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Aplicación de la presunción de inocencia en delitos de hurto simple en el distrito judicial de Lambayeque 2016

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(1)Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRUJILLO ESCUELA DE POSGRADO. A ID. ACI ONAL DN DE. TR. DO. -U. NT. UNIV. I LLO UJ. ER S. UNIDAD DE POSGRADO EN DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS. RA. Aplicación de la presunción de inocencia en delitos de hurto simple en el. PO SG. distrito judicial de Lambayeque 2016 TESIS PARA OPTAR EL GRADO ACADÉMICO DE. DE. MAESTRO EN DERECHO MENCIÓN EN. BL IO. Autor. TE CA. DERECHO PENAL Y CIENCIAS CRIMINOLÓGICAS. : Dr. González Luján, Rudy Edinson. BI. Asesor. : Br. Suyon Mio, Juan Alberto. Trujillo – Perú 2019. Registro N°………….. i Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(2) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. NT. JURADO DE LA TESIS. Dr. Jorge Luis Cueva Zavaleta. PO SG. RA. DO. -U. PRESIDENTE. Ms Carlos Antonio Honores Yglesias. BI. BL IO. TE CA. DE. SECRETARIO. Dr. Rudy Edinson González Luján ASESOR. ii Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(3) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. DATOS PERSONALES. :. JUAN ALBERTO SUYON MIO. Grados Académicos. :. Bachiller en Derecho y Ciencias Políticas. Título Profesional. :. Abogado. Dirección. :. Calle la Florida 562 Urb. Santa Victoria. Teléfono. :. #978994767. E-mail. :. [email protected]. BI. BL IO. TE CA. DE. PO SG. RA. DO. -U. NT. Nombres y Apellidos. iii Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(4) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. DEDICATORIA A mis hijos, quienes con su corta edad, lucen muy. NT. orgullosos y disfrutan de todas las obras y progreso de su Padre.. -U. A mi Esposa Katty Bernuy Goicochea y familiares quienes me. BI. BL IO. TE CA. DE. PO SG. RA. DO. motivaron, sobremanera, a concluir esta tesis.. iv Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(5) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. AGRADECIMIENTOS. Agradezco las valiosas ideas brindadas por el Mg. Oswaldo F. en la elaboración de la presente tesis. Agradezco la acogida que me dio la prestigiosa Universidad. NT. Nacional de Trujillo, a efectos de obtener en ella, el Grado de. -U. Magister.. DO. Agradezco la acogida que le pueden dar a esta tesis los interesados en profundizar en el conocimiento del Derecho. RA. Penal, disciplina que por vocación me siento muy orgulloso de. PO SG. ejercer y estudiar; lo que hare hasta el fin de mis días. A Dios por haberme dado el espíritu de servicio y afecto a la. DE. comunidad.. Al Dr. Rudy Edison González Lujan Por su valioso. BI. BL IO. TE CA. asesoramiento para Hacer realidad la presente Tesis.. v Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(6) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. ÍNDICE. Pág. DEDICATORIA……………………………………………………………………………………………… iv AGRADECIMIENTO……………………………………………………………………………………..… v ÍNDICE……………………………………………………………………………………………………..… vi ÏNDICE DE TABLAS…………………………………………………………………………………..….… viii. NT. RESUMEN…………………………………………………………………………………………………… ix. -U. ABSTRACT……………………………………………………………………………………………..…… x I. INTRODUCCIÓN……………………………………………………………………………….……….... 01. DO. 1.1. Realidad problemática……………………………………………………………………………... 01. RA. 1.2. Antecedentes……………………………………………………………………………………...… 03. PO SG. 1.3. Justificación………………………………………………………………….………………….….. 04 1.4. Formulación del problema………………………………………………………………………… 05 1.5. Objetivos…………………………………………………………………………………………….. 05. DE. 1.5.1. Objetivo general……………………………………………………………………………… 05. TE CA. 1.5.2. Objetivos epecíficos……….……………………………………………………………..... 05 1.6. Marco Teórico……………………………………………………………………………………….. 05 Tema.1. El proceso penal………………………………………………………………………….. 05. BL IO. Tema.2. Los principios que rigen el modelo acusatorio………………………………………... 09 Tema 3. La Presunción de Inocencia……………………………………………………………… 18. BI. Tema.4. La presunción de Inocencia en la constitución y los tratados Internacionales…… 22 Tema.5. La presunción de Inocencia en la jurisprudencia constitucional………………….... 23 Tema 6. La Constitución y el proceso penal……………………………………………...……… 25 Tema 7. El Derecho Penal y el ejercicio del jus Púniendi………………………………..…..… 27 Tema 8. Principio de juicio previo y debido proceso………………………………..…………… 27 Tema 9. El delito de hurto…………………………………………………………..…………..….. 28 1.7. Formulación de la hpótesis……………………………………………………………………….. 30 1.8. Variables…………………………………………………………………………………………...… 30 vi Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(7) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. II. MATERIAL Y METODOS…………………………………………………………………………….… 31 2.1. Objeto de estudio…………………………………………………………..………………………. 31 2.2. Material de estudio……………………………………………………………………………….… 31 2.2.1. La población……………………………………………..……………………………….…. 31 2.2.2. La muestra…………………………………………………………………………………... 31 2.2.3. Muestreo………………………………………………………………………………….…. 31 2.3. Métodos y técnicas………………………………………………………………………………... 32. NT. 2.4. Tratamiento estadístico de datos…………….………………………………………………...… 33. -U. III. RESULTADOS............................................................................................................................ 34. DO. IV. DISCUSION............................................................................................................................... 44 V. CONCLUSIONES…………………………………………………………………………………....… 49. RA. VI. RECOMENDACIONES…………………………………………………………………………….….. 50. PO SG. VII. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS.......................................................................................... 51 ANEXOS............................................................................................................................................ 55. BI. BL IO. TE CA. DE. Anexo 1: expedientes constitucionales sobre el principio de presunción de inocencia………….… 55. vii Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(8) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. ÍNDICE DE TABLAS. Tabla N° 01. Delitos contra el patrimonio – delito de hurto simple y agravado…………………...… 34 Tabla N° 02: Escala de calificación de los resultados de la encuesta aplicada a los operadores jurídicos……………………………………………………………………………………………………… 34 Tabla N° 03: Tabla de Valores …………………………………………………………………………… 35 Tabla N° 04: Estimaciones de relación entre los delitos de hurto simple y si se respeta el principio presunción de inocencia…………………………………………………………………………………… 36. NT. Tabla N° 05: Estimaciones de la importancia jurídica social que tienen la garantía de presunción inocencia a una persona que se le atribuye la comisión de hurto simple………………………….… 37. DO. -U. Tabla N° 06: Estimaciones para conocer la manera objetiva si en los delitos de hurto simple es respetado el principio de inocencia del imputado………………………………………………………. 38. RA. Tabla N° 07: Estimaciones de las consecuencias a nivel jurídico, económico y social que ocasionan la incidencia de los delitos de hurto simple……………………………………………………………… 39. BI. BL IO. TE CA. DE. PO SG. Tabla N° 08: Estimaciones del factor primordial que genera conflicto entre el principio de inocencia en los delitos de hurto simple………………………………………………………………………….