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IMPULSOR FONDO DE INVERSIÓN CERRADO. Informe con Estados Financieros al 30 de septiembre de 2015 Fecha de Comité: 31 de diciembre de 2015

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IMPULSOR FONDO DE INVERSIÓN CERRADO

Informe con Estados Financieros al 30 de septiembre de 2015 Fecha de Comité: 31 de diciembre de 2015

Leyla Franco Mussa (591) 2-2124127 lfranco@ratingspcr.com

Verónica Tapia Tavera (591) 2-2124127 vtapia@ratingspcr.com

Aspecto o Instrumento Calificado Calificación

PCR

Equivalencia ASFI

Perspectiva PCR Cuotas de Participación de IMPULSOR FONDO DE INVERSIÓN CERRADO.

Cartera Autorizada inicial del Fondo: Bs 210 millones, posteriormente realizó un incremento de capital de 287 Cuotas de participación.

BAf- A3 Positiva

Significado de la Calificación PCR

Categoría BAf: Los factores de protección, que se desprenden de la evaluación de la calidad y diversificación de los activos del portafolio son buenos. Los fondos agrupados en este nivel poseen carteras balanceadas cuyas emisiones y/o cuya calidad de activos fluctúan entre niveles de calidad crediticia sobresaliente hasta satisfactorias, con el objetivo de tratar de aprovechar oportunidades de rendimiento mayores. La administración del Fondo cuenta con capacidad para llevar a cabo una buena gestión de los recursos a su cargo. El riesgo fiduciario es bajo con resultados de al menos la concurrencia de la capacidad profesional de los administradores, el buen desempeño organizacional y de procesos, la adecuada ejecución de dichos procesos, así por el uso de sistemas de información de alta calidad.

Estas categorizaciones podrán ser complementadas si correspondiese, mediante los signos (+/-) mejorando o desmejorando respectivamente la calificación alcanzada entre las categorías AAf y BBBf.

Se antepondrá a la categoría de calificación la letra correspondiente al país donde está constituido el fondo, como por ejemplo “B” en el caso de Bolivia.

Significado de la Perspectiva PCR

Perspectiva “Positiva” Los factores externos contribuyen a mejorar la situación de la empresa en su entorno y los factores internos ayudan a mejorar su posición competitiva. Su situación financiera habría mejorado, así como sus principales indicadores, lo que podría en un corto o mediano plazo significar una mejora de la calificación.

La “Perspectiva” (Tendencia, según ASFI) indica la dirección que probablemente tomará la calificación a mediano plazo, la que podría ser positiva, estable o negativa.

Factores internos y externos que modifican la perspectiva: Para los Fondos de Inversión podría variar significativamente entre otros, por los siguientes factores: Cambios en las políticas de inversión y procesos, cambios en la valorización del portafolio, modificaciones en la estructura organizacional, especialmente en la administración, variaciones significativas en el riesgo de mercado tales como en las tasas de interés, liquidez, tipo de cambio y coberturas.

PCR determinará en los informes de calificación, de acuerdo al comportamiento de los indicadores y los factores señalados en el anterior párrafo, que podrían hacer variar la categoría asignada en el corto o mediano plazo para cada calificación, un indicador de perspectiva o tendencia.

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Significado de la Calificación ASFI

Categoría A: Corresponde a aquellos Fondos cuya cartera de inversiones está concentrada en valores, bienes y demás activos, con un grado medio de calidad y su administración es buena.

Se autoriza añadir los numerales 1, 2 y 3 en cada categoría genérica, desde AA a B con el objeto de establecer una calificación específica de las cuotas de los Fondos de Inversión de acuerdo a las siguientes especificaciones:

 Si el numeral 1 acompaña a una de las categorías anteriormente señaladas, se entenderá que la cuota del Fondo de Inversión se encuentra en el nivel más alto de la calificación asignada.

 Si el numeral 2 acompaña a una de las categorías anteriormente señaladas, se entenderá que la cuota del Fondo de Inversión se encuentra en el nivel medio de la calificación asignada.

 Si el numeral 3 acompaña a una de las categorías anteriormente señaladas, se entenderá que la cuota del Fondo de Inversión se encuentra en el nivel más bajo de la calificación asignada.

La calificación de riesgo no constituye una sugerencia o recomendación para comprar, vender o mantener un valor, ni un aval o garantía de una emisión o su emisor; sino un factor complementario para la toma de decisiones de inversión.

“La información empleada en la presente calificación proviene de fuentes oficiales; sin embargo, no garantizamos la confiabilidad e integridad de la misma, por lo que no nos hacemos responsables por algún error u omisión por el uso de dicha información. Las calificaciones de PCR constituyen una opinión sobre la calidad crediticia y no son recomendaciones de compra y venta de estos instrumentos.

Racionalidad

La calificadora de riesgo Pacific Credit Rating S.A. en Sesión de Comité N° 061/2015 de 31 de diciembre de 2015 ratificó la calificación de A3 a las Cuotas de Participación de IMPULSOR Fondo de Inversión Cerrado equivalente a BAf- en la simbología de PCR, con perspectiva positiva.

Los factores considerados para asignar la calificación fueron los siguientes:

Experiencia y Crecimiento: FORTALEZA SAFI S.A. cuenta con un equipo de trabajo de amplia experiencia en el sector bursátil, especializado en administración de activos y análisis de riesgos, demostrado por un crecimiento moderado de sus resultados en los últimos años como entidad financiera.

Límites de Inversión: La Política de Inversión del Fondo fija límites de inversión con el fin de permitir un eficiente desempeño de la Cartera del Fondo, obteniendo un rendimiento adecuado en dos principales factores, el de seguridad y el de diversificación de riesgo. Dichos límites son revisados periódicamente en función a la demanda, situación del mercado y de acuerdo a diversos factores que afecten la gestión del portafolio del Fondo. Entre los límites de inversión se pueden destacar los siguientes:

- Límites por tipo de activo. - Límites por emisor.

- Límites de emisión de oferta pública - Niveles de riesgo.

- Límites por duración. - Límites por moneda. - Límites de liquidez.

- Límites por sector económico.

Impacto Económico: El objeto de Impulsor Fondo de Inversión Cerrado es invertir en Valores de empresas en expansión, buscando de esta manera promover el crecimiento y/o desarrollo de las empresas en Bolivia e impulsando el ingreso de las empresas beneficiarias al Mercado de Valores.

Diversificación de Cartera: A septiembre de 2015 la cartera estuvo diversificada en instrumentos de carácter público y privado. Las inversiones más importantes por instrumentos fueron realizadas en Depósitos a Plazo Fijo (DPF), Bonos de Emisión Privadas (BOP) y Bonos Bancarios Bursátiles (BBB). Respecto a la composición de inversiones por calificación, las inversiones más significativas fueron en instrumentos A1, AA2, AA1, AA3 y AAA.

Resultados positivos del Fondo: Al 30 de septiembre de 2015, IMPULSOR FIC, ha obtenido resultados positivos, la utilidad neta ascendió a Bs 7,87 millones, la Cartera a Bs 266,85 millones y el valor de cuota a

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www.ratingspcr.com 3 Bs 244,74 miles, por otro lado la tasa de rendimiento a 30 días fue 2,65% pero se ubico por debajo del benchmark que registró 9,54%, por otro lado, el plazo económico alcanzó a 1.282 días. La Cartera estuvo diversificada en cinco clases de títulos, con un participación muy importante en Depósitos a Plazo Fijo (DPF) con 26,16% (Bs 69,82 millones) y de títulos con calificación de riesgo A1 con el 21,22% (Bs 56,62 millones), cabe señalar que cumple con su política de inversión.

Instancias de Decisión: Cuenta con un comité de Inversiones compuesto por mínimo tres y hasta máximo cinco integrantes, este comité cuenta con un Asesor Técnico, quién realizará estudios cuantitativos y cualitativos de la economía y lleva a cabo un Due Diligence con el objetivo de evaluar a las empresas con potencial de inversión.

PCR califica favorablemente la incorporación de los límites de concentración de cartera por tipo de institución y los límites por calificación de riesgo establecidos en el Reglamento Interno del Fondo.

