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NORMATIVA ELECCIONES. Agosto de Copyright UNIVERSIDAD CATÓLICA DE MANIZALES

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Academic year: 2022

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UNIVERSIDAD CATÓLICA DE MANIZALES Autores: Secretaría General UCM

Edición: Centro Editorial UCM Diseño: Unidad de Marca - UCM

Todos los derechos reservados. Ninguna parte de esta publicación puede ser reproducida, almacenada en sistema recuperable o transmitida en ninguna forma por medios electrónico, mecánico, fotocopia, grabación u otros, sin la previa autorización por escrito del Centro Editorial Universidad Católica de Manizales y de los autores.

Los conceptos expresados de este documento son responsabilidad exclusiva de los autores y no necesariamente corresponden con los de la Universidad Católica de Manizales y da cumplimiento al Depósito Legal según lo establecido en la Ley 44 de 1993, los Decretos 460 del 16 de marzo de 1995, el 2150 de 1995, el 358 de 2000 y la Ley 1379 de 2010.

©Centro Editorial Universidad Católica de Manizales Carrera 23 No. 60-63

http://www.ucm.edu.co/centro-editorial/

Agosto de 2022

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CONTENIDO

7 · PLATAFORMA ESTRATÉGICA

9 · NORMATIVA INSTITUCIONAL PARA ELECCIÓN DE REPRESENTANTES A ORGANISMOS DE GOBIERNO 9 · CAPÍTULO I. DE LAS CONSIDERACIONES

GENERALES

10 · CAPÍTULO II. DE LAS ELECCIONES

18 · CAPÍTULO III. DE LAS INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES

19 · CAPÍTULO IV. DE LA COMISIÓN CENTRA DE ELECCIONES

20 · CAPÍTULO V. DE LAS VACANCIAS Y LOS RECURSOS

21 · CAPÍTULO VI. DE LAS SANCIONES POR FRAUDE ELECTORAL

22 · CAPÍTULO VII. DE LOS ESTÍMULOS

23 · CAPÍTULO VIII. RENDICIÓN DE CUENTAS 25 · CAPÍTULO IX. DE LA LEGALIDAD DE LA NORMATIVA DE ELECCIONES

25 · CAPÍTULO X. DISPOSICIONES TRANSITORIAS

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Hna. María Escayola Coris - Superiora General - Canciller de la Universidad

· Monseñor José Miguel Gómez Rodríguez - Arzobispo Manizales · Hna.

Martha Lucia Andrade Morales - Superiora Provincial - Vicecanciller · Hna. María Elizabeth Caicedo Caicedo - Rectora · Hna. Ángela María Vélez Restrepo - Superiora Provincial Medellín · Hna. Nidia Beatriz Mesa Navarrete - Superiora Provincial – Santafé de Bogotá · Hna. Pastora Marín Vásquez - Superiora Provincial – Bogotá · Hna. Waldina Benavides Cruz - Superiora Provincial - Bucaramanga · Hna. Diana Lucía Rivera - Ecónoma Provincial - Manizales · Hna. Blanca del Tránsito Segura Rodríguez - Consejera Provincial de Educación - Manizales · Catalina Triana Navas - Secretaria General · Dr. William Ruíz Sanz - Representante Sociedad de Manizales (S) · Dra. Claudia Lucía Velandia - Representante Sociedad de Manizales (S) · Dra. María Carolina Venegas Ceballos - Representante Sociedad de Manizales (P) · José Robert Sánchez Osorio - Representante Profesores · Laura Karina Quintero Vargas - Representante Profesores · Estefanía Rozo Rodríguez - Representantes de Estudiantes · Diva Milena González Calderón - Representantes de Estudiantes · Julián Andrés Jurado - Representante de Graduados · Estefanía Guerrero Castro - Representante de Graduados

INVITADOS PERMANENTES

Hna. María Amanda Tangarife Rodríguez - Vicerrectoría Administrativa y Financiera · Hna. Gloria Estela Rolón Díaz - Vicerrectora Académica · Hna.

