LA VISTA RESIDENCES
GUÍA DE DISEÑO ARQUITECTÓNICO
febrero 25, 2022
INTRODUCCIÓN / PROPÓSITO
Este es un documento de referencia para que tanto los propietarios de Unidades como el Administrador de La Vista hagan referencia al realizar modificaciones, renovaciones, adiciones y / o reparaciones a unidades individuales. También enfatiza la necesidad de adherirse a ciertas políticas y cláusulas existentes en las Reglas y Regulaciones Internas (IRR) de La Vista. Esta Guía de diseño podrán actualizarse eventualmente. El Administrador siempre podrá proporcionar la versión más reciente.
La HOA está motivada y obligada a ayudar a crear la mejor experiencia de vida posible tanto para el propietario como para la comunidad en general, preservando al mismo tiempo la belleza única de el desarrollo. La HOA se esfuerza por garantizar que todas las solicitudes se aborden de manera oportuna con consistencia en el proceso de decisión mientras se mantiene dentro de estos estándares aprobados. Al compilar una lista actual de proyectos y especificaciones aprobados, (Anexo 1) el Comité de Arquitectura y el Gerente de Administración de Administración podrán agilizar mejor las solicitudes del Propietario.
También se incluye una lista de proyectos que requieren aprobación específica. (Anexo 2)
El propósito principal de este documento es mantener los estándares y conceptos originales de diseño arquitectónico de La Vista. Los impactos de los proyectos o actividades siempre deben considerar la comodidad de los vecinos. Esto sirve para proteger los valores monetarios y de estilo de vida de todas las propiedades dentro del desarrollo.
Esta Guía de Diseño también contiene reglas y pautas con respecto a los artículos que no necesariamente están cubiertos directamente en las IRR registradas. Le dará a la Asociación Civil La Vista, al Comité de Arquitectura, al Comité de Vigilancia y al Gerente de Administración la capacidad de garantizar que se cumplan los estándares. El cumplimiento de estas pautas obligatorias es responsabilidad de cada
propietario. Las multas se impondrán como resultado de la no conformidad con estas normas y se administrarán en el mismo método que se describe en las IRR. En el caso de que cualquier artículo del presente documento entre en conflicto con las IRR, regirán las IRR.
ÍNDICE
1. DEFINICIONES
2. PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD Y AUTORIZACIÓN
3. NORMAS RELACIONADAS CON LA CONSTRUCCIÓN/APLICACIÓN 4. REQUISITOS DE MANTENIMIENTO
5. ADMINISTRACIÓN DE CUOTAS Y DEPÓSITOS 6. ESTÁNDARES DE PÉRGOLA
7. ESTÁNDARES DE ILUMINACIÓN Y DECORACIÓN 8. AZOTEAS Y JARDINES
9. DISPOSICIONES GENERALES 10. NOTAS ESPECIALES
11. ACCESORIOS
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1. DEFINICIONES
Art. 1.1 - Para fines de claridad en este documento, los términos "HOA" y / o "Administrador" significan la Asociación de Condóminos de La Vista, AC. y actualmente es nombrado el Administrador del Régimen.
Art. 1.2 - El principal órgano de gobierno para administrar estas directrices y garantizar el cumplimiento será la Asociación Civil, Gerente de Administración y Comité de Arquitectura de La Vista (que puede incluir un Arquitecto y/o Ingeniero certificado cuando lo considere oportuno).
Art. 1.3 - En el cuerpo del reglamento se entienden las siguientes definiciones :
1.3a Residente - Todo habitante de una unidad privada dentro del régimen de condominio llamada La Vista, ya sea Propietario o Arrendador de la unidad privada.
1.3b Propietario - Cualquier Propietario o titular de los derechos de una unidad privada dentro del régimen en un condominio denominado La Vista, siempre que tenga sus derechos registrados en el Registro Público de la Propiedad por escrito o fideicomiso. Un Propietario podrá designar a un representante designado a los efectos del cumplimiento del contenido de esta Guía de Diseño.
1.3c Vista natural - Se refiere a la vista obtenida de la terraza del segundo nivel (piso superior) o la cubierta superior de cada unidad desde la fecha de compra original del propietario. Las nuevas solicitudes de proyectos tendrán en cuenta cualquier impacto de las opiniones de los vecinos.
1.3d Unidad Privada - Se refiere al área interior compuesta por las paredes de la casa.
1.3e Área Común Privativa - Se refiere al área exterior inmediata circundante (patios) y que se encuentra establecida en la escritura como área común para uso exclusivo.
1.3f Área Común - Se refiere a todos los espacios abiertos de uso común, como el área de la piscina y palapa La Vista, calles, aceras, espacios verdes, etc. tal como se define en las IRR.
1. Área común de condominios 3g - Se refiere al espacio abierto exclusivo de los lotes de condominios, como las pasarelas, escaleras, así como las áreas mecánicas ubicadas en los tejados.