Información de la Calificación

Información empleada en el proceso de calificación:

A. Información Relativa a la Sociedad Administradora.

 Testimonio de Constitución y Estatutos.  Estructura Administrativa.

 Plan Estratégico de la Sociedad Administrativa.  Reglamento de Comité de Inversión.

 Código de Ética y Normas de Conducta.  Manual de Organización y Funciones.  Manual de Procedimientos.

 Manual de Prevención y Lavado de dinero.

 Currículum Vitae del Directorio y Ejecutivos de la Sociedad Administradora.  Información financiera a septiembre 2015.

B. Información Relativa al Fondo de Inversión.

 Reglamento Interno del Fondo.  Prospecto del Fondo.

 Reglamento del Comité de Inversiones del Fondo.  Detalle de los miembros del Comité de Inversión.  Políticas y procesos de Inversión.

 Normas Internas de Conducta.

 Detalle de Procesos del Sistema de Evaluación y Seguimiento de Riesgos.  Información financiera a septiembre 2015.

Análisis Realizado

 Análisis de la estructura.

 Análisis de la Política de Inversiones del Fondo.  Análisis financiero de Fortaleza SAFI S.A.

 Análisis de la experiencia de los principales ejecutivos del Fondo.  Análisis del sector de SAFI´s.

Estructura del Fondo de Inversión

Mediante Resolución ASFI Nº 679/2011 del 21 de Septiembre de 2011, la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI), autorizó e inscribió en el Registro del Mercado de Valores al Fondo, asignándole el Número de Registro ASFI/DSV-FIC-IFI-003/2011.

Constituido como un Fondo de Inversión Cerrado (FIC). Sus cuotas de participación serán colocadas entre los participantes del mismo, sin ser redimibles directamente por el fondo, sino únicamente a través de mercados secundarios autorizados.

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www.ratingspcr.com 4 Cuadro 1

Características Generales del Fondo de Inversión Cerrado IMPULSOR

Denominación Impulsor Fondo de Inversión Cerrado.

Tipo de Fondo Fondo de Inversión Cerrado.

Tipo de Valor a Emitirse Cuotas de Participación.

Sociedad administradora Fortaleza Sociedad Administradora de Fondos de Inversión

Monto de la Emisión Bs 210.000.000 (Doscientos diez millones 00/100 de

Bolivianos).

Moneda de los activos del Fondo y moneda en que se expresa el Valor:

La totalidad de los activos del Fondo estarán expresados en bolivianos. Asimismo el precio de las Cuotas de Participación del Fondo será expresado en Bolivianos.

Inicio de Actividades del Fondo

La Sociedad Administradora dará inicio a las actividades del Fondo cuando se hayan colocado 50% de las Cuotas de Participación, equivalente a Bs105.000.000 (ciento cinco millones 00/100 Bolivianos).

Duración del Fondo

El Fondo tiene un plazo de vida de 8 (ocho) años a partir de la fecha de emisión de las Cuotas de Participación, prorrogables por períodos de 2 (dos) años y sólo en dos ocasiones por acuerdo de la Asamblea General de Participantes.

Forma de representación y circulación de las Cuotas de Participación:

Las Cuotas de Participación serán nominativas y estarán representadas mediante anotaciones en cuenta en el Sistema de Registro a cargo de la Entidad de Depósito de Valores de Bolivia S.A., e inscritas en el Registro del Mercado de Valores de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI).

Serie Serie Única.

Cantidad de Cuotas de Participación

La emisión está conformada por un total de 1.000 (un mil) Cuotas de Participación.

Pago del Capital y Política de Distribución de Resultados:

El pago del capital y la distribución de los resultados se realizarán una vez que la Asamblea General de Participantes apruebe la liquidación del Fondo en la fecha de vencimiento del mismo o de manera voluntaria antes de la fecha de vencimiento. El Fondo no distribuirá resultados antes de su cierre o liquidación

Forma de Pago de Rendimientos:

Contra la presentación del Certificado de Acreditación de Titularidad emitido por la EDV (CAT). En el día de Pago de Rendimientos se podrá efectuar el pago exigiendo un documento equivalente al CAT.

Fecha de Emisión 26 de septiembre de 2011

Estructuradores

Fortaleza Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A. y Compañía Americana de Inversiones S.A. (CAISA Agencia de Bolsa).

Agencia Colocadora CAISA Agencia de Bolsa

Forma de Colocación: Primaria Bursátil en la Bolsa Boliviana de Valores S.A.

Modalidad de colocación A mejor esfuerzo.

Valor Nominal de la Cuota de participación

Bs 210.000 (doscientos diez mil 00/100 de Bolivianos) cada Cuota de Participación.

Precio de colocación de la Cuota de Participación

El precio de cada Cuota de Participación, al momento de su colocación, será, como mínimo, a la par del valor nominal.

Plazo de colocación:

El plazo máximo para la colocación primaria de las Cuotas de Participación, será de 270 (doscientos setenta) días calendario a partir de la fecha de emisión establecida en la Resolución ASFI que autoriza el funcionamiento e inscripción del Fondo y sus Cuotas de Participación, así como la Oferta Pública de las mismas en el RMV. En el marco de lo establecido en el artículo 42 del RMV, el plazo de colocación puede ser prorrogado por única vez por un periodo adicional de 90 (noventa) días.

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www.ratingspcr.com 5 Características Generales del Fondo de Inversión Cerrado IMPULSOR: Las nuevas Cuotas de Participación emitidas como consecuencia del incremento del capital del Fondo aprobado en

Asamblea General de Participantes de fecha 27 de septiembre de 2012 se emitirán en Bolivianos y se sujetarán a las siguientes condiciones y características:

Cantidad de Valores a ser emitidos:

287 (doscientos ochenta y siete) Cuotas de Participación.

Monto total de la emisión: 287 Cuotas de Participación multiplicado por el valor de la Cuota de Participación del día anterior a la fecha de inicio del plazo de colocación.

Valor nominal: Será mínimamente igual al valor de la Cuota de Participación al cierre del día anterior a la fecha de inicio del plazo de colocación.

Plazo de colocación: El plazo máximo para la colocación primaria de las Cuotas de Participación, será de 30 (treinta) días calendario a partir de la fecha de emisión establecida en la Resolución ASFI que autoriza la emisión de Cuotas de Participación, así como la Oferta Pública dirigida de las mismas.

Bolsa en la cual se inscribirán las Cuotas de Participación:

Las Cuotas de Participación estarán inscritas en la Bolsa Boliviana de Valores S.A.

Fecha de emisión: 22 de noviembre de 2012.

Precio de colocación: Mínimamente al valor de la Cuota de Participación al cierre del día anterior a la fecha que sea colocada y pagada.

Forma de colocación: En el mercado primario bursátil mediante Oferta Pública dirigida en la Bolsa Boliviana de Valores S.A.

Inversionistas a los que va dirigida la Oferta:

Exclusivamente a los actuales Participantes del Fondo.

Modalidad de Colocación: A mejor esfuerzo.

Agente colocador: CAISA Agencia de Bolsa.

Fuente: FORTALEZA SAFI /Elaboración PCR.

Objetivo del Fondo

IMPULSOR fondo de Inversión Cerrado tiene como objetivo conservar el capital y generar rendimientos para sus Participantes, sean éstos personas naturales o jurídicas, con arreglo al principio de distribución de riesgo

Objeto del Fondo

El objeto de IMPULSOR FONDO DE INVERSIÓN CERRADO es invertir en Valores de empresas en expansión, representativos de Deuda Intermedia (Mezzanine) —instrumentada a través de Valores de Oferta Privada y/o Pública— y de Deuda Senior—instrumentada a través de Valores de Oferta Pública—. Asimismo, el Fondo impulsará el ingreso de las empresas beneficiarias al Mercado de Valores.

En este contexto, Impulsor FIC promoverá el crecimiento de las empresas en Bolivia, efectuando inversiones en Deuda Intermedia (Deuda Subordinada y/o Acciones Preferidas Redimibles), y en Deuda Senior. Las empresas beneficiarias con los recursos del Fondo podrán acceder a nuevos recursos financieros, mejorar su estructura de capital y Gobierno Corporativo.

