3. CUMPLIMIENTO DEL CTE.
3.1.- SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIO.
3.1.0.- Documento básico DB SI 0.
3.1.0.1. Objeto.
La presente Memoria de Proyecto, tiene por objeto establecer reglas y Procedimientos que permiten cumplir las exigencias básicas de seguridad en caso de incendio.
Las mismas están detalladas en las secciones del Documento Básico de Seguridad en caso de Incendio DB SI, que se corresponden con las exigencias básicas de las secciones SI 1 a SI 6, que a continuación se van a justificar
Por ello se demostrará que la correcta aplicación de cada Sección supone el cumplimiento de la exigencia básica correspondiente. Además la correcta aplicación del conjunto del Documento Básico DB SI, supone que se satisface el requisito básico "Seguridad en caso de incendio".
Recordar que tanto el objetivo del requisito básico como las exigencias básicas se establecen el artículo 11 de la Parte 1 del CTE y son los siguientes:
1. El objetivo del requisito básico “Seguridad en caso de incendio” Consiste en reducir a límites aceptables el riesgo de que los usuarios de un edificio sufran daños derivados de un incendio de origen accidental, como consecuencia de las características de su proyecto, construcción, uso y mantenimiento.
2. Para satisfacer este objetivo, los edificios se proyectarán, construirán, mantendrán y utilizarán de forma que, en caso de incendio, se cumplan las exigencias básicas que se establecen en los apartados siguientes.
3. El Documento Básico DB-SI especifica parámetros objetivos y Procedimientos cuyo cumplimiento asegura la satisfacción de las exigencias básicas y la superación de los niveles mínimos de calidad propios del requisito básico de seguridad en caso de incendio, excepto en el caso de los edificios, establecimientos y zonas de uso industrial a los que les sea de aplicación el “Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales”, en los cuales las exigencias básicas se cumplen mediante dicha aplicación.
A tales efectos debe tenerse en cuenta que también se consideran zonas de uso industrial: a) Los almacenamientos integrados en establecimientos de cualquier uso no industrial,
cuando la carga de fuego total, ponderada y corregida de dichos almacenamientos, calculada según el Anexo 1 de dicho Reglamento, exceda de 3x106 megajulios (MJ). No obstante, cuando esté prevista la presencia del público en ellos se les deberá aplicar además las condiciones que este CTE establece para el uso correspondiente. b) Los garajes para vehículos destinados al trasporte de personas o de mercancías.
3.1.0.2. Ámbito de aplicación.
Para el presente proyecto el ámbito de aplicación del DB SI es el que se establece con carácter general para el conjunto del CTE en su artículo 2 (Parte I) excluyendo como es este el caso, los edificios, establecimientos y zonas de uso industrial a los que les sea de aplicación el “Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales”.
En particular, como complemento a esta memoria debe tenerse en cuenta que en el Código Técnico las exigencias relacionadas con la seguridad de las personas al desplazarse por el edificio (tanto en circunstancias normales como en situaciones de emergencia) se vinculan al requisito básico “Seguridad de utilización”. Por ello, las soluciones aplicables a los elementos de circulación (pasillos, escaleras, rampas, etc.) así como a la iluminación normal y al alumbrado de emergencia figurarán en la Memoria Justificativa del Documento Básico DB SU, del proyecto de ejecución.
En la presente Memoria Justificativa del Documento Básico DB SI, no se incluye exigencias dirigidas a limitar el riesgo de inicio de incendio relacionado con las instalaciones o los almacenamientos regulados por reglamentación específica, debido a que corresponde a dicha reglamentación establecer dichas exigencias
3.1.0.3. Generales de aplicación.
A los edificios, establecimientos o zonas de los mismos cuyos ocupantes precisen, en su mayoría, ayuda para evacuar el edificio (residencias geriátricas o de personas discapacitadas, centros de educación especial, etc.) se les debe aplicar las condiciones específicas del uso Hospitalario.
3.1.0.4. Condiciones particulares para el cumplimiento del DB-SI.
En la presente memoria se han aplicado los procedimientos del Documento Básico DB SI, de acuerdo con las condiciones particulares que en el mismo se establecen y con las condiciones generales del CTE, las condiciones en la ejecución de las obras y las condiciones del edificio que figuran en los artículos 5, 6, 7 y 8 respectivamente de la parte I del CTE.
3.1.0.5. Condiciones de comportamiento ante el fuego de los productos de construcción y de los elementos constructivos.
Esta memoria establece las condiciones de reacción al fuego y de resistencia al fuego de los elementos constructivos proyectados conforme a la clasificación europea establecida mediante el Real Decreto 312/2005, de 18 de marzo y a las normas de ensayo que allí se indican.
Si las normas de ensayo y clasificación del elemento constructivo proyectado según su resistencia al fuego no estén aún disponibles en el momento de realizar el ensayo, dicha clasificación se determina y acreditará conforme a las anterior normas UNE, hasta que tenga lugar dicha disponibilidad.
Los sistemas de cierre automático de las puertas resistentes al fuego se exige que consista en un dispositivo conforme a la norma UNE-EN 1154:2003 “Herrajes para la edificación. Dispositivos de cierre controlado de puertas. Requisitos y métodos de ensayo”
Las puertas de dos hojas se equiparán con un dispositivo de coordinación de dichas hojas conforme a la norma UNE EN 1158:2003 “Herrajes para la edificación. Dispositivos de coordinación de puertas. Requisitos y métodos de ensayo”.
Las puertas previstas para permanecer habitualmente en posición abierta se prevén que dispongan de un dispositivo conforme con la norma UNE-EN 1155:2003 “Herrajes para la edificación. Dispositivos de retención electromagnética para puertas batientes. Requisitos y métodos de ensayo”.
3.1.0.6. Laboratorio de ensayo.
La clasificación, según las características de reacción al fuego o de resistencia al fuego, de los productos de construcción que aún no ostenten el marcado CE o los elementos constructivos, así como los ensayos necesarios para ello se exige que se realicen por laboratorios acreditados por una entidad oficialmente reconocida conforme al Real Decreto 2200/1995 de 28 de diciembre, modificado por el Real Decreto 411/1997 de 21de marzo.
En el momento de su presentación, los certificados de los ensayos antes citados deberán tener una antigüedad menor que 5 años cuando se refieran a reacción al fuego y menor que 10 años cuando se refieran a resistencia al fuego.
3.1.0.7. Terminología.
A efectos de aplicación de la presente memoria justificativa del Documento Básico DB SI, los términos que figuran en la misma se utilizan conforme al significado y a las condiciones que se establecen para cada uno de ellos, bien en el anejo DB SI A, cuando se trate de términos relacionados únicamente con el requisito básico "Seguridad en caso de incendio", o bien en el Anejo III de la Parte I del CTE, cuando sean términos de uso común en el conjunto del Código.
3.1.1.- Documento básico DB SI 1: Propagación Interior.
3.1.1.1. Datos del proyecto.
- PROY. DE EDIFICACIÓN: EL Presente Proyecto se desarrolla en FASE DE PROYECTO DE EJECUCIÓN.
- TIPO DE ACTUACIÓN: OBRA NUEVA
- NÚMERO DE PLANTAS. CEEM y CDIA: II (2 PLANTAS).
- REFERENCIA DE USOS: Relación de Superficies construidas por usos y niveles es: ESPACIOS EXTERIORES COMUNES
PLANTA BAJA 5.921,60 m²
EDIFICIO
PLANTA BAJA 1.502,25 m²
PLANTA PRIMERA 980,75 m²
TOTALES: 2.483,00 m²
- DATOS TÉCNICOS Y DE DISEÑO: - EDIFICIO:
ALTURA DE EVACUACIÓN ... 3,65 m TIPO DE ESTRUCTURA:
ELEMENTOS ESTRUCTURALES PRINCIPALES: Pilares de hormigón armado, vigas de hormigón armado, forjados reticulares de hormigón armado y casetón de hormigón. ELEMENTOS ESTRUCTURALES SECUNDARIOS: Zunchos y brochales de hormigón armado.
- TIPO DE CERRAMIENTOS:
EXTERIORES: Fachada exterior muro capuchino de ladrillo caravista.
DIVISORIOS INTERIORES: Ladrillo panal en elementos comunes y ladrillo hueco cerámico en interiores.
3.1.1.2. Compartimentación en sectores de incendio.
El edificio destinado a Centro específico para enfermos mentales crónicos y Centro de día para personas con enfermedad mental crónica se ha compartimentado en TRES sectores de incendio según las condiciones que se establecen en la tabla 1.1 de esta Sección:
SECTOR 1: (USO Hospitalario: planta baja y primera) ... 1.433,90 m² SECTOR 2: (USO Hospitalario: planta primera) ... 518,75 m² SECTOR 3: (USO Hospitalario: planta primera) ... 178,50 m²
A efectos del cómputo de la superficie de un sector de incendio, se ha considerado que los locales de riesgo especial y las escaleras y pasillos protegidos contenidos en dicho sector no forman parte del mismo.
