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Influencia del acogimiento al régimen aduanero de restitución de derechos arancelarios DRAWBACK en los resultados económicos de la empresa Casa Blanca Trujillo E I R L de la Región La Libertad I Semestre 2011

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(1)TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRUJILLO FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS ESCUELA ACADEMICO PROFESIONAL DE CONTABILIDAD Y FINANZAS. INFLUENCIA DEL ACOGIMIENTO AL RÉGIMEN ADUANERO DE RESTITUCIÓN DE DERECHOS ARANCELARIOS – DRAWBACK EN LOS RESULTADOS ECONÓMICOS DE LA EMPRESA CASA BLANCA TRUJILLO E.I.R.L. DE LA REGIÓN LA LIBERTAD – I SEMESTRE 2011. TESIS PARA OPTAR EL TITULO DE CONTADOR PÚBLICO. ASESOR: DR. ANTONIO CHOLAN CALDERÓN. PEREZ CARRANZA ROBERT ALEXANDER Bachiller en Ciencias Económicas TRUJILLO-PERÚ 2013. Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.

(2) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. DEDICATORIA:. Dedico esta tesis con todo mi amor y cariño a la mujer más importante en mi vida: MI MADRE, por haberme apoyado en todo momento, por sus consejos, sus valores, por la motivación constante que me ha permitido ser una persona de bien. A Dios por haberme dado la dicha de la vida, por haberme. brindado los medios necesarios para. continuar mi formación y lograr mis objetivos. A mi Novia Marylin Rebaza Sánchez, por ser alguien muy especial en mi vida y por demostrarme en todo momento que puedo contar con ella.. ii Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.

(3) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. AGRADECIMIENTO. A mi madre, Por ser mí mejor maestra, por sacarme adelante dándome ejemplos dignos de superación, perseverancia y entrega y porque aunque ya no esté junto a mí, siempre fue mi fuente de inspiración y motivación para poder lograr mis metas.. A mi asesor, a mis maestros, a la Facultad de Ciencias Económicas y en especial a la Universidad Nacional de Trujillo por permitirme ser parte de una generación de triunfadores y gente productiva para el país.. iii Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.

(4) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. PRESENTACIÓN. Señores Miembros del Jurado:. Como parte del cumplimiento. a las disposiciones. contenidas en el. Reglamento de Tesis de la Escuela Académico Profesional de Contabilidad y Finanzas de la Universidad Nacional de Trujillo, tengo el agrado de presentar ante ustedes el tema titulado: “INFLUENCIA DEL. ACOGIMIENTO AL RÉGIMEN ADUANERO DE. RESTITUCIÓN DE DERECHOS ARANCELARIOS - DRAWBACK EN LOS RESULTADOS ECONÓMICOS DE LA EMPRESA. AGROINDUSTRIAL. CASA BLANCA TRUJILLO E.I.R.L. DE LA REGIÓN LA LIBERTAD -. I. SEMESTRE 2011.” En el presente trabajo, se han plasmado los conocimientos adquiridos durante los años de mi formación profesional, de la bibliografía consultada así como también de la información de una empresa Agro industrial del medio que se encuentra acogida a este régimen de restitución arancelario. Asimismo, se pide la suficiente comprensión por las posibles deficiencias que pudieran observarse en el contenido del presente trabajo.. El Autor. iv Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.

(5) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. INDICE DEDICATORIA.........................................................................................................................ii AGRADECIMIENTO................................................................................................................iii PRESENTACIÓN................................................................................................................... iv INDICE......................................................................................................................................v RESUMEN.............................................................................................................................viii ABSTRACT.............................................................................................................................ix. CAPÍTULO I INTRODUCCIÓN. 1.1 ANTECEDENTES.......................................................................................................2 1.2 JUSTIFICACIÓN.........................................................................................................3 1.3 PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA.........................................................................4 1.4 OBJETIVOS................................................................................................................4 1.4.1 Objetivo General.................................................................................................4 1.4.2 Objetivos Específicos.........................................................................................4 1.5 VARIABLES...............................................................................................................5 1.5.1Variable Independiente………...................………………..……...........…………..5 1.5.2Variables Dependientes…………........................................................................5 1.6 MARCO TEÓRICO……............…….......…...................……………………......………6 1.6.1 Beneficiarios del Régimen..................................................................................8 1.6.2 Bienes Sujetos al Beneficio................................................................................9 1.6.3 Bienes que no están Sujetos al Beneficio........................................................10 1.6.4 Los Plazos a Tomar en Cuenta. ......................................................................13 1.6.5 Monto de Devolución........................................................................................13 v Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.

(6) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. 1.6.6 Monto Mínimo de Restitución...........................................................................14 1.6.7 Etapas del Procedimiento de Devolución…...........................................………14 1.6.8 Trámites a Seguir para Acogerse al Régimen de Restitución Arancelaria........................................................................................................15 1.6.9 La Nota de Crédito............................................................................................19 1.6.10 Acogimiento Indebido al Procedimiento Restitución Arancelaria. ...............21 1.6.11 Presunción de Acogimiento Indebido a la Restitución....................................23 1.6.12 Infracciones y Sanciones Aduaneras.............................................................24 1.6.13 Tratamiento Contable y Tributario del Drawback..........................................26 1.6.14 Resultados Económicos.................................................................................35 1.6.15 Análisis de la Rentabilidad..............................................................................36 1.6.16 Ratios Financieros…......................................................................................36 1.6.17Presentación de la Empresa............................................................................39 1.7 MARCO CONCEPTUAL...........................................................................................51 1.8 HIPÓTESIS..............................................................................................................53 1.9 MARCO LEGAL….....................................................................................................54. CAPÍTULO II MATERIAL Y METODOS. 2.1 OBJETO DE ESTUDIO……................................................................................…..56 2.2 POBLACIÓN………...................................................................................................56 2.3 MUESTRA……..........................................................................................................56 2.4 TÉCNICAS E INSTRUMENTOS DE RECOLECCIÓN DE DATOS……...............…56 2.5 DISEÑO DE INVESTIGACIÓN…..............................................................................57 2.5.1 Diseño de Contrastación…...............................................................................57. vi Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.

(7) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. CAPÍTULO III RESULTADOS. 3.1 ANÁLISIS DEL DRAWBACK Y TRIBUTOS DE IMPORTACIÓN PAGADOS.................................................................................................................58 3.2 ANÁLISIS DE ESTADOS FINANCIEROS DE LA EMPRESA. AGROINDUSTRIAL. “CASA BLANCA TRUJILLO E.I.R.L”.........................................................................66 3.2.1 Estados Financieros Acogida al Beneficio de Restitución de Derechos Arancelarios – Drawback...........................................................69 3.2.2 Estados Financieros Sin Acogerse al Beneficio de Restitución de Derechos Arancelarios – Drawback..........................................................72 3.3 RESULTADOS DE LA ENTREVISTA APLICADA....................................................83. CAPÍTULO IV DISCUSIÓN……………………………………………………………………...............…....87. CAPÍTULO V CONCLUSIONES……………………………………….........…………………………...…..89. CAPÍTULO VI RECOMENDACIONES………………………………………………….....…….………..….91. CAPÍTULO VII REFERENCIA BIBLIOGRAFICA…………………….…………………...…...........……….92. CAPÍTULO VIII ANEXOS…………………………………………………………………………...........……..94. vii Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.

