

mantener altos estándares

de eficacia organizacional.

- Aprende de la

experiencia de otros y de

la propia.

- Se adapta y aplica

nuevas tecnologías que se

implanten en la

organización.

- Aplica los conocimientos

adquiridos a los desafíos

que se presentan en el

desarrollo del trabajo.

- Investiga, indaga y

profundiza en los temas de

su entorno o área de

desempeño.

- Reconoce las propias

limitaciones y las

necesidades de mejorar su

preparación.

- Asimila nueva

información y la aplica

(43)

- Aplica reglas básicas y

conceptos complejos

aprendidos.

- Identifica y reconoce con

facilidad las causas de los

problemas y sus posibles

soluciones.

- Clarifica datos o

situaciones complejas.

- Planea, organiza y

ejecuta múltiples tareas

tendientes a alcanzar

resultados institucionales.

Trabajo en Equipo

y Colaboración

Trabajar con otros de

forma con-junta y de

manera participativa,

integrando esfuerzos para

la consecución de metas

institucionales comunes.

- Coopera en distintas

situaciones y comparte

información.

- Aporta sugerencias,

ideas y opiniones.

- Expresa expectativas

positivas del equipo o de

los miembros del mismo.

- Planifica las propias

acciones teniendo en

cuenta la repercusión de

las mismas para la

consecución de los

objetivos grupales.

- Establece diálogo directo

con los

(44)

permita compartir

información e ideas en

condiciones de respeto y

cordialidad.

- Respeta criterios

dispares y distintas

opiniones del equipo.

Creatividad e Innovación Generar y desarrollar

nuevas ideas, conceptos,

métodos y soluciones.

- Ofrece respuestas

alternativas.

- Aprovecha las

oportunidades y

problemas para dar

soluciones novedosas.

- Desarrolla nuevas formas

de hacer y tecnologías.

- Busca nuevas

alternativas de solución y

se arriesga a romper

esquemas tradicionales.

- Inicia acciones para

superar los obstáculos y

alcanzar metas

específicas.

(45)

2. SECRETARIA DE GOBIERNO

2.3 Denominación del empleo: INSPECTOR DE POLICÍA 3 A 6 CATEGORÍA

MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y DE COMPETENCIAS LABORALES

I. IDENTIFICACIÓN

Nivel: Central

Denominación del Empleo: Inspector de Policía Rural

Código: 303

Grado: 01

No. de cargos: Uno (1)

Dependencia: Donde se ubique el cargo

Cargo del Jefe Inmediato: Quien ejerza la supervisión directa.

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Aplicar las normas policivas para proteger libertades y derechos de los habitantes del

Corregimiento y preservar el orden público, económico y social en su jurisdicción.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

1. Diseñar e implementar acciones tendientes a dar aplicación a las disposiciones

polícivas tanto del orden Nacional como Departamental y Municipal.

2. Diseñar e implementar estrategias para mantener el Orden Público y brindar a los

habitantes del Corregimiento seguridad.

3. Programar acciones de capacitación y posterior seguimiento para la protección de

los derechos y deberes de los consumidores, aplicando posteriormente las medidas

(46)

4. Programar y realizar visitas periódicas a los establecimientos sometidos a la

vigilancia y control de pesas y medidas, para detectar fraudes, casos de especulación

y acaparamiento.

5. Revisar periódicamente el cumplimiento de decretos, reglamentos o normas, sobre

precios establecidos por las diferentes Entidades y el mismo Municipio y aplicar los

correctivos y sanciones del caso.

6. Tramitar las querellas y denuncias presentadas por los ciudadanos dentro de los

términos legales y dar solución a sus requerimientos.

7. Expedir las certificaciones y constancias requeridas por los ciudadanos, en lo

concerniente a su competencia.

8. Colaborar con las diferentes autoridades judiciales en la práctica de las diversas

diligencias requeridas dentro de los procesos judiciales, penales, civiles o

administrativos realizados por éstos.

9. Las demás funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo con el

nivel, la naturaleza y área de desempeño del cargo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES

1. Los planes y programas en materia de seguridad ciudadana están de acuerdo

con las políticas y normas establecidas tanto por las autoridades policivas como

administrativas.

2. Las políticas adoptadas y las estrategias diseñadas para capacitar a la ciudadanía

en materia de derechos y deberes de los consumidores cumplen con las metas

establecidas.

3. La programación de verificación de cumplimiento de obligaciones de propietarios

(47)

3. Normas sobre pesas y medidas.

4. Normas sobre protección al consumidor.

VI. COMPETENCIAS COMUNES

COMPETENCIA DEFINICIÓN DE LA

COMPETENCIA

CONDUCTAS

ASOCIADAS

Aprendizaje Continuo Adquirir y desarrollar

permanentemente

conoci-mientos, destrezas y

habilidades, con el fin de

mantener altos estándares

de eficacia organizacional.

- Aprende de la

experiencia de otros y de

la propia.

