• No se han encontrado resultados

La situación de género y de los derechos humanos de las mujeres en Brasil

N/A
N/A
Protected

Academic year: 2017

Share "La situación de género y de los derechos humanos de las mujeres en Brasil"

Copied!
21
0
0

Texto completo

(1)

LA SITUACIÓN DE GÉNERO Y DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS MUJERES EN BRASIL

Por Vitor Lipparelli Piovesan1

INTRODUCIÓN

El presente trabajo tiene como finalidad analizar, según datos actuales, la situación de género y delos derechos humanos delas mujeres enla República Federativa de Brasil. Se desarrollarálatemática alrededor detres ejes centrales donde se suelen apoyarla mayoría de las formas de violación a los derechos humanos de la mujer: no discriminación/igualdad, el derecho delas mujeres de verselibres de violencia ylos derechos sexuales y reproductivos.

En el primer eje se abordará algunos datos de derecho civil y de familia, tras la promulgación de nuevo Código Civil de 2002, y sobre cuestiones de igualdad/equidad de género bajo el subtema Mujeres, Poder y Decisión. Sobre este auspicio también se hará hincapié en la evolución legal y jurisprudencial del matrimonio entre personas del mismo sexo.

A continuación, el segundo eje hace referencia en especial ala violencia doméstica e intrafamiliar, la explotación sexual y a la situación de las mujeres privadas de libertad. Por ende, en el marco delos derechos sexuales y reproductivos se pondrá en relievela situación del aborto en Brasil, comotambién algunas consideraciones sobre VIH/SIDA y planeamiento familiar,involucrandolainformación y acceso delas mujeres alos métodos anticonceptivos. No obstante se dedicará un apartado específico respecto ala situación delas mujeres de ascendencia africana en Brasil, que se ven en una condición de doble discriminación por el hecho ser mujer y portener el color dela pielnegra o parda.

Se ha utilizado en este propósito datos de órganos gubernamentales, de organizaciones civiles e informes organizaciones internacionales. Como es sabido, Brasil ha       

1 Abogado (Facultad de Derecho de Franca‐Brasil)especialista en Derecho Público (Universidad Potiguar‐Brasil

(2)

ratificado los más importantes tratados internacionales respecto a la protección de los derechos humanos y en especial ala Convención parala Eliminación detodaslas formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicarla Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará).

Aunque se ha comprometido tanto internacionalmente como internamente, a través de sus políticas públicas y discursos gubernamentales, las mujeres en Brasil suelen encontrarse en situación de vulnerabilidad frente a los hombres y de víctima de diversas violaciones a sus derechos tanto por el Estado como porla sociedad brasileña.

1) NO DISCRIMINACIÓN E IGUALDAD

Con la edición del Código Civil brasileño en 2002 se ha eliminado cualquier discriminación respecto alas mujeres en el ámbito dela familia y del matrimonio, que había en el antiguo Código, en vigor desde 1916.

Se ha estipulado que la edad mínima de matrimonio tanto para los hombres como paralas mujeres es de 16 años, exigiendo en este caso el consentimiento parental. Según datos actuales, 17%2 de las mujeres entre 15 y 19 años son casadas, divorciadas o viudas, lo que

demuestra un altoíndice de matrimoniostempranos, debido principalmente al alto número de embarazosjuveniles no deseados. En el período del 2000 al 2006 hubo un aumento del 6% en el porcentaje de partos realizados en el sistema público de salud (SUS) enlas edades de 10 a 19 años, pasándose de 127.018 partos, en 2000, a 134.625 en 20063.

Sobrelalegitimidad del poder delos padres hacialos hijos, el nuevo estatuto civil de Brasil ha sustituido la expresión patrio poder por autoridad familiar, es decir, ha quitado el vinculo legal del poder familiar a la figura paterna, aplicándolo una perspectiva igualitaria de género. Así que desde 2002 hay unaigualdad plena de derechos entrela madre y el padre en Brasil, comotambiénlatienen respecto alos derechos hereditarios.

      

2 FuenteInforme sombra presentado en e39 periodo de sesiones deComité CEDAW (2007). 

(3)

Siguiendo este avance dela perspectiva de género, en 2005 se ha promulgadolaley 11.106/05, que alteró algunas disposiciones del Código Penal brasileño de 1940, entre ellasla posibilidad de revocación de una condena o anulación de un proceso de violación si la victima/mujer se casara con el agresor o con otro varón. Dicha ley también quitó el término machista de mujer honesta deltipo penal de violación mediante fraude.

Mujeres, poder y decisión

En este apartado se demostrará el déficit democrático entre hombres y mujeres en Brasil yla necesidad de una mayor aproximación entre el poder de decisión ylas mujeres, que todavía se encuentralejos de acercarse.

Es importante subrayar que casi 50% de la población económicamente activa y del electorado en Brasil es compuesto por mujeres y que tienen en general un mayor grado de educación quelos hombres (56,6% delas mujeres estudiaron 12 años o más). Sin embargo el número de mujeres que ocupan cargos de mayor niveljerárquico enlos Poderes Legislativos, Ejecutivos y Judiciales en los tres niveles de la federación no llega al 20%. En un número similar son las que ocupan cargos de jefas en las empresas y en los sindicatos. Se nota con esos datos que hay en Brasil una fuerte división sexual ytambién racial deltrabajo.4

Sobrela presencia delas mujeres como máximas representantes dela población y de las provincias en las casas parlamentares de Brasil la situación es aún más desigual. Solamente hay 9% de senadoras en el Senado Federal y 12,3%5 de diputadas en la Cámara Federal de Diputados. De acuerdo con el ranking mundial de la Unión Interparlamentaria (IPU)6, Brasil está enla posición 107 mientras que el país sudamericano mejor colocado esla República Argentina, que está en décimo. No obstante ello, El plan de Acción de la Conferencia de Beijing de 1995 estableció como meta mínima mundialla ocupación de 30% delos parlamentos por representantes del sexo femenino.

