UNIVERSIDAD NACIONALDE SALTA
Cátedra de Legislación Ambiental y de los Recursos Naturales
“AMBIENTE Y DERECHO”
MEDIO AMBIENTE
n Concepto de Medio Ambiente
1. Divergencia existente acerca de su
definición.
2. Definición jurídica no técnica.
3. Determina la definición de daño ambiental y
las responsabilidades concretas.
MEDIO AMBIENTE
Tres Aspectos:n El ambiente natural o físico: Suelo, agua, aire
o sea interacción entre seres vivos y su medio
n El ambiente cultural: patrimonio histórico,
artístico, arqueológico, paisajístico.
n El ambiente artificial: espacio urbano
MEDIO AMBIENTE
n “AMBIENTE: El conjunto de factores bióticos y
abióticos, que actúan sobre los organismos y comunidades ecológicas, determinando su forma y desarrollo. Condiciones o circunstancias que rodean a las personas, animales o cosas”.
MEDIO AMBIENTE
n “Ambiente, entorno o medio: la totalidad y cada
una de las partes de un ecosistema o sistema
ecológico, interpretadas todas como piezas
interdependientes. Fragmentado o simplificado con fines operativos, el término también designa entornos más circunscriptos: ambientes naturales,
agropecuarios, urbanos y demás categorías
intermedias.”
n Art. 3 de la Ordenanza Nº 5941 Código de
Bien Jurídico Ambiente
n ¿Qué es un bien?
Todo lo que puede satisfacer una necesidad.
n ¿Qué es un bien jurídico?
Bien Jurídico Ambiente
n ¿Es el ambiente un bien jurídico?
n ¿Que tipo de bien?
n Depende del elemento del ambiente.
1. Res nullius. Por ej. aire
2. Domino público. Por ej. mares territoriales,
ríos, etc. Según CC.
3. Dominio privado. Por ej. bosques y cotos de
Bien Jurídico Ambiente
n Objeto de tutela jurídica no es tanto el ambiente ni
sus elementos constitutivos
n Derecho protege la calidad del ambiente en función
de la calidad de vida.
n (“…ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo
humano…”, art. 41 de la Constitución Nacional)
Der. Ambiental y Der. de los Rec.
Naturales
n Derecho de los Rec. Naturales:
n Maximizar el rendimiento de los recursos naturales
para la satisfacción de las necesidades del Hombre.
n Derecho Ambiental:
n Respeto por la modificación permisible del ambiente
Nacimiento y Evolución del Der.
Ambiental
n Prehistoria
n Década del 60. Nacimiento debido a la alarma
lanzada por los científicos por la gran acumulación de desechos, la contaminación atmosférica, las aguas contaminadas y protec. del medio marino.
n Nuevo pensamiento verde o ecológico que puso en
crisis la sociedad de consumo y que tuvo su mayor hito en la Revolución Francesa de Mayo del 68.
n Conferencia de las Naciones Unidas en Estocolmo,
Nacimiento y Evolución del Der.
Ambiental
n 113 representaciones estatales. n 400 ONG`S
n 1500 Periodistas
n 1ra. Cumbre de la Tierra.
n Sentó las bases para la acción desarrollada
los años venideros.
n Instrumentos meramente declarativos y
Nacimiento y Evolución del Der.
Ambiental
n Consta de un preámbulo y 26 principios
donde se aborda los principales problemas ambientales y los criterios para su tratamiento a escala nacional e internacional.
n Plan de Acción para el Medio Ambiente
compuesto de 109 Declaraciones.
n Se estableció el Programa de Naciones
Nacimiento y Evolución del Der.
Ambiental
n Conferencia de Río sobre Medio Ambiente y
Desarrollo de 1992. Deterioro del planeta no pudo ser contenido ni remediado.
n Punto de partida “El informe de la Comisión
Nacimiento y Evolución del Der.
Ambiental
n Declaración de Río. Contiene 27 principios.
Establecen criterios para hacer compatible el desarrollo con el medio ambiente.
n Instrumentos de Río:
n Convención Marco sobre Cambio Climático:
Nacimiento y Evolución del Der.
Ambiental
n Convención sobre Diversidad Biológica: Principios
sobre la protección de las especies vegetales y animales del planeta.
n La Agenda 21: Plan de acción para el logro del
desarrollo sustentable. No tiene un valor jurídico obligatorio ni calendario de cumplimiento
n Declaración de principios sobre Bosques. 15
principios no vinculantes.
Nacimiento y Evolución del Der.
Ambiental
n Marzo 2018:
n Representantes de 24 países de América Latina y el Caribe
reunidos en San José, Costa Rica, adoptaron hoy el primer acuerdo regional vinculante para proteger los derechos de acceso a la información, la participación pública y el acceso a la justicia en asuntos ambientales (Principio 10 de la Declaración de Río de Janeiro sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo)
n Abierto a la firma de todos los países de América Latina y el Caribe (33
naciones) en la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York, del 27 de septiembre de 2018 al 26 de septiembre de 2020, y que estará sujeto a la ratificación, la aceptación o la aprobación de los Estados que lo hayan firmado. n 27 países firmantes, 1 ratificación (Guyana)
n
Nacimiento y Evolución del Der.
