• No se han encontrado resultados

Reglamento. Copa mundial de la FIFA. Corea/Japón 2002

N/A
N/A
Protected

Academic year: 2021

Share "Reglamento. Copa mundial de la FIFA. Corea/Japón 2002"

Copied!
36
0
0

Texto completo

(1)

Reglamento

Copa mundial de la FIFA

(2)

ORGANIZADORES

1. FÉDÉRATION INTERNATIONALE

DE FOOTBALL ASSOCIATION

Presidente: Joseph S. Blatter

Secretario General: Michel Zen-Ruffinen Dirección: Hitzigweg 11 Apartado de Correos 85 8030 Zúrich Suiza Teléfono: 41-1/384 95 95 Telefax: 41-1/384 96 96 Télex: 817 240 fif ch Internet: www.fifa.com

Datos bancarios: UBS AG, Bahnhofstrasse 45, 8021 Zúrich, Suiza

Cuenta en CHF nº 325.519.30U Cuenta en USD nº 325.519.61Y

2. COMISIÓN ORGANIZADORA

DE LA COPA MUNDIAL DE LA FIFA

COREA/JAPÓN 2002

(Comisión Organizadora de la Copa Mundial

de la FIFA)

Presidente: Lennart Johansson Vicepresidente: Julio H. Grondona

3. ASOCIACIÓN ORGANIZADORA DE COREA

Asociación de Fútbol de Corea

Presidente: Dr. Mong-Joon Chung Secretario General: Chung Yun Cho Dirección: 1-131, Shinmunro 2-Ga

Chongro-Ku Seúl, 110-062 Corea

Teléfono: 82-2/737 75 38

(3)

Comité Organizador Coreano de la Copa

Mundial de la FIFA Corea/Japón 2002

(KOWOC)

Presidente: Dr. Seh-Jik Park Secretario General: Chang-Shin Choi

Dirección: Leema Building, Room 808 146-1, Susong Dong Chongro-Ku Seúl, 110-140 Corea Teléfono: 82-2/730 78 45 Telefax: 82-2/730 78 46

4. ASOCIACIÓN ORGANIZADORA DE JAPÓN

Asociación de Fútbol de Japón

Presidente: Shun-Ichiro Okano Secretario General: Kenji Mori

Dirección: 2nd Floor, Gotoh Ikueikai Bldg

1-10-7 Dogenzaka, Shibuya-Ku Tokio 150 Japón Teléfono: 81-3/3476 20 11 Telefax: 81-3/3476 22 91

Comité Organizador Japonés de la Copa

Mundial de la FIFA Corea/Japón 2002 (JAWOC)

Presidente: Shoh Nasu

Secretario General: Yasuhiko Endoh

Dirección: 18th Floor, Shin Nikko Bldg

2-10-1 Toranomon Minato-Ku Tokio 105-0001 Japón Teléfono: 81-3/3589 2002 Telefax: 81-3/3589 2034

(4)

SUMARIO

página Preámbulo ...

I. Título – Copa Mundial de la FIFA ... 5

II. Inscripción ... 6

III. Organización de la competición ... 7

IV. Retirada, sanciones por no jugar, reemplazo ... 11

V. Comisión Organizadora de la Copa Mundial de la FIFA ... 13

VI. Comisión Disciplinaria ... 15

VII. Comisión de Apelación ... 16

VIII. Protestas ... 16

IX. Partidos jugados conforme a las Reglas de Juego ... 17

X. Duración de los partidos, prórroga, gol de oro, definición del ganador mediante tiros penales ... 18

XI. Estadios, terrenos de juego, balones ... 18

XII. Responsabilidades de las asociaciones nacionales participantes ... 20

XIII. Elegibilidad de los jugadores, lista de jugadores ... 20

XIV. Control de dopaje ... 22

XV. Colores, números y publicidad en los uniformes de los equipos, el equipamiento deportivo y demás material ... 22

XVI. Árbitros, árbitros asistentes y cuartos árbitros ... 26

XVII. Disposiciones de orden técnico para la competición final ... 27

XVIII. Explotación de los derechos comerciales ... 30

XIX. Disposiciones de orden financiero y sistema de entradas ... 32

XX. Distinciones especiales y protocolo ... 34

XXI. Disposiciones especiales ... 36

XXII. Copyright ... 36

XXIII. Casos no previstos ... 36

(5)

REGLAMENTO

PREÁMBULO

1 La Copa Mundial de la FIFA es una manifestación deportiva de la FIFA

incorporada a los Estatutos de la Federación.

2 Se disputa en una competición preliminar y una final.

3 El 31 de mayo de 1996, el Comité Ejecutivo de la FIFA designó a la

Aso-ciación de Fútbol de Corea y a la AsoAso-ciación de Fútbol de Japón asociacio-nes organizadoras conjuntas de la competición final de la Copa Mundial 2002.

4 La Asociación de Fútbol de Corea y la Asociación de Fútbol de Japón

constituirán, cada una, un Comité Organizador Local (COL) que organizará la competición final, de acuerdo con el cuaderno de obligaciones y el con-trato de la asociación organizadora de la FIFA con las asociaciones organi-zadoras.

5 Estas asociaciones nacionales y los comités organizadores locales se

denominarán colectivamente asociaciones organizadoras. Las asociacio-nes organizadoras estarán sujetas al control y la supervisión de la FIFA, la cual decidirá en última instancia en todos los asuntos.

6 Las relaciones entre ambas asociaciones organizadoras y la FIFA se

es-tablecerán en un contrato especial, el contrato de la asociación organiza-dora.

7 Todos los derechos no concedidos por este reglamento a una

asocia-ción nacional participante en la competiasocia-ción preliminar o final, o a una con-federación, pertenecerán a la FIFA.

I. Título – Copa Mundial de la FIFA

Art. 1

1 La Copa Mundial de la FIFA se celebra cada cuatro años. La FIFA hace

una invitación a sus asociaciones nacionales afiliadas a participar con sus selecciones nacionales.

2 Un representante de la FIFA entregará al ganador de la competición el

trofeo de la Copa Mundial. El trofeo es propiedad de la FIFA, pero el vence-dor podrá guardarlo hasta el sorteo de la siguiente competición final de la Copa Mundial. El ganador recibirá una réplica del trofeo de la Copa Mun-dial, que pasará a ser de su propiedad.

3 El ganador será responsable de toda pérdida o daño al trofeo de la

Copa Mundial, que deberá devolver a la secretaría general de la FIFA en perfecto estado. La FIFA es responsable de grabar la Copa y elaborará las directrices sobre el uso del trofeo de la Copa Mundial.

Organizadores

(6)

4 Si por cualquier razón la competición deja de disputarse, el trofeo de la

Copa Mundial será devuelto a la secretaría general de la FIFA en cuanto ésta lo solicite.

5 Las asociaciones nacionales que participan en la competición final

re-cibirán una placa conmemorativa.

6 Las asociaciones nacionales clasificadas en los lugares primero,

se-gundo, tercero y cuarto de la competición final recibirán un diploma.

7 Los equipos clasificados en los primeros tres puestos de la

competi-ción recibirán 45 (cuarenta y cinco) medallas cada uno, que serán de oro para el equipo vencedor, de plata para el segundo lugar y de bronce para el tercero. No habrá más medallas a disposición.

8 El equipo clasificado en cuarto lugar recibirá una distinción.

Placa conmemorativa

Diploma

Medallas

II. Inscripción

Art. 2

1 Por regla general, cada asociación nacional afiliada a la FIFA puede

par-ticipar en la Copa Mundial de la FIFA Corea/Japón 2002.

2 Las asociaciones nacionales deberán cumplimentar y enviar el

formu-lario de inscripción oficial a la secretaría general de la FIFA dentro de los plazos estipulados en el Art. 3 (competición preliminar) y el Art. 4 (compe-tición final). Solamente serán válidos y se tendrán en consideración los for-mularios de inscripción remitidos a la secretaría general. Las inscripciones remitidas por telefax o télex se confirmarán mediante el formulario de ins-cripción oficial.

3 Al inscribirse en la competición, las asociaciones nacionales

partici-pantes se comprometen a:

a) observar la reglamentación y las disposiciones adoptadas por los órganos responsables de la FIFA;

b) aceptar que los asuntos administrativos, disciplinarios y de arbitra-je relacionados con las competiciones preliminar y final sean resuel-tos por la FIFA, de acuerdo con el presente reglamento o las decisio-nes tomadas por la Comisión Organizadora de la Copa Mundial de la FIFA;

c) aceptar las disposiciones adoptadas por las asociaciones organiza-doras de la competición final de acuerdo con la FIFA;

d) observar los principios del fair play (juego limpio);

e) aceptar la utilización, grabación y difusión de imágenes de jugado-res y oficiales relacionadas con la Copa Mundial de la FIFA Corea/ Japón 2002.