….. 40. viii Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(9) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. RESUMEN La investigación tuvo como objetivo principal determinar en qué medida se viene aplicando el principio de la Presunción de Inocencia en el juicio previo y el debido proceso en los procesos penales en el Distrito Judicial de Lambayeque. Para verificar la hipótesis se consideró una muestra constituida por 347 expedientes judiciales por el delito de hurto simple en el distrito judicial de Lambayeque, 10 sentencias del Tribunal Constitucional en el periodo 2003-2012 sobre presunción de inocencia; y por 50 magistrados del Poder Judicial y Ministerio Público de Lambayeque. Asimismo, se revisaron:. NT. Libros de doctrina jurídica, información extraída del internet, revistas especializadas, jurisprudencia. -U. y legislación nacional y extranjera; de la cual se extrajo la información relacionada con las variables de estudio, utilizando las técnicas de acopio documental, fichaje y encuesta. Una vez obtenida la. DO. información, la misma fue organizada y presentada en tablas de frecuencia para su discusión con los métodos histórico, comparativo, dogmático, análisis y síntesis. Las conclusiones a las que se. RA. llegó fueron que en el Distrito Judicial de Lambayeque si se respeta y aplica en gran medida. PO SG. (mayoritariamente) el Principio de Presunción de Inocencia como garantía fundamental del imputado, llevándose a cabo el juicio previo y el debido proceso, así como que el delito de hurto simple,. DE. constituye el tipo penal básico de mayor incidencia de los delitos contra el Patrimonio. Palabras Clave: Proceso penal; Debido proceso; Presunción de inocencia; derecho fundamental;. BI. BL IO. TE CA. Delito de hurto.. ix Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(10) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. ABSTRACT. The main objective of the investigation was to determine to what extent the principle of the Presumption of Innocence has been applied in the previous trial and due process in the criminal proceedings in the Judicial District of Lambayeque. To verify the hypothesis, a sample constituted by 347 judicial files was considered for the crime of simple theft in the judicial district of Lambayeque, 10 sentences of the Constitutional Court in the period 2003-2012 on presumption of innocence; and by 50 magistrates of the Judicial Branch and Public Prosecutor of Lambayeque. Likewise, the. NT. following were reviewed: Legal doctrine books, information extracted from the internet, specialized. -U. magazines, jurisprudence and national and foreign legislation; from which the information related to the study variables was extracted, using the techniques of documentary collection, signing and. DO. survey. Once the information was obtained, it was organized and presented in frequency tables for its discussion with the historical, comparative, dogmatic, analysis and synthesis methods. The. RA. conclusions reached were that in the Judicial District of Lambayeque, if the Principle of Presumption. PO SG. of Innocence is respected and applied largely (as a fundamental guarantee of the accused), the prior trial and due process will be carried out. As that the crime of simple theft, constitutes the basic. DE. criminal type of greater incidence of the crimes against the Patrimony. Keywords: Criminal process; Due process; Presumption of innocence; fundamental right; Theft. BI. BL IO. TE CA. crime.. x Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(11) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. I. INTRODUCCION. 1.1. Realidad Problemática Con la Declaración Universal de los Derechos Humanos, aprobada y proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948, quedó sentado dentro del Marco del Derecho Penal los derechos y principios supranacionales de la Presunción de Inocencia y de la Observancia del Debido Proceso, para todas las personas imputadas de la comisión de un. NT. delito; el primero garantiza que la culpabilidad se establezca a la luz de un juicio público en el que. -U. se pruebe su responsabilidad; y el segundo, referido a que en dicho proceso se hayan asegurado. DO. todas las garantías de su defensa (artículos 8°, 9° y 10° de la Proclama).. De esta contextualización se puede afirmar que en el plano internacional se han emitido. RA. normas que garantizan el respeto al Derecho de la Presunción de Inocencia y de la Garantía del. PO SG. Debido Proceso, de obligatoria observación y cumplimiento por parte de los estados que suscribieron la Proclama; por esto, diferentes países, luego de suscritos los Tratados que enarbolan la irrestricta defensa de los Derechos Humanos, han plasmado en sus constituciones y demás. DE. cuerpos normativos diferentes derechos y principios, dentro de ellos los de la Presunción de. TE CA. Inocencia y la Observancia del Debido Proceso. En tal sentido, la normatividad Supranacional es clara y precisa, que la culpabilidad de las personas denunciadas de cometer delitos se debe demostrar en juicio público, con las garantías del. BL IO. Debido Proceso y la Presunción de la Inocencia; sin embargo, actualmente, estas garantía constitucionales, no se tienen en cuenta, y han perdido su eficacia, principalmente, en los países. BI. con altos índices de criminalidad, y se ha optado por incluir en sus normas procesales penales, figuras jurídicas orientadas a la detención personal y la privación de la libertad individual, sobreponiendo así el interés general sobre el particular. Es necesario señalar que la presunción de inocencia representa una condición inherente a la persona que, en tanto sujeto de derecho, puede ser objeto de persecución penal por existir probabilísticamente la posibilidad infinitesimal de ser culpado de un delito, consecuencia que únicamente se alcanzaría si y solo si se logra el grado de certidumbre suficiente, exigido en un ordenamiento jurídico dado, para adquirir la convicción de que la probabilidad que se tenía al inicio del proceso penal se ha incrementado de tal modo que, por elementos empíricos se ha 1 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(12) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. transformado en la verdad procesal que se refleja en una sentencia definitiva condenatoria, verdad que aunque relativa, pues ella deviene de un razonamiento inductivo, es la única que se puede alcanzar y que como miembros de un Estado de Derecho se acepta tácitamente, ya que es el medio que se ha dado para proteger valores que se estiman esenciales. Con lo anteriormente establecido, y cuando el caso lo amerite, se tiene el fundamento de muchas instituciones procesales, como el in dubio pro reo o el onus probandi, entre otras, dado que si los órganos del Estado, encargados de llevar adelante la acción penal y la investigación de ella, no. NT. logran, por medio de elementos de convicción empíricos, acrecentar la probabilidad infinitesimal, que tiene una persona, de ser culpado de un crimen, se debe optar por considerar como verdad. -U. procesal la inocencia de