Aurora Cañas Montagut - Vicerrectoría de Bienestar y Pastoral Universitaria

· Carolina Olaya Alzate - Directora Planeación y Evaluación · Cristian Camilo Gutiérrez Restrepo - Director Aseguramiento de la Calidad · Luis Alonso Beltrán González - Director Administrativo y Financiero

CONSEJO DE RECTORÍA

Hna. María Elizabeth Caicedo Caicedo - Rectora · Hna. María Amanda Tangarife Rodríguez - Vicerrectora Administrativa y Financiera · Hna. Gloria Estela Rolón Díaz - Vicerrectora Académica · Hna. Aurora Cañas Montagut - Vicerrectora de Bienestar y Pastoral Universitaria · Carolina Olaya Alzate - Directora de Planeación y Evaluación · Cristian Camilo Gutiérrez Restrepo - Director de Aseguramiento de la Calidad · Luis Alonso Beltrán González - Director Administrativo y Financiero · Catalina Triana Navas - Secretaria General

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CONSEJO ACADÉMICO

Hna. Maria Elizabeth Caicedo Caicedo - Rectora · Hna. Aurora Cañas Montagut - Vicerrectora de Bienestar y Pastoral Universitaria · Hna. María Amanda Tangarife Rodríguez - Vicerrectora Administrativa y Financiera · Hna. Gloria Estela Rolón Díaz - Vicerrectora Académica · Gloria Inés Estrada Salazar - Decana Facultad de Ciencias de la Salud · Lina Marcela Flórez Loaiza - Decana Facultad de Administración · César Enrique Castiblanco Laurada - Decano Facultad de Ciencias Sociales Humanidades y Teología · Carolina Suárez Valencia - Decana Facultad de Ingeniería y Arquitectura · Pbro. Luis Guillermo Restrepo Jaramillo - Decano Facultad de Educación · Cristian Camilo Gutiérrez Restrepo - Director Aseguramiento de la Calidad

· Carolina Olaya Alzate - Directora Planeación y Evaluación · Luis Alonso Beltrán González - Director Administrativo y Financiero · María del Socorro Vargas Henao - Directora de Extensión y Proyección Social · Francisco Suarez Valencia - Coordinador de la Unidad Institucional de Educación a Distancia y Virtual · Diana Marcela Gómez Sánchez - Coordinadora de la Unidad Académica de Formación Humano Cristiana · Matías Andrés Marín Castro - Director de Relaciones Interinstitucionales e Internacionales · Paula Andrea López Jiménez - Directora de la Unidad Académica de Formación en Ciencias Naturales y Matemáticas · Diana Clemencia Sánchez Giraldo - Directora de Docencia y Formación · Eduardo Javid Corpas Iguarán - Director de Investigaciones y Posgrados · Catalina Triana Navas - Secretaria General · Javier Mauricio Naranjo Vasco - Representante de profesores - Programa de Ingeniería Ambiental · Bibiana María Toro Osorio - Representante de profesores - Programa de Bacteriología · Gisel Tatiana Muñoz - Representante de Graduados – Programa de Administración de Empresas Turísticas · John James Hernández Quintero - Representante de Graduados – Programa de Administración de Empresas Turísticas · Mateo Ossa Echeverry - Representante de Estudiantes - Programa Enfermería

· Humberto Morales Reyes - Representantes de Estudiantes - Programa Enfermería · Jennifer Iglesias Ramírez - Representante de Estudiantes - Programa Bacteriología · Andrés Felipe Caicedo Gil - Representante de Estudiantes - Programa Bacteriología

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PLATAFORMA ESTRATÉGICA Perfil UCM

Como obra congregacional y de Iglesia, desde su identidad, trabaja en la formación integral en diálogo con el entorno, para contribuir a la transformación social y cultural, soportada en principios de participación y corresponsabilidad, con criterios de calidad en el contexto internacional.

Misión UCM

Contribuir a la formación integral de la persona desde una visión humanista, científica y cristiana, iluminada por el Evangelio, el Magisterio de la Iglesia y el Carisma Congregacional de las Hermanas de la Caridad Dominicas de la Presentación de la Santísima Virgen. Orienta la academia con criterios de universalidad, humanización del conocimiento, calidad e innovación, para la construcción de nueva ciudadanía como expresión del diálogo entre fe-cultura-vida, para responder a los desafíos de la sociedad contemporánea, en el contexto de un mundo globalizado con sentido social y eclesial.

Sueño Institucional

En familia, a ejemplo de Marie Poussepin, forjar día a día, hombres y mujeres integrales, líderes constructores de una nueva humanidad.

Visión UCM

Seremos en el 2025, la primera opción de la región, por visibilizar la formación integral desde una perspectiva humanista, científica y cristiana, consolidando una comunidad académica que, desde la personalización liberadora, contribuya a la transformación social, cultural y se constituya como referente nacional e internacional de inclusión y equidad.

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Valores Corporativos

La Verdad y la Caridad, son la fuente de donde emanan los valores que privilegia la Universidad: la Defensa de la Vida, la Solidaridad, la Justicia, la Paz y la Convivencia Ciudadana.