A. Competición preliminar

Art. 3

1 El plazo de inscripción vence el 30 de septiembre de 1999, fecha límite

para aceptar las inscripciones que se reciban en la secretaría general de la FIFA.

(7)

2 Las inscripciones deberán ir acompañadas de un derecho de

inscrip-ción de CHF 3.000 que se abonará en la cuenta de la FIFA en el banco UBS SA, Bahnhofstrasse 45, 8021 Zúrich, Suiza: cuenta en CHF nº 325.519.30U; cuenta en USD nº 325.519.61Y.

B. Competición final

Art. 4

Las asociaciones nacionales con derecho a participar en la competición fi-nal deberán confirmar su participación remitiendo a la secretaría general el formulario de inscripción oficial debidamente completado antes del 30 de noviembre de 2001.

III. Organización de la competición

Art. 5

1 La competición se disputará en dos fases:

a) la competición preliminar; b) la competición final.

2 El equipo nacional de la Federación Francesa de Fútbol (campeón

mun-dial oficial) y los equipos nacionales de las asociaciones organizadoras, la Asociación Coreana de Fútbol y la Asociación Japonesa de Fútbol, están automáticamente clasificados para la competición final.

A. Competición preliminar

Art. 6

1 La Comisión Organizadora de la Copa Mundial de la FIFA (cf. Art. 11)

formará, por distribución y sorteo, grupos o subgrupos para la competición preliminar, considerando, siempre que sea posible, los aspectos deporti-vos, geográficos y económicos. El sorteo de la competición preliminar se realizará el 7 de diciembre de 1999 en Tokio.

2 La competición preliminar comenzará el 1º de marzo de 2000 y se

pro-longará hasta el 11 de noviembre de 2001. Si son necesarios encuentros decisivos, éstos deberán disputarse antes del 25 de noviembre de 2001.

3 Las decisiones de la Comisión Organizadora sobre la formación de

gru-pos y la duración de la competición preliminar serán definitivas. En caso de retiradas, la Comisión Organizadora puede modificar los grupos en confor-midad con las disposiciones del § 1.

4 Los partidos de la competición preliminar se jugarán de acuerdo con

uno de los tres sistemas siguientes:

a) en grupos formados por varios equipos, con partidos de ida y vuelta y atribuyendo tres puntos por victoria, un punto por empate y cero puntos por derrota (sistema de campeonato);

b) un partido de ida y uno de vuelta por equipo (sistema de copa);

Grupos

(8)

c) excepcionalmente, y sólo con la autorización de la Comisión Organi-zadora de la Copa Mundial de la FIFA, en forma de un torneo en uno de los países participantes o en territorio neutral.

5 Cuando los partidos se disputen conforme al sistema a) ó b), los

parti-dos locales pueden jugarse en otro país únicamente tras obtener la autori-zación de la Comisión Organizadora de la Copa Mundial de la FIFA.

6 En el sistema de campeonato la clasificación de cada grupo se decidirá

conforme a lo siguiente:

a) mayor número de puntos en los encuentros de grupo;

b) diferencia de goles contabilizados en los encuentros de grupo; c) mayor número de goles marcados en los encuentros de grupo.

Si dos o más equipos muestran igualdad tras estos tres criterios, su lugar en la clasificación se decidirá conforme a lo siguiente: d) mayor número de puntos en los encuentros de grupo disputados

entre los equipos en cuestión;

e) diferencia de goles contabilizados en los encuentros de grupo entre los equipos en cuestión;

f) mayor número de goles marcados en los encuentros de grupo entre los equipos en cuestión;

g) un partido decisivo en un terreno neutral.

7 Con la aprobación de la Comisión Organizadora de la Copa Mundial de

la FIFA, el partido decisivo podrá jugarse en uno de los países en cuestión. Si un partido termina en empate después de 90 minutos, se jugará una pró-rroga (2 partes de 15 minutos cada una) y se aplicará la regla del gol de oro. Si no se anota un gol en la prórroga, se ejecutarán tiros penales para deter-minar el ganador (cf. Art. 17, § 2, 3 y 4 del presente reglamento).

8 En el sistema de copa, ambos equipos juegan un partido de ida y uno

de vuelta, cuyo orden de sucesión será determinado por un sorteo que efectuará la Comisión Organizadora de la Copa Mundial de la FIFA. El equi-po que marque el mayor número de goles en ambos encuentros se clasifi-cará para la siguiente vuelta. En caso de que ambos equipos consigan el mismo número de goles en los dos partidos, los goles marcados por un equipo como visitante contarán doble. En caso de que sea igual el número de goles marcados por cada equipo como visitante o si ambos partidos ter-minan en empate a cero, se jugará después del segundo partido un tiempo suplementario (dos períodos de 15 minutos cada uno), aplicando la regla del gol de oro. Si no se anota un gol en la prórroga, se ejecutarán tiros pena-les para determinar el ganador (cf. Art. 17, § 2, 3 y 4 del presente reglamen-to).

9 Las fechas de los partidos de la competición preliminar serán fijadas

por las asociaciones nacionales en cuestión y estarán sujetas a la aproba-ción de la Comisión Organizadora de la Copa Mundial de la FIFA. Se infor-mará a la secretaría general de la FIFA antes del 7 de febrero de 2000. Si las asociaciones nacionales no llegan a un acuerdo sobre las fechas de los partidos de la competición preliminar, la Comisión Organizadora de la

Sistema de campeonato Partidos de desempate Sistema de copa Fechas

(9)

Copa Mundial de la FIFA tomará la decisión definitiva. Igualmente, la Comi-sión Organizadora de la Copa Mundial de la FIFA se asegurará de que, por imparcialidad deportiva, los encuentros de un mismo grupo se disputen de forma simultánea.

10 Las asociaciones nacionales anfitrionas determinarán las sedes de los

encuentros de la competición preliminar (salvo si ya ha sido estipulado en el § 9) y deberán comunicar su decisión a sus adversarios y a la secretaría general de la FIFA a más tardar 2 (dos) meses antes de la fecha prevista para el partido. Si las asociaciones nacionales no llegan a un acuerdo so-bre las sedes de los partidos de la competición preliminar, la Comisión Or-ganizadora de la Copa Mundial de la FIFA tomará la decisión definitiva.

11 Las asociaciones nacionales anfitrionas informarán del horario de los

saques de salida a sus adversarios y a la secretaría general de la FIFA, al menos 30 (treinta) días antes de la fecha prevista para el partido.

12 Las asociaciones nacionales se encargarán de que sus selecciones

na-cionales lleguen a la sede antes de la tarde previa a la fecha del partido.

13 Si la asociación nacional anfitriona considera que el terreno de juego

no está en condiciones para que se dispute el partido, deberá informar in-mediatamente a la secretaría general de la FIFA, así como al equipo adver-sario y al equipo arbitral antes de que inicien el viaje. Si no lo hace, deberá correr con todos los gastos de viaje, alojamiento y manutención.

14 Si el equipo visitante ya ha iniciado el viaje y existen dudas razonables

sobre las condiciones del terreno de juego, el árbitro decidirá, sobre el te-rreno, si el campo está en condiciones o no para disputar un partido. Si el árbitro declara que el campo no está en buenas condiciones, el procedi-miento a seguir se describe en el § 15.

15 Si las condiciones meteorológicas u otra razón ajena al control de la

asociación nacional anfitriona impiden finalizar el tiempo reglamentario o la prórroga del encuentro, se disputará un partido completo de 90 minutos al día siguiente, para evitar así gastos adicionales del equipo visitante. Si tampoco en esta fecha puede disputarse el partido por las razones ante-riormente expuestas, podrá retrasarse un día más, siempre que ambas asociaciones nacionales estén de acuerdo. Si, a pesar de todo, ese día tampoco puede disputarse el encuentro, los gastos incurridos por el equi-po visitante se repartirán a partes iguales entre ambas asociaciones nacio-nales.

16 Los partidos se jugarán de día o con luz artificial. Los partidos que se

jueguen de noche podrán disputarse solamente en sedes cuya iluminación artificial corresponda a las exigencias mínimas de iluminación fijadas por la FIFA. La Comisión Organizadora de la Copa Mundial de la FIFA podrá per-mitir excepciones y sus decisiones serán definitivas.

17 Cualquier convenio financiero entre las asociaciones nacionales en

cuestión sobre los eventuales gastos (p. ej. viaje, alojamiento y manuten-ción del equipo visitante) relacionados con la disputa de un encuentro de-berá ser de común acuerdo (cf. Art. 39, § 3 del presente reglamento).