aquella, pues es esta la condición la que goza de mayor grado de certeza.. DO. Asimismo, cuando la sociedad a través de los medios de comunicación social, se forma una. RA. opinión de la persona sindicada de cometer un hecho delictivo, conlleva la aplicación realmente de penas anticipadas, mismas que por su naturaleza y tiempo de aplicación se constituyen en. PO SG. violaciones a los derechos humanos. Como podemos inferir, la responsabilidad, de darle cumplimiento al principio procesal de presunción de inocencia, específicamente en cuanto a la presentación de imputados se refiere a los medios de comunicación, recae en varias instituciones. DE. estatales.. TE CA. Los principales propósitos en la aplicación del Derecho a la Presunción de Inocencia es la seguridad jurídica y la necesidad de garantizarle a todo acusado que no será condenado sin que existan pruebas suficientes que destruyan tal presunción y demuestren su culpabilidad mediante. BL IO. una sentencia condenatoria en su contra. Es propósito de la actividad jurisdiccional, impartir justicia a través de diferentes medios que le confiere la Constitución, pero sin quebrantar el Derecho a la. BI. presunción de inocencia durante el proceso penal. En relación a esta problemática, se ha observado que en la Región de Lambayeque hay muchos casos de criminalidad, incrementándose la inseguridad ciudadana, como en el resto del país, fenómeno que también se observa a nivel mundial, pero ello no obsta para incidir en el respeto de los derechos fundamentales de quienes se encuentran inmersos en procesos penales por diversos delitos, entre ellos contra el patrimonio, pues como se había señalado ut supra, muchas veces estos casos son mediatizados por la prensa y los jueces se sienten presionados al momento de impartir justicia, imponiendo penas anticipadas o dictando medidas cautelares. 2 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(13) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. personales con privación de la libertad, que llevan a vulnerar el principio de presunción de inocencia de los procesados. De la realidad problemática antes descrita, relacionado con las variables de estudio, considerando el ámbito espacial concreto donde se llevó a cabo la investigación, el propósito de la misma fue determinar cómo se viene aplicando el principio de Presunción de Inocencia en el juicio previo y el debido proceso en los procesos penales en el Distrito Judicial de Lambayeque.. -U. NT. 1.2. Antecedentes. 1.2.1. López Martínez, G. del C. (2010). El respeto a la presunción de inocencia por parte de. DO. los medios de comunicación social en el Salvador. Tesis. Universidad de El Salvador. Indica. RA. que el Principio de Inocencia está íntimamente relacionado y desarrollado en otras garantías individuales, como el derecho a la libertad, la libertad ambulatoria, el debido proceso, principio. PO SG. “Indubio Pro reo” y derecho de defensa. Enfocados todos en un estado inmutable del incoado hasta romper con el principio en una Sentencia tal como reza en nuestra legislación el Art. 12 de la Constitución de la República de El Salvador. Dichas interrelaciones hacen ver la importancia y. DE. el auge que este principio ha despertado en los sistemas penales modernos y reconoce un gravísimo problema específico que es la Libertad de la Información versus el Principio de. TE CA. Inocencia. El primero se basa en el derecho a la libre expresión, estos derechos permiten que los ciudadanos se organicen y defiendan sus ideas e intereses ante las acciones. BL IO. gubernamentales y el segundo todo hombre tiene derecho a ser considerado inocente mientras no se pruebe que es culpable.. BI. 1.2.2. Aguirre Toribio, et tal (2012). Vulneración periodística al principio de presunción de inocencia en notas informativas del diario de Chimbote de mayo a junio del 2012. Estudio realizado en la ciudad de Chimbote –Perú- 2012. Línea de Investigación: Medios de. Comunicación, Democracia y Globalización Nuevo Chimbote. Se considera que existe vulneración periodística al principio de presunción de inocencia en notas informativas del Diario de Chimbote de mayo a junio del 2012. De las notas informativas que presentan casos de vulneración, el 26% de los casos corresponde a vulnerar el principio de presunción de inocencia, mientras que el 74% corresponde a la vulneración periodística hecha por los redactores del medio analizado. Las formas de vulneración periodísticas al principio de 3 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(14) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. presunción de inocencia se evidencian a través de los textos donde presenta ambigüedad en el lenguaje de la noticia, fuentes no confiables y la no protección de la identidad de los implicados, poniendo al descubierto imágenes del implicado y/o familiares, datos personales, documentos y dirección de domicilio. 1.2.3. Vite, F. (2014). La constitucionalidad de la determinación y ejecución del mandato de detención judicial y su protección a través del Hábeas Corpus (Tesis de licenciatura en Derecho). Universidad de Piura. Facultad de Derecho. Programa Académico de Derecho.. NT. Piura, Perú. Se concluye, que con observancia del principio de presunción de inocencia y con. -U. sujeción al derecho a un debido proceso, el representante del Ministerio público como defensor de la legalidad deberá, en su solicitud de detención judicial preventiva, consignar. DO. todas las diligencias a desarrollarse a lo largo del proceso (como son pericias, documentales, declaraciones, etc.), requiriendo un concreto plazo de detención judicial preventiva que no. RA. siempre suponga la aplicación o remisión al plazo máximo legal establecido. 195 8) De esta. PO SG. forma, en la audiencia de detención judicial preventiva, si se llegase a determinar la concurrencia copulativa de los presupuestos materiales que legitiman su dictamen, deberá darse apertura al debate respecto del plazo concreto a imponerse. Para ello, se tendrá en cuenta. DE. la propuesta esgrimida por el representante del Ministerio público y la contrapropuesta esbozada por la defensa técnica del procesado, debiendo finalmente el Juez determinar cuál. TE CA. es el plazo más adecuado considerando el acervo probatorio a actuarse, la complejidad del caso concreto y el comportamiento mismo del acusado.. BL IO. 1.3. Justificación.. Esta investigación es oportuna, de actualidad y de interés, ya que sirve de aporte científico. BI. para los magistrados y estudiantes de Ciencias Jurídicas y todas las demás personas interesadas en esta problemática, pues un estudio de esta magnitud proporciona bases teóricas y prácticas sobre los distintos elementos que engloba la Presunción de Inocencia, puesto que son pocos los estudios específicos sobre la materia. Con el cúmulo de elementos obtenidos se esclarece los Derechos y Garantías procesales del imputado que se generan desde el momento de la captura, para con ello poder sentar bases para que las instituciones a cargo de la investigación del delito conozcan las limitantes de su rol en un proceso y que en ningún momento pueden abusar de esos límites.. 4 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(15) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. 