      

4 Fuentehttp://maismulheresnopoderbrasil.com.br

5 Fuentehttp://maismulheresnopoderbrasil.com.br

(4)

Enlas funciones de más alto nivel de decisión en el Poder Ejecutivola presencia de mujeres varía entrelos 16% y 19%. Sin embargo enlas Secretarías y Ministerios relacionados con las áreas de Políticas Sociales, del Trabajo Social, Educación, Salud, Medio Ambiente, entre otras el porcentaje sube hasta 59,49%7. Es decir,todavía se suele delegar alas mujeres

las funciones que tienen que ver con un cuidado especial hacia otras personas y a las tareas que se pueden relacionar a una extensión del hogar. Una vez más se nota la división sexual deltrabajo.

Sobre estas constataciones el Comité para la Eliminación de todas las formas de discriminación contra las mujeres (CEDAW) en su 39 periodo de sesiones en 2007, recomendó a Brasil tomar medidaslegales para aumentarla representatividad delas mujeres en cargos electivos, deindicación, enlos altos niveles del poder Judicial y dela diplomacia8.

En base a eso, en el año de 2009 fue aprobadalaley 12.034/09 (conocida en Brasil como la mini-reforma electoral) la cual estableció que cada partido o coligación de partidos debe obligatoriamente llenar por lo menos 30% de sus plazas por candidatas mujeres y no simplemente reservar este porcentaje como estaba plasmado enla antigualey. Sin embargola nueva ley presentó algunas fallas o un exceso de conservadurismo porque no prevé una sanción eficaz contra quien no respete esta cuota y ni tampoco logrará con este cambio una elección proporcional en materia de género.

Hay también un proyecto de enmienda constitucional (PEC 590/06) que se encuentra en trámite en la Cámara de Diputados que propone que haya una representación proporcional entre mujeres y hombres en las mesas directivas de la Cámara y del Senado Federal, comotambién en cualquiera de sus comisiones.

Con respecto al rango quelas mujeres ocupan en el Poder Judicial,los números son un poco mejores. Sin embargo nollegan a 30% en los altos cargos dela magistratura, 19% en los Consejos Nacionales de Justicia y 15,5%9 en los Tribunales Superiores. En el Supremo

Tribunal Federal (el más altotribunal en Brasil), hay actualmente dos mujeres entrelos once

      

7 Fuentehttp://maismulheresnopoderbrasil.com.br

8 Recomendaciones deComité CEDAW de 2007

(5)

ministros. Solamente en el año 2000 se ha nombrado la primera mujer en el cargo más importante del Poder Judicial.

Estos números se contrastan con el hecho de que 44% del cuadro deinscriptos enla Orden de Abogados de Brasil son mujeres,lo que quiere decir que hay en realidad una gran dificultad de ascensión enla carrerajurídica paralas mujeres, principalmente si ésta depende de unaindicación.

En el terreno de las relaciones laborales privadas el porcentaje de mujeres jefas de empresa en Brasil está en 21% (elíndice mundial está en 24%). Sin embargo en el año 1997 estaba alrededor de 10,44%. La presencia de mujeres es mayor en empresas más chicas (hasta 60 funcionarios) y enlas áreas de Administración, Recursos Humanos y Relaciones Públicas, donde el porcentaje puede llegar a 50%, mientras que en áreas como Ingeniería, área industrial y detecnología el número esinferior a 20%10(división sexual deltrabajo dentro de

las empresas).

Sin embargo, el número de mujeres consideradas comola persona de referencia enla familia (elegidas por la propia familia o residentes en el domicilio) en 2008 era de 34,9%, mientras que en 1998 era de 25,9%11. Eso quiere decir que la autonomía financiera y la

participación de las mujeres en el mercado de trabajo han aumentado, pero cuando las atribuciones del cargo exigen un mayor grado de poder de decisión (característica históricamente deltrabajo masculino en una sociedad patriarcal)12 se relegan alas mujeresla

ascensión a estos puestos ylos reservan en su gran mayoría alos hombres.

Una cruel realidad ha sido constatada por el International Trade Union Confederation, através de un estudio hecho en el marco dela campaña Trabajo decente: vida decente paralas mujeres, en 200913, respecto ala brecha salarial entre hombre y mujeres en varios países del mundo. Brasil ocupa el primer puesto de la desigualdad salarial, con una brecha salarial de género de 38,5%.

      

10 FuenteCatho Online2009Disponible enwww.catho.com.br/  

11 Instituto Brasileño de Geografía Estadística (IBGE), indicadores sociales2008

12 Un dato interesante sobre la sociedad patriarcaque vivimos la división de las tareas/laburos87,9% de las 

mujeres económicamente activas declararan cuidar de los servicios domésticos en su hogar, sumando un total  de 20 hs por semana, contra 46,1% de los hombres en un total de 9 hs por semana. 

(6)

El estudiotambién ha concluido que enla mayoría delos países,la brecha salarial de género se ensancha conla edad, y contrariamente alo que se pudiera asumir, cuanto mayor es el nivel educativo mayor es la brecha. Esto se debe a cierta discriminación en el lugar de trabajo, ala segregación profesional, por debajo de su nivel educativo, por verse obligadas en muchos casos a combinar eltrabajo conlas responsabilidades familiares.

En este tema especifico Brasil ha desarrollado algunas políticas públicas, como por ejemplo, Brasil de Igualdad de Género (SPM/PR); campaña Mais Mulheres do Poder: Eu assumo este compromisso!; y Programa Pró-Equidade de Gênero, de la SPM/PR. E II Plan Nacional de Políticas paralas Mujeres de 2009, más allá de establecer como meta a cumplir una mayor participación delas mujeres enlos espacios de poder y decisión.