Para el cumplimiento del objeto antes mencionado, IMPULSOR FONDO DE INVERSIÓN CERRADO realizará sus actividades por intermedio de la Sociedad Administradora de Fondos de Inversión FORTALEZA SAFI, que en todo caso actúa por cuenta del Fondo.

A tal efecto y para cumplir con el objeto que persigue el Fondo, la Sociedad Administradora queda autorizada a realizar todos los actos civiles y de comercio, contratos, negocios relativos a la actividad bursátil compatible con dicho objeto y necesarios para el cumplimiento de cualesquiera de las finalidades del Fondo sin ninguna limitación, ajustando sus actos estrictamente a las disposiciones de la legislación del Estado Plurinacional de Bolivia, y específicamente a la Ley del Mercado de Valores, a la normativa y regulaciones aprobadas por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero y a las disposiciones conexas.

Enfoque de Inversión El enfoque de inversión es dual:

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www.ratingspcr.com 6 a) Inversión en Valores de Deuda Intermedia (Mezzanine): lo que implica que Impulsor FIC se pondrá al lado de

la empresa, apoyándola con Deuda Subordinada y Acciones Preferidas Redimibles, mejorando con esto su estructura de capital y potenciándola para la obtención de nuevos recursos financieros.

b) Inversión en Valores de Deuda Senior: proveyendo recursos a través de la compra de Valores de Oferta Pública en el mercado de capitales y co-invirtiendo con otros inversores.

De esta forma, Impulsor FIC está introduciendo una nueva alternativa de inversión, como lo es la Deuda Intermedia (Mezzanine), que puede ser estructurada a través de dos mecanismos:

i. Deuda Subordinada.

ii. Acciones Preferidas Redimibles.

En los dos casos, se presenta una subordinación respecto a las otras obligaciones no subordinadas que pudiera poseer la empresa beneficiaria (independientemente del tipo de deuda). Sin embargo, tiene prelación en el pago frente a los accionistas de la empresa: en el caso de las Acciones Preferidas Redimibles, esta preferencia se produce frente a los accionistas ordinarios. La inversión en Deuda Intermedia (Mezzanine) se instrumentará a través de Valores de Oferta Pública y/o Privada. La inversión en Deuda Senior se instrumentará a través de Valores de Oferta Pública, únicamente. El gráfico siguiente muestra el esquema de inversión a utilizarse:

Grafico 1

Esquema de Inversión Fondo Impulsor FIC

Fuente: FORTALEZA SAFI

Con este esquema, el Fondo potenciará la estructura de capital de la empresa mediante la inversión en Deuda Intermedia (Mezzanine), promoviendo el acceso de ésta a nuevos recursos a través del Mercado de Valores (co-inversión) y logrando con esto, además, la mejora de su Gobierno Corporativo (al someter al emisor a la disciplina del mercado, promoviendo su transparencia y eficiencia) y una mayor capacidad de crecimiento. En definitiva, Impulsor FIC promoverá el desarrollo del mercado de capitales en Bolivia al impulsar la entrada de empresas a la Bolsa Boliviana de Valores S.A., permitiendo apalancar recursos de otros inversores del mercado a través de la co-inversión. Para tal efecto, el Fondo firmará los documentos que sean necesarios.

Este impulso a las empresas tendrá un impacto significativo y duradero para el Mercado de Valores local, a través del incremento del número de emisores no financieros. Asimismo, este enfoque de inversión tendrá un impacto positivo en la economía del país al potenciar empresas que apoyen a la diversificación de las exportaciones, así como a empresas cuyas actividades económicas orientadas al mercado local generen empleo e impulsen el aparato productivo del país. La estructuración de la inversión incluirá mecanismos de salida o desinversión, tales como el vencimiento de la deuda, venta a terceros, o pago anticipado; así como mecanismos de intercambio de Valores (preferentemente con Valores de Oferta Pública).

La Sociedad Administradora deberá promover la obtención de recursos de asistencia técnica de fuentes externas para asistir a las empresas beneficiarias en la emisión de Valores de Oferta Pública y otras necesidades específicas de asesoría. Adicionalmente, la Sociedad Administradora, en representación del Fondo, promoverá buenas prácticas en las actividades de las empresas beneficiarias relacionadas a temas de impacto ambiental y social a través de la aplicación de la Lista de Exclusión en sus inversiones, contenida en el Apéndice A del Reglamento Interno (la “Lista de Exclusión”).

Activos del Fondo

Para llevar a cabo sus objetivos, el Fondo podrá tener los siguientes activos, según los términos y límites establecidos en la Política de Inversiones:

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www.ratingspcr.com 7 a) Valores de Oferta Privada (pagarés, bonos, Acciones Preferidas Redimibles, y otros).

b) Valores de Oferta Pública.

c) Cuentas corrientes y cajas de ahorro de instituciones financieras.

Es importante destacar que el Fondo invertirá principalmente en los activos que estén relacionados a empresas, mientras que las inversiones en los demás activos serán utilizadas con el fin de facilitar el manejo del portafolio, riesgo y tesorería del Fondo, correspondiente a la parte de la cartera no invertida en empresas. Todas las inversiones del Fondo se realizarán por cuenta y riesgo de los Participantes.

Inversionistas a los que está Dirigido el Fondo

Las Cuotas de Participación del Fondo de Inversión pueden ser adquiridas por inversionistas institucionales y particulares. El Fondo de Inversión está dirigido, principalmente, a inversionistas institucionales bolivianos, bancos de segundo piso e inversionistas extranjeros, además de inversionistas individuales (personas naturales y empresas). Estos inversionistas deben tener un horizonte de inversión de largo plazo y buscar una rentabilidad económica e impacto social sobre sus inversiones. De esta manera, entre los potenciales inversionistas identificados se encuentran:

 Entidades Financieras y No Financieras  Bancos de segundo piso

 Fondos de Pensiones  Compañías de Seguros  Fondos de Inversión

 Empresas e instituciones nacionales e internacionales  Personas naturales

Políticas de Inversión

Filosofía de Inversión

La filosofía de inversión del Fondo se basa en obtener resultados en el largo plazo. Su objetivo principal es preservar el capital invertido y obtener una adecuada rentabilidad en condiciones de seguridad y diversificación de riesgo.

Características de las Empresas

Impulsor FIC invertirá en empresas que se encuentren en crecimiento y cuenten con una estructura base de Gobierno Corporativo. De acuerdo al Artículo 40 del Reglamento Interno, las empresas beneficiarias deberán contar con ventas anuales de por lo menos $us 2.000.000 (dos millones de dólares de los Estados Unidos de América) al momento de la inversión o un patrimonio de por lo menos $us1.000.000 (un millón de Dólares de los Estados Unidos de América) al momento de la inversión. A partir del cuarto año desde el inicio de operaciones del Fondo, por lo menos el 25% del capital del Fondo deberá ser invertido en empresas beneficiarias que cumplan dos de las tres siguientes condiciones al momento de la inversión:

 Número de empleados no mayor a 300 empleados.

 Ventas anuales que no excedan los $us15.000.000 (quince millones de dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en otra moneda.

 Activos totales que no excedan los $us15.000.000 (quince millones de dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en otra moneda

A partir del cuarto año desde el inicio de operaciones del Fondo, por lo menos el 75% de las empresas beneficiarias invertidas deberán cumplir dos de las tres condiciones arriba descritas, calculadas al momento de la inversión. Impulsor FIC enfatizará sus inversiones en empresas que demuestren ventajas competitivas y atractivos márgenes brutos, las cuales estén orientadas principalmente a los sectores de manufactura, agricultura, silvicultura, caza y pesca, entre otros.

Dentro de estos sectores, Impulsor FIC enfatizará sus inversiones en empresas con ventas en mercados externos (exportadores) y aquellas con ventas locales de consumo masivo y amplio mercado (ejemplo: alimentos, bebidas, etc.).