1.4 formulación del problema El problema a investigar se enunció de la siguiente manera: ¿En qué medida se viene aplicando la Presunción de Inocencia en el juicio previo y el debido proceso en los procesos penales en el Distrito Judicial de Lambayeque, 2016? 1.5 Objetivos. NT. 1.5.1. General:. -U. Investigar en qué medida se viene aplicando la Presunción de Inocencia en el juicio. DO. previo y el debido proceso en los procesos penales en el Distrito Judicial de Lambayeque.. RA. 1.5.2. Específicos:. PO SG. a. Establecer la importancia Jurídica social que tiene la Garantía de Presunción de Inocencia de una persona a la cual se le atribuye la comisión de hurto simple en una. DE. infracción penal.. b. Determinar de manera objetiva si en los procesos penales es respetado el principio. TE CA. de Presunción de Inocencia del imputado. c. Establecer las consecuencias a nivel jurídico, económico y social que ocasionan la. BL IO. incidencia de los delitos de hurto simple. d. Identificar el factor primordial que genera conflicto entre el principio de Presunción de. BI. Inocencia y la convicción del juez acerca de la exactitud de las afirmaciones del hecho en los procesos penales en el Distrito Judicial de Lambayeque.. 1.6. Marco Teórico Tema 1. El proceso penal. a. definición. El proceso penal es conceptualizado externamente como una serie de actos cumplidos por órganos públicos predispuestos y por particulares autorizados o impelidos a intervenir, es decir, que la realización de la función pública de realización 5 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(16) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. penal es ejercida por la persona del juez o funcionario o conjunto de personas que tiene a su cargo la concreta función judicial, los particulares se manifiestan a través de actuación individual y a veces colectiva. El Tribunal Constitucional ha establecido que la función jurisdiccional debe entenderse como aquél fin primario del Estado consistente en dirigir os conflictos interindividuales. En efecto, ante el impedimento de hacerse justicia por propia mano, es el Estado el encargado de resolver las controversias legales que surgen entre sus. NT. ciudadanos. En dicho contexto, el justiciable tiene la facultad de recurrir ante el órgano jurisdiccional del Estado para ejecutar una acción, a lo que corresponde como correlato. -U. la jurisdicción, que es además un poder-deber. De modo tal, que ahora el proceso penal no sólo tiene como misión imponer una sanción determinada, sino en la protección del. DO. derecho a la libertad propio de un Estado Constitucional de Derecho, la protección de la. RA. víctima en sus diversas formas y la rehabilitación del imputado que es la reinserción a la sociedad, aunque no siempre se cumple al aplicarse algunas de las penas previstas en. PO SG. el Código Penal (STC No 0023-2003-AI).. b. Etapas. Se puede sostener que hablar de la estructura del proceso penal, tiene que. DE. ver con el diseño general del proceso penal, así como del papel que se asigna a los sujetos procesales y con la nueva concepción de la potestad punitiva del Estado, está. TE CA. referido a una serie de actos o tareas a dar nuevas bases a la estructura del litigio de hoy en día, que es distinto a los modelos anteriores. En el modelo acusatorio el caso se resuelve por debate de las partes y no exclusivamente del juez. Los sujetos procesales. BL IO. como en aquél sistema viejo, ya no son auxiliares de la justicia sino protagonistas esenciales del proceso penal. Este proceso, implica tres fases: una primera fase de. BI. indagación o de investigación, una segunda etapa destinada a plantear el supuesto incriminatorio, para concluir en una tercera que es la fase del juicio o debate. Según la gravedad del delito, se determina la competencia del juzgamiento, bien por el Juez Unipersonal o el Colegiado Penal, dependiendo de que el delito esté conminado en su extremo mínimo con una pena privativa de libertad mayor de seis años. Según Sánchez (2009: 122), de acuerdo a la norma procesal penal, se establecen cinco etapas las cuales son: 1) investigación preliminar, 2) investigación preparatoria, 3) intermedia, 4) de juzgamiento y 5) de ejecución; las dos primeras fases están bajo el mando y la. 6 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(17) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. dirección del representante del Ministerio Público y las tres últimas están dirigidas por el Órgano Jurisdiccional.  Etapa intermedia. Se puede señalar que la etapa intermedia está prevista en el Código Procesal Penal del 2004, que es el período comprendido desde la conclusión de la investigación preparatoria hasta el auto de enjuiciamiento y/o sobreseimiento, dirigida por el Juez de la Investigación Preparatoria. Cumple una función importante como es el control de los resultados de la investigación preparatoria, examinando el mérito de la. NT. acusación y /o sobreseimiento con los recaudos de la causa, con el fin de decidir si procede o no pasar a la etapa del juicio oral y en su caso si es procedente sobreseer el. -U. proceso penal.. DO. Es la oportunidad del saneamiento del proceso, controla lo actuado en la. RA. investigación y el sustento de la acusación o del período del sobreseimiento, verificando las garantías procesales. En esta etapa se puede plantear, discutir y decidir lo siguiente:. PO SG. a) el sobreseimiento b) saneamiento de vicios procesales, c) aclaración de la acusación, d) resolver excepciones y otros medios de defensa, e) adopción o variación de medidas de coerción, f) actuación de prueba anticipada, g) admisión de rechazo de medios de. DE. pruebas y h) aprobar y rechazar las convenciones probatorios de hechos y medios de. TE CA. pruebas. Todo ello se sustenta en la celeridad, justicia evitándose juicios innecesarios. De acuerdo al Código Procesal Penal, la etapa intermedia comprende desde el momento que se dispone la conclusión de la investigación preparatoria (artículo 343 del. BL IO. CPP) hasta que se dicta el auto de enjuiciamiento (artículo 353 CPP) o cuando el juez. BI. resuelve el sobreseimiento del proceso (artículo 347 CPP).  Acusación fiscal. Es una facultad o acto postulatorio del Ministerio Público a efectos de solicitar el procesamiento del imputado, conteniendo la individualización del acusado, el hecho punible imputado, la tipificación, los medios de prueba que deben actuarse en juicio, las circunstancias modificativas y la solicitud de pena y la reparación civil. Delimita el objeto del proceso penal, haciendo con ello una adecuada defensa y fija los límites de la sentencia, por eso la acusación debe ser concreta pues sino se prestaría a la injusticia y arbitrio judicial.. 