Sedes de los encuentros

Horario de los saques de salida

Terreno inservible

Interrupción del partido

(10)

B. Competición final

Art. 7

1 Las asociaciones organizadoras son responsables, tanto

conjunta-mente como cada una por separado, de organizar, acoger y celebrar los 64 encuentros de grupo de la competición final de la Copa Mundial de la FIFA Corea/Japón 2002.

2 Las asociaciones organizadoras se comprometen a observar el

presen-te reglamento, el cuaderno de obligaciones y el contrato de la asociación organizadora elaborados por la FIFA y las asociaciones organizadoras.

3 El número máximo de equipos participantes en la competición final

será fijado por el Comité Ejecutivo de la FIFA. En la Copa Mundial de la FIFA Corea / Japón 2002 participarán 32 equipos, a saber: la selección nacional de Francia (campeón mundial oficial), las selecciones nacionales de Corea y Japón (organizadores oficiales) y las 29 selecciones nacionales clasifica-das en la competición preliminar.

4 La Comisión Organizadora de la Copa Mundial de la FIFA (cf. Art. 11)

formará, por distribución y sorteo, los grupos de la competición final, considerando, siempre que sea posible, los aspectos deportivos, geográfi-cos y económigeográfi-cos. El sorteo de la competición final se realizará el mes de diciembre de 2001 en Corea.

5 La competición final está prevista para los meses de mayo, junio o julio

de 2002.

6 Las decisiones de la Comisión Organizadora de la Copa Mundial de la

FIFA respecto a la formación de grupos y la duración de la competición final serán definitivas. En caso de retiradas, la Comisión Organizadora de la Copa Mundial de la FIFA podrá cambiar la composición de los grupos, de acuerdo con lo establecido en el § 4.

7 Los equipos participantes en la competición final deberán residir en el

hotel previsto en uno de los dos países anfitriones al menos 5 (cinco) días antes de disputar su primer encuentro. Los equipos se alojarán únicamen-te en los hoúnicamen-teles oficiales.

Grupos

Llegada de los equipos

Sedes, fechas y horario de los saques de salida

Sedes, fechas y horario de los saques de salida de los partidos

de la competición final

Art. 8

1 Las sedes, las fechas y el horario de los saques de salida de los

parti-dos de la competición final serán propuestos por las asociaciones organi-zadoras y estarán sujetos a la aprobación de la Comisión Organizadora de la Copa Mundial de la FIFA.

2 Los partidos se jugarán de día o con luz artificial. Los partidos que se

jueguen de noche podrán disputarse solamente en sedes cuya iluminación artificial corresponda a las exigencias mínimas de iluminación fijadas por la FIFA.

(11)

3 Tras consultar con las asociaciones organizadoras, la Comisión

Organi-zadora de la Copa Mundial de la FIFA establecerá las sedes y las fechas de los encuentros de la competición final, con un período de descanso de al menos 48 horas entre cada partido.

4 Si las condiciones meteorológicas lo permiten, las asociaciones

ten-drán derecho a entrenarse la víspera de su primer partido en el terreno don-de jugarán. Si el terreno don-de juego no está en buenas condiciones, la FIFA podrá indicar a los equipos el empleo de calzado de entrenamiento en lu-gar de botas de fútbol para inspeccionar el terreno.

5 Si las condiciones meteorológicas lo permiten, los equipos tendrán

derecho a hacer ejercicios de calentamiento en el terreno de juego antes del partido.

6 Los equipos que participan en la competición final utilizarán para

entrenar únicamente los campos oficiales de entrenamiento, a partir de 5 (cinco) días antes del primer partido que deben disputar, hasta su elimina-ción.

7 Los campos oficiales de entrenamiento se pondrán a disposición al

menos 10 (diez) días antes del primer partido que se dispute en una sede determinada.

8 Al menos 5 (cinco) días antes del primer partido de la competición final

se deberá poner a disposición de los equipos un campo de entrenamiento en buenas condiciones y situado cerca de los centros operativos de los equipos. A menos que la Comisión Organizadora de la Copa Mundial de la FIFA otorgue una autorización expresa, los terrenos de entrenamiento y los estadios reservados para los partidos no serán utilizados para entrena-miento u otros acontecientrena-mientos 10 (diez) días antes del torneo y durante la competición final.

IV. Retirada, sanciones por no jugar, reemplazo

A. Competición preliminar

Art. 9

1 Las asociaciones nacionales con un equipo inscrito tienen la

obliga-ción de disputar todos los partidos de la competiobliga-ción preliminar.

2 Las asociaciones nacionales que se retiren tras inscribir a un equipo

perderán la suma del derecho de inscripción (cf. Art. 3, § 2).

3 Si una asociación nacional se retira antes de 30 (treinta) días del inicio

de la competición preliminar, se le impondrá una multa de CHF 20.000, además de perder la suma del derecho de inscripción.

4 Si una asociación nacional se retira después de iniciada la competición

preliminar, es decir, el 1º de marzo de 2000 ó posteriormente, se le impon-drá una multa de CHF 40.000, además de perder la suma del derecho de inscripción.

Campos oficiales de entrenamiento

(12)

5 Una asociación nacional que se retire o sea excluida antes del

comien-zo de la competición preliminar podrá ser reemplazada por otra asociación nacional. La Comisión Organizadora de la Copa Mundial de la FIFA decidirá al respecto.

6 Si un equipo no se presenta a un partido – excepto en casos de fuerza

mayor reconocidos por la Comisión Organizadora de la Copa Mundial de la FIFA –, se niega a seguir jugando o abandona el terreno de juego antes de finalizar el partido, se considerará que este equipo ha perdido el partido. Se otorgarán la victoria y los tres puntos al equipo adversario, así como, en caso de abandono, un resultado final de 3 a 0 en su favor, o más, si el equi-po adversario ha alcanzado un resultado superior a 3-0 en el momento en que el equipo infractor abandona el campo.

7 El equipo culpable será excluido, como regla general, de cualquier

par-ticipación ulterior en la competición, con la consecuencia de que no se considerarán válidos los partidos disputados hasta entonces, salvo que los sucesos descritos en el § 6 acaecieran en el último encuentro. Adicio-nalmente, deberá pagar una indemnización en concepto de daños y perjui-cios causados a la otra u otras asociaciones nacionales; también se podrá excluir a la asociación en cuestión de la siguiente Copa Mundial. La Comi-sión Organizadora de la Copa Mundial de la FIFA podrá adoptar todas las medidas adicionales que considere necesarias. Por último, la asociación nacional deberá renunciar a cualquier remuneración financiera por parte de la FIFA.

8 En casos de fuerza mayor, la Comisión Organizadora de la Copa

Mun-dial de la FIFA tomará las medidas que estime necesarias (cf. Art. 46).

A. Competición final

Art. 10

1 Las asociaciones nacionales clasificadas para la competición final

tie-nen la obligación de disputar todos los partidos de la competición hasta que sean eliminadas.

2 Si un equipo rehusa jugar en la competición final, será descalificado,

salvo si se aplica el Art. 46 del presente reglamento.

3 Si una asociación nacional clasificada para la competición final se

reti-ra antes de 30 (treinta) días del inicio de la competición final, se le impon-drá una multa de CHF 100.000.

4 Si una asociación nacional se retira dentro de los 30 días que

transcu-rren antes del inicio o durante el desarrollo de la competición final, se le impondrá una multa de CHF 150.000

5 Una asociación nacional que se retire antes del comienzo de la

compe-tición final podrá ser reemplazada por otra asociación nacional. La Comi-sión Organizadora de la Copa Mundial de la FIFA decidirá al respecto.

6 Según las circunstancias, y por decisión de la Comisión Organizadora

de la Copa Mundial de la FIFA, se podrá ordenar a toda asociación nacional

Reemplazo Negarse a disputar el partido y casos similares Exclusión Fuerza mayor Retirada Reemplazo

(13)

que reembolse a la FIFA y alas asociaciones organizadoras cualquier gasto en que estas últimas hayan podido incurrir debido a la participación de di-cha asociación en la competición final y, asimismo, se podrá ordenar el pago de una indemnización por eventuales daños y perjuicios.

7 Si las circunstancias de la retirada son graves, la Comisión

Disciplina-ria podrá tomar adoptar las medidas adicionales que considere apropia-das, de acuerdo con el reglamento de la Lista de medidas disciplinarias, incluso el derecho de excluir a la asociación en cuestión de la siguiente competición o competiciones o de cualquier otra competición de la FIFA.