(8) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. RESUMEN. El presente trabajo de investigación tiene como objetivo fundamental determinar la influencia del acogimiento al régimen. de restitución de derechos arancelarios –. Drawback en los resultados económicos de la Empresa Agroindustrial Casa Blanca Trujillo E.I.R.L. Por las características del presente trabajo podemos decir que se encuentra enmarcado bajo un diseño de contrastación, ya que se analiza los resultados económicos de la empresa en estudio, cómo fue antes del acogimiento al régimen aduanero de restitución de derechos arancelarios – DRAWBACK, y cómo es después del acogimiento de este régimen. Para la recolección de información se diseñó un cuestionario aplicado al Contador General de la Empresa Agroindustrial Casa Blanca Trujillo E.I.R.L., se utilizaron medios bibliográficos referentes al tema, así como también se analizó la información financiera de la empresa en estudio. En este sentido, luego de acogimiento. analizar la información obtenida se infiere que el. al régimen de restitución de derechos arancelarios influye. positivamente en los resultados económicos de la empresa estudiada, incentivando de esta manera el comercio exterior. A manera de recomendación, se añade que la empresa estudiada debe incrementar la canasta de productos que ofrece al exterior y así poder aprovechar al máximo este incentivo de restitución de derechos arancelarios-Drawback.. viii Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.

(9) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. ABSTRACT. This research's main purpose is to determine the influence of the placement system for recovering the duty - Drawback on economic performance of the Empresa Agroindustrial Casa Blanca Trujillo E.I.R.L. Because of the characteristics of the present work we can say that is framed under a contrasting design, as it analyzes the economic performance of the company under study, how it was before placement under the customs duties refund - DRAWBACK, and how after the placement of this regime. For data collection a questionnaire was designed to the Accountant General of the Empresa Agroindustrial Casa Blanca Trujillo E.I.R.L, used bibliographic resources relating to the subject and also analyzed the financial information of the company under study. Here, after analyzing the information obtained is inferred that the foster care system for recovering the duty positively influences the economic performance of the companies studied, thus encouraging foreign trade. As a recommendation, the study adds that the company must increase the basket of products offered to the outside so you can maximize this incentive to return to duty, Drawback.. ix Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.

(10) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. CAPÍTULO I INTRODUCCIÓN El presente trabajo de investigación ha sido elaborado en el contexto actual de constante crecimiento de nuestro país en todos los ámbitos, siendo uno de ellos el de la exportación. En este sentido Las exportaciones de productos peruanos sumaron US$ 21,215 millones en el primer semestre del año. Esta cifra representa un récord histórico así como un crecimiento del 31.6% con respecto al año anterior. En este mismo periodo se registraron variaciones positivas en los volúmenes exportados, sobre todo en los no tradicionales. Estos registraron una variación positiva de 52.9%, la cual más que duplica el crecimiento de los tradicionales (24.5%) con respecto al año anterior. Datos obtenidos del Sistema Integrado de Información de Comercio Exterior (http://www.siicex.gob.pe). En este sentido, se nota la preocupación constante por parte del gobierno de incentivar sus exportaciones, teniendo en consideración el principio fundamental de que los tributos no se exportan, pues de ser así se quitaría competitividad a los bienes y productos que se producen en un país, encareciéndolos y trayendo como consecuencia que los mismos queden fuera de toda posibilidad de negociación en el mercado internacional, por ello nuestra Ley General de Aduanas —norma aprobada mediante el Decreto Legislativo Nº 809- ha dispuesto claramente que las exportaciones están inafectas del pago de tributos. Adicionalmente existen mecanismos, que tienen por objetivo brindar beneficios e incentivos a los exportadores, por todo ello el gobierno del Perú ha establecido el Régimen Aduanero de Restitución de Derechos Arancelarios - DRAWBACK, el cual resulta siendo en la práctica un mecanismo de incentivo a las exportación.. 1 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.

(11) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. 1.1 ANTECEDENTES:. Este trabajo posee un límite territorial por tratarse de leyes que solo rigen en nuestro país. Por otro lado, el presente trabajo de investigación cuenta con antecedentes legales (D.S. 104-95-EF) en los cuales el gobierno peruano ha asumido el compromiso de. desarrollar una política de comercio. exterior agresiva. En este sentido, ha creado leyes de preferencias arancelarias, regímenes aduaneros y un sin número de beneficios con la finalidad. de mejorar los procedimientos y facilitar la operatividad de las. exportaciones. Una de las políticas asumidas por el estado, es de promocionar. los. regímenes aduaneros de exportaciones, llamados. también regímenes de perfeccionamiento, tales como: Admisión temporal, Drawback. y Reposición de mercaderías en franquicia. Todos con. diferente operatividad, pero con la misma finalidad: aumentar las exportaciones. En relación a las variables implicadas en nuestro estudio hemos hallado la Tesis de Grado Profesional para sustentar el título de Licenciado en Contabilidad y Finanzas del Señor Javier Gustavo Oyarse Cruz; titulada “El Drawback como estímulo a las Exportaciones y desarrollo del País”Perú, 2010 que en sus conclusiones señala:. “Se ratifica la posición en el sentido que, este beneficio tributario se ha convertido en un estímulo permanente para las exportaciones,. 2 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.

(12) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. logrando con ello el efecto esperado de impulsar el desarrollo del país. Efecto que debiera mantenerse toda vez que dicha medida ha sido dictada por el Poder Ejecutivo con el propósito de otorgar un mayor incentivo a las empresas productoras exportadoras, las cuales se enfrentan a condiciones adversas en los mercados externos generadas por la crisis financiera internacional.”. Por otro lado, encontramos el estudio de Jhosep Alejos Pacheco, “Análisis de los efectos de la restitución de Derechos Arancelarios-Drawback” Lima-Perú 2009, nos menciona: “La restitución de Derechos Arancelarios-Drawback, crean un beneficio que favorece desde a la persona que cosecha la tierra hasta el exportador que ofrece sus productos en los mercados internacionales, incentivando de esta manera la productividad, el desarrollo y calidad de vida de los peruanos.”. 1.2 JUSTIFICACIÓN El presente trabajo de investigación es necesario para las empresas exportadoras de nuestra región, porque con el análisis y estudio del mismo, se pretende dar la respectiva importancia que se merece este beneficio arancelario en los resultados económicos de las empresas acogidas a este régimen arancelario Otra de las razones fundamentales para esta investigación, es que la información resultante será de suma importancia para la alta gerencia en la toma de decisiones así como también para la planificación económica y financiera. Esta investigación, se realiza con la finalidad de dar a conocer y demostrar el grado en que las empresas exportadoras se pueden. 3 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.