Respecto al tipo de personería jurídica, Impulsor FIC invertirá en Sociedades Comerciales y en Cooperativas debidamente inscritas y conformadas de acuerdo con disposiciones legales en vigencia. En cuanto a los criterios a

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www.ratingspcr.com 8 considerar a efectos de elegir a las empresas en las que invertirá el Fondo, en principio se tomará en cuenta lo siguiente:

 Volumen de ventas anuales (del último ejercicio cerrado) y tasas de crecimiento anual.  Diversificación de sus ventas por productos y mercados.

 Ratios financieros: márgenes de eficiencia, niveles de endeudamiento, cobertura de intereses, cobertura de servicio de deuda, liquidez, etc.

 Límites de línea asignada en relación a las ventas y al pasivo total de la empresa.

 Otros que la Sociedad Administradora determine relevante para la evaluación del riesgo de la empresa. Si bien estos criterios serán considerados al momento de elegir a las empresas, no serán indispensables para la decisión de inversión final.

Condiciones previas a la realización de las inversiones en deuda Intermedia de Oferta Privada

Para las inversiones en Deuda Intermedia (Mezzanine) de Oferta Privada, el Fondo exigirá a las empresas beneficiarias un compromiso de que en un plazo determinado emita Valores de Oferta Pública, para lo cual, en caso de ser necesario, deberá comprometerse a transformarse en un vehículo societario aceptable como emisor en el Mercado de Valores. Este plazo será el menor entre (i) el 70% del plazo de la inversión del Fondo en Deuda Intermedia (Mezzanine) de Oferta Privada y (ii) 900 (novecientos) días calendario, ambos plazos computados a partir de la fecha del primer desembolso. Este compromiso se instrumentará a través de un Documento de Emisión de Valores que adicionalmente contendrá los siguientes compromisos:

 Contar con una administración calificada a través del Directorio y Alta Gerencia;  Contar con estados financieros auditados anualmente por una firma de auditoría.  Implementar prácticas de buen Gobierno Corporativo;

 Asumir compromisos financieros;

 Suministrar información por lo menos anualmente de índole contable, financiera y legal al observador si correspondiera, y a la Sociedad Administradora;

 Contar con seguros vigentes para activos estratégicos.  Otros compromisos que correspondan.

Adicionalmente, estos acuerdos establecerán los efectos del incumplimiento de las empresas beneficiarias a los compromisos asumidos, los mismos que podrán incluir tasas de compensación por pago o redención anticipada voluntaria, aceleración de plazos para bonos, la adquisición de derechos como accionista ordinario en caso de Acciones Preferidas Redimibles y la obligación de redención anticipada de Acciones Preferidas Redimibles, entre otros. Asimismo, en los casos que correspondan, se deberá acordar con la empresa beneficiaria las condiciones de inversión, estableciendo la determinación del rendimiento, pudiendo éste ligarse a una variable de resultado o ingresos, mecanismos de cobertura, compromisos positivos y negativos, destino de los recursos, causales de aceleración de plazos y otros.

Lineamientos de Inversión

Los lineamientos mediante los cuales el fondo invertirá sus recursos se detallan a continuación: Cuadro 2

Lineamientos de Inversión del Fondo de Inversión Cerrado IMPULSOR

Activos Permitidos

 Valores de Oferta Privada1 (pagarés, bonos, Acciones Preferidas Redimibles, y otros).

 Valores de Oferta Pública y Depósitos a Plazo Fijo de instituciones financieras.

 Cuentas corrientes y cajas de ahorro de instituciones financieras.

Activos de inversión

 Inversión en firme en Valores de Oferta Privada y Valores de Oferta Pública.

 Inversión en reporto en Valores de Oferta Pública.

Activos de tesorería  Cuentas corrientes y cajas de ahorro de instituciones

financieras.

Calificación de Riesgo

La inversión estará restringida a empresas, instituciones (financieras y TGN), o Valores cuya calificación de riesgo sea igual o superior a BB1 para largo plazo y N-4 para corto plazo, a excepción de las Acciones

1

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www.ratingspcr.com 9 Cuadro 2

Lineamientos de Inversión del Fondo de Inversión Cerrado IMPULSOR

Preferidas Redimibles. No obstante lo anterior, el Fondo podrá realizar inversiones en empresas que no cuenten con calificación de riesgo pública. Para realizar inversiones en empresas que no cuenten con calificación de riesgo pública, la Sociedad Administradora realizará su análisis interno, obtendrá información relevante que permita a la calificadora de riesgo evaluar a estas empresas y, antes de realizar las inversiones, consultará con la calificadora de riesgo para que estas inversiones no afecten de manera negativa a la calificación vigente del Fondo. Los activos en cuentas corrientes y cajas de ahorro de instituciones financieras estarán restringidos a instituciones cuya calificación de riesgo sea igual o superior a A1 para largo plazo y N-1 para corto plazo. Si una entidad cuenta con más de una calificación de riesgo, se tomará la menor. No obstante lo anterior, el Fondo podrá invertir en Acciones Preferidas Redimibles sin calificación de riesgo o la opinión de la calificadora.

Moneda

El Fondo priorizará inversiones en Bolivianos y unidades de fomento a la vivienda, pudiendo eventualmente realizar también inversiones en dólares de los Estados Unidos de América y Bolivianos con mantenimiento de valor respecto al dólar de los Estados Unidos de América de acuerdo a los límites establecidos en la Política de Inversiones.

El Fondo podrá utilizar Instrumentos de cobertura de monedas a plazo (forwards).

Duración La duración del portafolio del Fondo no será mayor a 6 años.

Mecanismos de Cobertura

Como un mecanismo de cobertura del riesgo crediticio del portafolio, el Fondo invertirá como mínimo 10% de su cartera de inversiones en Valores con calificación de riesgo “AAA” o Valores emitidos por el BCB o TGN, de acuerdo a lo descrito en el artículo 39 (Diversificación), sección Niveles de Riesgo. Para este efecto, y con el objeto de mantener permanentemente esta cobertura, el Fondo invertirá este 10% en Valores a un plazo mínimo de 1.080 (mil ochenta) días.

Fuente: FORTALEZA SAFI /Elaboración PCR.

Diversificación (Límites de Inversión). Liquidez

El Fondo contará con una apropiada liquidez acorde a sus objetivos de inversión que no sobrepase, en promedio mensual, el 12,50% del valor de su cartera. Se entenderán por Activos de Liquidez efectivo en caja, saldos en cajas de ahorro, cuentas corrientes, depósitos a la vista de disponibilidad inmediata u otros depósitos de plazo o duración nominal no mayor a un día.

Reportos

A fin de una apropiada gestión de los activos de corto plazo del Fondo, se podrán efectuar operaciones de compra en reporto con activos subyacentes cuyos emisores no sean empresas dentro de los parámetros y límites fijados en la Política de Inversiones.

Límites por tipo de activo.- Con el objetivo de controlar el riesgo financiero del Fondo, la cartera de éste no podrá sobrepasar los siguientes límites.

Cuadro 3: Límites por Tipo de Activo

Instrumento % Máximo de los

Activos del Fondo Deuda Senior de Instituciones Financieras (oferta pública) 100%

Deuda Senior de empresas (oferta pública) 100%

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www.ratingspcr.com 10 Cuadro 3: Límites por Tipo de Activo

Instrumento % Máximo de los

Activos del Fondo

Reportos 25%

Acciones Preferidas Redimibles (oferta pública y/o

privada) 10%

Deuda Subordinada de empresas (oferta pública y/o

privada) 60%

Fuente: FORTALEZA SAFI /Elaboración PCR

Los límites mínimos para las inversiones en Acciones Preferidas Redimibles y Deuda Senior y Subordinada de empresas están contenidos en el Artículo 40 del Reglamento Interno del Fondo.

Limites por Emisor.- El Fondo podrá invertir hasta su patrimonio en una sola empresa o institución financiera. El monto de esta inversión no deberá sobrepasar el 20% de los activos de la empresa (excepcionalmente, el Comité de Inversiones podrá aprobar porcentajes superiores con la debida justificación financiera, hasta un máximo de 30% de los activos de la entidad, debiendo comunicar este hecho a la Asamblea General de Participantes). El Fondo buscará adicionalmente tener una adecuada exposición por Empresa en relación al total de sus pasivos, dependiendo de la situación particular de cada una.

