PROCEDIMIENTO PARA EL ANÁLISIS DE
SEGURIDAD EN EL TRABAJO - AST
ELABORADO POR REVISADO POR APROBADO POR
Nombre: Vilma Pacheco Nombre: Julissa Salavarría Nombre: Juan José Salmón / Carlos Gómez
Cargo: Coordinador de SSO. Cargo: Jefe de Sistemas de Gestión
Cargo: Gerente General / Presidente del COSSO
I. Control de revisión
Nº Rev. Descripción Pág.
00 Emisión --
01 Se realizaron cambios en el área de aplicación 04 02 Se redefinieron las responsabilidades sobre la aprobación del AST 07
03 Se precisan responsabilidades y funciones Varias
04 Actualización del procedimiento, de acuerdo a los nuevos lineamientos
II. Tabla de contenido
ÍTEM PAG.
I. CONTROL DE REVISIÓN 2
II. TABLA DE CONTENIDO 3
1. OBJETIVO 4 2. ÁREADEAPLICACIÓN 4 3. DOCUMENTOSDEREFERENCIA 4 4. ABREVIACIONESYDEFINICIONES 4 5. PROCEDMIENTO 5 6. REGISTROS 9 7. RESPONSABILIDADES 9 8. ANEXOS 10
1. OBJETIVO
Brindar los lineamientos básicos para realizar el Análisis de Seguridad en el Trabajo (A.S.T) de tal forma que se identifiquen los peligros y se evalúe el nivel de riesgo antes del desarrollo de alguna labor o actividad; para así definir las medidas de control preventivas que permitan la ejecución del trabajo de forma segura.
2. ÁREA DE APLICACIÓN
Aplicable a todos los trabajos realizados por los contratistas LAP o personal LAP (operarios de pavimentos y técnicos electromecánicos).
3. DOCUMENTOS DE REFERENCIA
Ley 29783 “Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo”.
D.S. 005-2012-TR “Reglamento de la Ley 29783”.
EHS-P-24,”Procedimiento para la Identificación de Peligros, Evaluación y Control de los Riesgos”.
EHS-P-23, “Procedimiento del Control SSOMA para Empresas Contratistas que realizan Trabajos para LAP".
EHS-P-42 “Procedimiento del Control SSOMA para Empresas Contratistas del Área de Infraestructura LAP”.4. ABREVIACIONES Y DEFINICIONES
Área LAP usuaria: Cualquier área LAP que solicita un trabajo.
LAP: Lima Airport Partners.
NRI: Nivel de Riesgo Inicial.
NRR: Nivel de Riesgo Residual.
AIJCh: Aeropuerto Internacional Jorge Chávez.
SSG: Sistemas de Gestión LAP.
SSOMA: Seguridad, Salud Ocupacional y Medio Ambiente.
CCO-LAP: Centro Control de Operaciones LAP.
C-LAP: Personal LAP que coordina o supervisa los trabajos de LAP, Concesionarios, aerolíneas entidades gubernamentales.
Líder del equipo que ejecuta el trabajo: Operario, capataz o jefe de grupo encargado de la ejecución del trabajo y líder del equipo.
Supervisor del trabajo / residente: Personal asignado por la empresa contratista que coordina o supervisa los trabajos que realiza.
SSOMA de la empresa contratista: Personal asignado por la empresa contratista quien coordina y supervisa lo correspondiente a la Seguridad, Salud Ocupacional y Medio Ambiente del trabajo u obra.
Trabajo: Actividad relacionada a obras (construcción o remodelación), mantenimientos y/o servicios que se realizan en las instalaciones del AIJCh.
AST: Análisis de Seguridad en el Trabajo “EHS-P-25-FA”.
SEI: Salvamento y Extinción de Incendio.
PET: Permiso de Ejecución de Trabajo (MTTO.1-M-2-FD y INFR-P-6-FC).
Horario Administrativo: L-J: 8:00am – 18:00pm y V: 8:00am – 13:00pm.
Horario no administrativo: fuera del horario administrativo incluidos sábados, domingos y feriados.
Contratista LAP: Persona natural o jurídica que realiza trabajos dentro del aeropuerto cuyos alcances, compromisos y responsabilidades están definidas en un contrato, condiciones de oferta y/u orden de compra/servicio emitido por LAP.
5. PROCEDIMIENTO
En el presente procedimiento se citan los lineamientos básicos que deben considerarse para la presentación del AST, siendo importante precisar que el contenido incluido en el mismo son de expresa responsabilidad del contratista LAP.