Ambiental
n La Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible
Johannesburgo –Sudáfrica- 2002
n Objetivos de la Cumbre de Johannesburgo era la ratificación
de varios tratados internacionales:
n Protocolo de Kioto,
n Protocolo de Cartagena sobre Bioseguridad,
n el Tratado Internacional sobre Recursos Genéticos de
Plantas para la Alimentación y la Agricultura,
n el Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos y
Persistentes (COP),
n el Convenio de Rotterdam sobre consentimiento previo
Nacimiento y Evolución del Der.
Ambiental
n Los avances fueron escasos, excepto en
pesca y en el protocolo de Kioto.
n Protocolo de Kioto, diciembre de 1997.
n Aprobado por Ley Nº 25.438 (13/6/01)
n concluyó con la adopción de un acuerdo de
reducción de emisiones de gases de
invernadero por los 39 países
Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible, Río +20
n Actualmente en el mundo hay 7 mil millones, para 2050,
serán 9.000 millones.
n Una de cada cinco personas, es decir 1.4oo millones,
actualmente vive con 1,25 dólares diarios o menos.
n Mil quinientos millones de personas en el mundo no tienen
acceso a la electricidad.
n Dos mil millones y medio de personas carecen de retrete. n Casi mil millones de personas pasan hambre todos los días. n Las emisiones de gases de efecto invernadero siguen
n Objetivos:
n La economía verde en el contexto del
desarrollo sostenible y la erradicación de la pobreza
n Marco institucional para el desarrollo
sostenible
n
Cumbre de los Pueblos en Rio+20 para Justicia Social y Ambiental
“Venga a reinventar el mundo”
nObjetivo:
n Debatir las causas estructurales de la actual crisis
civilizatoria, sin fragmentarla en crisis especificas – energética, financiera, ambiental, alimentaria.
n Afirmar paradigmas nuevos y alternativos
construidos por los pueblos y apuntar a una agenda política para el próximo período.
n
ACUERDO CAMBIO CLIMATICO PARIS 2015
22 de abril de 2016 se realizó la apertura de firma.
195 firmantes
Entra en vigor cuando al menos 55 países que representen el 55 % de las emisiones, ratifiquen, aprueben, acepten o adhieren al acuerdo.
https://treaties.un.org/pages/ViewDetails.aspx?src=TREATY&mtdsg_no= XXVII-7-d&chapter=27&lang=en
n 3era. Comunicación Nacional de Argentina n Presentación Junio 2015
n Incluye:
n Estudios de adaptación, impacto y vulnerabilidad, mitigación e inventario, como así también el informe Modelos Climáticos.
n Resultados de la Tercera Comunicación Nacional fueron presentados en la COP21 de París 2015 por parte de Argentina.
n https://unfccc.int/resource/docs/natc/argnc3s.pdf
Derecho Ambiental
n “La rama autónoma del derecho, constituido
por las normas, principios e institutos que sistemáticamente regulan las actividades humanas en su interacción con el ambiente”.
Derecho Ambiental
n “La rama autónoma del derecho”, por que
tiene normativa propia debidamente sistematizada por ej: normas nacionales, provinciales, locales, etc.
n Tiene principios propios, para la
Derecho Ambiental
n Posee institutos propios, por ej: evaluación
de impacto ambiental, responsabilidad por daño ambiental, utilización racional de los recursos naturales.
n Regula la actividad humana, sobre todo la
Principios rectores Der. Ambiental
n Principio de Realidad: “Enfasis en la realidadambiental local, regional, nacional o internacional, como condición para la eficacia o aplicación de la normativa”
n Principio de Igualdad: “Todos los habitantes son iguales ante la ley” art. 16 CN.
Principios rectores Der. Ambiental
n Principio de Responsabilidad Compartida:
“Entre los varios autores o agentes del perjuicio, como una manera de asegurar la responsabilidad, sea ella mancomunada o solidaria” Declaración de Nairobi de 1982
n Principio de conjunción de aspectos
Principios rectores Der. Ambiental
n Principio de Nivel de Acción mas adecuado
al espacio a proteger: Sea local –municipal, provincial, nacional o internacional.
n Principio de tratamiento de las causas
Principios rectores Der. Ambiental
n Principio “el que contamina paga”: Todo aquel que
contamina tiene la obligación de pagar la contaminación.
n Principio de publicidad e información: Derecho de
saber en forma cierta lo que ocurre con el medio ambiente y a obtener la información pública pertinente.
n Principio de extraterritorialidad: “El derecho debe
Características del Der. Ambiental
n Derecho Interdisciplinario: No solo de las ramas
del derecho sino de otras ciencias.
n Sistémico: Atiende al comportamiento de los
elementos naturales y su interacción como consecuencia de la intervención del hombre.
n Supranacional: Los componentes del medio
Características del Der. Ambiental
n Finalista: Tiene como objetivo suprimir o atenuar
el impacto de las actividades humanas en el medio ambiente.
n Preventivo: Anticipar el perjuicio, para
evitarlo, antes que repararlo. (1ero. Prevención, 2do. Recomposición, 3ro. Reparación – resarcimiento, fallo Mendoza antes citado)
n Rigurosamente técnico: Tanto en las
Características del Der. Ambiental
n Influenciado por la conciencia ambiental de los
ciudadanos: Ciudadanos artífices del Derecho, conciencia de que el camino nos lleva a consecuencias no deseadas.
n Basado en el nivel de conocimiento existente en cada
momento: Nivel de tolerancia del ambiente en relación a las actividades humanas.
n Primacía de Intereses colectivos: tutela del ambiente