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La formación en investigación en enfermería, en dos programas de pregrado de la ciudad de Bogotá

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FUNDACiÓN UNIVERSITARIA

DEL ÁREA ANiliNA

i'<f>oooó. Jut1ck>! Res. m ,\ MloeduaiáOn Dic. g..¡¡:¡

ACUERDO No. 019 (26 de julio de 2011)

Por el cual se establecen los lineamientos de actualización curricular en la Fundación Universitaria del Área Andina

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA FUNDACiÓN UNIVERSITARIA DEL ÁREA ANDINA en uso de sus atribuciones legales y estatutarias, y

CONSIDERANDO

Que la calidad como principio del Proyecto Educativo Institucional y entendida como la coherencia entre el pensamiento y la praxis institucional, junto a la satisfacción de las necesidades y expectativas de su entorno, busca desarrollar competencias en el estudiante que le permitan asimilar y crear cultura, apoyar la actualización de conocimientos, contribuir al interés por la ciencia y la tecnología y a la generación y consolidación de valores en los procesos de formación para el desarrollo del país,

Que la Fundación Universitaria del Área Andina comprometida en el desarrollo sostenible, establece como política institucional integrada al currículo, el desarrollo de acciones que permitan la cobertura con calidad, pertinencia, organización y coordinación de las actividades académicas y la actualización permanente de la oferta educativa para que responda a las necesidades reales, la internacionalización del conocimiento y la innovación,

Que en el marco legal por el cual se organiza el servicio público de la Educación Superior y dentro de los objetivos de la Educación Superior y de sus Instituciones, en relación a la calidad, la cobertura y la pertinencia de la

educación, la Fundación Universitaria del Área Andina integra su

actualización curricular a la planeación educativa desde elementos de la autonomía universitaria y la responsabilidad social como fundamentos misionales,

Que desde la ley 1188 de 2008 por la cual se regula el Registro Calificado de programas de Educación Superior, su decreto reglamentario el 1295 de 2010 por el cual se regula la oferta y desarrollo de programas académicos de educaciqn superior, la Fundación Universitaria del Área Andina establece

lineamientos curricul'ares para la actualización y ofrecimiento de nuevos

programas acordes a la naturaleza y fundamentación de las áreas de saber, a las necesidades actuales y de la educación, mediante el fortalecimiento de su diseño curricular,

Que la Fundación Universitarila del Área Andina desde el marco de la ley

1064 de 2006 sobre articulación educativa, busca fortalecer su formación, Bogotá

!iede PrIJ,r;:I~" ( (mera 14A No 69·35 P8X. 21 J 2045

Adrn~ne.s : 2 12 6320

Sede Admll1i:;1Jall'.,a. Ca e 71 No. 13 - 21 P6X' (1) 346 6600 Fax: (1) 3131076. Lk1N naoonal 0'8000 I1OC32 nre;,ndfllaOareal'.c'fl21. ed\J .co \'NM'.a~andlna_€du.co

Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano Valledupar:

Calko 71 No 11 -14 Transvers;:¡122 BIS No. 4 i 05

Te,.' 255 6340·2556342·2556640 Te ls (5) 583 6050 . 583 0606

Centro de Educa<ión a DistanCia Medellln

Callé70No 11-44.PBX:2101224 Calle 34A No. 77-08

Pereira: Tels.: 2505651·2503401

Calle 24 No. 8-55 Tunja

P8X (61325 5992. FAX: (6)325 5995 Calle 18 No. 10-ti1. PBX: (8) 7433986 FAX(S): 7401188

I.'N.".'I. funa ndi.edu .co

Sincelejo Calle 22 No. 1S-54, ~undo PiSO Tele!ax: (5) 2744604. Montería

Cdlle 31 No. 5·68. P8X: (4 ) 7823250 . FAX: (41 7822350

(2)

FUNDACiÓN UNIVERSITARIA

DEL ÁREA ANDINA

Pe<>onerl. _ Res. 22215 _ DIc. 9~

Continuación Acuerdo 019 del 26 de julio de 2011 Por el cual se establecen los lineamientos de actualización curricular en la Fundación Universitaria del

Área Andina. 2

integrando la educación media a la superior para estrechar las relaciones entre el sector productivo y el educativo, propiciando estrategias académicas y administrativas para implementar currículos flexibles y complementarios a

la oferta académica de la institución,

Que el Ministerio de Educación propone un enfoque de formación basado en

competencias profesionales, tema de gran interés para la Fundación

Universitaria del Área Andina, quien mediante los acuerdos del Consejo Superior 030 del 2008 y 033 de 2010, determinaron la reestructuración académica incorporando un esquema funcional por Facultades en torno al carácter interdisciplinar de las ciencias, las profesiones y los campos del saber, cuya aplicación, integrada a las funciones sustantivas de la docencia, la investigación y la proyección social permiten una visión prospectiva del currículo,

Que según los lineamientos estratégicos del Plan de Desarrollo Institucional que pretenden motivar a toda la comunidad universitaria sobre la necesidad

de repensar su quehacer para hacerlo más autónomo y socialmente

responsable, ante un entorno institucional que exige mayor y mejor capacidad de respuesta para que la Fundación Universitaria del Área Andina sea reconocida por la contribución al desarrollo regional, nacional e internacionalmente como una Institución de Educación Superior pertinente, de excelencia y de compromiso con la sociedad,

ACUERDA

Artículo 1: Adoptar como fundamentos esenciales para la actualización, el desarrollo y la evaluación curricular de los programas académicos de la Fundación Universitaria del Área Andina los lineamientos que a continuación se establecen:

CAPíTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 2: La Fundación Universitaria del Área Andina asume el currículo como el referente cultural y estratégico utilizado por una comunidad académica para la operacionalización de su concepción de educación.

Artículo 3: La Fundación Universitaria del Área Andina apropia la definición legal de currículo desde el referente del artículo 2° del Decreto 230 de 2002: Bogotá

I

Sede Prinopa¡ Crtrrera 14A No 69-35 paX.217 2G45

Adm6loMf: 212 6320

I

Sede AdmlnlstratNa: Cajle 71 No 13 - 21 PBX: (1) 346 66()0. Fa,-(1 ) 3 131076. Un(l:a MdOfta! 018000110032

arearld nAar@andlná.edu c.c ~'NIW ar@atldln¿tedu .(;o

Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano Valledupar: Sincelejo

Callell No 11 -14 TraM\lef!oal n Bis No. 4 -105 Calle 22 No. 15--5.:1, ~undopoo

r.l.. 255 6340 ·2556342·2556640 TeI!.: (5) 583 6050 . 583 0606 Telelax (5) 2744604.

Centro de EducaCión a DIstanCia Medellin Montería

( ",PIe 70 No. 11 ·44. PBX: 2101224 Cane 34A No. 77-08 CIlle 31 No. 5·68. PBX: (4) 7823250 FAX· (4) 7822350

Pereira: rels.: 2505651 -2503401 Pasto:

(aUe 24 No. 8-55 Tunja Carrera 34ANo. 20·40. 'feL. (2) 7312569. FAX- 7312711

PBX (613255992 FAX: (6) 3255995 C,lIe l B No. 10·6\ PBX (81 74J39B6. FAX(8): 7401188

I

Atauca

w·...v.funandl ,edu co Calle 14 No 24-90, CIudadela Ul'\Mfsitafia d@iI PJZ

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FUNDACiÓN UNIVERSITARIA

DEL ÁREA ANDINA

Continuación Acuerdo 019 del 26 de julio de 2011 Por el cual se establecen los lineamientos de actualización curricular en la Fundación Universitaria del

Área Andina. 3

"El currículo es el conjunto de criterios, planes de estudio, metodologías y procesos que contribuyen a la formación integral y a la construcción de la

identidad cultural nacional, regional y local, incluyendo también los recursos

humanos, académicos y físicos para poner en práctica las políticas y llevar a

cabo el proyecto educativo institucional".