1.3h Gráficos / Imágenes / Ilustraciones - Son todos los elementos contenidos en este documento que ayudarán a comprender esta regulación de manera gráfica.
1.3i Trabajos Menores - Son todos aquellos trabajos que no causan alteraciones en el exterior de una residencia, tales como reparaciones de cercas laterales, pérgolas y palapas, puertas de control, barandillas, pisos, pintura, blandos paisajismo y jardinería.
1.3j Obra Mayor - Son todas aquellas obras de remodelación exterior mayor , ampliaciones, pérgolas o palapas nuevas o rediseñadas, escaleras, garajes, aljibes, albercas, jacuzzis etc.
Elementos de decoración 1.3k - Los elementos de decoración estándar son macetas grandes , paraguas, iluminación exterior, fogatas, etc. Las decoraciones de eventos especiales son Navidad, Halloween, etc. Los colores de los elementos de decoración más grandes deben estar en tonos tierra cálidos. (Anexo 7)
1.3l Cribado de construcción - Es material utilizado para cribar o proteger la propiedad inmediata del vecino del polvo y los escombros excesivos, así como para crear privacidad durante el trabajo del proyecto.
1.3m Tamaño nominal - Se refiere al tamaño óptimo del material, ya sea madera, metal o cemento. Por ejemplo, la madera nominal de 8 pulgadas de diámetro significa vigas o columnas que miden de 7.25 a 8.5 pulgadas de diámetro. Nominal 8 pulgadas en metal se refiere al diámetro interior del material.
1.3n Contratista calificado - Significa un contratista conocido por el Gerente de Administración con un historial comprobado de trabajo de calidad o un nuevo contratista que puede proporcionar evidencia adecuada de hacer un trabajo de calidad. La pintura y la uniformidad de las pérgolas son críticas. Esto es particularmente importante para la construcción de pérgolas de metal y cemento.
2. PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD Y AUTORIZACIÓN
2.1 - Las solicitudes en forma del formulario de Solicitud de Cambio arquitectónico (ACR) (Anexo 3) se realizarán a través de la oficina de administración. Todos los proyectos, ya sean menores o mayores, preaprobados o no, deben ir acompañados de un ACR completado. Esto permite que Seguridad, El Comité de Arquitectura y el Gerente de Administración supervisen el trabajo en curso.
Una vez que el Gerente de Administración tenga la documentación completa, esta será entregada a cada uno de los miembros del Comité de Arquitectura que revisarán y emitirán su aprobación directa, cambios recomendados o rechazo. junto con las razones de cualquier rechazo.
2.2 - El Propietario deberá seleccionar un Arquitecto y/o Ingeniero calificado para desarrollar los planos para la construcción de "obra mayor". El Arquitecto del Comité Arquitectónico de La Vista retenido debe ser consultado y aprobar cualquier solicitud de trabajo importante antes de que el ACR se presente al Gerente de Administración.
2.3 - El Titular deberá presentar su solicitud por duplicado en el formato autorizado aquí descrito. La solicitud será firmada por el Propietario, el Profesional del Diseño y, si es necesario, por el Contratista que llevará a cabo la construcción.
2.4 - Antes de solicitar la autorización de la ejecución de la obra, el Propietario debe estar al día con sus pagos de cuotas de la HOA, fondo de reserva y multas no pagadas a la HOA.
2.5 - Antes de iniciar cualquier construcción importante, el Propietario debe obtener una autorización por escrito del Comité de Arquitectura.
2.6 - En el caso de que el Comité de Arquitectura solicite cambios en el proyecto, el Propietario modificará los planos presentados para reflejar dichos cambios. Los planos modificados deben ser reenviados para su aprobación por el Comité de Arquitectura.
2.7 - Para solicitar la aprobación de un proyecto que no esté en la lista preaprobada, el Propietario o su Representante Designado deberán seguir el siguiente proceso:
1. El Gerente de Administración proporcionará un plano general de la ubicación de la residencia (plano general del condominio). El propietario proporcionará un plano del modelo de residencia con los cambios / adiciones propuestos anotados. No se aprobará ningún plano que afecte negativamente las vistas del 2º o 3º piso de algún vecino .
2. La Solicitud de Cambio Arquitectónico (ACR) será completada y firmada por el Propietario y enviada al Gerente de Administración.
3. El Propietario completará y presentará un Formulario de Regulación del Contratista (CRF) (Anexo 4) como parte de los documentos presentados.
4. El Gerente de Administración entregará la solicitud a los miembros del Comité de Arquitectura para su revisión.
5. Cualquier modificación realizada a los planos es después de que se hayan otorgado las
aprobaciones, requiere que el Propietario vuelva a presentar un nuevo ACR a la Asociación para su autorización antes de que comience cualquier trabajo. Las modificaciones realizadas sin volver a presentar para su aprobación estarán sujetas a paros laborales, multas y posible eliminación del trabajo no autorizado.