 

La unión y el matrimonio entre personas del mismo sexo   

Siguiendo en el campo de la igualdad de género, otro tema que tiene destaque en las  sociedades actuales es la igualdad de trato y de derechos entre una pareja del mismo sexo biológico.   Brasil ha logrado algunos avances en el reconocimiento de estos derechos debido principalmente al  trabajo de los tribunales y jueces locales14.   

El primer Tribunal de Justicia en Brasil a dictar sentencia reconociendo la unión civil entre  personas de mismo sexo fue el Tribunal de Justicia de Rio Grande de Sur, en 2001.  A partir de la  fecha este reconocimiento se ha consolidado en dicha provincia culminando en una resolución (n°.  006/2004 del CGJ/RS) que nortea la concretización del trámite correspondiente en los registros  civiles, por medio de instrumento público, desde el año 2004.  

Es interesante subrayar que desde el año 2000 (Instrução Normativa nº 25 de 07/06/2000 del INSS), es posible la concesión de beneficio por la Obra Social de Brasil (INSS) debido al fallecimiento dela pareja homosexual.

A partir de estos avances se halogrado ante al Poder Judicial de Brasillos siguientes derechos y reconocimientos: el reconocimiento de la relación homoafectiva (como se suele denominar en Brasil la unión entre personas del mismo sexo) como entidad familiar; la división de bienes durantela existencia de dicha unión; el derecho ala herencia; el derecho a       

14 Cf. Apelação Cível n º70.001.388.982/RS; Agravo nº 2003.01.00.000697‐0/MG; tutela antecipada em Ação 

(7)

alimentos; concesión de visas a extranjeros(as) que vivan en unión civil con un brasilero(a); concesión de beneficios porla Obras Social (pensión por muerte, auxilio reclusión y etc.); el derecho al usufructo; el derecho ala custodia sobrelos hijos; la competencia deljuzgado de Familia para solucionar cualesquier conflictos; aceptación de autorización del compañero(a) a los efectos de donación de órganos; y la admisión del compañero(a) como dependiente del titular del plan de salud.

Otro gran paso hacia al reconocimientototal delos derechos de una pareja del mismo sexo se ha dado en abril del corriente año con el Recurso Especial 889.852/RS de 27/04/2010, donde el Superiortribunal de Justicia confirióla posibilidad de adopción de dos hijos por una pareja delesbianas. En el dictamen, dichotribunal estableció que ambastienen la responsabilidad solidaria hacia los niños, consolidándose los derechos relativos a alimentos, herencia, a la custodia de la pareja superviviente, en caso de fallecimiento de la compañera,lainclusión de ellos enlos planes de salud y etc.

Con respecto alos avanceslegales sobre el tema dela unión civil entre personas del mismo sexo, en junio de 2009 el Ministerio Público federal ingresó con una Acción Declarativa de Inconstitucionalidad (ADI 4227) cuestionando sobrela constitucionalidad del artículo 173 del Código Civil brasileño, que restringe la posibilidad de unión civil a un hombre y una mujer.

Eltema del matrimonio a su vez está un poco máslejos delograrse. Hay un proyecto de ley sobre el matrimonio de personas del mismo sexo en el Congreso nacional de Brasil, desde 1995 (PL 1.115). Haytambién desde 2007 el proyecto deley 2.285/07 (Estatuto delas Familias), donde se reconocela unión de personas de mismo sexo como entidad familiar, pero la ve como una unión diferente del matrimonio.

(8)

Brasil hatrabajado con mucho ahínco en estatemática desdela Conferencia Mundial de Durban, en 2001 (Conferencia contra el racismo,la discriminación racial, la xenofobia, y formas conexas de intolerancia). En este mismo año ha creado el Consejo Nacional de Combate a la Discriminación (englobandola discriminación sexual) y en 2004 el Programa Brasil sin Homofobia. Desde el año de 2006 la Asociación Brasileña de Gays, Lésbicas y Transgéneros (ABGLT) creó el Observatorio Brasil sin Homofobia con el objetivo del monitoreo de este programa.

2) EL DERECHO A VERSE LIBRE DE VIOLENCIA

Violencia doméstica eintrafamiliar

En Brasilla violencia contralas mujeres es untema muy preocupante porque, según estudios, una entre cuatro mujeres brasileñas (25%) afirmó ya haber sufrido algún tipo de violencia doméstica o intrafamiliar. Estos números suben a 53% en la zona rural15. En este sentido el Comité CEDAW, en sus observaciones, ha instado que Brasil tenga en cuenta la situación delas mujeres del medio rural en sus esfuerzos por eliminarla vulnerabilidad delas mujeres ala violencia.16

Sin embargo Brasil ha dado un paso importante en el combate contra a la violencia domestica eintrafamiliar conla promulgación delaley 11.340/06, conocida como ley María da Penha17.

      

15 FuenteInforme sombra presentado en e39 periodo de sesiones deComité CEDAW (2007). 

16 Recomendaciones deComité CEDAW de 2007 

17 María da Penha fue víctima de un doble intento de asesinato por parte de su marido en el año de 1983 

(9)

Algunas de la innovaciones que advinieron con la nueva ley fueron: la creación de juzgados especializados de violencia domestica y familiar contrala mujer (competencia civil y criminal); el pedido de renuncia al proceso solo es posible ante un juez, en una audiencia especifica;la Posibilidad de declaración dela prisión en flagrante yla prisión preventiva del agresor; La pena máxima pasó para los para 3 años; el establecimiento de la frecuencia obligatoria del agresor a programas de recuperación y re-educación; la posibilidad de determinarse un límite mínimo de distancia entre el agresor y la víctima; la creación de abrigos paralas víctimas, así como una serie de otras medidas de protección haciala víctima.