Artículo 4: El currículo en la Fundación Universitaria del Área Andina tendrá

carácter integrador, abierto, flexible y propicio para la movilidad, es

contextualizado y pertinente al conocimiento en su aplicación, por tanto, será revisado y actualizado para garantizar su relevancia académica y social

Los principios orientadores del currículo se fundan en:

• La pertinencia y la responsabilidad social del conocimiento.

• El desarrollo de competencias para la apropiación del conocimiento.

• El emprendimiento como factor de desarrollo del ser y del ser profesional.

• El desarrollo de procesos investigativos con rigor y pertinencia social.

• El propiciar la movilidad estudiantil.

• La Formación integral Área Andina

Artículo 5: El currículo en la Fundación Universitaria del Área Andina será validado desde la evaluación y la autoevaluación de programas, por los productos de la investigación, por la actualización de los métodos educativos y por la participación en equipos de debate académico en las áreas de formación disciplinar y transversal.

Artículo 6: El currículo en la Fundación Universitaria del Área Andina tiene como dimensiones dinamizadoras la docencia, la investigación y la relación

con el sector externo.

Parágrafo 1. La docencia en la Fundación Universitaria del Área Andina se define como la acción educativa a través de la cual se logra la construcción de conocimiento, el desarrollo de competencias y el ejercicio de valores necesarios para la formación integral para la vida y el desempeño profesional.

Parágrafo 2. La Investigación en la Fundación Universitaria del Área Andina

se define como un proceso social permanente de apropiación, desarrollo,

validación y divulgación del conocimiento desde un ambiente de innovación,

que se manifiesta en el currículo a través de la formación investigativa, la

8090ta Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano Valledupar: Slncelejo

Setle Prmopa!: Carrera 14A No. 69·35 Calle?! No 11 -14 Transversal 22 Bis No. 4 -105 Calle 22 No. 15-54, !oe9'Jm!o p60

PBX m 2045 Téls.. 255 6340·2556342·2556640 Tels.. 15) 583 6050 . 583 0606 relela, (5) 2744604.

Adrrlulcr!es: 2 12 6320 Cen1To de Educacón a Dis!anCl3 Medellin Montería

I

Sede Admml:stratt\l;), C,blte 71 No. 13 - 21 Ca E lO No. 11-44. P8X: 2101224 Calle 34A No. 77-08 Calle 3 1 No. 5·68. PBX : (4) 7823250. FAX (4) 7B22350

PBX: (1) 346 6600 Fax: (1 ) 3131076. Pereira: Tels.: 2505651 - 2503401 Pasto:

Lír:lea nIKJOnal 0\8000 110032 Calle 24 No. 8-55 Tunja Carrera 34A No. 20 -40. Tel. (2) 731 2569. FAX' 731 2711

areandinaO¡rtandina.edu co PBX. (6) 325 5992. FAX: (6) 325 5995 CallE!' 18 No. 10-til, PBX. (8) 7433986. FAX(S)-740i 188 Arauca

I

\wlW.aJeandlfl ... ~tI) ce \vw,·,. funandi.edu.co Calle 14 No. 24·90. Cllldadeta Un~5itaria ae l. Paz

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FUNDACiÓN UNIVERSITARIA

DEL ÁREA ANDINA

Continuación Acuerdo 019 del 26 de julio de 2011 Por el cual se establecen los lineamientos de actualización curricular en la Fundación Universitaria del

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rigurosidad y la sistematicidad de los métodos y los recursos, así como desde estrategias y didácticas reconocidas por la investigación formativa para la participación de sus profesionales en la sociedad del conocimiento.

Parágrafo 3. La relación con el sector externo se define como la comprensión, interpretación e impacto en la sociedad que tiene el currículo para satisfacer sus necesidades, en cuanto a la vinculación del conocimiento con el sector productivo, el trabajo con la comunidad, el espíritu emprendedor de sus egresados y las acciones de servicio social que permiten el bienestar de las comunidades en las cuales actúa el proyecto social de la Fundación Universitaria del Área Andina.

MISión Visión ObJetive>< valores· PrincIpios

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PENSAMIENTO FUNDACIONAL PEI

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Muc;x!o de ,n1rlgOl

¿Qué mercaoo se qUIere a:raer?

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¿Qué competencias se reqUieren? / OnjelOS ce ESluCIO

Croíc,tos <.cadémicos flt,lI~,lld:aO

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Concepto

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Atnbutos Cepartamentos

Re$ponsa~,tld3d Social '

Tr.ns\:-eot'tlles ..

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Re;:UfSCS PractJcas te<nO ' Q-l iCOS .,' '--- - , . - - - ' '¡Ittva les ProyeCIOS Pecaoóolcos

de Aula · PPA .

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MODE LO PEDAGÓGICO

0e9de el enfoque com~.jo. et dlS&ño curr1cular 1:1 partir del constructlvt9mo EstudIantes

t

ge asume de 'orma panicipativa y con liderugo como un macro proyecto Proleslon(l\es

formaUvo auto oraanizattvo. Que aestlonela candad del lIDrendlule DO(

competencias con estraleo1as que promuevan la lonnaclón In19gr81 con un EgreSJ<1OS

enfOQue alegre. humanl,ta, respoIItabte y de pensamiento crilico.

ARTICULACiÓN CURRICULAR

Bogotá Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano V.lledupar. Sin<elejo

Sede PrlnClpal. Carrera 14A No . 69-35 (alle 7 1 NO.11-14 Transversal 22 81s No. 4 -105 Calle 22 No 1S-5 4. 'S@9undo PiSO

PBX: Z172045 AdmlStO nes: 21 2 6320

Tel,.: 25 5 6340·2556342 -2556640 Centro de Ed ucación a Distancia

Tel,.: (5) 583 6050 - 583 0606 Medellln

Telefax: 15) 2744604. Monterfa Sed!:' Adm inililratwa_ Ca lle 71 No. 13 -21

PBX' (1) 346 6600. fax : (1) 3131 0 76.

Cdfl€ 70 No. 11 -44. PBX' 210 1224 Pereira:

Calle 34A No. 77-08 rels.: 2505651 - 25034 0 1

C.lle 31 No 5-68 . pex: (4) 7823250 fAX: (4) 7822350

Pasto: LInea nadon.al: 0 18000 110032

.ueandinaOareandltliil t du .co

CaHe 24 No. 8-55

PBX (6) 325 5992. fAX (6! 3255995

Tunl· Calle 18 No. 10-6 1. P8X : (8) 74 33986. FAX(8}: 7401 188

Carrera 34A No . 20 -40. Tel.: (2) 731 2569. FAX 73 1 27 11 Arauca

\NVIIW arcatldrn3.edu.co w\..'W.funandl.edu.co Calle 14 No. 24-90, Ciudadela Unlver<iftafia de la Paz

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DEL ÁREA ANDINA

Continuación Acuerdo 01'9 del 26 de julio de 2011 Por el cual se establecen

los lineamientos de actualización curricular en la Fundación Universitaria del

Área Andina. 5

CAPíTULO 11

SOBRE LA FORMACiÓN POR COMPETENCIAS Y LA EVALUACiÓN

Artículo 7: La Fundación Universitaria del Área Andina desde lo pedagógico define su formación con un enfoque curricular por competencias de formación profesional, que brinda una perspectiva disciplinar y convoca una mirada sistémica, compleja y holística, concibiendo la formación integral

desde el pensamiento de Pablo Oliveros Marmolejo: - La formación de un ser,

en el que concuerdan el espíritu científico, como posibilidad de un conocimiento transformador de lo real y el humanismo que mantiene el equilibrio entre el alma y la razón, entre el espíritu y la técnica -.

Artículo 8: la Fundación Universitaria del Área Andina define la competencia como un proceso que orienta los desempeños y las actuaciones idóneas del profesional en función de responder a las necesidades de construcción de conocimiento científico que le permita la transformación de su entorno con fines de resolver las necesidades sociales con una visión humanística y emprendedora.

Artículo 9: La Fundación Universitaria del Área Andina con el propósito de fortalecer su propuesta educativa y en congruencia con la dinámica social y

ciudadana integra en sus programas académicos las siguientes

competencias: las institucionales, las genérico-transversales y las específicas.