8 La comisión de la FIFA competente determinará el montante de daños

por pérdidas financieras tras el recibo de un informe documentado y justi-ficado de la asociación en cuestión.

9 Si por culpa de una asociación un partido no puede disputarse o ser

jugado totalmente, la Comisión Organizadora de la Copa Mundial de la FIFA declarará el partido como perdido por retirada (otorgando una victoria y los tres puntos resultantes al equipo adversario, así como un resultado final de 3 a 0 en su favor, o más, si el equipo adversario ha alcanzado un resulta-do superior a 3-0) o excluirá al equipo en cuestión de la competición.

10 No se podrá apelar contra estas decisiones. Además, la asociación

na-cional deberá renunciar a cualquier remuneración financiera por parte de la FIFA.

11 En casos de fuerza mayor, la Comisión Organizadora de la Copa

Mun-dial de la FIFA tomará las medidas que estime necesarias (cf. Art. 46).

Negarse a disputar el partido y casos similares Fuerza mayor Bureau Subcomisión

V. Comisión Organizadora de la Copa Mundial de la FIFA

Art. 11

1 La Comisión Organizadora de la Copa Mundial de la FIFA, nombrada por

el Comité Ejecutivo de la FIFA, es responsable de la organización de la com-petición conforme al artículo 25 de los Estatutos de la FIFA.

2 La Comisión Organizadora de la Copa Mundial de la FIFA podrá, si lo

estima necesario, nombrar un bureau o una subcomisión, o varias en caso necesario, para tratar los asuntos urgentes. Toda decisión tomada por es-tos organismos entrará en vigor de inmediato, pero estará sujeta a la con-firmación de la Comisión en su siguiente reunión plenaria (cf. Art. 23, § 4 de los Estatutos de la FIFA).

3 La Comisión Organizadora de la Copa Mundial de la FIFA redactará el

Reglamento de la Copa Mundial de la FIFA Corea/Japón 2002. Este regla-mento está sujeto a la aprobación del Comité Ejecutivo de la FIFA.

4 La Comisión Organizadora de la Copa Mundial de la FIFA tiene, entre

otras, las siguientes responsabilidades generales:

a) imponer las multas específicamente previstas en los artículos 9 y 10 del presente reglamento;

(14)

b) decidir en caso de protesta y tomar las medidas necesarias para ve-rificar su admisibilidad (cf. Art. 14);

c) reemplazar a las asociaciones nacionales que se retiren (cf. Art. 9 y 10);

d) nombrar a los comisarios de los partidos y a los oficiales de seguri-dad;

e) decidir en qué partidos se realizarán controles de dopaje (cf. Art. 23, § 5);

f) tratar las contravenciones al Reglamento del Control de Dopaje (cf. Art. 23, § 6);

g) decidir en casos de fuerza mayor;

h) tratar todos los asuntos relacionados con la Copa Mundial de la FIFA 2002 conforme al presente reglamento o a los Estatutos de la FIFA.

5 La Comisión Organizadora de la Copa Mundial de la FIFA tiene, entre

otras, las siguientes responsabilidades específicas:

A. Competición preliminar

a) supervisar todos los preparativos generales, fijar el sistema de jue-go y organizar el sorteo;

b) formar los grupos o subgrupos;

c) decidir las sedes y fechas de los encuentros si no hay acuerdo entre las asociaciones nacionales;

d) decidir los equipos que pasarán el control de dopaje (cf. Art. 23, § 4).

B. Competición final

a) supervisar todos los preparativos generales, fijar el sistema de jue-go y organizar el sorteo;

b) formar los grupos o subgrupos;

c) tras consultar con las asociaciones organizadoras, fijar las fechas y las sedes, así como elegir los estadios y los terrenos de entrena-miento en perfectas condiciones, de acuerdo con lo estipulado en el cuaderno de obligaciones y en los contratos de las asociaciones or-ganizadoras;

d) fijar el horario de los saques de salida;

e) decidir sobre las infracciones cometidas en el sentido del Art. 21; f) elegir el balón oficial y el material técnico reglamentario.

6 Las decisiones de la Comisión Organizadora de la Copa Mundial de la

(15)

VI. Comisión Disciplinaria

Art. 12

1 La Comisión Disciplinaria de la FIFA puede sancionar a las

asociacio-nes nacionales, sus jugadores, funcionarios oficiales y miembros, y a cual-quier persona que cumpla tareas en nombre de una asociación nacional durante el partido, en caso de contravención de los Estatutos, reglamentos e instrucciones de la FIFA, violación de las decisiones de sus organismos o por actos contrarios al espíritu o la letra de las Reglas de Juego en relación con los partidos de las competiciones preliminar y final (cf. Art. 40, § 3 de los Estatutos de la FIFA).

2 La Comisión Disciplinaria del presente campeonato estará formada por

el presidente o el vicepresidente de la Comisión Disciplinaria de la FIFA y dos miembros más, de acuerdo con lo estipulado en el Art. 6 del Reglamen-to relativo al funcionamienReglamen-to de la Comisión Disciplinaria de la FIFA.

3 El procedimiento que aplicará la Comisión Disciplinaria está

estipula-do en el Art. 12 del procedimiento disciplinario.

4 Las asociaciones nacionales serán informadas de cualquier sanción

impuesta.

5 Las asociaciones nacionales se asegurarán de que las medidas

disci-plinarias impuestas por la FIFA sean ejecutadas.

6 Al tomar una decisión, la Comisión Disciplinaria se basará en los

infor-mes presentados por el árbitro, los árbitros asistentes, el cuarto árbitro, el comisario del partido, el inspector de árbitros, el coordinador general, el delegado técnico, el oficial de seguridad y otros oficiales de la FIFA presen-tes. Asimismo, podrá utilizar grabaciones de televisión y vídeo, las cuales, sin embargo, podrán emplearse solamente para juzgar los aspectos disci-plinarios del caso que se trate y no afectarán ninguna decisión de hechos relacionados con el partido que haya sido tomada por el árbitro.

7 La Comisión Disciplinaria aplicará la Lista de medidas disciplinarias de

la FIFA al tomar sus decisiones.

8 Las siguientes decisiones de la Comisión Disciplinaria son definitivas:

a) amonestaciones y censuras a jugadores, árbitros, árbitros asisten-tes, cuartos árbitros, oficiales de delegaciones, otras personas o asociaciones nacionales;

b) suspensiones de hasta dos partidos o de hasta dos meses impues-tas a jugadores, árbitros, árbitros asistentes, cuartos árbitros, ofi-ciales de delegaciones u otras personas;

c) multas impuestas a jugadores, árbitros, árbitros asistentes, cuartos árbitros, oficiales de delegaciones u otras personas (hasta CHF 20.000) o a asociaciones nacionales (hasta CHF 50.000).

9 Se podrá interponer recurso de apelación ante la Comisión de

Apela-ción contra cualquier otra decisión de la Comisión Disciplinaria (cf. Art. 13, § 1).

Informes y evidencias

Decisiones definitivas

(16)

VII. Comisión de Apelación

Art. 13

1 La Comisión de Apelación se encarga de juzgar los recursos de

apela-ción interpuestos contra las decisiones de la Comisión Disciplinaria que en el presente reglamento no se estipulan como definitivas y obligatorias (cf. Art. 41, § 2 de los Estatutos de la FIFA y Art. 12, § 8 anterior).

2 La Comisión de Apelación de la presente competición estará formada

por el presidente o el vicepresidente de la Comisión de Apelación de la FIFA y dos miembros más, de acuerdo con lo estipulado en el Art. 6 del Regla-mento relativo al funcionamiento de la Comisión de Apelación de la FIFA.

3 El procedimiento de la Comisión de Apelación está estipulado en el

re-glamento mencionado en el párrafo precedente. Este rere-glamento estipula, en particular, los plazos que se deberán observar y los derechos por pagar.

4 La Comisión de Apelación tomará sus decisiones conforme a la

docu-mentación y otras pruebas que contenga el expediente de la Comisión Dis-ciplinaria. No obstante, la Comisión de Apelación podrá, si lo estima nece-sario, referirse a cualquier prueba suplementaria que considere importan-te (incluidas las grabaciones de importan-televisión y vídeo, etc.).

5 Las decisiones de la Comisión de Apelación son irrevocables y

obliga-torias para todas las partes concernientes (cf. Art. 41, § 3 de los Estatutos de la FIFA).

6 Toda apelación implicará una dilación, pero sólo de las sanciones

fi-nancieras.

VIII. Protestas

Art. 14

1 Las protestas son objeciones de cualquier clase respecto a los partidos

de las competiciones preliminar y final de la Copa Mundial de la FIFA Co-rea/Japón 2002 y están sujetas a las disposiciones que se enumeran en el presente artículo.