(13) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. beneficiar con el acogimiento a este régimen arancelario, aportando de esta manera un granito de arena para incentivar las exportaciones. Es también. importante esta investigación para los profesionales. dedicados a las actividades del comercio exterior, inversionistas y estudiantes en general, pues es de gran utilidad para las empresas exportadoras que utilizan el Drawback.. 1.3 PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA: ¿De qué manera el acogimiento al Régimen Aduanero de Restitución de Derechos Arancelarios-Drawback influye en los resultados económicos de la empresa Casa Blanca Trujillo E.I.R.L. de la Región la Libertad-Perú al I Semestre del año 2011?. 1.4 OBJETIVOS. 1.4.1 Objetivo General: Determinar la influencia del acogimiento al régimen. aduanero de. restitución de derechos arancelarios – Drawback en los resultados económicos de la Empresa. Agroindustrial Casa Blanca Trujillo. E.I.R.L.. 1.4.2 Objetivos Específicos: 1. Identificar las bases técnicas y legales relacionadas con el régimen. aduanero de restitución de derechos arancelarios-. Drawback.. 4 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.

(14) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. 2. Describir la operatividad. productora- exportadora de. la. Empresa Agroindustrial Casa Blanca Trujillo E.I.R.L. 3. Conocer la operatividad del régimen aduanero de. restitución. de derechos arancelarios – Drawback, a través de su descripción. 4. Analizar y comparar los resultados económicos de la empresa agroindustrial Casa Blanca Trujillo E.I.R.L, antes y después de acogerse al régimen aduanero de restitución de derechos arancelarios –Drawback.. 1.5 VARIABLES: 1.5.1 Variable independiente: El régimen Aduanero de Restitución de Derechos Arancelarios – Drawback. 1.5.2 Variables dependientes: Resultados económicos de la Empresa Agroindustrial Casa Blanca Trujillo E.I.R.L. de la Región La Libertad - I Semestre 2011. 5 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.

(15) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. 1.6 MARCO TEÓRICO. Régimen de restitución de Derechos Arancelarios-DRAWBACK El Drawback es uno de los regímenes aduaneros que promueve la exportación no tradicional. (1). a través de la restitución de derechos. arancelarios. Es el régimen aduanero que permite, como consecuencia de la exportación de mercancías, obtener la restitución total o parcial de los derechos arancelarios, que hayan gravado la importación para el consumo de las mercancías contenidas en los bienes exportados o consumidos durante su producción. En simples palabras, este régimen permite la restitución (devolución) de los derechos arancelarios (Ad Valorem y/o derecho variable adicional) que han gravado las mercancías importadas e incorporadas materialmente en el bien exportado, el objetivo del régimen es reducir el costo de producción de los bienes exportados. A través de este mecanismo, se pretende neutralizar la carga impositiva que representa el haber importado insumos o materias primas que son utilizados en el proceso de bienes finales de exportación, y sobre el cual se han cancelado derechos arancelarios.(2). ___________ (1). En este sentido se puede decir que el DRAWBACK beneficia a las exportaciones de productos no tradicionales, es decir de aquellos que han sufrido alguna transformación o que tienen algún valor agregado. (2). http://estudiante.blogcindario.com/2009/06/00002-drawback-rest-de-derechosarancelarios.html. 6 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.

(16) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. Sin embargo, en la práctica, este régimen representa una herramienta de promoción a la exportación y constituye un complemento al sistema del "saldo a favor del exportador" mediante el cual la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) procede a devolver a los exportadores el Impuesto General a las Ventas que haya gravado la adquisición o contratación de bienes y servicios utilizados en la producción. En otras palabras se puede decir que para exportar un producto se hace necesario importar insumos y materias primas, el exportador nacional tiene el derecho a solicitar la restitución de los aranceles pagados por la nacionalización de los referidos insumos o materias primas, siempre que no se hayan acogido a algún otro beneficio en su importación, esto es, que se hayan pagado los tributos completos. Lo que quiere decir que no habrá restitución de derechos arancelarios o Drawback si no se ha importado algún insumos o materia prima para la fabricación del bien por el cual se pide el beneficio.(1). __________ (1). CABALLERO BUSTAMANTE: Drawback restitución de tributos arancelarios en aduanas- Perú 2011. 7 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.

(17) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. 1.6.1 BENEFICIARIOS DEL RÉGIMEN El artículo 104° del Reglamento de la Ley General de Aduanas señala tres clases de beneficiarios que pueden acogerse a este régimen: a) Las. empresas. exportadoras. que. importen. directamente. mercancías incorporadas o consumidas en la producción del bien exportado (importación directa sin transformación). b) Las empresas exportadoras que importen a través de terceros (importación indirecta sin trasformación). c) Las empresas exportadoras cuando adquieran de proveedores locales mercancías elaboradas con insumos o materias primas importados (adquisición local de insumo transformado) Queda claro que sólo califican legalmente como beneficiarios del régimen del Drawback las empresas “productoras-exportadoras” las cuales son definidas por el artículo 13° del DS N° 104-95-EF, Reglamento. del. Procedimiento. de. Restitución. de. Derechos. Arancelarios, como “aquellas empresas constituidas en el país, que importen o que hayan importado, a través de terceros, las mercancías incorporadas o consumidas en el bien exportado” Cuando existe una importación directa del productor-exportador, o indirecta por medio de la adquisición del insumos a un importador local, los derechos aduaneros que precisamente gravan la importación de la materia prima, productos intermedios, partes o piezas a ser incorporados o consumidos en el producto final. Estos costos incrementados serán devueltos al beneficiario a través del régimen del Drawback.. ____________ CABALLERO BUSTAMANTE: Drawback Restitución de Tributos Arancelarios en Aduanas, Perú 2011.. 8 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.