Parágrafo 1. Las competencias institucionales definen valores e improntas básicas que desarrollan lo social transformador y el emprendimiento en la formación integral del profesional de la Fundación Universitaria del Área Andina.

Parágrafo 2. Las competencias genérico-transversales son lo común a varias profesiones en sus procesos instrumentales, interpersonales y sistémicos de las disciplinas. Se incluyen aquí el desarrollo de la investigación, la gestión de la información y el conocimiento, el bilingüismo, el medio ambiente, la ciudadanía, la ética, la pluriculturalidad, el desarrollo del pensamiento, la gestión y responsabilidad social, la comunicación, las relaciones interpersonales y la autonomía

Parágrafo 3. Las competencias específicas identifican el cuerpo conceptual de la profesión o la disciplina en coherencia con los fines académicos, las

Bogota

Sede flftflci p.,1. Carlera 14A No 69-35 P8X: 217 204 5

Adm ~1Oné!J; 2126320

sede Adr11lnrstratJ... a Calle 71 No. 13 -21

Pfl X: ( f) 346 66QO fO' (I) 31 l1076.

lifle.J nlilOOOot! 018000 1 10032 .a.reandinaOdre~rxf¡rw edu co w.vw_Jleanr1lnd e<1u co

Educaci6n pala el Trabajo y el Desarro llo Humano Valledupar:

Calle 71 No. 11-14 Transvers al 22 8,s No. 4 . 105

,~ : 255 6340 -25 56342 -2556640 Tels. : (5) 583 6050 - 583 0606

Cenllo de EducdClón a Distanclil Medellfn

CatJe 70 No. 1\ -44. PBX. 2 10 12 24 Calle 34A No 77-08

Pereira: Telos .: 250565 1 - 250340 1

Calfe 24 No. 8·55 Tunja

PBX-(61325 5992. fAX' (61325 5995 Calle 18 No. IO-til . PBX; (8) 7433986. FAX(S): 7401188

~'.'\v-w,hmandl edu.co

Sineelejo Calle 22 No. 1 S-S4, Sot"gund'o póO Telejax. (5) 27 44604. Monterla

Calle 31 No. 5-68. PBX. (4) 7823250. FAX (4) 7822350

Pasto:

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DEL ÁREA ANDINA

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Área Andina. 6

normas gubernamentales y las regulaciones disciplinares así como con las posibilidades de desempeño esperadas para el egresado.

Artículo 10: La relación de las competencias con el currículo requiere la

integración tanto horizontal como vertical y su articulación entre

competencias profesionales y laborales desde una concepción propedéutica tomando como eje integrador la formación investigativa.

Artículo 11: La evaluación de las competencias debe corresponder a criterios de desempeño que desde lo sistémico complejo están implicados en el proceso de resolución de problemas específicos de una disciplina, a partir de una serie de competencias que generan evidencias de desempeño en el marco de lo conceptual (saber saber), lo procedimental (saber hacer) y lo actitudinal (saber ser). Estas evidencias de desempeño se evalúan para establecer un nivel de dominio de la competencia acorde con el nivel de formación (técnico profesional, tecnológico, profesional universitario y

posgradual). El nivel de dominio corresponde a la complejidad, la capacidad

de reflexión, la autonomía de la acción y la argumentación del estudiante.

Artículo 12: Se incorporarán a los planes de formación y cualificación docente los elementos conceptuales y prácticos necesarios para apoyar los procesos de gestión y evaluación de aprendizaje por competencias.

CAPíTULO 111

El SISTEMA DE CRÉDITOS ACADÉMICOS

Artículo 13: Los créditos académicos son la unidad de medida del trabajo académico que permite la programación y presupuesto de espacios de formación acordes a la naturaleza del programa y a su modalidad. Expresa todas las actividades que hacen parte del plan de estudios que deben cumplir los estudiantes.

Artículo 14: La Fundación Universitaria del Área Andina acoge la relación de equivalencia en la que un crédito representa cuarenta y ocho (48) horas de trabajo académico. El desarrollo del crédito académico debe ser programado en forma racional y de acuerdo a las estrategias metodológicas, didácticas y evaluativas acordes a la naturaleza de los programas con sus áreas de formación, privilegiando la formación interdisciplinaria e integral de los

estudiantes. El número de créditos será expresado siempre en números

enteros.

Bogotá

s.eée PnnooaJ: Cauera 14A No. 69·35 !'eX 217 2045

AdmlSl<l....-212 6320

Sedf!'Admlm5tr~l",a . Call!!' 71 No. 13 - 21 Pi!X: (1) 346 6600 ',, (1)3131076. Unta nl5clon¡J1 018000 I t0032 .Qfl!aO<1 naOi;JIeandll'\G &,ju. CQ \Wlvv.dreandrna-.edtJ ,(O

Valledupa r:

C¿¡II~l1 0. 11-)4 Transversal 22 Bis No. 4 • 105

e:s .m 6340 - 2556342 - 2556640 Tel\ : (5) 583 6050 -583 0606

Centro de EdcG!(;6n a Distancia Medellin

Cd\tt 10 No. 11 -44. PBX. 2 10 1224 Calle 34A No. 77 -08

Pereira: Tels .: 250565 1 ·2503401

Calle 24 No 8-55 Tunja

PBX (6) 325 5992 FAX· (6) 325 5995 Calle 18 No 10-61. PBX (8) 7433986 FAX(S): 7401188

W\N\....funar.d i.edu co

Educ.ación para el Trabajo y el Desarrollo Humano

I

Sincelejo

CaUe 22 No 1>54, Si!!guI o plW

Te'..fax. IS) 274-4604 Monteria Calle 31 No. 5-68. P8X. (4)7823250. FAX: (4) 7822350 Pasto: Carrera 34A No. 20 - 40. Tel.: (2) 731 2569. FAX: 731 2711

Ar8U(8

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DEL ÁREA ANDINA

Continuación Acuerdo 019 del 26 de julio de 2011 Por el cual se establecen los lineamientos de actualización curricular en la Fundación Universitaria del

Área Andina. 7

Artículo 15: De acuerdo con la metodología, el crédito académico comprende horas con acompañamiento directo del docente, horas de trabajo independiente, tutorías y de aprendizaje colaborativo, que el estudiante debe dedicar a la realización de actividades de estudio, apoyado por espacios de tutorías presencial, a distancia y virtuales u otras que sean necesarias para alcanzar las metas de aprendizaje.

Artículo 16: Para la metodología presencial, la gestión del crédito académico se hará desde las siguientes consideraciones:

Para los componentes formativos teóricos por cada hora de trabajo de acompañamiento del docente se definen y se evalúan dos horas de trabajo independiente del estudiante. La tutoría se cuenta como parte del trabajo independiente.

Para los componentes formativos prácticos se requiere que la gestión del crédito académico sea de dos horas de acompañamiento del docente por una de hora de trabajo independiente del estudiante, los momentos tutoriales y de consejería se complementarán al trabajo de acompañamiento. En casos excepcionales y justificados la medida del crédito académico se puede modificar incrementando el trabajo de acompañamiento docente hasta el límite del crédito.

Para los componentes teórico - prácticos, la relación es de una hora

presencial a una de trabajo independiente que tienda al afianzamiento de los conceptos mediante el ejercicio práctico en una forma racional y equitativa.

Parágrafo 1. Se considera acompañamiento docente el que se realiza con la asistencia del docente y de los estudiantes, alrededor de un objeto de estudio en fecha y hora determinada, a través de mediaciones pedagógicas.

Parágrafo 2. Se considera trabajo independiente el realizado por el estudiante sin el acompañamiento del docente alrededor de un objeto de estudio.

Parágrafo 3. El trabajo práctico debe desarrollarse con supervisión directa

de los docentes o de profesionales en ejercicio que garanticen la idoneidad

de su desempeño en forma articulada al proceso educativo.

Bogotá

Seod. PrIllCIJldl: C.lrreriJ ' -4A No 69-35

Pi!X: ¡l/ lOAS Adr ~IQ(lf'1,: 212 6320

Sed~ Ad imsTn.lt""a Caile 71 No. 13 • 21 P8X: (1) 346 6600 Fa,' (1) 3 13 1076.