La violencia domestica o familiar, según la nueva ley, involucra cualquier tipo de violencia física, psíquica o que cause daño moral o patrimonial, en el ámbito de la unidad domestica o en el ámbito dela familia o de cualquier relacióníntima de afecto,independiente dela orientación sexual. Es decir, se aplicatanto para relación entre marido y esposa; relación entre novios, concubinos, hermanos,tíos y primos.

Sin embargola aplicación práctica delaley Maria da Penha respecto ala creación y funcionamiento delasinstituciones públicas deja mucho a desear. Hoy en día hay solamente abrigos institucionales en 2,7% de las ciudades brasileñas o 130 de los más de 5.000 municipios. Dentro de ellas, 72% de las ciudades tienen más de 500 mil habitantes y 0,6% hasta 50 mil habitantes. Con respecto a las comisarías de la mujer se ha constatado la presencia en 7,1% delos municipios brasileños o sea delos 5.565 municipios, solamente en 395 hay este tipo de atención especializada18. Sobre la situación del establecimiento de juzgados especializados, el mismo estudio demuestra que apenas hay 43 juzgados especializados en eltema, siendo que seis provinciastodavía nolos crearon.

Debido a esta dura realidad el Comité CEDAWtambién manifestó su preocupación y recomendó a Brasil que acelere el combate continuo a la violencia contra la mujer y dé seguimiento ala Ley Maria da Penha19. En respuesta a estas observaciones, Brasil ha creado

en 2007 el Pacto Nacional de Enfrentamiento de la Violencia contra Mujeres, elaborado porla Secretaría de Políticas para las Mujeres, donde ha establecido varias metas a cumplir por el Estado hasta 2011.

      

18 FuenteInstituto Brasileño de Geografía Estadística (IBGE), MUNIC 2009

(10)

Explotación sexualinfantil/ turismo sexual de niñas/ trata de personas

El tema que involucra a las diversas formas de explotación sexual infantil es un problema estructural vivido en Brasil. Según investigaciones realizadas por una comisión parlamentariajunto al Ministerio Público Federal y ala Policía Federal se constató que estas prácticas están presentes en 927 municipios brasileños. La mayor parte de ellos están ubicados en la región noreste y sudeste de Brasil e involucran especialmente niñas o adolescentes, pobres, negras o pardas (se estipula de 500 a 800 mil niños y niñas en esta situación).

También se han descubiertos 241trayectos donde se ha observadola perpetración del tráfico de mujeres y niñas para fines de explotación sexual comercial, tanto dentro del territorio brasileño como hacia afuera, principalmente enlas regiones norte y noreste.

Lasinvestigaciones confirmaron quelas personas que encabezan el esquema son en general, policías, políticos y empresarios20. En base a eso, el Comité CEDAW instó Al

Estado brasileño a poner cabalmente en práctica el Plan Nacional de Lucha contrala Trata de Personas eincluir dimensión de género, raza y edad21.

Además de estos logros, las investigaciones culminaron con la presentación de un proyecto de ley ante al Parlamento brasileño – que en julio de 2009 se convirtió en la ley 12.015/2009 – que alteró el capítulo delos crímenes sexuales del Código Penal. Algunos de los avances másimportantestuvieron que ver conla creación de nuevostipos penales, como el favorecimiento a la prostitución u otras formas de exploración sexual de personas vulnerables yla violación de vulnerable, más allá de estipular algunas causas de aumento de pena relativa a la edad de la victima (niños y adolecentes) y de su condición de vulnerabilidad (personas con discapacidad y mayores).

Recientemente, en junio de 2010, la Argentina y Brasil, en nombre del Mercosur, presentaron una propuesta ante la ONU para que los Estados evalúen la aplicación de penas

      

20 FuenteInforme sombra presentado en e39 periodo de sesiones deComité CEDAW (2007). 

(11)

paralos clientes delatrata de personas. La iniciativa fue recibida positivamente porlas ONG locales que trabajan en el tema. Se trata dela primera vez que países latinoamericanos proponen penalizar al cliente delatrata de personas22.

Mujeres privadas delibertad

Eltotal de mujeres enlos sistemas carcelarios de Brasil es superior a 14.050, o sea, representan 4,55% del total de personas privadas de libertad. Según el documento final del Grupo de Trabajo Interministerial sobre Reorganización y Reformulación del Sistema Carcelario Femenino de 200723, la población carcelaria femenina tuvo un crecimiento de

135,37% entre el año 2000 y 2006. La gran mayoría son jóvenes, madres solteras, de ascendencia negra, y condenadas por tráfico de estupefacientes (en general participan del esquema como mulas, através de amenazas de sus compañeros, o comola única salida para el mantenimiento de sus hijos).

De acuerdo con el mismo documento, cerca de 25% de estas mujeres se encuentran presas en comisarías24, mientras que el número de hombres en esta situación es de 13%. Esto

se debe porque solamente hay 55 cárceles femeninas en Brasil (mayoritariamente ubicadas en las capitales de las provincias) y también porque las mujeres prefieren quedarse cerca de su familia y de sus hijos –lo que demuestrala falta de políticas penitenciarias y de construcción de establecimientos adecuados para el cumplimiento dela pena.