Pilares Institucionales

Humanización – Socialización – Trascendencia.

Direccionamientos Estratégicos

• Inclusión, diversidad y multiculturalidad en articulación con el quehacer institucional.

• Corresponsabilidad en la sostenibilidad institucional.

• Autonomía desde criterios de calidad.

• Visibilización de las contribuciones.

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NORMATIVA INSTITUCIONAL PARA ELECCIÓN DE REPRESENTANTES A ORGANISMOS DE GOBIERNO

CAPÍTULO I. DE LAS CONSIDERACIONES GENERALES

Artículo 1. Modificado por el artículo 2 del Acuerdo del Consejo Académico 187 del 9 de diciembre de 2021. La Constitución Política de Colombia y la Ley 30 de 1992 reconocen a las organizaciones e instituciones, así como a la sociedad civil, el derecho a designar representantes a las diferentes instancias de gobierno y dirección, en desarrollo de la participación democrática con fundamento en la autonomía, la apertura, el diálogo y la participación y los principios generales de convivencia.

Artículo 2. Modificado por el artículo 3 del Acuerdo del Consejo Académico 187 del 9 de diciembre de 2021. Para los efectos democráticos de igualdad, la comunidad universitaria, en virtud del derecho de participación, podrá promover, elegir y designar, en cumplimiento del Estatuto General, los representantes a las siguientes instancias de gobierno y dirección: Consejo Superior, Consejo Académico, Consejos de Facultad y Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo.

COPASST.

Artículo 3. Modificado por el artículo 4 del Acuerdo del Consejo Académico 187 del 9 de diciembre de 2021. El proceso de las Jornadas Democráticas es responsabilidad directa de la Facultad de Ciencias Sociales, Humanidades y Teología, quien garantiza el cabal cumplimiento de los requisitos establecidos en los capítulos III y IV de la presente Normativa y gestiona los procesos en colaboración con:

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a. Profesores del componente académico “Constitución Política”.

b. Profesores del componente académico “Contexto Sociopolítico”.

c. Coordinación de la Unidad Académica de Formación Humano-Cristiana.

d. Dirección de Docencia y Formación.

e. Vicerrectoría Académica.

f. Rectoría.

g. Secretaría General.

h. Unidad de Mercadeo y Comunicaciones.

i. Unidad de Graduados.

Artículo 4. Modificado por el artículo 5 del Acuerdo del Consejo Académico 187 del 9 de diciembre de 2021. La Vicerrectoría de Bienestar y Pastoral Universitaria ejercerá la función de veeduría general en el desarrollo de las Jornadas Democráticas.

CAPÍTULO II. DE LAS ELECCIONES

Artículo 5. Modificado por el artículo 6 del Acuerdo del Consejo Académico 187 del 9 de diciembre de 2021. Las elecciones para representantes ante el Consejo Superior, el Consejo Académico, los Consejos de Facultad y del personal para el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo.

COPASST., se realizarán mediante votación electrónica, previa convocatoria e inscripción de las planchas con los candidatos respectivos.

Parágrafo. La elección del COPASST se realizará en calendario diferente al de las Jornadas Democráticas de los representantes ante organismos de dirección y de gobierno, en fecha definida y acordada entre la Unidad de Talento Humano y la Unidad de Seguridad y Salud en el Trabajo con la Rectoría. Las elecciones de los representantes de los colaboradores ante el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo. COPASST se realizarán cada dos (2) años, de acuerdo con la normativa

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nacional específica; por lo tanto, su período será de dos (2) años, a partir de la fecha de posesión.

Artículo 6. Modificado por el artículo 7 del Acuerdo del Consejo Académico 187 del 9 de diciembre de 2021. Los representantes de la comunidad de estudiantes, profesores y graduados ante el Consejo Superior, el Consejo Académico y los Consejos de Facultad serán elegidos de acuerdo con los parámetros que establece el Estatuto General de la Universidad y la presente Normativa.

Artículo 7. Modificado por el artículo 8 del Acuerdo del Consejo Académico 187 del 9 de diciembre de 2021. La Rectoría aprobará mediante Resolución el calendario electoral.

Parágrafo primero. la instalación de las Jornadas Democráticas para elección de representantes a organismos de dirección y gobierno se realizará entre la primera y segunda semana de marzo.

Parágrafo segundo. La campaña publicitaria de las Jornadas Democráticas se realizará desde la Unidad de Marca en coordinación con la Unidad Académica de Formación Humano- Cristiana y la Decanatura de Facultad de Ciencias Sociales, Humanidades y Teología. La aprobación de la campaña es competencia de la Rectoría.