El ascensor no sirve a sectores de incendio diferentes.
Según la tabla 1.1: En uso hospitalario las plantas con zonas de hospitalización deben estar compartimentadas al menos en dos sectores de incendio, cada uno de ellos con una superficie construida que no exceda de 1.500m2 y con espacio suficiente para albergar a los pacientes de
uno de los sectores contiguos. En otras zonas del edificio, la superficie construida de cada sector de incendio no excede de 2.500 m².
La resistencia al fuego de los elementos separadores de los sectores de incendio satisface las condiciones que se establecen en la tabla 1.2.
Sectores 2º y 3º, sobre rasante en edificio con altura de evacuación: Hospitalario, Altura Evacuación h = 3,65 m < 15 m Î EI 90 Sector 1º, sobre rasante en edificio con altura de evacuación:
Hospitalario, Altura Evacuación h = 0,00 m < 15 m Î EI 90
Esta es la Resistencia al fuego de las paredes y techos que delimitan los sectores de incendio al sector considerado del resto del edificio, según uso previsto. Las puertas de paso entre sectores de incendio serán EI2 45-C5.
Se ha considerado la acción del fuego en el interior del sector, excepto en el caso del sector de riesgo mínimo, (que es el zaguán del edificio) en el que únicamente es preciso considerarla desde el exterior del mismo.
Se ha tenido en cuenta que un elemento delimitador de un sector de incendio precisa una resistencia al fuego diferente al considerar la acción del fuego por la cara opuesta, según cual sea la función del elemento por dicha cara: compartimentar una zona de riesgo especial, una escalera protegida, etc.
Cuando el techo separa sectores de incendio de una planta superior éste tiene la misma resistencia al fuego que se exige a las paredes, pero con la característica REI en lugar de EI, al tratarse de un elemento portante y compartimentador de incendios.
La cubierta al no estar destinada a actividad alguna, ni prevista para ser utilizada en la evacuación, al no precisar función de compartimentación de incendios, sólo aporta la resistencia al fuego R que le corresponda como elemento estructural, excepto en las franjas a las que hace referencia el capítulo 2 del Documento Básico DB SI, Sección SI 2, en las que dicha resistencia debe ser REI.
3.1.1.3. Locales y zonas de riesgo especial.
Los locales y zonas de riesgo especial integrados en el edificio se han clasificado conforme los grados de riesgo alto, medio y bajo según los criterios que se establecen en la tabla 2.1.: • En cualquier edificio:
- Se considera local de riesgo bajo la cocina, al considerarse que la mayoría de los Centros contratan servicios de “catering” y únicamente se realiza un calentamiento de platos y no se cocina con lo que la potencia instalada es menor que 30kW. RIESGO BAJO: P<30kW. Se advertirá a la Dirección del Centro que si la potencia instalada se supera, deberá adecuarse la cocina a los requisitos exigidos para un local de riesgo medio o riesgo alto según sea el caso. - Se considera un local de riesgo bajo la lavandería por tener una superficie de 36,50 m2.
RIESGO BAJO: 20<S<100 m2.
- Se considera local de riesgo medio el cuarto de instalaciones que acoge los grupos de presión y la caldera de apoyo a la instalación de agua caliente sanitaria.
RIESGO MEDIO: 200<P<600 kW.
- No se considera local de riesgo especial la ubicación del grupo electrógeno, capaz de soportar unos servicios mínimos cuando se padezca un corte del suministro eléctrico, al situarse en la cubierta y al aire libre.
• Hospitalario:
No se da en el edificio ningún local, dentro del uso hospitalario, con las características precisas para definirlo como local de riesgo especial.
Los Locales de Riesgo Especial Bajo así clasificados, se proyectan con los siguientes requisitos que se establecen en la tabla 2.2.:
• Tienen una Resistencia al fuego de la estructura portante: R 90.
• La Resistencia al fuego de las paredes y techos que separan la zona del resto del edificio: EI 90.
• No requieren Vestíbulo de independencia en cada comunicación de la zona con el resto del edificio.
• Tienen como Puertas de comunicación con el resto del edificio del tipo EI2 45–C5
Los Locales de Riesgo Especial Medio así clasificados, se proyectan con los siguientes requisitos que se establecen en la tabla 2.2.:
• Tienen una Resistencia al fuego de la estructura portante: R 120.
• La Resistencia al fuego de las paredes y techos que separan la zona del resto del edificio: EI 120.
• Requieren Vestíbulo de independencia en cada comunicación de la zona con el resto del edificio.
• Tienen como Puertas de comunicación con el resto del edificio del tipo 2 x EI2 30–C5
• El recorrido de evacuación hasta alguna salida del local, es siempre inferior a 25,00 m.
Los Locales de Riesgo Especial Alto así clasificados, se proyectan con los siguientes requisitos que se establecen en la tabla 2.2.:
• Tienen una Resistencia al fuego de la estructura portante: R 180.
• La Resistencia al fuego de las paredes y techos que separan la zona del resto del edificio: EI 180.
• Requieren Vestíbulo de independencia en cada comunicación de la zona con el resto del edificio.
• Tienen como Puertas de comunicación con el resto del edificio del tipo 2 x EI2 30–C5
• El recorrido de evacuación hasta alguna salida del local, es siempre inferior a 25,00 m.
Se ha tenido en cuenta que el tiempo de resistencia al fuego no es nunca menor que el establecido para la estructura portante del conjunto del edificio, de acuerdo con el apartado SI 6, excepto cuando la zona se encuentre bajo una cubierta no prevista para evacuación y cuyo fallo no suponga riesgo para la estabilidad de otras plantas ni para la compartimentación contra incendios, en cuyo caso puede ser R 30.
Las puertas de los vestíbulos de independencia abren hacia el interior del vestíbulo.
3.1.1.4. Espacios ocultos. Paso de instalaciones a través de elementos compartimentación incendios.
La compartimentación contra incendios de los espacios ocupables tienen continuidad en los espacios ocultos, tales como cámaras, falsos techos, etc., esto se consigue prolongando la tabiquería hasta el encuentro con los forjados. En caso contrario éstos están compartimentados respecto de los primeros con la misma resistencia al fuego, donde se reduce ésta a la mitad en los registros para mantenimiento.
Las cámaras no estancas (ventiladas) tienen un desarrollo vertical limitado a tres plantas y a 10’00 metros.
Los puntos singulares donde son atravesados por elementos de las instalaciones, tales como cables, tuberías, conducciones, conductos de ventilación, etc, la resistencia al fuego requerida a los elementos de compartimentación de incendios se mantiene en dichos puntos. Para ello se disponen de elementos pasantes que aportan una resistencia al menos igual a la del elemento EI 90 o EI 120.
3.1.1.5. Reacción al fuego de los elementos constructivos, decorativos y de mobiliario.
Los elementos constructivos cumplen las condiciones de reacción al fuego que se establecen en la tabla 4.1., superándose el 5% de las superficies totales del conjunto de las paredes, del conjunto de los techos o del conjunto de los suelos del recinto considerado:
• Recintos de riesgo especial:
Revestimientos de techos y paredes: B-s1,d0
Revestimientos de suelos: BFL-s1
• Zonas ocupables en uso hospitalario:
Revestimientos de techos y paredes: B-s1,d0
Revestimientos de suelos: CFL-s1
• Espacios ocultos no estancos (patinillos,falsos techos, etc): Se refiere a la parte inferior de la cavidad. Por ejemplo, en la cámara de los falsos techos se refiere al material situado en la
cara superior de la membrana. En espacios con clara configuración vertical (por ejemplo, patinillos) esta condición no es aplicable.
Revestimientos de techos y paredes: B-s3, d0
En techos y paredes se incluye a aquellos materiales que constituyan una capa contenida en el interior del techo o pared y que además no esté protegida por una capa que sea EI 30 como mínimo.
En Suelos, se incluye las tuberías y conductos que transcurren por las zonas que se indican sin recubrimiento resistente al fuego.
Las condiciones de reacción al fuego de los componentes de las instalaciones eléctricas (cables, tubos, bandejas, regletas, armarios, etc.) se regulan en su reglamentación específica.
3.1.2.- Documento básico DB SI 2: Propagación Exterior.
