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MATERIA: DERECHO AMBIENTAL. PLAN 2 SEMANA 02

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Academic year: 2022

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MATERIA: DERECHO AMBIENTAL. PLAN 2 SEMANA 02

TEMAS SEMANA 2:

a) Concepto de Derecho Ambiental.

b) Objeto de estudio del Derecho Ambiental.

c) Marco jurídico Ambiental.

d) Autoridades Ambientales.

 ¿Qué es el Derecho Ambiental?

El derecho ambiental es el conjunto de normas que regulan las relaciones de derecho público y privado, tendientes a preservar el medio ambiente libre de contaminación, o mejorarlo en caso de estar afectado. Son el conjunto de normas jurídicas que regulan las conductas humanas que pueden influir de una manera relevante en los procesos de interacción que tienen lugar entre los sistemas de los organismos vivos y sus sistemas de ambiente. El Derecho Ambiental se deriva del Derecho Administrativo.

Los principios del Derecho Ambiental son:

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 ¿Cuál es el objeto de estudio del Derecho Ambiental?

El objeto del estudio del Derecho Ambiental se enfoca en tres aspectos básicos:

A) Los recursos naturales y su uso;

B) Los accidentes naturales; y

C) La problemática de los asentamientos humanos

No debemos dejar a un lado, los principales objetivos del derecho ambiental son mantener un adecuado control de la contaminación y la conservación y gestión de los recursos. Sus leyes buscan la forma de proteger y cuidar el medio ambiente y al mismo tiempo la salud humana. También cuidan el aspecto económico de las leyes ambientales por medio de la prevención de externalidades que se dan en la actualidad y las que podrían darse en un futuro.

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 ¿Cuál es el Marco Jurídico del Derecho Ambiental?

El marco jurídico del Derecho Ambiental, busca conservar, aprovechar y evitar la destrucción de los recursos naturales y el ambiente y al mismo tiempo contempla acciones de concentración e inducción social, para que el cuidado comprenda la necesidad de su cooperación para alcanzar los propósitos.

Actualmente la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUA),

Derecho Ambiental

Prevención

Cuidado

Protección

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El artículo 27 de la misma impone modalidades a la propiedad privada con el objeto de preservar y restaurar el medio ambiente. En el artículo 4, en 1999, se incorporó el derecho de toda persona a un medio ambiente para su desarrollo y bienestar. Por su parte el artículo 25 reconoce como principio rector de la actividad económica al desarrollo sustentable; así como el desarrollo nacional. El artículo 73 menciona la facultad de legislar en materia ambiental para el Congreso Federal.

Además de estas bases Constitucionales, se han expedido diversas leyes, como por ejemplo la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), en la cual se establecen las políticas generales para la protección del ambiente;

también se regulan diversos aspectos de la protección ambiental.

La Ley General de Vida Silvestre, la cual rregula la conservación de todas las formas de vida, su

hábitat, así como su aprovechamiento sustentable.

La Ley General de Desarrollo Forestal sustentable, regula y fomenta el manejo sustentable de áreas forestales, su conservación. Restauración, manejo y aprovechamiento de ecosistemas en el país.

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La Ley de Aguas nacionales, regula la explotación, uso y aprovechamiento de las aguas en el país, su distribución, control, así como la preservación de su cantidad y calidad, para lograr un desarrollo integral sustentable.

De forma complementaria, las leyes son reguladas mediante otras leyes, reglamentos y normas oficiales mexicanas.

Por ejemplo, con las áreas naturales protegidas, la ley establece parámetros generales, por ello se han creado 82 decretos. Para la contaminación del aire, la Ley ha dado pauta a la creación de dos reglamentos: el Reglamento en Materia de Prevención y Control de la Atmósfera y en Materia de la contaminación Generada por Vehículos Automotores; así como 18 normas oficiales mexicanas.

 ¿Cuáles son las diferentes Autoridades Ambientales en México?

Como cabeza de sector, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales SEMARNAT, es la encargada de fomentar la protección y conservación de los ecosistemas y de los recursos naturales, así como favorecer su aprovechamiento en términos del

desarrollo sostenible. La dependencia cuenta con tres subsecretarías: de Planeación y Política Ambiental, de Gestión para la Protección Ambiental, y de Fomento y Normatividad Ambiental. Además, cuenta con el apoyo de seis órganos desconcentrados: delegaciones federales, coordinaciones regionales:

CONAGUA, es un organismo administrativo desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y

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El Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático (INECC) es un órgano gubernamental cuya misión es generar, integrar y difundir conocimiento e información a través de investigación científica aplicada y el

fortalecimiento de capacidades, para apoyar la formulación de política ambiental y la toma de decisiones que promuevan el desarrollo sustentable.

Cuenta con un Programa de Cambio Climático.

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), es un órgano desconcentrado con facultades de control y atención a las demandas ciudadanas en la prevención y restauración de los efectos de la contaminación y la conservación del equilibrio ecológico (lo relacionado al sector ambiental).

Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP) es la dependencia encargada de la administración de los fragmentos terrestres o acuáticos del territorio nacional, en donde el ambiente original de los ecosistemas no ha sido

alterado significativamente por la actividad del hombre y que producen beneficios ecológicos. La CONANP administra 156 áreas naturales de carácter federal: 36 reservas de la biosfera, 67 parques nacionales, 4 monumentos naturales, 3 áreas de protección de los recursos naturales, 28 áreas de protección de flora y fauna, 17 santuarios y un área clasificada en “otras categorías”

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Se cuenta con otros organismos como:

Comisión Nacional Forestal (CONAFOR). Es un Organismo Público Descentralizado cuyo objetivo es desarrollar, favorecer e impulsar las actividades productivas, de conservación y restauración en materia forestal, así como participar en la formulación de los planes, programas, y en la aplicación de la política de desarrollo forestal sustentable.

Comisión Nacional para el Conocimiento y uso de la Biodiversidad (CONABIO) es una comisión del gobierno de México creada con el fin de difundir, promover, y apoyar actividades relacionadas a la biodiversidad del país.

Instituto Mexicano de Tecnología del Agua (IMTA), se encarga de desarrollar la tecnología y capacitar recursos humanos para asegurar el aprovechamiento, manejo y conservación del agua, con la finalidad de contribuir al desarrollo sostenible. Dentro de sus funciones brinda servicios especializados de laboratorio, de asesoría técnica, de elaboración de normas, de información,

Referencias

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