Uned roiloonol. 018000 1 10032 ¡ifl!';¡¡IoUlnaChfeandini.tdu co

wwwoareandol1a edu.<o

Ca" 71 No 11 · 1. TranS>J~fScll 22 Bis No. 4 105

Te!> m 6340 . 2556342 . 2556640 T,,~ (5) 583 6050 5830606

(entro de Educación a Drstanda Medellin

(alle70No. II.44 PBX:2101224 Calle 34A No. 77·08

Perelra: Tels.: 250565 1 2503401

(are 24 No. 8-55 Tunja

PBX (6) 325 5992 fAX: (6) 325 5995 Calle 18 No. 10-61. P8X: (8) 7433986. FAX(B): 7401188 ....'ww.funar. .edu.<o

EducaciÓn para el Trabajo y el Desarrollo Humano Valledupar:

I

Sineeleja

Ca!1e 22 0. 15-54. s,eguooo piso

Telefax. (5) 27q460A.

Monterla CaUo 31 No. 5·68. P8X. (4) 7823250. fAX. (4) 7822350 Pasto: Carrera 34A No. 20 · 40 1-(2) 73 12569 fAX: 731 .27 11 Arauca

Calle 14 No. 24-90, Clt.1dade UOl\"ersttaria de la Paz

(8)

FUNDACiÓN UNIVERSITARIA

DEl ÁREA ANDINA

Continuación Acuerdo 019 del 26 de julio de 2011 Por el cual se establecen los lineamientos de actualización curricular en la Fundación Universitaria del

Área Andina. 8

Artículo 17: Para los programas de Educación a Distancia el crédito

académico se distribuye en momentos tutoriales, independientes y colaborativos

Artículo 18: En los programas de educación virtual el crédito académico se integra a los principios de "Iearning", en trabajo de conectividad para recibir información, ampliación de la información y de la evaluación. El trabajo independiente se expresa en la simulación del conocimiento en contextos reales. La distribución del trabajo con relación a los créditos podrá ser directo, independiente, tutorial y de consejería.

Artículo 19: Acordes con la normatividad vigente, los programas de

formación profesional estarán organizados de la siguiente manera:

Los programas de maestría se organizarán en un rango de 50 y 72 créditos.

Los programas de especialización se organizarán en un rango de 25 y 32 créditos.

Los programas profesionales universitarios se organizarán en un rango de 140 y 170 créditos.

Los programas de formación tecnológica se organizarán en un rango de 90 y 110 créditos.

Los programas de formación técnica profesional se organizarán en un rango de 64 y 75 créditos.

Parágrafo 1: Los periodos académicos incluirán las actividades formativas,

nivelaciones propedéuticas, reposiciones de clase, cátedra Pablo Oliveros

Marmolejo, evaluaciones y la semana de inducción académica.

Parágrafo 2: Para aquellos casos en que por la naturaleza del objeto de estudio, por la normativa vigente y por las definiciones que gremios y asociaciones profesionales consideren un número mayor o menor de créditos, los rangos se ajustarán hasta lo permitido legalmente para garantizar las 48 horas de trabajo semanal.

Artículo 20: El sistema de créditos se debe concebir como un mecanismo de apoyo

BogOli

'5ede I'HI1(lP.-;.! C..rrPr(J 14A NQ 69-.lS

PBX 2 72045

Ad/MíIOM!S_ 2 12 6310

Sed~ AdmiruSlr.(t;wa: Ca/le 71 No 1.3· 21 PBX: (1l 346 6600. F., 1113131076. un.e.it n~ooaJ. 018000 110032 are.a"d;naOan~d"dlnó.edu.co

WINW areandlorhl,t'd'tJ .t O

a la formación profesional, el cual debe alcanzar referentes

Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano Valledupar: 1 Sincelejo

Calle 7! NO. JI · 14 TransvefSo!lt 22 tUs No. 4 -105

T.~ : 255 634 0 -2556342 -25 56640 T. 15.: (5) 583 6050 · 583 0605

Centro de Educac.~n" Dl5télnCi, M edellln

Ca'le 70 No. \ 1 · 44 PBX: 210 1224 Calle 34A No 77-08

Pereira: Te l.L 25056 51 -250340 1

C.a e 24 No. 8-55 Tunja

FBX (6) 32 \ \992. FAX: (6) ) 25 599\ Calle 18 No . lO-ti 1 P8X: (8) 7433986. FAX{8) : 7401 188

wwwfunandl. edu,co

Cfil ;> 22 No. 1 s.-~4. ~ul1do p~o

role'.x. (5) 2744604. Monterla (,11.3 1 No 5-68. PBX . (4) 7823250. FAX: (4) 7BUl 50

Pasto: Carrera 34A No. 20 - 40 TeI,: (2) 7312569. FAX 7312711 Arauci! Calle 14 No. 24~90, CIUdadela UniVet1.ltanoi dll'la Paz

(9)

FUNDACiÓN UNIVERSITARIA

DEL ÁREA ANDINA

p....".,;. JurtdíC8 Res 22215 MlneducacíOn Dic. ¡¡.al

Continuación Acuerdo 019 del 26 de julio de 2011 Por el cual se establecen los lineamientos de actualización curricular en la Fundación Universitaria del

Área Andina. 9

administrativos, académicos y cubrir a los participantes del proceso: estudiantes, docentes y administrativos que permitan su desarrollo y fortalecimiento hacia el aseguramiento de un sistema de calidad académica nacional e internacional.

CAPíTULO IV

DE lOS PROGRAMAS ACADÉMICOS

Artículo 21: Los programas académicos de formación profesional en la Fundación Universitaria del Área Andina se desarrollarán en las diversas metodologías, niveles o ciclos e incluirán los programas de Técnico Profesional, Tecnólogo, Profesional Universitario y posgradual. También se

ofrecerán programas Técnicos profesionales y laborales, en articulación con

la educación básica y media. Los programas podrán ser terminales o por

ciclos propedéuticos.

Parágrafo 1: La formación educativa se manifiesta en modalidades que se relacionan con la metodología que se hace, en un saber específico y en un nivel abstracto de los conocimientos que ese saber trata. Así, los programas pueden ser en la metodología, presencial, a distancia y virtual.

Parágrafo 2: El nivel o grado de formación, está relacionado con la formación académica que pueden acreditar los individuos de una sociedad

dentro del sistema de educación que los rige. El currículo designa cada uno

de los momentos o etapas en los que se desarrolla la formación académica. Éste queda articulado y definido en tres niveles de concreción, que implican fases sucesivas y progresivamente más concretas de elaboración y

aplicación: Diseño Curricular Prescriptivo, Proyectos Curriculares y

Programaciones del ambiente de aprendizaje. Así, los programas de educación superior se clasifican en niveles de pregrado que son: técnicos profesionales, tecnológicos, universitarios y de posgrado, que son: especializaciones, maestrías y doctorados.

Parágrafo 3: El ciclo es la articulación entre los niveles de formación, pueden ser de primer ciclo (entre técnico profesional y tecnólogo profesional) o de

segundo ciclo (entre tecnólogo profesional y universitario). Son unidades

interdependientes, complementarias y secuenciales, pueden tener un componente propedéutico que hace referencia al proceso por el cual se prepara a una persona para continuar en el proceso de formación a lo largo de la vida, en este caso particular, en el pregrado. En consecuencia, un ciclo Bogotá

Sede PnncwJ.L Carrera 14A No. 69-35

P1lX-Z 172045

AdmISIones 2i2 6320

Serde Adr InisUdhva: Calle 71 No. 13 ·21

PBX· 111 346 6600. Fa>· (1) 3 1310)6 Unea naCIonaL 018000 11 003 2 areand·n.aOareandina.edu (O WlN'Wa reandil'la.f.>du.co

EducadÓn para el Trabajo y el Desarrollo Humano Valledupar:

Calle 7! No. 11 -14 l ransvers.al 21 BIS No 4 • l OS

Tels.: 255 6340 ­ 2556342 -2556640 Tels.: (5) 583 6050 -583 0606

CE'nlrO de EduCdClÓrl a Di51anClil MedelUn

Caj l ~ 70 No 11 -44. PBX: 2101224 Calle 34A No. 77 ·08

Pereira: Tels.: 2505651 - 250340 1

Calle 24 No. 8-55 Tunja

PBX: (6) 325 5992. FAX: (6) l25 5995 (,lIe lB No. 10-6 1. pex. (e) )4339B6, FAX(B): )401188 WWIII lunandl. edu.co

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FUNDACIÓN UNIVERSITARIA

DEL ÁREA ANDINA

Po_O<f. Jurl."", Res 22215 Minoduca<ión Dic. 9·83

Continuación Acuerdo 019 del 26 de julio de 2011 Por el cual se establecen los lineamientos de actualización curricular en la Fundación Universitaria del

Area Andina. 10

propedéutico se asume como una fase de la educación que le permite al estudiante desarrollarse en su formación profesional siguiendo sus intereses

y capacidades.