- Se adapta y aplica

nuevas tecnologías que se

implanten en la

organización.

- Aplica los conocimientos

adquiridos a los desafíos

que se presentan en el

desarrollo del trabajo.

- Investiga, indaga y

profundiza en los temas de

su entorno o área de

desempeño.

- Reconoce las propias

limitaciones y las

necesidades de mejorar su

preparación.

- Asimila nueva

información y la aplica

correctamente.

Experticia profesional Aplicar el conocimiento

profesional en la

resolución de problemas y

- Analiza de un modo

sistemático y racional los

(48)

transferirlo a su entorno

laboral.

basándose en la

información relevante.

- Aplica reglas básicas y

conceptos complejos

aprendidos.

- Identifica y reconoce con

facilidad las causas de los

problemas y sus posibles

soluciones.

- Clarifica datos o

situaciones complejas.

- Planea, organiza y

ejecuta múltiples tareas

tendientes a alcanzar

resultados institucionales.

Trabajo en Equipo

y Colaboración

Trabajar con otros de

forma con-junta y de

manera participativa,

integrando esfuerzos para

la consecución de metas

institucionales comunes.

- Coopera en distintas

situaciones y comparte

información.

- Aporta sugerencias,

ideas y opiniones.

- Expresa expectativas

positivas del equipo o de

los miembros del mismo.

- Planifica las propias

(49)

con los

miembros del equipo que

permita compartir

información e ideas en

condiciones de respeto y

cordialidad.

- Respeta criterios

dispares y distintas

opiniones del equipo.

Creatividad e Innovación Generar y desarrollar

nuevas ideas, conceptos,

métodos y soluciones.

- Ofrece respuestas

alternativas.

- Aprovecha las

oportunidades y problemas

para dar soluciones

novedosas.

- Desarrolla nuevas formas

de hacer y tecnologías.

- Busca nuevas

alternativas de solución y

se arriesga a romper

esquemas tradicionales.

- Inicia acciones para

superar los obstáculos y

alcanzar metas

específicas.

VII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

Estudios Experiencia

Terminación y aprobación del pénsum académico Doce (12 ) meses de

de Educación superior en Derecho o Administra- experiencia relacionada .

(50)

3. SECRETARIA DE HACIENDA MUNICIPAL

3.1 Denominación del empleo: SECRETARIO DE DESPACHO

I. IDENTIFICACIÓN

Nivel: Central

Denominación del empleo: Secretario (a) de Despacho

Código: 020

Grado: 04

Número de cargos: Uno (1)

Dependencia: Secretaria de Hacienda Municipal

Cargo del Jefe Inmediato: Alcalde

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Coordinar, controlar y administrar los recursos fiscales y financieros, recaudar las rentas y efectuar el pago de obligaciones a cargo del Municipio lo mismo que coordinar las políticas de rentas tendientes a incrementar los ingresos del tesoro municipal.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

1. Planear, programar y gestionar la obtención de los recursos financieros necesarios para el cumplimiento del plan de inversiones del municipio

2. Liquidar, facturar y efectuar el recaudo de las rentas municipales

(51)

para el municipio en el marco de las disposiciones legales vigentes.

7. Formular las orientaciones generales que se deban implementar en materia tributaria y diseñar los procedimientos para su ejecución

8. Ejercer el control administrativo y contable de la ejecución presupuestal y mantener actualizado sus registros.

9. Ejercer el control y verificación sobre la contabilidad financiera, presupuestal y patrimonial del municipio y refrendar los estados financieros y el balance del tesoro correspondientes, elaborados por el Contador.

10. Llevar el libro de registro y actualización de la deuda pública del municipio.

11. Llevar y mantener actualizado el registro catastral de cada uno de los predios existentes en el municipio

12. Efectuar los estudios necesarios relacionados con las operaciones financieras que proyecta realizar la administración municipal.

13. Realizar los trámites ante las entidades financieras o fondos de cofinanciación que concurran con recursos para la inversión publica local.

14. Programar, controlar y efectuar a través de la tesorería el pago de las obligaciones a cargo del municipio.

15. Ejercer a través de la tesorería y por delegación del alcalde las funciones relacionadas con la jurisdicción coactiva a los deudores morosos del fisco.

16. Responder por la apertura, manejo, control, seguimiento de las cuentas bancarias y títulos valores que se constituyan de fondos comunes y fondos especiales.

17. Coordinar con la Secretaría de Gobierno la elaboración del plan de adquisiciones.

18. Colaborar con la Secretaría de Planeación en la elaboración del Plan de Desarrollo Municipal y en la evaluación financiera de los proyectos de inversión, de conformidad con los objetivos definidos en los programas y proyectos sectoriales.

19. Preparar los informes de ejecución de recursos financieros para presentarlos al organismo de control fiscal en los términos establecidos en la ley 42 de 1.993

22. Velar por el oportuno recaudo de los impuestos, aportes, participaciones y demás ingresos municipales.

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