Página 4 de 22 6. Antes del comienzo del trabajo, el Propietario debe presentar un depósito reembolsable de $ 500
USD para trabajos menores o $ 1,000 USD para trabajos mayores. El depósito se devolverá al Propietario siempre que no haya daños en las áreas comunes y que el proyecto se haya completado de conformidad con las aprobaciones del Comité de Arquitectura.
Este depósito debe ser entregado a la Asociación antes de que se otorgue la autorización completa. Esto es para cubrir, en su caso, los costos de reparación o daño, limpieza de lotes vecinos, calles, áreas comunes o cualquier gasto similar en el que la HOA pueda incurrir como resultado de la proceso de construcción. El total, o cualquier depósito restante, se reembolsará al finalizar la construcción y después de que el Gerente de Administración determine que se han cumplido todos los criterios de cuidado adecuados. El reembolso también está sujeto a que el proyecto se termine de acuerdo con los planos aprobados. El depósito no libera , de ninguna manera, al Propietario del pleno cumplimiento de las condiciones de su aprobación del proyecto.
7. Una vez aprobado el trabajo , el Gerente de Administración notificará al Propietario que entregará al Gerente de Administración la tarifa y el depósito descritos anteriormente. Una vez tramitada la solicitud, y aceptado el depósito por la Gerencia de Administración, se notificará al propietario y a la Seguridad, para que el equipo de construcción pueda ingresar a La Vista.
2.8 - En los siguientes casos, podrá requerirse autorización para nuevos grandes proyectos para pasar la Asamblea General si así lo considera el Comité de Arquitectura, así como las respectivas Autorizaciones y permisos antes las Autoridades Municipales Competentes:
a. Ampliaciones a residencias.
b. Cambios estructurales externos, estéticos, volumétricos, de forma, de color u otros cambios en la construcción existente.
c. Cambios internos que podrían modificar el número de usuarios o cambiar su uso de la unidad.
d. Importante construcción subterránea que incluye jacuzzis y piscinas y equipos auxiliares.
Los equipos deberán ubicarse en las zonas con menor impacto en los vecinos inmediatos.
e. Techos nuevos, pérgolas o palapas en lugares que actualmente no los tienen.
f. Cambios significativos en los contornos naturales de la propiedad. El Comité de Arquitectura y el Gerente de Administración definirán "cambios significativos".
g. Construcción o modificación de vallas laterales o muros de contención.
h. Patios / entradas de concreto o azulejos en áreas exteriores (delantera o trasera de la casa) que son visibles para los vecinos.
i. Una pila o cisterna de capacidad adicional que supera los 20,000 litros, además de la pila del desarrollador original se encuentran en la lista preaprobada adjunta.
2.9 - El Propietario, junto con su Contratista designado, estará obligado a cumplir con los requisitos del sitio de construcción que se indican en este documento.
2.10 - Un miembro del Comité de Arquitectura junto con el Gerente de Administración será asignado para supervisar / inspeccionar el progreso de la obra. Este representante tendrá el poder de detener el trabajo si las violaciones son evidentes. Ya sea por su cuenta o por asignación al Gerente de Administración, si los representantes inspectores encuentran desviaciones no autorizadas al proyecto aprobado, se informará de todo al Arquitecto y al Comité para que se puedan corregir las desviaciones al proyecto. Para facilitar el paro de labores, al Contratista y a su personal no se les permitirá la entrada a La Vista hasta que se establezca un plano para la reelaboración de las desviaciones identificadas. aprobado por escrito.
2.11 - No se autorizará el inicio de obras mayores hasta que la Asociación haya recibido la licencia de construcción expedida por la Autoridad Municipal.
2.12 - La HOA podrá retener el monto total o cualquier monto del depósito por cualquiera de las siguientes infracciones:
a. Iniciar o continuar la construcción sin haber obtenido los permisos necesarios.
b. Utilizar lotes vecinos sin la autorización del propietario por escrito.
c. Iniciar el trabajo sin contar con instalaciones sanitarias para los trabajadores.
d. Para guardar escombros en las calles, aceras o zonas comunes.
e. Por multas por no seguir las directrices de cualquier normativa aplicable de la Asociación.
f. Por no usar y mantener la inspección de la construcción cuando sea requerido / solicitado.
g. Retrasos injustificados en la finalización del proyecto.
En estos casos, si se trata, se notificará a las Autoridades Municipales para que procedan, en su caso, al cierre del proyecto.
La Asociación se reserva el derecho de suspender cualquier trabajo realizado por el Propietario, su Contratista o Proveedores hasta que se hayan corregido las violaciones de este reglamento.