3.1.2.1. Medianeras y fachadas.
El riesgo de propagación exterior horizontal del incendio a través de las fachadas, ya sea entre dos edificios, o bien en un mismo edificio, entre dos sectores de incendio del mismo, entre una zona de riesgo especial alto y otras zonas o hacia una escalera o pasillo protegido desde otras zonas, los puntos de ambas fachadas que no sean al menos EI 60 están separados la distancia d que se indica a continuación, como mínimo, en función del ángulo α formado por los planos exteriores de dichas fachadas. Para valores intermedios del ángulo α, la distancia d se ha interpolado linealmente.
Sólo existe posibilidad de propagación exterior con otro
sector (planta primera) o de local de riesgo especial medio con otra zona (planta baja) cumpliéndose la siguiente distancia de separación:
α ... 180’00 º Î d ≥ 0’50 m.
Con el fin de limitar el riesgo de propagación vertical del incendio por las fachada entre dos sectores de incendio y otras zonas más altas del edificio, las fachadas tienen al menos un EI 60 en una franja de 1’00 m de altura, medida sobre el plano de la fachada.
En el edificio, la separación entre huecos de fachada de los sectores 1 y 2, y 1 y 3 de los huecos de ventilación es superior a 1,00 m.
No existen elementos salientes aptos para impedir el paso de las llamas
La clase de reacción al fuego de los materiales que ocupan más del 10% de la superficie del acabado exterior de las fachadas o de las superficies interiores de las cámaras ventiladas tienen la clasificación de B - s3 d2 en las que accede el público, desde la rasante exterior o bien desde una cubierta.
3.1.2.2. Cubiertas.
Con el fin de limitar el riesgo de propagación exterior del incendio por la cubierta, esta tiene una resistencia al fuego REI 60, en una franja de 1,00 m de anchura situada sobre el encuentro con la cubierta de todo elemento compartimentador de un sector de incendio o de un local de riesgo especial alto.
Los materiales que ocupen más del 10% del revestimiento o acabado exterior de las cubiertas, incluida la cara superior de los voladizos cuyo saliente exceda de 1 m, así como los lucernario, claraboyas y cualquier otro elemento de iluminación, ventilación o extracción de humo, pertenecen a la clase de reacción al fuego BROOF (90).
3.1.3.- Documento básico DB SI 3: Evacuación.
3.1.3.1. Compatibilidad de los elementos de evacuación.
En el presente proyecto no están previstos establecimientos de uso Comercial o Pública Concurrencia, uso Docente, Residencial Público o Administrativo de superficie construida superior a 1.500 m² por lo que no se requiere ninguna condición especial.
3.1.3.2. Cálculo de la ocupación.
Para calcular la ocupación se han tomado los valores de densidad de ocupación que se indican en la tabla 2.1 en función de la superficie útil de cada zona:
• USO PREVISTO: ... CUALQUIERA
ZONA, TIPO DE ACTIVIDAD: ... Zonas de ocupación ocasional y sólo de mantenimiento. OCUPACIÓN (m²/persona): ... Ocupación nula.
• USO PREVISTO: ... HOSPITALARIO. SECTOR 1.
ZONA, TIPO DE ACTIVIDAD: ... Aulas, despachos, consultas, comedor, etc. OCUPACIÓN (m²/persona): ... 2 en salas de espera
... 15 en zonas de hospitalización.
... 10 en servicios ambulatorios y de diagnóstico.
... 20 en zonas destinadas a tratamiento a pacientes.
Ocupación Planta Baja (hospitalario): 373 personas. Ocupación Planta Primera (hospitalario): 2 personas. Ocupación Total: 375 personas.
• USO PREVISTO: ... HOSPITALARIO. SECTOR 2. ZONA, TIPO DE ACTIVIDAD: ... Habitaciones
OCUPACIÓN (m²/persona): ... 2 en salas de espera
... 15 en zonas de hospitalización.
... 10 en servicios ambulatorios y de diagnóstico.
... 20 en zonas destinadas a tratamiento a pacientes.
Ocupación Planta Primera (hospitalario): 29 personas. Ocupación Total: 29 personas.
• USO PREVISTO: ... HOSPITALARIO. SECTOR 3. ZONA, TIPO DE ACTIVIDAD: ... Habitaciones
OCUPACIÓN (m²/persona): ... 2 en salas de espera
... 15 en zonas de hospitalización.
... 10 en servicios ambulatorios y de diagnóstico.
... 20 en zonas destinadas a tratamiento a pacientes.
Ocupación Planta Primera (hospitalario): 12 personas. Ocupación Total: 12 personas.
La ocupación obtenida en el Sector 1, nunca llegará a materializarse por el carácter
alternativo de las actividades a realizar en el centro por sus usuarios. Aun así, se considera este valor para mantenerse del lado de la seguridad en todos los aspectos.
3.1.3.3. Número de salidas y longitud de los recorridos de evacuación.
A continuación, se indica el número de salidas que se prevén en cada caso, así como la longitud de los recorridos de evacuación hasta ellas.
En uso hospitalario, es obligado disponer de más de una salida de planta en las plantas de hospitalización o de tratamiento intensivo, así como en salas o unidades para pacientes hospitalizados cuya superficie construida exceda de 90m2.
Uso Hospitalario
Los sectores 1, 2 y 3 del Edificio disponen de más de una salida de planta y cumplen las siguientes condiciones en los recorridos de evacuación:
• La longitud de los recorridos de evacuación hasta una salida de planta es menor de 30’00 m. en plantas de hospitalización o de tratamiento intensivo.
• La longitud de los recorridos de evacuación desde su origen hasta llegar a algún punto desde el cual existan al menos dos recorridos alternativos es inferior a 15,00 m. en plantas de hospitalización o de tratamiento intensivo.
3.1.3.4. Dimensionado de los medios de evacuación.
- Criterios para la asignación de los ocupantes
Como tanto en las plantas como en el edificio existe más de una salida, la distribución de los ocupantes entre ellas a efectos de cálculo se ha hecho suponiendo inutilizada una de ellas, bajo la hipótesis más desfavorable.
En la planta baja al tener más de una salida, la distribución de los ocupantes en ella a efectos de cálculo se ha hecho suponiendo inutilizada una de ellas, bajo la hipótesis más desfavorable. En la planta primera, en los sectores 2 y 3, que tienen dos salidas, a efectos de cálculo de la asignación de los ocupantes se supone inutilizada una de ellas.
A efectos del cálculo de la capacidad de evacuación de las escaleras y de la distribución de los ocupantes entre ellas, debe considerarse inutilizada en su totalidad alguna de ellas por no ser protegidas.
En la planta de desembarco de una escalera, el flujo de personas que la utiliza se ha añadido a la salida de planta que les corresponda, a efectos de determinar la anchura de esta. Dicho flujo se ha estimado, en 160 A personas, siendo A la anchura, en metros, del desembarco de la escalera.
Según la “Oficina Técnica de Proyectos y Obras” de la Dirección General de Integración Social de Discapacitados, no serán de aplicación las prescripciones relativas a las dimensiones mínimas de puertas y ascensores definidas en el uso hospitalario, dado la no previsión de la evacuación en camas de los residentes.
- Cálculo.
El dimensionado de los elementos de evacuación se ha realizado conforme a lo que se indica en la tabla 4.1.:
• Puertas y pasos:
Una de las puertas más desfavorable en el bloque 1 es la que se encuentra en el denominado acceso 2 en planta baja: (suma de personas planta baja: 32+32+2+2+2+2= 72 personas. Se cumple A ≥ P / 200 ≥ 0,80 m.)
A = P / 200 = 72 personas : 200 = 0’36 metros Î proyectado 0,95 m.
La otra puerta más desfavorable en el bloque 1 es la que se encuentra en la salida de las aulas en planta baja: (suma de personas planta baja: 52+52+46= 150 personas. Se cumple A ≥ P / 200 ≥ 0,80 m.)
A = P / 200 = 150 personas : 200 = 0’75 metros Î proyectado 1.70 m.
La puerta más desfavorable en el bloque 2 es la que se encuentra en el denominado acceso 1 en planta baja: (suma de personas planta baja + planta primera: 29+41+3+3+3+2+2+2+8= 93
personas. Se cumple A ≥ P / 200 ≥ 0,80 m.)
Las puertas de las habitaciones de los residentes en la planta primera se diseñan con una amplitud de 0,85m, aunque el uso hospitalario marca un ancho de 1,05m, al no estar previsto en este centro el traslado de los pacientes con camilla. Sí que se colocan puertas de 1,05m en las cuatro habitaciones individuales adaptadas.
• Pasillos y rampas:
El más desfavorable en el bloque 2 es el pasillo de salida al denominado acceso 1 en planta baja:
(se cumple A ≥ P / 200 ≥ 1,00 m)
A = P / 200 = 91 personas : 200 = 0,46 metros Î proyectado 4,60 m.