Límites de una Emisión de Oferta Pública.- El Fondo podrá invertir hasta el 100% de una sola emisión de Valores de Oferta Pública, siempre y cuando el Fondo hubiera invertido previamente en Valores de Oferta Privada y no tenga inversiones en Acciones Preferidas Redimibles de dicho emisor. Para los casos en que el Fondo tenga inversiones en Acciones Preferidas Redimibles del emisor, el Fondo podrá invertir hasta el 60% de una sola emisión. Asimismo, el Fondo podrá invertir hasta en un 40% de una sola emisión de Valores de Oferta Pública donde no hubiera invertido previamente en Valores de Oferta Privada.

Niveles de Riesgo.- Las inversiones del Fondo que cuenten con una calificación de riesgo deberán cumplir con los límites que se presentan a continuación:

Cuadro 4: Limites por Niveles de Riesgo Calificación de Riesgo Largo Plazo /

Corto Plazo

Límite mínimo como % Activos del Fondo

Límite máximo como % de Activos del Fondo

GRUPO I 100% “AAA”, BCB o TGN / N-1 10% 100% “AA1” / N-1 0% 90% GRUPO II 80% “AA2” / N-1 0% 80% “AA3” / N-1 0% 70% GRUPO III 60% “A3” a “A1” / N-1 0% 60% “BBB1” / N-2 0% 45% “BB1” a “BBB2” / N-4 a N-2 0% 30%

Fuente: FORTALEZA SAFI /Elaboración PCR

A nivel de cada grupo, las inversiones deben enmarcarse dentro de los límites establecidos en la tabla anterior para cada rango de calificación de riesgo, siendo acumulativos cada nivel de riesgo de menor a mayor, es decir si el Fondo tiene inversiones de hasta 30% en el rango de BB1 a BBB2, solamente podrá tener el saldo de 15% en BBB1 hasta llegar al máximo permitido para ese rango acumulativo de 45% (que incluye todos los rangos inferiores a la calificación BBB1), y de esta forma sucesivamente.

Esta política contiene la siguiente excepción para dotar al Fondo de mayor flexibilidad en la política de inversiones: el nivel máximo permitido en el rango de AA3 puede excederse en 10% adicional (hasta el 80% en lugar del 70%) siempre y cuando este exceso sea compensado con un porcentaje por lo menos igual en inversiones en el rango de AAA, BCB o TGN, manteniendo siempre el límite máximo de hasta el 80% en el Grupo II, siguiendo el concepto acumulativo descrito en el párrafo anterior.

(11)

www.ratingspcr.com 11 Las inversiones que no cuenten con calificación de riesgo (Acciones Preferidas Redimibles) no podrán sobrepasar el 10% del patrimonio del Fondo.

La Sociedad Administradora no se responsabiliza por variaciones en la calificación de riesgo del Fondo que resulten del deterioro de las inversiones una vez adquiridas con sujeción a la Política de Inversión establecida en el Reglamento Interno del Fondo.

Limites por Duración.- El Fondo mantendrá un portafolio de inversión diversificado en plazo y en línea con la naturaleza de largo plazo del Fondo. En este sentido, la duración de las inversiones del Fondo deberá cumplir con siguientes límites:

Cuadro 5: Límites por Duración

Instrumento Duración Máxima

(Días) Deuda Intermedia (Deuda

Subordinada y Acciones Preferidas Redimibles) de empresas

1.800 Deuda Senior bursátil (oferta pública) 2.880

Reportos 45

Fuente: FORTALEZA SAFI /Elaboración PCR

Límites por Moneda.- El Fondo invertirá sus activos principalmente en Bolivianos o Unidades de Fomento a la Vivienda (UFVs), pudiendo llegar al 100% de la cartera en estas monedas. Eventualmente, y por condiciones de mercado, el Fondo podrá invertir sus activos en Dólares de los Estados Unidos de América o Bolivianos con Mantenimiento de Valor (MVDOL) al dólar de los Estados Unidos de América hasta un máximo de 30% de la cartera. En todo caso, el Fondo buscará siempre tener una adecuada diversificación en monedas. Se utilizará las cotizaciones cambiarias para cada moneda provistas en forma diaria por el Banco Central de Bolivia.

Límites por Sector Económico.- Impulsor FIC es un Fondo enfocado a la inversión en empresas, principalmente de los sectores de manufactura, agricultura, silvicultura, caza y pesca, entre otros. Por lo tanto, el Fondo tendrá una exposición importante en empresas, inversiones que por sector económico no podrán superar el 30% del portafolio del Fondo. Los recursos del Fondo que no se encuentren invertidos en Deuda Subordinada, Deuda Senior y/o Acciones Preferidas Redimibles de empresas impulsadas por el Fondo serán invertidos por la Sociedad Administradora en Valores de deuda emitidos por el Tesoro General de la Nación, el Banco Central de Bolivia y/o por otras empresas de cualquier sector económico, así como en DPFs y bonos de instituciones financieras o en Activos de Liquidez.

Indicador Comparativo de rendimiento

Se utilizará como Indicador Comparativo de Rendimiento (Benchmark) el promedio simple de las Tasas Activas de Interés Efectivas de créditos PyME en moneda nacional de bancos, publicada semanalmente por el Banco Central de Bolivia durante la vida del Fondo, más150 (ciento cincuenta) puntos básicos. El Indicador Comparativo de Rendimiento será utilizado para el cálculo de la comisión por éxito de acuerdo a lo establecido en el Artículo 62 del Reglamento Interno. El indicador se utilizará también como parámetro de referencia para medir el desempeño de la cartera de inversiones del Fondo gestionada por la Sociedad Administradora. En caso de que la fuente de información para el cálculo del Indicador Comparativo de Rendimiento sea descontinuada o modificada, se continuará el promedio utilizando la tasa activa que más se aproxime a la actividad del Fondo.

Composición Mínima de Cartera

A partir del cuarto año desde el inicio de operaciones del Fondo, Impulsor FIC deberá mantener como mínimo 40% de sus inversiones en (i) Deuda Intermedia o Mezzanine de empresas (Deuda Subordinada y/o Acciones Preferidas Redimibles) y/o (ii) Deuda Senior de empresas donde el Fondo mantenga o haya mantenido inversiones en Deuda Intermedia (Mezzanine), de las cuales por lo menos un tercio (1/3) deberán corresponder al inciso (ii) anterior. A partir del quinto año desde el inicio de operaciones del Fondo, Impulsor FIC deberá mantener como mínimo 50% de sus inversiones en (i) Deuda Intermedia o Mezzanine de empresas (Deuda Subordinada y/o Acciones Preferidas Redimibles) y/o (ii) Deuda Senior de empresas donde el Fondo mantenga o haya mantenido inversiones en Deuda Intermedia (Mezzanine), de las cuales por lo menos un tercio (1/3) deberán corresponder al inciso (ii) anterior.

(12)

www.ratingspcr.com 12 Estos límites se computarán como un promedio de los últimos 180 días calendario. El no cumplimiento de los límites establecidos en este Artículo por un periodo de 360 días consecutivos, podrá ser causal de liquidación. Estos límites no se aplicarán para el último año de vida del Fondo.

Restricciones de Inversión

El Fondo se sujetará a las siguientes restricciones:  El Fondo no invertirá en acciones ordinarias.

 El Fondo no invertirá en Deuda Intermedia (Mezzanine) instrumentada a través de Valores de Oferta Pública de empresas en las cuales el Fondo no haya invertido previamente de forma privada con el objetivo de impulsarlas al Mercado de Valores.

 El Fondo no podrá invertir directa, indirectamente ni a través de terceros, en instrumentos o derechos sobre bienes de personas vinculadas a la Sociedad Administradora, ni en instrumentos emitidos o garantizados por la Sociedad Administradora, ni en bienes inmuebles en los que el constructor de la edificación sea una persona vinculada a la Sociedad Administradora, excepto en los casos que la Asamblea General de Participantes acuerde previamente realizar dicha inversión, en cuyo caso no podrán votar las personas vinculadas a la Sociedad Administradora.

 El Fondo no podrá invertir o adquirir directamente en terrenos y/o inmuebles.