(18) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. Por otra parte, el productor-exportador puede encargar la elaboración de la producción a un tercero, para la cual deberá celebrarse un contrato. de. producción. por. encargo. y. emitirse. la. factura. correspondiente por la prestación de este servicio, a fin de acreditar la fehaciencia del mismo. El beneficiario deberá tener cuidado, en este último caso, que el contrato de producción por encargo se celebra antes de la ejecución del servicio y que si bien es posible acordar una producción por encargo parcial y total, debe demostrarse que el acuerdo involucra una tercerización o outsourcing, descartando que la empresa productora-exportadora que encarga la producción a un tercero, sea en realidad una empresa comercializadora o intermediaria, la cual no calificaría legalmente como beneficiaria del Drawback.. (1). 1.6.2 BIENES SUJETOS AL BENEFICIO Los exportadores que utilicen o incorporen insumos, materias primas, productos intermedios, partes o piezas importados de manera directa o a través de terceros, en el proceso de producción de los bienes de exportación podrán acogerse a este beneficio. Insumos: Incluye las materias primas, productos intermedios, partes y piezas. Materia prima: Es toda sustancia, elemento o materia necesaria para obtener un producto, incluyendo aquellos que se consumen o intervienen directamente en el proceso de producción o manufactura, o sirven para conservar el producto de exportación. (2) _________ (1) CABALLERO BUSTAMANTE: Drawback Restitución de Tributos Arancelarios en Aduanas, Perú 2011. (2) LUZ HIRACHE FLORES: Promoción al exportador saldo a favor del IGVDrawback; revista Actualidad Empresarial- Perú 2011.. 9 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.

(19) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. Se considerarán como materia prima las etiquetas, envases y otros artículos necesarios para la conservación y transporte del producto exportado. No se considerarán materia prima los combustibles o cualquier otra fuente energética cuando su función sea la de generar calor o energía para la obtención del producto exportado. Tampoco se considerarán materia prima los repuestos y útiles de recambio que se consuman o empleen en la obtención de estos bienes. Productos o bienes intermedios: Aquellos elementos que requieren de procesos posteriores para adquirir la forma final en que serán incorporados al producto exportado. Por ejemplo: algodón (materia prima) tela (producto o bien intermedio) camisa (producto final). Pieza: Aquella unidad previamente manufacturada, cuya ulterior división física produzca su inutilización para la finalidad a la que estaba destinada. Por ejemplo: Un botón. Parte: El conjunto o combinación de piezas, unidas por cualquier procedimiento de sujeción, destinado a constituir una unidad superior. Por ejemplo: Un motor. (1) 1.6.3 BIENES QUE NO ESTAN SUJETOS AL BENEFICIOS La empresa productora-exportadora siempre debe tener presente que existe supuestos legales de exclusión, que en algunos casos pasa desapercibidos al momento de presentar la solicitud del Drawback, pero que deben ser materia de una revisión previa a efecto de no incurrir en un acogimiento indebido y ser pasible de ser sancionados con una multa por parte de la SUNAT.. (2). _________ (1). LUZ HIRACHE FLORES: Promoción al exportador saldo a favor del IGVDrawback; revista Actualidad Empresarial- Perú 2011. (2). ALFONSO SANTA CRUZ RAMOS/LUIS COCA SOLORZANO: Contabilización de Importaciones y Exportaciones-Perú 2007.. 10 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.

(20) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. Exclusión por acogimiento a un régimen aduanero suspensivo o exoneratorio. Por regla el insumo importado deberá pagar los derechos arancelarios completos al momento de su nacionalización, sin acogerse a ningún beneficio tributario, para que el productor-exportador pueda gozar del derecho al Drawback. Exclusión por volumen de exportación. El artículo 3° del Reglamento del Procedimiento de Restitución Simplificado de Derechos Arancelarios, prevé que la restitución de aranceles se efectuará hasta los primeros US$ 20’000,000 anuales de exportación de productos por subpartida arancelaria y por empresa exportadora no vinculada, pudiendo el ministerios. de Economía y. Finanzas ajustar dicha cifra de considerarlo pertinente. Exclusión por disposición normativa Se considera que determinados productos no requieren de un incentivo para su exportación, razón por la cual deben ser excluidos del beneficio del Drawback, principalmente por ser productos de exportación tradicional. Exclusión por utilización de insumo importado que no califica como materia prima En virtud del artículo 1° del Reglamento del Procedimiento de Restitución Simplificado de Derechos Arancelarios, no se considera materia prima a los combustibles o cualquier otra fuente de energía cuando su función sea la de generar calor para la obtención del producto exportado.(1) __________ (1). ALFONSO SANTA CRUZ RAMOS/LUIS COCA SOLORZANO: Contabilización de Importaciones y Exportaciones-Perú 2007. 11 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.

(21) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. Tampoco se considera materia prima los repuestos y útiles de recambio que se consuman o empleen en la obtención del bien final. La razón que inspira a este supuesto de pérdida o exclusión del derecho al Drawback, radica en la difícil labor de supervisión por parte de la Administración Aduanera, pues dependiendo el tipo de producto exportado, resultará complicado comprobar que efectivamente la mercancía importada que se consumió en la etapa de producción ha sido verdaderamente utilizada en la cantidad que señala el exportador. Exclusión por Arancel “Cero” La exclusión del Drawback en este caso, se da a la exportación de productos que tengan incorporados insumos extranjeros que hubieran sido ingresado al país mediante el uso de mecanismos aduaneros suspensivos o exoneratorios de aranceles o franquicias aduaneras especiales o con el uso de cualquier otro régimen devolutivo o suspensivo de derechos y gravámenes aduaneros (como por ejemplo, acogerse a la exoneración de aranceles establecida para un sector económico o solicitar una reducción del Ad- Valorem al amparo de un TLC) Exclusión o. Pérdida por falta de manifestación expresa del. exportador Al momento de efectuar el despacho de exportación definitiva, el productor-exportador deberá manifestar expresamente su voluntad de acoger. dicha. exportación. al. Drawback.. El. no. consignarse. expresamente esta voluntad en la DUA, podría generar al exportador la pérdida del derecho al Drawback, aunque éste cumpla con todos los requisitos y condiciones para su acogimiento. (1) ___________ (1). ALFONSO SANTA CRUZ RAMOS/LUIS COCA SOLORZANO: Contabilización de Importaciones y Exportaciones-Perú 2007. 12 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.

(22) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. 1.6.4 LOS PLAZOS A TOMAR EN CUENTA Los insumos utilizados en la producción de los bienes finales de exportación deben haber sido importados dentro de los treintiséis (36) meses anteriores a la fecha de exportación. Este requisito significará que la Declaración Única de Aduanas - Importación de los insumos, que sustenta la solicitud de restitución, no podrá haber sido numerada más allá de este plazo máximo contado hasta la fecha de recepción por. el. transportista. de. la. mercancía. de. exportación.. Asimismo se establece que la solicitud de restitución de los derechos arancelarios debe presentarse ante el Área de Recaudación de cualquier Intendencia de Aduana de la República en un plazo máximo de ciento ochenta (180) días hábiles computados a partir de la fecha de embarque de exportación. De no cumplirse con este plazo, el exportador perderá su derecho a solicitar la devolución, no obstante haber cumplido con los demás requisitos. (1) 1.6.5 MONTO DE DEVOLUCIÓN Actualmente el monto de devolución por Drawback asciende a un monto equivalente al cinco por ciento (5%) del valor FOB del producto exportado que figura en la Declaración Aduanera de Mercancías – Formato DUA o DS de exportación, con un tope de cincuenta por ciento (50%) de su costo de producción. A fin de determinar el monto total a ser solicitado a restitución, respecto del valor FOB debe deducirse, en el caso que hubiera, las comisiones y cualquier otro gasto deducible en el resultado final de la operación de exportación. (2) _________ (1). CABALLERO BUSTAMANTE: Drawback Restitución de Tributos Arancelarios en Aduanas, Perú 2011. (2). CABALLERO BUSTAMANTE: Tratado Empresarial en materia Aduanera- Perú 2007. 13 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.