El más desfavorable en el bloque 1 es el pasillo de salida al denominado acceso 2 en la planta baja: (se cumple A ≥ P / 200 ≥ 1,00 m)
A = P / 200 = 64 personas : 200 = 0,32 metros Î proyectado 3,60 m.
El pasillo de planta primera que da servicio a las habitaciones es de una dimensión de 2,20m de ancho según la tabla 4.1 y ser de uso hospitalario.
• Escaleras no protegidas:
En evacuación descendente en el edificio: (se cumple A ≥ P / 160)
A = P / 160 = 29 personas : 160 = 0,18 metros Î proyectado 1,40 m. (en uso hospitalario en zonas destinadas a pacientes internos).
La escalera interior es de 1,50m. de ámbito > 1,40m. (mínimo exigido en uso hospitalario) • En zonas al aire libre:
Pasos, pasillos y rampas: (se cumple A ≥ P / 600 ≥ 1,00 m) Mínimo que se proyecta 1’00 m.
Según el Anejo A del Documento Básico, cuando se trate de una salida de planta desde una zona de hospitalización a una escalera especialmente protegida o exterior como es nuestro caso, en el rellano de la escalera en la planta considerada de evacuación se debe disponer de una superficie como mínimo de 0,70 m2 por persona que evacua.
Rellano 1: 23 personas x 0,70m2 = 16,10m2 = 16,10m2 proyectados.
Rellano 2: 12 personas x 0,70m2 = 8,40m2 < 8,50m2 proyectados.
3.1.3.5. Protección de las escaleras.
En la tabla 5.1 se indican las condiciones de protección que deben cumplir las escaleras previstas para evacuación.
- EVACUACIÓN DESCENDENTE:
• USO PREVISTO:...Hospitalario
TIPO ESCALERA:
Protegida o Especialmente protegida: h < 14’00 m = 3´65 m Î se proyectan dos escaleras abiertas al exterior.
Se proyectan Escaleras abiertas al exterior que, por cumplir los requisitos del Anejo SI A del Documento Básico, pueden considerarse como escaleras especialmente protegidas sin que para ello precise disponer de vestíbulos de independencia en sus accesos.
3.1.3.6. Puertas situadas en recorridos de evacuación.
Las puertas previstas como salida de planta o de edificio y las previstas para la evacuación de más de 50 personas son todas ellas abatibles con eje de giro vertical y su sistema de cierre. En caso contrario, se prevé que tengan un dispositivo de fácil y rápida apertura desde el lado del cual provenga dicha evacuación, sin tener que utilizar una llave y sin tener que actuar sobre más de un mecanismo.
• Todos estos dispositivos de apertura mediante manilla o pulsador se proyectan conforme a la norma UNE-EN 179:2003 VC1, cuando se trate de la evacuación de zonas ocupadas por personas que en su mayoría estén familiarizados con la puerta considerada, así como los de barra horizontal de empuje o de deslizamiento conforme a la norma UNE EN 1125:2003 VC1, en el caso contrario.
• Se ha proyectado que abran en el sentido de la evacuación las puertas de salida del Edificio, por estar previstas para el paso de más de 100 personas.
• No existen puertas giratorias ni puertas de apertura automática.
3.1.3.7. Señalización de los medios de evacuación.
Se han previsto en el presente proyecto las señales de salida, de uso habitual o de emergencia, definidas en la norma UNE 23034:1988, conforme a los siguientes criterios:
- Las salidas de planta o edificio tienen una señal con el rótulo “SALIDA”.
- La señal con el rótulo “Salida de emergencia”, se utiliza en toda salida prevista para uso exclusivo en caso de emergencia.
- Se han previsto señales indicativas de dirección de los recorridos, visibles desde todo origen de evacuación desde el que no se percibe directamente las salidas o sus señales indicativas y frente a la sala de usos múltiples con ocupación mayor de 100 personas y acceso lateral al pasillo.
- En los puntos de los recorridos de evacuación en los que existan alternativas que puedan inducir a error, se han previsto disponer las señales antes citadas, de forma que quede claramente indicada la alternativa correcta.
- En dichos recorridos, junto a las puertas que no sean salida y que puedan inducir a error en la evacuación se han dispuesto la señal con el rótulo “Sin salida” en lugar fácilmente visible pero en ningún caso sobre las hojas de las puertas.
- Las señales se prevén disponer de forma coherente con la asignación de ocupantes que se pretenda hacer a cada salida, conforme a lo establecido en el capítulo 4 de esta Sección. - El tamaño de las señales se han diseñado con los siguientes criterios:
210 x 210 mm cuando la distancia de observación de la señal no exceda de 10 m 420 x 420 mm cuando la distancia de observación esté comprendida entre 10 y 20 m 594 x 594 mm cuando la distancia de observación esté comprendida entre 20 y 30 m
3.1.3.8. Control del humo de incendio.
Ninguno de los casos indicados en el Documento se encuentran en el edificio, por lo que no se instalará un sistema de control del humo de incendio.
3.1.4.- Documento básico DB SI 4: Instalaciones de protección contra incendios.
3.1.4.1. Dotación de instalaciones de protección contra incendio.
El edificio proyectado dispone de los equipos e instalaciones de protección contra incendios que se indican en la tabla 1.1. El diseño, la ejecución, la puesta en funcionamiento y el mantenimiento de dichas instalaciones, así como sus materiales, componentes y equipos, cumplen lo establecido en el “Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios”, en sus disposiciones complementarias y en cualquier otra reglamentación específica que le son de aplicación.
La puesta en funcionamiento de las instalaciones requerirá la presentación, ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma, del certificado de la empresa instaladora al que se refiere el artículo 18 del citado reglamento.
• USO PREVISTO:...EN GENERAL.
INSTALACIÓN:...EXTINTORES PORTÁTILES. CONDICIONES: ...Uno de eficacia 21A -113B:
- Cada 15’00 m de recorrido en cada planta, como máximo, desde todo origen de evacuación.
- En las zonas de riesgo especial conforme al capítulo 2 de la Sección 1(1) de este DB. Un extintor en el exterior del local o de la zona y próximo a la puerta de acceso, el cual sirve simultáneamente a varios locales o zonas. En el interior del local o de la zona se instala además los extintores necesarios para que el recorrido real hasta alguno de ellos, incluido el situado en el exterior, no sea mayor que 15 m en locales de riesgo especial medio o bajo (cuartos de instalaciones y lavandería), o que 10 m en locales o zonas de riesgo especial alto (cocina).
NÚMERO TOTAL DE EXTINTORES PORTÁTILES: Planta Baja:
Pasillos ... 9 EXTINTORES PORTÁTILES Locales de riesgo especial ... 4 EXTINTORES PORTÁTILES Planta Primera:
Pasillos ... 5 EXTINTORES PORTÁTILES INSTALACIÓN:...BOCAS DE INCENDIO.
CONDICIONES: ...En zonas de riesgo especial alto,
en las que el riesgo se deba principalmente a materias combutibles sólidas.
NÚMERO TOTAL DE BOCAS DE INCENDIO: No hay local de Riesgo Alto
INSTALACIÓN:...INSTALACIÓN AUTOMÁTICA DE EXTINCIÓN.
CONDICIONES: ...En cocinas en las que la potencia instalada exceda de 20 Kw en uso Hospitalario.
• USO PREVISTO: ... .HOSPITALARIO
INSTALACIÓN: ... BOCAS DE INCENDIO. CONDICIONES: ... .En todo caso.
Los equipos serán de tipo 25 mm
NÚMERO TOTAL DE BOCAS DE INCENDIO EQUIPADAS:
Se disponen 7 B.I.E.S.: 3 en la planta baja del bloque1, 2 en la planta baja del bloque 2 y 2 en la planta primera del bloque 2.
INSTALACIÓN: ... SISTEMA DE DETECCIÓN Y DE ALARMA DE INCENDIO. CONDICIONES: ... .En todo caso.
El sistema dispondrá de detectores y de pulsadores manuales y debe permitir la transmisión de alarmas locales, de alarma general y de instrucciones verbales.
3.1.4.2. Señalización de las instalaciones manuales de protección contra incendio.
En los medios de protección contra incendios de utilización manual (extintores, bocas de incendio, pulsadores manuales de alarma y dispositivos de disparo de sistemas de extinción) se han previsto señales diseñadas según la norma UNE 23033-1 cuyos tamaños son:
- 210 x 210 mm cuando la distancia de observación de la señal no exceda de 10 m; - 420 x 420 mm cuando la distancia de observación esté comprendida entre 10 y 20 m; - 594 x 594 mm cuando la distancia de observación esté comprendida entre 20 y 30 m. Las señales son visibles incluso en caso de fallo en el suministro al alumbrado normal.