Restricciones a las Empresas sin Calificación de Riesgo

Existen empresas cuyas características las hacen elegibles para efectos de desarrollar el objetivo del Fondo, pero que debido a distintas razones no tienen calificación de riesgo. El Fondo podrá realizar inversiones en estas empresas, sujeto a que éstas cuenten con estados financieros auditados y a que, según criterio de la calificadora de riesgo, las inversiones no afecten de manera negativa a la calificación vigente del Fondo.

Otras Restricciones

La Sociedad Administradora, sus directores, gerentes, accionistas con una participación superior al 10% del capital y los miembros del Comité de Inversiones, así como toda persona que participe en las decisiones de inversión del Fondo o que en razón de su cargo o posición tenga acceso a información sobre las decisiones de inversión del Fondo, están prohibidas de:

 Adquirir, arrendar, usufructuar, utilizar o explotar, en forma directa o indirecta, bienes o derechos del Fondo, ni arrendar o ceder en cualquier forma a título oneroso, los bienes o derechos de la Sociedad Administradora al Fondo.

 Recibir préstamos o garantías con cargo a los recursos del Fondo.

 Efectuar cobros directa o indirectamente al Fondo, por cualquier servicio prestado y no autorizado.

 Ser accionista, director, gerente o miembro del Comité de Inversiones de otra sociedad administradora registrada ante la SPVS2.

Políticas de Endeudamiento

A fin de cumplir con el objeto del Fondo en cuanto a la gestión de la liquidez y el mantenimiento de inversiones que hacen al objeto del Fondo, se podrán realizar operaciones de reporto de corto plazo. De esta manera, el Fondo podrá vender en reporto Valores hasta el 20% del valor de su patrimonio a un plazo máximo de 45 días o lo estipulado en la norma vigente. El Fondo no podrá incurrir en ninguna otra clase de endeudamiento distinto al previsto en este Artículo, ni otorgar ninguna clase de garantía o constituir gravámenes sin la autorización previa de la Asamblea General de Participantes.

Proceso de Inversión

El proceso de inversión desarrollado comprende un programa integral de evaluación que se describe a continuación:

2

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Grafico 2 Proceso de Inversión

Fuente: FORTALEZA SAFI

Planeamiento de Cartera y Prospección

La Sociedad Administradora inicia el proceso de inversión planeando las empresas que potencialmente puedan formar parte del portafolio del Fondo. En tal sentido, se buscarán empresas que cuenten con una o varias de las características descritas en el Artículo 36 del Reglamento Interno.

La fase de prospección tiene como objeto elevar a consideración del Comité de Inversión una lista de empresas para su aprobación. Esta preselección se basará en los términos estipulados en el Reglamento Interno, Política de Inversión, Estrategia de Inversión y otros factores que el contexto económico y regulatorio así lo demanden. En particular, se efectuará un pre-análisis sobre la posición financiera y legal de las empresas en base a información pública y/o privada. Sobre la base de un sumario ejecutivo, el Comité de Inversiones aprobará, depurará o incluirá nuevos nombres de empresas que inicialmente serán consideradas para la siguiente fase de análisis y due diligence. En todo caso, durante la vida del Fondo se podrán considerar empresas que no fueron incluidas en esta fase inicial, en tanto cumplan con el perfil objetivo de inversión.

Due Diligence

Con la aprobación del Comité de Inversiones de las empresas que potencialmente puedan ser parte del portafolio del Fondo, la Sociedad Administradora procederá inicialmente a efectuar un due diligence con el alcance descrito en el Artículo y con el apoyo del Asesor Técnico. La Sociedad Administradora visitará a las empresas preseleccionadas para requerir información que le permita realizar una evaluación financiera, legal y operativa. El proceso de due diligence incluirá los siguientes aspectos:

 Mercado y estrategia de la empresa dentro de la industria– evaluación de los productos de la empresa, posicionamiento en el mercado, competencia y capacidad de crecimiento.

 Gobierno y gerencia de la empresa – considerando las buenas prácticas de Gobierno Corporativo y experiencia de la planta ejecutiva y personal en el sector. Se pondrá especial énfasis en el desempeño histórico, en términos de reputación y capacidad, del equipo de Dirección y Gerencial.

 Desempeño financiero – evaluando la posición en términos de crecimiento, estructura de capital& financiamiento, liquidez, productividad & rentabilidad y flujo de caja.

 Riesgos financieros – identificación de riesgos de mercado, riesgo de liquidez, riesgo crediticio, riesgo de tasa de interés de la empresa.

 Finalmente, la evaluación podrá ser complementada con un análisis técnico, realizado por terceros, para temas específicos y/o particulares de la inversión o empresa (medioambientales y otros).

Todo este análisis tendrá el principal objeto de recomendar una línea de inversión individual para cada empresa a los miembros del Comité de Inversiones.

Aprobación por parte del Comité de Inversiones

El Comité de Inversiones, con la información emergente del proceso de due diligence y de la estructuración de la inversión, tendrá tres opciones. Primero, si la inversión propuesta no lo satisface en términos financieros y/o legales, el Comité puede rechazarla. Segundo, si los términos propuestos no son enteramente compatibles con el perfil de riesgo/retorno del Fondo y con los términos del Reglamento Interno, el Comité de Inversiones podrá solicitar la modificación de los términos o la inclusión de factores adicionales antes de aprobar una inversión. Solamente si son incluidos en los términos de la operación los factores adicionales solicitados por el Comité de Inversión, éste podrá

(14)

www.ratingspcr.com 14 aprobar una propuesta de inversión. Tercero, si la inversión propuesta cumple en su totalidad con las exigencias del Comité, ésta será aprobada inmediatamente. En todo caso, es necesario aclarar que el Comité de Inversiones aprobará las inversiones siempre respetando lo establecido en el Reglamento Interno y evaluando adecuadamente el contexto y coyuntura económica vigentes, asegurando con esto un riesgo controlado y una adecuada diversificación de la cartera de inversiones.

Diseño y Estructuración de la Operación

Con la aprobación de la inversión, se procederá a su estructuración y ejecución desde el punto financiero, operativo y legal. La Sociedad Administradora negociará los términos y condiciones de la inversión, aplicando su experiencia y conocimiento para establecer una estructura sólida con el objetivo de optimizar la rentabilidad y minimizar el riesgo para el Fondo, estableciendo también la estrategia de salida de la inversión – por vencimiento, venta a terceros y/o intercambio de Valores.

En este paso se realizará la negociación contractual con la empresa que establecerá conjuntamente los objetivos de desempeño técnico, legal y/o financiero a los que se someterá la empresa durante el tiempo de la inversión. Es importante mencionar que se establecerán los parámetros y condiciones para la posterior implementación de buenas prácticas de Gobierno Corporativo que propendan por principios de transparencia (estados financieros trimestrales, estados financieros anuales auditados, memoria anual) y rendición de cuentas (separación de funciones y responsabilidades del Directorio y la Alta Gerencia) en todas las instancias de la organización, a fin de que la empresa pueda ingresar al Mercado de Valores local.

La Sociedad Administradora podrá designar a una persona como observador en la empresa beneficiaria con los recursos del Fondo que tendrá libre acceso a información contable, financiera y legal de la empresa y podrá participar sin voz ni voto, como un simple veedor, en las reuniones de los órganos sociales de la empresa. La participación de esta persona no implica ninguna responsabilidad de esa persona, de la Sociedad Administradora, del Fondo, de los Participantes y ninguno de los Directores o ejecutivos de éstos respecto de cualquier acto, negocio o decisión de la empresa. La participación del observador no podrá ser utilizada como eximente o atenuante de la responsabilidad de la empresa frente a las obligaciones asumidas con el Fondo. La estructuración de las operaciones del Fondo se basará íntegramente en la legislación boliviana, principalmente bajo el imperio de la Ley del Mercado de Valores, Código de Comercio y/o Código Civil.

Inversión y Gestión del Portafolio

Con los documentos necesarios en orden, la Sociedad Administradora procederá al desembolso y liquidación de las inversiones, construyéndose de esta manera el portafolio de inversión del Fondo. En esta fase, y de ser el caso, se implementarán las prácticas (aplicables a la realidad de la empresa y del país) de buen Gobierno Corporativo que permitirán que la empresa pueda ingresar al Mercado de Valores en el plazo previamente acordado. Por tanto, la Sociedad Administradora estará en contacto periódico con la empresa.