(23) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. La tasa de restitución. del Drawback. ha ido variado a través del. tiempo, estando así en vigencia hasta el 31 de diciembre del 2008 con el 5%, luego para el periodo del 01 de enero del 2009 hasta el 30 de junio del 2010 la tasa subió hasta un 8%. (1). , el mismo año a partir. de julio hasta diciembre bajó a un 6.5%,tasa que fue modificada a 5% a partir del 01 de enero del 2011, manteniéndose hasta la fecha.(2) 1.6.6 MONTO MÍNIMO DE RESTITUCIÓN Por otra parte también existe un monto mínimo inmediato de restitución que equivale a los $500 dólares por solicitud. No obstante, los montos de restitución menores al mínimo pueden ser acumulados hasta alcanzar los US$ 500. Las empresas exportadoras. podrán. acumular exportaciones realizadas por la misma Intendencia o por diferentes Intendencias de aduana, hasta alcanzar o superar el monto mínimo antes mencionado. 1.6.7 ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO DE DEVOLUCIÓN En el régimen de restitución Drawback se dan las siguientes etapas para poder obtener la restitución de los derechos arancelarios: a) Realizar el pago de los derechos arancelarios. Es decir el importar los insumos o piezas pagando el Ad-Valorem en la Aduana del Perú, lo que equivale a nacionalizar. b) Incorporación material de la mercancía nacionalizada. Los insumos se transforman en productos finales a exportar.(3) __________ (1). Este aumento de la tasa del Drawback (del 5 % al 8%) corresponde a una medida económica frente a la crisis financiera mundial de aquel año. (2). LUZ HIRACHE FLORES: Actualidad empresarial-Perú 2011. (3). CABALLERO BUSTAMANTE: Tratado Empresarial en materia Aduanera- Perú 2007. 14 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.

(24) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. c) Solicitud de Drawback. En la práctica, se solicita una vez regularizado el régimen aduanero de exportación definitiva. Para ello el exportador. debe apersonarse ante la Intendencia de. Aduana que ella elija, a fin de presentar una solicitud de restitución acompañando copia de los documentos que acrediten su derecho. d) Emisión de la Nota de Crédito Negociable o Cheque No Negociable. La devolución del Ad-Valorem pagado por los insumos o piezas importados se hace efectiva mediante estos documentos según haya sido solicitado por el exportador y luego de verificarse la procedencia de la restitución, por parte de la autoridad aduanera de acuerdo a lo que haya solicitado el beneficiario.. (1). 1.6.8 TRÁMITES A SEGUIR PARA ACOGERSE AL RÉGIMEN DE RESTITUCIÓN ARANCELARIA La presentación de la solicitud de restitución de los derechos arancelarios puede ser por escrito o de manera electrónica ante la Administración Aduanera. Conforme con el INTA-PG.07 (Versión 3), en el caso que la empresa productora-exportadora opte por transmitir la Solicitud de Restitución, podrá realizarla directamente (de estar autorizada para ello) o a través de un despachador de aduanas y dentro del plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la fecha de numeración de la Solicitud de Restitución, deberá presentar dos copias impresas de la solicitud numerada y suscrita por el representante legal de la empresa, así como: a) Copia. simple. de. la. DUA. o. Declaración. Simplificada. de. Exportación.(2) __________ (1). CABALLERO BUSTAMANTE: Tratado Empresarial en materia Aduanera- Perú 2007. (2). LUZ HIRACHE FLORES: Actualidad empresarial-Perú 2011.. 15 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.

(25) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. b) Copia simple de la DUA o Declaración Simplificada de Importación de los insumos utilizados en la producción del bien de exportación. c) Copia SUNAT de la factura del proveedor local correspondiente a compras internas de insumos importados por terceros y declaración jurada de su proveedor local que indique no haber hecho uso de regímenes de perfeccionamiento, así como de franquicias aduaneras especiales y/o exoneraciones o rebajas arancelarias de cualquier tipo por la adquisición de dichos insumos. d) Copia de la factura que acredite el servicio prestado, en caso de producción o elaboración por encargo. e) Una garantía no menor del monto solicitado, cuando se requiere que SUNAT emita la Nota de Crédito dentro del segundo día hábil siguiente de presentada la solicitud de Drawback En los casos que no se hubiese realizado previamente la transmisión electrónica de la Solicitud de Restitución, la empresa productora-exportadora presenta ante el área de recaudación de cualquier intendencia de aduana de la Republica, la mencionada solicitud con carácter de declaración jurada en original y copia, adjuntando. los. documentos. que. la. sustentan. detallados. procedentemente. La solicitud ser presentada conforme al Anexo 1 contenido al final de este capítulo, acompañado con los cuadros de insumo producto y de deducciones de insumos importados adquiridos localmente, también incorporados al final del presente capítulo. (2). __________ (2). LUZ HIRACHE FLORES: Actualidad empresarial-Perú 2011. 16 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.

(26) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. Por otra parte, ordinariamente las solicitudes de Drawback se resolvían en un plazo de diez días hábiles, sin importar si la presentación de la misma había sido de manera escrita o electrónica, pero conforme a la modificación introducida por el Decreto Supremo N°230-2010-EF (24.11.2010) al artículo 10° del Reglamento de Procedimiento de Restitución Simplificado de Derechos Arancelarios, la SUNAT resolverá la solicitud del Drawback en un plazo máximo de cinco días hábiles, contados desde la fecha de presentación de los documentos sustentatorios, cuando la solicitud haya sido presentada vía transmisión electrónica. El plazo de diez días hábiles para resolver esta solicitud se mantiene para el caso de presentaciones físicas por escrito. Venido el plazo de cinco días para las solicitudes electrónicas o diez días para las solicitudes escritas, corresponde a la SUNAT entregar la respectiva Nota de Crédito a la empresa beneficiaria. Cuando existan indicadores de riesgo suficientes que hagan presumir el acogimiento indebido a la restitución de derechos arancelarios, la SUNAT podrá disponer la realización de una fiscalización especial, extendiéndose hasta seis meses el plazo para resolver la solicitud de restitución de derechos arancelarios. Para tal efecto, se considerara que existen indicadores de riesgo suficientes cuando el exportador se encuentre en dos o más de las siguientes situaciones: a) No haya numerado declaraciones de exportación en un periodo mayor a 12 meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. b) Cuente con un capital social suscrito y pagado a la fecha de presentación de la Solicitud de Restitución menor al 5% del volumen de exportaciones acumuladas en el año en que se presenta la solicitud. (1) __________ ALFONSO SANTA CRUZ RAMOS/ LUIS COCA SOLORZANO: Contabilización de Costos de Importación y Exportación.. 17 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.