Las que se diseñan fotoluminiscentes, sus características de emisión luminosa cumplen lo establecido en la norma UNE 23035-4:1999.
3.1.5.- Documento básico DB SI 5: Intervención de bomberos.
3.1.5.1. Condiciones de aproximación y entorno.
• Aproximación a los edificios.
Los viales de aproximación a los espacios de maniobra cumplen las siguientes condiciones: 1. anchura mínima libre ...3’50 m
2. altura mínima libre o gálibo ...4’50 m. 3. capacidad portante del vial ... 20’00 kN/m² • Entorno de los edificios.
El edificio tiene una altura de evacuación descendente menor de 9’00 m.
El espacio de maniobra se mantiene libre de mobiliario urbano, arbolado, jardines, mojones u otros obstáculos.
3.1.5.2. Accesibilidad por fachada.
La fachada a la que se hace referencia en el apartado 1.2 dispone de huecos que permiten el acceso desde el exterior al personal del servicio de extinción de incendios. Dicho hueco se diseña con las siguientes características:
• Facilita el acceso a cada una de las plantas del edificio, de forma que la altura del alféizar respecto del nivel de la planta a la que accede no es mayor que 1’20 m;
• Sus dimensiones horizontal y vertical son superiores a 0’80 m y 1’20 m respectivamente. La distancia máxima entre los ejes verticales de dos huecos consecutivos no excede de 25’00 m, medida sobre la fachada;
• No se instala en fachada elementos que impidan o dificulten la accesibilidad al interior del edificio a través de dichos huecos, a excepción de los elementos de seguridad situados en los huecos de las plantas cuya altura de evacuación no exceda de 9’00 m.
3.1.6.- Documento básico DB SI 6: Resistencia al fuego de la estructura.
3.1.6.1. Generalidades.
La elevación de la temperatura que se produce como consecuencia de un incendio en el edificio afecta a su estructura de dos formas diferentes.
- Por un lado, los materiales ven afectadas sus propiedades, modificándose de forma importante su capacidad mecánica.
- Por otro, aparecen acciones indirectas como consecuencia de las deformaciones de los elementos, que generalmente dan lugar a tensiones que se suman a las debidas a otras acciones.
En la presente memoria se han tomado únicamente métodos simplificados de cálculo (véase anejos C a F). Estos métodos sólo recogen el estudio de la resistencia al fuego de los elementos estructurales individuales ante la curva normalizada tiempo temperatura.
También se ha evaluado el comportamiento de una estructura, de parte de ella o de un elemento estructural mediante la realización de los ensayos que establece el Real Decreto 312/2005 de 18 de marzo.
Al utilizar los métodos simplificados indicados en el Documento Básico no se han tenido en cuenta las acciones indirectas derivadas del incendio.
3.1.6.2. Resistencia al fuego de la estructura.
Se ha admitido que un elemento tiene suficiente resistencia al fuego si, durante la duración del incendio, el valor de cálculo del efecto de las acciones, en todo instante t, no supera el valor de la resistencia de dicho elemento. En general, basta con hacer la comprobación en el instante de mayor temperatura que, con el modelo de curva normalizada tiempo-temperatura, se produce al final del mismo.
3.1.6.3. Elementos estructurales principales.
Se considera que la resistencia al fuego de un elemento estructural principal del edificio (incluidos forjados, vigas y soportes), es suficiente si alcanza la clase indicada en la tabla 3.1 o 3.2 que representa el tiempo en minutos de resistencia ante la acción representada por la curva normalizada tiempo temperatura
• USO DEL SECTOR: ...HOSPITALARIO.
TPO DE PLANTAS: ...SOBRE RASANTE: ALTURA DE EVAC. DE EDIFICIO < 15 m. RESISTENCIA AL FUEGO: ... R 90
La resistencia al fuego suficiente de un suelo es la que resulte al considerarlo como techo del sector de incendio situado bajo dicho suelo.
Los elementos estructurales de un pasillo protegido que están contenidos en el recinto de éstos, son como mínimo R-30.
En las escaleras especialmente protegidas no se exige resistencia al fuego a los elementos estructurales.
• ZONAS DE RIESGO ESPECIAL.
RIESGO ESPECIAL BAJO: ...R 90. RIESGO ESPECIAL MEDIO: ...R 120. RIESGO ESPECIAL ALTO: ...R 180.
La resistencia al fuego no será inferior al de la estructura portante de la planta del edificio excepto cuando la zona se encuentre bajo una cubierta no prevista para evacuación y cuyo fallo no suponga riesgo para la estabilidad de otras plantas ni para la compartimentación contra incendios, en cuyo caso puede ser R 30.
3.1.6.4. Elementos estructurales secundarios.
A los elementos estructurales secundarios, tales como los cargaderos o los de las entreplantas de un local, se les exige la misma resistencia al fuego que a los elementos principales por que su colapso puede ocasionar daños personales o compromete la estabilidad global, la evacuación o la compartimentación en sectores de incendio del edificio.
3.1.6.5. Determinación de los efectos de las acciones durante el incendio.
Se considerará las mismas acciones permanentes y variables que en el cálculo en situación persistente, si es probable que actúen en caso de incendio.
Los efectos de las acciones durante la exposición al incendio deben obtenerse del Documento Básico DB-SE.
Los valores de las distintas acciones y coeficientes se han obtenido según se indica en el Documento Básico DB-SE, apartados 3.4.2 y 3.5.2.4.
Se han empleado los métodos indicados en este Documento Básico para el cálculo de la resistencia al fuego estructural tomando como efecto de la acción de incendio únicamente el derivado del efecto de la temperatura en la resistencia del elemento estructural.
Como simplificación para el cálculo se ha estimado el efecto de las acciones de cálculo en situación de incendio a partir del efecto de las acciones de cálculo a temperatura normal, como:
Efi,d = ηfi Ed. siendo:
Ed ...efecto de las acciones de cálculo en situación persistente (temperatura normal);
ηfi... factor de reducción, donde el factor ηfi se puede obtener como:
donde el subíndice 1 es la acción variable dominante considerada en la situación persistente. En el Proyecto de Ejecución, una vez se haya definido la estructura del edificio y los materiales con los que se ejecute la obra, se justificará el cumplimiento del Documento en este capítulo.
3.1.6.6. Determinación de la resistencia al fuego.
La resistencia al fuego de un elemento puede establecerse de alguna de las formas siguientes:
- Comprobando las dimensiones de su sección transversal con lo indicado en las distintas tablas según el material dadas en los anejos, para las distintas resistencias al fuego.
Anejo C. Resistencia al fuego de las estructuras de hormigón armado Anejo F Resistencia al fuego de los elementos de fábrica
- Obteniendo su resistencia por los métodos simplificados dados en los mismos anejos.
- Mediante la realización de los ensayos que establece el Real Decreto 312/2005 de 18 de marzo. En el análisis del elemento puede considerarse que las coacciones en los apoyos y extremos del elemento durante el tiempo de exposición al fuego no varían con respecto a las que se producen a temperatura normal.
Cualquier modo de fallo no tenido en cuenta explícitamente en el análisis de esfuerzos o en la respuesta estructural se ha evitado mediante detalles constructivos apropiados.
Si el anejo correspondiente al material específico (C a F) no indica lo contrario, los valores de los coeficientes parciales de resistencia en situación de incendio se han tomado iguales a la unidad: γM,fi = 1
En la utilización de algunas tablas de especificaciones de hormigón y acero del DE SI, se considera el coeficiente de sobredimensionado µfi
Este viene definido por la ecuación: siendo:
Rfi,d,0 resistencia del elemento estructural en situación de incendio en
el instante inicial t=0, a temperatura normal.
Según el artículo 30.5., 39.1., y 39.2., del Real Decreto 2661/1998., de 11 de diciembre, por el que se aprueba la “Instrucción de Hormigón Estructural”, EHE., determina que la resistencia del proyecto fck no será inferior a 25’00 N/mm², en hormigones armados o pretensados.
3.1.7.- Cumplimiento del Anejo C del DBSI.
Resistencia al fuego de las estructuras de hormigón armado. 3.1.7.1.-Generalidades.
La determinación de la resistencia de los elementos de hormigón ante la acción representada por la curva normalizada tiempo-temperatura, se justifica por el Método de utilización de las Tablas Simplificadas.
Los elementos estructurales deben diseñarse de forma que, ante el desconchado (spalling) del hormigón, el fallo por anclaje o por pérdida de capacidad de giro tenga una menor probabilidad de aparición que el fallo por flexión, por esfuerzo cortante o por cargas axiles.
3.1.7.2.-Tablas. - Generalidades.