Seguimiento y Monitoreo

El proceso de inversión no se detiene puesto que éste es continuo. En esta línea, la Sociedad Administradora, una vez realizada la inversión, procederá a su monitoreo por lo menos de manera semestral. El seguimiento de la inversión agrupará los aspectos financieros, legales y operativos anteriormente descritos. De esta manera, se monitoreará periódicamente la posición financiera de la empresa, la implementación de las prácticas de Gobierno Corporativo, el cumplimiento de los objetivos de desempeño trazados, la situación de mercado y estrategia de la empresa, validez de los documentos legales e implementación del proyecto de inversión que se realiza de ser el caso.

Este seguimiento periódico de las operaciones que constituye, en definitiva, la parte central del Fondo, será plasmado en informes de seguimiento a ser elevados al Comité de Inversiones, quien a su vez podrá modificar o terminar las exposiciones a determinadas empresas si se identificasen señales negativas, principalmente en detrimento de la posición financiera de la empresa. La revisión de todos los aspectos descritos anteriormente se realizará trimestralmente.

Desinversión

El proceso de inversión concluye con la desinversión, que consiste en la recuperación de los recursos invertidos mediante el cobro por vencimiento de la inversión, sea ésta deuda o Acciones Preferidas Redimibles, venta a terceros o pago anticipado de la misma.

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Eventos de Incumplimiento y Ejecución Legal

En la medida que la operación tenga un desempeño normal, ésta continuará vigente hasta su vencimiento, fecha en la cual la Sociedad Administradora realizará los cobros respectivos abonando estos recursos en las cuentas del Fondo.

En ocasiones se podrían generar eventos de incumplimiento a las condiciones de la inversión por parte de las empresas. Estos eventos de incumplimiento pueden ser críticos o subsanables en el tiempo. La Sociedad Administradora define incumplimientos críticos a aquellas inversiones con retraso de pago de más de 30 días calendario. Los incumplimientos subsanables son aquellos que no atentan de manera material el pago en tiempo y forma de las inversiones del Fondo. Para incumplimientos críticos el Comité de Inversiones dictará los términos y medidas a seguir, mientras que para incumplimientos subsanables establecerá una política de gestión de los mismos. En caso de que la quiebra de la empresa sea muy probable, se tomarán las acciones legales correspondientes para la defensa de los intereses del Fondo, a tiempo de determinarse la capacidad de pago de la empresa y la elaboración de un eventual plan de reestructuración conjuntamente con todos los acreedores y otros interesados de la empresa. En este contexto, la Sociedad Administradora actuará con la mayor prontitud y oportunidad para velar por los intereses del Fondo, ejecutando entre otras las siguientes actividades:

 Se tomará contacto directamente con la empresa para investigar las razones que están por detrás del deterioro de su situación financiera.

 Se convocará a Comité de Inversiones para informar sobre el (o los) incumplimiento(s) emergido(s) y se adoptarán las acciones a seguir dependiendo de la severidad del caso.

 Bajo los términos de las inversiones, cláusulas de aceleración estarán contempladas dentro del incumplimiento de ciertos covenants financieros o de otra índole, las mismas que eventualmente podrán ser ejecutadas, dependiendo el tipo de instrumento.

Aquellas inversiones que durante su vida enfrenten eventos de incumplimiento críticos y no subsanables, donde además se hubieran agotado las acciones a fin de que el incumplimiento a los términos de la inversión se convierta en subsanables, podrán derivar en una ejecución legal. Dependiendo del tipo de inversión el reclamo legal podrá efectuarse por la vía ejecutiva (para aquellos activos con garantía quirografaria) o mediante la vía coactiva (para aquellos activos con garantías prendarías o hipotecarias). En todo caso, la Sociedad Administradora podrá reclamar el pago de la inversión del Fondo utilizando cualquier procedimiento legal a su alcance. El Comité de Inversiones, luego de una evaluación de la operación, determinará si procede el inicio de las acciones legales en defensa de los intereses del Fondo. Cuando en opinión de la Sociedad Administradora, el precio del activo no refleje su valor de realización, la Sociedad Administradora, a su mejor juicio, podrá aplicar un factor de castigo para determinar el valor de realización de ese activo. Los factores que se considerarán para determinar el factor de castigo serán entre otros:

 Factores cuantitativos: tendencia y volatilidad de los ingresos, egresos, flujo de caja, y nivel de endeudamiento, cobertura de la deuda, entre otros.

 Factores cualitativos: (a) factores externos como ser el ciclo de vida de la industria, las regulaciones gubernamentales que afecten al sector y otros, además de (b) factores internos como ser desempeño de los principales nichos de mercado donde opera la empresa, cambio en la gerencia de la empresa, etc.

 Informe legal sobre el estado de la operación.

El Comité de Inversiones, considerando los elementos anteriormente mencionados, determinará el factor de castigo.

Instancias de Decisión para la Inversión

La Sociedad Administradora, cuenta con las siguientes instancias de decisión:

Comité de Inversión.

La Sociedad Administradora contará con un Comité de Inversión de funcionamiento permanente, compuesto por un mínimo de tres (3) y un máximo de cinco (5) integrantes designados por el Directorio de la Sociedad Administradora, al haber sido delegada esa responsabilidad por los Estatutos de la Sociedad Administradora. Por lo menos uno de sus miembros será independiente de la Sociedad Administradora, el cual contará con un suplente. El miembro independiente y su suplente serán designados por la Sociedad Administradora siempre y cuando las personas propuestas no hubieran recibido la objeción de los Participantes en base al procedimiento y porcentajes señalados en el Artículo 14 del Reglamento Interno.

El Administrador del Fondo deberá ser miembro del Comité de Inversiones con carácter obligatorio. El Oficial de Cumplimiento asistirá a las sesiones que realice el Comité y sólo tendrá derecho a voz y no a voto. El Comité de

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www.ratingspcr.com 16 Inversiones se regirá en general por la normativa vigente del Mercado de Valores, el Reglamento Interno del Fondo, la Normativa de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras, el Código de Ética de Fortaleza SAFI, el Reglamento del Comité de Inversiones, disposiciones de ASFI y cualquier otra disposición legal que existiera en el futuro sobre el particular.

El Comité de Inversiones tiene por objeto y responsabilidades las siguientes actividades de acuerdo al Art. 49 de la Normativa para Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras:

 Supervisar las labores del Administrador del Fondo en lo referente a las actividades de inversión.  Controlar el cumplimiento de la Política de Inversión y de la Política de Endeudamiento del Fondo.

 Establecer los límites de inversión dentro de lo permitido por la Política de Inversión y analizar los excesos en límites de inversión, cuando éstos ocurran.

 Definir los tipos de riesgos a los que se encuentran sujetas las inversiones del Fondo y los mecanismos para su cuantificación, administración y control.

 Monitorear y evaluar las condiciones de mercado.

 Evaluar y aprobar las nuevas inversiones dentro de lo establecido en la Política de Inversiones, así como evaluar la evolución del portafolio de inversiones existentes.

 Proponer a la Asamblea General de Participantes modificaciones al Reglamento Interno en lo referente a la Política de Inversiones y Política de Endeudamiento.

 Aprobar las normas internas de control sugeridas por la Sociedad Administradora en función a las necesidades del proceso de inversión.

 Analizar las oportunidades de inversión de acuerdo con los lineamientos y la Política de Inversiones del Fondo.

 Adoptar las decisiones de inversión del Fondo.

 Evaluar y efectuar seguimientos a los activos que integran el patrimonio del Fondo.  Evaluar y aprobar la estrategia de Tesorería sugerida por la Sociedad Administradora.  Supervisar el manejo de Tesorería.

 Evaluar y aprobar la estrategia de inversiones del Fondo propuesto por la Sociedad Administradora.  Proponer a la Asamblea General de Participantes modificaciones para la distribución de las utilidades del

Fondo, en plazos y condiciones distintos a los señalados en el Reglamento Interno.