(27) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. c) Los bienes exportados correspondan a las subpartidas arancelarias de alto riesgo señaladas por SUNAT. Al respecto, la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 003-2006SUNAT-A. (12.01.2006),. considerada. como. subpartidas. arancelarias de alto riesgo las siguientes: 301100000: Peces ornamentales 3304990000: Los demás productos de preparaciones de belleza, maquillaje y para el cuidado de la piel 3307909000: Los demás productos de preparaciones para afeitar o para antes o después del afeitado, desodorantes corporales, preparaciones para el baño, depilatorios, entre otros 3824909999: Los demás productos de preparaciones aglutinantes para moldes o núcleos de fundición, entre otros. 8214100000: Cortapapeles, abrecartas, raspadores, sacapuntas y sus cuchillas. d) No haya proporcionado la documentación y/o información requerida por la administración para su fiscalización; o de haberle presentado, esta sea inconsistente. e) No haya cumplido con sus obligaciones formales y/o sustanciales respecto a los pagos a cuenta o de regularización del Impuesto a la Renta y/o contribuciones a ESSALUD y ONP, correspondientes a los últimos doce meses, incluido el mes en que se realizó la exportación que sustenta la Solicitud de Restitución. f) Cuando el porcentaje de Utilidad Bruta entre el Costo de Producción del bien exportador sea mayor al 350%.. (1). __________ (1). ALFONSO SANTA CRUZ RAMOS/ LUIS COCA SOLORZANO: Contabilización de Costos de Importación y Exportación. 18 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.

(28) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. 1.6.9 LA NOTA DE CRÉDITO La restitución de derechos arancelarios Ad-Valorem se efectuará por medio de una nota de crédito, la cual será emitida en moneda nacional, considerándose para ello el tipo de cambio promedio ponderado compra correspondiente a la fecha de emisión de la Nota de Crédito, asimismo tendrá una vigencia de 180 días calendario a partir de su emisión.  Uso de la nota de crédito La nota de crédito es aplicable al pago de los tributos que recaude ADUNAS, así como para la cancelación de sanciones e intereses determinados por esta entidad y que sean ingresos del tesoro público, puede ser utilizada ante a cualquier Intendencia de Aduana de la República. El uso de la nota de crédito para la cancelación del adeudo, se efectuará previo endose a favor de ADUANAS. Si como efecto de su existiera un saldo a favor del beneficiario, este quedara registrado en el SIGAD para utilización en futuros pagos a solicitud de parte en la misma intendencia, debiéndose entregar al usuario Una constancia de dicho saldo y quedar en poder de aduana el original de la Nota de Crédito. El SIGAD llevara el control l de la utilización del referido saldo hasta cubrir la totalidad de la nota de crédito, procediéndose entonces a colocar el sello de utilizado. La nota de crédito será recepcionada como medio de pago para la cancelación de una o más obligaciones, solo por el área de tesorería de las intendencias de aduana, previa verificación de su validez, a través del SIGAD. (1) _______________ (1). www.sunat.gob.pe/legislacion/procedim/.../INTA-PG.07-V2.doc. 19 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.

(29) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. Las notas de crédito podrán ser transferidas a terceros por endose del beneficiario,. dentro de los cinco (5) días siguientes de. producida dicha transferencia, se debe comunicar de este hecho a la intendencia de aduana que emitió el documento, indicando el nombre y el número de RUC del adquiriente; procediendo el personal responsable de aduana a ingresar la información al módulo de restitución de Derechos Arancelarios- SIGAD. La nota de crédito negociable dejada sin efecto (anulada) por haberse emitido sobre la base de información falsa, impedirá la utilización de las declaraciones únicas de exportación que ampararon su emisión para un nuevo acogimiento de devolución en la parte afectada.  Pérdida o destrucción parcial o total de la nota de crédito. En caso de pérdida o destrucción parcial o total de una nota de crédito, el beneficiario y el área de recaudación de la intendencia de aduana que emitió el documento, procederán de acuerdo a lo establecido en los artículos 9º y 10º de la resolución ministerial Nº 138-95-EF/15 del 03.09.95.  En caso de pérdida o destrucción total En este caso el beneficiario deberá comunicar el hecho a la Aduana que emitió el documento, dentro de los dos (2) días hábiles de producida la perdida y posteriormente publicar por una sola vez en el Diario Oficial el peruano y en otro de mayor circulación a nivel nacional, un aviso con los datos del documento extraviado o destruido. La nota de crédito extraviada tendrá validez hasta dos (2) días hábiles siguientes contados a partir de la fecha de la publicación a que se refiere el párrafo anterior. Dentro de dicho plazo el tenedor de la nota de crédito puede oponerse a su anulación. (1). ___________ (1). www.sunat.gob.pe/legislacion/procedim/.../INTA-PG.07-V2.doc. 20 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.

(30) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. El beneficiario solicitara la emisión de una nueva nota de crédito adjuntando. las. publicaciones. efectuadas. y. copia. de. la. comunicación señalada en el primer párrafo del presente artículo. ADUANAS emitirá la nueva Nota de Crédito extraviada o destruida, dentro de los cinco (5) días hábiles de presentada la solicitud.  En caso de deterioro o destrucción en parte En este caso, siempre que subsistan los datos necesarios para su identificación, el beneficiario original presentara una solicitud de nueva emisión adjuntando el documento deteriorado o destruido en parte. Previa evaluación, aduanas emitirá nueva nota de crédito dentro de los tres (3) días hábiles siguiente de presentada la solicitud. 1.6.10. ACOGIMIENTO. INDEBIDO. AL. (1). PROCEDIMIENTO. DE. RESTITUCIÓN ARANCELARIO Debido a la fiscalización posterior que lleve a cabo aduanas y determine que el exportador no cumplía. con los. requisitos. establecidos para gozar de este beneficio, conlleva a determinar que hubo un acogimiento indebido al procedimiento simplificado de restitución de derechos arancelarios Ad- Valorem ejecutando así la intendencia de aduana emisora las siguientes acciones: En caso de que el monto total de la nota de crédito haya sido indebidamente restituido, se procede a través de una resolución de intendencia o de quien se delegue, a dejar sin efecto la nota de crédito que hubiere expedido, careciendo de validez todos los actos efectuados al amparo de la misma.(2) _________ (1). www.sunat.gob.pe/legislacion/procedim/.../INTA-PG.07-V2.doc. (2). CABALLERO BUSTAMANTE: Drawback Restitución de Tributos Arancelarios en Aduanas, Perú 2011.. 21 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.