Mediante las tablas y apartados siguientes puede obtenerse la resistencia de los elementos estructurales a la acción representada por la curva normalizada tiempo-temperatura de los elementos estructurales, en función de sus dimensiones y de la distancia mínima equivalente al eje de las armaduras.
Para aplicación de las tablas, se define como distancia mínima equivalente al eje am, a efectos
de resistencia al fuego, al valor:
Asi ...área de cada una de las armaduras i, pasiva o activa;
asi ...distancia del eje de cada una de las armaduras i, al
paramento expuesto más próximo, considerando los revestimientos en las condiciones que mas adelante se establecen
fyki ...resistencia característica del acero de las armaduras
∆asi ...corrección debida a las diferentes temperaturas críticas del acero y a las
condiciones particulares de exposición al fuego, conforme a los valores de la tabla C.1.
siendo µfi el coeficiente de sobredimensionado de la sección en estudio, definido en el apartado
6 del SI-6. Las correcciones para valores de µfi inferiores a 0,6 en vigas, losas y forjados, sólo podrán considerarse cuando dichos elementos estén sometidos a cargas distribuidas de forma sensiblemente uniforme. Valores intermedios se puede interpolar linealmente.
En el caso de armaduras situadas en las esquinas de vigas con una sola capa de armadura se incrementarán los valores de ∆asi en 10 mm, cuando el ancho de las mismas sea inferior a los
valores de bmin especificados en la columna 3 de la tabla C.3.
Pilares:
En planta baja la escuadría mas desfavorable es 40 x 45, con armado de 8 Φ 16 + 4 Φ 12. Recubrimiento según la EHE para el ambiente indicado en planta Cmin = 3,50
cmts.
am = [ 8 x 2’01 x fyik x (4’30 + 0’00) + 4 x 1’13 x fyik x (4’10 + 0’00) ] = 4’25 cm.
fyik x (8 x 2’01 + 4 x 1’13)
Vigas:
En planta primera la escuadría mas desfavorable es 40 x 55, con armado de 7 Φ 20 + 2 Φ 10. Recubrimiento según la EHE para el ambiente indicado en planta primera Cmin
= 3,50 cmts.
am = [ 7 x 3,14 x fyik x (4,5 + 0’50) + 2 x 0,79 x fyik x (4,00 + 0’50) ] = 4,96 cm.
fyik x (7 x 3,14 + 2 x 0,79)
Los valores dados en las tablas del Anejo C, son aplicables a hormigones de densidad normal, confeccionados con áridos de naturaleza silícea.
En zonas traccionadas con recubrimientos de hormigón mayores de 50’00 mm se ha dispuesto una armadura de piel para prevenir el desprendimiento de dicho hormigón durante el periodo de resistencia al fuego, consistente en una malla con distancias inferiores a 150’00 mm entre armaduras (en ambas direcciones), anclada regularmente en la masa de hormigón.
- Soportes y Muros.
Se justifica mediante la tabla C.2 la resistencia al fuego de los soportes expuestos por tres o cuatro caras y de los muros portantes de sección estricta expuestos por una o por ambas caras, referida a la distancia mínima equivalente al eje de las armaduras de las caras expuestas.
(1) Los recubrimientos por exigencias de durabilidad pueden requerir valores superiores.
(2) Los soportes ejecutados en obra deben tener, de acuerdo con la Instrucción EHE, una dimensión mínima de 250 mm. (3) La resistencia al fuego aportada se puede considerar REI
Elementos a Compresión:
• Soporte : Lado menor b = 400 > bmin = 250 Según Tabla C.2. da una R 120
Distancia al eje a (mm) 4,25 am 40
Î Para el caso más desfavorable de Local de Riesgo Medio.
• Soporte 2 Lado menor b = 350 > bmin = 250 Según Tabla C.2. da una R 90
Distancia al eje a (mm) 4,10 am 30
Î Para el Resto del Edificio con uso Docente.
- Vigas.
Todas la vigas utilizadas son de sección de ancho constante. Vigas con las tres caras expuestas al fuego.
Se justifica mediante la tabla C.3 la resistencia al fuego de las secciones de vigas sustentadas en los extremos con tres caras expuestas al fuego, referida a la distancia mínima equivalente al eje de la armadura inferior traccionada.
(1) Los recubrimientos por exigencias de durabilidad pueden requerir valores superiores.
(2) Debe darse en una longitud igual a dos veces el canto de la viga, a cada lado de los elementos de sustentación de la viga
Las vigas con resistencia al fuego R 90 o mayor, la armadura de negativos de vigas continuas se ha prolongado hasta el 33% de la longitud del tramo con una cuantía no inferior al 25% de la requerida en los extremos.
VIGAS:
Viga (Opción 4 ): Lado menor b = 400 > bmin = 400 Según Tabla C.3. da una R 90.
Distancia al eje a (mm) 5`25 am 25
Î Para el Edificio con uso Docente. ZUNCHOS:
ZUN 2(Opción 2): Lado menor b = 300 > bmin = 250 Según Tabla C.3. da una R 90
Distancia al eje a (mm) 3’80 am 35 Î Para el Resto del Edificio con uso Residencial Vivienda. Losas macizas
Se justifica mediante la tabla C.4 la resistencia al fuego de las secciones de las losas macizas, referida a la distancia mínima equivalente al eje de la armadura inferior traccionada.
La losa que debe cumplir una función de compartimentación de incendios (criterios R, E e I) su espesor se ha tomado al menos el que se establece en la tabla, pero cuando se requiera únicamente una función resistente (criterio R), el espesor tomado es el necesario para cumplir con los requisitos del proyecto a temperatura ambiente.
A estos efectos, se ha considerado como espesor el de la losa más el del solado o cualquier otro elemento que mantenga su función aislante durante todo el periodo de resistencia al fuego.
(1) Los recubrimientos por exigencias de durabilidad pueden requerir valores superiores. (2) Ix y Iy son las luces de la losa, siendo Iy > Ix
.
Al optar por losas macizas sobre apoyos lineales, con resistencia al fuego R 90 o mayor, la armadura de negativos se ha prolongado un 33% de la longitud del tramo con una cuantía no inferior a un 25% de la requerida en extremos sustentados.
Las losas macizas sobre apoyos puntuales y en los casos de resistencia al fuego R 90 o mayor, el 20% de la armadura superior sobre soportes se ha prolongado a lo largo de todo el tramo.
Flexión en dos direcciones:
LOSA1 = espesor 300 > hmin 100 mm
Distancia equi. al eje 38 > Distancia mínima equi. al eje am 25 mm
REI 90 .
Forjados unidireccionales.
Se justifica mediante la tabla C.4 la resistencia al fuego, para resistencias inferiores o igual a R 120, de las secciones de los forjados unidireccionales de elementos de entrevigado cerámicos o de hormigón y revestimiento inferior, referida a la distancia mínima equivalente al eje de la armadura inferior traccionada. Se ha contabilizado, a efectos de dicha distancia, los espesores equivalentes de hormigón con los criterios y condiciones indicados en el apartado C.2.4.(2) [los revestimientos de yeso pueden considerarse como espesores adicionales de hormigón equivalentes a 1,8 veces su espesor real].
Los forjados que tiene función de compartimentación de incendio cumplen asimismo con el espesor hmin establecido en la tabla C.4.
Forjado Unidireccional:
FORJ1 = espesor 350 > hmin 120 mm
Distancia equi. al eje 40 > Distancia mínima equi. al eje am 35 mm
REI 120 .
Para resistencias al fuego R 90 o mayor, la armadura de negativos de forjados continuos se ha prolongado hasta el 33% de la longitud del tramo con una cuantía no inferior al 25% de la requerida en los extremos.
Los elementos de entrevigado son de hormigón. Por lo que no se han tomado las especificaciones establecidas para vigas con las tres caras expuestas al fuego en el apartado C.2.3.1.
Se dispone de revestimiento inferior de 2 cm de yeso.
Las bovedillas cerámicas se han considerado como espesores adicionales de hormigón equivalentes a dos veces el espesor real de la bovedilla.
- Capas Protectoras.
La resistencia al fuego requerida se ha alcanzado en algunos casos mediante la aplicación de capas protectoras cuya contribución a la resistencia al fuego del elemento estructural protegido se determina de acuerdo con la norma UNE ENV 13381-3: 2004.
Con resistencias al fuego R 120 como máximo, los revestimientos de yeso se han considerado como espesores adicionales de hormigón equivalentes a 1,8 veces su espesor real.
Los revestimientos de yesos aplicados en techos, para resistencias al fuego R 90 como máximo su puesta en obra se realiza por proyección.