El Informe Sombra, presentado por organizaciones de la sociedad civil brasileña en 2007, ante el Comité CEDAW, ha concluido que hay una gran marginalización dela cárcel femenina, poca legislación (con muy bajo cumplimiento), ausencia de políticas de inclusión social, más allá de la precariedad física de las cárceles y ausencia de datos. Es decir, este

      

22 Disponible enhttp://www.elargentino.com/nota‐95616‐seccion‐112‐Fuerte‐respaldo‐a‐lapenalizacion‐al‐

cliente‐de‐trata.html 

23 Disponible enhttp://www.mpdft.gov.br/portal/pdf/unidades/promotorias/pdij/Publicacoes /RELATORIO 

_FINAL_‐_versao_97‐2003.pdf  

24 Son locales inapropiados para la ejecución de la condenaporque no existen ahí actividades educacionales

(12)

pequeño grupo se ve en una situación deinvisibilidad frente a otras prioridades del gobierno brasileño.

3) DERECHO A LA SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA:

Estudios nacionales demuestran una mayor prevalencia del uso de la ligadura de trompas y de la pastilla, o sea, la baja frecuencia de utilización de otros métodos anticonceptivos indica el acceso limitado de las mujeres a las informaciones sobre las opciones disponibles y a los métodos propiamente dichos. Estos son algunos de los factores que causan el aumento de los embarazos juveniles, corroborando los datos expuestos en la primera parte del primer capítulo.

Una consecuencia de la no información, no acceso o mal uso de los métodos anticonceptivos fue el crecimiento de la ocurrencia de infección por el VIH en mujeres. En Brasil, del total de casos notificados hasta el junio de 2006, 67,2% eran del sexo masculino (290.917 casos) y 32,8% del femenino (142.138 casos). La razón delos sexos ha disminuido sistemáticamente, pasándose de 15,1 hombres por mujer en 1986 y para 1,5 hombres por mujer, en 200525.

Entrelos años 2000 y 2009, fueron registrados 3.713 casos de VIH en niñas de 13 a 19 años (60% deltotal), contra 2.448 niños. Enla franja etaria siguiente (20 a 24 años), hay 13.083 (50%) casos entre ellas 13.252 entre ellos. En el grupo con 25 años o másla cuestión de género es al revés, o sea, 174.070 (60%) dototal (280.557) de casos son hombres26.

Esta feminización juvenil del VIH se debe al hecho 33,6% de las jóvenes sexualmente activas entre 15 y 24 años declararon haber usado preservativo en sus relaciones sexuales27. Uno de los motivos que a menudo actúa en este dato es el corriente uso de la

      

25 FuenteII Plan Nacionade políticas para las Mujeres

26 FuentePesquisa de ConocimientosActitudes Prácticas de la Población BrasileñaMinisterio de la Salud

2009. Disponible en: http://www.aids.gov.br/data/Pages/LUMISE77B47C8ITEMIDE56B57FF73994003  9DB3112DF74DE47FPTBRIE.htm 

27 FuentePesquisa de ConocimientosActitudes Prácticas de la Población BrasileñaMinisterio de la Salud

(13)

violencia machista por los jóvenes/varones, que coaccionan sus parejas a tener relaciones sexuales sin el uso de preservativo. Según la investigación anterior, el números de jóvenes /varones que declararon usar preservativos es de 57,4% (Está en vigor en Brasil el Plan Integrado de Enfrentamiento dela Feminización del VIH/Sida y otras ESTs, del Ministerio de salud y dela Secretaría de Políticas paralas Mujeres).

Con respecto ala relación entre el grado de escolaridadyla contaminación por VIH, se nota que en 52% de los casos entre mujeres son de aquellas que no tienen ninguna escolaridad, mientras que 29%, entrelas quetiene 1 a 3 años de estudios, y 19% paralas que poseen 4 a 7 años.

En relación ala variable poder económico y planeamiento familiar (queinvolucra, en regla, embarazos deseados y, a su vez, un acceso/uso correcto de los métodos anticonceptivos), 59,1% de las mujeres que reciben hasta ½ salario mínimo (22,6% de las familias brasileñas están en esta situación de pobreza),tienen 3 hijos, mientras que 20% delas que reciben 2 salarios mínimos o más, tienen el mismo número de hijos.

Brasil ha desarrollado desde 2005, una Política Nacional de Planificación Familiar, en el marco del Ministerio de salud y de la Secretaría de Políticas para las Mujeres, que subsidia en 90% la venta de anticonceptivos en las farmacias acreditadas al Programa Farmacia Popular. Sin embargo, de acuerdo conlos datos, este programa solo no es suficiente para cambiarla realidad

También se ha puesto en marcha el Programa Salud y Prevención en las Escuelas (Ministerio de Salud y ministerio de educación) parala promoción dela salud por medio de acciones educativas de prevención y ampliación del acceso de esa población al condón masculino

Como metas a cumplir en esa temática, el II Plan nacional de políticas para las mujeres pretende: reducir en el 15% la Razón de Mortalidad Materna, entre 2008 y 2011; garantizar la oferta de métodos anticonceptivos reversibles para el 100% de la población femenina usuaria del SUS (Sistema único de Salud); hacer disponible métodos anticonceptivos en 100% de los servicios de salud; y apoyar la organización de un centro colaborador por región para humanización de la atención al parto y al aborto.

(14)

no deseados enla adolescencia (que enla mayoría delos casos,interrumpe el desarrollo dela autonomía dela mujer, estanca sus estudios, y a su vez, su calificación profesional – ciclo de la pobreza); contaminación por VIH y otras enfermedades; abortos clandestinos (consecuencias graves a la salud); matrimonios tempranos y etc. En base a eso, el Comité CEDAW recomendó a Brasil aumentar el acceso de las mujeres a la atención de salud, en particular alos servicios de salud sexual y reproductiva28.

Aborto

El aborto es considerado en Brasil como una hipótesis de crimen contrala vida y el juzgamiento por esta práctica se da ante un juicio popular. El art. 128 del arcaico Código Penal de 1940 solamente permitela realización del procedimiento en casos de riesgo de vida parala mujer y de embarazo resultado de violación.