5.1 Elaboración del AST
El formato de Análisis de Seguridad en el Trabajo (AST) se debe llenar en forma diaria, siendo elaborado por los trabajadores del contratista LAP que ejecutarán el trabajo y revisado por sus jefes inmediatos (Líder de equipo que ejecuta el trabajo, Supervisor del trabajo / Residente y Supervisor SSOMA de la empresa contratista). Para ello, debe utilizarse el formato EHS-P-25-FA Formato de Análisis de Seguridad en el trabajo (con el logo de la empresa contratista. En caso el trabajo sea ejecutado por personal propio de LAP, deberá colocarse el logo de LAP en dicho formato).
En ella se indicarán los siguientes datos: Nombre del área LAP usuaria y de la empresa contratista, nombre del trabajo, fecha, ubicación del trabajo, código del proyecto (en caso aplique) e indicar el horario de trabajo.
Asimismo se debe detallar los EPP necesarios para el trabajo basados en la procedimiento EHS-P-32, así como describir las herramientas y equipos a utilizar.
Se debe detallar la relación de los trabajadores, el DNI y deben colocar la firma dando su conformidad a lo descrito en el AST.
Además, debe considerarse lo siguiente:
5.1.1 Descripción de las actividades o tareas del día: El análisis empieza con definir la actividad a realizar. En caso se realicen varias tareas dentro de una actividad, éstas deben ser detalladas con la finalidad de identificar todos los peligros, consecuencias y riesgos asociados a la actividad.
5.1.2 Identificación de peligros y riesgos asociados / consecuencia:
Con relación a las actividades o tareas que realizarán, se identifican los peligros y sus respectivos riesgos asociados / consecuencias para lo cual se puede tomar como referencia la lista que se encuentra en el anexo 8.1.
5.1.3 Evaluación y valoración de riesgos: Se evalúan los riesgos inherentes al trabajo, para ello se hace uso de los siguientes dos parámetros (ver anexo 8.2):
Severidad de las consecuencias: Teniendo como opciones “Ligeramente Dañino”, “Dañino” o “Extremadamente Dañino”.
Probabilidad de daño: Teniendo como opciones “Baja”, “Media” o “Alta”.
La valoración del riesgo es el resultado de ingresar los dos parámetros antes mencionados en el cuadro de doble entrada del anexo 8.3, pudiendo obtener como resultado un valor “Bajo”, “Moderado” o “Alto”.
5.1.4 Nivel de Riesgo Inicial (NRI): Es el resultado de la evaluación y valoración del riesgo aplicando lo indicado en 5.1.3 y sin considerar medidas preventivas ni de control del peligro identificado.
5.1.5 Medidas Preventivas y de Control: Una vez evaluados los riesgos iniciales se establecerán las medidas preventivas y el control sobre los peligros identificados. Es preciso señalar que, según el artículo 21 de la Ley Nº 29783, el último método de control del riesgo es proporcionar los Equipos de Protección Personal (EPP).
Algunos ejemplos de medidas preventivas y de control son:
▪ Colocación de señalización
▪ Definir distancias de seguridad
▪
Supervisión▪
Inspección de herramientas▪
Inspección de los equipos, etc.▪ Aplicación de procedimiento de bloqueo o tarjeteo
▪ Aplicación de procedimiento de espacios confinados
▪ Entre otros
El incumplimiento de las medidas preventivas especificadas en el AST provocará la paralización del trabajo; indicando en el formato respectivo la hora y motivo de paralización por parte del área de SSG o Rescate, comunicando inmediatamente lo ocurrido al área LAP usuraria.
5.1.6 Nivel de Riesgo Residual (NRR): Es el resultado de la evaluación y valoración del riesgo aplicando lo indicado en 5.1.3 y considerando las medidas preventivas o de control del peligro identificado según 5.1.5. Esta evaluación debe tener como resultado un nivel de riesgo aceptable (moderado o bajo) para que el trabajo inicie.
5.1.7 Criterios para la identificación de Peligros y Riesgos Asociados / Consecuencias: Cada actividad o tarea específica debe ser analizada con relación a los riesgos de accidentes de trabajo y enfermedad ocupacional propios a la actividad.
En el área de trabajo (condiciones):
Se verificará pisos y pasarelas: Observar el estado y nivel del piso, obstáculos, falta de espacio, falta de orden, limpieza de la zona, entre otros.