 Aprobar los lineamientos de la metodología de valorización de las inversiones del Fondo, así como la determinación del valor razonable de los activos a solicitud de la Sociedad Administradora.

Las funciones del Comité de Inversión son indelegables. Los miembros del Comité son responsables solidariamente por las resoluciones que se adopten en el Comité y personalmente por los actos de administración en que intervengan; se excepciona de la responsabilidad solidaria a los miembros del Comité con voto disidente fundamentado y que conste en acta. Asimismo, los miembros del Comité de Inversión se encuentran dentro del alcance de lo establecido por la Ley del Mercado de Valores y el Reglamento del Registro del Mercado de Valores respecto a la información privilegiada, además estarán sujetos a las disposiciones generales del Reglamento del Comité de Inversiones.

El Comité de Inversión se reunirá cuantas veces sea convocado por el Administrador del Fondo o a petición de cualquiera de sus miembros, pero por lo menos una vez cada trimestre. Las sesiones del Comité de Inversiones tendrán una duración mínima de 1 (una) hora. Las reuniones del Comité serán válidas con la concurrencia de la mitad más uno de sus miembros, debiendo ser al menos uno de ellos el miembro independiente o su suplente, y sus decisiones serán aprobadas con la mayoría de los miembros presentes. Adicionalmente, todas las inversiones que hayan sido revisadas y autorizadas por el Comité de Conflicto de Interés, necesitarán la aprobación unánime de los miembros del Comité de Inversiones.

El Comité de Inversiones puede autorizar la votación telefónica, mediante fax u otros medios escritos en los que en forma fehaciente conste la opinión de alguno de los miembros que esté fuera de la ciudad. Asimismo, cualquier observación efectuada por el Oficial de Cumplimiento debidamente fundamentada constará en acta. Todas las reuniones del Comité de Inversión serán convocadas y presididas por el Administrador del Fondo; instalada la reunión se procederá a la comprobación de quórum y se procederá a la lectura del orden del día.

Comité de Conflicto de Interés

El Comité de Conflicto de Interés será responsable de analizar y definir las acciones a adoptarse cuando existiera una situación que pudiese llegar a crear un conflicto de interés por cualquier acción del Administrador o de la Sociedad Administradora, y autorizar caso por caso o de manera general la realización de actividades de forma directa o indirecta con afiliadas o subsidiaras o instituciones parte del grupo al que pertenece la Sociedad Administradora, así como personas naturales y/o jurídicas que guarden relación por parentesco o afinidad con los Accionistas, Directores y/o ejecutivos principales del Fondo, el Administrador, la Sociedad Administradora y sus

(17)

www.ratingspcr.com 17 Afiliadas. Este Artículo no es aplicable a las restricciones previstas en el Artículo 42 del Reglamento Interno donde se requiere aprobación previa de la Asamblea General de Participantes.

Estará conformado por tres miembros elegidos por la Asamblea General de Participantes, los que deberán ser elegidos en la primera reunión de la Asamblea General de Participantes. El Comité establecerá los lineamientos para el tratamiento de estos temas. Para fines del Reglamento Interno, se aplicará la definición de “conflicto de interés” establecida en el Artículo 103 de la Ley del Mercado de Valores.

Oficial de Cumplimiento

La Sociedad Administradora cuenta con un Oficial de Cumplimiento designado por el Directorio de ésta, que tendrá como funciones principales:

 Revisar y controlar que las leyes, normas y regulaciones inherentes a la actividad de la Sociedad Administradora sean aplicadas correctamente dentro de la misma.

 Velar que las normas y disposiciones de carácter interno establecidas por la Sociedad Administradora sean adecuadamente aplicadas y cumplidas.

 Comunicar oportunamente al Directorio de la Sociedad Administradora las modificaciones que existan en las leyes, reglamentos y demás regulaciones normativas inherentes a la actividad de la Sociedad Administradora.

 Proponer al Directorio normas y políticas de control interno.

 Informar oportunamente al Directorio sobre cualquier incumplimiento a las leyes, normas y regulaciones vigentes, así como a disposiciones de carácter interno, inherentes a la actividad de la Sociedad Administradora.

 Verificar si las quejas y demandas que pudiesen presentar los Participantes del Fondo ante la Sociedad Administradora provienen de inobservancias o infracciones a la normativa vigente y evaluar si las soluciones propuestas o adoptadas son las adecuadas, debiendo informar al Directorio su opinión.

 Revisar que la valoración de la cartera del Fondo cumpla con la normativa establecida al respecto.

 Enviar semestralmente a la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero, un informe sobre sus actividades.

 Proporcionar información que solicite el Representante Común de los Participantes, sobre el cumplimiento de la normativa vigente por parte de la Sociedad Administradora.

 Monitorear y supervisar la aplicación del Programa de Cumplimiento.

En forma complementaria, el Oficial de Cumplimiento diseñará e implementará programas de cumplimiento. El Directorio de la Sociedad Administradora será responsable de la revisión y de la aprobación del Programa de Cumplimiento presentado por el Oficial de Cumplimiento.

Asesor Técnico

CAISA Agencia de Bolsa actuará como Asesor Técnico prestando su apoyo directamente al Comité de Inversiones de la Sociedad Administradora para la toma de decisiones de inversión. Las principales responsabilidades del Asesor Técnico son:

 Realización de estudios sobre el entorno externo del Fondo relacionados al desempeño de la economía y los principales sectores económicos.

 Identificación de potenciales empresas para invertir.

 Colaborar con la realización del due diligence de las empresas a invertir.

 Otras tareas relacionadas al proceso de inversión y el análisis de riesgo de las inversiones.

Estas prestaciones serán canceladas por la Sociedad Administradora con cargo a sus ingresos por las comisiones de administración.

Método de Valoración del Fondo

El Fondo valorará aquellos activos que se encuentren registrados en el Registro del Mercado de Valores (RMV) de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero e inscritos en la Bolsa Boliviana de Valores S.A. para su cotización de acuerdo a la Metodología de Valoración para las Entidades Supervisadas por ASFI.

Aquellos activos que no estén inscritos en el Registro del Mercado de Valores de ASFI y no se negocien en la Bolsa Boliviana de Valores S.A. se valorarán a través del descuento de los flujos de pagos a futuro, de acuerdo a la siguiente fórmula:

(18)

www.ratingspcr.com 18 Donde:

Pit: Precio de la Acreencia i en el día t de cálculo

VFi: Valor Final de la Acreencia i en la fecha de vencimiento, que normalmente es el valor nominal o facial de la Acreencia y es conocido

TRE: Tasa de Rendimiento Equivalente

Pl: Número de días entre la fecha t de cálculo y la fecha de vencimiento de la Acreencia i La TRE se calculará de la siguiente manera:

Donde:

TRE: Tasa de Rendimiento Equivalente POR: Plazo Original

PEQ: Plazo Equivalente (al vencimiento)

TR: Tasa de Rendimiento al inicio de la operación

El Valor Final del Activo i podrá ser el que corresponde a un activo a descuento o a un activo a rendimiento.

En el caso de los activos a rendimiento, el Valor Final del Valor i en la fecha de vencimiento se calcula mediante la siguiente fórmula:

Donde:

VFi: Valor Final o valor al vencimiento del Valor i. VIi: Valor Inicial del Valor i en la fecha de emisión. TRe: Tasa de Rendimiento de emisión del activo.

Pl: Número de días entre la fecha de emisión y la fecha de vencimiento.

Asimismo, los activos que no estén inscritos en el Registro del Mercado de Valores de ASFI y que cuenten con flujos en el tiempo serán valorados sobre la base de la siguiente fórmula:

Donde:

Pit: Precio del activo i en la fecha t de cálculo

Fc: Monto de los flujos futuros en la fecha de vencimiento de cada flujo del activo. TR: Tasa de Rendimiento al inicio de la operación

Pla: Número de días de devengamiento de cada uno de los flujos futuros. n: Número de flujos futuros que rinde el activo i.

Las Acciones Preferidas Redimibles que no estén inscritas en el Registro de Mercado de Valores de ASFI y no se negocien en la Bolsa Boliviana de Valores S.A., se valorarán utilizando el precio de adquisición.

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