(31) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. Si la referida Nota De Crédito fue utilizada en el pago de tributos, sanciones e intereses, coordina con la intendencia de aduana respectiva para que proceda el cobro de los mismos. De haberse otorgado la redención de la nota de crédito dispone el reembolso del monto indebidamente restituido con aplicación del interés legal establecido por el Banco Central de Reserva. Cuando se trate de montos restituidos en exceso, se procede mediante resolución de intendencia o de quien se delegue, a ordenar el rembolso del mismo con aplicación del interés legal establecido por el BCR. Asimismo, aplica la multa en la ley general de aduanas sobre el monto indebidamente solicitado u ordena la ejecución de la garantía, en los casos que corresponda. Si la Intendencia Nacional De Fiscalización Aduanera verifica el acogimiento indebido al procedimiento simplificado de restitución, emite un informe con las conclusiones de su evaluación, el que será remitido a La Intendencia De Aduana que emitió la Nota De Crédito, esta intendencia cuenta con un plazo de diez (10) días hábiles, computados a partir del día siguiente a la fecha de recepción del mencionado informe, para remitir a dicha intendencia nacional , copia de. la. resolución. emitida,. debidamente. notificada. para. su. conocimiento. La cancelación de la liquidación de cobranza se realizará en las entidades bancarias autorizadas por ADUANAS.(1). ___________ (1). CABALLERO BUSTAMANTE: Drawback Restitución de Tributos Arancelarios en Aduanas, Perú 2011.. 22 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.

(32) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. 1.6.11 PRESUNCIÓN DE ACOGIMIENTO INDEBIDO A. LA. RESTITUCIÓN Cuando existan indicadores de riesgo suficientes que hagan presumir el acogimiento indebido a la restitución de derechos arancelarios, la SUNAT podrá disponer la realización de una fiscalización especial, extendiéndose hasta seis (6) meses el plazo para resolver la solicitud de restitución de derechos arancelarios. Para tal efecto, se considerará que existen indicadores de riesgo suficientes cuando el exportador se encuentre en dos o más de las siguientes situaciones:  No haya numerado declaraciones de exportación en un periodo mayor a 12 meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.  Cuente con un capital social suscrito y pagado a la fecha de presentación de la Solicitud de Restitución menor. al 5% del. volumen de exportaciones acumuladas en el año en que se presenta la solicitud.  Los. bienes. exportados. correspondan. a. las. subpartidas. arancelarias de alto riesgo señaladas por SUNAT.  No haya proporcionado la documentación y/o información requerida por la administración para su fiscalización; o de haberla presentado, ésta sea inconsistente.  No haya cumplido con sus obligaciones formales y/o sustanciales respecto a los pagos a cuenta o de regularización del Impuesto a la. Renta. y/o. contribuciones. de. ESSALUD. y. ONP,. correspondientes a los últimos doce meses, incluido el mes en que se realizó la exportación que sustenta la Solicitud de Restitución.  Cuando el porcentaje de Utilidad Bruta entre el Costo de Producción del bien exportado sea mayor al 350%.. (1). ____________ (1). LUZ HIRACHE FLORES: Actualidad empresarial-Perú 2011. 23 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.

(33) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. 1.6.12 INFRACCIONES Y SANCIONES ADUANERAS Se ha sancionado como infracción cometida por los beneficiarios del régimen de Drawback, el consignar datos falsos o erróneos en la solicitud de restitución (Art. 103º literal i de la ley general de aduanas) Mediante la promulgación de la Ley Nº 29326, Ley que Establece Disposiciones Complementarias en Relación con la Restitución Indebida de Derechos Arancelarios, se norman las infracciones que cometen los exportadores-productores por acogimiento indebido al Drawback y el respectivo cálculo de las multas en dichos supuestos. En virtud de ello, se considera que el exportador ha cometido infracción sancionable con multa cuando las exportaciones de productos por los que obtuvo la restitución indebida tenga insumos que hayan sido importados directamente o adquiridos de proveedores locales, pero dichos insumos no pagaron los tributos aduaneros completos por haberse acogido a un beneficio arancelario ( suspensión o exoneración de aranceles, franquicias aduaneras especiales,. régimen devolutivo. o. suspensivo. de. derechos y. gravámenes aduaneros, dentro de los que podemos encontrar a las preferencias arancelarias por un TLC). Ya que el exportador no puede gozar de un doble beneficio arancelario, esto es, el Drawback y la desgravación a la vez, el acogimiento indebido al Drawback por las causales descritas genera la imposición de una multa calculada de la siguiente manera: a). En el caso que el exportador importó el insumo directamente, la. multa asciende. al cincuenta (50%) del monto indebidamente. restituido, sin perjuicio de la obligación de devolver el monto restituido. _____________ (1). CPC ALFONSO SANTA CRUZ/ CPC LUIS COCA SOLORZANO: Contabilidad de. costos de importación y Exportación. Perú 2007. 24 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.

(34) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. b). En el caso que el exportador adquirió el insumo de un importador. local, la multa equivale al veinticinco (25%) del monto restituido indebidamente, sin perjuicio. de la obligación de devolver el monto. restituido.(1) Por otra parte, la norma dispone que las empresas que efectuaron el pago del diez (10%) del monto restituido más los intereses dentro del plazo establecido por Ley Nº28438, Ley que Regulariza las Infracciones de la Ley General de Aduanas, pueden acogerse a los beneficios de la citada norma siempre que acrediten de manera indubitable que el pago se realizó por dicho concepto y dentro del referido plazo. De ser el caso, la SUNAT suspenderá la cobranza coactiva, levantar las medidas cautelares y dejar sin efecto las resoluciones de determinación, intendencia o multa que hubieran sido notificadas.. (2). _____________ (1). CPC ALFONSO SANTA CRUZ/ CPC LUIS COCA SOLORZANO: Contabilidad de costos de importación y Exportación. Perú 2007 (2). LUZ HIRACHE FLORES: Promoción al exportador saldo a favor del IGV-Drawback; revista Actualidad Empresarial- Perú 2011.. 25 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.