Parágrafo 4: La articulación. Se asume como el proceso pedagógico y de gestión que implica acciones conjuntas para facilitar el tránsito y la movilidad de las personas entre los distintos niveles y ofertas educativas, el reconocimiento de los aprendizajes obtenidos en distintos escenarios formativos y el mejoramiento continuo, de la pertinencia y calidad de los

programas.

Artículo 22: El ofrecimiento y desarrollo de los programas académicos se organizará de acuerdo con las condiciones aprobadas en su registro calificado, la naturaleza y correspondencia de las formas de enseñabilidad propias de su objeto de estudio y las características de gestión de la

Institución, todas en forma complementaría.

Artículo 23: La Fundación Universitaria del Area Andina podrá ofrecer programas de posgrado, como son especializaciones técnicas profesionales, especializaciones tecnológicas, especializaciones profesionales, maestrías, doctorados y posdoctorados, de acuerdo con su naturaleza y alcance formativo.

Artículo 24: Los programas de pregrado favorecerán el doble título y la doble titulación y las diversas posibilidades de formación. De esta manera, un estudiante podrá obtener dos títulos de la institución, o de otra institución de educación superior nacional o internacional reconocida.

Parágrafo 1: La homologación por doble título. El estudiante que curse dos programas en la Fundación Universitaria del Area Andina se le homologarán las asignaturas, módulos o núcleos comunes entre los programas matriculados y en ambos quedará activo.

Parágrafo 2: Doble titulación. La Fundación Universitaria del Area Andina puede ofrecer a sus estudiantes y a estudiantes de otras instituciones de educación nacional o extranjera la opción de cursar parte de su programa a través de convenios de intercambio, así como la opción de obtener doble titulación de acuerdo con el contenido de los respectivos convenios y las normas legales vigentes.

BogoU

Sede Principal" Carrera 14A No 69-35 PBX: 217 2045

Adm1slones ' 2 12 6320

Sede Adminisllativa: Calle 71 No 13 -21

pBX : (1) 3466600. fa" (1) 3131076.

linea nacional. 018000 110032

area [email protected] .co

www. arean din a.edu .co

Educaci6n para el Trabajo y el Desarrollo Humano Valledupar: Calle 71 No. 11 -14 Transversal 22 Bis No. 4 -105

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Cen tr o de EducaCión a Distancia Medellfn

Ca lle 70 No . 11 -44. PBX: 2 10 1224 Calle 34A No. 77 -08

Perelra: Tels.: 250565 1 - 2503401

Calle 24 No. 8-55 TUnja

PBX (613255992. fAX: (61325 5995 Calle 18 No, 10 -6 1. PeX: (8) 7433986. FAX(8): 740 1188

wvlW. funandi,edu .co

Sincelejo

Calle 22 No. 15-54, segundo piso

Telel., (5) 2744604. Monterfa Calle 31 No. 5-68, PBX' (4) 7823250. FAX, (4) 7811350

Pas1o:

Carrera 34A No. 20 - 40. Tel.: (2) 7312569, FAX: 731271 1

Arauta Calle 14 No. 24-90, Ciudadela UnIVersitaria de la Paz

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FUNDACiÓN UNIVERSITARIA

DEL ÁREA ANDINA

P"""""". Ju,Id;"" Ros 22215 Mlneducadón DIe ~

Continuación Acuerdo 019 del 26 de julio de 2011 Por el cual se establecen los lineamientos de actualización curricular en la Fundación Universitaria del

Área Andina. 11

Artículo 25: Los planes de estudio son unidades organizativas legítimas, estructurales y funcionales que tienen como objetivo proporcionar una ruta

flexible de aprendizaje al estudiante, el cual mediante la administración

racional del crédito académico, de elementos pedagógicos, didácticos y evaluativos alcanza una serie de competencias en torno a un objeto de estudio identificado que le permiten un desempeño profesional reconocido en un área del saber.

Artículo 26: Las áreas de formación son espacios demarcados que reúnen

conocimientos organizados dentro de un componente, que se orientan a la

formación de competencias en el área identificada y conforman estructural y funcionalmente el plan de estudios.

Los planes de estudios en los programas de pregrado, se conformarán por

un área básica, un área de formación disciplinar, un área de formación profesional o específica, un área de formación humanística, un área

investigativa y un área flexible o de libre elección.

Parágrafo 1. Las áreas de formación en los planes de estudio tendrán correspondencia con las definidas por los decretos reglamentarios y por las orientaciones sectoriales.

Artículo 27: En correspondencia a la distribución por créditos, cada área de formación comprende un porcentaje sobre el total de créditos asignado al programa, manteniendo un criterio de flexibilidad de dicho porcentaje según la naturaleza del programa. No obstante como medida institucional orientadora se ha determinado la siguiente distribución porcentual de las áreas:

Parágrafo 1. El área de formación disciplinar se refiere al conjunto de actividades que buscan fortalecer competencias relacionadas con la utilización del lenguaje, los métodos, las técnicas y los adelantos o conocimientos de las disciplinas que fundamentan su futuro quehacer profesional. El área de formación disciplinar deberá tener un peso del 10% de los créditos del programa.

Parágrafo 2. El área de formación profesional o específica se refiere a las

competencias que habilitan al estudiante para desempeñarse

adecuadamente en el ser profesional. El área de formación profesional deberá tener un peso del 40% de los créditos del programa.

Bogotá

Sede- Ptlnepal-Cafref.l 14A No. 69·35 PBX: 217 2045

Admrsio~ 2 12 6 320

Séde Admlnl5tJati ...a Ca¡1e 71 No 13 -2\

PBX (1) 3466600 F••: (11 3131076

UnE'.a 11~' 018000 11003 2

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Callf! 7 1 No. 11 · 14 Transver sal 22 Bis No. 4 . 105

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( a 70 No. 11 - 44 PB X. 2 10 1224 CaUe 34A No. 77·08

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PBX: (61 325 S992. FAX: (61 3255995 Calle 18 No. 10-61. p·ex: (8) 7433986. FAX(8)" 740i 188 W\w•. funandr edu.co

SinceleJo (.'!IIC 22 No I ~ 54, ~urn!o prw Telelax (5) 2744604. Monterla Calle 3 1 No 5-68. PBX . (a) 78232 50. FAX: (4) 7822350 Pasto: Carrera 34A No. 20 ·40. Te!': (2) nt 2569. FAX . 731 271 1

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FUNDACiÓN UNIVERSITARIA

DEL ÁREA ANDINA

Fe_oo. Ju,Í<i!OiI R",. 22215 MinoduC8Ción Ok 9-83

Continuación Acuerdo 019 del 26 de julio de 2011 Por el cual se establecen los lineamientos de actualización curricular en la Fundación Universitaria del

Área Andina. 12

Parágrafo 3. El área de formación básica es el fundamento de las ciencias y el soporte epistemológico de cualquier saber científico, humanístico o artístico. El área de formación básica deberá tener un peso del 10% de los créditos del programa.

Parágrafo 4. El área de formación humanística agrupa el conjunto de conocimientos para fortalecer competencias relacionadas con la consecución del reconocimiento del ser humano como hacedor de la cultura y promotor del mejoramiento de la calidad de vida para consolidar con visión

emprendedora, humanística, social, ecológica y ética en la formación integral

como egresado de la Institución. El área de formación humanística deberá tener un peso del 10% de los créditos del programa.