Parágrafo tercero. A partir de la instalación de las jornadas democráticas y hasta el mes de julio se realiza el proceso de inscripción de planchas de candidatos y se otorga el respectivo aval de las facultades.

Parágrafo cuarto. Los foros con los candidatos se desarrollarán durante mes de agosto, serán organizados por los profesores de la Unidad Académica de Formación Humano- Cristiana en diálogo con las decanaturas. Los foros de los candidatos a los consejos de facultad serán convocados por las decanaturas.

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Artículo 8. Modificado por el artículo 9 del Acuerdo del Consejo Académico 187 del 9 de diciembre de 2021. Las elecciones de representantes ante organismos de dirección y gobierno se realizarán durante el mes de septiembre cada dos años.

Artículo 9. Modificado por el artículo 10 del Acuerdo del Consejo Académico 187 del 9 de diciembre de 2021. El período de los representantes ante los organismos de dirección y gobierno será de dos (2) años, con posibilidad de reelección hasta por dos (2) períodos más. Podrán volverse a presentar como candidatos después de transcurrido un período de representación de dos años.

Artículo 10. Modificado por el artículo 12 del Acuerdo del Consejo Académico 187 del 9 de diciembre de 2021. Estarán habilitados para ser elegidos(as), todos(as) aquellos(as), que cumplan los siguientes requisitos:

a. Estudiantes:

• Estar matriculado financiera y académicamente.

• Contar con un promedio académico no inferior a tres punto cinco (3.5) en programas de pregrado, para estudiantes de posgrado aplicará como requisito un promedio de 4.0.

• Evidenciar un alto sentido de pertenencia e identidad institucional por la UCM.

• No tener sanciones disciplinarias.

• No estar cursando uno de los dos semestres finales de su programa o su proceso de formación.

• Contar con el aval del Consejo de Facultad, organismo que debe argumentar el cumplimiento de los criterios.

• Haber aprobado por lo menos el primer período académico del programa que cursa.

• No tener sentencias de privación de la libertad por la comisión de delitos dolosos.

b. Profesores:

• Evidenciar un alto sentido de pertenencia e identidad institucional por la UCM.

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• Evidenciar un puntaje de evaluación en el SISVADE, no inferior al 75%.

• No tener sanciones en su hoja de vida.

• No tener llamados de atención en su hoja de vida.

• Tener mínimo un año de vinculación con la Universidad.

• Contar con el aval del Consejo de Facultad, organismo que debe argumentar el cumplimiento de los criterios.

• No tener sentencias de privación de la libertad por la comisión de delitos dolosos.

c. Graduados:

• Evidenciar un alto sentido de pertenencia e identidad institucional por la UCM.

• No tener sanciones en su hoja de vida.

• Contar con el aval del Consejo de Facultad, organismo que debe argumentar el cumplimiento de los criterios.

• No tener sentencias de privación de la libertad por la comisión de delitos dolosos.

d. Requisitos comunes a todos los candidatos:

• Actitud de apertura, diálogo, capacidad de escucha, respeto por sí mismos y por los otros, y demás valores que fortalezcan una sana convivencia en la Universidad y fuera de ella.

• Conocimiento de la filosofía de la Universidad, de los desarrollos institucionales, además de manifestar identidad con la misma.

• Capacidad de liderazgo, deseo de superación y sentido crítico.

• Clara conciencia de su compromiso, al ser elegidos para participar en las sesiones de trabajo y eventos a los cuales sean convocados, como representantes electos.

• Buen rendimiento académico, en el caso de los estudiantes.

• Buen desempeño académico y entrega personal y profesional a la labor de la formación integral de los estudiantes de pregrado y postgrado, en el caso de los docentes.

• Actitudes éticas como capital esencial.

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• Actitud proactiva frente a las necesidades de la comunidad universitaria que se proponen representar.

Artículo 11. Modificado por el artículo 13 del Acuerdo del Consejo Académico 187 del 9 de diciembre de 2021. Será responsabilidad directa de los directores de programa, unidades, centros e institutos, inscribir las candidaturas a través de las respectivas planchas (en la cual se deben anexar fotos de los candidatos), ante la Coordinación de la Unidad Académica de Formación Humano-Cristiana, para el Consejo Superior, el Consejo Académico y los Consejos de Facultad;

cumpliendo los plazos establecidos en el calendario.