Ocurren anualmente cerca de 1.054.243 abortos en Brasil, pero solamente 2.067 son abortoslegales29. (En 2005, el Ministerio de Salud edi una normatécnica sobre Prevención

y Tratamiento delos Males resultantes dela Violencia Sexual contrala Mujer que dispensóla presentación de una previa comunicación policial sobre una presunta violación paralegitimar el aborto legal, sin embargo los hospitales y médicos todavía siguen exigiendo dicha formalidad30).

A cada 100 mujeres (entre 15 y 49 años), 2,07 ya realizaron un aborto. Esatasa era de 3,69% en 1992. En relación a la proporcionalidad de abortamientos por números de nacimientos con vida, en el año de 1992, los abortos correspondían a de 43% y en 2005 se cayó a 29%31.

      

28 Recomendaciones deComité CEDAW de 2007

29 FuenteDados reflexões sobre condição de ilegalidade do abortono âmbito da Saúde da Justiça. 

Disponible en: www.ipas.org/Publications/asset_upload_file191_3554.pdf 

30 FuenteInforme sombra presentado en e39 periodo de sesiones deComité CEDAW (2007). 

31 FuenteMagnitude do Aborto no Brasilaspectos epidemiológicos sócio‐culturais (Ipas BrasilIMS UERJ

(15)

En el Sistema Único de Salud (SUS) se realizan 222.840 intervenciones pos-aborto por año, de las cuales 37 resultaron en muertes maternas. Este procedimiento es el segundo más realizado enlos servicios públicos de salud, dentro delos procedimientos obstétricos. La proporción de la muerte materna causada por el aborto es de 12,6/100.000 nacimientos con vida32.

Porlo arriba mencionado, el Comité CEDAW, en su 39 sesión, realizada en Julio de 2007, dijo estar preocupado con el número de abortos no seguros en Brasil y ala dificultad de acceder a untratamiento médico adecuado, en virtud de complicaciones pos-aborto. También le recomendó al país que acelere la revisión de la legislación sobre la criminalización del aborto, con el objetivo de remover las disposiciones punitivas impuestas a las mujeres, proporcionando así acceso a servicios de calidad para la gestión de complicaciones decurrentes delos abortos.

En el marco dela promoción del abortolegal, seguro y gratuito, Brasil contaba con el apoyo del Ministro de Salud, de la ex-Ministra de la Casa Civil, Dilma Roussef, y del Presidente Lula. En este sentido, en 2009, fue lanzado el III Plan nacional de Derechos humanos (PNDH3) en lo cual el gobierno brasileño prestó su apoyo a la aprobación del proyecto de ley que descriminaliza el aborto, reiterando la autonomía de las mujeres para decidir sobre sus cuerpos, considerándolo como una de las garantías de los derechos de las mujeres para el establecimiento de las condiciones necesarias para realizar su plena ciudadanía.

Lamentablemente este plan ha causado mucha polémica por parte de la sociedad brasileña y de la iglesia debido a algunas de sus disposiciones, entre ellas el apoyo a la descriminalización del aborto y cuestiones respecto a la reforma agraria, lo que llevó el gobierno brasilero, en 2010, a quitar dichos apartados.

Con respecto al enjuiciamiento de mujeres por la práctica de aborto, desde el año 1990 hasta 2004 hubo en la provincia de Río de Janeiro 304 procedimientos policiales abiertos, en los cuales 39 (casi 10%) se convirtieron en denuncias y 17 en procesos ante la

      

32 Dados reflexões sobre condição de ilegalidade do abortono âmbito da Saúde da Justiça. Disponible en

www.ipas.org/Publications/asset_upload_file191_3554.pdf 

(16)

justicia carioca. Entres ellos, hubo 3 prisiones en flagrante. En la mayoría de los procesos hubola aplicación de medidas alternativas (suspensión condicional del proceso). Los casos de abortamientosllegan a conocimiento delas autoridades públicas principalmente por medio de denuncias delos propios médicos, de parientes y denuncias anónimas33.

En 2007, enla provincia de Mato Grosso do Sul, se descubrió una clínica de abortos clandestinos que funcionaba desde hace 10 años y segúnlos prontuarios médicos ya se habían realizado 9.862 prácticas abortivas. Eso llevó con que más de 70 mujeres fuesen procesadas por crimen de aborto hasta fines de 200834.

Cualquierintento de enjuiciamiento o criminalización de mujeres respecto al aborto, demuestra quetantolos poderes públicos como sus agentes (Ministerio Público,jueces y etc.) no están respetando sus funciones de salvaguardia de los derechos humanos sino que a menudo corroboran para su violación. Está clara la posición del Comité CEDAW cuando aplicala Convención, cuando edita sus recomendaciones u observaciones generales de quela penalización del aborto viola el derecho ala vida y ala salud delas mujeres (puesimpide el acceso a un servicio de salud adecuado)35, y también viola la dignidad y la autonomía

femenina respecto su cuerpo y ala decisión detener un hijo o no.

Siguiendo esta línea y, en base a su Observación general 24 y a la Plataforma de Acción de Beijing de 1995, el Comité CEDAW ha recomendado a Brasil que el Estado acelere la revisión de la legislación que penaliza el aborto a fin de eliminar las sanciones punitivasimpuestas alas mujeres que se someten a un aborto y que Brasil proporcione a las mujeres acceso a servicios decalidad paratratarlas complicaciones derivadas de abortos en condiciones de riesgo36.