7 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(18) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. Sobre este tema, el Acuerdo Plenario N° 06-2009/CJ-116 resolvió los problemas de la identificación de los elementos que los contiene, el alcance de las facultades de los órganos jurisdiccionales ante los defectos de la acusación, la oportunidad, la potestad de oficio del control y otros que se enfrenta el juez y las partes en la audiencia preliminar del control de la acusación; debe tener base suficiente para acusar el fiscal es lo que requiere el artículo 344.1 del CPP y lo emitirá en el plazo de quince días dispuesta la conclusión de la investigación preparatoria.. NT. El contenido de la acusación, su descripción se encuentra regulada en el artículo 349º del CPP que establece que deberá de fundamentarla y motivarla, debe contener. -U. los datos del imputado, la imputación clara y precisa que linde con el principio de. DO. imputación necesaria, los elementos de convicción o de juicio que son los datos de la investigación o inferencias en base a lo recabado, participación del imputado en su. RA. calidad de autor mediato o inmediato, instigador o cómplice, las circunstancias. PO SG. modificatorias de la responsabilidad penal, calificación jurídica, fijación del monto de la reparación civil, los medios de prueba que ofrezca para la actuación en juicio, precisándose que la acusación sólo puede referirse a los hechos y personas incluidos en la disposición de formalización, aunque se efectuare una distinta calificación jurídica,. DE. ésta puede variar, pero no los hechos descritos en la disposición de formalización,. TE CA. puede contener una acusación alternativa o subsidiaria y las medidas cautelares que cuenta el imputado, estando facultado para solicitar su variación.. BL IO.  El Juicio Oral. Es la última etapa del proceso penal, en él se actúan las pruebas, y se aplican en toda su dimensión los principios de imparcialidad, contradicción, igualdad, publicidad, inmediación, concentración y oralidad. Esta etapa concluye con la respectiva. BI. sentencia que pone fin al proceso. Las ventajas que ofrecen los juicios orales: son mucho más expeditos que los juicios hoy en día vigentes; previenen la corrupción; producen información de mayor calidad y conceden mejores herramientas al juez para valorar esa información, por tanto, las sentencias son también de mayor calidad; legitiman al sistema frente a la comunidad quien de esa manera recobra la confianza en el mismo; contribuyen al Estado de derecho por vía de la cultura de la legalidad; garantizan la igualdad procesal y la adecuada defensa del acusado; son más humanos y equitativos que los escritos. Es importante señalar que la mayor parte de los países de América Latina cuentan con juicios orales y al comparar nuestros sistemas con aquéllos, 8. Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(19) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. conduce a pensar que la oralidad sería adecuada en nuestro país, obviamente imprimiéndole las características que exige la sociedad. La transformación hacia el juicio oral tendrá que ser algo paulatino, porque requiere existir un cambio de cultura, tanto en quienes están dentro de los órganos de impartición de justicia, como en los abogados litigantes. Nada puede funcionar bien y es imposible modificar y superar los aspectos negativos, sin la actuación de personas capacitadas para el área del conocimiento de que se trate, honestos y valientes. Por más estudios. NT. previos que se realicen, o que se recurra al consejo de juristas y expertos, si los actores no se involucran positivamente, no funcionará sistema, proyecto o programa alguno.. -U. (Ramírez Martínez, 2005).. DO. Tema 2. Los principios que rigen el modelo acusatorio. De acuerdo a Cubas Villanueva. RA. (2008), los principios del proceso acusatorio son los siguientes:. PO SG. a. Principio Acusatorio.- Esta previsto por el inciso 1 del art. 356º del CPP. “El juicio es la etapa principal del proceso. Se realiza sobre la base de la acusación, sin perjuicio de las garantías procesales reconocidas por la Constitución y los Tratados de Derecho. DE. Internacional de Derechos Humanos aprobados y ratificados por el Perú”. Consiste en la potestad del titular del ejercicio de la acción penal de formular acusación ante el órgano. TE CA. jurisdiccional penal, con fundamentos razonados y basados en las fuentes de prueba válidas, contra el sujeto agente del delito debidamente identificado. La dimensión. BL IO. práctica del acusatorio se concreta mediante el acto procesal penal que se denomina acusación. Sin acusación previa y valida no hay juicio oral. El órgano jurisdiccional no puede iniciar de oficio el juzgamiento. “La acusación válidamente formulada y admitida. BI. produce eficacia (efecto) vinculante. Su fundamento es la idea rectora de que sin previa acusación es imposible jurídicamente el advenimiento del juzgamiento oral, público y contradictorio” En virtud del Principio Acusatorio se reconoce nítidamente la separación de funciones para el desarrollo del proceso penal: al Ministerio Público le corresponde la función requirente, la función persecutoria del delito, por ello es el titular del ejercicio de la acción penal pública y de la carga de la prueba. Asume la conducción de la investigación desde su inicio y está obligado a actuar con objetividad, indagando los 9. Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(20) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. hechos constitutivos de delito, los que determinen y acrediten la responsabilidad o inocencia del imputado, con esa finalidad conduce y controla jurídicamente los actos de investigación que realiza la Policía Nacional. En tanto que al órgano jurisdiccional le corresponde la función decisoria, la función de fallo; dirige la etapa intermedia y la etapa de juzgamiento; le corresponde resolver los conflictos de contenido penal, expidiendo las sentencias y demás resoluciones previstas en la ley. Todo esto está previsto por los artículos IV y V del Título Preliminar.. NT. Este esquema supone la intervención de un acusador activo que investiga y requiere. -U. y de un tribunal pasivo, un árbitro entre las partes que controla y decide, preservando la efectiva vigencia de la imparcialidad judicial. Con esto se debe poner fin a la situación. DO. de caos procesal creado por la confusión de roles existente actualmente. Un fiscal que investiga sólo en la etapa preliminar, sin regulación alguna y en plazos indeterminados y. RA. que tiene que acusar en base a electos de convicción que él no ha logrado; un juez. PO SG. instructor que por estar pretendiendo investigar, no cumple su función esencial: juzgar, pero que sentencia e impone penas sin previo juicio en un sin número de procesos de. DE. trámite sumario.. El principio de división de poderes restringe la tarea de los jueces a funciones. TE CA. estrictamente decisorias, propias del Poder Judicial, en este esquema el Juez asume su rol de garante de la vigencia plena de los derechos humanos. Como lo sostiene Bovino (1966: 63), el principio acusatorio “es un principio estructural del derecho positivo, de. BL IO. alcance formal en los supuestos de persecución penal pública, este principio tiene como finalidad principal realizar la garantía de imparcialidad del tribunal, esto es la actuación. BI. objetiva del tribunal, limitada a las tareas decisorias que no se comprometen con la hipótesis persecutoria” . El contenido intrínseco al principio acusatorio, es la necesidad del requerimiento del Ministerio Público para iniciar el procedimiento, se trata de una exigencia que impide que el tribunal inicie de oficio a la investigación o someta a proceso al imputado de oficio. El juez por iniciativa propia no puede investigar o poner en marcha o impulsar el proceso.. 