Parágrafo primero. El proceso de inscripción de candidaturas, a través de las respectivas planchas, se debe presentar con carta aprobatoria del Consejo de Facultad.

Parágrafo segundo. Las planchas de los candidatos de estudiantes, profesores y graduados ante los organismos de dirección y de gobierno deberán estar conformadas por un representante y un suplente. Las planchas podrán ser inter- programas o inter-facultades.

Parágrafo tercero. Las planchas únicas competirán con el voto en blanco.

Artículo 12. Modificado por el artículo 14 del Acuerdo del Consejo Académico 187 del 9 de diciembre de 2021. La inscripción de las planchas con los candidatos a representantes se hará según el siguiente procedimiento:

a. Convocatoria a elecciones mediante Resolución Rectoral.

b. La inscripción de planchas con los candidatos se hará por escrito ante la Decanatura de la Facultad de Ciencias Sociales, Humanidades y Teología y la Coordinación de la Unidad Académica de Formación Humano-Cristiana, en formato suministrado por la facultad; estas deberán ser suscritas por los mismos candidatos como constancia de aceptación a tal postulación.

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c. De la diligencia de inscripción se levantará un acta que firmarán la Decanatura de la Facultad de Ciencias Sociales, Humanidades y Teología, la Coordinación de la Unidad Académica de Formación Humano-Cristiana y los integrantes de las planchas.

Parágrafo. solo podrán introducir modificaciones a una inscripción, quienes hayan cumplido con todos los requisitos y firmado la diligencia de inscripción, con la condición de que lo hagan a más tardar dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha en que se venza el término de la inscripción de candidatos.

Artículo 13. Modificado por el artículo 15 del Acuerdo del Consejo Académico 187 del 9 de diciembre de 2021. Las normas generales que regulan las Jornadas Democráticas son:

a. El voto será universal, individual, secreto e indelegable.

b. Se sufragará mediante sistema electrónico de la Universidad.

c. El número de puestos de votación será definido y habilitado por el equipo coordinador de las Jornadas Democráticas.

d. Los electores sufragarán electrónicamente en los respectivos centros de votación o desde cualquier computador, a través de la página web de la Universidad, marcando el nombre de los candidatos a quienes otorgará su voto. Los resultados de la elección se definirán por mayoría simple.

Parágrafo primero. La Universidad establece dos días para la celebración de las Jornadas Democráticas, durante una misma semana en días miércoles y sábado en el mes de septiembre.

Parágrafo segundo. Durante la semana siguiente a los escrutinios, la Universidad publicará los resultados de las elecciones.

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Parágrafo tercero. Realizada la elección de los representantes para cada organismo de dirección y de gobierno, se realizará el acto de posesión durante el mes de febrero del año siguiente a la realización de las Jornadas, acto que será presidido por la Hermana Rectora de la Universidad Católica de Manizales.

Parágrafo cuarto. Las direcciones de programa, unidades, centros e institutos y decanaturas de cada facultad deben garantizar la presencia activa de todos los actores UCM en las Jornadas Democráticas.

Artículo 14. Modificado por el artículo 16 del Acuerdo del Consejo Académico 187 del 9 de diciembre de 2021. El jurado de cada puesto de votación estará integrado por un (1) docente de cada facultad, designados por el respectivo decano, en acuerdo con los directores de programa y por un representante de la Vicerrectoría de Bienestar y Pastoral Universitaria, como veedora del proceso.

Parágrafo. la notificación de jurados se realizará mediante comunicación interna.

Artículo 15. Modificado por el artículo 17 del Acuerdo del Consejo Académico 187 del 9 de diciembre de 2021. Son funciones del jurado de votación:

• Acudir a la reunión previa de preparación a las Jornada Democráticas para informarse de manera clara y precisa sobre los procedimientos que deberá realizar para el buen desempeño de sus funciones.

• Estar presente en el puesto de votación en la fecha y hora establecida.

• Hacer cambio de turno informando al siguiente jurado de votación las anomalías que se hayan podido presentar.

• Hacer el cierre del centro electrónico de votación.

Artículo 16. Toda designación como jurado será de forzosa aceptación. Sin embargo, por fuerza mayor debidamente

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comprobada, el jurado podrá excusarse ante la Decanatura de la Facultad de Ciencias Sociales, Humanidades y Teología y la Coordinación de la Unidad Académica de Formación Humano Cristiana. En este caso, la misma facultad designará el respectivo reemplazo.