Los revestimientos de yesos aplicados en techos, para resistencias R 120 o mayores, su puesta en obra se realiza por proyección, disponiéndose un armado interno no combustible firmemente unido a la vigueta.
Estas especificaciones no son válidas para revestimientos con placas de yeso.
3.1.8.- Cumplimiento del anejo F del DBSI.
Resistencia al fuego de los elementos de fábrica.
3.1.8.1.-Muro, Fábrica o Tabique de ladrillo cerámico o sílico-calcáreo.
Se justifica mediante la tabla F.1 la resistencia al fuego que aportan los elementos de fábrica de ladrillo cerámico o sílico calcáreo, ante la exposición térmica según la curva normalizada tiempo-temperatura.
Dicha tabla es aplicable solamente a muros y tabiques de una hoja, sin revestir y enfoscados con mortero de cemento o guarnecidos de yeso, con espesores de 1,5 cm, como mínimo.
La clasificación que figura en la tabla para cada elemento no es la única que le caracteriza, sino únicamente la que está disponible.
En el Proyecto de Ejecución una vez se hayan definido los planos de albañilería, se determinará la resistencia al fuego de todos los elementos de fábrica del edificio.
En el presente proyecto se han planteado soluciones constructivas formadas por dos o más hojas por lo que se adopta como valor de resistencia al fuego del conjunto la suma de los valores correspondientes a cada hoja.
3.1.8.2.- Muro o fábrica de bloque de hormigón.
Se justifica mediante la tabla F.2 la resistencia al fuego que aportan los elementos de fábrica de bloques de hormigón, ante la exposición térmica según la curva normalizada tiempo-temperatura.
Dicha tabla es aplicable solamente a muros y tabiques de una sola hoja, sin revestir y enfoscados con mortero de cemento o guarnecidos con yeso, con espesores de 1,5 cm como mínimo.
La clasificación que figura en la tabla para cada elemento no es la única que le caracteriza, sino únicamente la que está disponible.
En el presente Proyecto se han planteado soluciones constructivas formadas por dos o más hojas por lo que se adopta como valor de resistencia al fuego del conjunto la suma de los valores correspondientes a cada hoja.
3.2.- DB-SU: SEGURIDAD DE UTILIZACIÓN.
3.2.1.- SI 1: Seguridad frente al riesgo de caídas.
3.2.1.1.- Resbaladicidad de los Suelos.
Con el fin de limitar el riesgo de resbalamiento, los suelos del Centro, tendrán una clase adecuada en función de su localización, según tabla siguiente:
Localización y características del suelo Clase
Zonas interiores secas
- Superficies con pendiente mayor que el 6%
- Superficies con pendiente igual o mayor que el 6% y escaleras 1 2 Zonas interiores húmedas tales como las entradas a los edificios desde el
espacio exterior, porche cubieto, vestuarios, duchas, baños, aseos - Superficies con pendiente menor que el 6%
- Superficies con pendiente igual o mayor que el 6% y escaleras. 2 3 3.2.1.2.- Discontinuidades en el pavimento.
i) Sólo en las zonas comunes del edificio, y con el fin de limitar el riesgo de caídas como consecuencia de traspiés o de tropiezos, el suelo se ha previsto que tenga las siguientes condiciones:
- no presenta imperfecciones o irregularidades que suponen una diferencia de nivel de más de 6’00 mm;
- los desniveles que no excedan de 0’05 m se colocan una pendiente inferior al 25’00%;
- en zonas interiores de circulación de personas, el suelo no presenta perforaciones o huecos por los que pueda introducirse una esfera de 0’15 m de diámetro.
ii) Las barreras que delimitan zonas de circulación, tienen una altura igual o superior a 0’80 m. iii) En zonas de circulación no se han dispuesto un escalón aislado, ni dos consecutivos.
iv) La distancia entre el plano de una puerta de acceso a un edificio y el escalón más próximo a ella es mayor siempre que 1200 mm y que la anchura de la hoja.
3.2.1.3.- Desniveles.
a) Protección de los niveles.
Con el fin de limitar el riesgo de caída, se proyectan barreras de protección en los desniveles, huecos y aberturas (tanto horizontales como verticales) balcones, ventanas, etc. con una diferencia de cota mayor que 0’55 m.
En las zonas donde se prevé la existencia de personas no familarizadas con el edificio, se ha facilitado la percepción de las diferencias de nivel que no exceden de 0’55 m y son susceptibles de causar caídas, mediante la diferenciación visual y táctil.
La diferenciación táctil está a una distancia de 0’25 m del borde, como mínimo.
b) Características de las barreras de protección. - Altura.
Todas las barreras de protección tienen una altura superior a 1’10 m aunque la diferencia de cota que protegen no exceda de 6’00 m.
En los huecos de escaleras de anchura menor o igual que 0’40 m, el pasamanos se ha previsto con una altura mayor o igual a 0’90 m.
La altura se ha medido verticalmente desde el nivel de suelo. En el caso de escaleras, desde la línea de inclinación definida por los vértices de los peldaños, hasta el límite superior de la barrera.
- Resistencia.
Las barreras de protección tienen una resistencia y una rigidez suficiente para resistir la fuerza horizontal de 0’80 kN/m, uniformemente distribuida, aplicada a 1’20 m o sobre el borde superior del elemento si este es inferior.
- Características constructivas.
Las barreras de protección, incluidas las de las escaleras y rampas, que están situadas en zonas comunes del edificio se han diseñado de forma que:
No pueden ser fácilmente escaladas por los usuarios, para lo cual no existen puntos de apoyo en la altura comprendida entre 0’20 m y 0’70 mm sobre el nivel del suelo o sobre la línea de inclinación de la escalera.
No tiene aberturas que puedan ser atravesadas por una esfera de 0’10 m de diámetro, exceptuándose las aberturas triangulares que forman la huella y la contrahuella de los peldaños con el límite inferior de la barandilla.
Además la distancia entre este límite y la línea de inclinación de la escalera no excede de 0’05 m.
3.2.1.4.- Escaleras y rampas. a) Escaleras de uso restringido.
No existen.
b) Escaleras de uso general. - Peldaños.
i) En los tramos rectos, la huella se ha diseñado con 300 mm, y la contrahuella de 170 mm.
La huella H y la contrahuella C cumplirán a lo largo de una misma escalera la relación siguiente:
540 mm ≤ 2C + H ≤ 700 mm.
ii) La medida de la huella no incluirá la proyección vertical de la huella del peldaño anterior.
-Tramos.
a. Cada tramo tiene 3 peldaños como mínimo y salva una altura de menos de 3,20 m. La altura que salvamos con un tramo es de 1,70 m.
b. Los tramos son únicamente rectos.
c. En una misma escalera, todos los peldaños tienen la misma contrahuella y todos los peldaños del tramo recto tienen la misma huella.
d. La anchura útil del tramo se determina de acuerdo con las exigencias de evacuación establecidas en el apartado 4 de la Sección SI 3 del DB-SI y será, como mínimo, la indicada en la Tabla 4.1:
En nuestro caso: Edificio sanitario: Anchura útil mínima: 1400 mm. En proyecto: 1500 mm.
e. La anchura de la escalera está libre de obstáculos. La anchura mínima útil se mide entre paredes o barreras de protección, sin descontar el espacio ocupado por los pasamanos siempre que éstos no sobresalgan más de 120 mm de la pared, como nuestro caso.
- Mesetas.
i) Las mesetas dispuestas entre tramos de las escaleras
con la misma dirección tiene 1200 mm, superior a la mínima exigida que es: 1000 mm.
ii) Cuando exista un cambio de dirección, entre dos
tramos, la anchura de la escalera no se reduce a lo largo de la meseta. La zona delimitada por dicha anchura está libre de obstáculos y sobre ella no barrerá el giro de apertura de ninguna puerta, excepto en las zonas de ocupación nula definidas en el anejo SI A del DB SI.
iii) En las mesetas de planta de escaleras de zonas de público (personas no
familiarizadas con el edificio) se dispondrá una franja de pavimento táctil en el arranque de los tramos descendentes, con la misma anchura que el tramo y una profundidad de 800 mm, como mínimo. En dichas mesetas no habrá ni pasillos de anchura inferior a 1200mm situados a menos de 400mm de distancia del primer peldaño de un tramo.
- Pasamanos.
i) Todas las escaleras que salvan una altura mayor que 0’55 m disponen de pasamanos
contínuo al menos en un lado.