2.13 - En los Anexos de este documento se anotan extractos importantes de las Autoridades Municipales. (Anexo 5)
3. NORMAS RELACIONADAS CON LA CONSTRUCCIÓN / APLICACIÓN
3.1 - La jornada laboral dentro de La Vista está limitada a las 9:00 a .m. a las 5:00 p.m. durante los días hábiles de lunes a viernes. Los trabajos de remodelación o construcción están prohibidos los sábados, domingos festivos comunes y vacaciones de Navidad (del 24 de diciembre al 2 de enero). El trabajo doméstico y la jardinería están permitidos en esos días.
Las exclusiones al horario anterior incluyen trabajos urgentes o de emergencia solo, como condiciones extremadamente inseguras, fallas de plomada y similares.
3.2 - Todas las actividades de construcción deben estar contenidas dentro de los límites de la propiedad y las áreas privadas comunes. Ninguna área de trabajo, área de basura, almacenamiento,
estacionamiento o actividades complementarias, puede ocurrir en lotes adyacentes, calles o áreas públicas, a menos que el Propietario o Contratista obtenga un escrito especial. permiso otorgado por el Gerente de Administración a través del Comité de Arquitectura.
3.3 - El estacionamiento de vehículos del personal de construcción se limitará única y exclusivamente a los lados de las principales avenidas del desarrollo. Los camiones de reparto deben limitarse a la carga y descarga temporal de materiales.
3.4 - Por razones de seguridad está estrictamente prohibido que los trabajadores de la construcción se muevan por La
Vista. Los trabajadores de la construcción deben permanecer dentro de las inmediaciones de la villa o condominio en el que están trabajando.
3.5 - Para evitar daños a las calles, solo se permitirán vehículos de 3 ejes a través de la entrada principal.
Si se requiere utilizar equipos más pesados, el Comité de Arquitectura y el Gerente de Administración deben acordar el uso de una ruta o medio alternativo (es decir, camiones de concreto). y bombas). El Propietario deberá solicitarlo a través del Gestor.
3.6 - Se debe hacer todo lo posible, en todo momento, para preservar la ecología y la armonía del desarrollo.
Página 6 de 22 3.7 - Restricciones delanteras, laterales y traseras: cualquier construcción en esta área debe ajustarse a
los conceptos de diseño arquitectónico de La Vista.
3.8 - En todos los prototipos residenciales, la superficie máxima de extensión no será superior al 10 % de la superficie del primer nivel. Tales extensiones están permitidas solo según lo aprobado
específicamente por el Comité de Arquitectura.
3.9 - Todas las vallas laterales deben limitarse a una altura máxima de 1,83 metros (6 pies) del suelo. Las cercas perimetrales deben limitarse a una altura máxima de 1,2 metros (4 pies).
Temporal
las cercas también deben cumplir con esta norma. Ciertas cercas existentes estarán exentas siempre y cuando no haya vistas afectadas negativamente.
3.10 - Para la jardinería, se recomienda un bajo consumo de agua. Ver lista de proyectos aprobados.
Se deben instalar nuevos árboles y arbustos en un lugar que no afecte las vistas adyacentes del propietario.
3.12 - En los casos en que se requieran muros de contención aprobados, deberán construirse de acuerdo con los materiales y especificaciones de dichas estructuras existentes ( originales).
3.13 - En todos los casos, las fachadas de los edificios nuevos deben estar terminadas según los estándares arquitectónicos existentes de La Vista y deben ser aprobadas por el Comité de Arquitectura de La Vista.
El color de la pintura exterior de las residencias debe ajustarse al siguiente color y fabricante de pintura:
BEREL BERELINTE 7 AÑOS por Comex. (Anexo 6)
Este ha sido seleccionado como el color estándar de La Vista, ya que es de mejor calidad que la pintura Home Depot. Berel contiene propiedades de sellado al agua. Los propietarios deben enviar una notificación a la oficina de su intención de pintar o retocar. La pintura debe ser inspeccionada por el Gerente de Administración de La Vista antes de la aplicación. No se permitirá la sustitución del producto con una coincidencia de color asumida. Las especificaciones de color de la pintura se pueden encontrar en la oficina de administración.
Pintura homologada para diversas ferrerí; portones, barandillas, etc. es:
BEREL MARRÓN CHOCOLATE CON ACABADO MATE. (Anexo 6) 3.14 - Sellador de madera externo aprobado:
SELLADOR IMPERMEABILIZANTE TRANSPARENTE MÁXIMO OLÍMPICO (Accesorio 6) No se permitirá la sustitución del producto. No se permite el tintado adicional del producto. Las especificaciones exactas y / o muestras se pueden encontrar en la oficina de administración.
3.15 - Las pérgolas de metal y cemento deben pintarse para que parezcan madera. El Gerente de
Administración deberá aprobar el color exacto antes de la solicitud. Ejemplos incluidos en el Apéndice 9
3.16 - Tamaños Pila. Oomsapas ha sido consultada y nos han informado que a noviembre de 2018, no es necesario ningún permiso para nuevas pilas de agua limpia. El Municipio, en la actualidad, no está
requiriendo ni emitiendo permisos de construcción para Pilas de menos de 10,000 litros de tamaño.