Artículo 17. La Decanatura de la Facultad de Ciencias Sociales, Humanidades y Teología y la Coordinación de la Unidad Académica de Formación Humano Cristiana darán las instrucciones a los jurados sobre los procedimientos para el desarrollo de la votación y suministrarán los medios requeridos para la misma.

Artículo 18. Modificado por el artículo 19 del Acuerdo del Consejo Académico 187 del 9 de diciembre de 2021. El escrutinio lo realizará la Comisión Central de Elecciones. Dicha Comisión levantará el acta respectiva para la correspondiente ratificación, mediante resolución emitida por la Rectoría.

Parágrafo primero. Serán electos como representantes los integrantes de las planchas que hayan obtenido el mayor número de votos.

Parágrafo segundo. En caso de empate, se procederá así:

una vez contabilizados los votos y verificada la existencia del empate, la Comisión Central de Elecciones introducirá en una urna un (1) voto por cada una de las planchas con igual número de votación y se sacará al azar uno de los votos depositados, el que indicará el nombre de la plancha ganadora.

Parágrafo tercero. Los votos en blanco no contarán para ningún candidato y solo se tendrán en cuenta para datos estadísticos de las Jornadas Democráticas. En caso de que el voto en blanco obtenga mayor número de votos que todas las planchas se deberán repetir las jornadas de elección para ese consejo y estamento y se deberán conformar nuevas planchas con candidatos diferentes a los inscritos para dicha elección.

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Artículo 19. La Rectoría convocará a los integrantes de las planchas ganadoras al acto de posesión ocho (8) días hábiles después de las elecciones, hará entrega de las resoluciones respectivas y les recordará sus funciones y responsabilidades con la Universidad y con las respectivas facultades. Cada representante electo firmará el Acta de Posesión.

CAPÍTULO III. DE LAS INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES

Artículo 20. Modificado por el artículo 23 del Acuerdo del Consejo Académico 187 del 9 de diciembre de 2021. Ningún candidato o representante puede estar sancionado académica o disciplinariamente por alguno de los estamentos de la Universidad, ni estar incurso en investigación penal o procesado con sentencia condenatoria; en el caso de ser sindicado, se suspenderá su participación hasta tanto surja una resolución judicial definitiva.

Parágrafo. El estudiante, profesor o colaborador sancionado académica o disciplinariamente, podrá elegir, pero no podrá ser elegido o inscribirse como candidato.

Artículo 21. Ningún candidato podrá postularse o ser elegido simultáneamente en dos (2) organismos de gobierno.

Artículo 22. Modificado por el artículo 25 del Acuerdo del Consejo Académico 187 del 9 de diciembre de 2021. La elección de colaboradores a organismos de dirección y de gobierno no garantiza a la continuidad laboral con la Universidad.

Artículo 23. Modificado por el artículo 26 del Acuerdo del Consejo Académico 187 del 9 de diciembre de 2021. Los candidatos que ejerzan sus funciones en la Universidad como profesores en varios programas académicos de pregrado o postgrado, solo podrán estar inscritos para votar en el programa en el que tengan asignada mayor carga académica.

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Artículo 24. Los candidatos a representantes de los organismos de gobierno y dirección de la Universidad no podrán ser jurados de votación.

CAPÍTULO IV. DE LA COMISIÓN CENTRAL DE ELECCIONES

Artículo 25. Modificado por el artículo 30 del Acuerdo del Consejo Académico 187 del 9 de diciembre de 2021. La Comisión Central de Elecciones estará conformada por:

a. La Vicerrectoría de Bienestar y Pastoral Universitaria, veedora del proceso.

b. La Decanatura de la facultad de Ciencias Sociales, Humanidades y Teología, quien convoca y preside.

c. La Coordinación de la Unidad Académica de Formación Humano Cristiana.

d. Un representante de los directores de programa, designado por la Rectoría.

e. El representante de los estudiantes ante el Consejo Académico vigente.

f. El representante de los graduados ante el Consejo Académico vigente.

g. El representante de los profesores ante el Consejo Académico vigente.

h. La Secretaría General de la Universidad, quien ejerce la secretaría técnica.

Parágrafo. Los representantes de los profesores, estudiantes y graduados ante el Consejo Académico que se postulen para una reelección se inhabilitan para ser miembros de la Comisión Central de Elecciones.

Artículo 26. Son funciones de la Comisión Central de Elecciones:

a. Consolidar los escrutinios y mediante acta, hacer entrega del resultado de las elecciones a la Rectoría de la Universidad,

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con copia a la facultad de Ciencias Sociales, Humanidades y Teología.

b. Conocer y decidir sobre los recursos interpuestos contra los escrutinios efectuados por los jurados de votación.

c. Velar por el desarrollo democrático del proceso de participación y elección de representantes a organismos de gobierno.