Las que su anchura libre excede de 1’20 m, o estén previstas para personas con movilidad reducida, se ha previsto de pasamanos en ambos lados.
ii) Se dispondrán pasamanos intermedios cuando la anchura del tramo sea mayor que
2400 mm., como en el acceso principal al Centro. La separación entre pasamanos intermedios será de 2400 mm como máximo.
iii) El pasamanos está a una altura comprendida entre 900 y 1100 mm.
iv) El pasamanos es firme y fácil de asir, está separado del paramento al menos 40 mm y
su sistema de sujeción no interfiere el paso continuo de la mano.
c) Rampas.
Todas las rampas cuya pendiente exceda del 6’00%, le son de aplicación el Apartado 4.3., de la Sección 1 del DB SU.
- Pendiente.
Las rampas existentes en el centro están previstas para usuarios en silla de ruedas, con lo que cumplen las siguientes condiciones:
- Del 8% con longitudes máximas de 6m. - Del 6% con longitudes máximas de 9 m.
- Tramos.
i) Los tramos tienen unas longitudes menores de 15m, excepto cuando están
destinadas para usuarios en sillas de ruedas, en cuyo caso la longitud del tramo es como máximo de 9 m.
ii) La anchura de la rampa está siempre libre de obstáculos. La anchura mínima se mide
entre paredes o barreras de protección, sin descontar el espacio ocupado por los pasamanos, siempre que estos no sobresalgan más de 120mm de la pared o barrera de protección.
iii) Los tramos de las rampas para usuarios en silla de ruedas, son rectos y con una
anchura constante mínima de 1200mm. Si además tiene bordes libres, éstos contarán con un zócalo o elemento de protección lateral de 100 mm de altura, como mínimo.
- Mesetas.
i) Las mesetas dispuestas entre los tramos de una rampa con la misma dirección tienen
al menos la anchura de la rampa y una longitud, medida en su eje de 1500 mm como mínimo.
ii) Cuando exista un cambio de dirección entre dos tramos, la anchura de la rampa no se
reduce a lo largo de la meseta. La zona delimitada por dicha anchura estará libre de obstáculos y sobre ella no barrerá el giro de apertura de ninguna puerta, excepto las zonas de ocupación nula definidas en el anejo SI A del DB SI.
iii) No hay puertas ni pasillos de anchura inferior a 1200 mm situados a menos de
400mm de distancia del arranque de un tramo. Cuando la rampa sea destinada para usuarios en silla de ruedas esta distancia será de 1500 mm como mínimo.
- Pasamanos.
i) Las rampas que se destinan a personas con movilidad reducida y que salvan una
diferencia de altura de más de 0’55 m, o de 1’50 m, se les disponen de un pasamanos continuo al menos en un lado.
ii) El pasamanos esta dispuesto a una altura comprendida entre 0’90 y 1’10 m.
La rampa prevista para usuarios en sillas de ruedas, se ha dispuesto de otro pasamanos a una altura comprendida entre 0’65 y 0’75 m.
iii) El pasamanos es firme y fácil de asir, está separado del paramento al menos 0’04 m y su sistema de sujeción no interfiere el paso continuo de la mano.
d) Pasillos escalonados de acceso a localidades en graderíos y tribunas.
En el presente proyecto de uso hospitalario no existen pasillos escalonados de acceso a localidades de zonas de espectadores tales como patios de butacas, anfiteatros, graderíos o similares, luego no le es de aplicación el artículo 4.4. de la Sección 1 del DB SU.
f) Escalas fijas.
i) La anchura de las escalas está comprendida entre los 0’40 m y 0’80 m. La distancia entre peldaños es inferior a 0’30 m.
ii) Delante de la escala se dispone un espacio libre superior de 0’75 m, medido desde el frente de los escalones.
La distancia entre la parte posterior de los escalones y el objeto fijo más próximo es inferior a 0’16 m.
Al no estar provista de jaulas u otros dispositivos equivalentes hay un espacio libre de 0’40 m a ambos lados del eje de la escala.
Todas las escalas que tienen una altura mayor que 4’00 m, disponen de una protección circundante a partir de dicha altura.
3.2.1.5.- Limpieza de los acristalamientos exteriores.
El acristalamiento exterior proyectado cumple las condiciones que se indican a continuación: Toda la superficie del acristalamiento, tanto interior como exterior, se encuentra comprendida en un radio de 0’85 m desde algún punto del borde de la zona practicable situado a una altura no mayor de 1’30 m.
Está previsto que los acristalamientos de las escaleras del edificio C se limpien desde el
exterior, por lo que dispondrá de una plataforma de mantenimiento de una anchura de 400 mm, como mínimo, y una barrera de protección de 1200mm de altura.
3.2.2.- SI 2: Seguridad frente al riesgo de impacto de atrapamiento.
3.2.2.1.- Impacto.
a) Impacto con elementos fijos.
i) La altura libre de paso en las zonas de circulación tiene una altura superior a 2’10 m en zonas de uso restringido y 2’20 m en el resto de las zonas.
En los umbrales de las puertas la altura libre supera los 2’00 m.
ii) Los elementos fijos que sobresalen de las fachadas y que están situados sobre zonas de circulación se sitúan a una altura superior a 2’20 m.
iii) En zonas de circulación, las paredes carecen de elementos salientes que vuelen más de 0’15 m en la zona de altura comprendida entre 1’00 m y 2’20 m medida a partir del suelo.
iv) Se ha previsto limitar el riesgo de impacto con elementos volados cuya altura sea menor que 2’00 m, en mesetas o tramos de escalera, de rampas, etc., disponiendo elementos fijos que restringen el acceso hasta ellos.
b) Impacto con elementos practicables.
i) En general, las puertas de paso situadas en el lateral de los pasillos cuya ancho es menor que 2’50 m se han dispuesto de forma que el barrido de la hoja no invada el pasillo.
Esta condición no se ha tenido en cuenta en las zonas de uso restringido, pues según el citado artículo no les son de aplicación.
ii) Se han previsto puertas de vaivén situadas en zonas de circulación, a las que se les ha dotado de partes transparentes o translucidas que permiten percibir la aproximación de las personas.
La altura de estas partes transparentes o translucidas citadas se encuentra comprendida entre 0’70 m y 1’50 m.
c) Impacto con elementos frágiles.
Se identifican las siguientes áreas con riesgo de impacto:
a) en puertas, el área comprendida entre el nivel del suelo, una altura de 1’50 m y una anchura igual a la de la puerta más 0’30mm a cada lado de esta;
No se prevén barreras de protección conforme al apartado 3.2 de SU., puesto que cumplen las condiciones siguientes:
a) En aquellas zonas acristaladas en las que la diferencia de cota a ambos lados de la superficie acristalada está comprendida entre 0’55 m y 12’00 m, se prevé que resistan sin romper un impacto de nivel 2 según el procedimiento descrito en la norma UNE EN 12600:2003;
b) En el resto de los casos la superficie acristalada se prevé que resista sin romper un impacto de nivel 3 o de lo contrario se prevé que tenga una rotura de forma segura.
d) Impacto con elementos insuficientemente perceptibles.
Se han proyectado grandes superficies acristaladas en pasillos que pueden confundir con puertas o aberturas, en las mismas se han previsto el diseño de:
a) En toda su longitud, de una señalización situada a una altura inferior comprendida entre 0’85 m y 1’10 m y a una altura superior comprendida entre 1’50 m y 1’70 m.
b) En las que no disponen de señalización, se han previsto montantes verticales separados una distancia de 0’60 m, como máximo
c) En las que no cuentan con señalización, ni con montantes verticales se prevé la existencia de un travesaño horizontal situado a la altura inferior mencionada en el apartado a).
3.2.2.2.-Atrapamiento.
i) Las puertas correderas de accionamiento manual, se han previsto que la distancia de la
misma incluidos sus mecanismos de apertura y cierre, a hasta el objeto fijo más próximo supere los 0’20 m, como mínimo
ii) Los elementos de apertura y cierre automáticos disponen de dispositivos de protección adecuados al tipo de accionamiento y cumplen con las especificaciones técnicas propias.
3.2.3.- SU 3: Seguridad frente al riesgo de aprisionamiento en recintos.
3.2.3.1- Aprisionamiento.
i) Cuando las puertas de un recinto tengan dispositivo para su bloqueo desde el interior y las personas puedan quedar accidentalmente atrapadas dentro del mismo, se ha previsto de un sistema de desbloqueo de las puertas desde el exterior del recinto.
ii) Los pequeños recintos y espacios de las zonas comunes, están dispuestos y tienen dimensiones adecuadas para garantizar a los posibles usuarios en sillas de ruedas la utilización de los mecanismos de apertura y cierre de las puertas y el giro en su interior, libre del espacio barrido por las puertas.
iii) La fuerza de apertura de las puertas de salida se ha previsto de 150’00 Nw, como máximo, excepto en las de los recintos a los que se refiere el punto anterior, en las que será de 25’00 Nw, como máximo.