Actualmente, La Vista tiene una mezcla de pilas de tamaño original suministradas por el desarrollador junto con numerosas villas con pilas aumentadas. Para una eficiencia óptima en todo el desarrollo en flujo y presión, el tamaño máximo aprobado para pilas de villa adicionales es de 20,000 litros sobre el pila original suministrado por el desarrollador en cualquier dado a casa. El llenado inicial de pilas, piscinas o jacuzzis debe ser a través de camiones con el fin de preservar el agua para otros propietarios.
4. REQUISITOS DE MANTENIMIENTO
4.1 - La fumigación de termitas de cada propiedad, dos veces al año, es suministrada por la HOA. Los propietarios deben permitirá el acceso a sus residencias para este propósito.
4.2 - La aparición de pérgolas de madera, vigas, postes, barandillas, cercas, mamparas o palapas etc. en forma de color e integridad estructural deben mantenerse. Por ejemplo, si las vigas o viguetas están torcidas o arqueadas haciendo que la estructura esté fuera de nivel o desigual, entonces se requiere
mantenimiento. Si las características de madera están decoloradas o descoloridas de la apariencia original de una manera que el Comité de Arquitectura considera excesiva, se realizará un mantenimiento. Esto incluye el reemplazo o reparación de cuerdas utilizadas para atar / decorar elementos exteriores de madera o metal.
4.3 - La pintura exterior se realizará si se ve que la pintura está decolorada, descolorida o si existen varios colores o tonos diferentes en una residencia. Una vez que un propietario ha sido notificado de la necesidad de pintar, se le pedirá al propietario que acuerde un plazo razonable, pero no superior a 90 días, para lo necesario. mantenimiento y pintura a completar. Si el trabajo no se completa, el Propietario será
multado de acuerdo con las IRR
4.4 - Los propietarios deben mantener sus jardines adecuadamente mantenidos. Nuestros jardineros tienen la tarea de mantener el jardín privado. Los propietarios o residentes no pueden interferir indebidamente con la capacidad del jardinero para mantener las áreas del jardín.
4.5 - Cualquier estructura que la Asociación Civil, Comité de Vigilancia, Gerente de Administración o HOA considere insegura debe ser reparada o eliminada sin demora. El Propietario recibirá una notificación de la estructura que se va a reparar o eliminar. Si no se repara o retira dentro de los 10 días hábiles, resultará en una multa de $ 250 US, así como en los costos incurridos por la administración para realizar dichas reparaciones o mudanzas en nombre del Propietario.
5. ADMINISTRACIÓN DE TASAS Y DEPÓSITOS
5.1 - Las disposiciones monetarias mencionadas anteriormente están sujetas a revisión periódica y pueden ser modificadas sin previo aviso. Los montos serán administrados por separado por el Gerente de Administración y por el Comité de Arquitectura para los usos específicos que se describieron anteriormente.
5.2 - La oficina de administración será el único depositario de los honorarios del proyecto.
5.3 - En caso de incumplimiento de cualquier disposición del documento, el Comité de Arquitectura podría otorgar sanciones a su discreción que no pueden ser inferiores a $ 250 y más que iguales. a 6 (seis) meses de cuotas de administración y mantenimiento.
6. ESTÁNDARES DE PÉRGOLA
6.1 - Las pérgolas metálicas y de cemento fueron aprobadas en las Asambleas de 2020 y 2021. Tales estructuras se detallan en las ilustraciones adjuntas (Anexos 8 - 13) Deben pintarse para que parezcan madera. Se requiere que las muestras de pintura sean proporcionadas y aprobadas por el Comité de Arquitectura antes de la solicitud.
6.2 - Los revestimientos de techo de pérgola aprobados están estrechamente espaciados Carizzo (Bambú) y Palo Del Arco. Malla, tiras de madera, etc. no están aprobados ni permitidos y deben eliminarse si están actualmente en su lugar.
6.3 - Las ilustraciones adjuntas muestran todas las dimensiones del material, espaciado, medidores, etc.
para pérgolas de madera, cemento y metal. Se anota cada ubicación de la pérgola dentro de La Vista.
Con el fin de garantizar la coherencia y proteger la belleza del desarrollo, estas normas se cumplirán estrictamente . Es responsabilidad de cada Propietario cumplir, y responsabilidad del Gerente de Administración y del Comité de Arquitectura garantizar que se cumplan estos estándares. El incumplimiento de estos estándares resultará en multas y / u órdenes de eliminación.
6.4 - En algunos casos únicos se puede aprobar una combinación de madera, cemento y metal.
Cada solicitud debe ser revisada y aprobada en función de sus méritos individuales.