(35) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. 1.6.13. TRATAMIENTO. CONTABLE. Y. TRIBUTARIO. DEL. DRAWBACK  TRATAMIENTO CONTABLE El tratamiento contable del Drawback no solamente debe estar sujeto a los principios de contabilidad generalmente aceptados, sino también a las Normas Internacionales de Contabilidad (NICs), como criterios básicos para la profesión contable en el país. Las. normas. internacionales. de. contabilidad,. constituyen. pronunciamientos técnicos que permiten conocer cómo deben registrarse. las. distintas. transacciones. económicas. de. las. empresas, así como guías para la información a presentarse en los Estados Financieros. Las NIC’s aplicable al Drawback son las siguientes: - La NIC 20: Contabilización de las Subvenciones del Gobierno. e. Información. a. Revelar. sobre. Ayudas. Gubernamentales. - La NIC 02: Existencias. Esta Norma trata sobre la contabilización e información a revelar acerca de las subvenciones oficiales, así como de la información a revelar sobre otras formas de ayudas públicas. Los subsidios gubernamentales es la ayuda dada por un gobierno en la forma de transferencia de recursos a una empresa en recompensa por el cumplimiento pasado o futuro de ciertas condiciones relativas a las actividades operativas de la empresa (1) ___________ (1). DANTE ATAUPILLCO VERA: Costos, Impuestos y NIIF por Sectores- Perú 2008. 26 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.

(36) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. Los subsidios relacionados con bienes de capital son aquellos cuya condición principal es que la empresa que reúne los requisitos para recibirlos debe comprar bienes de capital, construirlos o adquirirlos en alguna otra forma. La ayuda gubernamental adquiere muchas formas, que varían tanto por su naturaleza, como por las condiciones a las que normalmente están sujetas. El objeto de la ayuda puede ser estimular a una empresa para que tome un curso de acción que normalmente no tomaría de no proporcionársele dicha ayuda. Hay dos razones por las que el hecho de recibir ayuda, puede ser de importancia para la preparación de estados financieros. Primero, si se ha recibido recursos, es necesario encontrar un método apropiado al tratamiento contable para la transferencia. Segundo, es conveniente indicar en qué medida la empresa se ha beneficiado con dicha ayuda en el periodo del cual se informa. Momento en que deben reconocerse los subsidios.- Los subsidios, incluso de naturaleza no monetaria considerados a su valor razonable, no deben reconocerse hasta que haya seguridad razonable de: a) Que la empresa cumplirá con las condiciones que exigen tales subsidios y b) que serán recibidos. Reconocimiento contable de los subsidios.- la NIC establece que los subsidios gubernamentales deben reconocerse según determinada base sistemática en el estado de ganancias y pérdidas a lo largo de los periodos necesarios para identificarlos con los costos que dichos subsidios tienen por objeto compensar. Los subsidios no deben acreditarse directamente a los intereses de los accionistas.(1) __________ (1). MARIO APAZA MEZA: Nuevo plan contable general Empresarial concordado con NIIF’s por actividades económica-Perú 2010. 27 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.

(37) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. Así, los subsidios que se reciben en reconocimiento de gastos específicos se llevan a resultado en el mismo periodo que los gastos pertinentes. Igualmente los subsidios relacionados con bienes depreciables se cargan a resultado en la proporción que corresponda. Un subsidio que se convierte en el derecho a recibir determinada cantidad de dinero como compensación por gastos o pérdidas en que se ha incurrido o con el objeto de dar apoyo financiero a las empresas, sin que éstas tengan que hacer otros desembolsos, debe reconocerse en el estado de ganancias y pérdidas del período en que debe recibirse y si es apropiado como partida extraordinaria. Presentación de subsidios relacionados con ingresos.- Existen dos métodos para presentar los subsidios relacionados con ingresos: - Presentarlo como un crédito o ingreso en el estado de ganancias y pérdida. - Alternativamente deducirlo al informar sobre los gastos relacionados. Revelación Debe revelarse: a). La. política. contable. adoptada. para. los. subsidios. gubernamentales, incluso los métodos de presentación adoptados en los estados financieros;. (1). ___________ (1). DANTE ATAUPILLCO VERA: Costos, Impuestos y NIIF por Sectores-Perú 2008. 28 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.

(38) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. b) La naturaleza y extensión de los subsidios gubernamentales reconocidos en los estados financieros y una indicación de otras formas de subsidios gubernamentales de los que la empresa se ha beneficiado directamente. Condiciones no cumplidas y otras contingencias relacionadas con la asistencia gubernamental que ha sido reconocida contablemente. (1) La NIC Nº 20, en su párrafo 20 dice lo siguiente: “Toda subvención oficial a recibir en compensación por gastos o pérdidas ya incurridos, o bien con el propósito de prestar apoyo financiero inmediato a la entidad, sin costes posteriores relacionados, se reconocerá como ingresos del ejercicio en que se convierta en exigible”. [NIC 20.20] La NIC Nº 20, en su párrafo 20, prevé que los subsidios entregados por el Gobierno deben reconocerse en el estado de ganancias y pérdidas del período en que se reciben y, si es apropiado, como una partida (de ingreso) extraordinaria, de acuerdo con la NIC Nº 8. Es. decir,. el. mencionado. subsidio. constituye. un. ingreso. extraordinario, pero inafecto. Es de suma importancia esta definición por cuanto en la medida en que los exportadores de productos no tradicionales reciban del Estado una devolución de derechos arancelarios, superior a lo efectivamente pagado; entonces el Drawback será considerado un subsidio. (2). __________ (1). DANTE ATAUPILLCO VERA: Costos, Impuestos y NIIF por Sectores-Perú 2008. (2). MARIO APAZA MEZA: Nuevo plan contable general Empresarial concordado con NIIF’s por actividades económica-Perú 2010. 29 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.

(39) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT.  TRATAMIENTO TRIBUTARIO El Drawback y el Impuesto a la Renta El Drawback, por ser en la práctica una fuente de ingresos, tiene una serie de aspectos que se deben tener en cuenta. Primero es bueno definir que este tipo de ingresos dados por parte del Estado no representan fuente de ingresos. materia de ser. imponible. Según el inciso g) del artículo 1° del Reglamento del TUO de Renta establece que la ganancia o ingreso derivado de operaciones con terceros se refiere a la obtenida en el devenir de la actividad de la empresa en sus relaciones con otros particulares, en las que los intervinientes participan en igualdad de condiciones y dan origen voluntariamente al nacimiento de obligaciones. Sobre el particular, cabe señalar que los ingresos obtenidos por las empresas producto del Drawback no cumplen con el criterio de renta-producto mencionado en el TUO de Renta así como tampoco constituyen un ingreso derivado de una operación con terceros debido a que dicha restitución se origina en la aplicación de una norma legal que otorga el referido beneficio en base al Ius Imperium del Estado y no de operaciones con particulares. Al respecto, la RTF de Observancia Obligatoria N° 616-4-99 ha señalado que los ingresos que provienen de una norma legal que concede un beneficio tributario no se consideran como producto de una fuente durable para efectos del Impuesto a la Renta.(1). ____________ (1). JURISTA EDITORES: Legislación Tributaria.. 30 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.

Referencias

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