Parágrafo 5. El área de formación investigativa y de innovación tecnológica agrupa el conjunto de conocimientos para fortalecer competencias relacionadas con la investigación formativa, en estrecha relación con el afianzamiento de una cultura investigativa desde una perspectiva creativa. Comprenderá la formación y el reconocimiento de la sistematicidad y rigurosidad de los métodos y del reconocimiento social del conocimiento hacia el desempeño profesional en equipos interdisciplinarios y en el desarrollo de proyectos de investigación. Esta área de formación deberá tener un peso del 10% de los créditos del programa.

Parágrafo 6. El área flexible o de libre elección permite al estudiante apropiar competencias de distintos saberes tendientes a la integralidad e

interdisciplinariedad formativa, está conformada por las líneas de

profundización las optativas y las electivas. Esta área deberá tener un peso del 20% de los créditos del programa y su gestión académica estará a cargo del programa y de las unidades transversales.

Artículo 28: En las áreas de formación los prerrequisitos serán definidos por los programas académicos de acuerdo con la naturaleza de las disciplinas y profesiones.

Artículo 29: Los prerrequisitos deben ser mínimos en aras de la flexibilidad curricular de los programas.

Artículo 30: El componente flexible o de libre elección es inherente al currículo y su concreción en los planes de estudio, busca el fortalecimiento de una formación integral y el reconocimiento de las necesidades y Bogotá

Sede PrinCipal: Carr eti 14A No 69·35 ftiX l 172045

Admi~tonc--5: n2 6320

Sed~ Adm¡mS!(3!f'Vo: Cit.1I1!' 71 No. 13 - 21 PBX, (11 346 6600. Fax, ( 1) 313 1076 LInea nacional. 0 18000 i 10032 areandinaOareandina edu.co www areandina .edu.co

Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano Valledupar: Calle7 ! NO. 11-14 Transversal n Bis No. 4 - 105 T~ls. · ¡SS 6340· 2556342·2556640 T.I•. : (51 58l 6050 . 58l 0606

Cenlto de EducaCIón a Distancia Medellln

Callt! 70No Ji -44 PBX: ll Ol 224 Calle 34A No. 77 -08

Pereira: Tels.: 250565 1 - 2503401

Calte 24 No. 8-55 Tunja

PBX, (6) 325 5992 FAX, (61 3255995 Calle 18 No. 10-tll . PBX: (8) 7433986. FAX(8): 7401188

wwv¡. funandi .edu.co

Sincelejo Calle 22 No. 1 5-54. s~ur:tdo PiSO

Telel." (5) 2744604. Monterla C.lle 31 No. 5·68 PBX (4)7823250. FAJe (4) 7822350 Pasto:

Carrera 34A No. 20 -40 Tel." (2) 7312569 fAX: 7312711 Arauca

Calle 14 No 24-90, eiudane Un:ver5ltaria de la Paz

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FUNDACiÓN UNIVERSITARIA

DEL ÁREA ANDINA

f'eI>anerIa Jurldoca Res. 12215 MInedu_ Dic. !).ll3

Continuación Acuerdo 019 del 26 de julio de 2011 Por el cual se establecen los lineamientos de actualización curricular en la Fundación Universitaria del

Área Andina. 13

vocaciones individuales, que faciliten una actualización permanente y la aproximación a nuevas orientaciones de los objetos de estudio. Se definirán desde espacios formativos de carácter electivo, optativo o de profundización que se enmarquen desde la interdisciplinariedad como elemento fundamental de la formación flexible.

Los componentes del área flexible son:

1. Las optativas profesionales son componentes de formación que se orientan para el fortalecimiento de las competencias disciplinares y/o profesionales, están en estrecha relación con las competencias específicas y la naturaleza del objeto de estudio y de su área de formación y deben establecerse en estrecha relación con las competencias genencas

transversales. En el plan de estudios suman créditos, deben ofrecerse desde

los programas académicos y deben permitir la movilidad estudiantil con otras

instituciones.

2. Las electivas son componentes de formación que se orientan para el fortalecimiento de la formación integral, no tiene relación directa con la formación profesional específica y están en estrecha relación con las

competencias institucionales. Suman créditos y pueden cursarse dentro o

fuera de la institución.

3. Las líneas de profundización son componentes de formación progresivos, que mantienen una línea del saber específico en un área a través de varios niveles en el plan de estudios; por su dinámica en la producción de conocimiento son de alta pertinencia para el abordaje del objeto de estudio y se pueden caracterizar por su estrecha relación con las líneas de investigación.

4. Las opciones de grado son consideradas como parte del componente flexible y están establecidas de manera unificada para todos los programas de pregrado y posgrado según Acuerdo aprobado por el Consejo Superior. Las opciones de grado comprenden trabajos de carácter obligatorio como

requisito de grado y no suman créditos académicos en los programas.

Artículo 31: La competencia comunicativa en inglés se considerará como

requisito de grado de acuerdo al nivel de formación. Cuando la formación del

idioma sea adelantada por el estudiante en la unidad especializada de la Fundación Universitaria del Área Andina se aplicarán los mismos criterios del Bogot'

Sede Prir'I(,ipa!: Carrera 14A No. 69-35 PSX' 2 ) 20AI

AdmiSIOnes: 212 6320

Sede Adm1flfwativa: (allt 71 No. 13 -21 P8X: (\) 3466600 F" ·(1)3131076.

Linea nacional. 018000 110032

a reandJoiOareancl!na. edu . co

WNW ateandlna .edu.co

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Calle 71 No. 11 • 14 Transvers.a1 22 Bis No. 4 -l OS

Téll ' 255 63~0 . 2556342 . 25566~0 Tel\. (5) 583 6050 . 583 0606

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P6X: (6) l25 5992. FAX: (6) 325 5995 Ca 11. 18 No. 10·61. P6X: (8) 7433986. FAXI81: 7401188 wwwful"landl.edu.cO

Sincelejo Calle 22 No. 15-54. ~undo ::uso Telel,,, (51 Z744604. Monterla

C,11e 31 No. 5·68 PBX (4) 7823250 FAX: (4) 7822350

Pasto:

Carrera 34A No. 20·40. Tel .. (2) 7312569. FAX: 731 2711

Arauca

Calle 14 No. 24·90. Ciudadela Um\'ersltada de la Paz

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FUNDACiÓN UNIVERSITARIA

DEL ÁREA ANDINA

Pe<sooer1il JwWK:I) Res 22215 -...on o.: 9-83

Continuación Acuerdo 019 del 26 de julio de 2011 Por el cual se establecen los lineamientos de actualización curricular en la Fundación Universitaria del

Área Andina. 14

reglamento estudiantil, según lo contemplado en las políticas y planes de

formación institucional para un segundo idioma, -Plan Integral de Bilingüismo

Área Andino - PIBA -, se debe contemplar lo siguiente:

1. La competencia comunicativa en inglés se verificará mediante la aplicación de un examen de conocimientos y competencias desarrolladas. Esta verificación debe garantizarse en términos de equidad y cobertura, para los

programas de educación presencial, a distancia y virtual.

2. En el proceso formativo de transversalización en los Proyectos Pedagógicos de Aula -PPA- se integrarán estrategias y actividades en inglés o en otro idioma, de acuerdo con el objeto de estudio de los programas.

3. La institución implementará planes de acción que fortalezcan el desempeño en inglés de sus estudiantes en las Pruebas Saber Pro, considerando esta prueba como el mínimo competente que requiere la formación profesional y dimensionándolo en los Proyectos Pedagógicos de Aula -PPA-.

4. Los programas académicos podrán desarrollar actividades de formación en otro idioma adicional diferente al inglés de acuerdo con la naturaleza especial del programa y sus objetos de estudio.

Artículo 32: Los programas de pregrado deberán incluir en sus planes de estudios la formación en Tecnologías de la Información y la Comunicación ­ TIC- la cual comprende como mínimo, los módulos de gestión de la información y gestión del conocimiento, se considera esta denominación para todos los planes de estudio en la Fundación Universitaria del Área Andina.