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7. ESTÁNDARES DE ILUMINACIÓN Y DECORACIÓN
7.1 - Toda la iluminación debe utilizar bombillas "cálidas" en lugar de la variedad "azul" o "blanco brillante ". Para mayor consistencia arquitectónica, la iluminación original instalada por el desarrollador en las entradas y en las terrazas debe ser mantenerse. Los niveles de iluminación (la potencia de las bombillas) deben estar en un nivel constante en toda la comunidad de La Vista. El tipo y la potencia de las luces estarán disponibles en la oficina del Gerente de Administración para que los propietarios y residentes estén al tanto de las bombillas adecuadas que se utilizarán. Las bombillas quemadas en cualquier ubicación exterior, o que ya no funcionan con los sensores, deben reemplazarse rápidamente.
7.2 - Las luces de colores o las luces de cuerda no están permitidas para uso exterior en ninguna área, excepto para exhibiciones estacionales.
7.3 - La azotea y otras terrazas de las villas proporcionan una gran sala de estar que a menudo está
infrautilizada. Una razón es que la iluminación instalada por el desarrollador es inadecuada después de la puesta del sol. Los propietarios o residentes (con la aprobación del propietario) pueden agregar
características de iluminación teniendo en cuenta lo siguiente:
Vivimos en una comunidad cercana. La instalación de nuevas características de iluminación no debe afectar negativamente a los vecinos. Con esto en mente, la iluminación debe instalarse de manera profesional. Los accesorios de iluminación de tipo foco deben enfocar la luz hacia abajo, y el brillo debe mantenerse a un nivel mínimo. La iluminación debe apagarse cuando no esté en uso y no debe usarse más tarde de las 10:30 PM durante la semana o la media noche los fines de semana. También se permite una iluminación suave adicional para las camas de maceteros en las terrazas de la azotea, como luces de jardín solares sin color.
7.4 - Alentamos a cualquier propietario o residente que esté pensando en agregar iluminación a la terraza de la azotea a ponerse en contacto con el Gerente de Administración con respecto a su diseño. Del mismo modo, las preguntas o inquietudes con respecto a la iluminación que no se aborden específicamente en estas pautas, deben dirigirse al Gerente de Administración. El Gerente de Administración consultará con el comité de Vigilancia /Comité de Arquitectura, (o los miembros designados de la Mesa Directiva actualmente elegidos), para asegurarse de que los planos de iluminación se ajusten a la intención de estas directrices.
7.5 - La iluminación y las exhibiciones navideñas se permitirán desde el primer fin de semana de diciembre hasta el segundo fin de semana de enero. Las pantallas y las luces no deben restringir las vistas vecinas, y se debe tener cuidado de no "abrumar a sus vecinos". Exhibiciones para los otros días festivos como Halloween, Día de los Muertos, Día de la Bandera, Día de la Independencia, etc. solo se permiten a partir del fin de semana anterior al feriado y se eliminarán antes del fin de semana siguiente al feriado.
8. Azoteas y Jardines
8.1 Con el fin de preservar la estética y uniformidad del diseño arquitectónico dentro de La Vista, las únicas variedades de plantas, arbustos o árboles autorizadas para su uso en los jardines de áreas privadas, son precisamente las detalladas en el catálogo creado al efecto, que está a disposición de todos los propietarios en la oficina de la Director
8.2 Sus tejados y jardines son parte de las vistas de sus vecinos. Por favor, manténgalos ordenados y no obstructivos.
Por favor, revise su área "oculta" de vez en cuando para la limpieza.
a. Las plantas en los tejados y jardines no pueden tener más de 1,2 m de altura y no pueden bloquear las vistas vecinas.
b. Las plantas establecidas deben mantenerse para no bloquear las vistas vecinas desde el segundo piso o la azotea.
De lo contrario, debe eliminarse.
c. Las sombrillas en la azotea están prohibidas, al igual que las sombrillas de jardín que no coinciden con la variedad permitida de colores y materiales (tonos tierra y color marfil). Los paraguas no deben bloquear las vistas vecinas y deben cerrarse cuando no estén en uso.
d. Las plantas muertas deben eliminarse de los jardines.
e. Cualquier puerta, valla o muro para dividir jardines debe ser previamente autorizado por el Gerente de Administración.
f. Los accesorios permanentes, incluidos los equipos de juegos infantiles, en jardines y en patios o cubiertas, deben
ser aprobados por el Administrador. Los accesorios temporales o el equipo del patio de recreo deben retirarse y almacenarse cuando no estén en uso. Tales accesorios o equipos de juegos infantiles no deben bloquear las vistas vecinas y el tamaño, el color y la forma no deben restar valor a los estándares estéticos generales de la comunidad.
9. DISPOSICIONES GENERALES
9.1 - La Vista existe en condiciones desérticas. La seguridad contra incendios es una prioridad. Las fogatas y accesorios similares deben ser propano o combustibles alternativos sin chispa. No se permite la quema de leña de ningún tipo.