10 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(21) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. En consecuencia, el Principio Acusatorio implica la necesaria diferencia entre el ejercicio de la acción penal y el ejercicio de la potestad jurisdiccional, aunque ambas tienen una finalidad convergente: aplicar la ley penal en forma justa y correcta. Hay una diferenciación teórica, normativa y práctica entre la potestad persecutoria y la potestad jurisdiccional, por ello el titular de la potestad persecutoria del delito, de la pena y del ejercicio público de la acción penal es el Ministerio Público; en tanto que al Poder Judicial le corresponde exclusivamente dirigir la etapa intermedia y la etapa procesal del. NT. juzgamiento.. -U. b. El principio de Igualdad de Armas.- Como lo sostiene San Martín (1999), es fundamental para la efectividad de la contradicción y “consiste en reconocer a las partes. DO. los mismos medios de ataque y de defensa, es decir idénticas posibilidades y cargas de alegación, prueba e impugnación. En el actual sistema, en el mejor de los casos, es. RA. decir, en el proceso ordinario con etapa de juzgamiento el imputado está en una. PO SG. situación de desventaja frente al Fiscal y a los Jueces que pueden interrogar directamente y solicitar la actuación de pruebas, en tanto la defensa lo hace a través o por intermedio del tribunal; en tanto que en el proceso sumario el imputado es. TE CA. estado de indefensión.. DE. procesado y sentenciado sin haber tenido contacto con un defensor, es decir, en total. El CPP garantiza expresamente este principio como norma rectora del proceso al disponer en el numeral 3 del artículo I del Título Preliminar: “Las partes intervendrán en. BL IO. el proceso con iguales posibilidades de ejercer las facultades y derechos previstos en la constitución y en este Código. Los jueces preservaran el principio de igualdad procesal,. BI. debiendo allanar todos los obstáculos que impidan o dificulten su vigencia” Todos los ciudadanos que intervengan en un proceso penal, recibirán idéntico tratamiento procesal por parte de los órganos de la jurisdicción penal. Este principio es esencial en un sistema acusatorio adversarial cuyo desarrollo depende las partes y en el que la imparcialidad del juez está garantizada; aquí se nota con nitidez la neutralidad al punto que no puede disponer de oficio la realización del proceso, ni la realización de pruebas, salvo las excepciones previstas en la ley.. 11 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(22) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. c. El Principio de Contradicción.- Está plenamente reconocido en el Título Preliminar y en el artículo 356º del CPP, consiste en el recíproco control de la actividad procesal y la oposición de argumentos y razones entre los contendientes sobre las diversas cuestiones introducidas que constituyen su objeto. Se concreta poniendo en conocimiento de los demás sujetos procesales el pedido o medio de prueba presentado por alguno de ellos; así el acusado podrá contraponer argumentos técnicos jurídicos a los que exponga el acusador.. NT. El contradictorio sustenta la razón y conveniencia del interrogatorio cruzado en la. -U. audiencia y el deber de conceder a cada sujeto procesal la potestad de indicar el folio a oralizar. Este principio rige el desarrollo de todo el proceso penal, pero el momento. DO. culminante del contradictorio acontece en la contraposición de los argumentos formulados en la requisitoria oral del Fiscal (acusación) y los argumentos de la defensa. RA. del acusado y ello nos permite conocer la calidad profesional del acusador y de los. PO SG. defensores. El principio de contradicción rige todo el debate donde se enfrentan intereses contrapuestos y se encuentra presente a lo largo del juicio oral, lo cual permite que las partes tengan: i) El derecho a ser oídas por el tribunal ii) El derecho a ingresar. DE. pruebas iii) El derecho a controlar la actividad de la parte contraria y iv) El derecho a. TE CA. refutar los argumentos que puedan perjudicarle. Este principio exige, que toda la prueba sea sometida a un severo análisis de tal manera que la información que se obtenga de ella sea de calidad a fin de que el Juez. BL IO. pueda tomar una decisión justa. Por tal razón quienes declaren en el juicio (imputados, testigos, peritos) y en general en las audiencias orales, serán sometidos a interrogatorio. BI. y contra interrogatorio. Además permite que la sentencia se fundamente en el conocimiento logrado en el debate contradictorio, el cual que ha sido apreciado y discutido por las partes. d. El Principio de Inviolabilidad del Derecho de Defensa.- Es uno de los principios consagrados por el art. 139º inc. 14 de la Constitución está formulado en los siguientes términos: “… no ser privado del derecho de defensa en ningún estado del proceso”, además toda persona será informada inmediatamente y por escrito de las causas o razones de su detención y tiene derecho a comunicarse personalmente con un defensor. 12 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(23) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. de su elección y a ser asesorada por este éste desde que es citada o detenida por cualquier autoridad. El artículo IX del TP del CPP establece que “Toda persona tiene derecho inviolable e irrestricto a que se le informe de sus derechos, a que se le comunique de inmediato y detalladamente la imputación formula en su contra y a ser asistida por un Abogado Defensor de su elección o, en su caso por un abogado de oficio, desde que es citada o detenida por la autoridad” es decir que garantiza el derecho a contar con un abogado. NT. defensor, un profesional en Derecho que ejerza la defensa técnica. Esta disposición. -U. tiende a superar las restricciones al ejercicio de este derecho en el vigente sistema predominantemente inquisitivo en el que no sólo se restringe la defensa, convirtiéndola. DO. en un derecho opcional (art. 121º del Código de Procedimientos Penales), sino que se imposibilita su ejercicio a través del ocultamiento de la información contenida en el. RA. cuaderno o expediente, al amparo de una mal entendida reserva de las actuaciones del. PO SG. sumario.. El Código Procesal configura el derecho de defensa desde una perspectiva amplia;. DE. es esencial garantizar este derecho porque así se posibilita el ejercicio de los demás derechos reconocidos por la Constitución, los Tratados Internacionales de Derechos. TE CA. Humanos y las normas procesales (ver art. 71º, 80º y siguientes del CPP). Para promover la efectiva vigencia de este derecho, se garantiza la asistencia de un traductor o interprete cuando no se habla el idioma del tribunal, la información del hecho, la. BL IO. libertad que tiene el imputado para decidir si declara o si guarda silencio; la posibilidad real y concreta que pueda comunicarse con su defensor y de contar con el tiempo. BI. suficiente para preparar su defensa y ofrecer medios probatorios y la posibilidad de recurrir.. e. El Principio de la Presunción de Inocencia.