En el almacenamiento se deberá observar si se encuentran materiales mal ubicados, máquinas y/o equipos fuera de lugar, prácticas deficientes de almacenamiento, prácticas deficientes en la disposición de residuos, visibilidad del área, entre otros.
Identificar agentes nocivos para la salud en el ambiente de trabajo, como la presencia de vibraciones, ruido, iluminación, temperaturas extremas (de frío o calor), radiaciones ionizantes y no ionizantes, polvo, gases, vapores, entre otros.
Observar sus propiedades físicas y químicas, si son de difícil manipuleo, puntiagudos, abrasivos, corrosivos, tóxicos, inflamables, entre otros. La información base podrían ser las Hojas de Datos de Seguridad de los Materiales (MSDS).
En las máquinas y/o equipos
Observar el estado de manipulación del equipo que involucren acciones de cortar, lijar, perforar, entre otras.
Observar el estado de la movilidad como poleas, engranajes, fajas, entre otros.
Observar el estado de las instalaciones eléctricas como tableros, conexiones, entre otros.
En las prácticas o acciones de trabajo
Tratar de alcanzar algunas cosas que estén por encima de máquinas y/o equipos en movimiento.
Colocar mano, pie y/o herramientas en un punto fuera del campo visual
Fijar una posición donde fácilmente se pueda perder el equilibrio.
Utilizar maquinarias y equipos a una velocidad fuera de lo establecido por los fabricantes.
Observar la posición peligrosa del trabajo: hombre - máquina.
Observar la posición peligrosa de un trabajador con relación a los otros compañeros que están próximos.
Observar la posición incorrecta del trabajador en el uso de una herramienta o de un objeto pesado.
Entre otras.
5.2 Inspección de los Trabajos
5.2.1 El área de SSG y Rescate realizarán inspecciones de forma aleatoria. Los resultados de éstas serán plasmadas en el formato EHS-P-23-FA Inspección Preventiva de Seguridad.
5.2.2 En el caso de trabajos programados y que se realizarán en el horario no administrativo, las inspecciones aleatorias serán ejecutadas por el área de Rescate. Finalizado el turno del bombero SEI, reportará las incidencias encontradas en las inspecciones y hará entrega de los registros correspondiente al área de SSG.
5.2.3 Bajo ninguna justificación se deberá omitir realizar el AST según los alcances del presente procedimiento.
6. REGISTROS
No aplica
7. RESPONSABILIDADES
7.1 Las responsabilidades se encuentran descritas en el punto 5. del presente procedimiento.
8. ANEXOS
8.2 Evaluación Del Riesgo
SEVERIDAD DE LAS CONSECUENCIAS
LIGERAMENTE DAÑINO
EVALUACIÓN DEL RIESGO
DAÑINO
EXTREMADAMENTE DAÑINO
DEFINICIÓN
Daños graves que ocasionan incapacidad laboral permanente e incluso la muerte del trabajador, clientes o terceros, tales como amputaciones, fracturas mayores, intoxicaciones, enfermedades
profesionales irreversibles, cáncer, etc.
Daños leves con baja temporal, sin secuelas ni compromiso para la vida del trabajador, clientes o de terceros, tales como laceraciones, conmociones, quemaduras, fracturas menores, dermatitis, etc. Daños superficiales sin pérdida de jornada laboral, golpes y cortes pequeños, molestias e irritación
leves, dolor de cabeza, disconfort.
ALTA MEDIA BAJA
PROBABILIDAD DEFINICIÓN
El daño ocurrirá siempre o casi siempre El daño ocurrirá en algunas ocasiones
El daño ocurrirá raras veces
8.3 Valoración de los Riesgos
ALTO ALTO MODERADO ALTO EXTREMADAMENTE DAÑINO BAJO MODERADO PROBABILIDAD
VALORACIÓN DEL RIESGO
LIGERAMENTE DAÑINO DAÑINO
BAJO BAJO MODERADO
SEVERIDAD DE LAS CONSECUENCIAS
ALTA MEDIA BAJA
Moderado Bajo
No se debe comenzar ni continuar el trabajo hasta que se reduzca el riesgo. Si no es posible reducir el riesgo, incluso con recursos ilimitados, debe prohibirse el trabajo.
Alto
Se puede realizar las operaciones siempre y cuando se mantenga la supervisión de los controles implementados para evitar posibles desviaciones
No requiere acción específica.
Descripción Nivel de Riesgo