9.2 - Se permiten cubiertas para automóviles/camiones/remolques en color tierra Lonas, mantas, sábanas, plástico, etc. no están aprobados y no están permitidos.
9.3 - Se permiten divisores de privacidad en las terrazas de los condominios, siempre que no
interfieran con las vistas de sus vecinos. Deben estar hechos de madera vertical o metal con un tamaño de 4 pulgadas de diámetro. Cualquier pantalla de privacidad existente debe cambiarse para cumplir con este estándar.
9.4 - Las cocheras se mantendrán ordenadas y ordenadas. Los automóviles no pueden almacenarse en las calles durante más de 18 horas sin ser movidos. Esta es una disposición de las IRR. En ningún caso estos vehículos deben impedir o inhibir el flujo de tráfico abierto .
9.5 - Los botes de basura solo pueden ser visibles durante los días de recolección de basura. Deben retirarse inmediatamente después de la recogida y almacenarse en un área que no sea fácilmente visible para los demás.
9.6 - Las persianas de huracán deben eliminarse por completo durante la temporada que no sea de huracanes. Eso es generalmente entre el 1 de noviembre y el 1 de julio del año siguiente.
9.7 - Los paraguas deben ser de colores cálidos en tonos tierra. (Anexo 7) No se permiten colores brillantes, llamativos o de varias capas (estilo playa ). Las sombrillas en la azotea deben cerrarse y asegurarse cuando no estén en uso. Esto evita que el viento los convierta en proyectiles inseguros.
9.8 Se puede instalar un cable transparente de plexiglás o preaprobado por el Comité de Arquitectura siempre que no disminuya el disfrute del estilo de vida de los vecinos. El plexiglás no debe tener arañazos visibles o manchas notables, de lo contrario, debe reemplazarse o eliminarse de inmediato. La parte superior del plexiglás no puede ser más alta que la parte inferior de la viga transversal y el plexiglás debe estar unido de manera estable, segura y permeable. No se pueden agregar postes, postes o vigas
adicionales para soportar el plexiglás.
ACCESORIOS
1. PROYECTOS PREAPROBADOS
Los proyectos preaprobados son proyectos existentes que sientan precedentes. Nota: Todos siguen requiriendo un ACR enviado. Esta lista se modificará en consecuencia a medida que se aprueben cambios en el plano nuevos o existentes. Las aprobaciones previas actuales son las siguientes:
A - Césped artificial siempre y cuando cumpla con los estándares aprobados actuales para el tipo, (mínimo 30ml de largo y 1,30 kg / m2 de peso) color y aplicación. Las muestras están disponibles en el Administrador. La preparación y la instalación son fundamentales para un resultado de calidad. Por lo tanto, la solicitud solo puede ser realizada por un contratista preaprobado por el Gerente de Administración.
B - Sustitución o reparación de pérgolas existentes en madera, cemento o metal.
C - Pilas que no excedan de 20.000 litros en el interior de garajes o cocheras. Pilas planeadas para fuera de esas áreas designadas requieren aprobación específica.
D - Paisajismo suave
E - Cercas laterales (entre unidades) que no excedan los 1,83 metros (6 pies) del suelo, siempre y cuando el diseño coincida con aplicaciones similares dentro de La Vista (Madera / Metal) que proporcionen vistas no estén bloqueadas. No se permite el eslabón de cadena o las cercas de plástico. La cerca debe estar en una configuración vertical.
F - Antenas parabólicas en lugares específicamente aprobados por el Gerente de Administración.
Los colores serán grises o blancos solamente.
G - Reformas de cocina sin impacto externo.
H - A/C unidades en ubicaciones (menos llamativo) aprobado por el Gerente de Administración.
I - Equipo de juego de explosión temporal que se retira dentro de las 48 horas posteriores a la instalación.
J - Divisores de condominios como se describe en el Artículo 8.3.
K - Iluminación de acento de jardín siempre que no tenga un impacto negativo directo en los vecinos.
ACCESORIOS CON'D
2. NUEVOS PROYECTOS QUE REQUIEREN APROBACIÓN ESPECÍFICA
Los nuevos proyectos para su aprobación son diseños que deben ser aprobados específicamente por el Comité o Gerente de Administración de Arquitectura o, si se considera apropiado, en una próxima Asamblea General. Una vez aprobados, estos diseños pueden insertarse en el anexo proyectos preaprobados . El propósito de este anexo es permitirá a las administraciones actuales y futuras la capacidad de tomar decisiones de aprobación de manera fácil y rápida. También estará disponible para que los propietarios lo revisen para su uso individual en sus propiedades individuales. Los proyectos actuales que requieren aprobaciones específicas son:
1. Ampliaciones a residencias.
2. Cambios estructurales externos, estéticos, volumétricos, de forma, de color u otros cambios en la construcción existente.