2 Salvo estipulaciones diferentes en el presente artículo, las protestas

deberán primero ser sometidas por escrito al comisario del partido o al coordinador general de la FIFA a más tardar dos horas después de que el partido haya terminado, debiéndose presentar asimismo de inmediato un informe por escrito, incluida una copia de la protesta original, el cual se enviará a la secretaría general de la FIFA por telefax o télex. En la competi-ción preliminar, la asociacompeti-ción nacional demandante deberá confirmar la protesta mediante carta certificada que se enviará a la secretaría general de la FIFA a lo sumo 2 (dos) días después del partido en cuestión.

3 Las protestas contra la elegibilidad de los jugadores que participen en

los partidos de la competición preliminar se enviarán por escrito al árbitro o al comisario de partido a lo sumo dos horas después del partido en cues-tión, y se confirmarán mediante el envío de carta certificada a la secretaría general de la FIFA a lo sumo 2 (dos) días después del partido en cuestión.

Documentos y evidencias

Elegibilidad competición preliminar

(17)

4 Las protestas contra la elegibilidad de los jugadores que participan en

los partidos de la competición final se harán por escrito a la secretaría ge-neral de la FIFA a más tardar 5 (cinco) días antes del primer encuentro de la competición final.

5 Las protestas sobre cualquier incidente que ocurra durante un partido

deberán ser dirigidas al árbitro por el capitán del equipo inmediatamente después de que se haya producido el incidente y antes de que se haya re-anudado el encuentro. El jefe de la delegación tendrá que confirmar por escrito estas protestas ante el comisario del partido o el coordinador gene-ral de la FIFA en el transcurso de dos horas después del final del partido.

6 Las protestas sobre el estado del terreno, su marcado, el equipamiento

adicional (metas, banderines, etc.) o los balones deberán ser comunica-das por escrito al árbitro antes del comienzo del partido por el oficial res-ponsable del equipo que presenta la protesta. Si un equipo considera que el césped se ha deteriorado durante el partido hasta el punto de que no se pueda continuar jugando, el capitán del equipo que protesta deberá infor-mar inmediatamente al árbitro en presencia del capitán de la escuadra ad-versaria.

7 No se podrán presentar protestas contra las decisiones del árbitro

so-bre hechos relacionados con el partido, siendo tales decisiones definiti-vas.

8 Si se presenta una protesta infundada o irresponsable, el organismo

competente podrá imponer una multa.

9 Las protestas se enviarán a la secretaría general de la FIFA dentro del

plazo estipulado; de lo contrario, no serán consideradas.

10 Una vez proclamados los equipos vencedores de la Copa Mundial de la

FIFA Corea/Japón 2002, no se atenderá ninguna protesta o reclamación re-lacionada con el desarrollo deportivo de la competición.

Art. 15

Conforme al artículo 59 de los Estatutos de la FIFA, las asociaciones nacio-nales no podrán hacer valer ante tribunacio-nales civiles sus disputas con la FIFA. Deberán someter toda disputa, sin excepción, a la jurisdicción competente de la FIFA.

IX. Partidos jugados conforme a las Reglas de Juego

Art. 16

1 Todos los partidos tendrán que jugarse según las Reglas de Juego

deci-didas por el Internacional Football Association Board y publicadas por la FIFA.

2 Los números o los tableros electrónicos, con cifras por ambos lados

para mostrar claramente la información, se utilizarán para indicar: a) la sustitución de los jugadores;

Elegibilidad competición final

Protestas durante el partido

(18)

b) los minutos que deban disputarse por el tiempo perdido, según el artículo 17, § 6.

3 En caso de que exista alguna discrepancia sobre la interpretación de

las Reglas de Juego, la versión inglesa dará fe.

XI. Estadios, terrenos de juego, balones

Art. 18

1 Toda asociación nacional que organice partidos de la competición

pre-liminar deberá asegurarse de que los estadios y las instalaciones en que se disputarán los partidos cumplan las exigencias de la FIFA y las

disposicio-X. Duración de los partidos, prórroga, gol de oro,

definición del ganador mediante tiros penales

Art. 17

1 Cada partido tendrá una duración de 90 minutos, con dos partes de 45

minutos cada una y un intervalo de quince minutos entre las dos partes.

2 Si conforme a las estipulaciones de este reglamento se tiene que jugar

una prórroga en caso de empate al final del tiempo reglamentario, ésta será siempre de dos partes de 15 minutos cada una, con un descanso de 5 minutos al final del tiempo reglamentario, pero no así entre las dos partes de la prórroga.

3 Si uno de los equipos anota un gol durante cualquiera de las dos partes

de la prórroga (gol de oro), el partido se dará inmediatamente por finaliza-do y el equipo que marca el gol será declarafinaliza-do vencefinaliza-dor.

4 Si durante las dos partes de la prórroga no se anota ningún tanto, se

ejecutarán tiros penales para definir el ganador, aplicándose para ello el procedimiento decidido por el International Football Association Board y publicado por la FIFA.

5 En el estadio se podrán utilizar relojes que señalen el tiempo jugado

durante el partido, siempre que sean detenidos al término del tiempo re-glamentario de cada parte, es decir, después de 45, respectivamente, 90 minutos. Se aplicará la misma disposición en caso de prórroga, es decir, después de los 15 minutos de cada parte.

6 Al término del tiempo reglamentario de cada parte, es decir, después

de 45, respectivamente, 90 minutos, el árbitro indicará al cuarto árbitro, ya sea verbalmente o por medio de una señal, el número de minutos que ha decidido añadir en compensación por el tiempo perdido. Se aplicará la misma disposición en caso de prórroga, es decir, después de los 15 tos de cada parte. El cuarto árbitro mostrará al público el número de minu-tos añadidos mediante los números o los tableros electrónicos utilizados para sustituciones.

(19)

nes de seguridad establecidas para encuentros internacionales. Los terre-nos de juego y el equipamiento adicional deberán cumplir, asimismo, con las disposiciones establecidas en las Reglas de Juego. Los terrenos de jue-go y las instalaciones deberán estar en óptimas condiciones.

2 Las autoridades competentes deberán realizar periódicamente

inspec-ciones de seguridad en los estadios previstos para la disputa de encuen-tros de la competición preliminar (para espectadores, jugadores y oficia-les). El resultado de estas inspecciones debe reflejarse cada 2 (dos) años en un certificado oficial de seguridad. Las asociaciones nacionales debe-rán enviar este certificado a la FIFA al menos 2 (dos) meses antes de un partido de la competición preliminar.

3 Por regla general, los partidos de las competiciones preliminar y final

deberán disputarse sólo en estadios con lugares de asiento. En caso de que haya únicamente estadios con sectores de asiento y sectores de pie a disposición, los sectores de pie deberán permanecer vacíos.

4 Por principio, todos los partidos de la Copa Mundial de la FIFA deberán

disputarse en terrenos de juego con césped natural. Si no está disponible un terreno de juego de las dimensiones prescritas y con césped natural, los partidos de la competición preliminar podrán jugarse, a modo de excep-ción, con césped artificial. La autorización para esta excepción deberá soli-citarse a la FIFA, como mínimo, 2 (dos) meses antes del encuentro.

5 Las asociaciones organizadoras garantizarán que los estadios y las

instalaciones elegidas para la competición final cumplan las exigencias de la FIFA y las disposiciones de seguridad establecidas para encuentros in-ternacionales. Los estadios y las instalaciones estarán sujetas a la aproba-ción de la Comisión Organizadora de la Copa Mundial de la FIFA. Los terre-nos de juego y el equipamiento adicional deberán cumplir, asimismo, con las disposiciones establecidas en las Reglas de Juego. Todos los terrenos de juego tendrán las siguientes dimensiones: longitud 105 metros, anchu-ra 68 metros. Los terrenos de juego y las instalaciones deberán estar en condiciones óptimas.

Art. 19

1 Los balones elegidos para las competiciones preliminar y final habrán

de cumplir las normas estipuladas en las Reglas de Juego y llevar una de las siguientes tres denominaciones: el sello oficial “FIFA APPROVED” o “FIFA INSPECTED” o la referencia “INTERNATIONAL MATCH BALL STANDARD”.

2 En aplicación de las disposiciones establecidas en las Reglas de Juego,

en el balón podrá figurar la marca del fabricante sólo una vez (como logoti-po gráfico o nombre, o como logotilogoti-po gráfico y nombre combinados) y con la condición de que su tamaño no supere los 50 cm2. También podrá figurar

el nombre del balón y su tamaño no superará los 50 cm2.