Parágrafo. Los módulos de gestión de la información y gestión del

conocimiento tendrán peso en el plan de estudios. El módulo de gestión de la

Información debe adelantarse en el primer 30% de los créditos previstos por

el plan de estudios. Los módulos mencionados tendrán una asignación de

dos créditos para todos los niveles de formación.

Artículo 33: Los programas académicos de pregrado en el área de la salud deben tener en cuenta para la definición de sus planes de estudios, los desarrollos legales, organizacionales y conceptuales de la salud pública, como cumplimiento a un interés general y de índole global.

Bogotá 1 Educaci6n para el Trabajo y el Desarrollo Humano Valledupar:

~~~ PIlfl<;Jpa : ( arrer" 14A !'Jo. 69-35 P8X 117104S

AtlmlWIle!> 2 12 6120

Sede Adr ..\lPlsuall·.... e le-7' NO l · 2' ' 8X: (1 j 346 6600. fd<. (1 1J 131076

Unea nócrOfl.tl. 018000 110032

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Call1! 71 No 1\ -14 Tf,)"~yef\a122 fhs No. 4 -105

1.~_ : 255 6340 -2556342 -2556640 1els.: (5) 5836050 -583 0606

( entro d~ Edu c;aci(ln (J f>lstanoa Medellln

Cale 70 No. 11 - 44 PBX : 210 1224 Calle 34A No n-08

Pereira: Tel>. 250565 1-2503401

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P8X_ (6) 325 5992 FAX: (6)325 5995 Calle 18 No 10-61. P8X· (8)7433986. fAXI8)· 740 1188 www.funandL~du.co

Sincelejo

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p¡.íad,I 27446 _ Monterla Calle 31 No. 5-68. P8X (4) 7823250. FAX. (4) 7827350

Pasto:

(15)

FUNDACiÓN UNIVERSITARIA

DEL ÁREA ANDINA

P...-. Ju'ln,ca Res 22215 MrnedI.eooOn Ole. 9~

Continuación Acuerdo 019 del 26 de julio de 2011 Por el cual se establecen los lineamientos de actualización curricular en la Fundación Universitaria del

Área Andina. 15

Artículo 34: Quedarán bajo responsabilidad y direccionamiento de la Vicerrectoría Académica los procesos de articulación con la educación básica y media, con el ánimo de determinar la pertinencia y garantizar la calidad académica de los proyectos emprendidos para tal fin. Como parte de la gestión para la articulación se deberá también desarrollar la gestión institucional y académica pertinente para la organización de programas por

ciclos propedéuticos.

CAPíTULO V

ESTRUCTURA ACADÉMICA Y GESTiÓN CURRICULAR

Artículo 35: La organización académica en la Fundación Universitaria del Área Andina y sus elementos estructurales y funcionales de gestión curricular

corresponden a una organizaclon universitaria por Facultades,

Departamentos Transversales, Escuelas, Programas Académicos y Centros

Especializados, con el respaldo de las Direcciones, Institutos y Áreas de Apoyo Académico, con los cuales desarrolla interdisciplinariamente sus

planes de estudio inmersos en el currículo. El desarrollo de las unidades

respectivas podrá dar lugar a su transformación.

Artículo 36: La gestión curricular será liderada por la Vicerrectoría Académica y estará a cargo de las unidades académicas respectivas.

Artículo 37: Las reformas curriculares luego del trámite respectivo por los Consejos de Facultad, por el Comité Curricular y por el Consejo Académico serán aprobadas por el Consejo Superior.

Artículo 38: El Comité Curricular estará compuesto por:

a. El Vicerrector Académico, quién lo presidirá

b. Los Decanos

c. La División de Programación y Desarrollo Académico.

d. y asistirán a él, los directores de las áreas, programas y

departamentos transversales, que en su momento se requieran para definir

aspectos de este comité.

Artículo 39: Son funciones del Comité Curricular las siguientes:

a.- Actuar como órgano asesor directo de la Vicerrectoría Académica.

b.- Emprender acciones que permitan desarrollar los lineamientos y políticas

curriculares. Bogotá

5t'de Prrnc;ipal ( l!Ifler 14A No. 69-35 X 11/2 5

Adm/$lonu 2;2 6320

~ede Adrn·mstrauv.¡¡: Calle 71 No. 13 - 21 P8X: (I) 3466600 Fax 1113131076.

Linea naciof\al. 0\8000 1'0032

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Edu( ilció n para el Trabajo y el Desarrollo Humano Valledupa r:

Calle7 iNo 1' -14 Jransver Xl! l2 BIS No. 4 • lOS

r.ls .. 25S 6340 -2556342 - 2556640 T~s.: (5) 583 60 50 -581 0606

Centro de EducaclOn il Distancia Medellfn

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Pereira: Tels.: 250565 1 - 2503401

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PBX' 16) 325 5992. FAX: (6) 325 5995 Calle 18 No. 10-61. P8X' 18) 7433986. FAX(8): 7401188

www. funandlP.{lu.co

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Calle 31 No. S-68. P8X: (4) 7823250. FAX-(4) 7822350

Pasto:

Carrera 34A No. 20·40 Te!.. (2) 7312 569. FAX: 73 1 27 11

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Área Andina. 16

c.- Lograr mayor cobertura, calidad, pertinencia, organización y coordinación de las actividades académicas,

d.- Realizar actualización permanentemente de la oferta educativa que responda a las necesidades reales del contexto mundial, nacional y regional. e.- Las demás que por su naturaleza le correspondan.

Artículo 40: El Consejo de Facultad, concebido como órgano asesor de las

decanaturas encargado de la orientación del desarrollo curricular,

dinamizador de las funciones de docencia, proyección social e investigación,

estará integrado por:

a. El Decano

b. El Secretario de Facultad

c. Los Directores de Programas y de Departamentos

d. Representantes de los Estudiantes

e. Representante de los Docentes

f. Representante de los Egresados

Artículo 41: Son funciones del Consejo de Facultad las siguientes:

a.- Identificar y promover académicamente el desarrollo de los programas b.- Proponer la actualización de los currículos ante las instancias pertinentes

c.- Armonizar los planes de desarrollo que fortalezcan las funciones

sustantivas

d.- Privilegiar los objetos de estudio y las líneas de investigación

e.- Recomendar a la decanatura acciones a realizar respecto al desarrollo

curricular

f.- Supervisar el proceso de autoevaluación permanentemente con fines de

mejoramiento continuo y de reconocimiento de la alta calidad de los

programas

g.- Conceptuar y sugerir sobre los asuntos administrativo - académicos de la Facultad

Artículo 42: Corresponde a las unidades académicas diseñar los contenidos y las estrategias para el desarrollo de las ofertas académicas requeridas. Estas ofertas académicas serán plasmadas en la plataforma virtual y deberán ser actualizadas periódicamente.

Artículo 43: La calidad en la gestión curricular es consecuencia del factor humano, por ello la caracterización de los perfiles, la definición de funciones, Bogotá

PBX 211104,

Aflrn6JOn('~ 21 2 63.2.0

S€G€ Adm-rllilHlIl'J.!I" Ca e /1 Na 13 - 21 PSX: fI) 34 6 6600. Fa> (1)3131071) lJIlea nMJ01'1.at 0 18000 110032 areandlnaO.ueoaradrrUI edu (O wwwal@')l'IdIN_édu IX>

Educ.ac.lón para el Trabajo y el Desarrollo Humano Valledupar: Sincelejo

Cilt6@ 7 1 o. II 14 Transversal 22 BIs No . .:l -105 1 C..de 12 No IS·54. seq f')OO PiSO

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Pereira: T.'s_2~05651 - 2503401 Pasto:

Catl l? 24 No. 8-55 Tunja Carrera 34A No. 20 - 40. Tel.: (2) 731 2569. FAX: 731 2711

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Área Andina. 17

actividades y sistemas evaluativos y de mejoramiento deben corresponder al propósito de la misión institucional y el desarrollo curricular y ser consecuentes con esquemas organizativos propios de la educación superior, de la competitividad y de los referentes normativos.

Artículo 44: El diseño curricular se privilegia como herramienta sistémica de gestión, que junto a los resultados de la investigación en educación, la autoevaluación, los resultados de la evaluación externa, la retroalimentación de los pares académicos, las discusiones académicas y el análisis del

entorno, busca integrar un panorama de necesidades y estrategias en

función del mejoramiento continuo del currículo

