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JORNADAS INFORMATIVAS SOBRE SOLICITUD, EJECUCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE SUBVENCIONES EN EL CAMPUS DE MELILLA 28 SEPTIEMBRE

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(1)

JORNADAS INFORMATIVAS

SOBRE

SOLICITUD, EJECUCIÓN Y

JUSTIFICACIÓN DE SUBVENCIONES

EN EL CAMPUS DE MELILLA

(2)

Regulación

La Oficina de control Interno de la Universidad de Granada se encuentra regulada en el Artículo 224 de sus Estatutos. En este artículo se dispone que la

Universidad de Granada asegurará el control interno de su gestión económica y financiera. Éste control interno será realizado por una unidad administrativa que desarrollará sus funciones mediante las correspondientes técnicas de auditoría, bajo la inmediata dependencia del Rector.

Funciones

Controlar y asesorar sobre la correcta utilización y destino de los recursos económicos y financieros de la Universidad de Granada proponiendo las recomendaciones que se consideren necesarias para la mejora de la transparencia, eficacia, eficiencia y economía en la gestión económico-financiera y patrimonial

con el fin de asegurar que esta gestión se ajuste a las disposiciones aplicables en cada caso.

(3)

AMBITOS DE PARTICIPACIÓN EN LA SOLICITUD DE SUBVENCIONES

EUROPEO.

ESTATAL.

AUTONÓMICO.

LOCAL.

La Universidad de Granada participa en las distintas convocatorias de subvenciones realizadas a nivel:

(4)

NORMATIVA DE APLICACIÓN

Los procedimientos de concesión de subvenciones en la

Ciudad Autónoma de Melilla deben ajustarse a:

•Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla, aprobado por la Excma. Asamblea de la Ciudad

Autónoma de Melilla con fecha 13 de julio de 2005. (BOME Nº 4213 de 02/08/2005).

•Bases de Ejecución del Presupuesto

•Bases de las diferentes convocatorias de subvenciones.

•Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. •Demás normativas legales y reglamentarias que resulten

(5)

Beneficiarios y sus obligaciones.

Referencia normativa: Art. 6 del Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla. Tendrán la consideración de beneficiarios de

subvenciones las personas físicas o jurídicas que hayan de realizar la actividad que fundamentó su

otorgamiento o que se encuentren en la situación que legitima su concesión.

Tendrán igualmente la consideración de beneficiarios las personas jurídicas, así como los miembros

asociados de las mismas que se comprometan a efectuar la totalidad o parte de las actividades que fundamentan la concesión de la subvención en

(6)

Beneficiarios y sus obligaciones.

Referencia normativa: Art. 7 del Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla. Obligaciones:

1.- Cumplir el proyecto o actividad que

fundamentó la concesión de la subvención. 2.- Justificar ante la Ciudad Autónoma el

cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y

finalidad que determine la concesión de la subvención.

3.- Someterse a las actuaciones de

comprobación y control que sean debidamente requeridas por los Órganos de la Ciudad

(7)

Beneficiarios y sus obligaciones.

Referencia normativa: Art. 7 del Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla. Obligaciones:

4.- Comunicar a la Ciudad Autónoma la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas.

5.- Acreditar con anterioridad a dictarse la

propuesta de resolución de concesión que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones

tributarias y frente a la seguridad social.

6.- Disponer de los estados contable que garanticen el adecuado ejercicio de las facultades de

(8)

Beneficiarios y sus obligaciones.

Referencia normativa: Art. 7 del Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla. Obligaciones:

7.- Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los

documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de control y comprobación.

8.- Dar la adecuada publicidad del carácter público de la subvención, con el logotipo aprobado por la Ciudad Autónoma de Melilla, en su caso.

9.- Proceder al reintegro de los fondos públicos en los supuestos contemplados en el art. 37 de la LGS

(incumplimiento de obligaciones o ejecución inadecuada).

(9)

- Cumplir el objetivo o realizar la actividad subvencionada en los términos y condiciones previstos en la concesión.

- Cumplir los plazos establecidos para gastos y pagos en la resolución de concesión

- Respetar el presupuesto aprobado o sus modificaciones

- Justificar ante el concedente en los plazos establecidos

Es un acto obligatorio, tal vez el más importante Tiene una doble vertiente:

Justificación de la actividad realizada: Memoria científica

Justificación económica de la aplicación dada a los fondos recibidos

- Adoptar las medidas de difusión contenidas en la ley y en la convocatoria.

- Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos de incumplimiento de obligaciones o ejecución inadecuada.

Obligaciones que nos marca la Ley de Subvenciones para el beneficiario de una subvención.

(10)

 Quienes conceden los fondos:

 Piensan que dado que dan “sus fondos” sin contraprestación, deberían recibir

más atención por los que los reciben.

 Que siendo fondos públicos, los fondos se gastan con poco control, no se

justifican con detalle, no se respetan los presupuestos, se abusa de la contratación directa….

 Quienes reciben los fondos (Los investigadores, Los emprendedores de la iniciativa

…)

 Que hacen un esfuerzo adicional en su trabajo docente en beneficio de la

sociedad

 Que la burocracia ralentiza y entorpece su trabajo

 Que la Administración no les apoya en la gestión Y SOLO SE PREOCUPAN de

controlar los gastos.

 Y la Administración Universitaria?

 Que por una parte debemos facilitar al máximo la labor a nuestros docente e

investigadores, pero a la vez, y como beneficiarios de la subvención, debemos cumplir y ayudar a cumplir las obligaciones que nos imponen al concedernos los fondos.

(11)

FASES POR LAS QUE PASAN LAS SUBVENCIONES.

INICIO EJECUCIÓN Y SEGUIMIENTO JUSTIFICACIÓN CONTROL 1ª FASE 2ª FASE 3ª FASE 4ª FASE

(12)

1. Ejecutar de acuerdo Al presupuesto y la partidas que figuran en la resolución de concesión

o en sus modificaciones autorizadas por el concedente de la subvención. Si la Resolución de concesión no detalló los conceptos de gasto, nos regiremos por el presupuesto

presentado al formular la solicitud.

2. Si hay desviaciones : Solicitar una alteración del presupuesto, del equipo que participa en la actividad o del periodo de vigencia, antes de finalizar el periodo de ejecución concedido para realizar la actividad.

3. Los gastos, facturas y costes de personal deben corresponder con el periodo de vigencia y ser elegibles (admisibles según la convocatoria)

4. Paradigma del investigador/responsable de la actividad ahorrador: no debemos dejar que se acumule la ejecución para el final, sobre todo en el material Inventariable. 5. Debemos respetar los procedimientos de contratación pública. NO FRACCIONAR

FACTURAS

6. Los gastos deben estar directamente relacionados con la subvención que se ejecuta. NO

(13)

 Debemos evitar realizar gastos que están en el límite de la no elegibilidad.

Algunos ejemplos:

Compras masivas al finalizar el proyecto:

 El material inventariable debe ser adquirido el primer año o en cuanto las

disponibilidades económicas lo permitan porque no podremos justificar que se han utilizado en la finalidad para la que nos otorgaron la

subvención.

 Tampoco son justificables las compras masivas de fungible para liquidar

los remanentes de la subvención.

Realizar gastos que no están directamente relacionados con el

proyecto:

 Las suscripciones (a sociedades científicas, a revistas) no son justificables

en una actividad que se inicia y acaba en un plazo relativamente breve.

 Comprar ordenadores portátiles a todos los miembros, equipamientos que

claramente son de uso compartido por otros grupos,

 Financiar la organización de un congreso (es más propio de una acción

complementaria o de otro tipo de ayudas) a menos que la subvención solicitada tenga esta finalidad.

 Abonar pagos por conferencias a miembros del equipo (pueden ser

considerados un complemento salarial encubierto y un lucro a cargo de la

(14)

DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS DEL RECTOR en el Sr. Vicerrector de Ordenación Adémica y Profesorado.

Referencia normativa:

En relación con el profesorado de esta Universidad, se delegan entre otras las siguientes competencias:

- La concesión de comisiones de servicio.

- La solicitud de ayudas, programas y proyectos en el

(15)

a)La representación legal de la Universidad de Granada

a todos los efectos en los programas, proyectos y ayudas de Extensión Universitaria y Deporte.

b) Dictar cuantos actos y resoluciones administrativas se puedan producir como consecuencia del desarrollo y

ejecución de los citados programas y proyectos en el Vicerrectorado de Extensión Universitaria y Deporte. c) Solicitar subvenciones y ayudas destinadas a las actividades de Extensión Universitaria y Deporte.

DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS DEL RECTOR en la Sra.Vicerrectora de Extensión

Universitaria y Deporte.

(16)

DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS DEL RECTOR en la Sra. Vicerrectora de Política Científica e Investigación

Referencia normativa:

a) La solicitud de subvenciones o ayudas de cualquier organismo público o privado relacionadas con:

- Proyectos, contratos, ayudas e incentivos a la investigación o para la colaboración científica.

- Becas de personal investigador en formación y otras ayudas para la contratación de personal investigador o personal técnico de apoyo a la investigación.

b) La aceptación o renuncia de subvenciones obtenidas en los términos del apartado anterior, la interposición de recursos y presentación de alegaciones que tengan relación con estas subvenciones, así como certificar la aplicación de los fondos obtenidos a la finalidad para la que fueron concedidos.

c) La firma de contratos laborales con personal investigador, personal técnico o personal investigador en formación en cualquiera de las modalidades de

contratación temporal previstas en el ordenamiento jurídico, así como la expedición de las oportunas credenciales.

(17)

Referencia normativa: …/…

h) La firma de Convenios de Investigación que solo supongan una captación de fondos para financiar investigación,

desarrollo e innovación.

DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS DEL RECTOR en la Sra. Vicerrectora de Política Científica e Investigación

(18)

Referencia normativa:

Se delegan entre otras las siguientes competencias: - La solicitud de subvenciones o ayudas de cualquier organismo público o privado sobre bienestar social,

orientación profesional, intermediación laboral y demás asuntos relacionados con el empleo de los estudiantes y titulados universitarios.

- La representación legal de la Universidad de Granada en la suscripción de convenios de colaboración con empresas,

entidades e instituciones públicas o privadas orientados a las prácticas de empresa y fomento del empleo de los studiantes y titulados universitarios. Una copia de estos convenios se

deberá remitir, tras su firma, a la Secretaría General de esta Universidad para su registro y archivo.

DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS DEL RECTOR en la Sra. Vicerrectora de Estudiantes.

(19)

Referencia normativa:

DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS DEL RECTOR en la Sra. Vicerrectora de Sra. Vicerrectora de Enseñanzas de Grado y Posgrado

Entre otras las siguientes competencias:

- Solicitud de ayudas para el desarrollo de Grados y Posgrados y, en general, para actividades relacionadas con los Estudios de Tercer Ciclo de la Universidad de Granada.

- Solicitud de subvenciones y ayudas destinadas a fomentar el desarrollo de cursos de formación permanente.

- Ayudas para el desarrollo de programas de doctorados y en general para actividades relacionadas con los Estudios de Tercer Ciclo de la Universidad de Granada.

(20)

Referencia normativa:

DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS DEL RECTOR en la Sra. Vicerrectora de Sra. Vicerrectora para la garantía de la Calidad.

Entre otras las siguientes:

-Solicitar ayudas, programas y proyectos en el área de

la formación del profesorado universitario y de garantía de lacalidad.

(21)

Referencia normativa:

Se delegan entre otras las siguientes:

a) La representación legal de la Universidad de Granada

a todos los efectos en los programas, proyectos y ayudas de cooperación internacional.

b) Dictar cuantos actos y resoluciones administrativas se puedan producir como consecuencia del desarrollo y

ejecución de los citados programas y proyectos en la Oficina de Relaciones Internacionales de la Universidad de Granada. c) Solicitar subvenciones y ayudas destinadas a programas de sensibilización, acción social y voluntariado.

DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS DEL RECTOR en la Sra. Vicerrectora de Relaciones Internacionales y Cooperación al Desarrollo

(22)

PROCECIMIENTO A SEGUIR PARA LAS SUBVENCIONES QUE SE SOLICITEN ANTE LA CIUDAD AUTÓNOMA .

Presentación en la Delegación del Rector para el Campus de Melilla de:

•Solicitud inicial junto con la memoria de la actividad para la que se pretenda solicitar subvención a efectos de su visado por el órgano competente.

•Presentación, en su caso, de copia de la Resolución de concesión de la subvención.

•Presentación de las modificaciones que sobre las subvenciones se pretendan realizar ante el órgano con cedente.

•Presentación de los documentos de gasto en los Servicios de gestión económica del Campus.

•Presentación del Informe técnico para su remisión junto con el informe de justificación económica ante el órgano concedente de la subvención en el plazo establecido.

Referencias

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