- Constituye una de las conquistas esenciales del movimiento liberal que consistió en elevar al rango constitucional el derecho de todo ciudadano sometido a un proceso penal a ser considerado inocente (artículo 2º inciso. 24 literal e). Es uno de los pilares del proceso penal acusatorio, reconocido como el derecho de toda persona a que se presuma su inocencia en tanto no recaiga sobre ella una sentencia condenatoria. Este principio está vigente a lo largo de todas las etapas del proceso y en todas las instancias. “La presunción de inocencia 13 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(24) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. ha de desplegar, pues, sus efectos en la fase instructora, impidiendo que los actos limitativos de los derechos fundamentales, en general, y la prisión provisional, en particular, no puedan ser adoptados sin la existencia previa de fundados motivos de participación en el hecho punible del imputado y tras una resolución motivada en la que se cumplan todas las exigencias del principio de proporcionalidad”. Este principio solo puede ser desvirtuado a través de la actividad probatoria con las siguientes notas esenciales: i) la carga de la prueba corresponde exclusivamente a la. NT. parte acusadora (Ministerio Público) y no a la defensa; aquél ha de probar en el juicio. -U. los elementos constitutivos de la pretensión penal ii) la prueba debe practicarse en el juicio oral bajo inmediación del órgano jurisdiccional, con las debidas garantías. DO. procesales. El juez penal que juzga, solo queda vinculado a lo alegado y probado en el juicio oral iii) Las pruebas deben ser valoradas, con criterio de conciencia por jueces. RA. ordinarios, competentes, independientes e imparciales. Este principio está en íntima. PO SG. relación con el Derecho a la Libertad que la Constitución garantiza a toda persona (artículo 2º inciso 24), por ello en el marco de un proceso acusatorio todas las medidas coercitivas en general y la prisión preventiva en particular, tienen carácter excepcional y. DE. provisional, sólo podrán imponerse cuando haya peligro procesal, es decir, peligro de. TE CA. fuga o de entorpecimiento de la actividad probatoria. f. El Principio de Publicidad del juicio.- Se fundamenta en el deber de que asume el Estado de efectuar un juzgamiento transparente, esto es facilitar que la Nación conozca. BL IO. por qué, cómo, con qué pruebas, quiénes, etc. realizan el juzgamiento de un acusado. El principio de publicidad está garantizado por el inciso 4 del artículo 139 de la. BI. Constitución Política, por los tratados internacionales, el inciso 2 del artículo I del Título Preliminar y el artículo 357º del CPP. “Toda persona tiene derecho a un juicio previo, oral, público y contradictorio…”. Este principio de vital importancia es una forma de control ciudadano al juzgamiento. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (S. 8-12-83) ha señalado que, “la función política de control del poder judicial que cumplen los particulares, a través de su presencia en un acto judicial público, consiste, precisamente, en la verificación del cumplimiento de las condiciones, requisitos y presupuestos jurídicos por parte de quienes desempeñan la tarea de administrar justicia”. 14 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(25) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. La finalidad de la publicidad es que el procesado y la comunidad tengan conocimiento sobre la imputación, la actividad probatoria y la manera como se juzga, así la comunidad podrá formarse un criterio propio sobre la manera como se administra justicia y la calidad de la misma. La regla general es que los juicios deben ser públicos, salvo cuando sea necesario para preservar los intereses de la justicia, de este modo ha sido recogido en la Convención Americana de Derechos Humanos (artículo 8 inc. 5). Nuestra Ley señala la excepción al Principio de Publicidad cuando se trate de tutelar intereses superiores, tal es el caso del derecho al honor de una persona y en los casos. NT. de delitos contra la libertad sexual. Los juicios por responsabilidad de los funcionarios. -U. públicos, por los delitos cometidos por medio de la prensa y por la afectación de derechos fundamentales, siempre serán públicos. La publicidad de los juicios está. DO. también referida a la facultad de los medios de comunicación de poder informar sobre el desenvolvimiento de un juzgamiento y hacer efectivo el derecho de control ciudadano;. RA. pero la información propalada debe ser objetiva e imparcial, el medio de comunicación. PO SG. no debe convertirse en medio de presión o de sensacionalismo. Sin embargo, la difusión por estos medios no deja de presentar algunos problemas,. DE. por lo que algunas legislaciones han previsto restricciones para la prensa cuando se colisiona con otros intereses que deben ser igualmente protegidos. Así el artículo 357º. TE CA. ha previsto esta restricción autorizando al Juez para que mediante auto especialmente motivado pueda disponer que el acto oral se realice total o parcialmente en privado en. BL IO. los casos expresamente previstos en dicha norma. g. El Principio de Oralidad.- Está plenamente garantizado por el CPP en el. BI. juzgamiento. Quienes intervienen en la audiencia deben expresar a viva voz sus pensamientos. Todo lo que se pida, pregunte, argumente, ordene, permita, resuelva, será concretado oralmente, pero lo más importante de las intervenciones será documentado en el acta de audiencia aplicándose un criterio selectivo. La Oralidad es una característica inherente al Juicio Oral e “impone que los actos jurídicos procesales constitutivos del inicio, desarrollo y finalización del juicio se realicen utilizando como medio de comunicación la palabra proferida oralmente; esto es, el medio de comunicación durante el juzgamiento viene a ser por excelencia, la expresión oral, el debate contradictorio durante las sesiones de la audiencia es protagonizado mediante la palabra hablada”. 15 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(26) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. La necesidad de la Oralidad de la audiencia es indiscutible, en tanto se requiere el debate entre los intervinientes, por ello está íntimamente ligado al llamado principio de inmediación. La Oralidad determina una directa interrelación humana y permite un mayor conocimiento recíproco y personal entre quienes intervienen en el juicio oral. Schmidt, citado por Cubas Villanueva (2008), ha señalado con acierto que la aplicación de estos principios, “es la única forma por medio de la cual se puede obtener una sentencia justa (…) que el debate oral como procedimiento principal, permita que la totalidad de los miembros del tribunal cognitivo puedan obtener una comprensión. -U. medios probatorios es el corolario del Principio de Oralidad.. NT. inmediata de todas las declaraciones y demás medios de prueba”. La oralización de los. DO. h. El principio de Inmediación.