Artículo 45: El diseño curricular lo orienta la Vicerrectoría Académica con el apoyo del comité curricular, el cual como colectivo académico y desde una cosmovisión de la educación, estimula los aspectos teóricos que dinamizan la capacidad argumentativa institucional en ambientes pedagógicos, estrategias metodológicas, diseños didácticos e investigación educativa.

Artículo 46: Como herramientas de la gestión curricular se establecen los reglamentos que orientan el desarrollo de las funciones básicas de la educación superior y los objetivos institucionales y de la Facultad, por lo tanto se hace necesario la integración de la formación y evaluación por competencias al:

a. Reglamento estudiantil,

b. Reglamento docente,

c. Reglamento de prácticas, y

d. Reglamento de opciones de grado

Artículo 47: La gestión y organización curricular de los programas favorecerán el doble título y la doble titulación aprovechando la flexibilidad y las diversas posibilidades de formación.

Artículo 48: Como mecanismo de organización para la gestión curricular que permita la orientación y seguimiento de los planes de estudios, los programas pueden estructurar su propuesta académica a partir de la conformación de ciclos básicos y específicos de formación:

Parágrafo 1.Los ciclos básicos son una propuesta curricular de formación donde el estudiante desarrolla unas competencias iníciales y comunes a Bogotá

Sede Pt'1''rClptll Cmera 14A 6 ·35

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PBx: (1) 346 6600_F.x: (1) 3 13107 Uoe<i llaaon&!. 01 8000 110031 .reaJldinaOd"e,mdina edu.co

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Educaci6n para el Trabajo y el Oesarrollo Humano Valledupar:

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Pereira: Tels.. 2505651 - 2503401

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' BX· (61 325 5992. FAX: (613255995 e.lle 18 No. 10-61 PBX: (8) 7433986. FAX(8). 7401188

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rel.I.,. (5) 2 144604. Mont erla

e,lle 31 No. 5-6j! P8X (417823250 FAX (417822350 Pasto: Carrera 34A No. 20 -40. Te/.: (2) 731 2569. FAX: 731 271 ~

Arl!lluca

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unas áreas de formación definidas, en programas relacionados

interdisciplinariamente en sus objetos de estudio, son de orientación inicial en la vida universitaria. Deben contener en forma integral la formación del ser profesional y elementos del ciclo específico que posteriormente le permitan

profundizar sobre sus áreas de formación .

Parágrafo 2.Los ciclos específicos se refieren al proceso complementario que se desarrolla en la propuesta de formación de ciclo básico, responde a la formación profesional específica consecuente con el objeto de estudio

identificado en los programas académicos.

Artículo 49: Como estrategia de gestión curricular la Fundación Universitaria del Área Andina define un Sistema de Competencias y Evaluación de los Aprendizajes, que brindan a la comunidad académica una ruta de trabajo para la implementación y mantenimiento de sus currículos.

Artículo 50: El núcleo de conocimiento implica el análisis y solución de uno o varios problemas específicos que se seleccionan según el grado de

relevancia y pertinencia, permitiendo el desarrollo transversal del currículo y

se contemplan como unidades organizadoras de los módulos y permiten un desarrollo holístico e integral de las competencias.

Artículo 51: Los módulos están considerados como recursos didácticos construidos por el docente y buscan fortalecer competencias inmersas y/o complementarias en las áreas de formación, se articulan a proyectos que abordan problemas identificados integrados directamente a los objetos de estudio. El módulo integra todos los conocimientos necesarios de diferentes disciplinas para desarrollar una competencia que habilite al egresado para la labor en su área de formación específica. Estos pueden ser:

1. Teóricos: son actividades hipotéticas y conceptuales, que mediante el

abordaje de problemas identificados del objeto de estudio conforman un constructo del saber que fundamentan la práctica profesional.

2. Teórico - prácticos: contemplan proporcional y equitativamente un

componente teórico y uno práctico, donde uno complementa al otro y retroalimentan estrechamente la construcción de conceptos y su práctica real.

3. Prácticos: Se refiere a momentos de formación de aplicación

conceptual con supervisión directa, supone una preparación que se remite a Bogotá

Stde PTlncJpllt Caner. 14A No 69.35 PSX:217 204S

Se~AdrnrrllSlrllllve. C .. lle 71 No. 13 -21

PBX: (1) 346 6600 Fa" (!) 11l1076.

Unea MOOnal. 0 18000 1100 32

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Calle 7) No. 11 -14 Transv(!C'1-}1'22 BIS No. 4 • 105 I Calle 22 No. 15 Sil, sf!g ncu -;J~

le" 255 6340 -2556342 -2556640 lels. ¡II 183 6050 • 58l 0606 I T.lefa,. ¡II 2144604.

Ce11tro de EducaciÓfl a Di~tancia Medellfn

Cale 70NG 11 -44. PBX' 210 224 Calle 34A No 77-08

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C/lIIe 24 No. 8-55 Tunja

PIlx 161325 5992. fAX: 16132S 5995 ('~Ile lB No. 10-61 PBX. (8) 7433986. FAX(8). 7401 188 YfWW \ manol.ed .co

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otros espacios de formación de orden teórico cursados en paralelo o con anterioridad al componente práctico. Buscan la integración conceptual en el hacer mediante el ejercicio práctico y real.

Artículo 52: Los programas de una misma área del conocimiento podrán ofertar créditos comunes que permitan a los estudiantes movilizarse entre los programas, teniendo en cuenta la unificación de la denominación, de la

codificación de los créditos académicos, de su naturaleza, de las

competencias y de los contenidos, para promover la formación interdisciplinar y la optimización de los recursos académicos y administrativos de la

institución.

Artículo 53: La Cátedra Pablo Oliveros Marmolejo de la Fundación Universitaria del Área Andina desarrolla a través de tres ejes temáticos o componentes que al estructurarlos le dan sentido a la acción educativa: el ser, la existencia y el humanismo; la ciencia, la tecnología, la innovación y la

investigación; y la ciudad-región, política pública, productividad y

competitividad.

Propende por humanizar la educación, es decir, cómo integrar sentimiento y pensamiento para transitar mediante una didáctica y una pedagogía pertinente hacia un pensamiento que posibilite la comprensión integral de

sujeto y experiencia .

Busca fortalecer la formación integral de quienes participan, generando valor a sus proyectos de vida, a través de un espacio de pensamiento interdisciplinario, abierto, crítico y reflexivo. Es un espacio de construcción de sueños, estrategias y acciones para cumplirlos; de construcción colectiva e

interactiva con los diferentes estamentos de la institución y de la región.

Artículo 54: El Proyecto Pedagógico de Aula -PPA- es una herramienta transversal de gestión curricular que plasma la intencionalidad formativa generada desde los módulos en proyectos integradores identificados en torno al objeto de estudio del programa, retoma los elementos de planeación de aula, las didácticas, la evaluación y la sistematización, para que junto a la identificación y complementación hacia competencias de formación, oriente

la reconceptualización del saber y la construcción de nuevos conocirnientos.

El Proyecto Pedagógico de Aula -PPA- se establece desde la información básica de los microcurrículos y los objetos de estudio, mediante la gestión

Bogotá

St"de Pt,nau.J 1. Carlf'ra 14A No. 69·]~

P1lX: 1 72045

AdmislOncs" 2.1 2 {, 20

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e dle 70 No. 11 -44 PBX: 2101224 Ca lle 34A No. 77-08

Perelra: Tel, . 25056 51 ·250340 1

Ca lle 24 No. 8-55 TunJa

PSX· (6) 325 5992. FAX· (6) 325 5995 Calle 18 No. 10·61. PBX: (8) 7433986. f AX(B): 740 11 B8

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