3. Los cambios internos que podían modificar el número de usuarios eran cambiar su uso de la unidad.
4. Importante construcción subterránea que incluye jacuzzis y piscinas y su equipo asistente.
5. Techos nuevos, pérgolas o palapas en lugares que actualmente no los tienen.
6. Cambios significativos en el suelo natural de la propiedad. El Comité de Arquitectura y el Gerente de Administración definirán "cambios
significativos".
7. Construcción o modificación de vallas laterales o muros de contención.
8. Patios / entradas de concreto o azulejos en áreas exteriores (delantera o trasera de la casa) que son visibles para los vecinos.
9. Se agregó una capacidad de Pila que excede los 12,000 litros además del tamaño original de pila de los desarrolladores a menos que se encuentre en la lista preaprobada adjunta.
10. Paisajismo duro que podría contravenir los estándares existentes o afectar negativamente a los vecinos.
Es decir , puertas delanteras, muros de contención, etc.
11. Equipo de juego permanente en lugares que pueden afectar a los vecinos. Es decir, camas elásticas, columpios, casas de muñecas, grandes juegos, etc. en la mayoría de los casos, estos se acomodarán con restricciones de tamaño y / o ubicación.
ACCESORIOS CON'D
3. FORMULARIO DE SOLICITUD DE CAMBIO ARQUITECTÓNICO (ACR)
ADJUNTOS CON'D
4. FORMULARIO DE REGULACIÓN DEL CONTRATISTA
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ACCESORIOS CON'D
5. EXTRACTOS DE AUTORIDADES MUNICIPALES
“REGLAMENTO DE CONSTRUCCIONES PARA EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR”
(Reglamento Municipal)
Artículo 68. No se requerirá licencia de construcción para realizar las siguientes obras:
a. Mantenimiento de paredes internas ;
b. Sustitución y reparación de suelos sin afectar a elementos estructurales. c. Pintura y revestimiento interior.
d. Reparación dentro de las instalaciones de tuberías de agua, conductos de drenaje e instalaciones sanitarias sin afectar elementos estructurales;
e. Limpieza, aplanamiento, pintura y revestimiento en fachadas de edificios de no más de 6,00 metros de altura, excepto las obras mencionadas en el artículo 43 de este Reglamento.
f. Impermeabilización y reparación de cubiertas sin afectar elementos estructurales;
g. Obras urgentes para la prevención de posibles daños causados por fenómenos naturales
Artículo 70 Cuando necesite un permiso. Las obras e instalaciones que se indican a continuación requieren una licencia de construcción específica :
I. Excavaciones o cortes de cualquier tipo cuya profundidad sea superior a 0,60 metros. En este caso, la licencia tendrá una validez mínima de 45 días naturales. Este requisito no será exigible cuando la excavación constituya una etapa de investigación o rescate del patrimonio histórico y cultural, en este caso se requerirá la autorización expresa de la autoridad competente.
II. Los trabajos de restauración, aseguramiento o demolición de edificios. A la solicitud relativa le acompañará una memoria en la que se especifique el procedimiento que se va a utilizar. En el caso de bienes clasificados y clasificados como parte del patrimonio históricoy cultural, se requerirá
autorización expresa de la autoridad competente .
III. Los muros que invaden la acera en la anchura superior a cincuenta centímetros. La ocupación con tapiales en menor anchura será autorizada por la licencia de obra; todas las plantas deberán cumplir con la imagen urbana y la seguridad.
IV. Todos los eventos donde se utilicen dispositivos mecánicos, carpas, soportes desmontables o similares.
Cuando se trata de dispositivos mecánicos e instalaciones eléctricas, la aplicación debe contener la respuesta de un "DRO" y un "CO" en las instalaciones.
V. Las modificaciones al proyecto original de cualquier obra deberán adjuntarse por triplicado a la
solicitud de licencia de cambio de proyecto. No se concederá licencia alguna cuando implique el cambio de uso de forma incompatible con la zonificación determinada en los correspondientes planos y
programas urbanísticos o el inmueble no reúna las condiciones de estabilidad y servicio para el nuevo uso.
Las solicitudes para este tipo de licencia se presentarán con las firmas del propietario de la propiedad y la respuesta de un "DRO".
En los casos que el artículo 66 de este Reglamento lo impida, deberá presentarse la autorización de localización, así como las autorizaciones necesarias de otras dependencias y organismos, en los términos de las leyes respectivas.
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6. ESTÁNDARES DE PINTURA Y MANCHAS
ACCESORIOS CON'D
7. PALETAS DE TONOS
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ADJUNTOS CON'D 8-13
ILUSTRACIONES DE PÉRGOLA
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ACCESORIOS CON'D
9 ILUSTRACIONES
DEPINTURA
DEACERO Y METAL
Revisión Historia
Fecha Versión Autor Descripción
3/28/2020 0.1 Miembros del equipo
Versión inicial presentada a la Asamblea
2/25/2022 1 N/A Aprobado y aprobado por la Asamblea