- Como dijéramos anteriormente, este principio se encuentra vinculado al Principio de Oralidad, la inmediación es una condición necesaria. RA. para la Oralidad. La inmediación impone, según señala Mixán Mass (1990), que el. PO SG. juzgamiento sea realizado por el mismo tribunal desde el comienzo hasta el final. La inmediación es el acercamiento que tiene el juzgador con todos los elementos que sean útiles para emitir sentencia. Rige en dos planos: i) En la relación entre quienes. DE. participan en el proceso y el tribunal, lo que exige la presencia física de estas personas. La vinculación entre los acusados y la Sala Penal que juzga, es una inmediatez que se. TE CA. hace efectiva a través de la Oralidad. El Principio de Inmediación impide junto al principio contradictorio, que una persona pueda ser juzgada en ausencia ii) En la recepción de la prueba, para que el juzgador se forme una clara idea de los hechos y. BL IO. para que sea posible la defensa se requiere que la prueba sea practicada en el juicio. La inmediación da lugar a una relación interpersonal directa, frente a frente, cara a cara, de. BI. todos entre sí: acusado y juzgador, acusado y acusador, acusado y defensores, entre éstos con el juzgador y acusador, el agraviado y el tercero civil. El juzgador conoce directamente la personalidad, las actitudes, las reacciones del acusado, así como del agraviado, del tercero civil, del testigo o perito. En consecuencia, la inmediación es una necesidad porque es una de las condiciones materiales imprescindibles para la formación y consolidación del criterio de conciencia con el que será expedido el fallo. i. El Principio de Identidad Personal.- Según este principio, ni el acusado, ni el juzgador pueden ser reemplazados por otra persona durante el juzgamiento. El acusado y el juzgador deben concurrir personalmente a la audiencia desde el inicio hasta la 16 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(27) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. conclusión. El juzgador viendo, oyendo, preguntando, contrastando, analizando la actitud y el comportamiento del acusado, agraviado, testigo y perito, podrá adquirir un conocimiento integral sobre el caso. Este conocimiento directo e integral no sería posible si durante el juicio oral se cambiara al juzgador, pues el reemplazante no tendrá idea sobre la parte ya realizada y su conocimiento será fragmentario e incompleto. Por eso, los integrantes de la Sala Penal deben ser los mismos desde el inicio hasta el final del juicio oral.. NT. j. Principio de Unidad y Concentración.- La audiencia tiene carácter unitario. Si bien. -U. puede realizarse en diferentes sesiones, éstas son partes de una sola unidad. Esto debido a la necesidad de continuidad y concentración de la misma. La audiencia debe. DO. realizarse en el tiempo estrictamente necesario, las sesiones de audiencia no deben ser arbitrariamente diminutas ni indebidamente prolongadas. Así una sesión que termina es. RA. una suspensión, no una interrupción del juicio. La razón de este principio está en que el. PO SG. juzgador oyendo y viendo todo lo que ocurre en la audiencia, va reteniendo en su memoria, pero cuanto más larga sea la audiencia se va diluyendo dicho recuerdo y. DE. podría expedir un fallo no justo.. El Principio de Concentración está referido, primero, a que en la etapa de juicio oral. TE CA. serán materia de juzgamiento sólo los delitos objeto de la acusación fiscal. Todos los debates estarán orientados a establecer si el acusado es culpable de esos hechos. Si en el curso de los debates resultasen los indicios de la comisión de otro delito, éste no. BL IO. podrá ser juzgado en dicha audiencia. En segundo lugar, el Principio de Concentración requiere que entre la recepción de la prueba, el debate y la sentencia exista la “mayor. BI. aproximación posible”. Este principio de concentración está destinado a evitar que en la realización de las sesiones de audiencia de un determinado proceso, se distraiga el accionar del Tribunal con los debates de otro. Es decir, que la suspensión de la audiencia exige que cuando los Jueces retomen sus actividades, continúen con el conocimiento del mismo proceso, a fin de evitar una desconcentración de los hechos que se exponen. Estos principios rigen el desarrollo de todo el proceso penal, de la actividad probatoria y del juzgamiento. También rigen el desarrollo de otras audiencias, como aquellas en que se determinará la prisión preventiva, el control del plazo de la 17 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(28) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. investigación preparatoria, el control de la acusación y del sobreseimiento, etc, a las que se refieren los artículos 271º, 343º, 351º del CPP: En suma estos son los principios rectores del sistema procesal penal acusatorio que posibilitan un proceso con la vigencias de las garantías procesales. Sólo un proceso genuinamente oral y público permitirá la efectiva vigencia de la imparcialidad de los jueces, de la igualdad de armas y de la contradicción. Todo lo que permitirá procesos más justos llevados a cabo con eficiencia y eficacia, desterrando el burocratismo, el secreto, la delegación de funciones,. NT. la indefensión. El reto está lanzado de nosotros depende hacerlo realidad.. -U. Tema 3. La Presunción de inocencia.. DO. a. Génesis. La génesis de la presunción de inocencia se encuentra en la Revolución Francesa de 1879 con la “Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano”,. RA. sin embargo, a finales del siglo XIX y principios del siglo XX surgieron corrientes. PO SG. encontradas, sobre todo aquellas que rechazaban en forma absoluta la existencia de tal presunción a favor del imputado, así como algunos teóricos Italianos; entre ellos Garófalo, el que consideraba que tal principio debilitaba la acción procesal del Estado,. DE. porque constituye un obstáculo para tornar eficaces resoluciones en contra de los inquiridos, especialmente en materia de prisión preventiva, hasta favorecer la libertad de. TE CA. los imputados, aun cuando ello pudiera constituir un peligro común y una provocación a la víctima del delito, o cuando la culpabilidad fuese evidente por confesión o flagrancia. Algunos autores como D´Albora (2002: 25), optan por la denominación “presunción de. BL IO. inocencia”, mientras que otras se inclinan por denominarlo “principio de inocencia”.. BI. Pero, como señala Sañay Alvear (2017), “sin duda fue Cesare Bonesana, marqués. de Beccaria, el que alcanzó más notoriedad en el examen de las instituciones penales de su época, materiales y procesales; su única obra Dei delitti e delle pene, le valió incluso el título de fundador de la ciencia penal moderna. Confeso discípulo de Montesquieu, Beccaria postuló una reforma total en materia penal y procesal penal; observó el encarcelamiento preventivo como una pena anticipada y por ello exigió para su procedencia que la ley estableciera suficientes elementos que fundaran una probabilidad satisfactoria sobre la participación del individuo en el delito que se le acusaba; demandó la separación en los recintos carcelarios entre acusados y convictos, fundada en que: "un hombre no puede ser llamado reo antes de la sentencia del juez, ni 18. Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

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