Por ende,la situaciónlegal y real del aborto en Brasil no está protegiendola vida,la salud, la dignidad y autonomía de las mujeres, como también está aumentando la

      

33 Dados reflexões sobre condição de ilegalidade do abortono âmbito da Saúde da Justiça. Disponible en

www.ipas.org/Publications/asset_upload_file191_3554.pdf 

34 Direitos humanos no Brasil2008Relatório da Rede Sociade Justiça Direitos HumanosDisponible en

http://www.social.org.br/relatorio%20dh%20brasil%202008.pdf. 

35 Observación n24 deComité CEDAW

(17)

discriminación hacia a ellas porque la gran mayoría de las mujeres que padecen por esta práctica pertenecen a clases excluidas (pobres y negras). A pesar de que no hubo en Brasil ninguna aplicación de pena privativa delibertad a una mujer, el simple hecho de haber unaley vigente quela posibilita, ya causa untemorinjusto einnecesario ylasllevan a arriesgar sus vidas en manos ajenas al Estado (o sea, sin cualquier garantía o responsabilidad estatal), lo que de per se, ya se configura como una violación alos derechos humanos.

4) LAS MUJERES NEGRAS EN BRASIL (La doble discriminación)

Es inconcebible que todavía haya en Brasil una fuerte discriminación racial y en especial en contra las mujeres negras, ya que ellas (mujeres negras y pardas) corresponden, nada más y nada menos, que a 51, 5% dela población femenina de Brasil – siendo que más de la mitad dela población de Brasil es compuesta por mujeres37.

De pronto ya se nota una división estructural y racial deltrabajo, porque según datos actuales,las mujeres blancas económicamente activas se dedican principalmente a actividades enla administración Pública (24,7%), y en el comercio (17,2%), mientras quelastrabajadoras negras o pardas laboran en su mayoría en los Servicios Domésticos (23,6%), seguido de la Administración Pública (18,6%) y del Comercio (17,6%).38

Con relación al trabajo doméstico, 15,8% de las mujeres se ocupan de esta función siendo que 11,7% de manera informal (60,9% de las trabajadoras domésticas son negras o pardas y 8,1%tienen entre 10 y 18 años). Los hombres ocupan 0,8% dela función.39

Otro dato preocupante es el hecho de quelas mujeres negras y pardasllegan atener un sueldo 88,7% menor quelo delas mujeres blancas en funciones similares (es el grupo que recibelos menores sueldos en Brasil). Se nota que entodaslas áreas y posicioneslaborales, las mujeres reciben un sueldo menor que los hombres40. No obstante ello, hay que analizar

      

37 Instituto Brasileño de Geografía Estadística (IBGE), indicadores sociales2008

38 FuenteRelatório Laeser de Desiguladade Social2009

39 FuenteRelatório Laeser de Desiguladade Social2009

(18)

este datoteniendo en cuenta quela brecha salarial de género en Brasil está en 38,5%, para que setenga unaidea dela diferencia establecida entre un hombre blanco y una mujer negra, en el campolaboral. Además,latasa de desempleo medida en el último cuatrimestre de 2009, fue de 11,4% en las mujeres negras y pardas, mientras la tasa en las mujeres blancas estuvo en 7.7%.41

Las mujeres negras y pardas suelen tener una mayor dificultad en el acceso a un servicio de salud adecuado. Un ejemplo es que la muerte materna causada por el aborto presenta un diferencial alarmante entre las mujeres negras (9,4 óbitos/100.000 nacimientos con vida) y blancas (3,2/100.000 nacimientos con vida)42.

No obstante, se notó la ausencia de la variable raza/color en la mayoría de los sistemas deinformación del área dela salud,lo que haceinviable un análisis más consistente sobre la salud de las mujeres negras en Brasil, dificultando la elaboración de estrategias dirigidas hacia ese grupo dela población. Además, causa una falsaidea de quelas formas de subordinación delas mujeres negras y el racismo no existan en Brasil.

Con respecto al acceso a la educación y principalmente a la educación superior, Brasil, através de sus Universidades Públicas yleyes provinciales, ha estipulado un sistema de cuotas para las personas negras o pardas. Desde el año 2000, en el pionerismo de la Universidad Federal de Rio de Janeiro (UFRJ), se nota una tendencia a implementarse este sistema entodaslas universidades públicas brasileñas. En este sentido, están entrámite en el Congreso Nacional, dos leyes federales sobre la temática: Ley de Cuotas y el Estatuto de la Igualdad Racial.

Más allá delas polémicas causadas conlainstalación de este método deingreso en las universidades, esimportanteque el gobierno desarrolle políticas afirmativas de resultados a corto plazo, para que dé un choque en las viejas desigualdades históricas y estructurales, pero desde que haya una fuerte política pública que combata las raíces del problema y dé

      

41 FuenteRelatório Laeser de Desiguladade Social2009

42 Magnitude do Aborto no Brasilaspectos epidemiológicos sócio‐culturaisDisponible en http:// 

www.ipas.org.br/arquivos/factsh_mag.pdf 

(19)

condicionesiguales, de competencia y oportunidad, atodaslas personas bajo sujurisdicción, sin cualquier distinción de raza, color, condición social y etc.

Al final,lasinnúmeras formas de discriminación están relacionadas conla exclusión social y a la pobreza. Esa situación actúa como una superposición de barreras adicionales a los grupos vulnerables, lo que vuelve la ascensión social, la igualdad de derechos y de dignidad aún más difíciles. Así que el género y el color de la piel determinan tanto las posibilidades de acceso al empleo, cuantolas condiciones de su ejercicio, cuanto a un servicio adecuado de salud o educación, y condicionanla superación dela pobreza.