Parágrafo 1. El informe de la Comisión Central de Elecciones se dará a conocer mediante acta firmada por sus miembros.

La Secretaria General prepara la correspondiente resolución de Rectoría para la ratificación de los resultados electorales.

Parágrafo 2. La difusión de los resultados a la comunidad universitaria estará a cargo de la Secretaría General. Estos resultados estarán a disposición de la comunidad universitaria por el término de cinco (5) días hábiles.

Parágrafo 3. Los candidatos a representantes pueden nombrar un (1) delegado en cada centro de votación, para actuar como testigos en el momento de los escrutinios.

CAPÍTULO V. DE LAS VACANCIAS Y LOS RECURSOS

Artículo 27. Modificado por el artículo 33 del Acuerdo del Consejo Académico 187 del 9 de diciembre de 2021. La comunidad universitaria podrá interponer el recurso de reposición ante la Comisión Central de Elecciones durante los cinco (5) días siguientes a la publicación de los resultados; y el recurso de apelación ante el Consejo Académico durante los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación de los resultados.

Artículo 28. Modificado por el artículo 34 del Acuerdo del Consejo Académico 187 del 9 de diciembre de 2021. El Consejo Superior, el Consejo Académico, los Consejos de Facultad y el Comité Paritario de Salud y Seguridad en el Trabajo- COPASST

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declararán vacante el cargo de los representantes electos, cuando se presente alguna de las siguientes situaciones:

a. Cuando el representante principal o suplente incurra en faltas o actos que vayan en contradicción con la Filosofía Institucional, con lo establecido en el Reglamento Académico, con el Reglamento Interno de Trabajo o con el contrato de trabajo.

b. Cuando se pierda la calidad de colaborador o estudiante.

c. En caso de renuncia por escrito ante el organismo respectivo.

d. Por muerte de alguno de los representantes.

e. Por ausencia injustificada, continua o discontinua a tres (3) sesiones de trabajo en el Consejo Académico, Consejo de Facultad o el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo y una (1) ausencia a las sesiones del Consejo Superior.

Parágrafo. En caso de ausencia simultánea del representante principal y del suplente en cualquiera de los organismos de gobierno y dirección que contempla la presente normativa, estos serán sucedidos en la representación por aquellas planchas que obtuvieron el segundo lugar en la jornada democrática respectiva. Si se hubiese presentado solo una plancha a la Jornada Democrática se realizará nuevamente el proceso de elección de representantes.

CAPÍTULO VI. DE LAS SANCIONES POR FRAUDE ELECTORAL

Artículo 29. Adicionado por el artículo 39 del Acuerdo del Consejo Académico 187 del 9 de diciembre de 2021. El fraude electoral es la intervención deliberada en un proceso electoral con el propósito de impedir, anular o modificar los resultados reales.

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Artículo 30. Modificado por el artículo 40 del Acuerdo del Consejo Académico 187 del 9 de diciembre de 2021. El estudiante, profesor, graduado jurado o colaborador de la Universidad que cometa fraude electoral comprobado, previa investigación disciplinaria, será sancionado con falta grave de la siguiente manera:

Si el fraude es cometido por un estudiante, se le podrá imponer las siguientes sanciones:

• Suspensión temporal hasta por ocho (8) días hábiles.

• Matricula condicional.

Parágrafo primero. En este caso será competencia del Consejo de Facultad imponer la sanción según el caso.

Si el fraude es cometido por un colaborador, se le podrá imponer la siguiente sanción:

• Terminación del contrato con justa causa.

Parágrafo segundo. En este caso, será competencia de la Rectoría imponer la sanción según el caso.

Si el fraude es cometido por un graduado, se le podrá imponer las siguientes sanciones:

• Prohibición para participar en futuras Jornadas Democráticas UCM.

Parágrafo 3. En este caso, será competencia de la Rectoría imponer la sanción según el caso.

CAPÍTULO VII. DE LOS ESTÍMULOS

Artículo 31. Modificado por el artículo 42 del Acuerdo del Consejo Académico 187 del 9 de diciembre de 2021. Se reconocerán los siguientes estímulos a quienes participen como representantes ante organismos de gobierno:

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1. Profesores: se reconocerá una hora semanal en su asignación académica para representantes ante el Consejo Superior y de Facultad y dos horas semanales en su asignación académica para representantes ante el Consejo Académico.