3 Las asociaciones nacionales anfitrionas suministrarán los balones de

la competición preliminar.

4 Los balones de la competición final serán escogidos y suministrados

por la FIFA. Certificado de seguridad Competición preliminar Sólo asientos Césped natural Balones

(20)

XII. Responsabilidades de las asociaciones nacionales

participantes

Art. 20

1 Independientemente de las funciones que desempeñen, se solicita a

todas las personas que participan en las competiciones de la FIFA firmar los seguros adecuados.

2 Además de lo mencionado en los artículos 6 y 7, las asociaciones

na-cionales participantes en las competiciones preliminar y final serán res-ponsables de:

a) el comportamiento de los miembros de su delegación (oficiales y jugadores), así como de toda persona que desempeñe alguna fun-ción en nombre de la asociafun-ción nacional durante toda la competi-ción, desde la entrada en el país hasta la fecha de su salida; b) contratar seguros de enfermedad, accidentes y de viaje para todos

los miembros de su delegación;

c) sufragar todos los gastos de su delegación durante la estancia en el país organizador, así como los gastos de miembros adicionales de la delegación;

d) sufragar todos los gastos derivados de una prolongación de la es-tancia;

e) solicitar, si es necesario y en tiempo oportuno, los visados de los cuerpos diplomáticos del país organizador;

f) asistir a las conferencias de prensa y otras actividades oficiales de los medios informativos organizadas por la FIFA.

3 Además de lo mencionado en el artículo 6, las asociaciones nacionales

participantes en la competición preliminar serán responsables de: a) garantizar la ley y el orden en los estadios, en caso necesario,

cola-borando estrechamente con las autoridades locales competentes; b) contratar los seguros de responsabilidad civil adecuados para el

estadio en el que se disputará el partido, y en los que la FIFA figurará expresamente como co-asegurada;

c) cumplir con las directrices e instrucciones elaboradas al respecto por la FIFA.

4 Toda asociación nacional participante en la competición final deberá

garantizar, como condición previa a su participación en la Copa Mundial de la FIFA Corea/Japón 2002, que cada miembro de su delegación (oficiales y jugadores) cumplimente un formulario de inscripción elaborado por la FIFA.

XIII. Elegibilidad de los jugadores, lista de jugadores

Art. 21

Al formar su equipo nacional, cada asociación nacional deberá tener en consideración las siguientes disposiciones:

Responsabilidades Competición preliminar y final Responsabilidades Competición preliminar Responsabilidades Competición final

(21)

a) todos los jugadores serán ciudadanos de su país y estarán sujetos a su jurisdicción;

b) todos los jugadores serán seleccionados en conformidad con las disposiciones del Art. 18 del Reglamento de aplicación de los Esta-tutos de la FIFA.

Art. 22

1 Toda asociación nacional clasificada para la competición final deberá

enviar a la FIFA una lista con los nombres de un máximo de 35 jugadores elegibles, al menos 30 (treinta) días antes del encuentro inaugural de la competición final.

2 Toda asociación nacional clasificada para la competición final podrá

inscribir a 23 jugadores, de los cuales 3 deberán ser guardametas, nume-rados del 1 al 23. Los números dorsales de los jugadores deberán corres-ponder con los números indicados en la lista oficial de jugadores. Un guar-dameta deberá llevar el número 1.

3 10 (diez) días cabales antes del primer partido de la competición final,

deberá enviarse a la secretaría general de la FIFA la lista que comprenda un máximo de 23 jugadores (con apellidos y nombre completos, apodo, nom-bre que figura en la camiseta, posición, lugar y fecha de nacimiento, núme-ro de pasaporte, club y país del club), utilizando el formulario oficial a este efecto. Sólo estos 23 jugadores (con excepción de casos de fuerza mayor reconocidos por la Comisión Organizadora de la Copa Mundial de la FIFA) tendrán derecho a participar en la competición final.

4 Un jugador inscrito en la lista oficial podrá ser sustituido sólo en caso

de lesión grave, antes de la disputa del primer partido de su equipo y sólo mediante la confirmación y aceptación de la Comisión de Medicina Depor-tiva de la FIFA de que dicha lesión es lo suficientemente grave para que el jugador no pueda disputar ningún partido de la competición. Las asocia-ciones nacionales podrán entonces nombrar a un nuevo jugador e informar a la FIFA.

5 Los 23 jugadores serán incluidos en la lista del partido (11

selecciona-dos para jugar y 12 sustitutos). Durante el partido, como máximo tres juga-dores de los 12 sustitutos podrán ser seleccionados para jugar en cual-quier momento del encuentro.

6 Las asociaciones organizadoras entregarán a los jugadores y los

fun-cionarios de la delegación de los equipos una acreditación oficial con foto-grafía.

7 Solamente los jugadores en posesión de dicha acreditación oficial

es-tarán autorizados a participar en los partidos de la competición final. Antes de comenzar el partido, los jugadores deberán tener siempre a disposición la acreditación oficial para un control por parte del cuarto árbitro.

8 La lista de los 23 jugadores será publicada por la secretaría general de

la FIFA.

Lista de jugadores Competición final

(22)

XIV. Control de dopaje

Art. 23

1 El dopaje está prohibido.

2 El dopaje es el uso de ciertas sustancias o métodos que pueden

incre-mentar artificialmente la capacidad física o mental de un jugador con la intención de aumentar su rendimiento físico o mental.

3 Toda asociación nacional participante en la competición preliminar o

final debe comprometerse a cumplir con las disposiciones del Reglamento del Control de Dopaje de la Copa Mundial de la FIFA Corea/Japón 2002 fir-mando la “Declaración de consentimiento”, que se enviará a las asociacio-nes nacionales junto con el formulario de inscripción.

4 La Comisión Organizadora de la Copa Mundial de la FIFA se reserva el

derecho de llevar a cabo:

a) controles de dopaje sin previo aviso durante la competición prelimi-nar;

b) controles de dopaje durante cualquier encuentro, durante las sesio-nes de entrenamiento y en cualquier momento de la competición fi-nal, de común acuerdo con la Comisión de Medicina Deportiva de la FIFA.

5 Solamente la Comisión Organizadora de la Copa Mundial de la FIFA

po-drá decidir qué laboratorios y qué personas realizarán los análisis.

6 Todos los jugadores de un equipo, incluidos los sustitutos, estarán

su-jetos a pasar controles de dopaje. Cualquier caso de un jugador o equipo que rehuse someterse a un control de dopaje o falsifique el resultado de un control, o intente hacerlo, o sea hallado culpable de haber ingerido volun-taria o involunvolun-tariamente sustancias prohibidas será trasladado a la sión Organizadora de la Copa Mundial de la FIFA y sancionado por la Comi-sión de Disciplina.

7 Cualquier caso de un oficial que aliente o incite intencionadamente o

por negligencia a un jugador a cometer una infracción, tal como se estipula en el § 6 que precede, será trasladado a la Comisión Organizadora de la Copa Mundial de la FIFA.

8 Adicionalmente, se hace referencia al Reglamento del Control de

Dopa-je para la Copa Mundial de la FIFA, el cual contiene la lista de sustancias y métodos prohibidos.

XV. Colores, números y publicidad en los uniformes

de los equipos, el equipamiento deportivo y demás material

Art. 24

1 El uniforme oficial de cada equipo tendrá los colores oficiales que se

han declarado en el formulario de inscripción (cf. Art. 2, § 2 para la compe-tición preliminar y Art. 4 para la compecompe-tición final).

Declaración de consentimiento Competición preliminar Competición final Reglamento

(23)

2 Además del uniforme oficial, cada equipo dispondrá de un uniforme de

reserva (colores de reserva) que será declarado en el formulario de inscrip-ción. Los colores del uniforme de reserva (camiseta, pantalón y medias) serán sensiblemente diferentes y contrastarán con los colores del unifor-me oficial (camiseta, pantalón y unifor-medias). El uniforunifor-me de reserva se llevará también a cada partido.

3 En caso de que, a juicio del árbitro o del comisario de partido, los

colo-res de los equipos que jugarán un partido se pcolo-restan a confusión o colo-resultan inadecuados para la transmisión televisiva, se cambiarán los colores y se empleará el uniforme de reserva o una combinación de ambos.

4 El uniforme de los guardametas deberá tener colores contrastantes con

los colores de ambos equipos y los del árbitro.