En base a eso, Brasil desarrolla el programa Bolsa familia, en el marco del Ministerio de Desarrollo Social, lo cual tiene un impacto significativo en las condiciones y afirmación de las mujeres en el ámbito domestico y fortalece la identidad femenina como ciudadana, más allá de la ayuda económica. Por fin, El Comité CEDAW instó a Brasil a

eliminar el desfase entrelaigualdad de jure y defacto de hombres y mujeres especialmente entrelas mujeres de ascendencia africana ylasindígenas.43

CONCLUSIÓN

En este trabajo se buscó trazar un panorama general de la situación de género y de los derechos humanos de las mujeres en Brasil. No se trató de realizar un análisis profundizado de cada situación de vulnerabilidad que se encuentranlas mujeres, o sobre una determinada política o deinterpretación de una nuevaley y sus consecuencias (que necesitaría un artículo específico para cada una de ellas), sino que desarrolló unlenguaje descriptivo de estas situaciones, con una mirada crítica hacia esta realidad.

En este esfuerzo se constató una fuerte discriminación de género en diversas áreas, tanto en campos de competencia conlos hombres, como en áreas especificas dirigidas ala mujer (la salud sexual y reproductiva). En todas las situaciones analizadas se encontró una subordinación o desigualad de género estructural, que muchas veces no setiene conocimiento

      

(20)

o que soninvisibilizadas porla sociedad o por el gobierno (debido ala dificultad de acceso a un dato o porla falta de ellos).

Sin embargo, el trabajo también puso en relieve el trabajo del gobierno brasileño a través de sus políticas públicas, que demuestra estar conscientede estos disparates y de poner en prácticalas recomendaciones del Comité CEDAW.

Lamentablemente vivimos día-a-día con la falta de perspectiva de género, de un lenguaje no sexista y de untratoigualitario hacialas mujeres, realidad ésta, muy conocida por toda Latinoamérica. Por ello, siempre tenemos que sacar a la luz los rastros dejados por nuestra sociedad patriarcal y quitar la venda de nuestros ojos, que nos hacen cegar frente a problemas y conductas que suelen pasarnos desapercibidas o normales, pero que tienen consecuencias dolorosas parala dignidad humana delas mujeres.

REFERENCIAS

A Magnitude do Aborto no Brasil: aspectos epidemiológicos e sócio‐culturais. Disponible en  http:// www.ipas.org.br/arquivos/factsh_mag.pdf 

Catho Online, 2009. Disponible en: www.catho.com.br/  

Dados e reflexões sobre a condição de ilegalidade do aborto: no âmbito da Saúde e da  Justiça. Disponible en: www.ipas.org/Publications/asset_upload_file191_3554.pdf 

Direitos humanos no Brasil, 2008. Relatório da Rede Social de Justiça e Direitos Humanos.  Disponible en: http://www.social.org.br/relatorio%20dh%20brasil%202008.pdf. 

Documento final del Grupo de Trabajo Interministerial sobre Reorganización y  Reformulación  del  Sistema  Carcelario  Femenino  de  2007.  Disponible  en:  http://www.mpdft.gov.br  /portal/pdf/unidades/promotorias  /pdij/Publicacoes/RELATORIO_FINAL_‐_versao_97‐2003.pdf 

El Argentino. Disponible en: http://www.elargentino.com/nota‐95616‐seccion‐112‐Fuerte‐ respaldo‐a‐la‐penalizacion‐al‐cliente‐de‐trata.html 

(21)

International  Trade  Union  Confederation.  Disponible  en:  http://www.ituc‐ csi.org/IMG/pdf/GAP_ES_09.pdf 

Instituto Brasileño de Geografía y Estadística (IBGE), indicadores sociales, 2008. 

Instituto Brasileño de Geografía y Estadística (IBGE), MUNIC 2009. 

Recomendaciones del Comité CEDAW de 2007. 

Observación n. 24 del Comité CEDAW. 

Pesquisa de Conocimientos, Actitudes y Prácticas de la Población Brasileña, Ministerio de la  Salud, 2009. Disponible en: http://www.aids.gov.br/data/Pages/LUMISE77B47C8ITEM  IDE56B 57 FF73 9 9 40039DB3 112DF74DE47FPTBRIE.htm 

Relatório Laeser de Desiguladade Social, 2009. Disponible en: http://www.laeser.ie.ufrj.br /pdf/tempoEmCurso/TEC%202009-11.pdf

Unión Interparlamentaria. Disponible en: http://www.ipu.org/wmn-e/world.htm y http://www .ipu.org/wmn-e/classif.htm - 31/08/2009

II Plan nacional de políticas paralas mujeres, 2007.

http://maismulheresnopoderbrasil.com.br. 

 

 

 

Referencias

Documento similar

"No porque las dos, que vinieron de Valencia, no merecieran ese favor, pues eran entrambas de tan grande espíritu […] La razón porque no vió Coronas para ellas, sería

La heterogeneidad clínica de esta patolo- gía hizo que se considerasen a numerosos genes de pro- teínas de la matriz extracelular (elastina, fibronectina, genes de los colágenos de

grupos de interés ... La información sobre las actuaciones administrativas automatizadas y los algoritmos utilizados por las Ad- ministraciones públicas ... Fortalecer la calidad

A medida que las organizaciones evolucionan para responder a los cambios del ambiente tanto para sobrevivir como para crecer a partir de la innovación (Stacey, 1996), los

En cuarto lugar, se establecen unos medios para la actuación de re- fuerzo de la Cohesión (conducción y coordinación de las políticas eco- nómicas nacionales, políticas y acciones

La campaña ha consistido en la revisión del etiquetado e instrucciones de uso de todos los ter- mómetros digitales comunicados, así como de la documentación técnica adicional de

D) El equipamiento constitucional para la recepción de las Comisiones Reguladoras: a) La estructura de la administración nacional, b) La su- prema autoridad administrativa

b) El Tribunal Constitucional se encuadra dentro de una organiza- ción jurídico constitucional que asume la supremacía de los dere- chos fundamentales y que reconoce la separación