Descuentos en matrícula para cursar programas UCM adicionales a los establecidos en la normativa vigente, los cuales serán definidos por la Vicerrectoría Administrativa y Financiera.

2. Estudiantes: Reconocimiento en su hoja de vida académica.

Descuento del 10% en el valor de la matrícula durante el período de representación.

3. Graduados: se reconocerán descuentos en educación continuada conforme a lo estipulado por la Vicerrectoría Administrativa y Financiera.

Parágrafo. Estos estímulos están supeditados a la asistencia y participación activa el 90% de las sesiones de los consejos y a la participación en la rendición de cuentas semestral. La inasistencia debe estar justificada por situaciones de fuerza mayor o caso fortuito y debe ser presentada a la Secretaría General, en la medida de lo posible, con anterioridad.

CAPÍTULO VIII. RENDICIÓN DE CUENTAS.

Adicionado por el artículo 43 del Acuerdo del Consejo Académico 187 del 9 de diciembre de 2021.

Artículo 32. Adicionado por el artículo 44 del Acuerdo del Consejo Académico 187 del 9 de diciembre de 2021. Es deber de los representantes rendir cuentas ante su comunidad y su estamento de manera semestral como un ejercicio democrático y de buen gobierno en la Institución.

Artículo 33. Adicionado por el artículo 45 del Acuerdo del Consejo Académico 187 del 9 de diciembre de 2021. Los estudiantes rendirán cuenta ante su comunidad de la siguiente manera:

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a. Semestralmente se formulará un mecanismo de difusión con la Unidad de Comunicaciones y la Unidad de Marca con el fin de compartir las decisiones y ejecutorias más importantes del semestre a través de los medios institucionales.

b. Al finalizar el período, se realizará una convocatoria abierta a todos los estudiantes de la Universidad, y se rendirá informe de manera presencial ante la comunidad de estudiantes.

Artículo 34. Adicionado por el artículo 46 del Acuerdo del Consejo Académico 187 del 9 de diciembre de 2021. Los profesores rendirán cuenta ante su comunidad de la siguiente manera:

a. Los profesores ante el Consejo Superior y Académico realizarán una reunión semestral con los representantes ante los consejos de facultad con el fin de compartir las decisiones y ejecutorias más importantes del semestre.

b. Los profesores representantes ante el Consejo de Facultad socializarán las decisiones y ejecutorias más importantes del semestre ante el Colectivo de Facultad.

c. Al finalizar el período, se realizará una convocatoria abierta a todos los profesores de la Universidad, y se rendirá informe de manera presencial ante la comunidad de profesores.

Artículo 35. Adicionado por el artículo 47 del Acuerdo del Consejo Académico 187 del 9 de diciembre de 2021. Los graduados rendirán cuenta ante su comunidad de la siguiente manera:

a. Semestralmente se formulará un mecanismo de difusión con la Unidad de Comunicaciones y la Unidad de Marca con el fin de compartir las decisiones y ejecutorias más importantes del semestre a través de los medios institucionales.

b. Al finalizar el período, se realizará una convocatoria abierta a todos los graduados de la Universidad, y se rendirá informe de manera virtual ante la comunidad de graduados.

(25)

CAPÍTULO IX. DE LA LEGALIDAD DE LA NORMATIVA DE ELECCIONES

Artículo 36. La aprobación de las disposiciones y modificaciones de esta Normativa corresponde al Consejo Académico de la Universidad.

Artículo 37. Modificado por el artículo 37 del Acuerdo del Consejo Académico 187 del 9 de diciembre de 2021. La presente Normativa rige a partir de la fecha de aprobación por parte del Consejo Académico y deroga todas las normas anteriores que sobre la misma materia le sean contrarias.

CAPÍTULO X. DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Artículo transitorio. Adicionado por el artículo 48 del Acuerdo del Consejo Académico 187 del 9 de diciembre de 2021. Tomando en cuenta el cambio en la fecha de posesión aprobada en esta actualización de la Normativa Institucional de Elecciones, el período de representación de los representantes electos en las Jornadas Democráticas 2021, se extiende hasta el mes de enero de 2024.

Artículo transitorio. Adicionado por el artículo 49 del Acuerdo del Consejo Académico 187 del 9 de diciembre de 2021. El incentivo de descuento del 10% en el valor de la matrícula para estudiantes representantes empezará a regir a partir del primer semestre de 2023.

Comuníquese y cúmplase,

HNA. MARÍA ELIZABETH CAICEDO CAICEDO O.P.

Rectora

ABG. CATALINA TRIANA NAVAS Secretaria General

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