5 La vestimenta del jugador de campo (camiseta, pantalón y medias)

con-sistirá de un máximo de tres colores. En esta disposición no se incluyen los colores que se utilizan para las letras y números (el número y el nombre del jugador). Si se emplean tres colores, uno predominará claramente en la su-perficie de la camiseta, el pantalón y las medias, y los dos colores restantes serán claramente colores no predominantes. El color predominante será vi-sible en igual proporción tanto en la parte anterior como posterior de la ca-miseta y el pantalón. Excepcionalmente estará permitido utilizar un cuarto color, siempre que sea el mismo que el utilizado para el número y el nombre del jugador o figure permanentemente en el emblema nacional del país co-rrespondiente y ocupe únicamente una superficie muy pequeña de la cami-seta como elemento puramente decorativo; esta restricción no se aplicará al área donde figure el número y el nombre del jugador. El cuarto color se define como “color decorativo”

6 Si se utilizan pantalones térmicos, éstos deberán tener el mismo color

que el color principal de los pantalones.

A. Competición preliminar

1 Cada equipo llevará los colores oficiales de su país, tal como han sido

declarados en el formulario de inscripción (cf. Art. 2 § 2). Si los colores de dos equipos pueden provocar confusión, el equipo anfitrión llevará su uni-forme oficial y el visitante el de reserva.

2 Cada jugador deberá llevar un número. El color de los números deberá

contrastar con el del uniforme (claro sobre oscuro o viceversa) y ser legible desde cierta distancia, tanto para los espectadores como para los teles-pectadores. Esto se aplica especialmente a las camisetas a rayas. Un fon-do de un sólo color (claro u oscuro, dependienfon-do del color de los números) ofrece una mayor legibilidad. Las medidas de los números deberán ser de 25 a 35 cm de altura en el centro de la parte dorsal de la camiseta, de 10 a 15 cm de altura en cualquier posición de la parte frontal de la camiseta, a la altura del pecho, y de 10 a 15 cm de altura en cualquier posición de la parte frontal del pantalón, en una de las piernas. Los números serán claramente legibles y no llevarán publicidad, ni diseños, ni otros elementos de cual-quier tipo. Uniforme de reserva Portero Colores Pantalones térmicos Números

(24)

B. Competición final

1 Cada equipo llevará los colores oficiales, tal como han sido declarados

en el formulario de inscripción (cf. Art. 4). Si los colores de los equipos con-trincantes se prestan a confusión, la Comisión Organizadora de la Copa Mundial de la FIFA decidirá al respecto.

2 Durante la competición final, cada jugador vestirá los colores oficiales,

tal como han sido declarados en el formulario de inscripción (cf. Art. 22, § 2). El color de los números deberá contrastar con el del uniforme (claro so-bre oscuro o viceversa) y ser legible desde cierta distancia, tanto para es-pectadores como para teleses-pectadores. Esto se aplica especialmente a las camisetas a rayas. Un fondo de un sólo color (claro u oscuro, dependiendo del color de los números) ofrece una mayor legibilidad. Las medidas de los números deberán ser de 25 a 35 cm de altura en el centro de la parte dorsal de la camiseta, de 10 a 15 cm de altura en cualquier posición de la parte frontal de la camiseta, a la altura del pecho, y de 10 a 15 cm de altura en cualquier posición de la parte frontal del pantalón, en una de las piernas. Los números serán claramente legibles y no llevarán publicidad, ni dise-ños, ni otros elementos de cualquier tipo.

3 El nombre o el apodo del jugador (o la abreviatura) en el dorsal de la

camiseta, claramente legible y de 7,5 cm de altura como máximo, se colo-cará encima del número dorsal y será claramente legible. El nombre estará en mayúsculas y no llevará publicidad, ni diseños especiales, ni elementos de cualquier otro tipo. El color de los nombres de los jugadores contrastará con el del uniforme (claro sobre oscuro o viceversa) y será legible desde cierta distancia, tanto para espectadores como para telespectadores. Esto se aplica especialmente a las camisetas a rayas. Un fondo de un solo color (claro u oscuro, dependiendo del color de las letras) ofrece una mayor legi-bilidad.

4 En una fecha que será fijada por la Comisión Organizadora de la Copa

Mundial de la FIFA, los equipos finalistas someterán a la FIFA para su apro-bación definitiva la vestimenta, tanto oficial como de reserva (camiseta, pantalones, medias, uniforme del guardameta, etc.), así como los guantes y la gorra del guardameta que se utilizarán durante la competición final.

5 La FIFA establecerá una reglamentación detallada sobre el

equipa-miento deportivo que deberán usar los jugadores, guardametas y oficiales del equipo durante la competición final.

Art. 25

1 Con excepción de la marca del fabricante, está prohibido llevar

cual-quier tipo de publicidad de patrocinadores o terceros, declaraciones políti-cas, religiosas o racistas o cualquier otro tipo de anuncio en cualquier prenda de vestir o en el equipamiento de jugadores de campo y guardame-tas (camiseguardame-tas, pantalones, medias, ropa interior, guantes, gorras, etc.) en el terreno de juego.

2 La marca autorizada del fabricante podrá ser empleada solamente una

vez, ya sea sola como logotipo gráfico o nombre, o como logotipo gráfico y nombre combinados, y no excederá de las siguientes dimensiones:

Números

Nombre del jugador

Reglamento

Disposiciones publicitarias

(25)

– camiseta: 20 cm2 (en el pecho)

– pantalón: 12 cm2 (en una de las piernas)

– medias: 12 cm2 (entre el tobillo y el borde

supe-rior) – pantalones térmicos: 12 cm2

– guantes del portero: 25 cm2 (un logotipo gráfico o un nombre, o

un logotipo gráfico y un nombre combinados de un tamaño máximo de 25 cm2 en cada uno de

los guantes del portero) – muñequeras: 12 cm2

– ropa de entrenamiento:

– chaqueta 20 cm2

– pantalones cortos / largos20 cm2

3 El emblema de la asociación nacional podrá figurar también en la

cami-seta, pantalón y en cada media, aunque no podrá exceder de 100 cm2 en la

camiseta, 50 cm2 en el pantalón y 25 cm2 en cada media, ni llevará

publici-dad u otros elementos.

4 El emblema o el nombre (o la abreviatura) de la asociación nacional

podrá asimismo entretejerse de forma jacquard en la camiseta o el panta-lón, siempre que el color sea similar al de la camiseta o el pantalón al que se fije. Además, el emblema jacquard o el nombre (o la abreviatura) no de-berá predominar ni confundirse con el uniforme de los adversarios. El em-blema de la asociación nacional o el nombre (o la abreviatura) no sólo po-drá aparecer como diseño jacquard en la camiseta, sino que también pue-de imprimirse o fijarse pue-de forma similar, siempre que no predomine y se diferencie del uniforme del equipo contrario.

5 El emblema de la bandera nacional podrá figurar igualmente en la

ca-miseta, pantalón y en cada media, pero no deberá llevar publicidad ni dise-ños, ni otros elementos de cualquier tipo, ni exceder de las siguientes me-didas:

– camiseta: 12 cm2 cada uno, si uno se encuentra en

la manga izquierda y otro en la derecha o 25 cm2 cada uno, si uno

se encuentra detrás y encima del número, y el otro en la parte frontal a la altura del pecho

– pantalón: 25 cm2 en la pierna derecha o izquierda

– medias: 25 cm2 en la posición que se desee 6 Durante la competición final se prohibe terminantemente a jugadores,

guardametas, oficiales del equipo, etc., llevar o utilizar cualquier tipo de publicidad en prendas de vestir y equipamiento (camisetas, trajes de

(26)

en-trenamiento, chaquetas, muñequeras, etc.) o en otro material y accesorios (bolsas, recipientes para bebidas, bidones, etc.) dentro y fuera del esta-dio, así como durante las conferencias de prensa oficiales de la FIFA.

7 La FIFA establecerá disposiciones detalladas sobre el equipamiento

deportivo y otra clase de material y accesorios utilizados por jugadores, guardametas y oficiales del equipo durante la competición final.

XVI. Árbitros, árbitros asistentes y cuartos árbitros

Art. 26

1 Se nombrarán un árbitro, dos árbitros asistentes y un cuarto árbitro

para cada partido de las competiciones preliminar y final.

2 Los árbitros, los árbitros asistentes y los cuartos árbitros elegidos para

los partidos de las competiciones preliminar y final no deberán pertenecer a una asociación nacional cuyo equipo esté incluido en el mismo grupo en el que dirijan un partido. Deberán ser elegidos de la lista internacional de la FIFA en vigor.

3 Los árbitros, los árbitros asistentes y los cuartos árbitros que dirijan los

partidos serán nombrados por la Comisión de Árbitros de la FIFA.

4 Las decisiones de la Comisión de Árbitros de la FIFA son definitivas y no

están sujetas a apelación.

5 En caso de que, por indisposición, lesión o cualquier otro motivo, un

árbitro o uno de sus asistentes no pueda seguir ejerciendo sus funciones antes o durante un encuentro, será reemplazado por el cuarto árbitro.

6 Después de cada partido, el árbitro redactará su informe en el

formula-rio oficial de la FIFA. Durante la competición preliminar remitirá este infor-me, en un plazo de 24 horas, a la secretaría general de la FIFA, por correo y telefax. Durante la competición final lo entregará inmediatamente después del partido al comisario del partido o al coordinador general de la FIFA en la sede.

7 En el formulario, el árbitro anotará, lo más detalladamente posible,

to-dos los incidentes ocurrito-dos antes, durante y después del partido, como por ejemplo:

a) comportamiento antideportivo de jugadores, sancionado con una amonestación o expulsión;

b) conducta antideportiva de oficiales, aficionados o cualquier otra persona que actúe en nombre de una asociación nacional en un par-tido;

c) cualquier otro incidente.

8 La FIFA entregará a los árbitros, árbitros asistentes y cuartos árbitros el

uniforme oficial y el equipamiento necesario para la dirección del juego. Los oficiales de partido se comprometerán a utilizar únicamente este mate-rial en los días de partido.

(27)

XVII. Disposiciones de orden técnico para la competición final

Art. 27

La competición final se disputará en dos fases.

Primera fase

Art. 28

1 Los 32 equipos participantes en la competición final se repartirán en

ocho grupos de cuatro equipos cada uno.

2 En un acto público la Comisión Organizadora de la Copa Mundial de la

FIFA realizará el agrupamiento de los equipos por repartición y sorteo, te-niendo en consideración, siempre que sea posible, factores deportivos, geográficos y económicos.

3 Los equipos en los ocho grupos se designarán de la manera siguiente:

Grupo A Grupo B Grupo C Grupo D

A 1 B 1 C 1 D 1

A 2 B 2 C 2 D 2

A 3 B 3 C 3 D 3

A 4 B 4 C 4 D 4

Grupo E Grupo F Grupo G Grupo H

E 1 F 1 G 1 H 1

E 2 F 2 G 2 H 2

E 3 F 3 G 3 H 3

E 4 F 4 G 4 H 4

4 Los grupos A, B, C y D disputarán toda la primera fase en Corea, en tanto

que los grupos E, F, G y H disputarán todos los partidos de la primera fase en Japón.

5 Se jugará con el sistema de campeonato: cada equipo jugará un

parti-do contra cada uno de los otros equipos del mismo grupo. Un partiparti-do gana-do vale tres puntos, un partigana-do empatagana-do un punto y un partigana-do perdigana-do cero puntos.

6 El orden de clasificación en cada grupo se determinará de la manera

siguiente:

a) mayor número de puntos obtenidos en todos los partidos de grupo; b) diferencia de goles en todos los partidos de grupo;

c) mayor número de goles marcados en todos los partidos de grupo. Si dos o más equipos tienen el mismo resultado conforme a los tres criterios arriba mencionados, sus lugares se determinarán de la si-guiente forma: Agrupamiento de equipos Sistema de juego de la 1ª fase Orden de clasificación

(28)

d) mayor número de puntos obtenidos en los partidos de grupo (parti-dos directos) entre los equipos en cuestión;

e) diferencia de goles en los partidos de grupo entre los equipos en cuestión;

f) mayor número de goles marcados en los partidos de grupo entre los equipos en cuestión;

g) sorteo por parte de la Comisión Organizadora de la Copa Mundial de la FIFA.

7 Los equipos clasificados primero y segundo de cada grupo se

clasifica-rán para la segunda fase.

Art. 29

1 Los partidos de la primera fase deberán jugarse de acuerdo con el

ca-lendario siguiente, elaborado por la Comisión Organizadora de la Copa Mundial de la FIFA:

1ª jornada 2ª jornada 3ª jornada A 1 : A 2 A 1 : A 3 A 4 : A 1 A 3 : A 4 A 4 : A 2 A 2 : A 3 B 1 : B 2 B 1 : B 3 B 4 : B 1 B 3 : B 4 B 4 : B 2 B 2 : B 3 C 1 : C 2 C 1 : C 3 C 4 : C 1 C 3 : C 4 C 4 : C 2 C 2 : C 3 D 1 : D 2 D 1 : D 3 D 4 : D 1 D 3 : D 4 D 4 : D 2 D 2 : D 3 E 1 : E 2 E 1 : E 3 E 4 : E 1 E 3 : E 4 E 4 : E 2 E 2 : E 3 F 1 : F 2 F 1 : F 3 F 4 : F 1 F 3 : F 4 F 4 : F 2 F 2 : F 3 G 1 : G 2 G 1 : G 3 G 4 : G 1 G 3 : G 4 G 4 : G 2 G 2 : G 3 H 1 : H 2 H 1 : H 3 H 4 : H 1 H 3 : H 4 H 4 : H 2 H 2 : H 3

2 Los últimos dos partidos en cada grupo deberán estar programados

para jugarse el mismo día y a la misma hora.

Segunda fase

Art. 30

1 Los octavos y los cuartos de final, las semifinales, el partido por el

ter-cer lugar y la final se jugarán con el sistema de eliminación directa (sistema de copa).

Calendario de partidos

Sistema de juego de la 2ª fase

(29)

2 La Comisión Organizadora de la Copa Mundial de la FIFA ha concebido

el siguiente programa que considera la posibilidad de una clasificación de la Asociación de Fútbol de Corea o de la Asociación de Fútbol de Japón para la segunda fase y prevé, por tanto, que estos equipos puedan disputar el mayor número de partidos en sus respectivos países.

Art. 31 (octavos de final)

1 Los dieciséis equipos clasificados en la primera fase jugarán los

octa-vos de final de la siguiente manera:

Vencedor E contra 2º lugar B = 1 Vencedor B contra 2º lugar E = 2 Vencedor G contra 2º lugar D = 3 Vencedor D contra 2º lugar G = 4 Vencedor A contra 2º lugar F = 5 Vencedor F contra 2º lugar A = 6 Vencedor C contra 2º lugar H = 7 Vencedor H contra 2º lugar C = 8

2 Si un partido termina en empate después de 90 minutos, se jugará una

prórroga (2 partes de 15 minutos cada una) y se aplicará la regla del gol de oro. Si no se anota un gol en la prórroga, se ejecutarán tiros penales para determinar el ganador (cf. Art. 17, § 2, 3 y 4 del presente reglamento).

3 Los ganadores de los octavos de final se clasificarán para los cuartos

de final.

Art. 32 (cuartos de final)

1 Los ocho equipos clasificados en los octavos de final jugarán los

cuar-tos de final de la siguiente forma:

Vencedor 1 contra Vencedor 3 = A Vencedor 2 contra Vencedor 4 = B Vencedor 5 contra Vencedor 7 = C Vencedor 6 contra Vencedor 8 = D

2 Si un partido termina en empate después de 90 minutos, se jugará una

prórroga (2 partes de 15 minutos cada una) y se aplicará la regla del gol de oro. Si no se anota un gol en la prórroga, se ejecutarán tiros penales para determinar el ganador (cf. Art. 17, § 2, 3 y 4 del presente reglamento).

3 Los ganadores de los cuartos de final se clasificarán para las

semifina-les.

Art. 33 (semifinales)

1 Los vencedores de los cuartos de final jugarán las semifinales de la

Referencias

Documento similar

que hasta que llegue el tiempo en que su regia planta ; | pise el hispano suelo... que hasta que el

Habiendo organizado un movimiento revolucionario en Valencia a principios de 1929 y persistido en las reuniones conspirativo-constitucionalistas desde entonces —cierto que a aquellas

Ciaurriz quien, durante su primer arlo de estancia en Loyola 40 , catalogó sus fondos siguiendo la división previa a la que nos hemos referido; y si esta labor fue de

Las manifestaciones musicales y su organización institucional a lo largo de los siglos XVI al XVIII son aspectos poco conocidos de la cultura alicantina. Analizar el alcance y

En la parte central de la línea, entre los planes de gobierno o dirección política, en el extremo izquierdo, y los planes reguladores del uso del suelo (urbanísticos y

1) En los espacios de la IATAE debe imperar el orden y el respeto hacia los demás usuarios y hacia sus bienes. 2) Los usuarios no podrán realizar obras ni modificaciones en

La campaña ha consistido en la revisión del etiquetado e instrucciones de uso de todos los ter- mómetros digitales comunicados, así como de la documentación técnica adicional de

 Para recibir todos los números de referencia en un solo correo electrónico, es necesario que las solicitudes estén cumplimentadas y sean todos los datos válidos, incluido el